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Descalzo: “Con el nuevo Código los abogados vamos a tener que volver a estudiar”

Descalzo: “Con el nuevo Código los abogados vamos a tener que volver a estudiar”

Descalzo: “Con el nuevo Código los abogados vamos a tener que volver a estudiar”

28/11/2013

Categoría: Interés general, xHoy1

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El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, confirmó que el proyecto de ley de reforma del Código Civil y el que determina la responsabilidad civil del Estado se terminarán de tratar con la nueva conformación del Congreso, a partir de marzo próximo.

En una conferencia de prensa dada en la Casa de Gobierno, Capitanich señaló que se decidió que tanto los proyectos de reforma y unificación del Código Civil y Comercial como la ley de Responsabilidad del Estado “tendrán debate correspondiente y propiciamos la media sanción”, aunque aclaró que ambas propuesta serán tratadas durante el próximo “período ordinario”. Esto será “a partir de las sanciones que se inician en marzo próximo”, indicó.

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Luego del anuncio del pasado martes 27 de marzo por parte de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el titular de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, se difundió una síntesis oficial sobre los puntos más importantes que incluye la reforma y unificación del Código Civil y Comercial argentino.

La información, presentada en forma de infografía a través de la cuenta de Facebook de la Presidenta www.facebook.com/CFKArgentina , destaca el hecho de la simplificación que implica la reforma, con los 2.671 artículos que tendrá el futuro Código unificado, en reemplazo de las más de 4 mil normas que tiene el actual Código Civil, y los 506 artículos que contiene el Código de Comercio.

A continuación, estos son los ítems que se destacan en el informe oficial:

1) Matrimonio: No se realizarán distinciones de sexo a los efectos de definir quienes pueden unirse en matrimonio, manteniendo el avance logrado con la Ley Nº 26.618, de matrimonio igualitario.

En este sentido, el nuevo Código agrega la posibilidad de optar entre el régimen de comunidad de ganancias y el de separación de bienes (con acuerdo prenupcial).

2) Divorcio: Se simplifican los trámites para su solicitud, considerando la libre petición de uno o ambos cónyuges, quienes a su vez podrán hacer propuestas y acordar sobre los efectos que tendrá la disolución.

3) Reproducción humana asistida: Actualiza la legislación mediante la incorporación de las técnicas de reproducción asistida, por ejemplo, mediante las técnicas de inseminación artificial o fecundación in vitro, haciendo prevalecer la voluntad procreacional.

4) Adopción: En este caso se simplifica el régimen jurídico y se prioriza el interés del niño por sobre el de los adultos. Mantiene la adopción plena y simple e incorpora la adopción por integración, en caso de familias conformadas por parejas que tengan hijos de otras relaciones.

5) Propiedad comunitaria indígena: Ésta será exclusiva, perpetua, indivisible, imprescriptible, insusceptible de gravámenes, y no se podrá embargar ni ejecutar.

Esta disposición apunta a la preservación de la identidad cultural y el hábitat de los pueblos originarios, reconociendo además el derecho a participar en la gestión referida a sus recursos naturales.

6) Gestación por sustitución: reconoce como central a la voluntad procreacional expresada por consentimiento previo, informado y libre de las personas que intervienen.

El juez deberá constatar que la gestante no haya recibido retribución de ningún tipo y que al menos uno de los comitentes aportó material genético.

7) Sociedades de un solo socio: Nace la figura de Sociedad Unipersonal. Esta facilita la asignación del patrimonio e incentiva las inversiones.

8) Derechos personalísimos: Se incorpora este concepto, reconocido por el derecho internacional. Éstos reconocen los derechos a la dignidad, intimidad, honor e imagen.

9) Formas modernas de contratación: incorpora formas de contratación como las de arbitraje, agencia comercial, concesión comercial, entre otras. Con ello se brinda mayor seguridad jurídica y se garantiza de mejor manera la defensa de los ciudadanos en tanto consumidores.

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A raíz de este tema tan trascendental para todos los ciudadanos y lo que implica esto en la tarea que llevan adelante los abogados, dialogamos con el Doctor Gabriel Descalzo, quien se refirió a la importancia del nuevo Código y la necesidad de ser tratado de manera mas profunda por los legisladores.

“Estamos esperando primero esta  media sanción del senado, que como ya lo adelantó Capitanich el Jefe de Gabinete, no va a ser tratada este año, porque la verdad se está reformando el código civil Argentino que regula las relaciones de todos los ciudadanos, de las personas y debería tener un debate mucho mas profundo que él que se le quiere imprimir en esta media sanción que  va a tener en el senado.

No te olvides que no son solo los articulados, sino son 140 años, de fallos, de doctrina, de estudios, así que pienso que son muchas cosas las que se deben reformar que creo deben analizarse más tranquilo, debería darse un tiempo de reflexión, y buscar cual es la redacción de un Código que posiblemente haya que modernizarlo incorporando las nuevas figuras, se sacó el tema de la propiedad con sentido social y algunas otras cuestiones que escuchamos todos los días que están en debate.

Se va a sancionar un nuevo Código, para nosotros los trabajadores de la justicia es empezar de nuevo, no vamos a tener referencia jurisprudencial ya que se cambia lo que se redactó durante mucho tiempo por viejos civilistas. En derecho se dice que es, lo que los jueces dicen que es.

Vamos a tener que volver a estudiar, esto nos va a hacer rejuvenecer por lo menos, como si fuéramos a la facultad de nuevo.

Lo que pasa es que lo que se sigue debatiendo y que tanta crítica suscita es la responsabilidad del estado, que la mayoría que hoy gobierna quiere que ese tema no sea resuelto en el Código Civil, como si todas las demás responsabilidades, sino que sea derivado a las legislaturas provinciales y municipales, lo que van a terminar de hacer es que a la irresponsabilidad de los funcionarios, no se le va a poder poner multas, no se puede ejecutar las sentencias, es decir creemos que es una consecuencia de aquella Ley que impedía las medidas cautelares contra las decisiones del estado, esto termina un poco de redondear ese concepto de impunidad estatal de dejar al ciudadano más débil ante el estado con esta Ley que hoy va a tener media sanción en diputados y que luego van a querer sancionar los Senadores. Desde el punto de vista jurídico esto es absolutamente improcedente la responsabilidad de los funcionarios y del estado va por el Código Civil como fue toda la vida porque dejar esto a merced de las legislaturas provinciales va a ser una irresponsabilidad total del estado.

Esperemos que este esfuerzo que vamos hacer todos de comprender las nuevas normas,  sirva para hacer un buen Código civil y Comercial.”                             

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