AÑO XVI – NUMERO XII                           

            HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                              O R D E N A N Z AS

 Ordenanza Nº 4588 del 1º de diciembre de 2011 y promulgada el 6 de diciembre de 2011.

       Visto el articulo 41 de la ley orgánica Municipal y el articulo 24 de la leu provincial Nº 13.757 y;

   Considerando que el articulo 24 de la ley 13757 indica que le corresponde al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires determinar políticas de fortalecimiento de la economía social, de la familia y de las organización sociales, y en especial, la protección de las personas discapacitadas, la igualdad de la mujer, el acceso a la vivienda digna, el empleo, el bienestar de la población de la Provincia de Buenos Aires, y en general, el pleno desarrollo humano, incentivando la acción solidaria. Asimismo, responsabiliza a ese Ministerio en el diseño, instrumentación, ejecución y control de la política general de la niñez y la juventud, la promoción y protección de sus derechos.

   Que la norma mencionada manifiesta que le corresponde especialmente a ese Ministerio proponer e implementar, en coordinación con los gobiernos municipales, las acciones tendientes a promover programas que fortalezcan la inclusión social, adaptando las modalidades de acción a las diversas realidades locales de la Provincia de Buenos Aires (Inc. 5), elaborar planes y programas relacionados con la niñez, la adolescencia, la juventud y la tercera edad (Inc. 6) y elaborar planes y programas que atienden especialmente a la población con discapacidad y promover líneas de acción que apoyen la igualdad de oportunidades, especialmente en el caso de las mujeres (Inc. 7).

    Que el artículo 41 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires dispone que, corresponde al Concejo Deliberante autorizar, entre otros, al Poder Ejecutivo la suscripción de convenios.

    Que en atención a las funciones mencionadas se ha autorizado en sendas oportunidades al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con ese Ministerio en el marco de los distintos programas que desde esa cartera  Ministerial se promueven.

   Que la autorización que se exige por el artículo 41 de la ley orgánica Municipal es requisito esencial para gestionar el pago de subsidios o subvenciones que a partir de la aprobación de los convenios se generan.

    Que las problemáticas a abordar a través de los convenios que se celebran exigen la mayor celeridad de la administración.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

     Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                              ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al departamento Ejecutivo Municipal a concretar y / o celebrar con el Ministerio de Desarrollo de la Provincia de Buenos Aires, convenios, actas, convenios de cooperación, addendas y / o actas de adhesión vinculados con becas y subsidios y las sucesivas renovaciones de los mismos  en el marco de los distintos Programas y Subprogramas ejecutados desde esa Jurisdicción.

Artículo 2º: Facultase al departamento Ejecutivo a realizar todos los hechos, actos jurídicos y administrativos necesarios para el cumplimiento del objeto de lo normado en el artículo 1º.

Artículo 3º: Convalidase todos los convenios, actas convenios, convenios de cooperación, adendas y / o actas de adhesión que se hayan suscripto con el Ministerio de Desarrollo social de la Provincia de Buenos Aires con fecha anterior a la sanción de la presente.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 1º de diciembre de 2011.

FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 6 de diciembre de 2011.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza Nº 4589 del 1º de diciembre de 2011 y promulgada el 6 de diciembre de 2011.

            Vistas las actuaciones que corren por expediente “C” 4009-20-0492/11, mediante el cual el Club de Regatas Baradero, solicita la eximición del pago de los Derechos de Construcción de la obra del club, con destino a la construcción de Galpón – Gimnasio y;

     Considerando que la institución cuenta con un plantel de deportistas en diferentes disciplinas, tales como: canotaje, natación y básquet, compitiendo activamente y con importantes logros a nivel nacional.

     Que es el único club que cuenta con un natatorio climatizado, prestando un gran valor a la sociedad baraderense.

    Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                 ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase del pago de los Derechos de Construcción y Reposición de fojas, al Club de Regatas Baradero, correspondiente a la documentación obrante en expediente “C” 4009-20-04092/11.

Articulo 2º: Regístrese, publíquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero en sesión extraordinaria de fecha 1º de diciembre de 2011.

FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 6 de diciembre de 2011.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4590 del 1º de diciembre de 2011 y promulgada el 6 de diciembre de 2011.

              Vistas las actuaciones que corren por expediente “F” 4009-20-011293/08, mediante las cuales la Sra. María Cristina Fitzsimons solicita eximición de la Tasas por Inspección de seguridad e Higiene de un kiosco sito en Lavalle 237, y

       Considerando que aun persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza Nº 4290/10.

     Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                          ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase a la Sra. María Cristina Fitzsimons por el ejercicio 201 de la Tasa por limpieza de seguridad e higiene del comercio sito en Lavalle 237 de nuestra ciudad.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión extraordinaria del día 1 de diciembre de 2011.

FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 6 de diciembre de 2011.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal  y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4591 del 1º de diciembre de 2011 y promulgada el 6 de diciembre de 2011.

           Vistas las actuaciones que corren por expediente “I” 4009-20-01128/10, mediante el cual el Instituto San José ubicado en calle Anchorena 707, de la tasa por servicios sanitarios.

      Atento que la institución está inscripta como entidad de bien público, con personería jurídica al 1º de junio de 1931/45/931; sin fines de lucro.

     Que aun persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza Nº 4364/2010.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades.

   Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                     ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase por el ejercicio 2011 al Instituto Hermanas Pobres Bonaerenses de “San José” ubicado en calle Anchorena 77 de la Tasa por Servicios Sanitarios, Art. 4 ítem C.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión extraordinaria del día 1 de diciembre de 2011.

FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 6 de diciembre de 2011.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4592 del 1º de diciembre de 2011 y promulgada el 6 de diciembre de 2011.

          Visto la solicitud interpuesta por el Sr. Hugo E. Roselló, en actuaciones que corren por expediente R Nº 4009-20-010370/08.

    Atento al resultado del estudio socio económico del presente expediente y certificados de discapacidad obrante a fojas 7 al 10; ley 10.592 (discapacidad).

   Considerando que aun persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza 1808.

   Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones  conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

   Por ello tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                             ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase por el ejercicio 2011 al Sr. Hugo E. Rosello del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en Circ. II, Sec. A, Qta. 16, Mza. 16 b, Parcela 6 de esta ciudad.

     La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero en sesión extraordinaria a los 01 días del mes de diciembre de 2011.

FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 6 de diciembre de 2011.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4593 del 27 de diciembre de 2011 y promulgada el 30 de diciembre de 2011.

       Visto el expediente Nº 4009-20-04017/11 letra S, mediante el cual el Departamento Ejecutivo eleva el Proyecto de Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos para el ejercicio 2012 y,

    Considerando que el mismo fue elaborado en un todo de acuerdo con lo estipulado por el articulo 31 de la leu orgánica de las Municipalidades, y lo establecido en el articulado del capitulo II (sistema de presupuesto) del Decreto 2980/00 de la Provincia de Buenos Aires.

    El Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

                                            ORDENANZA

CAPITULO 1: De la Aprobación del Presupuesto y Monto:

Artículo 1º: Apruébase la Programación de los recursos y el Presupuesto Analítico de gastos de la Municipalidad de Baradero, correspondiente al ejercicio del año 2012, de conformidad a los alcances del decreto provincial 2.980/00.

Artículo 2º: Estimase en la suma de pesos ciento cuarenta y siete millones cuatrocientos sesenta mil trescientos con veintinueve centavos ($ 147.460.360,29=) el Cálculo de Recursos Corrientes y de Capital destinado a atender las erogaciones a que se refiere el Artículo 4º: de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:

Concepto                                                                        Importe

Ingresos Corrientes                                       $ 138.107.804,85=

Ingresos de Capital                                       $ 2.842.833,50=

Fuentes Financieras                                      $ 6.509.721,94=

TOTAL                                                        $ 147.460.360,29=

 

CAPITULO 2.- De la Aprobación de las Clasificaciones y Estimaciones.

 

Artículo 3: Apruébase la clasificación institucional de los recursos por rubros, por procedencia y por la naturaleza económica de los mismos, de acuerdo al detalle efectuado en los formularios que acompañan y forman parte del calculo de recursos del año 2012.

