ORDENANZAS – DECRETOS Y RESOLUCIONES
Ordenanza Nº 5364 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01848/16, letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita autorización para suscribir convenio marco de Cooperación para la implementación de acciones en Materia de Seguridad Vial y su acuerdo complementario Y,
Considerando la Ley Provincial de Transito Nº 13.927, su decreto reglamentario Nº 532/09.
Que la problemática vial por la que atraviesa el municipio comprende una situación que requiere ser tenida como prioridad;
Que a dichos efectos se necesita un proceso integral de re educación de la sociedad en su conjunto, a partir de instancias de regulación, prevención, control y sanción.
Que resulta indispensable generar acciones entre la Municipalidad y la provincia que tiendan hacia criterios de y conductas, a fin de generar políticas coherentes para el tratamiento de los diferentes aspectos de la problemática que nos ocupa.
Que la legislación vigente faculta a la Intendente a celebrar convenios de colaboración y asistencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir con le Director Provincial de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el Convenio Marco de Implementación de Acciones en Materia de seguridad Vial y su acuerdo complementario Nº 1, que como anexo I forma parte integrante de la presente, obrante de fs. 2 a fs. 8 del expediente Nº 4009-20-01848/16. Letra S.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno.
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Ordenanza Nº 5365 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01626/16, “D”, relacionado con la Obra de Cordón Cuneta Barrio Pompeya (Complementaria) de la ciudad de Baradero y;
Considerando que no hubo oposición a la misma, según lo informado por la Dirección de Obras, obrante a fs. 30 del expediente de referencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declarase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio a la Obra de Cordón Cuneta a ejecutarse en el Barrio Pompeya (complementaria) en calle Mazza entre Pacheco de Melo y Maipú (3 cuadras); Dollera entre Mazza y 4 de febrero (1 cuadra), Chaná entre Pueyrredón y Mbyguys (1 cuadra) O. Smith entre Junín y Ruta Provincial 41 (1 cuadra) de la ciudad de Baradero.
Artículo 2º: La obra comprenderá la construcción de cordón cuneta elaborado en hormigón de 0,65 m de ancho y 0,15 de espesor de las calles citadas en el artículo precedente. Se construirá juntas de dilatación completa cada 5 ml de calzada.
Artículo 3º: El costo a cargo del frentista por metro lineal de frente afectado es de pesos quinientos noventa y seis con 57/100 ( $ 569,57=), precio que se ajustará al valor resultante de la obra.
Artículo 4º: Los pagos se harán efectivos a partir de la certificación de cuadra terminada y de acuerdo a la siguiente modalidad:
- Al contado.
- En cuotas: hasta cuarenta y ocho cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con mas un interés del 1,5 % mensual sobre saldo y sistema de amortización Francés. El calculo de la cuota se determinará según la siguiente fórmula:
Cuota: C.i. (1 +i)n
(1+i) n -1 donde:
C: Valor del metro lineal de la obra por los metros lineales del frentista.
i: tasa de interés mensual dividido 100.
n: número de cuotas a cancelar por el frentista.
Articulo 5º: Los lotes de esquina con ambos frentes afectados a la obra, tendrán un descuento del 25 % de la longitud de cada uno de los frentes, reducción que se podrá efectuar hasta un máximo de veinte (20) metros, medidos desde la intersección de las líneas municipales de edificación.
Artículo 6º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal, Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno y CDR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.
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Ordenanza Nº 5366 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01628/16, “D” relacionado con la Obra de Cordón Cuenta Barrio Pompeya (Pueyrredón Sur) de la ciudad de Baradero y;
Considerando que no hubo oposición a la misma, según lo informado por la Dirección de Obras, obrante fs. 30 del expediente de referencia;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declarase de Utilidad Pública y Pago obligatorio a la obra de Cordón Cuneta a ejecutarse en el Barrio Pompeya (Pueyrredón Sur) en la calle Pueyrredón entre Mitre y P. de Melo (1 cuadra), Pueyrredón entre P. de Melo y Dollera (2 cuadras); Pueyrredón entre Dollera y Maipú (2 cuadras); Maipú entre Uriarte y 4 de febrero (2 cuadras); Dumbsky entre 4 de febrero y Carrasco (2 cuadras) de la ciudad de Baradero.
Artículo 2º: La obra comprenderá la construcción de cordón cuneta, elaborado en hormigón de 0.65 m de ancho y 0.15 de espesor de las calles citadas en el artículo precedente. Se construirá juntas de dilatación completa cada 5 ml de calzada.
Artículo 3º: El costo a cargo del frentista por metro lineal de frente, afectado es de pesos quinientos noventa y seis con 57/100 ( $ 596,57=), precio que se ajustará al valor resultante de la obra.
Artículo 4º: Los pagos se harán efectivos a partir de la certificación de cuadra terminada y de acuerdo a la siguiente modalidad:
- Al contado.
- En cuotas: hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con mas un interés del 1,5 % mensual sobre saldo y sistema de amortización francés. El cálculo de la cuota se determinará según la siguiente fórmula:
Cuota: C.i. (1+i)n
(1+i) n-1 donde: C: Valor del metro lineal de la obra por los metros lineales del frentista.
i: Tasa de interés mensual dividido 100
n: numero de cuotas a cancelar por el frentista.
Artículo 5º: Los lotes de esquina con ambos frentes afectados a la obra, tendrán un descuento del 25 % de la longitud de cada uno de los frentes, reducción que se podrá efectuar hasta un máximo de veinte (20) metros, medidos desde la intersección de las líneas municipales de edificación.
Artículo 6º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2016.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J: Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal, CR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda y Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno.
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Ordenanza Nº 5367 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01629/16 “D”, relacionado con la Obra de Cordón Cuneta Barrio Pompeya – Pueyrredón Norte, de la ciudad de Baradero y;
Considerando que no hubo oposición a la misma, según lo informado por la Dirección de Obras, obrante a fs. 30 del expediente de referencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declarase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio a la obra de Cordón Cuneta a ejecutarse en el Barrio Pompeya (Pueyrredón Norte) en la calle Pueyrredón entre Maipú y ruta Provincial 41 (3 cuadras), Chacabuco entre 4 de febrero y Carrasco (2 cuadras), Junín entre 4 de febrero y Carrasco (2 cuadra) de la ciudad de Baradero.
Artículo 2º: La obra comprenderá la construcción de cordón cuneta elaborado en hormigón de 0.65 m de ancho y 0.15 de espesor de las calles citadas en el artículo precedente. Se construirá juntas de dilatación completa cada 5 ml de calzada.
Artículo 3º: El costo a cargo del frentista por metro lineal de frente, afectado es de pesos quinientos noventa y seis con 57/100 ($ 596,57=), precio que se ajustará al valor resultante de la obra.
Artículo 4º: Los pagos se harán efectivos a partir de la certificación de cuadra terminada y de acuerdo a la siguiente modalidad:
- Al contado.
- En cuotas: hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con mas un interés del 1,5 % mensual sobre saldo y sistema de amortización Frances. El calculo de la cuota se determinará según la siguiente fórmula:
Cuota: C.i. (1 + i)n
(1 + i) n – 1 donde: C: valor del metro lineal de la obra por los metros lineales del frentista.
i: tasa de interés mensual dividido 100
n: número de cuotas a cancelar por el frentista.
Artículo 5º: Los lotes de esquina con ambos frentes afectados a la obra, tendrán un descuento del 25 % de la longitud de cada uno de los frentes, reducción que se podrá efectuar hasta un máximo de veinte (20) metros, medidos desde la intersección de las líneas municipales de edificación.
Artículo 6º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal, Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno y CR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.
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Ordenanza Nº 5368 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01630/16 “D”, relacionado con la Obra de Cordón Cuneta Barrio Pompeya (Transversales) de la ciudad de Baradero y;
Considerando que no hubo oposición a la misma, según lo informado por la Dirección de Obras, obrante a fs. 30 del expediente de referencia;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declarase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio a la obra de Cordón Cuneta a ejecutarse en el Barrio Pompeya (Transversales) en la calle Maipú entre 4 de febrero y Carrasco (2 cuadras), Dollera entre 4 de febrero y Pueyrredón (1 cuadra), Dollera entre Pueyrredón y Carrasco (1 cuadra), Ayacucho entre Maza y 4 de febrero (1 cuadra), Ayacucho entre Pueyrredón y Carrasco (1 cuadra), Pacheco de Melo entre 4 de febrero y Pueyrredón (1 cuadra); Pacheco de Melo entre Pueyrredón y Carrasco (1 cuadra) de la ciudad de Baradero.
Artículo 2º: La obra comprenderá la construcción de cordón cuneta elaborado en hormigón de 0.65 m de ancho y 0.15 de espesor de las calles citadas en el artículo precedente. Se construirá juntas de dilatación completa cada 5 ml de calzada.
Artículo 3º: El costo a cargo del frentista por metro lineal de frente afectado es de pesos quinientos noventa y seis con 57/100 ( $ 596,57=), precio que se ajustará al valor resultante de la obra.
Artículo 4º: Los pagos se harán efectivos a partir de la certificación de cuadra terminada y de acuerdo a la siguiente modalidad
- Al contado.
- En cuotas: hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con mas un interés del 1,5 % mensual sobre saldo y sistema de amortización Frances. El Calculo de la cuota de determinará según la siguiente fórmula:
Cuota: C.i. (1 + i) n
(1 + i) n- 1 donde: C: valor del metro lineal de la obra por los
metros lineales del frentista.
i: tasa de interés mensual dividido 100.
n: número de cuotas a cancelar por el
frentista.
Artículo 5º: Los lotes de esquina con ambos frentes afectados a la obra, tendrán un descuento del 25 % de la longitud de cada uno de os frentes, reducción que se podrá efectuar hasta un máximo de veinte (20) metros, medidos desde la intersección de las líneas municipales de edificación.
Artículo 6º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal, Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno y CDR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.
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Ordenanza Nº 5369 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto el resultado antieconómico de la promoción de juicios de apremio, basados en la emisión de títulos ejecutivos, cuando estos preceden de la ejecución de deudas de la menor cuantía y;
Considerando que la mayoría de dichos títulos ejecutivos derivan de multas, cualquiera fuere su naturaleza, y de otras contribuciones menores impagas.
Que corresponde al titular del Departamento Ejecutivo Municipal la recaudación de los recursos que establezcan las respectivas ordenanzas impositivas, la preservación del patrimonio municipal debiendo adoptar en consecuencia las medidas destinadas a tal fin, como por ejemplo promover juicios de apremio en procura del cobro de tasas, contribuciones y / o multas;
Que en los casos donde el titulo ejecutivo es de menor cuantía, los apremios implican un gasto desproporcionado que no conlleva beneficio alguno para la comuna;
Que la Resolución Nº R-TPH 201 del Honorable 17-10-2008 del Honorable Tribunal de Cuentas faculta al Municipio a peticionar en tal sentido.
