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Boletín Oficial Febrero 2013

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06/04/2013

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BOLETIN OFICIAL

MES DE FEBRERO DE 2013

AÑO XVIII – NUMERO II

• O R D E N A N Z A S

Ordenanza N° 4757 del 5 de febrero de 2013 y promulgada el 8 de febrero de 2013.

Visto las actuaciones que corren por expediente N° 4009-20-01779/10, letra I, Cuerpo I, y;

Considerando el dictamen expedido por la Comisión de Adjudicación y Control para la Inspección y evaluación de las inversiones realizadas en las instalaciones del Balneario Municipal, obrante a fs 578 del expediente 4009-20-01779/10, letra I, Cuerpo II;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Apruébese las obras ejecutadas en el balneario municipal por la Empresa Alpha, servicios e instalaciones SA., adjudicataria de la licitación pública N° 03/2010, con domicilio en calle Boedo 931 de la ciudad de Baradero, conforme al Pliego de bases y condiciones, obrante en el expediente N° 4009-20-01779/10, letra I, Cuerpo I y II.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria a los 5 días de febrero de 2013.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD

BARADERO, 8 de febrero de 2013.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Arq, Ezequiel Lapadula, Secretario de Obras Públicas y Privadas.

Ordenanza N° 4758 del 5 de febrero de 2013 y promulgada el 19 de febrero de 2013.

Visto la contaminación acústica ocasionada por vehículos de distintos portes como motos, autos, camionetas y demás, que circulan emitiendo ruidos antirreglamentarios y la necesidad de preservar de salud de los habitantes de nuestra ciudad y ;

Considerando que la contaminación acústica implica la existencia de sonidos indeseados (ruidos) cuyas intensidades producen alteraciones y molestias que resultan perjudiciales para la salud física y psíquica y, son un obstáculo para la comunicación.

Que el ruido es transmitido desde su lugar de origen a un receptor, por consiguiente para controlar los niveles de ruido se debe reducir la intensidad del sonido, interrumpir la via de transmisión o proteger al receptor.

Que con respecto a esta problemática la organización mundial de la salud (OMS) indica que los ruidos generan perturbaciones en la salud y por lo tanto deben ser caracterizados como dañinos.

Que tal como lo señala el estudio realizado recientemente por el Instituto de Formación Técnica N° 192 de nuestra ciudad y presentado ante este HCD como instrumento para la toma de decisión, los resultados obtenidos de la medición de la intensidad sonora representan una señal de alarma. Siendo la esquina comprendida entre las calles Santa María de Oro y San Martín la que arrojó un máximo de 86, 1 dBA, con promedio de 73,33 dBA de nivel de ruido. Tal como indica el referido informe entre los principales efectos que produce la contaminación sonora se encuentran:

a- La interferencia con la comunicación (>35 dBA).

b- Molestia. (>55 dBA).

c- Pérdida de audición (>80 dBA)

d- Problemas cardiovasculares y problemas psicofisiológicos (>85 dBA).

e- Reducción del rendimiento (>91 dBA).

Entre paréntesis se indican los límites a partir de los cuales se registran los efectos mencionados tomando los valores de referencia indicados por la OMS, los que dependerán de las horas diarias y años de exposición a niveles continuos en el caso de los indicados en bajo las letras c – d y e-

Que en varios países del mundo el ruido es considerado como la primera causa de enfermedad profesional y contaminación ambiental y que a su vez, es una agresión que provoca daño lentamente, pero de manera acumulativa.

Que el tránsito es el generador de más del 60 por ciento de los ruidos molestos y por ello, al que debe apuntarse para conseguir, de una vez por todas, una ciudad amigable.

Que los sonidos amigables producidos por escapes antirreglamentarios tanto en automóviles como en motocicletas, están absolutamente prohibidos por la Ley Nacional de Tránsito.

Que el auge del “tuning” en los vehículos es una práctica que está prohibida en otras ciudades y en otros países desde hace tiempo, pero aquí en los últimos años ha proliferado la costumbre de manipular los motores mediante diferentes procedimientos y mecanismos (ejemplo: llave que corta la corriente a la bobina o una bujía en el escape), con el único fin de producir una explosión sonora repentina, siendo esto una moda y práctica que conspiran contra la salud de los habitantes y el medio ambiente de Baradero.

Que en este contexto, más allá de si están o no dentro del marco legal, lo cierto es que quienes realicen esta mencionada práctica, molestan a todos los vecinos. En el aspecto mecánico también es perjudicial, ya que acelera el deterioro de piezas que no están preparadas para el uso que se les da con el consiguiente gasto económico que implica la reparación de cualquier tipo.

Que el conjunto social en general repudia estas prácticas, por lo tanto debemos encontrar soluciones para preservar el medio ambiente de la contaminación sonora que implica la generación de ruidos en niveles perjudiciales para la salud.

Que la ley orgánica de las municipalidades en su artículo 27 inciso 17 insta a este cuerpo a reglamentar cuestiones como “la prevención y eliminación de molestias que afecten la tranquilidad, el reposo y la comodidad de la población, en especial las de origen sonoro y lumínico” y en su inciso 18 a reglamentar “El tránsito de personas y de vehículos públicos y privados en las calles y caminos de jurisdicción municipal, atendiendo, en especial a los conceptos de educación, prevención, ordenamiento y seguridad, así como en particular, lo relativo a la circulación, estacionamiento, operaciones de cargas y descargas, señalización, remoción de obstáculos y condiciones de funcionamiento de los vehículos, por medio de normas concordantes con las establecidas por el Código de tránsito de la Provincia “.

