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Ley de Medios: el juez consideró que el artículo 161 es constitucional

Ley de Medios: el juez consideró que el artículo 161 es constitucional

Ley de Medios: el juez consideró que el artículo 161 es constitucional

15/12/2012

Categoría: Interés general, Politica, xHoy2

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Horacio Alfonso, del Juzgado 1 en lo Civil y Comercial, ordenó suspender la medida cautelar que impedía la aplicación del punto referido a la desinversión y que había sido prorrogada por la Cámara. El fiscal se había pronunciado del mismo modo días atrás

El juez civil y comercial federal Horacio Alfonso declaró constitucionales los artículos de la Ley de Medios cuestionados por el Grupo Clarín, informaron fuentes judiciales a Infobae. Se trata del 161, y del 41, 45, 48, en su segundo párrafo.

El lunes pasado, el fiscal del caso, Fernando Uriarte, se había expedido en idéntico sentido al analizar la cuestión de fondo.

Con el dictado del fallo, el Grupo Clarín pierde la protección de la medida cautelar, y el Gobierno podría avanzar sobre sus licencias, pero en caso de apelar ante la Cámara –se descuenta que el grupo lo hará– la cautelar podría volver a tener efecto.

Hasta ahora el Poder Ejecutivo fue frenado por la Justicia, luego de que la Cámara Civil y Comercial prorrogara la cautelar en favor del Grupo Clarín y después de que la Corte Suprema rechazara el recurso del per saltum presentado por el Gobierno.

La Cámara había dispuesto que la cautelar siguiera vigente hasta que se resolviera la «cuestión de fondo», es decir, si son constitucionales o no los artículos de la Ley de Medios que el Grupo Clarín impugnó y que lo obligan a desprenderse de parte de sus licencias.

El fiscal Uriarte, titular de la Fiscalía Nacional en lo Civil y Comercial Federal 5, solicitó el lunes a Alfonso que desestime el planteo de inconstitucionalidad interpuesto por Clarín sobre los artículos 41, 45, 48, segundo párrafo, y 161 de la Ley de Medios.

En su dictamen, el representante del Ministerio Público Fiscal de la Nación sostuvo que la normativa impugnada «no conculca los derechos constitucionales de propiedad y de comercio del Grupo Clarín», al expedirse sobre la cuestión de fondo de la Ley de Medios.

Ahora con el fallo de Alfonso, Clarín puede apelar ante la Cámara Civil y Comercial.

«El Gobierno puede avanzar sobre el Grupo Clarín»

Los constitucionalistas Félix Lonigro y Eduardo Barcesat analizaron la decisión del juez Horacio Alfonso, quien consideró que el artículo 161 de la Ley de Medios es constitucional. Los posibles caminos del caso. El grupo apelará el fallo

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El constitucionalista Félix Lonigro explicó que lo más probable es que el holding de medios apele la decisión y, en caso de ser aceptada, volverá a regir la medida cautelar que impedía la aplicación del artículo 161.

En diálogo con Radio 10, Lonigro explicó que el fallo del juez Horacio Alfonso, que declaró la constitucionalidad del punto referido a la desinversión de la Ley de Medios, abre las puertas para que el Gobierno “avance” sobre el Grupo Clarín.

Sin embargo, advirtió que cuando éste “apele, el efecto de la apelación es con efectos suspensivos, así que vuelve la cautelar”.

Lonigro pronosticó que “esto va a pasar a segunda instancia”, ya que consideró poco probable que el Grupo Clarín intente solicitar un per saltum para que decida la Corte Suprema, “lo cual no sé si es peor para el Gobierno”. 

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En declaraciones al mismo medio, Eduardo Barcesat a partir del fallo «inmediatamente rige la ley» y agregó: «La medida cautelar queda pulverizada».

Discrepó con Lonigro en cuanto a las posibilidades de la apelación. «El juez puede considerar la apelación con efecto suspensivo o devolutivo, que siginifca que lo que dice el fallo se aplica hasta que una instancia superior decida otra cosa», señaló.

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Jorge Rizzo, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, aclaró sobre los efectos de la anunciada apelación de Clarín. «Si la apelación se concede con efecto suspensivo, no se aplica la desinversión hasta el fallo de Cámara; si es devolutivo, se aplica la desinversión y empieza a correr el plazo de un año”.

Más allá de que el camino judicial por delante es largo y engorroso, también señaló que «una sentencia es una norma jurídica de mayor jerarquía que la cautelar y, esta última es accesoria del fallo principal”. Además, los actos administrativos gozan de presunción de legalidad, por lo que el gobierno parece tener un mejor horizonte por delante en lo inmediato, aunque, en última instancia, «la que va a definir es la Corte».

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Por su parte, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez opinó hoy que el fallo de primera instancia del juez Horacio Alfonso «no» es una sentencia definitiva.

El jurista dijo además que «en la medida que el Grupo Clarín no apele, la sentencia se convertiría en definitiva, pero como va a apelar es la Cámara la que va a fijar los tiempos».

Opinó que el Gobierno no podría solicitar el per saltum porque «las apelaciones son para quienes tienen el agravio y el Gobierno no lo tiene».

 

Infobae.com

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