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Boletín Oficial Diciembre 2014

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26/03/2015

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BOLETIN OFICIAL

Año IXX —Mes de diciembre de 2014.-

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZAS
Ordenanza N° 5092 del 1° de diciembre de 2014 y promulgada el 2 de diciembre de 2014.
Visto y considerando las diversas interpretaciones a que puede dar lugar la actual redacción de la ordenanza N° 5041/14, resultando menester subsanar la misma para expresar con claridad su alcance, como asimismo considerando la desproporción a que puede llevar la multa establecida según cada caso;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
TASA POR SERVICIOS INDIRECTO Y DIRECTOS VARIOS
Artículo 1°: Modifíquese los incisos B, C y E del artículo 1° de la Ordenanza N° 5041/14 que quedarán redactados de la siguiente manera:
B)- La Municipalidad abrirá el registro de los distribuidores mayoristas o minoristas sin local o depósito habilitado en el Partido, donde deberán inscribirse quienes ejerzan dicha actividad, quedando su reglamentación a cargo del Departamento Ejecutivo.
C)- En el caso de detectarse el ejercicio de la actividad sin previa inscripción según el inciso B, la Municipalidad procederá a notificar de la existencia de la presente ordenanza e intimará al distribuidor a que cumpla la misma a modo de apercibimiento.
E) Sin perjuicio de lo expuesto y ante el supuesto que la Municipalidad detecte incumplimientos a la presente, o errores u omisiones en la declaración jurada, se intimará por un plazo perentorio de 15 días al contribuyente para que subsane los mismos, bajo apercibimiento de aplicar las multas que corresponda, según ordenanza fiscal vigente.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 1° de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 2 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5093 del 1° de diciembre de 2014 y promulgada el 2 de diciembre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-09310/13, letra D, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Revalidación del Decreto N° 562/14 y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Refréndese el Decreto dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, Registrado bajo el N° 562/14.-
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria, a los 1 días del mes de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 2 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5094 del 18 de noviembre de 2014 y promulgada el 27 de noviembre de 2014.
Visto la precariedad e irresponsabilidad con la que se tratan los Residuos Sólidos Urbanos en la ciudad de Baradero y;
Considerando que la gestión de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) es responsabilidad de los gobiernos locales.
Que el artículo 41 de la Constitución Nacional consagra el derecho de los habitantes a gozar de “una ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”.
Que la ciudad de Baradero deposita sus residuos en un basural a cielo abierto desde hace 18 años.
Que dicho basural se encuentra en un predio alquilado por el municipio, ubicado en la parte alta de un bañado, a 3,5 mts de la capa freática del río subterráneo Puelche, a escasos metros de Río arrecifes en su lado norte y en su lado este limita con la Ruta Nacional N° 9, situación que en mayo de 1997, como consecuencia del humo provocado por la quema de basura, sumado a una importante neblina, produjo un accidente en el que murieron dos personas y 23 resultaron heridas en un choque en cadena que involucró 11 vehículos.
Que esto le produjo grandes perjuicios al Estado Municipal, ya que las victimas del episodio iniciaron acciones legales contra el municipio.
Que según la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, cada habitante produce entre 0,91 kg de residuos sólidos urbanos diarios, alcanzando la cantidad de 12.325.000 Tn en todo el país y traducido a la ciudad de Baradero, nos encontramos con la triste realidad de que nuestro basural a cielo abierto recibe 13.870 Tn de este tipo de residuos por año.
Que para el año 2025 se prevé un incremento del 29 %, llevando la cantidad anteriormente mencionada a 17.900 Tn aproximadamente.
