
Los concejales Morales y Grecco, del Frente Renovador, ingresaron ayer un proyecto de ordenanza para la creación de una oficina de atención de la obra social Incluir Salud, ex PROFE, que asiste a las personas con certificado de discapacidad nacional. Baradero cuenta hoy con más de 600 afiliados que deben trasladarse a San Pedro para acceder a las credenciales o realizar tramites.
V I S T O:
El estado alarmante y/o demandante de lo que hoy día es en Baradero el Plan Federal Incluir Salud (Ex PROFE). Y:
CONSIDERANDO
Que para hacer una comprensión clara y precisa con “Incluir Salud” (EX PROFE) cabe informar a todo el cuerpo legislativo del HCD de Baradero, sobre el Programa Federal Incluir Salud, mencionado programa es de lineamiento nacional, que busca el fortalecimiento de la atención sanitaria de los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires en el servicio público de salud.
Que, Incluir Salud está dirigido a titulares de Pensiones Nacionales No Contributivas (PNC), que no cuenten con asistencia de servicios de salud tales como obras sociales, y que voluntariamente se conviertan en afiliados al programa.
Que, a lo que hacemos hincapié es al principal fortalecimiento de Incluir Salud, no se concretará mediante la transmisión directa de recursos económicos, sino más bien a través de la entrega directa a los beneficiarios (cumpliendo los circuitos para ello dispuestos) de medicamentos de alto y bajo costo, pañales, insumos (prótesis) y servicios como radioterapias, internaciones domiciliarias, soporte nutricional y oxigenoterapia domiciliaria, entre otros.
Que, ampliando la información brindada aquí a este honorable cuerpo legislativo, procedemos a resaltar por la presente ordenanza, el padrón de afiliados se encuentra compuesto por un 75% de beneficiarios perceptores de pensiones por discapacidad, se libera al estado provincial de dicho gasto en salud, afrontándose a través del ya mencionado Programa.
Que, cabe mencionar para estar en eje de lo aquí plasmado; Las pensiones no contributivas (PNC) integran el universo de asistencia que ofrece el Estado a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), desde la cual se dispone de un monto mensual destinado a cuatro grupos considerados “vulnerables o especiales”, según lo explica el propio sitio web de la Presidencia de la Nación, que no tengan acceso a otros beneficios otorgados de manera oficial.
Que, la manera en la que desarrollan sus vidas los beneficiarios puntualmente en el plano local (BARADERO) de este programa de salud es absolutamente ausente.
Que, recopilamos casos de beneficiarios con escases de recursos, y comprobamos lo dificultoso que se torna el ir y venir por un mínimo error en solicitud de trámites, sea cual este fuere.
Que, nos incomoda e interpela, el dejar todo como continua. Sin asistencia, con un sistema local Deplorable, y con falta de empatía para con los hoy día no escuchados por responsables del reiterado programa de salud.
Que, hemos hecho desde este bloque de concejales un relevamiento, totalmente meticuloso, tan necesario que nos lleva a interpelarnos nosotros mismos como autoridades políticas y sobre todo como vecinos baraderenses.
Que, lo que a continuación se presenta, no carece de prueba alguna, por el contrario, respalda aquí un portal web oficial e importantes autoridades en torno al programa reconocido ya caducado en su nombre como “EX PROFE” al día de la fecha PLAN FEDERAL INLCUIR SALUD.
Que, con el pasar de los gobiernos en el ejercicio del poder, no ha habido preocupación, intención y atención en que en nuestra Ciudad no contamos con un espacio físico equipado con las herramientas que se requiera; llámese, oficina, ventanilla para atención al público para facilitar tramites que le compete con personal idóneo, etc. En este caso a los beneficiarios al cual estamos refiriendo.
Que, detallaremos cuales son los distritos de la Región Sanitaria IV ,que cuentan con espacio físico, ya sea para comunicar, resolver y gestionar trámites de quienes gozan de esta cobertura de salud: Pergamino, Arrecifes, Carmen de Areco, Ramallo, Salto, Colón, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Nicolás, San Pedro, Rojas, Capitán Sarmiento, Capilla del Señor.