Articulo 4º: Estimase en la suma de pesos ciento cuarenta y siete millones cuatrocientos sesenta mil trescientos sesenta con veintinueve centavos ($ 147.460.360,29=) el total de erogaciones corrientes, de capital y aplicaciones financieras, del presupuesto general de la Municipalidad de Baradero para el ejercicio 2012, de acuerdo con la siguiente clasificación:

 

CLASIFICACION                                                   Importe

Gastos Corrientes                                                      $ 85.277.790,69=

Gastos de Capital                                                       $ 58.654.638,98=

Aplicaciones Financieras                                           $ 3.527.930,62=

TOTAL                                                                      $ 147.460.360,29=

Artículo 5º: Apruébase la Clasificación institucional de los gastos por categorías programáticas, por objeto hasta el nivel de inciso en carácter limitativos y de partida principal en carácter indicativos, por finalidades y funciones, por fuente de financiamiento y por la naturaleza económica de los mismos, de acuerdo al detalle efectuado en los formularios 6, 7, 9, 10 y 11 que se anexan.

Articulo 6º: Apruébase la planilla “Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento” que forma parte de la presente ordenanza.

CAPITULO 3. Del Cierre de los Ejercicios Fiscales.

Artículo 7º: Los saldos que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas de RECURSOS CON AFECTACION ESPECIAL, serán transferidos al ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos de acuerdo a lo establecido en el Art. 119 – último párrafo – de la ley orgánica Municipal.

Correlativamente se aplicará el Presupuesto de gastos, reforzando crédito de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos; en ambos casos se respetará el destino a que se deben ser aplicados los fondos en cuestión.

La incorporación de los saldos afectados al Cálculo de Recursos y de nuevos conceptos al Presupuesto de Gastos, se efectuará conforme al nomenclador vigente.

Artículo 8º: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones de partidas presupuestarias que resulten necesarias, en un todo de acuerdo con lo establecido por el artículo 119 de la ley orgánica de las Municipalidades.

Artículo 9º: Apruébase la apertura de los créditos fijados por la presente ordenanza, de acuerdo con los anexos que forman parte de la misma, a nivel de partida principal y en las categorías de programas: Actividad Central, actividad especifica, proyectos, programas y partidas no asignables a programas.

Articulo 10º:  Autorizase al Departamento Ejecutivo a distribuir los créditos referidos en el articulo anterior, hasta el nivel de desagregación que se estime pertinente, según los clasificadores presupuestarios vigentes por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la ley orgánica de las Municipalidades ).

Artículo 11º: El Departamento Ejecutivo podrá disponer la utilización transitoria de fondos para efectuar compromisos y pagos de gastos, para proveer a momentáneas deficiencias de caja provocadas por la falta de coincidencia d los ingresos con los gastos o por falta o retraso de los ingresos ordinarios calculados, de conformidad o lo establecido por los Art. 67º y 68º del Decreto Provincial 2980 (Reglamentario de la ley orgánica de las Municipalidades)

Artículo 12º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a hacer uso transitorio de recursos del municipio con afectación especifica, cuando ello fuese necesario para hacer frente a apremios financieros circunstanciales, sin que su uso transitorio signifique cambios de financiación ni de destino de estos recursos, debiendo normalizarse su afectación en los términos del Art. 69º del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley orgánica de las Municipalidades).

Artículo 13º: Las subjurisdicciones que excedan los límites fijados por el Departamento Ejecutivo de Programación de cuota presupuestaria, solo podrán compensar tales excesos, con ahorros que en el mismo periodo se registren en otras partidas o en partidas de otras subjurisdicciones.

Verificados los ahorros mencionados, el Departamento Ejecutivo, previa intervención de la Secretaría de Hacienda, con la conformidad del área de presupuesto, podrá dictar la respectiva norma de excepción.

El Departamento Ejecutivo procederá ala reestructuración programática que considere pertinente por caducidad de programas o imposibilidad de realización.

Artículo 14º: Autorizase la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios detalladas en la planilla anexa Nº 9, cuyo plazo de ejecución exceda el ejercicio financiero del año 2012.

Artículo 15º: COMPENSACION DE EXCESOS Y ECONOMIAS: Facultase al Departamento Ejecutivo a compensar excesos de partidas en las condiciones que, para las transferencias de créditos y creaciones de partidas prevé la presente ordenanza.

Artículo 16º: COMUNICACIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE: Dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de su sanción, el departamento Ejecutivo deberá remitir al Honorable Concejo Deliberante copia del Decreto que se dicte en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos precedentes.

CAPITULO 4: DE LA PLANTA DE TRABAJADORES

Artículo 17º: Fijase en 550 (quinientos cincuenta) el número total de cargos de la Planta Permanente y en 214 (doscientos catorce) el numero total de cargos de la Planta Temporaria del Municipio de Baradero con destino a cada jurisdicción de acuerdo a la siguiente distribución (Se anexa Planilla de dispersión).

Jurisdicción                                 Permanentes                                  Temporarios

Departamento ejecutivo              532                                                      213

H. Concejo Deliberante                 18                                                           1

TOTAL                                       550                                                       214

 

Artículo 18º: Fijase en la suma de pesos dos mil ochocientos noventa y ocho ($ 2.898=) el sueldo básico para los Agentes Municipales mayores de dieciocho (18) años de edad que cumplen horario normal completo en la administración municipal, para el año 2012.

Entiéndese por horario normal completo en la Administración Municipal a la jornada de seis (6) horas de labor, de lunes a viernes, salvo las que correspondan a la modalidad especial de la prestación.

Artículo 19º: Fijase en la suma de pesos un mil novecientos treinta y seis con cuarenta centavos ($ 1.936,40=) el sueldo mínimo para la liquidación de la dieta a los Sres. Concejales y el sueldo del titular del Departamento Ejecutivo para el año 2012.

Artículo 20º: Fijase en el uno por ciento (1 %) por cada año de servicio la Bonificación por antigüedad para todas las categorías de la planta permanente de escalafón  municipal, porcentaje que se aplicará sobre las remuneraciones básicas de los mismos.

Artículo 21º: Fijase en el uno por ciento (1 %) por cada año de servicio la “Bonificación por antigüedad”, para los siguientes cargos: Titular del Departamento Ejecutivo, Secretarios y Subsecretarios, Delegados Municipales, Contador Municipal, Tesorero, Jefe de Compras y miembros del Honorable Concejo Deliberante.

El porcentaje fijado en el párrafo anterior será de aplicación sobre las remuneraciones básicas y sueldo de los funcionarios antes indicados, fijados en los artículos 23 y 24 de la presente ordenanza.

Fijase en el uno por ciento (1 %) por cada año de servicio, la “Bonificación por antigüedad reconocida” desempeñada en la Administración Pública Nacional, Provincial y / o Municipal, para los cargos enunciados anteriormente. Esta bonificación se abonará a partir de enero de 2012 sin necesidad de requerimiento alguno de los beneficiarios.

Artículo 22º: El agente que deba cumplir tareas que excedan su horario normal percibirá su remuneración habitual con un cincuenta por ciento (50 %) de recargo, calculado sobre el salario habitual incluso antigüedad, si se tratase de días laborables y con un ciento por ciento

 (100 %) en días, domingos, no laborables y feriados.

La remuneración de las tareas de horas suplementarias realizadas por el agente de funciones distintas a las que sean propias del cargo será determinada por la índole de la tarea a cumplir en el horario extraordinario fijando el valor por hora o por cantidad de trabajo procesado.

Se excluye de las disposiciones del presente artículo, a los agentes del agrupamiento jerárquico que revistan en la categoría igual o superior a las de Jefe de División, a los Agentes del agrupamiento Profesional y a los Profesionales de la carrera Médica Hospitalaria.

Artículo 23º: Fijase en la suma de pesos veintiséis mil quinientos cincuenta y seis con treinta y cuatro centavos ( $  26.556,34= ) el sueldo del Intendente Municipal para el año 2012, importe que se actualizará conforme a lo establecido en el articulo 19º de la ley Nº 11.757 (texto según Ley Nº 11.853), Ley Nº 12.120, y sus modificatorias.

Artículo 24º: Los sueldos básicos del Personal Superior y Jerárquico (Hasta Director Inclusive), serán los siguientes:

Categoría Sueldo Básico:

Secretario: $ 10.780,74=

Contador Municipal $ 10.780,74=

Tesorero $ 6.374,01=

Directores $ 6.468,46=.

Artículo 25º: Fíjase en la suma de pesos siete mil novecientos sesenta y seis con noventa centavos ($ 7.966,90=), la compensación por gastos de representación para el Intendente Municipal, al mes de Enero de 2012.

Artículo 26º: El personal municipal percibirá sus asignaciones familiares conforme lo dispuesto por las normas legales vigentes.

Artículo 27º: El Personal Superior, Jerárquico, Profesional, Técnico, Jefes de Departamento y Jefes de División y Delegados Municipales, escalafonados o no, que, por razones de servicios, deban extender su jornada de trabajo en forma habitual, podrá percibir mensualmente una bonificación por Dedicación Exclusiva de hasta un treinta por ciento (30 %) de su sueldo básico, quedando excluido el titular del Departamento Ejecutivo. Los agentes alcanzados por el presente beneficio no tendrán derecho a retribución por horas extras. El Departamento Ejecutivo establecerá los porcentajes para el pago de la presente bonificación en los casos que correspondan.

