Inicio

Politica

Boletín Oficial abril 2012

Boletín Oficial abril 2012

Boletín Oficial abril 2012

07/05/2012

Categoría: Politica, xHoy1

Compartir:


AÑO XVII- NUMERO IV

                  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 O R  D  E  N  A  N  Z  A  S

 Ordenanza Nº 4629 del 3 de abril de 2012 y promulgada el 9 de abril de 2012.

      Visto la solicitud efectuada por el Departamento Ejecutivo, obrante en actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-02460/11 “S”, Secretaría de Cultura, educación y turismo y;

   Considerando los informes de las distintas reparticiones municipales;

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y Reglamento de Contabilidad.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                              ORDENANZA

Artículo 1º: Reconózcase la deuda que mantiene el Municipio de Baradero con el Proveedor Barbería Julián Alfredo ( Conserjería Club Sportivo Baradero), correspondiente al año 2012, y autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el pago por la suma de pesos ciento cincuenta ( $ 150=), no abonada en su oportunidad y de acuerdo a la documentación obrante en el expediente Nº 4009-20-02460/11 “S”.

Artículo 2º: Reconózcase la deuda que mantiene el Municipio de Baradero con el Proveedor Arate Juan Bautista (Hotel Residencial Bariloche), correspondiente al año 2012, y autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el pago por la suma de pesos setecientos veinticinco ( $ 725=), no abonada en su oportunidad y de acuerdo a la documentación obrante en el expediente Nº 4009-20-02460/11 “S”.

Artículo 3º: La imputación que le hubiere correspondido al gasto en el año de origen (2010), se detalla a continuación:

Jurisdicción: 1110109000, Secretaría de Cultura, educación y turismo.

Categoría programática: 81.01.00 – Desarrollo de Actividades culturales.

Fuente de Financ: 110 – Tesoro Municipal.

Objeto del gasto: 3.9.1.0.- Servicio de Lunch.

Importe: $ 150= ( pesos ciento cincuenta)

Objeto del gasto: 3.4.7.0.- Servicio de Hotelería.

Importe: $ 725=  (pesos setecientos cincuenta).

Artículo 4º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 3 días del mes de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan José Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO 9 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4630 del 3 de abril de 2012 y promulgada el 9 de abril de 2012.

     Visto las actuaciones que corren por expediente bajo Nº 4009-20-05167/12, letra S, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal, solicita se acepte la donación de un equipo nuevo de PC y accesorios, efectuada por el Ministerio de Salud de la Provincia y;

    considerando que para poder incorporar al Patrimonio Municipal es menester realizar el pertinente acto administrativo de aceptación.

    Que en cumplimiento de lo establecido en al Art. 57 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Bs. As.

   Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                             ORDENANZA

Artículo 1º: Aceptase la Donación efectuada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires a favor de la Municipalidad de Baradero, el bien mueble que se detalla a continuación:

CPU – Color Negro – Gabinete Marca: LENOVO como compac Disk .

Serie Nº MJCDEP

Monitor LCD – marca LENOVO, Color Negro, serie Nº VNAFYA 2 ( con parlantes y auriculares).

Artículo 2º: Afectase al Patrimonio Municpal.

Articulo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 3 de abril de 2012.

BARADERO, 9 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4631 del 3 de abril de 2012 y promulgada el 9 de abril de 2012.

      Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-04582/11, letra D, mediante el cual la Jefa de Patrimonio Municipal se done a la Fundación Equidad varios elementos de informática que se encuentran en desuso y;

     Considerando que poseer sustancias químicas toxicas no pueden ser trasladadas a un basural, ya que ocasionaría un alto riesgo de contaminación en el medio ambiente,

    Que existe una Fundación llamada Equidad., encargada de recibir este tipo de material con cierto objetivo concreto a su utilización,

   Que los elementos informáticos que se encuentran en desuso, están en condiciones de ser donados, atento que fueron dado de baja,

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

   Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                           ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal donar con carácter definitivo y gratuito a la Fundación Equidad, varios elementos de informática, identificados en el Anexo I, obrante de fs 13 a 17  del expediente 4009-20-04582/11, letra D.

Artículo 2º: Desafectase del Patrimonio Municipal.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese, y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 3 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas. Secretario de H.C.D.

BARADERO, 9 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4632 del 3 de abril de 2012 y promulgada el 9 de abril de 2012.

    Visto las actuaciones que corren por expediente bajo Nº 4009-20-04827/11, letra D, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la aceptación del bien mueble donado por el Ministerio de Salud de la Nación y;

    Considerando que para poder incorporar al Patrimonio Municipal es menester realizar el pertinente acto administrativo de aceptación.

    Que en cumplimiento de lo establecido en el Art. 57 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Que en la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                       ORDENANZA

Artículo 1º: Aceptase la Donación efectuada por el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Ministro de Salud, Dr. Juan Manzur, a favor de Municipalidad de Baradero, representado por el Departamento Ejecutivo, Dr. Aldo M. Carossi, un vehiculo sanitario (ambulancia) Marca Mercedes Benz, Modelo Sprinter 313 CDI/F 3550- Tipo Furgón Integral Metálico, Motor Nº 611981-70-112654, chasis Nº 8AC903662-AE-035965, Patente Nº JCP 575.

Artículo 2º: Afectase al Patrimonio Municipal.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 3 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 9de abril d 2012.

PROMULGADA, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4633 del 3 de abril de 2012 y promulgada el 9 de abril de 2012.

      Visto la solicitud interpuesta por el Sr. Juan Sánchez en actuaciones que corren por expediente “S” 4009-20-09125/94.

    Atento al resultado del estudio socio económico y,

     Considerando que aún persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza Nº 2144/98.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                    ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase por el año 2011 al Señor Juan Sánchez, de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en Circ. III – Secc. D- Chacra 70 – Mza. 70b- Parcela 19 de esta ciudad.

    La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Pcia. de Bs. As. en sesión ordinaria del día 3 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. De Pauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 9 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4634 del 3 de abril de 2012 y promulgada el 9 de abril de 2012.

     Vistas las actuaciones que corren por expediente “C” 4009-20-02545/11, mediante la cual el Club Sportivo Baradero, solicita a fojas 22, eximición del llamado “Derecho de Construcción y derechos de oficina” y;

    Atento a la aprobación de plano de obra a regularizar con destino a pileta y sala de máquinas, para uso del Club Sportivo ubicado en Ruta Nº 41 y esquina 4 de febrero.

   Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                         ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase del pago de los Derechos de Construcción y Derechos de Oficina, al Club Sportivo Baradero, ubicado en calle A. Barbich y Ruta Nº 41, según la documentación obrante en expediente “C” 4009-20-02545/11.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, en sesión ordinaria a los 3 días del mes de Abril de 2012.

BARADERO, 9 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4635 del 3 de abril de 2012 y promulgada el 9 de abril de 2012.

     Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-03301/06 “S”, Cuerpo 8, relacionado con la Obra de Pavimento de 23 cuadras de pavimento en sector oeste – Primera etapa – en la ciudad de Baradero y;

    Considerando que no hubo oposición a la misma según lo informando por la Dirección de obras.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, tratado sobre tablas y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                 ORDENANZA

Artículo 1º: Declarase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio a la obra de pavimento a ejecutarse en la ciudad de Baradero en las calles: Del Corro, entre Rivadavia y Lugones (dos cuadras), Rivadavia, entre Godoy Cruz y Del Corro (dos cuadras) y Libertad, entre Rivadavia y Ricardo Rojas (una cuadra).

Artículo 2º: El pavimento a efectuarse será: Cordón cuneta de hormigón y carpeta de concreto asfáltico en caliente de 0.06 metros de espesor.

Artículo 3º: El valor total de la obra asciende a pesos quinientos once mil setecientos ochenta y tres con noventa y siete ctvos. ( $ 511.783,97=), es decir pesos quinientos noventa y tres con cuarenta y cinco centavos ( $ 593,45=) por metro lineal de frente afectado. Se deja expresamente aclarado que el precio final que deberán oblar los contribuyentes se ajustará en mas o menos al valor resultante de la obra.

Artículo 4º: Los lotes ubicados en esquina y que se encuentran afectados por la obra de pavimentación de ambos frentes, abonarán el importe correspondiente al Aldo mayor, y se descontará hasta un valor de diez (diez) metros de los que posea el lado menor.

 

Artículo 5º: Los pagos se harán efectivos a partir de la certificación de cuadra terminada con las siguientes modalidades:

a)     Al contado.

b)     En sesenta (60) cuota iguales, mensuales y consecutivas de pesos nueve con noventa ctvos ( $ 9,90=) por metro lineal de frente afectado, mas intereses a la tasa BADLAR fijada periódicamente por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, mas tres puntos porcentuales.