Que en esa línea, es primordial la intervención del estado en la solución de estas problemáticas, que hace a una mejor calidad de vida de la población.

Que en función de lo expresado, es necesario darle prioridad a este proyecto y otorgar al Departamento Ejecutivo de herramientas legislativas que reduzcan la contaminación acústica ocasionada por los vehículos antes mencionados.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Prohíbase la circulación en todo el ejido urbano del Partido de Baradero, de moto vehículos y automotores sin silenciadores de escape o que posean silenciadores insuficientes o deficientes o con escapes en mal estado o con escapes libres de gases.

Artículo 2°: Prohíbase la circulación en todo el ejido urbano del Partido de Baradero de moto vehículos y automotores provistos de motores y / o escapes preparados para competencias deportivas, profesionales o amateurs, y / o con equipos de audio o emisores de ruido, funcionando en niveles superiores a los 80 dBA. La autoridad de aplicación podrá disponer excepcionalmente la circulación urbana de estos vehículos en el caso de muestras, eventos especiales o competencias deportivas debidamente autorizadas.

Artículo 3°: Prohíbase la circulación en todo el ejido urbano del Partido de Baradero de moto vehículos y automotores que propaguen ruidos debido a ajustes defectuosos o desgaste de motor, frenos, carrocería, rodajes u otras partes del vehículo.

Artículo 4°: Prohíbase en todo el ejido urbano del Partido de Baradero las aceleraciones a fondo, calentar o probar motores a altas revoluciones en la vía pública de moto vehículos y automotores.

Artículo 5°: La violación de los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la presente ordenanza serán sancionados con multas de 10 a 1000 UF. El valor de cada UF es el establecido por la ley nacional N° 24449 y ley provincial 13927 ( 1 UF equivale al valor de 1 (uno) litro de nafta de mayo octanaje determinado conforme al informe bimestral emitido por la D.P.P.S.V.- BA).

Artículo 6°: La autoridad de aplicación podrá proceder al secuestro de todo vehículo (automotor o ciclomotor) que circule emitiendo ruidos molestos.

Artículo 7°: La autoridad de aplicación podrá proceder al secuestro de los vehículos que se encuentren detenidos en la vía pública sin un dispositivo silenciador del escape que amortigüe las explosiones del motor y / o a los que adulteraran mediante cualquier procedimiento a fin de producir explosiones ex profeso y / o que acrezcan de la placa de identificación de dominio (chapa patente, conforme al artículo 40, inciso D de la ley 24449.).

Artículo 8°: La autoridad de aplicación podrá proceder a la retención preventiva de cualquier moto vehículo o automotor en infracción efectuando el informe técnico de cuáles son las deficiencias encontradas y las reparaciones que deberán efectuarse para solucionar el problema sonoro elevándolo junto con el acta de infracción al tribunal municipal de faltas.

Artículo 9°: El Juez de Faltas podrá exigir las pericias técnicas necesarias para determinar la correcta solución a los problemas sonoros del motor vehículo o automotor. Igual facultad tendrá el presunto infractor a su exclusivo costo.

Artículo 10°: El Juez Municipal de Faltas podrá ordenar la retención de moto vehículo o automotor hasta tanto se solucionen los desperfectos sonoros del mismo. Contará además con las facultades necesarias para hacer trasladar el vehículo a talleres de reparación a pedido de parte y para monitorear el proceso de reparación, exigir los informes periciales pertinentes, como asi también efectuar cualquier otra medida tendiente a comprobar la efectiva solución a las emisiones sonoras del vehículo.

Artículo 11°: El Juez de Faltas podrá ordenar según el caso, el decomiso de los implementos mecánicos colocados en los vehículos en infracción a los artículos 1°, 2° y 3° de la presente ordenanza.

Artículo 12°: El Juez de Faltas interviniente podrá dejar sin efecto la imposición de la pena de multa, reemplazándola por la amonestación, si ha existido reconocimiento expreso de la comisión de la infracción y se ha producido la reparación inmediata de los desperfectos mecánicos y siempre que no medien infracciones que contiene la presente ordenanza.

Artículo 13°: Con la finalidad de preservar la salud pública y el medio ambiente, ningún automotor podrá superar los 80 dBA, medido según método dinámico o estático de emisión de ruidos y radiaciones parasitarias durante su tránsito por la vía pública, en estacionamientos, terminales de transporte de pasajeros, o todo espacio abierto o cerrado destinado al tránsito o permanencia de personas o animales, sean los mismos públicos o privados.

Articulo 14°: La violación al artículo 13° será sancionada con multas de 10 a 500 UF, siempre que el hecho encuadre también en las previsiones de los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la presente ordenanza.

Artículo 15°: La intensidad de los ruidos, cualquiera sea de origen y medidos desde el exterior, será determinado mediante la utilización de un medidor de nivel sonoro calibrado acorde con lo requerido por la norma IRAM N° 4074.

Artículo 16°: Deróguese toda norma que se oponga a la presente.

Artículo 17°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria a los 5 días del mes de febrero de 2013.

BARADERO, 19 de febrero de 2013.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.