Artículo 28º: Fijase para todas las categorías del Escalafón Municipal la “retribución Especial por Jubilación” que alcanzará  al agente de Planta Permanente que, al momento de su cese, acredite una antigüedad igual o mayor a treinta ( 30) años de servicios en este Municipio y cuya baja no tenga carácter de sanción  disciplinaria.

El agente cuya situación se encuadre en las previsiones del párrafo anterior tendrá derecho a una retribución especial, sin carácter de reintegro, de seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole.

Artículo 29º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar un adicional por “Fallo de Caja” al personal de planta permanente que se desempeñe como cajero o que habitualmente maneje fondos o valores.

El Departamento Ejecutivo establecerá los montos o porcentajes en los casos que corresponda.

Artículo 30º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar un adicional por  “Manejo de Fondos” al personal de planta permanente que se desempeñe como Tesorero o a quien lo reemplace en sus funciones.

El Departamento Ejecutivo establecerá los montos o porcentajes en los casos que corresponda.

Artículo 31º: El Personal Superior, jerárquico, Profesional y Técnico, escalafonado o no, que por la índole de sus funciones, deba ser gratificado con una compensación especial de carácter mensual, podrá percibir una “Bonificación por función” de hasta el cincuenta por ciento

(50 %) del sueldo básico con más la antigüedad, excluido el titular del Departamento Ejecutivo.

El departamento Ejecutivo, mediante acto administrativo, establecerá los porcentajes para el pago de esta bonificación en los casos que estime corresponda.

Artículo 32º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a establecer, para el personal municipal de planta permanente, escalafonado o no, una bonificación especial por titulo terciario y / o universitario.

El Departamento Ejecutivo establecerá los montos o porcentajes en los casos que corresponda.

Artículo 33º: Establecese para todos los agentes municipales de planta permanente una bonificación en concepto de “Premio por Asistencia y Puntualidad”. Quedan excluidos de la presente Bonificación el Intendente Municipal, los Secretarios de los Departamentos Ejecutivo y deliberativo, los Subsecretarios, el Secretario Privado del Intendente Municipal, los Concejales, los secretarios de Bloques del Honorable Concejo Deliberante, los Directores, el Asesor Letrado, el Tesorero Municipal, el Contador Municipal, los Médicos regidos por la Carrera Médico hospitalaria, el personal temporario, el personal contratado, y todos aquellos agentes que perciban dedicación exclusiva.

El Departamento Ejecutivo, establecerá los montos o porcentajes en los casos que corresponda.

Artículo 34º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a abonar al personal temporario las retribuciones, compensaciones, subsidios, bonificaciones e indemnizaciones que expresamente prevé la Ley Nº 11.757 y / o que se encuentren autorizadas por el Honorable Tribunal de Cuentas, en igualdad de condiciones que las otorgadas al personal de planta permanente, respetando el principio rector en materia laboral que impone igual remuneración para igual tarea.

Facultase al Departamento Ejecutivo a establecer, para determinadas actividades y / o funciones, horarios normales de labor con una extensión mayor o menor de seis (6) horas diarias, con la determinación del salario básico respectivo según el agrupamiento y la categoría del personal, tanto para el incluido en la planta permanente como en la de planta temporaria.

Artículo 35º: El departamento Ejecutivo podrá extender el término de la designación del personal temporario si, por la índole de las tareas desarrolladas, ello resultara necesario, no quedando el Municipio obligado al ingreso automático del agente en la planta permanente.

Artículo 36º: Autorizase al departamento Ejecutivo a contratar Obras Públicas que, por su magnitud, el plazo de ejecución de las mismas exceda al ejercicio, debiendo prever en cada ejercicio el crédito que corresponda.

Artículo 37º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar sin cargo alguno la licencia de conductor a aquellos agentes municipales que presten servicios como chóferes de vehículos municipales, ya sea por solicitud, renovación, duplicados o ampliación de la misma.

Artículo 38º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a reglamentar y poner en ejecución lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley Nº 11.757 (trabajos por prestaciones) y 94 (Personal destajista), conforme a las modalidades de la situación de revista.

Artículo 39º: Comuníquese, regístrese, publíquese. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión extraordinaria a los 27 días del mes de diciembre de 2011.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 30 de diciembre de 2011.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

 

 

                              DEPARTAMENTO EJECUTIVO

                                        D  E  C  R  E  T  O  S

 

Decreto Nº 945 del 1º de diciembre de 2011.

Contratando desde el 1º de diciembre de 2011 al 16 de diciembre de 2011 inclusive, a la docente Troncoso Pamela, para prestar servicios de Maestra Inicial en el Jardín de Infantes Municipal Nº 5 “Martha Salotti”, por licencia de la docente titular.

Decreto Nº 946 del 1º de diciembre de 2011.

Contratando personal para tareas y periodos que se citan:

Del 1º/12/2011 al 14/12/2011.

Onnainty María Gimena. Directora de 3ra. en Jardín de Infantes Municipal “Marta Salotti”. 20 hs semanales.

Rodríguez Claudia. Maestra Inicial en Jardín de Infantes Municipal “PTE. Irigoyen”. 20 h semanales.

Del 1º/12/2011 al 16/12/2011.

Spinetta María Noemí. Preceptora en Jardín de Infantes municipal “Jardilandia”. 20 h semanales.

Del 1º/12/2011 al 31/12/2011.

Bizzotto María Julieta. Maestra Inicial en Jardines de Infantes Municipales. 20 hs semanales.

Boonman Lorena M. Preceptora en Jardines de Infantes Municipales. 20 hs semanales.

Cassino Fernando A. Profesor de Música en Jardines de Infantes Municipales. 3 hs semanales.

Decreto Nº 947 del 2 de diciembre de 2011.

Adjudicando el Concurso de Precios Nº 38/2011 – segundo llamado para la provisión de combustible para el mes de diciembre de 2011 con destino a Corralón Municipal a la empresa EDOSADA S.A., por la suma total de pesos ciento dieciocho mil novecientos noventa y dos

($ 118.992=).

Decreto Nº 948 del 2 de diciembre de 2011.

Modificando el Presupuesto 2011.

Decreto Nº 949 del 2 de diciembre de 2011.

Modificando el  Presupuesto 2011.

Decreto Nº 950 del 2 de diciembre de 2011.

Ampliando el Cálculo de Recursos.

Decreto Nº 951 del 2 de diciembre de 2011.

Declarando incorporado al Patrimonio Municipal, fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. III, Secc. A. Chacra 6, Fracción II, Parcela 1 b, Sobrante, de la ciudad de Baradero, según plano de mensura obrante en expediente Nº 2360-0374642/11.

Decreto Nº 952 del 2 de diciembre de 2011.

Declarando incorporado al Patrimonio Municipal, una fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. II, Sección B, Quinta 39, Mza. 39ª, Parcela 1c, de la ciudad de Baradero, según plano obrante en expediente Nº 4009-20-04656/11 “D”.

Decreto Nº 953 de 2 de diciembre de 2011.

Otorgando cuarenta y seis (46) Becas Nacionales de pesos doscientos cincuenta ($ 250=) a los siguientes postulantes:

Álvarez Sofía.

Ameghino Daiana A.

Buscaglia Micaela.

Cabrera Ada S.

Cabreros Vanesa F.

Castellano Patricia N.

Caviglia Aldana C.

Caviglia Guido A.

Cerron Alejo S.

Collard Marlene.

D’Agostino Matías J.

Del Barrio Cristian.

Díaz Estrella.

Faierman Daiana.

Genovesse Leiza T.

Gentile Eliana.

Giglio Angelina.

Giube Claudia V.

Giuliodori María G.

Giulodori María J.

González Rodrigo.

Horisberger Ariel O.

Juárez Umpierrez Nahuel L.

Kuhle Jacqueline.

López Mirna G.

Lucero Centuria Nahuel M.

Maicenti Máximo.

Mármori María L.

Martínez Juan J.

Moran Jonatan.

Natalichio Silvio N.

Oricain Martín.

Oricain Cristian H.

Panzero Sofía G.

Retamozo Erica V.

Rocha Clelia C.

Rossi Romina.

Ruggieri Matías.

Salvi Macarena.

Sánchez Luis J.

Schuttz Brenda.

Siammarella M. Florencia.

Sosa Brenda S.

Trubbo Paulina.

Vici Matías.

Listado de suplentes de Becas Nacionales:

Churín Estefania.

Panzero Augusto J.