Artículo 6º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 3 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. De Pauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 9 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Cdor. Marcos Rabellino, secretario de Hacienda y Arq. Ezequiel Lapadula, Secretario de Obras Públicas y Privadas.

Ordenanza Nº 4636 del 4 de abril de 2012 y promulgada el 12 de abril de 2012.

     Visto el proyecto de pavimentación de la calle Roca, que comprende al cordón cuneta del cantero central y de la mano ascendente hacia la ruta Nº 41, y carpeta asfáltica de ambas manos de la avenida, mas obras complementarias de desagües, obras estas que cuentan con la anuencia de los vecinos beneficiarios de las mismas, las que fueron acordadas para la prosecución del proyecto de doble mano que involucra a dicha arteria.

   Que ante la solicitud impuesta ante la unidad de coordinación con organismos multilaterales de crédito y a los fines de gestionar los fondos necesarios para concretar estas obras resulta necesario contar con la presente ordenanza.

   Que han sido actualizados los montos de presupuestos a la fecha de presentación del pedido formal de estas obras.

     Que a los fines de la gestión de los fondos necesarios para la realización de los proyectos, se deberá formalizar el convenio correspondiente.

   Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado sobre tablas el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                       ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a concertar con la Provincia de Buenos Aires a través de la Unidad de Coordinación con Organismos multilaterales de crédito, un préstamo por la suma total de pesos dos millones noventa y siete mil setecientos veinte

 ( $ 2.097.720=), equivalentes al noventa por ciento ( 90 %) del monto total presupuestado para la ejecución del proyecto “Pavimentación Calle Roca – II Etapa Nº 00919.monto que se ajustará en el momento de la firma del contrato de adjudicación del Proyecto.

Artículo 2º: El préstamo que se autoriza a contraer por el articulo anterior, en el marco del Programa Provincial de Desarrollo creado por Decreto Nº 685/08, su reglamentación por resolución Nº 621/08 y por Decreto Nº 1977/09 estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:

Amortización: en ciento catorce (114) cuotas mensuales.

Interés: la tasa de interés Serra de nueve con setenta y cinco por ciento ( 9,75 %) anual fija.

Periodo de gracia del capital: seis (6) meses, equivalentes al periodo de ejecución del proyecto. Los días serán contados a partir del primer desembolso. La cuota de interés será pagadera juntamente con las cuotas de amortización.

Durante el periodo de gracia el Municipio pagará intereses cada treinta días ( 30) días contados a partir del primer desembolsos, sobre el capital efectivamente desembolsado.

La primera cuota de amortización del préstamo vencerá el día en el que vence el periodo de gracia. El sistema de liquidación será francés adelantado.

Artículo 3º: Los fondos del préstamo serán afectados íntegra y exclusivamente a la ejecución del proyecto incluido en el Programa Provincial de Desarrollo “Pavimentación Calle Roca – II Etapa Nº 00919.-

Artículo 4º:  Los recursos provenientes del préstamo serán depositados en una cuenta corriente bancaria denominada “Programa Provincial de Desarrollo Municipio de Baradero – Proyecto Nº 00919, que se habilitará en el Banco de Provincia de Buenos Aires.

Artículo 5º: Aféctense los fondos de coparticipación provincial que correspondan a este Municipio como medio de pago y garantía del cumplimiento del Convenio de préstamo, autorizando a la Provincia a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con el motivo del convenio de préstamo.

Articulo 6º: Crease la partida e incorporase al presupuesto los recursos necesarios para atender el pago de:

a)     la contrapartida de fondos que deberá aportar la municipalidad durante el período de ejecución del proyecto y

b)     el servicio de amortización e intereses del empréstito del proyecto detallado en el artículo 3º.

El Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta sus total cancelación.

Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la repartición correspondiente procederá a realizar la ejecución del Proyecto identificado en el Art. 3º de la presente ordenanza conforme a las normas, reglas, tramites, operatorias y procedimientos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios establecidos en el Convenio de préstamo.

Articulo 8º: De forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes del día 4 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 10 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4637 del 4 de abril de 2012 y promulgada el 10 de abril de 2012.

         Visto la ordenanza Nº 4271, por lo cual se declararon de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, las obras de gas en las localidades de Villa Alsina e Ireneo Portela, de este Municipio, además de autorizarse el endeudamiento para financiar la construcción de las mismas y;

       Considerando, que las variaciones producidas en los costos de materiales y mano de obra, sumado a algunos ajustes de índole técnica que debieron realizarse sobre el proyecto original, produjeron un aumento considerable de los presupuestos que se tuvieron en cuenta originalmente alcanzando únicamente para la concreción de la obra en Villa Alsina y resultando un sobrante insuficiente para ejecutar la gasificación de Ireneo Portela, el que asciende a pesos un millón ciento cinco mil cuatrocientos setenta y cuatro con 59/100

 ( $ 1.105.474,59=).

   Que la mencionada ordenanza Nº 4271 autorizó un endeudamiento de pesos cinco millones ciento treinta y seis mil treinta y nueve ( $ 5.136.039=), siendo el actual presupuesto oficial para concretar la obra en Ireneo Portela de pesos dos millones ochocientos sesenta y tres mil ciento sesenta y ocho ( $ 2.863.168=), resultando conveniente adicionar una previsión inflacionaria del 20 % hasta tanto se concluya con los tramites legales y administrativos correspondientes.

    Que por lo expuesto se deberá autorizar un endeudamiento de pesos dos millones trescientos treinta mil trescientos veintisiete con 01/100 ( $ 2.330.327,01=).

    Que la Dirección Provincial de Coordinación Federal y Municipal y el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia deberán tomar intervención y dictaminar, con relación a las posibilidades de este Municipio para concretar este nuevo endeudamiento;

     Que la áreas técnicas competentes han emitido opinión favorable sobre el particular;

     Que respecto a esta ampliación de la capacidad para contratar empréstitos, resulta de aplicación lo normado en los artículos 46º al 50º de la ley orgánica de las Municipalidades.

      Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

                                      ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase la ampliación del endeudamiento para la obra de gas en la localidad de Ireneo Portela, de este Municipio, por un monto total de pesos dos millones trescientos treinta mil trescientos veintisiete con 01/100 ( $ 2.330.327,01=) y facultase al Departamento Ejecutivo a tramitar las autorizaciones correspondientes en la Dirección Provincial de Coordinación Federal y Municipal y el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Artículo 2º: Autorizase al Sr. Intendente Municipal a firmar, con el Fondo Fiduciario para el desarrollo del Plan de infraestructura Provincial, el Contrato de Préstamo por el monto establecido en la presente ordenanza.

Articulo 3º: Manténgase vigente el texto y todos los alcances de la ordenanza Nº 4271.

Articulo 4º: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Regístrese. Cumplido, archívese.

Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes del día 4 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BRADERO, 10 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4638 del 3 de Abril de 2012 y promulgada el 12 de abril de 2012.

        Visto que en el Partido de Baradero existen baldíos y aceras encontrándose parte de ellos en estado de abandono, falta de higiene y conservación, constituyendo un peligro para la salud de las personas y;

      Considerando que estos lugares son focos que deparan riesgos de contaminación ambiental y de transmisión potencial de enfermedades a la comunidad.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de

                                                ORDENANZA PREPARATORIA

Artículo 1º: A los efectos de esta ordenanza, entiéndase por terreno baldío, a todo predio o fracción de tierra que en zonas urbanas y sub. urbanas, carecen de construcciones o aquella que estando parcialmente construida se encuentre en estado de abandono.

Se entiende por acera el espacio frentista del inmueble.

Artículo 2º: Los propietarios de terrenos baldíos están obligados al cerramiento de los mismos a través de la construcción de paredones, la instalación de tejidos o la utilización de otras formas alternativas que  permitan la delimitación del área perimetral que corresponda al inmueble respectivo.

Articulo 3º: Declarase obligatorio mantener los terrenos baldíos y aceras limpios y libres de maleza, basuras, residuos y de todo otro género de materias que signifiquen un riesgo real o potencial para la salud pública y el saneamiento ambiental.

Artículo 4º: Queda prohibido descargar y / o introducir en terrenos baldíos, aceras y otros lugares que no sea el específicamente designado a tal fin por la Municipalidad: residuos, materiales y otros objetos que afecten la estética del lugar, o constituyan un peligro real o potencial para la seguridad pública, el saneamiento ambiental y la higiene.