D E P A R T A M E N T O E J E C U T I V O

D E C R E T O S

 

Decreto N° 62 del 01 de febrero de 2013.

Facilitando al personal municipal la concurrencia a la 39° Edición del Festival de Música Popular Argentina Baradero 2013, financiando a los mismos el costo de las entradas en hasta diez (10) cuotas iguales, mensuales y consecutivas.

Decreto N° 63 del 1 de febrero de 2013.

Ratificando hasta el 28 de febrero de 2013 inclusive, a los funcionarios que conforman el Gabinete Municipal.

Decreto N° 64 del 1 de febrero de 2013.

Transfiriendo de la Cuenta RAFAM – Recursos Afectados – Banco Provincia, a la Cuenta Recursos Ordinarios, la suma de pesos quinientos mil ( $ 500.000=).

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Decreto N° 65 del 01de febrero de 2013.

Contratando personal en tareas y períodos que se citan:

Del 01/02/2013 al 28/02/2013:

Bizzotto María Julieta. Maestra Inicial en Jardín de infantes Municipal “Paula A. de Sarmiento”. 20 hs semanales.

Boonman Lorena M. 20 hs semanales. Preceptora en Jardín Municipal “Jardilandia”.

Cassino Fernando A. 3 hs semanales. Profesor de Música en Jardín de Infantes Municipal “Paula A. de Sarmiento”.

Decreto N° 66 del 1 de febrero de 2013.

Contratando bajo el régimen de locación de servicios, por el mes de febrero de 2013, a la Licenciada en Nutrición Sra. Muzanti Clarisa, para la realización de menúes especiales para los ancianos del Hogar Municipal “San José”.

Decreto N° 67 del 4 de febrero de 2013.

Llamando a Concurso de Precios N° 4/2013, apra la provisión de combustible (15.000 lts Gas Oil) con destino a la dependencia Servicios Públicos (Corralón Municipal), con un presupuesto oficial de pesos ciento cinco mil quinientos cincuenta y cinco ( $ 105.555=).

Decreto N° 68 del 4 de febrero de 2013.

Llamando a Concurso de Precios N° 5/ 2013, para la provisión de combustible ( 3.000 Lts. Gas Oil y 13.000 Lts nafta súper) con destino a móviles de la Policía Comunal, con un presupuesto oficial de pesos ciento treinta mil trescientos catorce ( $ 130.314=).

Decreto N° 69 del 4 de febrero de 2013.

Abonando a la Empresa EDEN S.A. la suma de pesos seiscientos sesenta y tres ( $ 663=) en concepto de suministro de energía eléctrica proporcionada a los terrenos ubicados en calle Martín Fierro entre Emilio Genoud y Lino Piñeiro, entregados en tenencia precaria.

Decreto N° 70 del 4 de febrero de 2013.

Asignando a partir del 1° de febrero de 2013 a la Sra. Secretaria de Hacienda Cdra. López Leda Lilián, una compensación por Actividad Exclusiva.

Decreto N° 71 del 4 de febrero de 2013.

Contratando personal en tareas y períodos que se citan:

Del 1°/02/2013 al 28/02/2013:

Arévalo Gladis M. 26 hs semanales. Taller de Alfarería. $ 1.090= mensuales.

Arrieta Camila. 20 hs semanales. Taller Integral. $ 840= mensuales.

Bernaldo de Quirroz Ramiro. 35 hs semanales. Coordinación y mantenimiento dependiente de la secretaría de Cultura. $ 2.696,11= mensuales.

Cáceres Mónica A. 16 hs semanales. Taller de Manualidades. $ 674= mensuales.

Díaz Víctor D. 20 hs semanales. Taller de Iniciación Musical y Canto. $ 840= mensuales.

Masud Juan M. 18 hs semanales. Taller de Cocina. $ 756= mensuales.

Miranda Javier E. 30 hs semanales. Logística y Taller de Tango. $ 2.696,11= mensuales.

Misenti Nahuel J. 30 hs semanales. Taller de folklore. $ 1.260= mensuales.

Mori Vanesa C. 35 hs semanales. Administrativa. $ 2.696,11= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Orduña María A. 20 hs semanales. Taller de inglés en Alsina. $ 840= mensuales.

Rithner Damián. 28 hs semanales. Logística en Secretaría de Cultura. $ 2.696,11= mensuales.

Rivas Enrique A. 16 hs semanales. Taller de Teatro. $ 672= mensuales.

Usandizaga Pablo M. 12 hs semanales. Logística en Cultura. $ 504= mensuales.

Wuthrich Amalia I. 12 hs semanales Taller de salsa y gimnasia. $ 1.008= mensuales.

Decreto N° 72 del 4 de febrero de 2012.

Contratando personal en tareas y períodos que se citan:

Del 1°/02/2013 al 28/02/2013.

Aguerre del Bene Ana M. Médica en Atención Primaria de la Salud. $ 3.450= $ 500= mensuales, Terapia Ocupacional en Hogar de Ancianos: $ 900= mensuales.

Bechtholt Dora E. 20 hs semanales. Dcción de Turismo. $ 840= mensuales.

Brandli Carlos F. 36 hs semanales. Médico Oncólogo en Hospital Municipal. $ 1.500= mensuales.

Caballero Regina. Realización de certificado médico para Registro de conducir y visitas domiciliarias de agentes con licencias médicas- $ 5.027,61= mensuales.

Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Casas Cecilia. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales y reconocimientos de viáticos.

Colliard Giselle. 30 hs semanales. Tareas administrativa en Jardines de Infantes Municipales. $ 2.696,11= mensuales.

Concilio Juan S. 48 hs semanales. Taller de Coro Juvenil. $ 504= mensuales.

Erpen Lucila. 24 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 3.391,30= mensuales.

Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento legal en Dcción de Producción. $ 4.831,15= mensuales y reconocimiento de viáticos para el caso de ser comisionado.

Farías Horacio I. 48 hs semanales. Administrativo en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Fussinato Jorge M. Coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos educativos y administrativos con la UBA. $ 5.111,25= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Médico en Hospital Municipal.

$ 4.000= mensuales.

Gallardo Carolina. Fonoaudióloga en Hospital Municipal. $ 1.900= mensuales.

Giménez Jonathan. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Giménez Lidia N. 44 hs semanales. Tareas en Atención Primaria de la Salud.

$ 3.077,80= mensuales.

Giordano Camilo H, Médico en la localidad de Alsina. $ 12.218,74= mensuales y por guardias activas de 24 hs $ 1.700= cada una.

Girotti María E. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

González Modesto. 35 hs semanales. Tareas en Dcción de Turismo.

$ 2.696,11= mensuales.

Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Tareas en la Dcción de Obras Públicas y Privadas. $ 4.033,97= mensuales.

Hebeisen Alberto O. 35 hs semanales. Profesor de Gimnasia. $ 1.868,75= mensuales.

Idiart María F. kinesióloga Fisiátra en Hospital Municipal. 6 hs los días lunes, miércoles y sábados. $ 1.000= mensuales.

Labriola Marian L. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.782,61= mensuales.

Ledesma Alicia M. 35 hs semanales. Tareas en Sec. Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

León Esteban. 35 hs semanales. Profesor de Educación Física. $ 1.868,75= mensuales.

Maestre Miguel A. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y Seguridad.

$ 3.077,80= mensuales.

Martínez Carlos Alberto. 30 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y seguridad. $ 2.755,02= mensuales.

Mussi Marina. Kinesióloga Fisiátra en Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.

Negré Néstor R. 48 hs semanales. Tareas en HCD. $ 4.002,11= mensuales.

Olmos María E. 35 hs semanales. Administrativa en Atención Primaria de la salud. $ 2.696,11= mensuales.

Ottina Marcos N. 35 hs semanales. Profesor de Educación Física. $ 1.868,75= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Pellegrino Sergio. Tareas en Atención Primaria de la salud. $ 3.881,25= mensuales.

Pereyra Mario R. 48 hs semanales. Tareas en Inspección y Seguridad. $ 3.242,25= mensuales.

Pulido Araceli R. 35 hs semanales. Profesora de gimnasia. $ 1.868,75= mensuales.

Ravettino María I. 18 hs semanales. Psicóloga en Hogar de Ancianos y Hospital Municipal. $ 2.700= mensuales.

Rodríguez Luis C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Sartor Carlos E. Tareas en la Secretaría de Obras – Inspección de Obras Públicas con uso de vehículo propio. $ 4.379,52= mensuales.

Scollo José L. 35 hs semanales. Taller de Teatro. $ 2.696,11= mensuales.

Schachttel Juan P. Médico traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.500= mensuales y guardias pasivas dos fines de semana por mes.

Zarich María M. 10 hs semanales. Odontóloga en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.000= mensuales.

Decreto N° 73 del 04 de febrero de 2013.

Designando por el período 01/02/2013 al 28/02/2013 a la Abogada Dezio María de los Milagros, para realizar tareas de Gerente General de la Unidad del Cuatricentenario de Ejecución de Proyectos ( UCEP) en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza 4623.

Decreto N° 74 del 4 de febrero de 2012.

Autorizando a formalizar contrato de locación de servicio a partir del 1° de febrero de 2013 y por el término de seis (6) meses, con la Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Presidente Dr. Ignacio González, para la prestación de servicios profesionales en el Hospital Municipal.

Decreto N° 75 del 4 de febrero de 2013.

Contratando personal en tareas y períodos que se citan:

Del 1°/02/2013 al 28/02/2013:

Acosta Horacio A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales en localidad de Alsina. $ 3.077,80= mensuales.

Accorso Ezequiel M. Médico en Hospital Municipal y Salas periféricas. $ 4.000= mensuales.

Acuña Jorgelina Y. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos Municipal. $ 3.077,80= mensuales.

Alí Brouchoud Ismael E. 30 hs semanales. Abogado en Centro de Protección a las víctimas. $ 4.300= mensuales.

Alvarez Gisela N. Médica de guardia en localidad de Alsina. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Baldi Ortíz Alejandra. 12 hs semanales. Psicóloga en Departamento Discapacidad y Tercera Edad y Departamento Conflictos Familiares. $ 1.500= mensuales.

Baliela Grassino Carlos. Médico de guardias y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Barrás Jennifer C. 30 hs semanales. Administrativa en Tesorería Municipal.

$ 2.696,11= mensuales.

Bartonek Jorge M. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Belén Leandro J. 44 hs semanales. Coordinador de Centros Comunitarios.

$ 3.593,75= mensuales.

Berayra José F. 44 hs semanales. Obrero dependiente de Dcción de Espacio Públicos. $ 3.900= mensuales.