Prieto María D.

Ruggieri Sofía.

Salvi Luciano A.

Otorgando veintiséis (26) Becas regionales de pesos doscientos ($ 200=) a los siguientes postulantes:

Acosta Mauro S.

Ardaiz Viel A.

Barras Romina P.

Barreto Brenda N.

Barreto Jennifer J.

Belli Biollay Carolina.

Cáceres Paula.

Carabajal Solange N.

Carbone Maximiliano I.

Coppa Cintia.

Delorenzo María L.

Di Falco Florencia.

Dubarry Daubian Andrés.

García Matías.

Garea Luciano J.

Goossen Pamela Y.

Haeberli Marcos C.

Hernández Rocío.

Martínez Martín D.

Mazzocchi  María S.

Neff Irene C.

Páez Abigail.

Palacios Javier C.

Pusich María S.

Riolfo Evelyn.

Sánchez Daiana A.

Listado de suplentes de Becas Regionales:

Arevalo Mariana S.

Churin Ezequiel.

Ubeda María de los Ángeles.

Otorgando treinta y ocho (38) Becas locales de pesos ciento cincuenta ($ 150=):

Baigorria María A.

Barras Jennifer.

Barreto Nadia E.

Berdun Jesica J.

Buscaglia María A.

Caulin Arianne E.

Conti Bruno.

Corcorán Mariela.

Córdoba Valeria Y.

Domesi Giuliana.

Domeso Mariela Y.

Duarte María L.

Fiorda Lorena.

Hegi Ivonne.

Gatti Daniela M.

Gioia Florencia N.

Jonnas Mariela.

Kruger Rocío A.

López Leonela E.

Machado Sergio.

Manrrique Natalia.

Marin Romina.

Martínez Maira D.

Medina Lourdes L.

Morel Natasha.

Mussi María P.

Ottone Carla.

Ovejero Giorgina.

Paris Daniela P.

Quintero Gavioli Yanina S.

Reeznik Norma M.

Rivero Laura A.

Schener María R.

Serpi María F.

Wirtz Patricia.

Zarich Alexia.

Duarte Estela E.

Beren Roxana E.

Listado de suplentes de becas locales:

Abalos Cyntia A.

Carossi Giuliana A.

Furtado Luciana.

Troncoso Yamila.

Decreto Nº 954 del 5 de diciembre de 2011.

Autorizando al Departamento de Patrimonio a efectuar la BAJA definitiva de bienes muebles.

Decreto Nº 955 del 7 de diciembre de 2011.

Declarando desierto el Concurso de Precios Nº 42/2011, para la adquisición de un módulo sanitario destinado a la reserva Natural educativa Parque del este.

Llamando a Concurso de precios Nº 42/2011 – Segundo llamado, para la adquisición de un módulo sanitario destinado a la Reserva Natural Educativa Parque del Este, conforme a las condiciones generales y particulares que obran en el expediente 4009-20-04489/11 “I”

Decreto Nº 956 del 7 de diciembre de 2011.

Cubriendo el cargo de Directora de Recursos Provinciales, en carácter interino, durante los días 5 de diciembre de 2011 al 18 de diciembre de 2011 inclusive, por la Agente Moro Marianela, con retención de su cargo.

Decreto Nº 957 del 7 de diciembre de 2011.

Cubriendo el cargo de Director de Recursos Municipales, en carácter de interino, durante los días 12 de diciembre de 2011 al 20 de diciembre de 2011 inclusive, por el agente Sr. Liaudat Silvio R. la designación que se efectúa es con retención de su cargo.

 

Decreto Nº 958 del 7 de diciembre de 2011.

Cubriendo el cargo de Director de Informática, en carácter de interino, durante los días 12 de diciembre de 2011 al 18 de diciembre de 2011 inclusive, por el Agente Maroli Darío J.

La designación que se efectúa es con retención de su cargo.

Decreto Nº 959 del 7 de diciembre de 2011.

Ampliando el Cálculo de Recursos.

Decreto Nº 960 del 7 de diciembre de 2011.

Ampliando el Cálculo de Recursos.

Decreto Nº 961 del 7 de diciembre de 2011.

Adjudicando el Concurso de Precios Nº 40/2011, para la adquisición de columnas para alumbrado público, destinadas a la obra de iluminación de calle Carrasco e/ Moreno y Ruta 41, de Ruta 41 desde Carrasco hasta la Rotonda y calle Bernabé de San Martín desde Barrio Hisisa hasta Empresa Donto, a la firma OBRELECTRIC S.R.L., con domicilio legal en calle 117 Nº 3440 de la localidad de San Martín (Bs. As.), por la suma de pesos setenta y cuatro mil doscientos ($ 74.200=).

Decreto Nº 962 del 7 de diciembre de 2011.

Adjudicando el Concurso de Precios Nº 41/2011, para la adquisición de artefactos para alumbrado público destinados a la obra de iluminación de calle Carrasco e/ M.Moreno y Ruta 41, de Ruta 41 desde Carrasco hasta la Rotonda y calle Bernabé de San Martín desde Barrio Hisisa hasta Empresa Donto, a la firma GALLESIO RICARDO M., con domicilio legal en calle Martín de Gainza Nº 2205 de la ciudad de Baradero, por la suma de pesos cuarenta y tres mil quinientos cincuenta ($ 43.550=).

Decreto N 963 del 7 de diciembre de 2011.

Aprobando para el personal de planta permanente con estabilidad de régimen horario igual o superior a 30 hs semanales el  salario a partir del 1º de diciembre de 2011, multiplicando la cantidad de módulos fijados en cada oportunidad por el valor del mismo.

A tal fin se establece el valor de cada módulo en la suma de pesos diez ($ 10=).

Decreto Nº 964 del 7 de diciembre del 2011.

Rectificando el artículo 5º del Decreto Nº 920 de fecha 21 de noviembre de 2011, el que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 5º: El precio de los servicios contratados será de pesos diete mil quinientos

 ($ 7.500=) mensuales.

Decreto Nº 965 del 7 de diciembre de 2011.

Incorporando al listado de adjudicatarios de becas (decreto Nº 953/11) a los postulantes que se detallan:

Becas Nacionales de pesos doscientos cincuenta ($ 250=) mensuales.

Panzero Augusto J.

Prieto María D.

Ruggieri Sofía.

Becas regionales de pesos doscientos ($ 200=) mensuales.

Arevalo Marianela S.

Úbeda María de los Ángeles.

Becas locales de pesos ciento cincuenta ($ 150=) mensuales.

Ávalos Cyntia A.

Carossi Giuliana A.

Furtado Luciana.

Troncoso Yamila.

Decreto Nº 966 del 12 de diciembre de 2011.

Aceptando con fecha 12 de diciembre de 2011, la renuncia elevada por el funcionario Sr. Peris Leonardo Luis, al cargo de Secretario de Gobierno.

Decreto Nº 967 del 12 de diciembre de 2011.

Modificando el Presupuesto 2011.

Decreto Nº 968 del 13 de diciembre de 2011.

Ratificando a partir del día 13 de diciembre de 2011 al 31 de diciembre de 2011 a personas y en las funciones que se citan:

Secretario de Hacienda: Cdor. Rabellino Marcos.

Secretario de Salud: Dr. Genero Raúl J.

Secretario de Servicios Públicos: Sr. Perassolo Héctor O.

Secretario de Cultura, educación y turismo: Prof. Gallardo Diego J.

Secretaria de Desarrollo Social. Lic. Carbone Norma M.

Director Gral. de Planificación: Arq. Lapadula Ezequiel H.

Director Gral. de Obras Sanitarias. Sr. Sosa Eduardo O.

Director Gral. de Producción, Prom. De la Industria y Comercio. Cdra. Braillard Scheitlin Olga.

Director Gral. de Derechos Humanos y trabajos cooperativos: Sr. Ferreyra Fabián C.

Directora Gral. de Inspección y seguridad: Dra. Etcheverry Cecilia B.

Decreto Nº 969 del 13 de diciembre de 2011.

Prorrogando hasta el día 30 de diciembre de 2011 inclusive, los “Derechos de Publicidad y Propaganda”, cuyo vencimiento operaba el día 15 de julio de 2011, y “Tasa por Inspección de Motores 2011”

Decreto Nº 970 del 13 de diciembre de 2011.

Ratificando a partir del 13 de diciembre de 2011 al 31 de diciembre de 2011, a las personas y en funciones que se citan:

Secretaría Privada: Sra. Sartor Olinda B.

Directora Gral. Prensa y ceremonial: Sra. Bramajo Martha A.

Director Gral. Administrativo del Hospital Municipal. Sr. Tabanelli Sergio.