Artículo 5º: Serán responsables solidarios del cumplimiento de esta ordenanza, los propietarios de los terrenos baldíos y aquellos que detenten, exploten, ejerzan la posesión o tenencia de los mismos, siendo facultad del Poder Ejecutivo, a través de la dirección de espacios verdes, dirigir las actuaciones pertinentes, contra uno o varios responsables, de acuerdo con las circunstancias del caso.

Articulo 6º: El control y vigilancia de los denominados terrenos baldíos y aceras, estará a cargo de la Dirección de Inspección General, quien informará el no cumplimiento de lo dispuesto en esta ordenanza.

Artículo 7º:Cualquier vecino o persona interesada podrá denunciar ante la Dirección de Espacios Verdes la existencia de terrenos Baldíos en infracción a los artículos 3 y 4 de la presente ordenanza, a fin de que se proceda a realizar la inspección pertinente y labrar la boleta de notificación en un todo de acuerdo a lo dispuesto en los artículos siguientes.

Artículo 8º : Para facultar el cumplimiento de la presente ordenanza, la Dirección de Espacios Verdes, cursará previamente boleta de notificación al titular o responsable del inmueble, intimándolo a dar cumplimiento a las disposiciones de la presente en el termino de cinco (5) días.

Artículo 9º:  En caso de terrenos en situación de abandono pertenecientes a propietarios con domicilio desconocidos, la intimación se notificará a través de tres publicaciones semanales consecutivas en medios locales.

Articulo 10º: Si luego de efectuadas las publicaciones referidas a la intimación prevista en el articulo 8 no comparece persona alguna, la Dirección de Espacios Verdes realizará la limpieza de los terrenos con las costas correspondientes.

Artículo 11º:  Constatado el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones descriptas en los artículos 2, 3 y 4 de la presente y luego del plazo otorgado según Art. 8, se labrará el acta de infracción pertinente y se girarán las actuaciones al Juzgado Municipal de Faltas.

Artículo 12º: Labrada el acta de infracción, el Poder Ejecutivo Municipal quedará facultado para proceder a la limpieza del baldío o la acera, con costo a cargo del propietario y / o responsables establecidos en el articulo 5 de la presente ordenanza. El área correspondiente comunicará a la administración municipal los gastos que se hubiera erogado a fin de que los mismos se incluyan en la ficha catastral del inmueble, haciéndose constar en los informes y certificados que soliciten los interesados.

Artículo 13º: El costo de los trabajos realizados por la Municipalidad a exclusivo costo del propietario y toda persona o personas responsables mencionados en el articulo 5 de la presente ordenanza será:

a)     Por desmalezamiento y limpieza de predios con utilización de maquinas municipales, el metro cuadrado, el valor de cuatro (4) litros de gas oil.

b)     Por desmalezamiento de predios sin utilización de maquinas municipales, el metro cuadrado, el valor de 2 (dos) litros de gas oil.

c)     Recolección de residuos y ramas en aceras, que no corresponda al servicio normal, el m3, el valor de 10 (diez) litros de gas oil.

Artículo 14º:  La administración municipal notificará al responsable del inmueble los gastos efectuados por el Municipio, los que deberán ser abonados dentro de los quince (15) días corridos de recibida la respectiva notificación, plazo a partir del cual deberán computarse los intereses correspondientes por mora dispuestos en la ordenanza fiscal vigente, caso contrario las actuaciones serán remitidas la sector legal correspondiente a fin de que la vía que corresponda persiga el cobro adeudado.

Articulo 15º: Conforme lo establece el articulo 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, autorizase al departamento Ejecutivo, a proceder al allanamiento de domicilio con el solo fin de hacer cumplir la ordenanza.

Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Articulo 24º:

El domicilio de una persona no podrá ser allanado sino por orden escrita de juez o de las autoridades municipales encargadas de vigilar la ejecución de los reglamentos de salubridad pública y a este solo objeto.

Artículo 16º: La dirección de espacios verdes realizará anualmente una campaña de difusión pública de concientización de la obligación de mantener limpios los terrenos baldíos y de las disposiciones previstas en la presente ordenanza.

Articulo 17º: MULTA POR NEGATIVA DE LIMPIEZA. Transcurrido el plazo otorgado a tal fin, sin que se hubiera dado cumplimiento a lo establecido en esta ordenanza, se aplicará la multa pertinente. Las multas oscilarán entre un equivalente a 100 y 400 litros de gas oil, según estimación del Juzgado de Faltas, que se duplicará en casos de reincidencia.

Articulo 18º: CASOS DE EXCEPCION.- El Poder Ejecutivo podrá realizar descuentos, facilidades de pago o condonar el gasto que resulte del desmalezamiento de los terrenos baldíos, lo cual podrá hacer efectivo en los siguientes casos:

1)     siempre que el responsable acredite ser propietario de ese único inmueble.

2)     Cuando se trate de instituciones intermedias.

3)     Cuando se trate de ONG.

4)     A jubilados, debiéndose en todos los casos realizar un estudio socio económico por medio del cual se demuestre y acredite la incapacidad de pago de los gastos pertinentes.

La multa por infracción se aplicará en todos los casos.

Artículo 19º: El personal a la limpieza y desmalezamiento de terrenos baldíos dependerá de la Dirección de Recursos Forestales y Espacios Verdes, y sus tareas se cumplirán dentro de la jornada habitual de trabajo, dicha área planificará mensualmente dichos trabajos.

Artículo 20º: Para la correcta aplicación de esta ordenanza, se tomará en cuenta todo terreno baldío que se encuentre dentro de esa delimitación:

Acceso / San Lorenzo- Maipú/Estrada/Ruta Provincial 41/ Roca/ Ayacucho/ Juan XXIII/ Pacheco de Melo/ Lavalle/ Maipú/ 4 de febrero/ Ruta Provincial Nº 41/ Callejas/Dollera/ Vélez Sarfield/ Mitre/ Alte. Brown/ A. Samyn/ Paso/ Antártida Argentina/ Bernabé de San Martín/ Jorge Newbery/ R. Obligado/ Alfredo Cossi/ Perito Moreno/ Saavedra/ Astigueta/ San Martín.

Artículo 21º: Derogase ordenanza 1379/91 y Reglamentaciones o disposiciones que se opongan o superpongan a la presente.

Artículo 22º: Cúmplase, regístrese y publíquese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 3 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADRO, 12 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Sr. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4639 del 17 de abril de 2012 y promulgada el 18 de abril de 2012.

     Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-03575/11, letra “S” y;

     Considerando que el HCD otorgó la tenencia precaria por cinco (5) años a la Parroquia Santiago Apóstol oportunamente por Ordenanza registrada bajo el Nº 3953/09.

     Que consecuentemente se suscribe convenio entre la permisionaria y el municipio estableciendo claramente las cláusulas a cumplir.

     Que se fijó el plazo máximo de 5 años para la culminación de todas las obras y 6 meses el plazo máximo para el comienzo de las obras.

     Que queda acreditado en autos que la permisionaria no ha ejecutado las obras propuestas.

    Que la permisionaria tiene un impedimento legal expreso para la continuidad de la tenencia precaria.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

   Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                         ORDENANZA

Artículo 1º: Revóquese la tenencia precaria otorgada por el término de cinco años, a la Parroquia Santiago Apóstol, sobre el predio municipal ubicado en calle Sánchez Loria y Gallo, denominado catastralmente como Circ. II- Secc B- mza. 53 h- Parcelas 8,9,10,11,12, 13 y 14 de la localidad de Baradero.

Artículo 2º: Intímese su restitución en el término perentorio que al efecto el Departamento Ejecutivo Municipal le fije, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales tendiente al recupero del bien.

Artículo 3º: Proceda el Departamento Ejecutivo Municipal a la inmediata posesión del inmueble propiedad de la comuna.

Artículo 4º: Derogase la ordenanza registrada bajo el Nº 3953/09.

Artículo 5º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo Municipal. fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero. Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 17 días del mes de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D. BARADERO, 18 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.

Ordenanza Nº 4640 del 17 de abril de 2012 y promulgada el 18 de abril de 2012.

     Visto la necesidad de renovar el parque automotor y de maquinarias municipal que permitan brindar mejores servicios a la comunidad y,

      Considerando que para ello, se deberán adquirir dos (2) motoniveladoras y una camioneta tipo utilitario.

    Que los mismos permitirán trabajar en mejores condiciones de seguridad e higiene a los trabajadores municipales.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

     Por ello, tratado sobre tablas y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                            ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar contrato de locación con opción de compra, hasta la suma de pesos dos millones quinientos mil

 ( $ 2.500.000=), bajo la modalidad de contratos de leasing con la Provincia Leasing S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Art. 156 Inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2º: Los bienes objetos de esta contratación estarán destinados al equipamiento municipal de maquinarias, vehículos y bienes muebles en general para ser empleados en obras y servicios públicos y en salud y acción social indistintamente.