Bogado Gustavo A. 44 hs semanales. Inspector de Comercio. $ 3.077,80= mensuales.

Bogliolo Heraldo. 35 hs semanales. Veterinario dependiente de Secretaría de Gobierno. $ 3.000= mensuales.

Brioni Mario Ezequiel. Tareas dependientes de la Secretaría de Cultura: logística, seguimiento página municipal, fotográficas y fílmicas de áreas municipales. $ 4.000= mensuales.

Bulgarella Rodrigo J. 30 hs semanales. Tareas en Oficina de Compras. $ 2.696,11= mensuales.

Cantero Ariel. 44 hs semanales. Obrero en localidad de Santa Coloma.

$ 3.077,80= mensuales.

Casado Augusto. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Caviglia Virginia N. 35 hs semanales. Asistente Social en Sec. Desarrollo Social. $ 2.898,20= mensuales.

Ciaponi Vanesa L. 25 hs semanales. Docente en Hogar Municipal del Niño.

$ 2.100= mensuales.

Colombo Leonardo A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Contreras Marcelo R. traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Cricri Luis A. Tareas relacionadas con la organización de la 39° Edición del Festival de Música Popular Argentina Baradero 2013. $ 6.500= mensuales.

Cuis Casino Roberto J.M. Profesor de Educación Física en Alsina. $ 1.150= mensuales.

Davasse María E. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

De los Santos María L. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Delpieri Elián. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Deluca Pablo Horacio. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

De Marchi Damián E. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

De Vivo Eleonora B. Médica en Salas periféricas: Leloir, CIC, Alsina, I. Portela y Santa Coloma. $ 6.900= mensuales.

Dipasquale Carla. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Dipasquale Nino C. Profesor Educación Física en Alsina. $ 1.868,75= mensuales.

Echaide María. Médica de guardias y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Espinosa Manuel C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Esquivel Néstor A. 48 hs semanales. Operador del centro de monitoreo por cámara urbana dependiente de la secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Farías Marian S. 35 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Figueroa Eugenio A. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Galarza Elizabeth R. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Gamba María D. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y Seguridad.

$ 3.593,75= mensuales.

García Carlos G. 35 hs semanales. Inspector de Obras. $ 4.100= mensuales.

García Jonatan S. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gerez Adolfo E. 48 hs semanales. Dcción Espacios Públicos. $ 3.242,25= mensuales.

Ghio Rita L. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y Seguridad. $ 3.593,75= mensuales.

Giuliano Laura I. 48 hs semanales. Enfermera en Hogar Municipal de Ancianos. $ 3.242,25= mensuales.

Giuliodori Marcos R. 48 hs semanales. Control de Obras dependiente de la Secretaría de Obras Públicas y Privadas. $ 3.750= mensuales.

Goddard Clelia M. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Recursos Pciales.

$ 3.593,75= mensuales.

Gómez Gabriela L. 30 hs semanales. Atención Primaria de la Salud.

$ 2.696,11= mensuales.

Gómez M. Virginia. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.500= mensuales.

Gómez Soledad. Médica de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

González Gloria N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal.

$ 3.242,25= mensuales.

González José B. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y Seguridad.

$ 3.077,80= mensuales.

González Marcela Karina. Médica de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Gugger Danisa C. 48 hs semanales. Operadora del centro de monitoreo urbano por cámara dependiente de la secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Hernández Lucas Z. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Hernández Marta V. 25 hs semanales. Tareas en vivero municipal. $ 2.000= mensuales.

Indaburo Daniel H. 44 hs semanales. Obrero tareas generales en Alsina.

$ 2.000=.

Isa Diego D. 48 hs semanales. Tareas en Hogar Municipal de Ancianos.

$ 3.242,25= mensuales.

Ivancich Rodolfo L.G. Médico de guardias, consultorio y traslados de pediatría en Hospital Municipal. $ 5.400= mensuales.

Jeandet Daiana S. 5 hs semanales. Tareas en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 1.500= mensuales.

Lanfiutti María A. Médica de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Luna Cristina. 48 hs semanales. Enfermera en Sala de Ireneo Portela.

$ 3.242,25= mensuales.

Lundin Eduardo F. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Lupini María C. 35 hs semanales. Docente en Hogar Municipal del Niño.

$ 2.755,02= mensuales.

Maestre Jorge A. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Maestre Juan C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Maestre Leonilda B. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Maffei Gilda. Ginecóloga en Hospital Municipal. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs y 6 hs semanales en salas periféricas: $ 1.800= mensuales.

Malacalza Evangelina. Bioquímica en Hospital Municipal. $ 6.000= mensuales.

Malacalza Verónica I. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en Jardín Infantes en Santa Coloma. $ 2.000= mensuales.

Manicler Jorgelina B. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en Desarrollo Social. $ 1.500= mensuales.

Manicler Mario H. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y Seguridad.

$ 3.077,80= mensuales.

Mantaras Rodrigo. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Mármori Lucas. Entrenador de musculación en Gimnasio Julio A. Bitar. $ 3.500 mensuales.

Martínez Angela P. 44 hs semanales. Tareas en Hogar de Ancianos municipal.

$ 3.077,80= mensuales.

Martínez Irma N. Enfermera en Hospital Municipal. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Martínez Lorena S. 44 hs semanales. Tareas en Hogar de Ancianos Municipal.