Directora Gral. de Prevención de la Salud: Dr. Gómez Alberto J.

Directora Gral. de Defensa al Consumidor: Dra. Artero María E.

Director Gral. de Gestión ambiental: Sr. Germann Miguel A.

Delegado Municipal de Alsina: Sr. López Rubén E.

Delegado Municipal de Ireneo Portela a cargo de Delegación Municipal de Santa Coloma: Sr. Morales Héctor R.

Decreto Nº 971 del 13 de diciembre de 2011.

Designando a partir del 13 de diciembre de 2011 al 31 de diciembre de 2011 inclusive, en funciones de Secretario de Gobierno al Sr. Peris Leonardo L.

Decreto Nº 972 del 14 de diciembre de 2011.

Aceptando con fecha 1º de enero de 2012 la renuncia elevada por el Arq. Righini Oscar O, al cargo de secretario de Obras Públicas y Privadas, para acogerse a los beneficios de la jubilación.

Decreto Nº 973 del 15 de diciembre de 2011.

Prorrogando hasta el día 30 de diciembre de 2011, los beneficios contenidos en la ordenanza Nº 4440 (Régimen de presentación espontánea – Moratoria Municipal), para contribuyentes de la ciudad de Baradero, que pretenda regularizar sus obligaciones tributarias con el Municipio.

Decreto Nº 974 del 15 de diciembre de 2011.

Declarando desierta la Licitación Privada Nº 10/11 para la contratación de mano de obra para la construcción de alambrado olímpico en “Parque del Este” (2da. Etapa).

Llamando a  Licitación Privada Nº 10/2011 – Segundo llamado, para la contratación de mano de obra para construcción de alambrado olímpico en “Parque del este” – 2da. Etapa.

Decreto Nº 975 del 15 de diciembre de 2011.

Creando en el ámbito de la Municipalidad de Baradero la Comisión Organizadora del 38º Festival de Música Popular Argentina, la que instrumentará las medidas necesarias para la realización de dicho evento, con ejercicio de la delegación de facultades otorgadas por el Departamento Ejecutivo.

Decreto Nº 976 del 15 de diciembre de 2011.

Llamando a Licitación Privada Nº 11/2011 para la contratación del servicio de sonido, iluminación y estructura durante la realización del 38º Festival de Música Popular Argentina- Baradero 2012, con un presupuesto oficial de pesos ciento noventa mil ochocientos

 ($ 190.800=).

Decreto Nº 977 del 15 de diciembre de 2011.

Llamando a licitación privada Nº 12/2011, para la contratación del servicio de sonido, iluminación y estructura durante la realización del PRE- Festival Baradero 2012, con un presupuesto oficial de pesos noventa y tres mil doscientos ($ 93.200=).

Decreto Nº 978 del 16 de diciembre de 2011.

Extendiendo el pago del anticipo jubilatorio por el término de un (1) mes (diciembre) a los ex agentes municipales que a continuación se detallan:

Barman Osvaldo R.

Bianchi María Cristina.

Galant Roberto M.

Grieco Omar.

Hoffman Hilda.

Liberatti Mario H.

Quiles Nora E.

Rivero María A.

Rosemberg Carlos.

Decreto Nº 979 del 16 de diciembre de 2011.

Llamando a Concurso de Precios Nº 43/2011, para la contratación de mano de obra para la ejecución de “Instalación Eléctrica, telefónica e informática en Palacio Municipal”, con un presupuesto oficial de pesos setenta y nueve mil trescientos ($ 79.300=) se fija el día 28 de diciembre de 2011, a la hora 9 la fecha de apertura del Concurso de Precios Nº 43/2011 en la Municipalidad de Baradero.

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Decreto Nº 980 del 16 de diciembre de 2011.

Dando de baja a partir del 1º de enero de 2012, al agente Municipal Sr. Guilanea Ricardo R, para acogerse a los beneficios jubilatorios.

Decreto Nº 981 del 16 de diciembre de 2011.

Llamando a Concurso de Precios Nº 44/2011, para la compra de materiales para la ejecución de la “Instalación Eléctrica, telefónica e informática en Palacio Municipal”, con un presupuesto oficial de pesos ciento veintitrés mil cuatrocientos ($ 123.400=).

Se fija el día 28 de diciembre de 2011, a la hora 10.00 la fecha de apertura del Concurso citado en la Municipalidad de Baradero.

Decreto Nº 982 del 16 de diciembre de 2011.

Dando de baja a partir del 1º de enero de 2012, al agente Municipal Sr. Márquez Domingo, para acogerse a los beneficios jubilatorios.

Decreto Nº 983 del 16 de diciembre de 2011.

Asignando a partir del 1º de diciembre de 2011, a la Jefe de Compras, Sra. Pulido Andrea P. su sueldo mensual básico.

Decreto Nº 984 del 16 de diciembre de 2011.

Asignando a partir del 1º de diciembre de 2011 a la Tesorera Municipal, Sra. Ermilio Hilda L, su sueldo mensual básico.

Decreto Nº 985 del 16 de diciembre de 2011.

Asignando a partir del 1º de diciembre de 2011 al Asesor Letrado Municipal Dr. Lischetti Heber R, su sueldo mensual básico.

Decreto Nº 986 del 16 de diciembre de 2011.

Dando de baja a partir del 1º de enero de 2012, al Agente Municipal Sr. Coronel Mauricio, para acogerse a los beneficios jubilatorios.

Decreto Nº 987 del 16 de diciembre de 2011.

Dando de baja a partir del 1º de enero de 2012, al agente Municipal Sr. Chena Idelfonso A, para acogerse a los beneficios jubilatorios.

Decreto Nº 988 del 16 de diciembre de 2011.

Eximiendo por el año 2011 al Sr. Lambert Raúl A, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público.

Decreto Nº 989 del 19 de diciembre de 2011.

Adjudicando definitivamente a la Sra. Márquez Paula Andrea, la vivienda construida bajo el “Plan Federal”, en el terreno ubicado en la Mza. 58 ae – Parcela 1.

Previo a la entrega de la posesión suscríbase con la adjudicataria la documentación necesaria para tal fin.

Decreto N º 990 del 19 de diciembre de 2011.

Aprobando la adjudicación definitiva de 56 viviendas construidas bajo el “Plan Federal III”, en los terrenos correspondientes a las manzanas 67af, 67 be, parte de la manzana 67 bm y parte de la manzana 67 bn, ubicadas sobre las calles Pringles, Int. A. Lenguitti, Int. Chalá, Int. Caviglia, Colombres, Darragueira y Malabia, conforme a la ubicación específica de la vivienda que corresponderá a cada beneficiario y que surge de los planos que como anexo I  se adjuntan, a las personas que se mencionan seguidamente.

Previo a la entrega de la posesión suscríbase con los adjudicatarios la documentación que resulte necesaria.

Adjudicatarios:

Friesen Fernando A.

Ladrón de Guevara Claudio O.

Zapata Walter R.

Gómez Néstor M.

Martínez Diego E.

Gómez Marcelo E.

Chávez Oscar R.

Coppa Marcos J.

Vrsalovich María E.

Baicochea Facundo.

Santana Federico.

Malacalza Ariel A.

Malacalza Darío D.

Jeanneret Gonzalo.

Sire Cristian D.

Viglietti Horacio.

Torres Julio C.

Gómez Nancy B.

Oliveto Ariel A.

De Simoi Darío I.

Gimenez Miguel A.

Nancer Sandra V.

Cáceres Silvio D.

Chandía Diego A.

Melitón Fabián  M.

Patiño Yanina L.

Silva Miguel A.

Moradas Daniel R.

Rodríguez Darío S.

Viera Gustavo F.

Liaudat Ángel M.

Bechtholt Esteban D.

Gauna Josue D.

González Esteban D.

Jankowiec Diego M.

Velazquez Ariel G.

Van Loo Martín F.

Centurión Claudio C.

Lain Luciana.

Balmaceda Eduardo.

Lescano María F.

Savoy Pedro.

Basile Horacio N.

Sartirana Nicolás.

Ladrón de Guevara Ezequiel.

Mosi Gerardo E.

Riolfo Norberto.

Sánchez Darío.

Gómez Humberto.

Mangini Lucas M.

Micucci Enzo.

Lambert Walter H.

Hernández José M.

Ledesma Cristian.

Murtari Martín M.

Amelino Augusto.

Decreto Nº 991 del 19 de diciembre de 2011.

Cambiando a partir del 1º de diciembre de 2011, el régimen horario del Agente Martínez Hugo Matías, categoría 2 de 44 hs semanales, pasará a cumplir una jornada de labor de 48 hs semanales.

Decreto Nº 992 del 20 de diciembre de 2011.

