Si bien ya existe una Ley Provincial que esta vigente, por medio de una ordenanza se prohíbe en la localidad de San Pedro, a partir del 1 de enero del 2015, la utilización de la bolsas de materiales no biodegradables en los comercios. Como la mayoria de las leyes u ordenanzas se pueden hacer efectivas siempre y cuando funcionen correctamente los controles y la tarea de concientización en la comunidad.
La Ordenanza Nº 6.102, fue sancionada por el Concejo Deliberante en la última sesión, la medida comprende al transporte de la mercadería adquirida por los clientes, cualquiera fuera la actividad comercial, industrial o de servicios que se preste.
De acuerdo a lo determinado por los concejales, los organismos de control serán la Dirección de Bromatología y la Subsecretaría de Protección Ciudadana.
En estos meses previos a la implementación, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá implementar campañas de difusión y educación, para propender a la toma de conciencia acerca de los efectos nocivos que provoca en el ambiente el uso indiscriminado e irresponsable de materiales no biodegradables.
Además, tendrá que emitir la publicidad necesaria para recordar a los comerciantes, industriales, prestadores de servicios y a toda la comunidad en general, la fecha de comienzo de aplicación de la Ordenanza.
Para quienes no cumplan con la norma, se prevén sanciones que implican multas que van de hasta 50 Unidades de Valor hasta la clausura preventiva del local. Según se establece, 1 Unidad de Valor corresponde a 1 litro de nafta súper de mayor octanaje.
Los concejales argumentan que “el cuidado del medio ambiente requiere de un cambio cultural o el regreso a costumbres dejadas en desuso y de pequeñas medidas que ayuden a enfrentar las problemáticas que el hombre genera”.
Notisanpedro.info
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