$ 3.077,80= mensuales.

Márquez Paula A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal.

$ 3.242,25= mensuales.

Mendy Fernando A. 35 hs semanales. Logística, mantenimiento, y difusión gestión del festival Mayor. $ 2.000= mensuales.

Merino Rogelio R. 30 hs semanales. Tareas en Dcción Obras Públicos y Privada. $ 5.034,76= mensuales.

Miranda Angel I. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por cámara dependiente de la Secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Moltrasio María C. 35 hs semanales. Tareas en la Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Montiel María Elina. Médica de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Monzón María C. Obstetra. 6 hs semanales en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 1.850= mensuales.

Nasif Néstor A. 48 hs semanales. Obrero chofer. $ 4.000= mensuales.

Ormachea Gutierrez Alberto. Médico en Atención Primaria de la Salud. $ 1.850= mensuales y por atención en el servicio de Pediatría en Hospital Municipal $ 5.400= mensuales.

Ortíz Carlos D. Obrero tareas generales. 44 hs semanales. $ 3.077,80= mensuales.

Ortunio Díaz Juan M. 44 hs semanales. Alumbrado Público. $ 3.077,80= y reconocimiento de viáticos.

Ovispo Daniela A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Páez Abigail G. 30 hs semanales. Tareas en Asesoría Letrada. $ 2.696,11= mensuales.

Palacios Bonifacio. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Palacios María José. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal.

$ 3.242,25= mensuales.

Pardo Sebastián R. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Parzón José Rubén. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Pelayo Isabellino. Escuela de boxeo. $ 650= mensuales.

Pelayo Marcelo J. 35 hs semanales. Obrero. $ 2.696,11= mensuales.

Pelayo Mauro L. 44 hs semanales. Tareas dependientes de la Secretaría de Gobierno. $ 3.077,80= mensuales.

Pellegrini Oscar A. 35 hs semanales. Tareas en Dcción Atención Primaria de la

Salud. $ 2.696,11= mensuales, y reconocimiento de viáticos.

Pérez Micaela. 25 hs semanales. Docente en Hogar del Niño. $ 2.100= mensuales.

Piazza Ricardo O. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Pintado Horacio D. Urólogo en Hospital Municipal. 36 hs semanales. $ 1.500= mensuales y $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Piñón Analía S. 30 hs semanales. Oficina de Compras. $ 2.696,11= mensuales.

Pusich María Sol. 30 hs semanales. Tareas en Contaduría Municipal.

$ 2.696,11= mensuales.

Rabonisi Malena A. 44 hs semanales. Instrumentista en Hospital Municipal.

$ 3.077,80= mensuales.

Raminelli Emilio J. 30 hs semanales. Oficina de Contaduría Municipal.

$ 2.696,11= mensuales.

Ramos Juan María. 35 hs semanales. Tareas en Dcción de Turismo. $ 3.800= mensuales.

Ramos María Luisina. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal.

$ 3.242,25= mensuales.

Rey Hugo O. Tareas de difusión y comunicación en espacio radial y participación contenido de página web. $ 1.850= mensuales.

Ríos Yanina N. Servicio y Maestranza en Hospital Municipal. $ 3-242,25= mensuales.

Rodríguez Adriana E. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal.

$ 6.782,61= mensuales.

Romero Cintia S. 30 hs semanales. Dcción Gral. de Rentas. $ 2.696,11= mensuales.

Romero Juan Roberto. Escuela de boxeo. $ 650= mensuales.

Romero Marisa L. 48 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud.

$ 3.242,25= mensuales.

Romero Miguelina. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos. $ 2.696,11= mensuales.

Rosón Juan I. Expedición libretas sanitarias dependiente de la secretaría de Gobierno. $ 1.400= mensuales.

Rowlandas Cecilia G. Servicio de Hemoterapia en Hospital Municipal. $ 3.300= y $ 1.000= por guardias pasivas del servicio.

Ruiz Walter. 48 hs semanales. Sec. Cultura, educación y turismo. $ 3.242,25= mensuales.

Saavedra Marina A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Salazar Sergio A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Sarsotti Carlos M. Médico de guardias y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.

Silva Leonardo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Silva Natalia A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.593,75= mensuales.

Silva Ricardo D. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Silva Ruth S. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño. $ 3.077,80= mensuales.

Simour Miguel A. Organización de la 39° Edición de Festival de Música Popular Argentina Baradero 2013. $ 4.900= mensuales.

Simour Ricardo O. 44 hs semanales. Alumbrado Público. $ 4.200= y reconocimiento de viático.

Simour Silvina. Profesor de Educación Física en Alsina. $ 1.150= mensuales.

Tobares Luis F. 30 hs semanales. Psicólogo en Servicio local. $ 4.400= mensuales.

Urquiza Carla M. 30 hs semanales. Tareas en Secretaría de Desarrollo Social.

$ 2.898,20= mensuales.

Valdéz María Cristina. 35 hs semanales. Tareas en Atención Primaria de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Vega Silvia E. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Secretaría de Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

Vergara María I. 30 hs semanales. Administrativa en Tesorería Municipal.

$ 4.129,17= mensuales.

Verón Sandra N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Viera Mariana B. 40 hs semanales. Responsable “Plan Nacer” en el CIC y Hospital Municipal. $ 3.593,75= mensuales.