Que la ordenanza registrada bajo el Nº 4913-2013 legisla en tal sentido pero no hace mención a multas y / u otras contribuciones de menor cuantía, debiendo en consecuencia incorporar al articulo 2º dichos tributos;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Modifíquese el artículo 2º de la Ordenanza registrada bajo el Nº 4913 que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º: La autorización establecida en el artículo precedente, se extiende a tasas, derechos, impuestos, multa, cualquiera fuere su naturaleza y / u otras contribuciones de menor cuantía impagos cuyo monto no exceda el tope del sueldo mínimo del personal ingresante de la comuna…”
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos aires, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y CDR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.
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Ordenanza Nº 5370 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01730/16, letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita convalidación del convenio marco de colaboración institucional y anexo I, suscripto con la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio Marco de Colaboración Institucional y su Anexo I, suscripto entre el Departamento Ejecutivo, representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonijevic y la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Director Ejecutivo CDR. Gastón Fossati con domicilio legal en la calle 45 entre 7 y 8, Piso 1 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, obrante de fs. 1 a fs. 4 del expediente Nº 4009-20-01730/16, Letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 4 de octubre de 2016.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y CDR. Antonio E. Pando. Secretario de Hacienda.
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Ordenanza Nº 5371 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01566/16, Letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal, solicita la Convalidación del Convenio especifico suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y;
Considerando que este Honorable Concejo Deliberante oportunamente sancionó la ordenanza registrada bajo el Nº 5355/16;
Que tiene como fin fortalecer la prevención del delito a nivel local;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Protocolo Adicional de Implementación del Convenio Específico de Conformación y Cooperación de la Unidad de Policía de Prevención Local, suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonijevic y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado por su titular Sr. Cristian Adrián Ritondo, obrante de fs. 11 y fs 12 del expediente Nº 4009-20-01566/16, Letra I.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y Sr. Juan M. Genoud. Secretario de Gobierno.
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Ordenanza Nº 5372 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01666/16, Letra S, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Contrato de Arrendamiento suscripto con le Sr. Alasia Mauricio y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Contrato de Arrendamiento suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonijevic y el Sr. Alasia Mauricio Ángel, titular del DNI 20.315.124, con domicilio en calle Ruta 41- Km. 3100 de la ciudad de Baradero, con destino a Micro emprendimientos y Servicios para la Secretaría de Servicios Públicos, obrante a fs. 3 y 4 del expediente Nº 4009-20-01666/16, Letra S.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y Sr. Juan M. Genoud. Secretario de Gobierno.
Ordenanza Nº 5373 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01536/16, Letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Convenio de Donación suscripto con la Fundación Hospital de Pediatría Prof. Dr. Juan P. Garrahan y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio de Donación, suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonijevic y la Fundación Hospital de Pediatría Prof. Dr. Juan P. Garrahan, representada por la Cont. Silvia Kassab, en su carácter de Coordinadora del programa reciclado y Medio ambiente, con domicilio en calle Combate de los Pozos Nº 1881, Piso 2 de la ciudad de Buenos Aires, obrante de fs 1 del expediente Nº 4009-20-01536/16, Letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y Sr. Juan M. Genoud. Secretario de Gobierno.
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Ordenanza Nº 5374 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01216/16, Letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Convenio Marco de Colaboración y Cooperación Académica suscripto con el Instituto Superior de Formación Técnica Gral. San Martín y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio Marco de Colaboración y Cooperación Académica, suscripto entre el Municipio de Baradero representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonijevic y el Instituto Superior de Formación Técnica Gral. San Martín representado por la Sra. Yacoy Lucia Noemí, con domicilio en calle Moreno Nº 438 de la ciudad de San Antonio de Giles, Provincia de Buenos Aires, obrante de fs. 1 a fs 2 y 2 vta., del expediente Nº 4009-20-01216/16, Letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y Sr. Marcos Barlatay, Secretario de Cultura, Educación, Turismo y Deporte
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Ordenanza Nº 5375 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01154/16, Letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Convenio Marco de Colaboración reciproca suscripto con la Universidad Nacional de San Antonio de Areco, basado en la necesidad de realizaciones que conduzcan a una política de integración de la Universidad al medio, brindando su conocimiento y esfuerzo a toda la ciudad y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio de Colaboración reciproca, suscripto entre el Municipio de Baradero representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonijevic y la Universidad Nacional de San Antonio de Areco, representado por el Rector organizador Dr. Jerónimo Ainchil, basado en la necesidad de realizaciones que conduzcan a una política de integración de la Universidad al medio, brindando su conocimiento y esfuerzo a toda la ciudad, obrante a fs 1 del expediente Nº 4009-20-01154/16 Letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, Intendente Municipal, Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno y Sr. Marcos Barlatay, Secretario de Cultura, Educación y Turismo.
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Ordenanza Nº 5376 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01125/16, Letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Convenio de Colaboración recíproca suscripto con la Universidad Nacional de La Plata, basado en la necesidad de realizaciones que conduzcan a una política de integración de la Universidad al medio, brindando su conocimiento y esfuerzo a toda la ciudad y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio de Colaboración reciproca, suscripto entre el Municipio de Baradero representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonijevic y la Universidad Nacional de La Plata, representado por el Lic. Raúl Aníbal Perdomo, con domicilio en calle 7 Nº 776 de la ciudad de La Plata, basado en la necesidad de realizaciones que conduzcan a una política de integración de la Universidad al medio, brindando su conocimiento y esfuerzo a toda la ciudad, obrante de fs. 1 a fs. 3 del expediente Nº 4009-20-01125/16, Letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal, Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno y Sr. Marcos Barlatay. Secretario de Cultura, Educación, Turismo y Deporte.
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Ordenanza Nº 5377 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01153/16, Letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Convenio suscripto con la Provincia Microempresas S.A. y;
Considerando que tiene como objeto individualizar, seleccionar y precalificar a microemprendedores para el eventual otorgamiento de préstamos por parte del Banco de la Provincia de Buenos Aires;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonijevic y Provincia Microempresas S.A. representado por el Gerente Comercial Lic. Juan Cruz Cabrera, con domicilio en San Martín Nº 108, Piso 14 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, obrante de fs. 1 a fs 3 del expediente Nº 4009-20- 01153/16, letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno.
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Ordenanza Nº 5378 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01128/16, Letra I, mediante el cual el departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Acuerdo de Cooperación suscripto con el Estado de Fribourg y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio de Cooperación, suscripto entre el Municipio de Baradero representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonijevic y el Estado de Fribourg (Suiza) representado por la Dirección de Instrucción Pública, Cultura y deporte, en la persona del Jefe de su Servicio de Cultura y la Dirección de finanzas, en la persona de su Director, obrante de fs. 1 a fs 3 del expediente Nº 409-20-01128/16, Letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARASDERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, Intendente Municipal y Sr. Marcos Barlatay, Secretario de Cultura, Educación, Turismo y Deporte.
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Ordenanza Nº 5379 del 4 de octubre de 2016 y promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-01155/16, Letra I, mediante el cual el Departamento ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Convenio de Cooperación Técnica suscripto con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y;
Considerando que la comuna lleva adelante una política de inclusión, desarrollo e integración entre los territorios insulares del Delta del Paraná y el territorio continental, con acciones, planes y programas vinculados al uso y conservación de los servicios eco sistemáticos, la producción de bienes, la comercialización de los bienes, el agrado de valor, la agricultura familiar;
Que el INTA gestiona sus programas y proyectos con abordaje territorial, conformando redes con diferentes unidades de INTA, organismos públicos y privados y con la participación activa del sujeto agrario y en el marco de un proyecto nacional de desarrollo económico y territorial con inclusión social y sostenibilidad;
Que el Centro Regional Buenos Aires Norte contribuye en el desarrollo de los territorios insulares del Delta Bonaerenses a través de la Estación Experimental Agropecuaria Delta del Paraná, y por otro lado, a través de la EEA San Pedro en el territorio continental del municipio de Baradero.
Que desde el año 2006 se trabaja en conjunto en el funcionamiento de la Oficina de Desarrollo de Baradero;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio de Cooperación Técnica y su anexo I y II, suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por la Intendente Dra. Fernanda C. Antonjievic y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, representado por el Ing. Agr. Daniel Somma, con domicilio en calle Rivadavia Nº 1439 de la ciudad de Buenos Aires, obrante de fs 1 a fs 6 del expediente Nº 4009-20-01155/16, Letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 4 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, Intendente Municipal y Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno.
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Ordenanza Nº 5380 del 4 de octubre de 2016 y Promulgada el 5 de octubre de 2016.
Visto el brillante desempeño de Milagros Coria en los juegos BA. 2015 y su deseo de superación en la educación de la voz, técnica y la formación general y;
Considerando que a raíz de su talento y perfeccionamiento continuo obtuvo Medalla de Oro en la final de los Torneos BA 2015 en el rubro vocal solista.
Que es destacada su actuación siendo artista especial en eventos fuera de concurso en días de Festival, PRE Festival, Fiestas Populares y encuentros de Baradero y la zona;
Que es menester que continúe su perfeccionamiento y concurra a instituciones fuera de la ciudad, que le ayuden a transitar el objetivo personal y cultural que se ha trazado desde muy pequeña;
Que es satisfacción de la comunidad e invalorable herramienta de seguridad para quienes se destacan en variadas disciplinas el lograr el reconocimiento a tanto esfuerzo a través de una contribución que posibilite el alcance de sus metas;
Que no es fácil la obtención de los recursos suficientes para una familia trabajadora que quiere seguir acompañando la vocación y éxito de una joven que hoy necesita, más allá del aplauso, el respaldo que permita su formación;
Que la vida da talentos pero hay que cultivarlos para hacer honor al privilegio del don recibido con la intervención material que refleje el acompañamiento;
Que Baradero sabe y debe reconocer a sus artistas y conducirlos de ser posible con pequeños gestos de aliento que motiven su desempeño y su creatividad.
Que Milagros Coria y su familia han dado muestras más que suficientes de perseverancia y trabajo, disciplina y constancia, amor y disfrute de los logros obtenidos,
Que necesita concurrir a Seminarios de la voz y a maestros que perfeccionarán su claridad, estilo y manejo de nuevas técnicas vocales;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Otorgase en forma excepcional a la Srta. Milagros Coria una Beca Nacional mensual de pesos novecientos ($ 900=) por el término de tres (3) meses a partir del 1º de octubre del corriente año hasta el 31 de diciembre de 2016.