Declarando desierto el Concurso de Precios Nº 42/2011 – Segundo llamado, para la adquisición de un modulo sanitario destinado a la Reserva Natural Educativa Parque del Este.

Decreto Nº 993 del 20 de diciembre de 2011.

Declarando asueto administrativo los días 23 y 30 de diciembre de 2011, a partir de las 12 hs y los días 26 de diciembre de 2011 y 2 de enero de 2012, para todo el Personal dependiente de la Municipalidad de Baradero, con excepción de las guardias rotativas diagramadas en los lugares necesarios para la característica del servicio que presta.

Decreto Nº 994 del 23 de diciembre de 2011.

Cubriendo el cargo de Directora de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, en el carácter de interino, durante los días 27 de diciembre de 2011 al 15 de enero de 2012 inclusive, por la Agente Sra. López Débora Vanina.

La designación que se efectúa es con retención de su cargo.

Decreto Nº 995 del 23 de diciembre de 2011.

Cubriendo el cargo de Directora de Presupuesto, en carácter de interino, durante los días 27 de diciembre de 2011 al 15 de enero de 2012 inclusive, por la Agente Srta. Vergara Carla L.

La designación que se efectúa es con retención de su cargo.

Decreto Nº 996 del 23 de diciembre de 2011.

Contratando personal en tareas y periodos que se citan:

Del 1º/12/2011 al 31/12/2011.

Acosta Horacio A. 44 hs semanales. Tareas en localidad de Alsina. $ 3.077,80= mensuales.

Aguerre del Bene Ana M. Médica en Dcción Gral. de Salud. $ 3.450= mensuales.

Alanis Adriana E. 140 hs mensuales. Secretaría de Cultura, Educación y turismo. $ 2.100= mensuales.

Bardesono Marisa K. Terapista Ocupacional en Hospital Municipal. $ 630= mensuales. Por Clases en Taller de la Memoria $ 500= y por Terapia Ocupacional en Hogar de Ancianos

 $ 900= mensuales.

Barrenechea Nieves A. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en localidad de Alsina.

 $ 2.696,11= mensuales.

Bechtholt Dora E. 20 hs semanales. Secretaría de Cultura, educación y turismo. $ 840= mensuales.

Brandli Carlos F. 36 hs semanales. Médico oncólogo en Hospital Municipal. $ 1.500= mensuales.

Caballero Regina. Para realización de certificados médicos de Registro de Conducir y visitas domiciliarias de agentes con licencia médica. $ 5.027,61= mensuales.

Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Casas Cecilia. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales mas reconocimiento de viáticos.

Colliard Giselle. 30 hs semanales. Administrativa en Jardines de Infantes Municipales.

$ 2.696,11= mensuales.

Concilio Juan S. 48 hs mensuales. Secretaría de Cultura, educación y turismo. $ 504= mensuales.

Daverio José A. 44 hs semanales. Dirección de Vialidad. $ 4.437,47=  mensuales y reconocimiento de viáticos.

Erpen Lucila. 24 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 3.391,30= mensuales.

Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento legal en Dcción. Gral. de Producción. $ 4.831,15= mensuales y reconocimiento de viáticos para el caso de ser comisionado por la Municipalidad.

Espinosa Manuel Conrado. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Farias Horacio I. 48 hs semanales. Hospital Municipal.  $ 3.242,25= mensuales.

Francchini Marcelo D. Médico de guardia en Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.

Fussinato Jorge M. coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos educativos y administrativos con la UBA. $ 5.111,25= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Hospital Municipal. $ 4.000= mensuales.

Gallardo Carolina. Fonoaudióloga en Hospital Municipal. $ 1.900= mensuales.

Gaspari Susana A. 48 hs semanales. Hogar de Ancianos “San José” $ 3.242,25= mensuales.

Gimenez Jonathan. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gimenez Lidia N. 44 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 3.077,80= mensuales.

Giordano Camilo H. Médico en la localidad de Alsina. $ 12.218,74= mensuales y $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.

Girotti María E. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Gómez Gabriela L. 30 hs semanales. Dcción de Cultura. $ 2.696,11= mensuales.

Gómez Jesús. 44 hs semanales. Dcción Obras Públicas y privadas. $ 3.622,22= mensuales.

González Modesto. 35 hs semanales. Dcción de Turismo. $ 2.696,11= mensuales.

Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Dcción Obras Públicas y Privadas. $ 4.033,97= mensuales.

Hebeisen Alberto O. 35 hs semanales. Profesor de gimnasia. $ 1.868,75= mensuales.

Idiart María F. kinesióloga fisiátrica en Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.

Labriola Mariana L. 48 hs semanales. Hospital Municipal. Obstetra. $ 6.782,61= mensuales.

Larrosa Silvia A. 35 hs semanales. Dcción Prevención de Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Ledesma Alicia M. 35 hs semanales. Secretaría Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

León Esteban. 35 hs semanales. Profesor Educación Física.  $ 1.868,75= mensuales.

Maestre Miguel A. 44 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 3.077,80= mensuales.

Mandrile Silvia C. Patóloga en Hospital Municipal. $ 4.500= mensuales.

Martínez Carlos A. 30 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 2.755,02= mensuales.

Medina Juan D. 44 hs semanales. 44 hs semanales en Ireneo Portela. $ 3.134,97= mensuales.

Mena Cristina E. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos Municipal.

$ 3.077,80= mensuales.

Mestre José L. 35 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 2.696,11= mensuales.

Mussi Marina. Kinesióloga Fisiátrica en Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.

Negré Néstor R. 48 hs semanales en H.C.D. $ 4.002,11= mensuales.

Olmos María E. 35 hs semanales. Administrativa en Dcción de Prevención de la Salud.

$ 2.696,11= mensuales.

Ottina Marcos N. 35 hs semanales. Profesor de Educación Física. $ 1.868,75= mensuales.

Pardo Sebastian R. 48 hs semanales. Recolección de residuos. $ 3.242,25= mensuales.

Pellegrino Sergio. Hospital Municipal. $ 3.881,25= mensuales.

Pereyra Mario R. 48 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 3.242,25= mensuales.

Pulido Araceli R. 35 hs semanales. Profesora de gimnasia. $ 1.868,75= mensuales.

Ravettino María I. 18 hs semanales. Psicóloga en Hogar de Ancianos Municipal. $ 2.700= mensuales y por tareas como integrante de la Junta Evaluadora del Certificado Único de Discapacidad $ 750= mensuales.

Restivo Claudio G. 30 h semanales. Dcción de Gestión Ambiental. $ 2.678,25= mensuales.

Rodríguez Luis C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Robles Julio A. 44 hs semanales. Dcción de Servicios. $ 3.277,90= mensuales.

Sánchez Ricardo G. Dcción Turismo. $ 2.696,11= mensuales.

Sartor Carlos E. Tareas en Secretaría de Obras – Inspección Obras Públicas, con uso de vehiculo propio. $ 4379,52= mensuales.

Scollo José L. 112 hs mensuales. Dcción Cultura. $ 1.100= mensuales.

Schachttel Juan P. Médica Traumatólogo en Hospital Municipal. Guardias pasivas dos fines de semana por mes y atención en consultorio. $ 1.500=  mensuales.

Simour Mario C. 28 hs semanales. Sereno en cementerio Indígena. $ 2.099,60= mensuales.

Van Loo Cristina F. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Yamuni José M. 44 hs semanales. Dcción de Servicios. $ 3.077,80= mensuales.

Zarich María M. 10 hs semanales. Dcción Prevención de Salud. Odontólogo. $ 2.000= mensuales.

Decreto Nº 997 del 23 de diciembre de 2011.

Contratando personal en tareas y periodos que se citan:

Accorso Ezequiel M. Médico en Hospital Municipal y Salas periféricas. $ 4.000= mensuales.

Acuña Jorgelina Y. 44 hs semanales. Hogar de Ancianos. $ 3.077,80= mensuales.

Aguilar Rosa L. Médica de guardia y Servicio 107. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.

Almada Natalia S. Asistente social. 35 hs semanales. Hospital municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Baldi Ortiz Alejandra. Psicóloga. Secretaría Desarrollo Social. 30 hs semanales. $ 2.696,11= mensuales.

Baliela Grassino Carlos. Médico de guardia activas y servicio 107. $ 1.150= por guardia de 24 hs.

Barattini Daniela C. 35 sh semanales. Hogar del Niño Municipal. $ 2.754,98= mensuales.

Barattini Juan E. 6 hs semanales. Profesor Educación Física.  $ 650= mensuales.

Barras Jennifer C. 30 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Belén Leandro J. 44 hs semanales. Coordinación de Centros Comunitarios (CPC).

$ 3.593,75= mensuales.