Villalba Ledesma Eloy M. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Vogel Jaquelina A. 35 hs semanales. Técnica laboratorio en Hospital Municipal.

$ 2.696,11= mensuales.

Marconi Guillermo E. 48 hs semanales. Obrero chofer. $ 4.000= mensuales.

Descalzo Yasmín A. 30 hs semanales. Administrativa en Secretaría de Gobierno. $ 2.898,20= mensuales.

Gaitán Luis M. 48 hs semanales. Enfermera en Sala de Primeros Auxilios de Alsina. $ 3.077,80= mensuales.

Bello Ornella S. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Brethauer Rodrigo. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección General.

$ 3.077,80= mensuales.

Melchiori Nerina A. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y seguridad. $ 3.077,80= mensuales.

Rebecchi Norberto. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Decreto N° 76 del 7 de febrero de 2013.

Poniendo en funciones de Tesorera Municipal en carácter de interino, durante los días 14 al 24 de febrero de 2013 inclusive, a la Agente Sra. Quiroga Laura Rita. La designación que se efectúa es con retención de su cargo.

Decreto N° 77 del 7 de febrero de 2013.

Otorgando licencia a la Sra. Secretaria de Hacienda, Cdra. López Leda Lilián, a partir del 13 de febrero de 2013 y hasta el 17 de febrero de 2013 inclusive.

Mientras dure la licencia mencionada, su despacho será atendido por el Sr. Secretario de Gobierno Prof. Leonardo L. Peris.

Decreto N° 78 del 8 de febrero de 2012.

Adjudicando el Concurso de Precios N° 3/2013 para provisión de combustible, (Náfta súper) con destino a Policía Comunal, a la Empresa Edosada S.A.

Decreto N° 79 del 8 de febrero de 2013.

Prorrogando hasta el 22 de febrero de 2013 inclusive, los vencimientos operados el 15/02/2013 de las tasas por Alumbrado, barrido, limpieza , conservación de la vía pública y servicios sanitarios.

Decreto N° 80 del 8 de febrero de 2013.

Contratando a partir del 1° de febrero de 2013 y hasta el 30 de abril de 2013, mediante locación de obra, a la Dra. Lizarraga María Laura, para prestar servicios profesionales en las guardias activas de 24 hs en el área de Pediatría, en días a cubrir según las necesidades del Hospital Municipal.

Decreto N° 81 del 13 de febrero de 2013.

Transfiriendo de la Cuenta RAFAM, Recursos Afectados, Cuenta Banco Provincia, a la Cuenta Recursos Ordinarios, la suma de pesos doscientos mil.

( $ 200.000=).

Decreto N° 82 del 14 de febrero de 2013.

Vetando en todos sus términos la ordenanza sancionada en sesión extraordinaria del 5 de febrero de 2013, cuyo texto se encuentra agregado de fojas 4 del expediente 4009-20-09600/1994 “S” Alcance 2, referente a propuesta de mejoras y beneficios adicionales a los pactados propuestos a la empresa concesionaria del Balneario Municipal.

Decreto N° 83 del 14 de febrero de 2013.

Reconociendo la nueva constitución de la Asociación Civil “Amigos en Positivo del Hogar de Niños Juan XXIII, Casa de niños “Sonrisas” y Jardín Maternal “Rayito de Sol” AH +, registrada como entidad de bien público bajo el N° 186, siendo su Presidente el Sr. Francisco Bartonek.

Decreto N° 84 del 15 de febrero de 2013.

Poniendo en funciones de Directora de Presupuesto, en carácter de interino, durante los días 18 al 27 de febrero de 2013 inclusive, a la Sra. Vergara Carla Lorena. La designación que se efectúa es con retención de su actual cargo.

Decreto N° 85 del 15 de febrero de 2013.

Vetando en todos sus términos la ordenanza sancionada en Sesión extraordinaria del 5 de febrero de 2013, cuyo texto se encuentra agregado de fs. 4 del expediente 4009-20-0507/2012 “E”, referente a eximición a Expoagro de los derechos de espectáculos públicos.

Decreto N° 86 del 18 de febrero de 2013.

Declarando de interés social, la regularización dominial del inmueble denominado: Circ. II, Secc. A- Quinta 1- Mza. 1B- Parcela 12, de la ciudad de Baradero, a favor de la Sra. Rosemberg Carolina Elsa y otro.

Decreto N° 87 del 18 de febrero de 2013.

Declarando de interés social, la regularización dominial del inmueble denominado: Circ. II- Secc. A- Quinta 29- Mza 29B- Parcela 16, de la ciudad de Baradero, a favor del Sr. Araujo Pablo Ezequiel.

Decreto N° 88 del 19 de febrero de 2013.

Adjudicando el Concurso de Precios N° 4/ 2013, para la provisión de combustible (15.000 lts.) con destino a la dependencia Servicios Públicos (Corralón Municipal) a la Empresa Edosada S.A. con domicilio legal en nuestra ciudad, por la suma total de pesos ciento un mil quinientos ochenta

($ 101.580=).

Decreto N° 89 del 20 de febrero de 2013.

Adjudicando el concurso de precios N° 5/2013 para la provisión de combustible (3.000 lts. Gas oil y 13.000 lts nafta súper) con destino móviles de la Policía Comunal, a la Empresa Edosada S.A. con domicilio legal en nuestra ciudad, por la suma total de pesos ciento treinta mil trescientos veintinueve ( $ 130.329=).