Artículo 2º: Imputase el importe referenciado en el articulo precedente a la cuenta correspondiente FODE, conforme a lo establecido en el Art. 183 de la Ordenanza Fiscal registrada bajo el Nº 5151/15.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 5 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, Intendente Municipal, Sr. Marcos Barlatay, secretario de Cultura, Educación, Turismo y Deporte y Cdr. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 5381 del 7 de octubre de 2016 y promulgada el 7 de octubre de 2016.
Visto que la Dirección de Turismo de Municipalidad de Baradero, solicita la eximición del pago de la tasa establecida para carros o puestos de comidas debidamente habilitados, que tengan la tasa de seguridad e higiene al día, que participarán de la Fiesta Provincial del Mate en el Paseo del puerto de la ciudad de Baradero y;
Considerando la importancia de desarrollar el movimiento productivo en nuestra ciudad y siendo esto además para los micro – emprendedores una oportunidad para promocionar sus productos.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Exímase del pago de la tasa y / o canon establecido para carros o puestos de comidas locales, debidamente habilitados y que tengan la tasa de seguridad e higiene al día, que participarán de la Fiesta Provincial del Mate a llevarse a cabo los días 8, 9 y 10 de octubre de 2016, en el Paseo del Puerto de la ciudad de Baradero.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria a los 7 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas Secretario de HCD.
BARADERO, 7 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, Intendente Municipal y CDR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.
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Ordenanza Nº 5382 del 7 de octubre de 2016 y promulgada el 7 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 400-20-01871/16, letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita convalidación de convenio especifico suscripto entre la Secretaria de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Privadas para la realización de obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en el Barrio Bernabé y;
Considerando que entre las competencias asignadas al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, se encuentra la de entender en la elaboración y ejecución de programas de vivienda destinada a los sectores de menores recursos y promover la inversión de recursos en el campo de la vivienda.
Que asimismo y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 212 del 22 de diciembre de 2015, la Secretaría tiene entre sus competencias la de entender en el diseño, implementación y control de la Política Nacional de Vivienda y entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la Política Nacional en materia de obras de infraestructura habitacional y de desarrollo urbano;
Que siendo apropiado llevar adelante la ejecución de obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en Barrio Bernabé de nuestra ciudad, contribuyendo de esta manera al bienestar de sus habitantes.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenio Especifico y su Anexo I, Anexo II y Anexo III que forman parte integrante de la presente, con la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, representada por el Sr. Secretario CDR. Domingo Luis Amaya, titular del DNI 12.652.201, con domicilio en la calle Esmeralda Nº 255, Piso 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, obrante de fs 2 a fs 22 del expediente N 4009-20-01871/16, Letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria a los 7 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 7 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal, Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno y CDR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.
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Ordenanza 5383 del 18 de octubre de 2016 y promulgada el 19 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 2410-744/2013, Alcance 4, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita autorización para suscribir convenio en el marco de la Ley Nº 13.010, entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio, para la realización de tareas en caminos de la Red Vial Provincial de tierra;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de la atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, representado en este acto por el Intendente Municipal Dra. Fernanda Antonijevic, a suscribir Convenio y su anexo, que forman parte integrante de la presente, con la Dirección de la Provincia de Buenos Aires, “D.V.B.A.” representado por el Sr. Deza Gastón C, a cargo del Departamento Zona 1º y el Sr. Gerente Ejecutivo Ing. Esteban Andrés Perera “As referéndum” del Sr. Administrador General Ing. Mariano Daniel Campos, con domicilio sito en Av. Vitelmo Carabajal Nº 1318 de la ciudad de Arrecifes, Provincia de Buenos Aires, obrante de fs. 4 a fs. 7 del expediente Nº 2410-744-2013, Alcance 4.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones de la Escuela Nº 22 “Ricardo Guiraldes” de la localidad de Santa Coloma, Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 18 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas, PTE. HCD. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 19 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda Antonijevic. Intendente Municipal y Sr. Juan Sebastian Misenti, Secretario de Servicios Públicos.
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Ordenanza Nº 5384 del 18 de octubre de 2016 y promulgada el 19 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-02227/10, Letra I, mediante el cual el Intendente Municipal solicita la convalidación del Addenda y el Contrato de Locación con la Empresa Cincovial S.A. y;
Considerando que el Honorable Concejo Deliberante oportunamente sancionó la ordenanza registrada bajo el Nº 5195/15;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado sobre tablas el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese Addenda y Contrato de Arrendamiento, suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal, representado por la Intendente Municipal Dra. Fernanda C. Antonojevic y la Empresa Cincovial S.A., con domicilio en calle Manuel Sáenz 323, Piso 8 de la Ciudad Autónoma de buenos Aires, representada por los Sres. Mariano Luis Sanziani, titular del DNI 16.518.510 y Walter Alcibar, titular del DNI 16.774.180, ambos actuando en carácter de apoderados, obrante a fs 234-235-236 y de fs 237 a fs 238 respectivamente del expediente Nº 4009-20-02227/10 “I”.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la Escuela Nº 22 de la localidad de Santa Coloma, Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 18 días del mes de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 19 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y Sr. Juan S. Misenti, Secretario de Servicios Públicos.
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Ordenanza Nº 5385 del 18 de octubre de 2016 y promulgada el 19 de octubre de 2016.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-00921/16, Letra “D”, Dirección General de Obras Públicas y Privadas;
Considerando que por Decreto Registrado bajo el Nº 460/16 el Departamento Ejecutivo Municipal llamó a Licitación Pública Nº 01/16 paras la Obra Construcción de Sala de Monitoreo dentro del Plan Integral de seguridad de la Municipalidad de Baradero, conforme a las condiciones que obran en el presente expediente;
Que habiéndose efectuado la Licitación Pública Nº 01/14, de acuerdo a la normativa legal vigente; se registre una sola oferta y esta es de evidente conveniencia, no invalidando, ni afectando en modo alguno la legitimidad del procedimiento (Art. 155 L.O.M.)
Que resulta el único proponente la Firma del Sr. Peiro Flavio;
Atento los informes expedidos por las distintas dependencias Municipales;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal de la ciudad de Baradero, a adjudicar la Licitación Pública Nº 01/2016 par ala Obra de Construcción de Sala de Monitoreo dentro del Plan Integral de seguridad de la Municipalidad de Baradero, por la suma total de pesos un millón ochocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos diez ($ 1.894.410=), a la Firma del Sr. Peiro Flavio, con domicilio legal en calle Balcarce Nº 66 de la ciudad de San Pedro, Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la Escuela Nº 22 de la localidad de Santa Coloma, Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 18 de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTER. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 19 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal, Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno y CDR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.
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Ordenanza Nº 5386 del 18 de octubre de 2016 y promulgada el 20 de octubre de 2016.
Visto la ordenanza registrada bajo el Nº 4873, referente al Régimen de Moratoria y;
Considerando que en el plan de regularización de deudas no se encuentran previstos todos aquellos procesos judiciales donde han sido trabadas medidas cautelares;
Que es necesario adecuar la ordenanza vigente para los casos UT supra referenciados;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Modifíquese el artículo 9 de la ordenanza registrada bajo el Nº 4873, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 9º: Quedan comprendidos dentro del presente régimen los contribuyentes con deudas fiscales a los que el municipio les haya iniciado demanda judicial, cualquiera sea el estado procesal del pleito, a excepción de aquellos que tuvieran trabadas medidas cautelares. La Dirección de Asesoría Letrada, practicará la liquidación extrajudicial y / o judicial conforme a lo previsto por las normas administrativas y / o judiciales que rijan al momento del acogimiento o en su defecto a las pautas que fije la respectiva sentencia.”
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la salón de la Escuela Nº 22 “Ricardo Guiraldes” de la localidad de Santa Coloma, Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 18 de octubre de 2016.
FDO: Prof. Martín Cárdenas, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 20 de octubre de 2016.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. Intendente Municipal y CDR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda.
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DECRETOS DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Decreto Nº 24 del 4 de octubre de 2016.
Aceptando el pedido de licencia con goce de sueldo, por el término de 30 días, solicitado por la Concejal Verónica Bard, a partir del 4 de octubre de 2016 al 4 de noviembre del corriente año.
El Sr. Concejal Carlos Mariano Pousa, asume en forma ah-hoc, a partir del 5 de octubre al 4 de noviembre de 2016, renunciando a la dieta correspondiente inherente a la función que desempeña como Concejal del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, y al importe equivalente a las dos terceras partes de la dieta, conforme al Art. 92, ultimo párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y sus modificatorias.
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Decreto Nº 25 del 5 de octubre de 2016
Convocando al Honorable Concejo Deliberante para celebrar Sesión Extraordinaria, para el día 7 de octubre de 2016 a las 10.30 hs en el Recinto de Sesiones de este Honorable Cuerpo.
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Decreto Nº 26 del 20 de octubre de 2016
Convocando al Honorable Concejo Deliberante para celebrar Sesión Especial, el día 24 de octubre a las 10.00 hs, en el Recinto de sesiones de este Honorable Cuerpo, para conmemorar la lucha emprendida por Abuelas de Plaza de Mayo. 22 de octubre – Día Nacional del derecho a la Identidad.
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RESOLUCIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Resolución Nº 38 del 4 de octubre de 2016.
Declarando de Interés Municipal, Social y Educativo a la campaña “Prevén el Groo Ming”- Delitos sexuales contra menores en Internet.
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Resolución Nº 39 del 4 de octubre de 2016.
Solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, de curso y elevación al Proyecto presentado por el Concejal Bruno Di Pasqua de la creación de la comisión de emergencia social y laboral.
Solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal forme una Comisión Paritaria en los meses de octubre, noviembre y diciembre para discutir con anterioridad los puntos convencionales que se regularán en el mes de diciembre en la discusión del nuevo convenio colectivo de trabajo.
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Resolución Nº 40 del 4 de octubre de 2016.
Solicitando al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través del Departamento Ejecutivo Municipal, que en el marco de la aplicación de iniciativas respecto al Boleto Estudiantil Gratuito y Universal, incluya a todos los estudiantes residentes en Baradero, que efectúen viajes de estudio hacia y desde ciudades donde realicen sus carreras terciarias y universitarias.
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Resolución Nº 41 del 4 de octubre de 2016.
Solicitando al Departamento Ejecutivo que a través del área pertinente se plasme y reconozca a la Familia Silva compuesta por el Sr. Carlos Silva, Sra. Elsa Silva, Sr. Eduardo Silva y Sra. Ana Rosa Silva, como creadores de la Fiesta del Mate en Baradero.