Belli Biollay Carolina A. 48 hs semanales.Centro Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de la secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Bogado Gustavo A.  35 hs semanales. Inspector de comercio.  $ 2.696,11= mensuales.

Bogliolo Heraldo. 35 hs semanales. Veterinario dependiente de la secretaría de Gobierno.

 $ 3.000= mensuales.

Caviglia Virginia n. Asistente Social en  Secretaría Desarrollo Social. $ 2.898,20= mensuales.

Cedarry Marcelo E. 30 hs semanales. Dcción Espacios Públicos. $ 3.211,17= mensuales.

Colombo Leonardo A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Contreras Marcelo R. Traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.

Coronel Melina S. Médica en el Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.

Cuis Casino Roberto J.M.  Profesor de Educación Física. $ 1.150= mensuales.

De Los Santos María L. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Delpieri Elián. 48 h semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

De Vivo Eleonora B. Médico en salas periféricas en localidad de Alsina. $ 5.900= mensuales.

Di Pasquale Carla. 48 hs semanales. Operador del centro de Monitoreo Urbano por cámara dependiente de Secretaría de gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Dipasquale Nino Carlos. Profesor de Educación Física en localidad de Alsina. $ 1.868,75= mensuales.

Esquivel Néstor A. 48 hs semanales. Operador del centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de la secretaría de gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Farias Mariana S. 35 hs semanales. Administrativa en Hospital municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Franco Rubén M. 35 hs semanales. Secretaría de Obras Públicas y Privadas. $ 3.544,30= mensuales.

Galarza Elizabeth R. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Galuppo Gabriel R. Médica de guardia de 24 hs. $ 1.150= por guardia.

Galuppo Marcela R. Médica de guardia y servicio 107.  $ 1.150= por guardia.

Gamba María D. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.593,75= mensuales.

García Carlos E. 30 h semanales. Dcción Recursos Pciales. $ 3.802,85= mensuales.

García Jonatan S. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gerez Adolfo E. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Ghio Rita L. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.593,75= mensuales.

Goddard Clelia M. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.593,75= mensuales.

Gómez Carlos N. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gómez M. Virginia. 48 hs. semanales. Obstetra. Hospital municipal. $ 6.500= mensuales.

González José B. 44 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 3.077,80= mensuales.

González Marta. 35 hs semanales. Portera en Jardín de infantes Municipal de Alsina.

$ 2.696,11= mensuales.

Gugger Danisa C. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Hernández Lucas Z. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Herrera Marcelo O. 44 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 4.312,50= mensuales.

Ibarra Néstor M. Médico de guardia y servicio 107. Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia.

Isa Diego D. 48 hs semanales. Hogar de Ancianos Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Jeandet Daiana S. 3 hs semanales. Dcción Prevención de Salud. $ 1.000= mensuales.

Larrey Martín M. 48 hs semanales. Dcción Prevención de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Liaudat Silvia G. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Lobos Luis L. 48 hs semanales. Obrero en localidad de Alsina. $ 3.242,25= mensuales.

López Paulo. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Luna Cristina. Enfermera en Sala de I.Portela. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Lupini María C. 35 hs semanales. Tareas en Hogar del Niño – Docente. $ 2.755,02= mensuales.

Maestre Leonilda B. 48 hs semanales. Servicio y Maestranza en Hospital Municipal.

 $ 3.242,25= mensuales.

Maffei Gilda. Ginecóloga en Hospital Municipal. 6 hs semanales $ 1.800= mensuales y

 $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.

Malacalza Evangelina. Bioquímica en Hospital Municipal. y guardias pasivas $ 6.000= mensuales.

Maldonado Noelia I. Docente en Hogar del Niño. 35 hs semanales. $ 2.930,05= mensuales.

Manicler Mario H. 30 hs semanales en Tesorería Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Marmori Lucas. Entrenador de musculación en Gimnasio Julio A. Bitar. $ 3.500= mensuales.

Martínez Irma N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Marzoa Américo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Merino Rogelio R. 30 hs semanales. Dcción de obras Públicas. $ 5.034,76= mensuales.

Moltrasio María C. 48 hs semanales. Dcción Prevención de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Nassif Luis M. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.150= por guardia.

Ormachea Gutiérrez Alberto. 6 hs semanales. Médico en Dcción de Atención Primaria de la Salud. $ 1.850= mensuales.

Ortiz Carlos D. 44 hs semanales. Obrero tarea generales. $ 3.077,80= mensuales.

Palacios Bonifacio. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Parzon José R. Obrero tareas generales. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Pederiva Hernán L. 30 h semanales. Administrativo en Asesoría Letrada. $ 2.696,11= mensuales.

Pelayo Isabelino. Escuela de Boxeo. $ 650= mensuales.

Pelayo Mauro L. 35 hs semanales. Tareas dependientes de la secretaria de Gobierno.

$ 2.480,42= mensuales.

Pellegrini Oscar Alfredo. 35 hs. Dcción Prevención de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Piazza Ricardo O. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Pintado Horacio D. Urólogo en Hospital Municipal. 36 hs semanales. $ 1.500= mensuales.

Piñón Analía S. 30 hs semanales. Oficina de Compras. $ 2.696,11= mensuales.

Pusich María S. 30 hs. semanales. Administrativa en Dcción Recursos Pciales. $ 2.696,11= mensuales.

Rabonisi Malena A. Instrumentista en Hospital Municipal. 44 hs semanales. $ 3.077,80= mensuales.

Rapalin Santiago M. 24 hs semanales. Profesor Educación Física. $ 2.645= mensuales.

Ríos Yanina N. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Rodríguez Adriana E. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.782,61= mensuales.

Romero José L. 48 hs semanales. Dcción Gral. de Servicios. $ 3.242,25= mensuales.

Romero Juan R. Escuela de Boxeo. $ 650= mensuales.

Romero Marisa L. 48 hs semanales. Dcción de Prevención de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Romero Miguelina. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos.

 $ 2.696,11= mensuales.

Roson Cecilia. 30 hs semanales. Trabajador asocial en Secretaría de Desarrollo Social.

$ 2.696,110 mensuales y por tareas como integrante de la Junta evaluadora del certificado único de discapacidad $ 750= mensuales.

Rowlands Cecilia G. Servicio hemoterapia en Hospital Municipal. $ 3.300= mensuales y

$ 1.000= por guardias pasivas del servicio.

Ruiz Walter. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Salazar Sergio A. Enfermero en Hospital Municipal. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Sarsotti Carlos M. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.

Silva Leonardo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Silva Natalia A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.593,75= mensuales.

Silva Ricardo D. 44 hs semanales. Secretaría de Cultura, educación y turismo. $ 3.077,80= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Silva Ruth Soledad. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño Municipal.

 $ 3.077,80= mensuales.

Simour Miguel A. Tareas relacionadas con la organización de la 38º Edición del Festival de Música Popular Argentina Baradero 2012. $ 4.200= mensuales.

Simour Silvina. Profesor de Educación Física en localidad de Alsina. $ 1.150= mensuales.

Tobares Luis F. 30 h semanales. Psicólogo en servicio local. $ 3.500= mensuales.

Urquiza Carla M. 30 hs semanales. Asistente Social. Secretaría Social. $ 2.898,20 mensuales.

Valdez María Cristina. 35 hs semanales. Dcción de Atención de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Vega Pamela D. 48 hs semanales. Hogar de Ancianos Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Vega Silvia E. 35 hs semanales. Servicio y maestranza. $ 2.696,11= mensuales.

Velazquez Darío F. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Vergara María I. 30 hs semanales. Administrativa en Tesorería Municipal $ 4.129,17= mensuales.

Viera Mariana B. 40 hs semanales. Responsable del Plan Nacer. $ 3.593,75= mensuales e integrante de la Junta evaluadora del certificado único de discapacidad. $ 375= mensuales.

Villalba Ledesma Eloy M. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Zarate Silvina I. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Zignago Enrique R. Médico de guardia y Servicio 107 en Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.

Del 12/12/2011 al 31/12/2011.

Cricri Luis A. Tareas relacionadas con la organización de la 38º Edición del Festival de Música Popular Argentina – Baradero 2012. $ 5.500=.

Decreto Nº 998 del 23 de diciembre de 2011.

Contratando personal en periodos y tareas que se citan:

Del 1º/12/2011 al 31/12/2011:

Álvarez Micaela V. 12 hs semanales. Taller de computación en el CIC. $ 504= mensuales.

Arevalo Gladis M. 26 hs semanales. Taller de Alfarería. $ 1.090= mensuales.

Barja Natasha. 20 hs semanales. Coordinadora taller de teatro. $ 840= mensuales.