Que, estos mencionados distritos pertenecientes a la provincia de Buenos Aires tienen sus sedes de atención al público en hospitales de cada localidad. Comprobando que es de fácil acceso para los beneficiarios.
Que, cabe hacer mención que aquellos vecinos y vecinas de nuestra Ciudad que perciben por el solo hecho de poseer la presente pensión (PNC) , al día de la fecha deben tomar el ya comprobado por este bloque, agotador y desesperante camino burocrático, además distante que es la sede del programa en la vecina Ciudad de San Pedro, Provincia de Bs.As.
Que, traemos aquí las preguntas que como representantes de los y las baraderenses nos hicimos; ¿Por qué no tenemos una oficina en Baradero, con atención a reclamos y gestiones? ¿Por qué ya con desbordada demanda que conlleva este plan, (cobertura) de salud en Baradero, no tenemos alguien que atienda los reclamos cada día, como si, sucede en nuestros alrededores?
Que, hay un espacio vacío por el cual debemos luchar e impulsamos desde nuestro lugar la iniciativa de dar una rápida y afectiva solución al problema.
Que, nuestro llamado de atención se hizo oportunamente en el año 2014, con un proyecto de comunicación con número de Expediente “B” 10-0669/14. El cual adjuntamos aquí. Para que se considere nuestra preocupación en el tema que retomamos en esta presente Ordenanza.
Que, no nos cabe duda que este vacío que hoy refiere a un servicio de accesibilidad y atención necesaria será un gran logro para nuestra querida Ciudad, por ello no debemos dejar correr más el tiempo y darle el inicio de gestión de manera urgente a la solicitud de tantos y tantas, una vez ya aprobado este proyecto.
Por todo lo expuesto el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
Art 1°: Aplíquese y articúlese políticas de salud que promuevan el bienestar del vecino o vecina baraderense para facilitarle así los derechos que estos poseen en esta oportunidad al ser únicos y directos beneficiarios de una cobertura médica, (Plan Federal Incluir Salud) por el cual no se brinda atención administrativa alguna en Baradero , Provincia de Buenos Aires.
Art 2°: Gestiónese con absoluta voluntad de los funcionarios administrando los recursos con los que cuenta el DEM, poniendo énfasis en la importancia y alivio de los beneficiarios, lo que detallaremos en los siguientes articulados en esta ordenanza.
Art 3°: Créase, habiendo hecho las gestiones necesarias por el Área que el DEM designe; un espacio físico de atención al público dentro del hospital municipal Lino Piñeiro. El mismo con fijación de horarios para las y los beneficiarios del Plan Federal Incluir Salud (Ex PROFE). Dotando a quienes estarán a cargo de la atención al público las herramientas necesarias para desempeñar con éxito la misión correspondida, Como así lo poseen los ya mencionados distritos vecinos que nos rodean.
Art 4°: Designé y confórmese personal con idoneidad para la atención, que esta oficina requerirá teniendo conocimiento en el materia, como a su vez rapidez tecnológica para la manipulación de computadoras, servicios de línea web, etc.
Art 5°: Tómese rápido tratamiento, acudiendo a las medidas necesarias referidas al accionar del ejecutivo para no estancar esta ordenanza con el pasar del tiempo, una vez ya aprobada por este Honorable cuerpo legislativo.
Art 6°: Agótese las gestiones hasta últimas instancias, ya sea a través del Ministerio de la provincia de Bs.as y/o cual fuere. Haciendo el mayor de los esfuerzos de quienes conducen el Área de Atención Primaria a la Salud, como a su vez la injerencia, participación del mismísimo ejecutivo municipal en bregar por la instalación de este espacio físico tan solicitado.
Juan Domingo Morales Mariela Greco
Concejal Pte. De Bloque. Concejal
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