
El martes 17, el bloque Kolina, interbloque FPV, representado por la concejal Leda Piñero, presentó el siguiente proyecto de ordenanza que fue enviado a la comisión de legislación para su estudio.
Proyecto de Ordenanza sobre la creación de la “Comisaría de la Mujer y la Familia” en la ciudad de Baradero.
Visto
La problemática social de Violencia Familiar que hoy se presenta en nuestra localidad incrementa la estadística día a día y puede desencadenar en riesgo de vida.
Considerando
Que la violencia familiar de todo tipo está instalada en la sociedad, y la violencia de género es una problemática que crece día tras día y sus consecuencias afectan las relaciones familiares en su conjunto.
Que la violencia en las familias es un hecho histórico presente en todas las culturas, que predomina en las mujeres pero también quedan sujetos a esta problemática los niños, adultos mayores y discapacitados.
Que la violencia familiar abarca todos los tipos de maltrato como ( maltrato emocional, maltrato sexual, maltrato en la distribución de responsabilidad es y tareas, maltrato físico, maltrato intrafamiliar), dentro del maltrato Infantil destacamos ( maltrato físico, maltrato emocional, abandono físico, niños y niñas testigos de violencia domestica, síndrome de Munchausen, maltrato prenatal, síndrome de bebe zarandeado, maltrato institucional, abandono educacional, explotación laboral, mendicidad, abuso sexual
Que desde lo institucional se carece de un ámbito adecuado para la denuncia de hechos de violencia domestica y esta situación obstaculiza la denuncia por parte de la víctima demorada e incluso anulando la posibilidad de que se realice.
Que este déficit pone en riesgo la salud de la victima y de sus hijos.
Que es necesario crear un espacio institucional, que brinde atención a la comunidad en esta problemática las 24 hs del día, los 365 días del año.
Que las víctimas de violencia familiar deben ser atendidas en el encuadre de su situación de género, donde el personal interviniente sea mujer, capacitada a tal fin.
Que en las comisarías la violencia familiar suele ocupar un lugar de prioridad secundaria, realidad que no obedece a la voluntad del oficial de turno, sino que no se cuenta con el personal especializado para la atención de las mujeres que se presentan solicitando ayuda. La concreción de los fines planteados en la iniciativa que proponemos será fundamental la capacitación del personal a cargo de la comisaría de la mujer.
Que las mujeres que son victima de violencia cuando finalmente deciden acudir a la comisaría, se encuentran muchas veces con personal masculino para su atención y éste pocas veces están preparadas para atender esta situación por demás de compleja.
Que por lo general la mujer ante el oficial suele sentirse no escuchada, humillada y en algunos casos hasta maltratada durante la atención, produciéndose una re-victimización.
Que es necesario revertir esta situación centralizando la atención de las víctimas de violencia familiar en esta comisaría especial.
Que la existencia de una comisaría de la mujer ayuda a que las mismas encuentren amparo efectivo de la ley.
Que la problemática de violencia familiar, amerita la creación de una comisaría de la mujer, en que participen sectores tanto del estado Provincial y Municipal, así como organizaciones no gubernamentales y ciudadanos.
Que la acción Policial debe estar integrada con sectores vinculados a la educación, salud y desarrollo social.
Que la creación de la comisaría de la Mujer favorece a que la comisaría local pueda dedicarse exclusivamente a la prevención del delito.
Por ello
El Honorable Concejo Deliberante, propone el siguiente proyecto de Ordenanza
Articulo 1: Crease la Comisaría de la Mujer y de la Familia como unidad especial que atienda y contenga a la mujer, víctima de violencia de género y a las distintas variables de violencia intrafamiliar y maltrato infantil.
Articulo 2: La comisaría de la mujer estará integrada por personal oficial femenino, un gabinete interdisciplinario integrado por una abogada, una psicólogo y una trabajadora social.
Articulo 3: La atención que se brinde desde esta comisaría debe garantizar seguridad, confianza, y claridad en el entendimiento y comprensión de su problema.
Articulo 4: Se debe tomar intervención en los delitos de instancia privada, de acción pública cuando resulten víctimas mujeres menores e integrantes del grupo familiar.
Articulo 5: Se debe confeccionar estadística, sumarios y aplicación de causas judiciales.
Articulo 6: Las acciones de denuncia son habilitadas por la ley 12.569 de Violencia Familiar y la ley 13298 de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes; y no solo puede ser ejecutada por la víctima, además deben denunciar organismos asistenciales, educativos, de salud, de justicia, etc.
Articulo 7: El Servicio de Conflictos Familiares y de Servicio Local de Protección de Derechos dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social de este Municipio, cuenta con profesionales que integran equipo interdisciplinario deberán complementar la atención al momento de la denuncia, brindando asesoramiento, información y orientación respecto de las leyes 12.569 y 13298.
Articulo 8: El Departamento Ejecutivo Municipal debe realizar las adecuaciones necesarias en el presupuesto de gastos y cálculo de recursos.
Articulo 9: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Artículo 10: De forma.










Comentarios de Facebook