Haciendo participe a la Familia Silva de la organización de la 14º Fiesta Provincial del Mate.
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Resolución Nº 42 del 4 de octubre de 2016.
Solicitando al Departamento Ejecutivo que a través del área correspondiente informe si se produjo la venta o la baja del portón perteneciente a la Salita de Primeros Auxilios de la localidad de Ireneo Portela. En el caso que se hubiera vendido, se informe el destino de lo obtenido por la venta.
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Resolución Nº 43 del 4 de octubre de 2016.
Solicitando al Departamento Ejecutivo incorporar al Presupuesto 2017 los fondos para concluir la tercera etapa de construcción del CEPT 17 – Ireneo Portela.
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Resolución Nº 44 del 18 de octubre de 2016.
Otorgando al Departamento Ejecutivo Municipal prórroga para la presentación ante este Honorable Concejo, del Proyecto de Presupuesto 2017, hasta el 30 de noviembre de 2016 inclusive.
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D E P A R T A M E N T O E J E C U T I V O
D E C R E T O S
Decreto Nº 534 del 3 de octubre de 2016.
Ampliando el Cálculo de Recursos.
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Decreto Nº 535 del 3 de octubre de 2016.
Estableciendo que a partir del mes de octubre de 2016, la Agente Suárez María José, Servicio y Maestranza – Categoría 3º de 48 hs semanales pasará a revestir en 35 hs semanales.
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Decreto Nº 536 del 4 de octubre de 2016
Transfiriendo a la Cuenta RAFAM 111210114 Recursos Ordinarios- Cuenta Banco Provincia, la suma de pesos dos millones ochocientos mil
($ 2.800.000=), provenientes de la Cuenta RAFAM 111223500.
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Decreto Nº 537 del 4 de octubre de 2016
Transfiriendo a la Cuenta RAFAM 111210114 Recursos ordinarios- Cuenta Banco Provincia la suma de pesos ocho millones ($ 8.000.000=), provenientes de la Cuenta RAFAM 111223400.
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Decreto Nº 538 del 4 de octubre de 2016.
Designando interinamente a partir del 1º de octubre de 2016 al Sr. Melchiori Román como Director de Seguimiento y Evaluación de RRHH.
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Decreto Nº 539 del 5 de octubre de 2016.
Reconociendo la constitución de la Fundación “Impacto de Fe”, inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público bajo el Nº 223.
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Decreto Nº 540 del 5 de octubre de 2016.
Contratando personal en tareas y períodos que se citan:
Del 01/10/2016 al 31/10/2016:
Palacio Omar Osvaldo. 44 hs semanales. Coordinador en el Departamento de Inspección de Comercio e Industria, dependiente de la Dirección General de Inspección y seguridad. $ 16.913,68= mensuales.
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Decreto Nº 541 del 6 de octubre de 2016.
Aceptando con fecha 6 de octubre de 2016, la Renuncia elevada por el Sr. Bracamonte Sebastián Emiliano, al cargo de Técnico – Categoría 2º de 48 hs semanales.
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Decreto Nº 542 del 8 de octubre de 2016.
Contratando a partir del 1º de octubre de 2016 y hasta el día 31de diciembre de 2016 inclusive, mediante locación de servicios, al Sr. Chervaz Luis Benito, para realizar tareas de Pañolero, mantenimiento, control de stock, logística, seguridad y resguardo de herramientas en los Talleres Productivos “La Victoria”, “Lealtad”, “Unidos y Organizados” y “Los Pingüinos”, en el marco del Programa de Ingreso Social con trabajo.
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Decreto Nº 543 del 6 de octubre de 2016.
Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos cincuenta y cinco mil sesenta y cuatro con 88/100 ($ 55.064,88=) al Consejo Escolar de Baradero, para solventar gastos que demande la construcción de un nuevo pozo absorbente en la Escuela Primaria Nº 12 “Gerónimo Cossi” del Partido de Baradero.
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Decreto Nº 544 del 7 de octubre de 2016
Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos catorce mil quinientos ($ 14.500=) a la Escuela de Educación Secundaria Nº 6 de nuestra ciudad, para solventar gastos por traslado de alumnos de dicho establecimiento quienes realizarán Salida educativa a Capital Federal.
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Decreto Nº 545 del 7 de octubre de 2016.
Llamando a Licitación Privada Nº 5/2016, para la Obra Cordón Cuneta Barrio Pompeya (complementarias), calles:
Mazza entre Pacheco de Melo y Maipú (3 cuadras)
Dollera entre Mazza y4 de Febrero (1 cuadra)
Chaná entre Pueyrredón y Mbyguys (1 cuadra)
- Smith entre Junín y ruta Provincial Nº 41 (1 cuadra)
Presupuesto oficial: pesos setecientos cuarenta y seis mil ochocientos ochenta y cuatro ($ 746.884=).
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Decreto Nº 546 del 7 de octubre de 2016.
Llamando a Licitación Privada Nº 6/2016, para la Obra Cordón Cuneta Barrio Pompeya (transversales), calles:
Maipú entre 4 de Febrero y Carrasco (2 cuadras)
Dollera entre 4 de febrero y Pueyrredón (1 cuadra)
Dollera entre Pueyrredón y carrasco (1 cuadra)
Ayacucho entre Mazza y 4 de Febrero (1 cuadra)
Ayacucho entre Pueyrredón y Carrasco (1 cuadra)
Pacheco de Melo entre 4 de Febrero y Pueyrredón (1 cuadra)
Pacheco de Melo entre Pueyrredón y Carrasco (1 cuadra)
Presupuesto oficial: ochocientos ochenta y siete mil doscientos ochenta y siete ($ 887.287=).
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Decreto Nº 547 del 7 de octubre de 2016.
Llamando a Licitación Privada Nº 7/2016 para la Obra Cordón Cuneta Barrio Pompeya (Pueyrredón Sur), calles:
Pueyrredón entre Mitre y P. de Melo (1 cuadra)
Pueyrredón entre P. de Melo y Dollera (2 cuadras).
Pueyrredón entre Dollera y Maipú (2 cuadras)
Maipú entre Uriarte y 4 de Febrero (2 cuadras)
Dumbsky entre 4 de febrero y Carrasco (2 cuadras).
Presupuesto oficial: novecientos cinco mil seiscientos setenta ($ 905.670=)
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Decreto Nº 548 del 7 de octubre de 2016.
Llamando a Licitación Privada Nº 8/16 para la Obra Cordón Cuneta Barrio Pompeya (Pueyrredón Norte) calles:
Pueyrredón entre Maipú y Ruta Provincial Nº 41 (3 cuadras)
Chacabuco entre 4 de febrero y Carrasco (2 cuadras)
Junín entre 4 de febrero y Carrasco (2 cuadras)
Presupuesto oficial: pesos novecientos noventa y un mil quinientos setenta y seis ($ 991.576=).
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Decreto Nº 549 del 7 de octubre de 2016.
Contratando personal en periodos y tareas que se citan:
Del 1/10/2016 al 31/10/2016:
Alejandrini Matías Javier. 20 hs semanales. Taller de murga. $ 2.776= mensuales.
Arce Gustavo M. 15 hs semanales. Taller de taekwondo. $ 2.082= mensuales.
Barrascoso Rosana. 35 hs semanales. Bibliotecaria y Taller de gimnasia en Ireneo Portela. $ 6.855,68= mensuales.
Boettner Susana B. 20 hs semanales. Taller de dibujo y pintura para niños en Centro Cultural. $ 2.776= mensuales.
Cáceres Mónica A. 20 hs semanales. Taller de reciclado. $ 2.776= mensuales.
Colazo Juan Cruz. 20 hs semanales. Taller de Voley. $ 2.776= mensuales.
Deleglise Liliana I. 20 hs semanales. Taller de manualidades. $ 2.776= mensuales.
Díaz Víctor D. 20 hs semanales. Taller de iniciación musical y canto.
$ 2.776= mensuales.
Difalco Lautaro N. 15 hs semanales. Taller de literatura. $ 2.082= mensuales.
Fernández Erika V. 20 hs semanales. Taller de murga. $ 2776= mensuales.
Garea Fiamma. 20 hs semanales. Taller de voley en CIC. $ 2.776= mensuales.
Giorgio Maira J. 20 hs semanales. Taller de manualidades y cocina en localidad de Santa Coloma. $ 2.776= mensuales.
Gussoni Verónica E. 15 hs semanales. Taller de manualidades. $ 2.082= mensuales.
Izzo Florencia. 40 hs semanales. Coordinación de talleres en Centro Cultural. $ 5.552= mensuales.
Joannas Antonella. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en localidad de Ireneo Portela. $ 2.776= mensuales.
Liaudat Fiama. 20 hs semanales. Multitaller para chicos con capacidades diferentes en Centro Cultural. $ 2.776= mensuales.
Masud Juan M. 30 hs semanales. Talleres de teatro y cocina en Centro cultural. $ 4.164= mensuales.
Páez Fabiana L. 12 hs semanales. Taller de apoyo escolar en localidad de Alsina. $ 1665= mensuales.
Pasquali Melisa I. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en localidad de Santa Coloma. $ 2.776= mensuales.
Reding Victoria B. 15 hs semanales. Taller de folklore en localidad de Ireneo Portela. $ 2.082= mensuales.
Rivadeneira Leticia M. 20 hs semanales. Taller de artesanías en Hogar German Frers. $ 2.776= mensuales.
Rivas Enrique A. 12 hs semanales. Taller de tango en CIC y Hogar de Ancianos. $ 1.665= mensuales.
Salaberry Juan I. 20 hs semanales. Taller de percusión. $ 2.776= mensuales.
Schaer Elías. 15 hs semanales. Taller de piano. $ 2.082= mensuales.
Solari Celeste. 20 hs semanales. Taller de lenguaje de señas. $ 2.776= mensuales.
Tapia Gabino L. 20 hs semanales. Taller de fileteado porteño, muralismo y aerografía en el centro Cultural. $ 2.776= mensuales.
Torres Alfredo O. 22 hs semanales. Taller de periodismo y comunicación en el Centro Cultural. $ 3.053= mensuales.
Vélez Carlos L. 30 hs semanales. Taller de peluquería. $ 4.164= mensuales.
Wüthrich Amalia I. 30 hs semanales. Taller de salsa y gimnasia en CIC y Hogar de Ancianos. $ 6.855,68= mensuales.
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Decreto Nº 550 del 7 de octubre de 2016.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:
Del 01/10/2016 al 31/10/2016:
Acosta Horacio A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales en la localidad de Alsina. $ 8.482,07= mensuales, más $ 5.000= para guardias de traslados- Ambulancia.
Acosta Lucas M. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.887,42= mensuales.