Belli Marta. Taller Patio de Tango. 20 h semanales. $ 840= mensuales.

Bernaldo de Quirroz Ramiro. 35 hs semanales. Coordinación y Mantenimiento. $ 2.480,42= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Bon Sebastian L. 12 hs semanales. Logística en eventos. $ 504= mensuales.

Cáceres Mónica A. 16 hs semanales. Taller de manualidades. $ 674= mensuales.

Fernández Natalia R. 20 hs semanales. Coordinadora de Taller de Salsa. $ 840= mensuales.

Martínez Lucas E. 16 hs semanales. Taller de Murga en localidad de Alsina. $ 674= mensuales.

Marzoa Ivana G. 30 h semanales. Taller de Apoyo Escolar. $ 1.260= mensuales.

Masud Juan M. 18 hs semanales. Taller de Cocina. $ 756= mensuales.

Miranda Ernesto J. Taller de Tango. 120 hs mensuales. $ 1.260= mensuales.

Misenti Nahuel J. 30 hs semanales. Taller de Folklore. $ 1.260= mensuales.

Mori Vanesa C. 35 hs semanales. Administrativa en Secretaria de cultura, educación y turismo. $ 2.480,42= mensuales.

Orduña María A. 12 hs semanales. Taller de ingles. $ 504= mensuales.

Ortunio Díaz Juan M. 35 hs semanales. Logística en Secretaria de Cultura, educación y turismo. $ 2.480,42= mensuales.

Rithner Damian. 28 hs semanales. Logística en Secretaria de Cultura, educación y turismo.

$ 2.480,42= mensuales.

Salaberry Juan I. Taller integral. 16 hs semanales. $ 674= mensuales.

Taieti Claudia M. Taller de peluquería en el CIC. 12 hs semanales. $ 504= mensuales.

Troussel Javier R. 28 hs semanales. Logística en Secretaria de cultura, educación y turismo.

$ 1.100= mensuales.

Usandizaga Pablo M. Logística en eventos. Secretaria de cultura, educación y turismo.

$ 504= mensuales.

Wuthrich Amalia I. 12 hs semanales. Taller de salsa y gimnasia en CIC. $ 1.008= mensuales.

Decreto Nº 999 del 23 de diciembre de 2011.

Modificando Presupuesto 2011.

Decreto Nº 1000 del 28 de diciembre de 2011.

Reduciendo la adjudicación de la licitación publica Nº 8/09 en pesos quinientos cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y tres con  10/100 ( $ 559.783,10=) equivalentes a once con cero cincuenta y cuatro por ciento ( 11,054 %) quedando limitada la construcción en el “Barrio Bernabé IV” a 56 viviendas y el monto de la adjudicación a pesos cuatro millones quinientos cuatro ( $ 4.504.000=).

Aplíquese dicha reducción en forma proporcional a todos los ítems contratados.

Decreto Nº 1001 del 29 de diciembre de 2011.

Prorrogando hasta el día 31 de enero de 2012, los beneficios contenidos en la ordenanza Nº 4440 (Régimen de presentación espontánea) para contribuyentes de la ciudad de Baradero que pretendan regularizar sus obligaciones tributarias con el Municipio.

Decreto Nº 1002 del 30 de diciembre de 2011.

Prorrogando para el Ejercicio 2012 hasta que se cuente con las normas correspondientes al ejercicio citado, los siguientes instrumentos legales:

Ordenanza Fiscal – Ordenanza Nº 1654/94 y sus modificaciones.

Ordenanza Impositiva – Ordenanza Nº 1655/94 y sus modificaciones.

Decreto Nº 1003 del 30 de diciembre de 2011.

Declarando Fracasada la Licitación Privada Nº 09/2011, para la provisión de materiales para la obra alambrado olímpico en PARQUE DEL ESTE.

Decreto Nº 1004 del 30 de diciembre de 2011.

Contratando desde el 1º de enero de 2012 y hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive, mediante locacion de servicios, a la Psicopedagoga Guidi Marianela, para cumplir funciones en el servicio Local de Protección del Niño y Adolescente, asignadas por Decreto Nº 76/06.

Decreto Nº 1005 del 30 de diciembre de 2011.

Contratando desde el 1º de enero de 2011 y hasta el 31 de marzo de 2012, inclusive, mediante locacion de servicios a la Lic. en Trabajo Social, Sra. Ruiz Díaz Aldana, quien integra el equipo técnico del Servicio local de protección del niño y adolescente, para continuar con las funciones asignadas en el decreto Nº 76/06 y para la realización además, de guardias pasivas semanales de lunes a domingo ( una vez al mes ).

Decreto Nº 1006 del 30 de diciembre de 2011.

Contratando desde el 1º de enero de 2012 y hasta el 31 de marzo de 2012, inclusive, mediante locacion de obras, a la Psicóloga De Vicenzo María Fernanda, para cumplir funciones en el servicio Local de Protección del Niño y Adolescente, asignadas por Decreto Nº 76/06.

Decreto Nº 1007 del 30 de diciembre de 2011.

Designando a partir del 1º de enero de 2012 y hasta el día 31 de marzo de 2012 inclusive, a los profesionales que a continuación se indican, para cumplir funciones establecidas en el marco del Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión:

Deleglise Melina E. Trabajadora Social. 20 hs semanales. $ 2.400= mensuales.

Horisberger María José. Profesora de Educación física. 20 hs semanales. $ 2.200= mensuales.

Jeandet Daiana S. 20 hs semanales. Psicóloga. $ 2.400= mensuales.

Tobares Luis F. Coordinador- Psicólogo.  20 hs semanales. $ 3.000= mensuales.

—————————————————————————————————————–

Decreto Nº 1008 del 30 de diciembre de 2011.

Designando a partir del 1º de enero de 2012 y hasta el día 31 de marzo de 2012 inclusive, a los profesionales que a continuación se indican, par cumplir las funciones establecidas en el marco del Acta de Adhesión “Envión Educativo” dentro del Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión”:

Gallesio María L. 20 hs semanales. $ 2.500= mensuales.

Da Rocha Lucrecia. Lic. Trabajo Social. 20 hs semanales. $ 2.500= mensuales.

Decreto Nº 1009 del 30 de diciembre de 2011.

Abonando a Agentes y Profesionales que a continuación se indican, una bonificación extralaboral, extraordinaria y no remunerativa, por las labores desarrolladas y cumplidas mas allá de las horas pactadas en el convenio del Programa Médicos Comunitarios.

Savoy Norma L. Enfermera. $ 3.900=.-

Díaz Nilda Zulma. Enfermera.  $ 3.900=. –

Bardo Alejandra. Enfermera. $ 3.900=

Olivera Stella M. $ 3.900=

Decreto Nº 1010 del 30 de diciembre de 2011.

Promocionando a partir del 1º diciembre de 2011, a los siguientes agentes.

Martínez Paola L. Administrativa de categoría 3 de 30 hs semanales a categoría 6 de 30 hs semanales.

Padros Jorge R. obrero categoría 3 de 44 hs semanales a categoría 6 de 44 hs semanales.

Decreto Nº 1011 del 30 de diciembre de 2011.

Declarando Fracasado el Concurso de Precios Nº 12/2011, para la c contratación de servicio de transporte de pasajeros destinado a trasladar 25 niños de lunes a viernes desde varias escuelas hasta el Hogar German Frers, por los meses de abril a diciembre de 2011.

Decreto Nº 1012 del 30 de diciembre de 2011.

Declarando fracasada la Licitación Publica Nº 3/2011, construcción CEPT en la localidad de I. Portela. Partido de Baradero.

Decreto Nº 1013 del 30 de diciembre de 2011.

Ampliando la vigencia del Decreto Nº 680/11, Creación de la Junta Evaluadora para los Certificados Únicos por Discapacidad.

Decreto Nº 1014 del 30 de diciembre de 2011.

Difiriendo e descuento de $ 500= otorgado con certificados de compra a todo el personal del municipio, como anticipo de haberes durante los meses de diciembre y enero, hasta tanto pueda contarse con partidas presupuestarias que permitan bonificar dicho importe.

Abonando al Centro de Comercio e Industria de Baradero los importes que resulten de los anticipos diferidos en el inciso anterior, que ascienden a la suma de pesos trescientos veintidós mil ( $ 322.000=).

Decreto Nº 1015 del 30 de diciembre de 2011.

Contratando del 1º de enero de 2012 y hasta el 31 de enero de 2012 al Sr. Herrera Marcelo O, para tareas en la Dirección Gral. de Inspección y seguridad. 44 hs semanales. $ 4.312,50=.

Decreto Nº 1016 del 30 de diciembre de 2011

Modificando el Presupuesto 2011.

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