Los vehículos a comprar son:

a)     Dos (2) motoniveladoras.

b)     Una (1) camioneta tipo utilitario.

Artículo 3º: Estas contrataciones se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que la Provincia Leasing S.A. tiene implementadas para este tipo de operatoria.

Artículo 4º:  Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 17 de abril de 2012.

BARADERO, 18 de abril de 2012.

PROMULGADA, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4641 del 17 de abril de 2012 y promulgada el 18 de abril de 2012.

     Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-05317/12, letra A, en el cual el Departamento Ejecutivo Municipal, solicita tratamiento de la solicitud de Bomberos Voluntarios conforme a los alcances de la ley 10.917 y sus modificatorias y;

    Considerando que el articulo 12º incorporado por la ley 12.738 invita a las Municipalidades a dictar similar norma.

   Que las actividades especificas de los cuerpos activos de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad se reconoce con el carácter de Servicio Público.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley Nº 10917/ modificatorias y ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

   Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                       ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase del pago de la tasa municipal correspondiente a la expedición de licencias de conducir, de clase especial para la categoría de automotores de seguridad y / o emergencia, a los miembros en actividad de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Baradero, con excepción a la tasa correspondiente de libre deuda.

Artículo 2º: Los integrantes del cuerpo activo deberán acreditar ante la Municipalidad de Baradero, ser miembros de la Institución mediante la presentación del aval firmado por las autoridades pertinentes y contar una antigüedad superior a dos (2) años.

Artículo 3º: Será responsabilidad exclusiva de las autoridades directivas de Bomberos Voluntarios, notificar e informar en forma fehaciente a este Municipio las altas y bajas que se producen en el Cuerpo Activo.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 17 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 18 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Sr. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4642 del 17 de abril de 2012 y promulgada el 18 de abril de 2012.

     Visto las actuaciones que corren por expediente “C” 4009-20-04819/11, en la cual el Club Regatas Baradero, solicita la eximición de la tasa por Derechos de espectáculos Públicos por la realización del tradicional baile de fin de año y;

    Considerando que aun persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza Nº 4481/11.

   Que el articulo 40 de la ley orgánica de las Municipalidades faculta al Honorable Concejo deliberante a establecer exenciones de tributos municipales.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

     Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                      ORDENANZA

Articulo 1º Exímase al Club de Regatas Baradero del pago de los derechos por espectáculos Públicos. Art. 21 Inc. B- correspondiente a realización del tradicional Baile de Fin de Año realizado el 31 de diciembre de 2011.

Articulo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al  Departamento Ejecutivo Municipal. fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 17 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARASDERO, 18 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4643 del 17 de abril de 2012 y promulgada el 18 de abril de 2012.

     Visto la solicitud de eximición de impuestos obrante en actuaciones que corren por expediente “R” Nº 4009-20-00972/10, formulada por la Señora Milena Mabel Rothen Vda. De Argiró.

    Atento al resultado del estudio socio económico y,

   Considerando  que aun persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza Nº 3753/08.

   Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                            ORDENANZA

Articulo 1º: Exímase  por los años 2012 y 2011  a la Señora Milena M. Rothen Vda. De Argiró, del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en Circ. I – Sec. B- mza. 132 –Parcela 10e- de nuestra ciudad. Cuenta Nº 3565.

   La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Articulo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento ejecutivo Municipal. fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, en sesión ordinaria del día 17 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 18 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4644 del 17 de abril de 2012 y promulgada el 20 de abril de 2012.

      Vistas las actuaciones que corren por expediente “F” 4009-20-05438/12,mediante el cual la Sra. María Inés Fernández solicita fotocopias de historia clínica y;

   Atento a los informes de las distintas áreas municipales, donde consta que se entrega fotocopia de la historia clínica Nº 482, donde figuran la atención recibida en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro”.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                        ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase en concepto de expedición de fotocopias de expedientes y / o historias clínicas Numero 482, entregadas a la Sra. María Inés Fernández, por atención recibida en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro”.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo deliberante del Partido de Baradero, en sesión ordinaria del día 17 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 20 de abril de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Prof. Leonardo L Peris, Intendente Municipal Interino y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

                DECRETO DEL HONORABLE  CONCEJO DELIBERANTE

        Visto y considerando el pedido de Licencia del Intendente Municipal Dr. Aldo M. Carossi,

      Que la viabilidad de la presente licencia se encuentra contemplada en las previsiones emanadas del artículo 10, Inc. 5 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, aprueba el siguiente:

                                     DECRETO Nº 05/12

Artículo 1º: Este Honorable Concejo Deliberante toma conocimiento y acepta la licencia por enfermedad del Dr. Aldo M. Carossi, por el termino de 20 días corridos al cargo de Intendente Municipal que le corresponde por la función electiva municipal, conforme a lo establecido en el articulo 10 – Inc. 5 de la ley orgánica Municipal y su modificatoria.

Artículo 2º: En consecuencia, designase al Concejal Sr. Peris Leonardo, como Intendente Municipal Interino, conforme al orden de prelación del listado del Partido Frente para la Victoria, expedido por la Honorable Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 19 de abril de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

                          P O D E R    E J E C U T I V O

 

                                D  E  C  R  E  T  O  S

 

Decreto Nº 171 del 03 de abril de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 172 del 3 de abril de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 173 del 4 de abril de 2012.

Incorporando al Patrimonio Municipal, una fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. III, Secc. E- Chacra 107- Sobrante (2b según Catastro), de la ciudad de Baradero.

Decreto Nº 174 del 4 de abril de 2012.

Incorporando al Patrimonio Municipal, una fracción de Terreno denominada catastralmente: Circ. II – Secc. A- quinta 8- Mza. 8b- Parcela 1ª, de la ciudad de Baradero.

Decreto Nº 175 del 4 de abril de 2012.

Llamando a Concurso de Precios Nº 8/2012, para la compra de un Acoplado Rural Metálico, destinado al Departamento Alumbrado Público y otros, documentación obrante en expediente “S” 4009-20-05249/2012.

Se fija el día 17 de abril de 2012, a la hora 10, la fecha de apertura del Concurso citado, en la Municipalidad de Baradero, con un presupuesto oficial de pesos treinta y dos mil setecientos

 ( $ 32.700=).

Decreto Nº 176 del 4 de abril de 2012.

Dando de baja a partir del 1º de mayo de 2012, a la Agente Municipal Sra. Gil Eva Lilian, para acogerse a los beneficios jubilatorios.

Decreto Nº 177 del 4 de abril de 2012.

Abonando al Personal Municipal afectado a las tareas de mantenimiento de parque y galpón, escenario y escenografía en Puerto Local y Cristo de la Hermandad, coordinación artesanos, autos, espectáculos musicales, atención de oficina, limpieza de baños y oficina, ordenamiento y control del tránsito, con motivo de Semana Santa los días 5 al 8 de abril de 2012; una bonificación por única vez que se establece en la suma de pesos ciento treinta ( $ 130=).

Decreto Nº 178 del 4 de abril de 2012.

Dando de baja a partir del 1º de mayo de 2012, a la Agente Municipal Sra. Méndez Susana Josefina, para acogerse a los beneficios jubilatorios.

Decreto Nº 179 del 4 de abril de 2012.

Adjudicando el Concurso de Precios Nº 7/2012 para la provisión de combustible (Gas Oil a granel 13.000 Lts.) para el mes de abril de 2012 con destino al Corralón Municipal, a la Empresa Edosada S.A., con domicilio legal en Martín de Gainza Nº 2499 de la ciudad de Baradero, por la suma de pesos setenta y nueve mil trescientos ( $ 79.300=).

Decreto Nº 180 del 9 de abril de 2012.

Contratando  a partir del 10 de abril de 2012 al 30 de abril de 2012 inclusive, mediante contrato de locación de servicios, al Ing. Agr. Stabile Luciano Marcelo R., para tareas inherentes a su desempeño como responsable educacional de la Reserva Natural Educativa “Parque del Este”, debiendo ejecutar tareas docentes en dicho sitio y / o en cualquier establecimiento educativo en el distrito que le sea oportunamente indicado por el Municipio.

Decreto Nº 181 del 9 de abril de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

—————————————————————————————————————–Decreto Nº 182 del 9 de abril de 2012.

Vetando en todos sus términos la Ordenanza sancionada en Sesión ordinaria del día 3 de abril de 2012, cuyo texto se encuentra agregado a fs 2 y 3 del expediente 4009-20-0426/2012 “B”.

Sin perjuicio de la inaplicabilidad de los parámetros del Código Alimentario Argentino, instrúyase a la Dirección de Obras Sanitarias para que comunique los resultados de los análisis que periódicamente efectúan.