Aguerre del Bene Ana M. Médica en Dirección de Atención Primaria de la Salud. $ 8.504,11= mensuales y $ 5.305= por guardias activas de 24 hs cada una.
Aguilar María Soledad. 48 s semanales. Administrativa en Dirección de Atención Primaria de la Salud. $ 8.887,42= mensuales.
Aellen Luciana. 44 hs semanales. Tareas en Secretaría Privada.
$ 16.913,68= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Almada Natalia S. 35 hs semanales. Lic. en Trabajo Social, funciones en el Servicio del Hospital Local. $ 8.039,88= mensuales y $ 200= cada una de guardias pasivas realizadas.
Álvarez Sofía. 30 hs semanales. Tareas en Subsecretaría de Obras Públicas y hábitat. $ 13.305,90= mensuales.
Amaya Natalia A. 30 hs semanales. Docente en Hogar del Niño Municipal.
$ 7.541,25= mensuales.
Andreoli Duranti Franco A. Médico de guardia y Servicio 107. $ 5.305= por guardia por guardia activa de 24 hs.
Armani Yanina S. 48 hs semanales. Inspector de transito. $ 8.887,42= mensuales.
Arnolfo Humberto. 30 hs semanales. Tareas en Dirección de Obras Públicas.
$ 13.305,90= mensuales.
Ayala Patricio H. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.482,07= mensuales.
Baibona Yanina B. Médica de guardias. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs.
Baliela Grassino Carlos. Médico de guardias activas y Servicio 107. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs.
Barattini Juan Eduardo. Profesor de Educación Física. $ 3.766,93= mensuales.
Bardessono Marisa K. Terapista Ocupacional en Sala Villa Cristina y Hospital Municipal. $ 1.537,93= mensuales. Clases en Taller de la Memoria $ 1.655,40= mensuales y Terapia Ocupacional en Hogar Municipal de Ancianos: $ 2.649,86= mensuales.
Barreto Víctor M. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.482,07= mensuales.
Bartonek José Luis. 48 hs. semanales. Obrero tareas generales. $ 8.887,42= mensuales.
Basualdo Javier I. 35 hs semanales. Tareas dependientes de Sec. de Cultura. $ 7.541,25= mensuales.
Bechtholt Dora E. 35 hs semanales. Tareas en Dcción. de Turismo.
$ 7.541,25= mensuales.
Bellina Ana M. 44 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 17.614,29= mensuales y $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Benedetto Pederiva María V. 30 hs semanales. Preceptora en Jardín Maternal del COC. $ 7.541,25= mensuales.
Berayra José M. 48 hs semanales. Operador del Centro Urbano de Monitoreo Urbano por cámara. $ 8.887,42= mensuales.
Bernardi Lorena A. 35 hs semanales. Psicóloga en Departamento de Violencia Familiar. $ 8.039,88= mensuales.
Bon Valeria N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Borba Zully. 48 hs semanales. Administración en Hogar de Ancianos.
$ 8.887,42= mensuales.
Braillard Scheitlin Ingrid. 1 hora semanal. Profesora de Educación Física en Jardín de Infantes Municipal Nº 2 – Santa Coloma. $ 600= mensuales.
Brandli Carlos F. 6 hs semanales. Médico Clínico en Salas periféricas.
$ 6.500= mensuales.
Brizzi Oscar. 48 hs semanales. Inspector de transito. $ 8.887,42= mensuales.
Bulgarella Rodrigo J. 30 hs semanales. Administrativo en Hospital Municipal. $ 7.541,25= mensuales.
Buey Javier H. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.482,07= mensuales.
Cairo Graciela E. Médica de guardias Pediátricas. $ 5.730= mensuales.
Calibrexner María Luz. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes Municipal Barrio Las Campanillas. $ 10.695= mensuales.
Camelis Marcos G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.87,42= mensuales.
Cardoso Diego A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.482,07= mensuales.
Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Cardoso Mariana. 44 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal.
$ 8.482,07= mensuales.
Carreras Agustina. 48 hs semanales. Operador de Radio Municipal.
$ 8.887,42= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Casal Elina. 48 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Cheruse Agostina. 30 hs semanales. Administrativa en Asesoría Letrada.
$ 7.541,25= mensuales.
Cheruse Melisa E. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Comedor “Tita Arroyo”. $ 7.541,25= mensuales.
Contreras Liliana H. Médica de guardia y Servicio 107. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs.
Copello Julieta. 48 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Corcorán Gisela D. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del niño Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Corones Rodrigo B. Médico de Guardias en el Hospital Municipal.
$ 5.304= por guardia activa de 24 hs.
Correa Juan Eduardo. Médico de guardias en Hospital Municipal. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Coria Ángel O. 35 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 7.541,25= mensuales.
Cuellar Ruth J. 30 hs semanales. Administrativa en Secretaría de Cultura. $ 7.541,25= mensuales.
Cuis Cassino Roberto J. Profesor de Educación Física en la localidad de Alsina. $ 2.987,37= mensuales.
Da Silva Silvia J. 44 hs semanales. Enfermera en Salas Periféricas.
$ 8.482,07= mensuales.
Deleglise Melina E. 35 hs semanales. Lic. en Trabajo Social en Hospital municipal. $ 8.039,88= mensuales.
Deleglise María Eugenia. 6 hs semanales. Odontóloga en Alsina. $ 7.590= mensuales.
Díaz Florencia R. 44 hs semanales. Administrativa en Dirección de Prevención de la Salud. $ 8.482,07= mensuales.
Domingo Stella Maris. 48 hs semanales. Servicio y maestranza.
$ 8.887,42= mensuales.
Dubarry Daubian Andrés. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo urbano por cámara. $ 8.887,42= mensuales.
Ejarque Silvio R. 36 hs semanales. Médico oncólogo. $ 5.060 mensuales.
Erpen Lucila. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal.
$ 17.614,29= mensuales.
Escudero Liaudat Jessica. 35 hs semanales. Administrativa en Oficina Municipal de Empleo – PIL Público. $ 8.039,88= mensuales.
Espinosa Diego. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8887,42= mensuales.
Espinosa Manuel Conrado. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Fateche Adriana F. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Jardín de Infantes “Las Campanillas”. $ 7.541,25= mensuales.
Felice Carlos Emilio. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Fernández Martín Gabriel. Médico de guardia y Servicio 107. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Fernández Cabot Agustina I. Médica de guardia y Servicio 107. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Figueroa Guido Daniel. 48 hs semanales. Obrero en el Cementerio Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Francchini Marcelo Darío. Médico en Atención Primaria de la Salud.
$ 8.773,28= y Atención en Hospital Municipal $ 11.941= mensuales mas
$ 5.304= por guardias activas de 24 hs cada una.
Gaitán Luis María. 48 hs semanales. Técnico radiólogo. $ 8.887,41= mensuales.
Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Médico en Hospital Municipal.
$ 9.859,86= mensuales y por guardias activas de 24 hs la suma de
$ 5.304= cada una.
Gancio Marcela Alejandra. 35 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 7.541,25= mensuales.
García Roberto Alejandro. Servicio de ecografías e informes de tomografías en Hospital Municipal. $ 12.650= mensuales.
García Viviana Marcela. 6 hs semanales. Obstetra en Dirección de Prevención de la Salud. $ 6.325= mensuales, mas reconocimiento de viáticos.
Garro Norma Telma. 44 hs semanales. Tareas en Departamento de Patrimonio. $ 9.824,32= mensuales.
Gérez Adolfo Eduardo. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Giannaday Paula Virginia. 30 hs semanales. Tareas en Dirección de Espacios Públicos. $ 7.541,25= mensuales.
Giménez Evelyn Dalila.48 hs semanales. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 8.482,07= mensuales.
Giménez Lidia Noemí. 44 hs semanales. Tareas en Dirección Atención Primaria de la Salud. $ 8.482,07= mensuales.
Gioia Florencia Natalia. 35 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal. $ 8.039,88= mensuales.
Giordano Camilo Horacio. Médico en la localidad de Alsina. $ 28.413,84= mensuales y por guardia activa de 24 hs la suma de $ 5.304= cada una.
Girotti María Estela. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Gómez Mauro Gastón. 48 hs semanales. Chofer 107 y Servicio Mantenimiento. $ 8.887,42= mensuales y $ 4.443,70= por guardias de servicio y reconocimiento de viáticos.
Gómez María Virginia. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal.
$ 17.614,29= mensuales.
González Marcela Karina. Médica de guardias pediátricas en Hospital Municipal. $ 5.730= por guardia activa de 24 hs.
Grigoni Giuliana. 35 hs semanales. Enfermera – Instrumentista de parto.
$ 7.541,25= mensuales.
Gutiérrez Ana Clara. 30 hs semanales. Notificadora en el Juzgado de Faltas Municipal. $ 7.541,25= mensuales.
Hebeisen Alberto Oscar. 35 hs semanales. Profesor de gimnasia. $ 7.541,25= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Hegi Silvina Vanesa. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara. $ 8.887,42= mensuales.
Hegi Yanel Noelia. 48 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Hegui Carlos Atilio. 44 hs semanales. Obrero en Cementerio Municipal.
$ 8.482,07= mensuales.
Hombrau Silvina Raquel. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Idiart María Fabiana. Kinesióloga- Fisiatra en Hospital Municipal.
$ 4.929,92= mensuales.
Ivancich Rodolfo Leonardo. Médico de guardias, consultorio y traslados de Pediatría. $ 11.896,76= mensuales y $ 5.730= por guardia activa de 24 hs.-
Jeandet Daiana Soledad. 18 hs semanales. Tareas en Dirección de Atención Primaria de la Salud. $ 7.959,38= mensuales.
Juárez Juan Ramón. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.887,42= mensuales.
Kuray David Lionel. 44 hs semanales. Tareas de técnico mecánico en Corralón Municipal. $ 10.526,53= mensuales.
Labriola Mariana Lorena. Obstetra en Hospital Municipal. $ 17.614,29= mensuales.
Lamas Daniela. 30 hs semanales. Administrativa en Delegación local de I.O.M.A. $ 4.700= mensuales.
Ledesma Claudia Graciela. 48 hs semanales. Inspector de transito.
$ 8.887,42= mensuales.
Ledesma Stella Maris. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Lenguitti Cecilia. 44 hs semanales. Psicóloga en Servicio local de Niñez y Adolescencia y en Hospital Municipal. $ 10.714,55= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Liaudat María Laura. 44 hs semanales. Tareas en Secretaría Privada.
$ 16.913,68= mensuales.
Lienhart Miguel Guillermo. 35 hs semanales. Asesoramiento técnico en Gestión Ambiental y Servicios Públicos. $ 16.913,68= mensuales y reconocimiento de viáticos.