Decreto N° 90 del 20 de febrero de 2013.

Contratando a partir del 1° de marzo de 2013 y hasta el 31 de mayo de 2013 inclusive, mediante contrato de locación de obra, al sr. Villanueva Paulino Regino, para realizar tareas de mantenimiento y manejo de la lancha municipal.

Decreto N° 91 del 20 de febrerod e 2013.

Contratando a partir del 1° de marzo de 2013 y hasta el 31 de mayo de 2013 inclusive, mediante locación de servicio, al sr. Guerrero Rubén O., para prestar en todas las dependencias municipales los servicios autónomos de cadetería y mensajería.

Decreto N° 92 del 20 de febrero de 2013.

Contratando a partir del 1° de marzo de 2013 y hasta el 31 de mayo de 2013 inclusive, mediante contrato de locación de servicios, al Ing. Agr. Stabile Luciano Marcelo R., para las tareas inherentes a su desempeño como responsable educacional de la Reserva Natural Educativa “Parque del Este”, debiendo ejecutar tareas docentes en dicho sitio y / o en cualquier establecimiento educativo ubicado en el Distrito que le sea oportunamente indicado por el Municipio.

Decreto N° 93 del 22 de febrero de 2013.

Modificando el Presupuesto 2013.

Decreto N° 94 del 25 de febrero de 2013.

Modificando el Presupuesto 2013.

Decreto N° 95 del 26 de febrero de 2013.

Modificando el Presupuesto 2013.

Decreto N° 96 del 2013.

Anulando en todos sus términos el Decreto N° 73 de fecha 4 de febrero de 2013.

Decreto N° 97 del 26 de febrero de 2013.

Designando por el período 05/03/2013, a la Abogada Dezio María de los Angeles, para realizar tareas de Gerente General de la Unidad del Cuatricentenario de Ejecución de Proyectos (UCEP), en un todo de acuerdo a los establecido en la ordenanza 4623 y su Decreto reglamentario N° 429/2012.

Decreto N° 98 del 26 de febrero de 2013.

Eximiendo por el año 2013 del pago de las tasas por limpieza, conservación de vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad del Centro Tradicionalista El Resero de nuestra ciudad.

Decreto N° 99 del 26 de febrero de 2013.

Afectando los fondos dispuestos por la Resolución N° 5.446, de pesos cien mil ( $ 100.000=) a la Obra Parque del Este de la ciudad de Baradero.

Decreto N° 100 del 26 de febrero de 2013.

Otorgando Pensiones Municipales por el período Enero a Diciembre de 2013 a las siguientes personas:

Caballero Mónica A.

Costilla Marcela S.

Delgado Rosa R.

Díaz Marcela S.

González Carolina A.

Gutiérrez Claudia I.

Levetti Leonardo E.

Pérez Graciela C.

Villanueva Marta L.

Villalba Juan.

Decreto N° 101 del 26 de febrero de 2013.

Contratando personal en períodos y tareas que se citan:

Suppicich Sandra. 20 hs semanales. Preceptora en Jardín de Infantes Municipal “PTE: Irigoyen”.

Decreto N° 102 del 26 de febrero de 2013.

Modificando a partir del 25 de febrero de 2013, la categoría del personal que se cita, de Jardines de Infantes Municipal:

Virador Patricia L. Titular Personal Permanente en Jardín de Infantes Municipal “Paula Albarracín de Sarmiento” Dipregep N° 1205 con ruralidad 2, pasará a revistar de categoría MI a PR, cumpliendo funciones inherentes al cargo de Preceptora.

Deglise María José. Titular de Planta Permanente en el Jardín de Infantes Municipal “Paula A. de Sarmiento”. Dipregep N° 1205 con ruralidad 2, pasará a revestir de categoría PR a MI, cumpliendo funciones inherentes al cargo de Maestra de Sección.

———————————————————————————————————-

Decreto N° 103 del 27 de febrero de 2013.

Autorícese a transferir de la Cuenta Corriente N° 10151/2 del Banco Pcia. Bs.As. a la cuenta Corriente del Bco. Nación, para efectivizar órdenes de pago N° 1146 y 1147, hasta el importe de pesos cincuenta mil novecientos cincuenta y siete con 80/100 ( $ 50.957,80=), hasta la Nación remita los fondos convenidos.

Decreto N° 104 del 27 de febrero de 2013.

Eximiendo por el año 2013 a la Sra. Costa Juan Emiliana, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

Decreto N° 105 del 27 de febrero de 2013.

Eximiendo por el año 2013 al Sr. Larrosa Julio R., del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios, que gravan el inmueble de su propiedad.

Decreto N° 106 del 27 de febrero de 2013.

Eximiendo por el año 2013 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad de la Iglesia Internacional del Evangelio Cuadrangular.

Decreto N° 107 del 28 de febrero de 2013.

Poniendo en funciones de Directora de Presupuesto, en el carácter de interino, durante los días 28 de febrero de 2013 al 17 de abril de 2013, a la Agente Vergara Carla Lorena. La designación que se efectúa es con retención de su actual cargo.

Decreto N° 108 del 28 de febrero de 2013.

Ratificando hasta el 31 de marzo de 2013 inclusive, a los funcionarios que conforman el Gabinete Municipal. 

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