 Decreto Nº 183 del 12 de abril de 2012.

Abonando a la Cooperativa de Trabajo “La Victoria Ltda.” La suma de pesos siete mil doscientos treinta y uno con 20/100 ( $ 7.231,20=), para abonar exclusivamente a Oscar Añaños la suma de pesos cuatro mil setecientos cuarenta y nueve con 20/100, ( $ 4.749,20=), a ABC Artículos de Limpieza, la suma de pesos seiscientos ( $ 600=) y a Hierros Baradero la suma de pesos un mil ochocientos ochenta y dos ( $ 1.882=), contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos de corresponder a la orden de la citada Cooperativa de Trabajo, debiendo emitirse un pago por cada proveedor.

Decreto Nº 184 del 12 de abril de 2012.

Abonando a la Cooperativa de Trabajo “La Victoria Ltda.”, la suma de pesos veinte mil

 ( $ 20.000=), para abonar exclusivamente a Hieros Baradero la suma de pesos seis mil

( $ 6.000=), a Vivero L y L, la suma de pesos once mil ( $ 11.000=) contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos, y remitos de corresponder a la orden de la citada Cooperativa de Trabajo, debiendo emitirse un pago por cada proveedor.

Decreto Nº 185 del 12 de abril de 2012.

Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Los Pingüinos Ltda.” La suma de pesos cuarenta y nueve mil ciento cuarenta y nueve c/ 60/100 ( $ 49.149,60=) para abonar exclusivamente a Pinturería Bolaños la suma de pesos dos mil trescientos noventa y nueve c/60/100

 ( $ 46.750=) y a Oscar Añaños la suma de pesos dos mil trescientos noventa y nueve c/60/100 ( $ 2.399,60=), contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos de corresponder a la orden de la citada cooperativa de trabajo, debiendo emitirse un pago por cada proveedor.

Decreto Nº 186 del 12 de abril de 2012.

Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Los Pingüinos Ltda.”, la suma de pesos cuarenta y un mil seiscientos dieciséis ( $ 41.616=), para abonar exclusivamente a Hierros Baradero dicho importe, contra entrega por parte del beneficiario del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos de corresponder a la orden de la citada Cooperativa de trabajo, debiendo emitirse un pago al citado proveedor.

Decreto Nº 187 del 12 de abril de 2012.

Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Lealtad Ltda.”, la suma de pesos ochenta y cuatro mil novecientos veinte ( $ 84.920=), para abonar exclusivamente a Metabasa la suma de pesos setenta y nueve mil novecientos veinte ( $ 79.920=), y a Hierros Baradero la suma de pesos cinco mil ( $ 5.000=), contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos de corresponder a la orden de la citada Cooperativa de trabajo, debiendo emitirse un pago por cada proveedor.

Decreto Nº 188 del 12 de abril de 2012.

Llamando a Concurso de Precios Nº 9/2012, para la compra de Neumáticos para vehículos del Corralón Municipal: Motoniveladora Champion M5, Cargadora Fiat Allis E69 y Tractor M. Fergusson T5, con un presupuesto oficial de pesos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta

( $ 58.880=). Apertura del mencionado concurso: 23 de abril de 2012 a la hora 11.00 en la Municipalidad de Baradero.

Decreto Nº 189 del 12 de abril de 2012.

Incorporado al Patrimonio Municipal, una fracción de Terreno denominada catastralmente: Circ. VIII – SEC. A- Mza. L, designado Plaza, (según Catastro Manzana 17) localidad de Santa Coloma – Partido de Baradero.

Decreto Nº 190 del 12 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 del pago de las Tasas Municipales que gravan los inmuebles propiedad del Club Sportivo Baradero.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado publico, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 191 del 12 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 del pago de las Tasas por Limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad de la Asociación Testigos de Jehová.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 192 del 12 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 al Sr. Bordoli Edmundo Dante, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 193 del 12 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad de la Iglesia Internacional del Evangelio Cuadrangular.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 194 del 12 de abril de 2012.

Abonando a la Cooperativa Lealtad Ltda. La suma de $ 102.675= ( pesos cientos dos mil seiscientos setenta y cinco), para abonar exclusivamente a Scoppa S.A. contra entrega por parte del beneficiario del pago, de la pertinente factura, recibo y remito de corresponder, a la orden la citada cooperativa de trabajo, debiendo emitirse el pago a dicho proveedor.

—————————————————————————————————————–

Decreto Nº 195 del 12 de abril de 2012.

Integrando la Junta Municipal de Defensa Civil, con funcionarios y miembros de asociaciones cuyas finalidades son concurrentes a la defensa Civil, en los cargos y jefaturas de Servicios de Protección  Civil.

La presidencia de la Junta Municipal de Defensa Civil será ejercida por el Sr. Intendente Municipal.

Decreto Nº 196 del 12 de abril de 2012.

Modificando a partir del 10 de abril de 2012, el artículo 1º del Decreto Nº 36 de fecha 16 de enero de 2012, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Destinase para el Ejercicio 2012, la suma de pesos veintinueve mil ( $ 29.000=), para la constitución de “Cajas Chicas”, para las áreas y montos según anexo adjunto.

Decreto Nº 197 del 12 de abril de 2012.

Contratando personal en períodos y tareas que se citan:

Del 1º/04/2012 al 30/04/2012.

Aguerre del Bene Ana M. Médica en la Dcción. de Atención Primaria de la Salud.

 $ 3.450= mensuales.

Alanis Adriana E. 140 hs mensuales. Dcción de Cultura. $ 2.100= mensuales.

Bardesono Marisa Karen. Terapista Ocupacional en Hospital Municipal. y sala Villa Cristina. $ 630= mensuales, por clases en Taller de la Memoria  $ 500= mensuales y por realizar terapia ocupacional en el Hogar de Ancianos $ 900= mensuales.

Bechtholt Dora E. 20 hs semanales en Secretaría de Turismo. $ 840= mensuales.

Brandli Carlos F. 36 hs semanales. Médico oncólogo en Hospital Municipal. $ 1.500= mensuales.

Caballero Regina. Para realización de certificado médico de Registro de Conducir y visitas domiciliarias de agentes con licencia médica. $ 5.027,61= mensuales.

Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Casas Cecilia. 48 hs semanales en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Colliard Giselle. 30 hs semanales. Administrativa en Oficina de Jardines de Infantes Municipales. $ 2.696,11= mensuales.

Concilio Juan S. 48 hs  mensuales. Dirección de Cultura. $ 504= mensuales.

Erpen Lucila. 24 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 3.391,30= mensuales.

Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento Legal en Dcción Producción.

 $ 4.831,15= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Espinosa Manuel C. 48 hs semanales en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Farías Horacio I. 48 hs semanales en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Francchini Marcelo D. Médico de guardia. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Fussinato Jorge M.  Coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos educativos y administrativos con la UBA. $ 5.111,25= y reconocimiento de viáticos.

Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales en Hospital Municipal. $ 4.000= mensuales.

Gallardo Carolina. Fonoaudióloga en Hospital Municipal. $ 1.900= mensuales.

Gimenez Jonathan. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gimenez Lidia N. 44 hs semanales. Dcción. de Prevención de la Salud. $ 3.077,80= mensuales.

Giordano Camilo H. Médico en la localidad de Alsina $ 12.218,74= mensuales y

 $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Girotti María E. 48 hs semanales en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Gómez Jesús. 44 hs semanales en Dcción Obras Públicas y privadas. $ 3.622,22= mensuales.

González Modesto. 35 hs semanales. Dirección de Turismo. $ 2.696,11= mensuales.

Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Dcción de Obras Públicas y Privadas.

 $ 4.033,97= mensuales.

Hebeisen Alberto O. 35 hs semanales. Profesor de Gimnasia. $ 1.868,75= mensuales.

Idiart María F. kinesióloga fisiatra en Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.

Labriola Mariana L. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.782,61= mensuales.

Ledesma Alicia M. 35 hs semanales en Secretaría de Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

León Esteban. 35 hs semanales. Profesor de Educación Física. $ 1.868,75= mensuales.

Maestre Miguel A. 44 hs semanales en Dcción Inspección y Seguridad. $ 3.077,80= mensuales.

Mandrile Silvia C. Patóloga en Hospital Municipal. $ 4.500= mensuales.

Martínez Carlos A. 30 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 2.755,02= mensuales.

Mena Cristina E. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos.

 $ 3.077,80= mensuales.

Mussi Marina. Kinesióloga Fisiatra en Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.

Negre Néstor R. 48 hs semanales en Honorable Concejo Deliberante. $ 4.002,11= mensuales.