López Griselda Isabel. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos Municipal. $ 8.482,07= mensuales.
López Karina Paola. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos Municipal. $ 8.482,07= mensuales.
López Rubén Emilio. 44 hs semanales. Tareas de mantenimiento en Alsina.
$ 10.994,75= mensuales.
Luna Cristina. 48 hs. semanales. Enfermera en Dirección de Atención Primaria de la Salud. $ 8.887,42= mensuales.
Luna Ismael Ezequiel. 44 hs. semanales. Obrero tareas generales. $ 8.482,07= mensuales.
Macherett María Soledad. 30 hs semanales. Administrativa en Secretaría de Desarrollo Social. $ 7.541,25= mensuales.
Maestre Cintia Romina. 35 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 7.541,25= mensuales.
Maffei Gilda. 48 hs semanales. Ginecóloga en Hospital Municipal.
$ 17.614,29= mensuales y $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Mangin Miguel Ángel. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Manguich Ileana Elvia. 35 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín de Infantes Municipal “Barrio Las Campanillas”. $ 10.695= mensuales.
Martig Daniela. Profesora de Educación Física. Escuela de handbol.
$ 3.766,93= mensuales.
Martín Viviana Elizabeth. Médica de guardia y Servicio 107. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Martínez Ángela Paola. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en el Hospital Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Martínez Graciela Liliana. Psiquiatra en Hospital Municipal. $ 12.032,07= mensuales y $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Martínez Juliana. 35 hs semanales. Administrativa en Oficina de empleo – PIL Público. $ 8.039,88= mensuales.
Martínez Stella Maris. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Mathenson Alejandro Guillermo. 44 hs semanales. Tareas en Cementerio Municipal. $ 11.941,03= mensuales.
Melchiori Nerina Andrea. 35 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal. $ 7.541,25= mensuales.
Méndez Arancibia Adrián Matías. Médico de guardias y Servicio 107.
$ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Mercado Noemí Margarita. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Michia Sergio Roberto. 48 hs semanales. Tipógrafo. $ 8.887,42= mensuales.
Molina Natalia. 35 hs semanales. Técnica en laboratorio de Hospital Municipal. $ 7.541,25= mensuales.
Montenegro María Alejandra. Médica de guardia del Servicio U.T.I.
$ 5.304= por guardia activa de 24 hs semanales.
Monzón María Clara. 18 hs semanales. Obstetra en Dirección de Atención Primaria de la Salud. $ 7.533,86= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Monzón Sandra Araceli. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Morales Fernando. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.482,07= mensuales.
Morales Ulises Emanuel. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Moreira Damián Alberto. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Moya Lucrecia Margarita. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Muñoz María Alejandra. 35 hs semanales. Administrativa en Direccion de Rentas. $ 7.541,25= mensaules.
Muñoz María Valeria. Bioquímica en el Hospital Municipal. $ 15.685,16= y $ 1.035= por guardias pasivas.
Muro Georgina Marlene. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Mussi Marina. Kinesióloga fisiátrica en Hospital Municipal. $ 4.929,92= mensuales.
Mussin Laura Fabiana. Médica de guardia y Servicio 107. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Muzzio José Gastón. 44 hs semanales. Tareas en Dirección de Obras Públicas y Privadas. $ 17.878,02= mensuales.
Nasif Néstor Antonio. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 10.755,28= mensuales.
Negré Néstor Ricardo. 48 hs semanales. Tareas en Honorable Concejo Deliberante. $ 10.755,28= mensuales.
Nieto Joaquín. Médico de guardias en la localidad de Alsina. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Nuccio Micaela. 48 hs semanales. Estadísticas y Plan Sumar en Hospital Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Oliva Cesar Damian. 44 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.482,07= mensuales.
Onoprijezuk Cristina Beatriz. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Ormaechea Gutiérrez Alberto. Médico en Dirección de atención Primaria de la Salud. $ 8.448,59= mensuales y por atención en Servicio de Pediatría en Hospital Municipal $ 11.896,76= mensuales, mas $ 5.730= por guardia activa de 24 hs cada una.
Ottina Marcos Nicolás. 35 hs semanales. Profesor de Educación Física.
$ 4.606,39= mensuales.
Paredes Ángel Guillermo. 44 hs semanales. Pañolero. $ 8.482,07= mensuales.
Paredes Noguera Silvia. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de ancianos Municipal. $ 8.482,07= mensuales.
Parzón Karina Andrea. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín de Infantes Municipal “Martha Salotti”. $ 10.695= mensuales.
Pellegrini Oscar Alfredo. 44 hs semanales. Tareas dependientes de la Dirección de Atención Primaria de la Salud. $ 11.682,24= mensuales, mas reconocimiento de viáticos en el caso de ser comisionado por el Municipio.
Pellegrino Sergio. Psiquiatra en Hospital Municipal. $ 12.032,07= mensuales.
Pelorosso Giuliano. 44 hs semanales. Modernización y Capacitación del Municipio. $ 12.106,05= mensuales.
Peralta Nelson Gregorio. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,420 mensuales.
Perea William Nazareno. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Pérez Agustín Alejandro. 44 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.482,07= mensuales.
Pérez Cintia Yanina. 44 hs semanales. Administrativa en Cementerio Municipal. $ 8.482,07= mensuales.
Perin Bistmans Luciano Omar. Médico de guardias y Servicio 107.
$ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Peris María Cecilia. 30 hs semanales. Oficina de Compras. $ 7.541,25= mensuales.
Philips Nicolás Douglas. 48 hs semanales. Operador de Radio Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Pilucki Marcela. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Pintado Horacio Daniel. 36 hs semanales. Urólogo en Hospital Municipal.
9.859,86= mensuales y por guardias activas de 24 hs cada una la suma de
$ 5.304=.
Puebla Julio Alejandro. 44 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.482,07= mensuales.
Reina Axel Gustavo. 44 hs semanales. Obrero en la localidad de Santa Coloma. $ 8.482,07= mensuales.
Rithner María Virginia. 30 hs semanales. Tareas en la Delegación local de IOMA. $ 4.700= mensuales.
Rodríguez Adriana Emilia. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 17.614,29= mensuales.
Rodríguez Federico Agustín. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Rodríguez Lucas Darío. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Rodríguez Virginia Micaela. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes Municipal “PTE. Irigoyen”. $ 10.695= mensuales.
Rojas Rocío Mariel. 44 hs semanales. Administrativa en Dirección Atención Primaria de la Salud. $ 8.482,07= mensuales.
Roldan Facundo Edgardo. 35 hs semanales. Licenciado en Trabajo Social. Departamento Conflictos Familiares. $ 10.714,55= mensuales.
Romero Juan Roberto. Escuela de Boxeo. $ 1.600= mensuales.
Romero José Luis. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.482,07= mensuales.
Romero Juan Domingo. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara. $ 8.482,07= mensuales.
Romero Marta Raquel. 48 hs semanales. Enfermera en Hogar de Ancianos Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Rosón Cecilia. 30 hs semanales. Administrativo en Secretaría de Desarrollo Social. $ 7.541,25= mensuales.
Rottela Natalia Gabriela. 35 hs semanales. Técnica en Minoridad y Familia. $ 7.541,25= mensuales.
Rowlands Cecilia Gisele. Servicio de Hemoterapia en Hospital Municipal. $ 8.720,07= mensuales y $ 4.174,50= mensuales.
Ruiz Emmanuel. 35 hs semanales. Profesor de Educación Física. $ 4.606,42= mensuales.
Ruiz Díaz Aldana. 35 hs semanales. Trabajadora Social en Hogar de Ancianos Municipal y guardias pasivas. $ 11.786= mensuales.
Salas Marta Raquel. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 8.887,42= mensaules.
Sánchez Facundo. Psiquiatra en Hospital Municipal. $ 12.106,86= mensaules y $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Santa cruz Adelaida Melina. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Santore Hugo Daniel. 48 hs semanales. Obrero tareas generales.
$ 8.887,42= mensuales.
Schachttel Juan Pedro. Médico traumatólogo en Hospital Municipal.
$ 8.448,59= mensuales y $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Scollo José L. 35 hs semanales. Tareas en Dirección de Cultura. $ 7.541,25= mensuales.
Seinturia Mónica Isabel. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño. $ 8.887,42= mensuales.
Sella Mónica Beatriz. 48 hs semanales. Enfermera en Hogar de Ancianos Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Sendros Nancy Noemí. 48 hs semanales. Enfermera Dirección de Atención Primaria de la Salud. $ 8.887,42= mensuales.
Serpi María Fernanda. 35 hs semanales. Oficinas de Rentas. $ 8.039,88= mensuales.
Serpi Jorge Luis. Escuela de canotaje. $ 3.766,93= mensuales.
Serpi María Mercedes. 2 hs semanales. Profesora Expresión Corporal en Jardín de Infantes Municipal “Barrio La Campanillas“. $ 1.437,50= mensuales.
Silva Andrea Virginia. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Secretaria de Desarrollo Social. $ 8.887,42= mensuales.
Silva Mariam. 48 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Simour Mario Cesar. 44 hs semanales. Mantenimiento y cuidador de Cementerio Indígena. $ 6.122,60= mensuales.
Solís Ricardo Antonio. 35 hs semanales. Museo Municipal. $ 6.991,08= mensuales.
Sosa Carlos Iván. 48 hs. Obrero tareas generales. $ 8.887,42= mensuales.
Sosa Sebastián. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara. $ 8.887,42= mensuales.
Sosa Juan Oscar. 48 hs semanales. Enfermero en Hospital Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Spina Francisco. 35 hs semanales. Coordinación en Secretaría de Desarrollo Social. $ 34.322,80= mensuales.
Talice Ernesto. 44 hs semanales. Tareas en Corralón Municipal. $ 10.526,53= mensuales.
Tettenborn Juan María. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara. $ 8.887,42= mensuales.
Torres Nilda Esther. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal.
$ 8.887,42= mensuales.
Trubbo Paulina. 35 hs semanales. Oficina de empleo – Pil Público.
$ 8.039,88= mensuales.
Ursi Florencia Geraldine. 30 hs semanales. Tareas en secretaría de Servicios Públicos. $ 7.541,25= mensuales.
Usandizaga Pablo Mariano. 30 hs semanales. Logística de eventos. $ 6.855,68= mensuales.
Valdez Adalberto Ismael. 44 hs semanales. Inspector de transito. $ 8.482,07= mensuales.
Van Loo Milagros. 48 hs semanales. Operador del Centro de monitoreo Urbano por Cámara. $ 8.887,42= mensuales.
