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Carossi suspendió al Dr. Fiori por 30 días, por la muerte de Román Troncoso

Carossi suspendió al Dr. Fiori por 30 días, por la muerte de Román Troncoso

Carossi suspendió al Dr. Fiori por 30 días, por la muerte de Román Troncoso

23/10/2012

Categoría: Interés general, xHoy1

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El intendente municipal Aldo Carossi, por medio del decreto Nº 599, decidió pasar a disponibilidad relativa del Agente Dr. Fiori Rubén Darío, por un plazo de treinta (30) días y con la posibilidad de ampliación de la sanción, pues el facultativo debía estar cubriendo la guardia pediátrica el día que el bebe Román Troncoso fue llevado por su madre al hospital municipal para ser atendido por los problemas de salud que presentaba el pequeño.

Recordemos que Román Troncoso falleció luego de que su joven mamá deambulara sin conseguir un pediatra que le diera el diagnostico y la atención que necesitaba. Román, de acuerdo a la autopsia murió por una neumonía infecciosa y tenía que estar internado con respirador.

Román Troncoso

Su abuela Silvia Vicente dialogó con BTI nos decía:“Román tenía nada más que tres meses, a el lo llevamos al hospital con tos y ahogos el domingo 7 de octubre y no había pediatra, lo atendió así nomás un médico de guardia que ni siquiera era pediatra. Le hicieron un par de nebulizaciones y lo mandaron para la casa. Al otro día el lunes 8 (feriado) volvimos al hospital y tampoco había pediatra, entonces mi hija decide llevarlo a un consultorio privado, pero como era feriado estaban todos cerrados, decidimos llevarlo a las cinco de la tarde a la clínica sindical, ahí lo atiende el Dr. Garrido que estaba de guardia, que tampoco es pediatra, le pide la obra social pero no tiene, le paga $100 y ahí lo atiende al nene, le medica unas gotas, le da oxigeno cada media hora y la enfermera en vez de darle 10 gotas como le habían recetado, le da 14. Lo dejan con oxigeno internado durante dos horas y después le dijo esta todo bien anda a tu casa. Llega a mi casa con el nene, a las 05 hs. le da el pecho, el nene se duerme y mi hija también con el y al otro día amanece muerto.

Hoy nadie da respuestas, el intendente no aparece, no da la cara. Román fallece el martes se le hace la autopsia en San Nicolás a las 19 hs. por que eran las 14 hs. y el cuerpo todavía estaba en Baradero. Ni siquiera habían avisado que llevaban un bebe fallecido, nosotros tuvimos que sacar le turno para la autopsia.

Lo que tenia Román era para dejarlo internado, no murió de muerte súbita como dicen, la autopsia dio que tenía una neumonía infecciosa y tenía que estar internado con respirador. En el hospital le dijeron que era un virus. Nadie tiene respuestas, nadie sabe nada, Peris nos dijo que mañana nos va a atender el intendente, nosotros vamos a venir y según lo que nos diga después veremos los pasos a seguir, pero esto no queda acá. Al bebe lo mataron porque era sano, es la única vez que fue al médico en tres meses por una tos, sí iba a los controles como todos los bebes, tuvo que pagar para que se lo maten”.

DECRETO REGISTRO BAJO Nº 599.

Baradero, 19 de octubre de 2012.                       

                      Visto los hechos acaecidos en el Hospital Municipal Dr. Lino Piñeiro entre los días 7 a 9 de octubre de 2012, los cuales motivaron la instrucción del Sumario Administrativo del Agente Dr. Rubén Darío FIORI, mediante Resolución Nº 304/2012, y

                 CONSIDERANDO:      

             Que los hechos acaecidos revisten suma gravedad, imponiendo medidas urgentes y necesarias a efectos de impedir que se repitan hechos similares.      

              Que a fin de facilitar la investigación como medida inmediata y sin perjuicio del hipotético agravamiento de la misma, como consecuencia del sumario anteriormente ordenado y las consideraciones efectuadas resulta imprescindible separar del cargo al agente sumariado.    

              Por ello, y en uso de sus facultades el Señor Intendente Municipal            

                                             D  E  C  R  E  T  A

Artículo 1º: Establecese el pase a disponibilidad relativa del Agente Dr. Fiori Rubén

                   -Darío, DNI Nº 13.212.914, en los términos del articulo 9 inciso a, Ley 11.757 y por un plazo de treinta (30) días y con la posibilidad de ampliación conforme lo prevé dicha normativa.

Artículo 2º: Notifíquese el presente al Agente Dr. Fiori Rubén Darío relevándolo transitoriamente de la obligación de prestar servicios.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 4º: Cúmplase, regístrese y publíquese.

Fdo. Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.

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