Olmos María E. 35 hs semanales. Administrativa en Dcción Atención Primarias de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Ottina Marcos Nicolás. 35 hs semanales. Profesor Educación Física. $ 1.868,75= mensuales.

Pardo Sebastián R. 48 hs semanales. Recolección de Residuos. $ 3.242,25= mensuales.

Pellegrino Sergio. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.881,25= mensuales.

Pereyra Mario R. 48 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Pulido Araceli R. 35 hs semanales. Profesora de gimnasia. $ 1.868,75= mensuales.

Ravettino María I. Psicóloga en Hospital Municipal y Hogar de Ancianos. $ 2.700= mensuales y $ 750= como integrante de la Junta Evaluadora del Certificado Único de discapacidad.

Rodríguez Luis C. Obrero tareas generales. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Sartor Carlos E. Tareas en la Secretaría de Obras – Inspección de Obras Públicas, con uso de vehículo propio. $ 4.379,52= mensuales.

Scollo José L. 112 hs mensuales en Dcción de Cultura. $ 1.100= mensuales.

Schachttel Juan P. Médico traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.500= mensuales.

Zarich María M. 10 hs semanales. Odontóloga en Dcción de Prevención de Salud.

$ 2.000= mensuales.

Decreto Nº 198 del 12 de abril de 2012.

Contratando personal en tareas y períodos que se citan:

Del 1º/04/2012 al 30/04/2012.

Accorso Ezequiel M. Médico en Hospital Municipal y Salas periféricas $ 4.000= mensuales.

Acuña Jorgelina Y. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos.

$ 3.077,80= mensuales.

Aguilar Rosa L. médica de guardia y servicio 107. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs

Almada Natalia S. Asistente Social. 35 hs semanales en Hospital Municipal.

 $ 2.696,11= mensuales.

Álvarez Gisela N. Médica de guardia en la localidad de Alsina. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Amoroso Natalia B. M♪0dica de guardia y servicio 107. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Baldi Ortiz Alejandra. 30 hs semanales. Psicóloga en secretaría de Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

Baliela Grassino Carlos. Médico de guardias activas y servicio 107. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Barattini Daniela C. 35 hs semanales. Docente en Hogar del Niño Municipal. $ 2.754,98= mensuales.

Barras Jennifer C. 30 hs semanales. Administrativas en Tesorería Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Belem Leandro J. 44 hs semanales. Coordinador de Centros Comunitarios (CPC). $ 3.593,75= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Belli Biollay Carolina A. 48 hs semanales. Operador del centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Bogado Gustavo A. 35 hs semanales. Inspector de Comercio. $ 2.696,11= mensuales.

Bogliolo Heraldo. 35 hs semanales. Veterinario dependiente de la Secretaría de Gobierno. $ 3.000= mensuales.

Cascu Alba N. Enfermera en Hogar de Ancianos Municipal. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Caviglia Virginia N. Asistente Social en secretaría de Desarrollo Social. $ 2.898,20= mensuales.

Colombo Leonardo A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Contreras Marcelo R. Traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Coronel Melina S. Médica de guardia en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Cuis Casino Roberto J. Profesor de Educación Física en la localidad de Alsina. $ 1.150= mensuales.

De los Santos María L. 48 hs semanales en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Delpieri Elián. Obrero tareas generales. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

De Vivo Eleonora Beatriz. Médica en Salas Periféricas en localidad de Alsina, Leloir y CIC, Ireneo Portela y Santa Coloma. $ 6.900= mensuales.

Dipasquale Carla. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Dipasquale Nino C. Profesor de Educación Física en la localidad de Alsina. $ 1.868,75= mensuales.

Esquivel Néstor A. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por cámaras, dependiente de la Secretaría de Gobierno. (Reemplazo) $ 1.200= mensuales.

Farias Mariana S. Administrativa en Hospital Municipal. 35 hs semanales. $ 2.696,11= mensuales.

Galarza Elizabeth R. 48 h semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Galuppo Gabriel R. Médico de guardia en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia.

Galuppo Marcela Raquel. Médica de guardias y servicio 107. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Gamba Marí D. 44 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 3.593,75= mensuales.

García Jonatan S. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gerez Adolfo E. 48 hs semanales. Obrero tareas Grales. $ 3.242,25= mensuales.

Ghio Rita L. 44 hs semanales. Dcción Inspección Gral. $ 3.593,75= mensuales.

Goddard Clelia M. 44 hs semanales. Dcción Inspección Gral. $ 3.593,75= mensuales.

Gómez Carlos N. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gómez Héctor A. 48 hs semanales.Obrero tareas grales. $ 3.242,25= mensuales.

Gómez María V. Obstetra en Hospital Municipal. 48 hs semanales. $ 6.500= mensuales.

González José B. 44 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 3.077,80= mensuales

Gugger Danisa C. 48 h semanales. Operadora del centro de Monitoreo Urbano por Cámaras dependiente de Secretaría de gobierno. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Hernández Lucas Z. 48 hs semanales. Obrero tareas grales. Dcción Gestión Ambiental. $ 3.242,25= mensuales.

Ibarra Néstor M. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Isa Diego D. 48 hs semanales. Hogar de ancianos Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Jeandet Daiana S. 3 hs semanales. Dcción Prevención de la Salud. $ 1.000= mensuales.

Lobos Luis L. 48 hs semanales. Obrero tareas generales en la localidad de Alsina. $ 3.242,25= mensuales.

López Paulo. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Luna Cristina. 48 hs semanales. Enfermera en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Lupini María C. 35 hs semanales. Docente en Hogar del Niño Municipal. $ 2.755,02= mensuales.

Maestre Leonilda B. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Maffei Gilda. Ginecóloga en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs y $ 1.800= mensuales por atención en Salas periféricas. 6 hs semanales.

Malacalza Evangelina. Bioquímica en Hospital Municipal y guardias pasivas. $ 6.000= mensuales.

Malacalza Verónica I. 20 h semanales. Servicio y maestranza en Jardín Infantes Municipal de Santa Coloma. $ 2.000= mensuales.

Maldonado Noelia I. Docente en Hogar del Niño Municipal. 35 hs semanales. $ 2.930,05= mensuales.

Manicler Mario H. 30 h semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Marmori Lucas. Entrenador de musculación en Gimnasio Julio Argentino Bitar. $ 3.500= mensuales.

Martínez Irma N. Enfermera en Hospital Municipal. 48 h semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Martínez Lorena S. 44 hs semanales. Hogar de Ancianos Municipal. $ 3.077,80= mensuales.

Márquez Paula A. enfermera en Hospital Municipal. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Marzoa Américo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242, 25= mensuales.

Moltrasio María C. 48 hs semanales. Dcción de Prevención de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Nassif Luis M. Médico de guardia y Servicio 107. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Ormachea Gutiérrez Alberto. Médico en Dcción Prevención de la Salud. 6 hs semanales. $ 1.850= mensuales.

Ortiz Carlos D. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Ortunio Díaz Juan M. 44 hs semanales. Alumbrado Público. $ 3.077,80= mensuales.

Ovispo Daniela A. Enfermera en Dcción Prevención de la Salud. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Páez Abigail G. 30 hs semanales. Tareas en Asesoría Letrada. $ 2.696,11= mensuales.

Palacios Bonifacio. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Parzón José R. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Pederiva Hernán L. 30 hs semanales. Administrativo en Asesoría Letrada. $ 2.696,11= mensuales.

Pelayo Isabelino. Escuela de Boxeo. $ 650= mensuales.

Pelayo Mauro L. 35 hs semanales. Tareas dependientes de la Secretaría de gobierno. $ 2.480,42= mensuales.

Pellegrini Oscar A. 35 hs semanales. Dcción Prevención de la Salud. $ 2.696,11= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Pérez Ricardo R. Operador de 48 hs semanales en el Centro de Monitoreo Urbano por Cámaras dependiente de la Secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Piazza Ricardo O. Obrero tareas generales. 44 hs semanales. $ 3.077,80= mensuales.

Pintado Horacio D. Urólogo en Hospital Municipal. 36 hs semanales. $ 1.500= mensuales y $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Piñón Analía S. 30 h semanales. Tareas en Oficina de Compras. $ 2.696,11= mensuales.

Pusich María S. 30 hs semanales. Tareas en Contaduría Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Rabonisi Malena A, Instrumentista. 44 hs semanales en Hospital Municipal. $ 3.077,80= mensuales.

Rapalin Santiago M. 24 hs semanales. Prof. Educación física. $ 2.645= mensuales.

Ríos Yanina N. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Rodríguez Adriana E. 48hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.782,61= mensuales.

Romero Juan R. Escuela de Boxeo. $ 650= mensuales.