Vega Natalia Gisela. Radiología en Hospital Municipal. $ 7.541,25= mensuales y guardias los fines de semana.
Vega Silvia Ester. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Desarrollo Social. $ 7.541,25= mensuales.
Velazquez María Isabel. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.482,07= mensuales.
Vera Jorge Osvaldo. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 8.887,42= mensuales.
Vera Natalia Valeria. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Comedor Municipal “Somos Chiquitos”. $ 7.541,25= mensuales.
Verdina Luis Manuel. 35 hs semanales. Dirección de Derechos Humanos.
$ 12.738,10= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Vergani María Victoria. 48 hs semanales. Enfermera en Hogar de Ancianos Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Vergara María Isabel. 30 hs semanales. Administrativa en Tesorería Municipal. $ 11.073,66= mensuales.
Viera Susana Noemí. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”. $ 7.541,25= mensuales.
Viera Fonseca Damián Nicolás. 48 hs semanales. Operador de Radio Municipal. $ 8.887,42= mensuales.
Viglietti Valeria Beatriz. 44 hs semanales. Implementación de Sistema Rafam en Dirección de Personal. $ 16.913,68= mensuales.
Vivas Lucila. Médica de guardias y servicio 107. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Wirth Carolina Elizabeth. Médica de guardias y Servicio 107. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Wüthrich María Leticia. 35 hs semanales. Coordinadora en el servicio Local de Niñez y Adolescencia. $ 11.657,55= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Wüthrich Pamela Soledad. Licenciada en Psicología en el Departamento de Niñez y Adolescencia y Departamento Conflictos Familiares. $ 10.714,55= mensuales.
Del 07/10/2016 al 31/10/2016:
Cornejo Juan Ernesto Marcos. Traumatólogo en Hospital Municipal. $ 5.304= por guardia activa de 24 hs cada una.
Del 11/10/2016 al 31/10/2016:
Camacho José David. 48 hs semanales. Enfermero en Hospital Municipal.
$ 887,42= mensuales.
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Decreto Nº 551 del 11 de octubre de 2016.
Adjudicando el Concurso de Precios Nº 3/2016, para la provisión de combustible, con destino a unidades de Servicios Públicos – Corralón Municipal para el mes de octubre de 2016, a la Empresa Costa Paraná S.C.A., por la suma total de pesos ciento setenta y cuatro mil novecientos
($ 174.900=).
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Decreto Nº 552 del 11 de octubre de 2016.
Adjudicando el Concurso de Precios Nº 34/2016 para la Provisión de combustible, con destino a unidades de Servicios Públicos – Corralón Municipal, para el mes de octubre de 2016, a la Empresa Costa Paraná S.C.A., por la suma de pesos ciento noventa y tres mil ($ 193.000=).
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Decreto Nº 553 del 11 de octubre de 2016.
Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de $ 4.000= al GAD – Grupo Amigo del Discapacitado, para solventar gastos de sonido con motivo de la realización de las XXII Olimpiadas GAD, a llevarse cabo en el Tiro Federal de nuestra ciudad el 21 de octubre de 2016.
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Decreto Nº 554 del 11 de octubre de 2016.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 3.315=, a la Escuela de Educación Especial Nº 502 “María Montessori”, para solventar gastos de traslado de alumnos y docentes a realizar viaje a la ciudad de San Pedro.
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Decreto Nº 555 del 12 de octubre de 2016.
Ampliando el Cálculo de recursos.
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Decreto Nº 556 del 12 de octubre de 2016.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 5.000= a la E.E.P. Nº 19 “Doña Paula Albarracín” – Paraje El Martillo, para la adquisición de electrodomésticos que se sortearan en el tradicional almuerzo a llevarse a cabo el 23 de octubre del corriente año.
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Decreto Nº 557del 12 de octubre de 2016.
Creando en la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Baradero el Área Mujer y Género, dependiente de la Dirección General de Políticas de Familia.
Designando a partir de la fecha del presente, a la Directora General de Políticas de Familia a la Psicóloga Guariniello Cecilia.
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Decreto Nº 558 del 13 de octubre de 2016.
Aceptando con fecha 30 de septiembre de 2016, la Renuncia presentada por el Agente Deleglise Cuecco Tomás, al cargo que ocupa dentro de la Planta de Personal Temporaria.
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Decreto Nº 559 del 13 de octubre de 2016.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 5.000= al JIRIMM Nº 8 – Paraje “La Paloma”- Partido de Baradero, para solventar gastos que demande el festejo con motivo del 10º Aniversario de la citada institución educativa.
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Decreto Nº 560 del 13 de octubre de 2016.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:
Del 13/10/2016 al 31/10/2016.
Silva Juan Bautista. 30 hs semanales. Tareas dependientes de la Dirección de Recursos Provinciales. $ 7.541,25= mensuales.
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Decreto Nº 561 del 13 de octubre de 2016.
Extendiendo el pago del anticipo jubilatorio por el término de tres (3) meses (octubre, noviembre y diciembre de 2016) a los ex Agentes Municipales que se citan:
Galiano Juana Leticia.
Olivera María Elvira.
Tobares Esteban Jorge.
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Decreto Nº 562 del 14 de octubre de 2016.
Dejando sin efecto la adjudicación efectuada por Decreto Nº 166 de fecha 1º de abril de 2016, por no adquisición del producto.
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Decreto Nº 563 del 14 de octubre de 2016.
Dejando sin efecto la adjudicación efectuada por Decreto Nº 180 de fecha 6 de abril de 2016 por la no adquisición del producto.
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Decreto Nº 564 del 14 de octubre de 2016.
Fijando a partir del 15 de octubre de 2016, la retribución por guardias que realizan los Agentes encargado del Servicio de Mantenimiento del Hospital Municipal, en la suma de pesos doscientos setenta y ocho
($ 278=).
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Decreto Nº 565 del 17 de octubre de 2016.
Contratando durante los meses de octubre a diciembre de 2016 inclusive, mediante locación de servicios, a la Licenciada en Trabajo Social, Pérez Vanina H., para cumplir funciones establecidas en el marco del Acta de Adhesión “Envión Educativo”, en la localidad de Alsina.
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Decreto Nº 566 del 17 de octubre de 2016.
Procediendo a liberar las deudas de la Cuenta Nº 20476, Contribuyente: Gilbert Silvia Lorena, correspondiente a la Tasa por alumbrado, barrido, limpieza y conservación de la vía pública. Periodos comprendidos entre las cuotas 6/87 a 2/2010 inclusive, y Pavimento y cordón cuneta Barrio Don Mario, período 1/2007.
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Decreto Nº 567 del 17 de octubre de 2016.
Contratando personal en tareas y períodos que se citan:
Del 17/10/2016 al 19/10/2016:
Morales Magali. Preceptora en el Jardín de Infantes Municipal Nº 2 “Gabriela Mistral” de Santa Coloma.
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Decreto Nº 568 del 18 de octubre de 2016.
Eximiendo por el año 2016 a la Sra. Montiel Norma, de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
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Decreto Nº 569 del 18 de octubre de 2016.
Procediendo a la acreditación en la Cuenta Nº 21725 de la Tasa por alumbrado, barrido, limpieza y conservación de la vía pública perteneciente a los contribuyentes Iaques Osvaldo Enrique y Bulgarella Hilda Noemí, importe abonado por error a la Cuenta Nº 20777.
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Decreto Nº 570 del 19 de octubre de 2016.
Adjudicando la Licitación Pública Nº 1/2016, para la Obra Construcción de Sala de Monitoreo dentro del Plan Integral de Seguridad de la Municipalidad de Baradero a la firma Peiro Flavio, con domicilio legal en la ciudad de San Pedro, por la suma de pesos un millón ochocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos diez ( $ 1.894.410=).
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Decreto Nº 571 del 19 de octubre de 2016.
Llamando a Licitación Pública Nº 2/2016, para la Obra Construcción del Gimnasio cubierto en el Polideportivo Municipal – 3era. Etapa (solado, cubierta, aberturas e instalación eléctrica), con un presupuesto oficial de pesos cinco millones ochocientos treinta y dos mil ochenta ($ 5.832.080=)
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Decreto Nº 572 del 19 de octubre de 2016.
Contratando personal en tareas y períodos que se citan:
Del 20/10/2016 al 31/10/2016:
Desimone Darío D. 48 hs semanales. Obrero en Dirección de Obras Sanitarias. $ 8.887,42= mensuales.
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Decreto Nº 573 del 20 de octubre de 2016.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 3.000=, a la Sra. Tobarez Zulma Noemí, para solventar gastos de servicios básicos y necesidades alimentarias y de medicamentos, de manera excepcional, atento que su esposo quien fuera Empleado Municipal ha fallecido y aun no percibió seguro de vida ni Pensión.
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Decreto Nº 574 del 20 de octubre de 2016.
Declarando incorporado al Patrimonio Municipal, la fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. II – Secc. B . Qta. 62 – Mza. 62ª – Parc. 18ª, de la ciudad de Baradero. Expediente Nº 4009-20-01928/16. Letra D.
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Decreto Nº 575 del 20 de octubre de 2016.
Designando desde el 1º de octubre de 2016 al 31 de diciembre de 2016 inclusive a los Agentes y Profesionales que se detallan, en el marco del convenio (Prórroga) entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Municipio – Programa de Equipos Comunitarios – Cobertura Universal de Salud:
Almada Natalia. 30 hs semanales. Trabajadora Social. $ 11.800= mensuales.
Amondaray Lidia Beatriz. 30 hs semanales. Licenciada en Enfermería.
$ 11.800= mensuales.
Bardo Alejandra Patricia. 15 hs semanales. Auxiliar de Enfermería.
$ 3.400= mensuales.
Bernardi Lorena. 15 hs semanales. Psicóloga. $ 5.900= mensuales.
Brizuela Julieta. 30 hs semanales. Agente sanitario. $ 6.400= mensuales.
Cámpora Silvina. 30 hs semanales. Técnico ambiental. $ 11.800= mensuales.
Da Rocha Lucrecia. 30 hs semanales. Trabajadora social. $ 11.800= mensuales.
Deleglise Melina. 30 hs semanales. Trabajadora social. $ 11.800= mensuales.
Demierre Margarita. 30 hs semanales. Nutricionista. $ 11.800= mensuales.
Díaz Nilda Zulma. 15 hs semanales. Auxiliar de enfermería. $ 3.400= mensuales.
Díaz Rocío. 30 hs semanales. Auxiliar de enfermería. $ 6.250= mensuales.
Fernández Romina. 30 hs semanales. Agente sanitario. $ 6.400= mensuales.
Gallesio María Laura. 30 hs semanales. $ 11.800= mensuales.