Romero Marisa L. 48 hs semanales. Dcción Prevención de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Romero Miguelina. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Rosón Cecilia. 30 hs semanales. Trabajadora Social dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

Rosón Juan I. Para Cursos Expedición de Libretas Sanitarias dependiente de la Secretaría de Gobierno. $ 1.400= mensuales.

Rowlands Cecilia G. Servicio de Hemoterapia en Hospital Municipal. $ 3.300= mensuales y

$ 1.000= por guardias pasivas del servicio.

Saavedra Marina A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $3.242,11= mensuales.

Salazar Sergio A. Enfermero en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Sarsotti Carlos . Médico de guardias y servicio 107. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Silva Leonardo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Silva Natalia A. 44 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 3.593,75= mensuales.

Silva Ruth S. 44 hs semanales. Servicio y Maestranza en Hogar del Niño Municipal. $ 3.077,80= mensuales.

Simour Ricardo O. 44 hs semanales. Alumbrado Publico. $ 4.200= mensuales.

Simour Silvina. Prof. Educación Física en la localidad de Alsina. $ 1.150= mensuales.

Tobares Luis F. Psicólogo en Servicio local, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social. 30 h semanales. $ 4.400= mensuales.

Urquiza Carla M. Asistente Social. 30 hs semanales. Secretaría de Desarrollo Social. $ 2.898,20= mensuales.

Valdez María C. 35 hs semanales. Dcción Prevención de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Vega Pamela D. 48 hs semanales.. Hogar de Ancianos Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Vega Silvia E. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en sec. de Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

Velazquez Darío F. 48 hs semanales. Obrero taras generales. $ 3.242,25= mensuales.

Vergara María I. 30 hs semanales. Tesorería Municipal. $ 4.129,17= mensuales.

Viera Mariana B. 40 hs semanales. Responsable del Plan Nacer en el CIC y Hospital Municipal $ 3.593,75= mensuales. y $ 375= como integrante de la Junta Evaluadora del Certificado Único de Discapacidad.

Villalba Ledesma Eloy M. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Zignago Enrique R. Médico de guardia y Servicio 107. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Decreto Nº 199 del 12 de abril de 2012.

Contratando personal en periodos y tareas que se citan:

Del 1º/04/2012 al 30/04/2012.

Albelda Mónica B. 20 h semanales. Dcción de Cultura. Taller de Telar. $ 840= mensuales.

Álvarez Micaela V. 12 hs semanales. Taller de Computación. en CIC. $ 504= mensuales.

Arevalo Gladis M. 26 hs semanales. Taller de Alfarería. $ 1.090= mensuales.

Arrieta Camila. 20 hs semanales. Taller integral. $ 840= mensuales.

Barja Natasha. 20 hs semanales. Coordinadora Taller de Teatro. $ 840= mensuales.

Belli Marta. 20 hs semanales. Taller de Patio de Tango. $ 840= mensuales.

Bernaldo de Quirroz Ramiro. 35 hs semanales. Coordinación y mantenimiento.

 $ 2.696,11= mensuales.

Bon Sebastian L. 12 hs semanales. Logística en eventos. $ 504= mensuales.

Borrascosa Roxana. 12 hs semanales. Taller de gimnasia en localidad de Portela.

 $ 504= mensuales.

Cáceres Mónica A. 16 hs semanales. Taller de manualidades. $ 674= mensuales.

Capriglioni Rita E. 20 h semanales. Taller de manualidades. $ 840= mensuales.

Colicchia Romina A. Taller literario. 12 hs semanales. $ 504= mensuales.

Fernández Natalia R. 20 hs semanales. Coordinadora Taller de Salsa. $ 840= mensuales.

Fonte Luis M. 12 hs semanales. Taller de computación en localidad de Alsina. $ 504= mensuales.

Mari Verónica L. 12 hs semanales. Taller de corte y confección en I. Portela. $ 504= mensuales.

Martínez Lucas E. 16 hs semanales. Taller de murga en localidad de Alsina. $ 674= mensuales.

Marzoa Ivana G. 30 h semanales. Taller de Apoyo Escolar. $ 1.260= mensuales.

Masud Juan M. 18 hs semanales. Taller de Cocina en CIC. $ 756= mensuales.

Miranda Ernesto J. 30 hs semanales. Logística y taller de tango. $ 2.696,11= mensuales.

Misenti Nahuel J. 30 hs semanales. Taller de Folklore. $ 1.260= mensuales.

Mori Vanesa C. 35 hs semanales. Administrativa. $ 2.696,11= mensuales.

Orduña María A. Taller de Ingles en Alsina. 16 hs semanales. $ 674= mensuales.

Ottone Patricia L. 20 hs semanales. Taller de Apoyo Escolar. $ 840= mensuales.

Páez Fabiana L. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar. $ 840= mensuales.

Pérez Claudia A. 12 hs semanales. Taller de gimnasia para niños en I. Portela. $ 504= mensuales.

Rithner Damian. 28 hs semanales. Logística en Dcción de Cultura. $ 2.696,11= mensuales.

Rivas Enrique A. 16 hs semanales. Taller de Teatro. $ 672= mensuales.

Romero José L. Taller de saxo. 12 hs semanales. $ 504= mensuales.

Romero Simon A. Taller de karate. 12 hs semanales. $ 504= mensuales.

Salaberry Juan I.  Taller Integral. 16 hs semanales. $ 674= mensuales.

Santos Natalia E. 20 h semanales. Taller integral. $ 840= mensuales.

Taieti Claudia M. 12 hs semanales. Taller de peluquería en CIC. $ 504= mensuales.

Usandizaga Pablo M. Logística en eventos. 12 hs semanales. $ 504= mensuales.

Wuthrich Amalia I. 12 hs semanales. Taller de salsa y gimnasia en CIC. $ 1.008= mensuales.

Decreto Nº 200 del 16 de abril de 2012.

Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble a favor del Sr. Mena Juan Carlos y otra.

Decreto Nº 201 del 16 de abril de 2012.

Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble a favor de la Sra. Draghi María Andrea.

Decreto Nº 202 del 16 de abril de 2012.

Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble a favor del Sr. Colazo Raúl Alejandro.

Decreto Nº 203 del 16 de abril de 2012.

Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble a favor de la Sra. Cabrera Miriam Patricia.

Decreto Nº 204 del 16 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 al Sr. Martínez Carlos Alberto, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 205 del 16 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 al Sr. Larrosa Julio R.  del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 206 del 18 de abril de 2012.

Declarando de interés social, regularización dominial del inmueble a favor de los Sres. Ciola Maximiliano M y Báez Claudia M.

Decreto Nº 207 del 18 de abril de 2012.

Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble  a favor de los Sres. Braillard Ezequiel A. y Mori Lucila Estefania.

Decreto Nº 208 del 18 de abril de 2012.

Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble a favor del Sr. Ledesma Diego.

Decreto Nº 209 del 18 de abril d 2012.

Eximiendo por el año 2012 al Sr. Lazarevich Miguel B., de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

Decreto Nº 210 del 18 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 a la Sra. Gamba Nilda I, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

Decreto Nº 211 del 18 de abril de 2012.

Adjudicando el Concurso de Precios Nº 8/2012, la compra de un Acoplado Rural metálico, destinado al Departamento Alumbrado público y otros, a la firma Scoppa Oscar Alfredo, con domicilio legal en San Martín 2419 de nuestra ciudad, por la suma total de pesos veintinueve mil novecientos noventa ( $ 29.990=).

Decreto Nº 212 del 18 de abril de 2012.

Aceptando con fecha 18 de abril de 2012, la renuncia elevada por el funcionario Sr. Peris Leonardo L., al cargo de Secretario de Gobierno.

Decreto Nº 213 del 19 de abril de 2012.

Extendiendo el pago del anticipo jubilatorio por el término de dos (2) mes (Mayo/Junio de 2012.) a los ex agentes Municipales que a continuación se detallan:

Bianchi María Cristina.

Cortese José Antonio P.

Galant Roberto M.

Hoffmann Hilda.

Liberatti Mario H.

Lonfat Ángel L.

Loriente Daniel.

Quiles Nora E.

Reyna José M.

Rivero María Amelia.

Romero Carlos A.

Velazquez Otilia L.

Decreto Nº 214 del 19 de abril de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

—————————————————————————————————————–

Decreto Nº 215 del 19 de abril de 2012.

Designando a partir del 19 de abril de 2012 y mientras dure la licencia por enfermedad del Sr. Intendente Municipal, en el cargo de secretario de Gobierno al Dr. Lischetti Heber Rubén.

Dicha designación es con retención de su cargo de Asesor Letrado Municipal.

Decreto Nº 216 del 19 de abril de 2012.

Designando a partir del 19 de abril de 2012, en carácter interino a la Dra. Iglesias Julia Isolina, en el cargo de Asesor Letrado Municipal, mientras dure la designación del Dr. Heber Lischetti en las funciones de Secretario de Gobierno.

La designación es con retención de su cargo de Jefa del Departamento Asesoría Letrada.

Decreto Nº 217 del 19 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 a la Sra. Liaudat Rita Susana, de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

Decreto Nº 218 del 20 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 a la Sra. Orduña María Amalia, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 219 del 20 de abril de 2012.

Eximiendo en forma proporcional por el año 2012, de acuerdo a lo establecido por el artículo Nº 1, punto 8, al Sr. Méndez Jorge Raúl, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 220 del 20 de abril de 2012.

Habilitando desde el 1º de mayo y hasta el día 15 de mayo de 2012 inclusive, el Registro de Mayores Contribuyentes.

Decreto Nº 221 del 20 de abril de 2012.

Llamando a Registro de Oposición por el término de 10 días hábiles, a los vecinos afectados por la  Obra de Pavimentación III Etapa, en calle Roca, ambas manos de carpeta asfáltica.

—————————————————————————————————————–

Decreto Nº 222 del 20 de abril de 2012.

Ampliando el Cálculo de Recursos.

Decreto Nº 223 del 20 de abril de 2012.

Llamando a Concurso de Precios Nº 10/2012, para la provisión de combustible (gas oil a granel 15.000 lts) para el mes de mayo de 2012, con destino al Corralón Municipal.

Decreto Nº 224 del 20 de abril de 2012.

Llamando a Concurso de Precios Nº 11/2012, para la provisión de combustible (nafta súper 4.700 lts) para el mes de mayo de 2012, con destino a la Policía Comunal.

Decreto Nº 225 del 20 de abril de 2012.

Abonando al Personal municipal afectado a las tareas de ordenamiento y control del tránsito, con motivo del recital de la banda rock “Casi Justicia Social” que se llevará a cabo el día 21 de abril en el Anfiteatro Municipal; una bonificación por única vez que se establece en la suma de pesos doscientos ( $ 200=).

Decreto Nº 226 del 23 de abril de 2012.

Contratando a partir del 1º de mayo de 2012 al 31 de mayo de 2012 inclusive, mediante contrato de locación de obra, al Sr. Villanueva Paulino Regino, para realizar tareas de mantenimiento y manejo de la lancha municipal.

Decreto Nº 227 del 23 de abril de 2012.

Contratando a partir del 1º de mayo de 2012 al 31 de mayo de 2012 inclusive, mediante contrato de locación de servicios, al Ing. Agr. Stabile Luciano Marcelo R., para tareas inherentes a su desempeño como responsable educacional de la Reserva Natural Educativa “Parque del Este, debiendo ejecutar tareas docentes en dicho sitio y / o en cualquier establecimientos educativo del distrito que le sea oportunamente indicado por el municipio.

Decreto Nº 228 del 23 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad de la Iglesia Nueva Apostólica (Sud América).

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 229 del 23 de abril de 2012.

Eximiendo por el año 2012 a la Sra. Davide Aurora, de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

Decreto Nº 230 del 23 de abril de 2012.

Declarando desierto el Concurso de Precios Nº 9/2012, para la Compra de neumáticos para vehículos del Corralón Municipal.

Decreto Nº 231 del 23 de abril de 2012.

Estableciendo como valor del metro cúbico de arena, para la aplicación del artículo 18º, inciso a de la ordenanza Nº 1655/94, modificado por la ordenanza 3693/07, el correspondiente a la venta al por mayor. Consecuentemente, el importe a aplicarse para la generación de las cuentas corrientes de los contribuyentes obligados a pagar el derecho desde su vigencia y hasta la fecha de publicación del presente decreto, es de $ 35= por metro cúbico (mt3).

Decreto Nº 232 del 24 de abril de 2012.

Prorrogando hasta el día 31 de mayo de 2012, los beneficios contenidos en la ordenanza Nº 4440,  Régimen de Presentación Espontánea para contribuyentes de la ciudad de Baradero que pretendan regularizar sus obligaciones tributarias con el Municipio. (Moratoria Municipal)

Decreto Nº 233 del 26 de abril de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 234 del 26 de abril de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 235 del 26 de abril de 2012

Incorporando al Patrimonio Municipal, una fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. II – Secc. A- Qta. 3- Mza. 3h- Parcelas 2 y 3 de nuestra ciudad.

Decreto Nº 236 del 26 de abril de 2012.

Incorporando al Patrimonio Municipal, una fracción de terreno denominada catastralmente: Circ. II- Secc. B- Qta. 53- Mza. 53ª- Excedente lote 4 (Parcela 2c s/ Catastro) de nuestra ciudad.

Decreto Nº 237 del 26 de abril de 2012.

Incorporando al Patrimonio Municipal, una fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. XI – Secc C- Qta. 31- Parcela 7 Reserva Fiscal próximo a Estación Alsina (Ptdo. Baradero).

Decreto Nº 238 del 26 de abril de 2012.

Abonando a los Agentes que a continuación se indican, una bonificación extralaboral, extraordinaria y no remunerativa, por las labores desarrolladas y cumplidas mas allá de las horas pactadas en el convenio del Programa Médicos Comunitarios:

Savoy Norma L. Enfermera. $ 1.300= ( un mil trescientos pesos ).

Díaz Nilda Z. Enfermera. $ 1.300= (pesos un mil trescientos).

Bardo Alejandra. Enfermera. $ 1.300= ( pesos un mil trescientos).

Olivera Stella M. Enfermera. $ 1.300= (pesos un mil trescientos ).

Decreto Nº 239 del 26 de abril de 2012.

Autorizando el descuento sobre los haberes a partir del mes de abril de 2012, de los importes (que se especifican en el anexo I del presente) a todos los agentes municipales y personal contratado, para su posterior pago a la firma “Ediciones Val” por cuenta y orden de los agentes.

Decreto Nº 240 del 27 de abril de 2012.

Ratificando a los funcionarios que conforman el Gabinete Municipal.

Comentarios de Facebook

Últimas noticias

Beneficiarios denuncian penalmente a Milei, Bullrich y Caputo por estafa

Beneficiarios denuncian penalmente a Milei, Bullrich y Caputo por estafa

Vecinos y vecinas de Procrear Avellaneda acusan desbaratamiento de derechos e incumplimiento de deberes tras la entrega de sus viviendas...

Avance médico en la Provincia: cirugías cardiovasculares a prematuros sin traslados

Avance médico en la Provincia: cirugías cardiovasculares a prematuros sin traslados

Dos bebés prematuros fueron operados con éxito en los hospitales de González Catán y Cañuelas, evidenciando el compromiso provincial con...

El Gobierno Nacional profundiza el ajuste en pleno invierno

El Gobierno Nacional profundiza el ajuste en pleno invierno

Esto impacta directamente en los hogares, el Gobierno desreguló el mercado de garrafas, eliminando controles de precios y sólo se...

La industria textil local en jaque por el avance de las importaciones

La industria textil local en jaque por el avance de las importaciones

La industria textil argentina atraviesa una crisis profunda, afectada por la caída del consumo interno y una creciente ola de...

Nuevas reglas de ARCA para compras desde el exterior

Nuevas reglas de ARCA para compras desde el exterior

Desde el 1° de julio de 2025, entrará en vigencia una nueva normativa de la Agencia de Recaudación de Control...

Publicidades

Reiki Giorgi Plan Rombo Granix

Noticias relacionadas

Interés general

Por obras paralizadas.

Por obras paralizadas.

Mar del Plata enfrenta una crisis por la interrupción del suministro de gas en plena ola polar En plena ola...

Leer nota

Interés general

El fallo contra YPF y la soberanía nacional. Por Alejandro Olmos Gaona

El fallo contra YPF y la soberanía nacional. Por Alejandro Olmos Gaona

Con motivo del disparatado fallo de la juez Loretta Preska, que ordenara entregar las acciones de YPF al fondo Burford,...

Leer nota

xHoy1

Visita de Lula a Cristina Kirchner: «un acto político de solidaridad»

Visita de Lula a Cristina Kirchner: «un acto político de solidaridad»

 |La expresidenta Cristina Fernández de Kirchner recibió en su domicilio a Luiz Inácio Lula da Silva, actual presidente de Brasil,...

Leer nota

Politica

Interna Peronista.

Interna Peronista.

Ricardo Alessandro: “Con el MDF estamos en condiciones de cambiar los destinos de la Provincia” El intendente del distrito bonaerense...

Leer nota