Gutiérrez Guillermo Carlos. 30 hs semanales. Odontólogo. $ 11.800= mensuales.
Jeandet Daiana. 30 hs semanales. Psicóloga. $ 11.800= mensuales.
López Milagros. 30 hs semanales. Trabajadora social. $ 11.800= mensuales.
Loriente Sofía. 30 hs semanales. Psicóloga. $ 11.800= mensuales.
Morh Claudia. 30 hs semanales. Trabajadora Social. $ 11.800= mensuales.
Olivera Stella Maris. 15 hs semanales. Auxiliar de enfermería. $ 3.400= mensuales.
Tralongo Marcela. 30 hs semanales. Trabajadora social. $ 11.800= mensuales.
Wüthrich Leticia. 30 hs semanales. Agente sanitario. $ 6.400= mensuales.
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Decreto Nº 576 del 21 de octubre de 2016.
Otorgando subsidios no reintegrables por la suma de pesos cinco mil
($ 5.000=) a cada una de las entidades educativas y deportivas que se citan, y que habrán de participar con murgas y murguitas en la “Fiesta de la Primavera 2016”:
Escuela de Educación Secundaria Técnica Nº 1 “Batalla de la Vuelta de Obligado”.
Instituto San José.
Instituto Santiago Ferrari.
Escuela de Educación Secundaria Nº 3 “Juan Berisso”.
Escuela Normal Superior Marcos Sastre – Escuela de Educación Media Nº 4.
Escuela Primaria Básica Nº 3 – E.P. “Sarmiento”
Escuela Primaria Nº 4 “José Cecilio del Valle”
Escuela de Educación Primaria Nº 16 “Josefa J. de Zabaleta”.
Escuela Primaria Nº 26.
Escuela Primaria Nº 28 “Marcos Sastre”.
Escuela de Educación Especial Nº 502 “María Montessori”.
Instituto de Educación Especial APAND (DIPPREGEP 1879)
Centro Educativo Complementario Nº 801 “El Puente”.
Centro de Educación Física Nº 39.
Asociación de Padres y Amigos del Jardín de Infantes Municipal “PTE. Irigoyen”.
Asociación de Padres Jardín de Infantes Municipal “Jardilandia”- Ireneo Portela.
Asociación de Padres “Amigos del Jardín” – Jardín de infantes Municipal Nº 2 – Santa Coloma.
Unión de Padres Jardín de Infantes Municipal Nº 6 “Las Campanillas”.
Asociación Civil Amigos en Positivo del Hogar del Niño Juan XXIII.
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Decreto Nº 577 del 24 de octubre de 2016.
Eximiendo por el año 2016 al Sr. Vera Pablo Domingo, de las Tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
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Decreto Nº 578 del 24 de octubre de 2016.
Modificando el Presupuesto 2016.
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Decreto Nº 579 del 24 de octubre de 2016.
Modificando el Presupuesto 2016.
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Decreto Nº 580 del 25 de octubre de 2016.
Llamando a Concurso de Precios Nº 35/2016, para la provisión de combustible, con destino a unidades de Servicios Públicos –Corralón Municipal, para el mes de noviembre del corriente año. Presupuesto oficial pesos doscientos veinte mil ($ 220.000=).
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Decreto Nº 581 del 25 de octubre de 2016.
Llamando a Concurso de Precios Nº 36/2016, para la provisión de combustible con destino a unidades de Servicios Públicos – Corralón Municipal para el mes de noviembre de 2016. Presupuesto oficial: pesos doscientos treinta mil ($ 230.000=).
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Decreto Nº 582 del 25 de octubre de 2016.
Contratando personal y período y tareas que se citan:
Del 25/10/2016 al 01/11/2016:
Spinetta Maria Noemi. Preceptora en Jardin de Infantes Municipal “Barrio Las Campanillas”, por licencia de su titular.
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Decreto Nº 583 del 26 de octubre de 2016.
Ampliando y modificando el Presupuesto 2016.
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Decreto Nº 584 del 27 de octubre de 2016.
Declarando incorporado al Patrimonio Municipal, fracciones de terreno denominada catastralmente: Circ. II – Secc. A – Qta. 15 – Mza. 15d y 15 h – Parcelas 6 y 5, respectivamente de Baradero. Expediente Nº 4009-20-02010/16. Letra “C”.
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Decreto Nº 585 del 27 de octubre de 2016.
Eximiendo por el año 2016 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan los inmuebles, propiedad de la Asociación de bomberos Voluntarios de Baradero.
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Decreto Nº 586 del 28 de octubre de 2016.
Prorrogando hasta el día 30 de noviembre de 2016 los beneficios contenidos en la Ordenanza Nº 4873 – Régimen de Presentación Espontánea para contribuyentes de la ciudad de Baradero que pretendan regularizar sus obligaciones tributarias con le Municipio.
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Decreto Nº 587 del 31 de octubre de 2016.
Eximiendo por el año 2016 a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Baradero – Destacamento de Alsina, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios, que gravan el inmueble de su propiedad.
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RESOLUCIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
Resolución Nº 204 del 3 de octubre de 2016.
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja:
Cuenta 1262 – Tasa por inspección de seguridad e higiene. Prescripción periodos 9/93 al 6/96 inclusive.
Titular: Cooperativa Agrícola de Productores Ltda. Baradero.
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Resolución Nº 205 del 3de octubre de 2016.
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja: Cuenta 1384 – Tasa por inspección de seguridad e higiene. Períodos: 09/93 al 06/93 inclusive. Titular: Cooperativa Agrícola de Productores Ltda. Baradero.
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Resolución Nº 206 del 3 de octubre de 2016
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja: Cuenta 1385 – Tasa por inspección de seguridad e higiene. Prescripción períodos 09/93 al 06/96 inclusive.
Titular: Cooperativa agrícola de productores Ltda. Baradero.
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Resolución Nº 207 del 3 de octubre de 2016.
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja: Cuenta 1587 – Tasa por inspección de seguridad e higiene. Prescripción períodos 09/93 al 06/96 inclusive. Titular: Cooperativa Agrícola de Productores Ltda. – Baradero.
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Resolución Nº 208 del 6 de octubre de 2016.
Disponiendo el pago de una bonificación remunerativa extralaboral, por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2016, para la Agente Jerez Karina, por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2016.
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Resolución Nº 209 del 6 de octubre de 2016.
Procediendo por la Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja: Cuenta 152636-0 – Patentes de Rodados Menores. Prescripción períodos 2002 al 2008 inclusive. Titular: Medail Aurelio Ismael.
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Resolución Nº 210 del 11 de octubre de 2016.
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja:
Cuentas 153035-0 – Patentes de Rodados menores. Dominio 923-AVD. Zanella RX 125. 1993. Prescripción: 1996 al 2008 inclusive.
150174-0 – Patentes de Rodados Menores.
Dominio 063-BCB – Zanella Due Atomix- 1993. Prescripción periodos 2004 al 208-08 inclusive.
151220-0 – Patentes de rodados menores. Ident: Dominio: 445 – AAE – Marca; Modelo: Zanella DUE GL – Año 1989. Prescripción períodos 1993 al 2008 inclusive.
150887 -0- Patentes de rodados menores. Ident: Dominio 002-BVZ – Marca Modelo: Zanella Moto Sol TOP 70 – Año: 1997. Prescripción periodos 2005 al 2008 inclusive.
Titular: Ferraiuolo Oscar Julio Cesar.
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Resolución Nº 211 del 13 de octubre de 2016.
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja: Cuenta 8156 – Tasa por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios. Prescripción períodos 01/08 al 12/10 inclusive. Titular del inmueble: Juárez Juan Carlos.
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Resolución Nº 212 del 18 de octubre de 2016.
Declarando de Interés Municipal, el Acto en conmemoración al Día Nacional del Derecho a la Identidad, a llevarse a cabo el día 24 de octubre de 2016 en el H.C.D.
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Resolución Nº 213 del 18 de octubre de 2016.
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja: Cuenta 5384 – Obra Pavimento (40 cuadras) Titular de inmueble: Mateos de Sánchez Ilda Rosa.
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Resolución Nº 214 del 19 de octubre de 2016.
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja: Cuenta 10349 – Obra Pavimento Alsina. Titular del inmueble: Carballo Irma Graciela.
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Resolución Nº 215 del 19 de octubre de 2016.
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción a dar de baja: Cuenta 22056 – Tasa por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios. Prescripción Períodos 11/04 al 12/05 y del 01/08 al 12/10 inclusive. Titular del inmueble: Municipalidad de Baradero (Plan Familia Propietaria) Adjudicataria: Ríos Valeria Natalia.
Resolución Nº 216 del 20 de octubre de 2016.
Procediendo por Contaduría Municipal, por prescripción, a dar de baja Cuenta por Derechos de Publicidad y Propaganda. Titular: Raúl Eijo Propaganda S.A.I.C.
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Resolución Nº 217 del 24 de octubre de 2016.
Declarando de Interés Municipal la “Tercera Jornada Nacional de Asesoramiento Gratuito”, que ese realizará el sábado 12 de noviembre en todo el Territorio Argentino, impulsado por el Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA).
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Resolución Nº 218 del 25 de octubre de 2016.
Tomando a cargo del Municipio, los gastos de traslado de docentes que realizará la Evaluación de la capacitación en el marco del Curso de Velación 2017 “FORMACION PARA LA VIDA UNIVERSITARIA” de la UNSADA y al Centro Universitario de San Antonio de Areco.
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Resolución Nº 219 del 26 de octubre de 2016.
Tomando a cargo del Municipio, gastos que ocasionen por la compra de una Placa recordatoria que se obsequiará al JIRIMM Nº 8 – Paraje La Paloma, en su 10º Aniversario de Fundación.
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Resolución Nº 220 del 30 de octubre de 2016.
Ampliando el objeto de la sustanciación del Sumario Administrativo ordenado por Resolución Nº 163/2016, a los fines de determinar la responsabilidad del Agente Municipal Sr. Chapuis Juan Osvaldo.
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Resolución Nº 221 del 31 de octubre de 2016.
Tomando a cargo del Municipio, los gastos que ocasionen por Servicio de Restaurante, que se ofrecerá a funcionarios del Ministerio de Turismo de la Nación, Subsecretaría de Turismo de la Pcia. Bs. As, quienes realizarán relevamiento del Tramo 1 de la Hidrovía Paraná – Paraguay.-
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Resolución Nº 222 del 31 de octubre de 2016.
Autorizando excepcionalmente el descuento en los haberes del Personal, de los importes que el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Baradero (S.O.E.M.B.) comprometidos por los Agentes con el Sindicato y consentido por los mismos.
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