Que este tipo de basurales produce la contaminación del suelo y el agua a través de los liquidos lixiviados que algunos residuos despiden y caen atravesando el suelo y contaminando napas de agua, el aire, atacado por los gases producidos por la descomposición de restos orgánicos que si no son tratados oportunamente, crean efecto invernadero, mata la vegetación y genera olores no deseados, entre otros inconvenientes, como la proliferación de vectores transmisores de enfermedades, la existencia de asentamientos poblaciones en su entorno inmediato, presencia de cirujeo asociada directa y / o indirectamente a los RSU, donde buena parte de quienes desarrollan esta actividad son niños o jóvenes en edad escolar que trabajan en condiciones precarias, sin protección sanitaria, posibilitando el manejo inadecuado de los residuos y una forma de vida no sostenible.
Que gran parte de los residuos domiciliarios que se generan son envases y embalajes de productos desechados.
Que en los últimos años esa cantidad se incrementó pasando, de un 14 % que representaba a comienzo del siglo XXI, al 30 % actualmente.
Que por ejemplo, la hojalata, el vidrio y el papel han sido sustituidos por materiales en los que predomina el volumen por sobre el peso y en los que se destacan los envases de plástico.
Que muchos productos que hasta hace poco tiempo eran comercializados en envases retornables mudaron a la modalidad del descartable, ya que para el productor, resulta más barato regalar los envases, que recolectarlos y reutilizarlos, pero solo si se mide desde una estructura de precios que ignora los costos de la gestión de esos envases una vez consumidos los productos contenidos por ellos.
Que la sociedad consume envases ignorando el precio que está pagando por todo el ciclo de vida de los mismos, pues el costo de su recolección, transporte y disposición final no forma parte del precio de venta de los productores que contienen, por lo que no se hace visible ni para los empresarios ni para los consumidores el verdadero precio de descartar.
Que el sistema de comercialización y conservación de alimentos y otros productos utilizan masivamente envases de plástico para su conservación y comercialización, colocando a este tipo de envases en una función social y económica, esencial.
Que no obstante esto y el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos, al finalizar el cumplimiento de su cometido, se transforma en residuos con sus consecuentes efectos perjudiciales.
Que una gestión racional de estos residuos de envases, puede transformar a los mismos en recursos y reinsertarlos en la economía y el mercado.
Que la jerarquía del residuo en su tratamiento adecuado es: (ver siguiente gráfico).
Que para todos los casos expresados en este orden jerárquico, es indispensable la separación en origen de los Residuos Sólidos Urbanos.
Que lo más costoso de este proceso, es la concientización de los ciudadanos y ciudadanas ya que son actores protagonistas en el proceso del tratamiento responsables de los residuos.
Que comenzar a experimentar la separación en origen de uno de los componentes de los RSU como es de plástico, pone en marcha, según bastas experiencias, el puntapié inicial hacia la separación total.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires:
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Se colocarán recipientes en, como mínimo, 20 (veinte) lugares estratégicos de la ciudad de Baradero, quedando a consideración del Departamento Ejecutivo, el criterio de distribución, el material y el tamaño de los mismos.
Artículo 2°: En los recipientes, cada ciudadano o ciudadana que así lo desee, depositará, exclusivamente, envases de plástico (PET).-
Artículo 3°: Los recipientes deberán poseer una leyenda visible que diga: “Aquí podés depositar tu envase de plástico (PET).
Artículo 4°: La recolección y la disposición final de los envases de plástico (PET) estarán a cargo del Municipio de Baradero o de terceros, quedando a criterio del Departamento Ejecutivo esta decisión. Si la recolección estuviera a cargo terceros, se realizará a través de un convenio entre el Municipio de Baradero y quien será el encargado de llevar a cabo dicha actividad. Dicho convenio deberá estar refrendado por este Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5°: Los envases recolectados podrán ser comercializados, reciclados o darle cualquier otro destino que se enmarque dentro de una política de sustentabilidad.
Artículo 6°: Los recursos humanos, materiales y económicos que sean necesarios para el desarrollo de la actividad, estarán a cargo en su totalidad, de quien la desarrolle.
Artículo 7°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 18 de noviembre de 2014.
BARADERO, 27 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Enrique H. Dezio, Secretario General.
Ordenanza N° 5095 del 18 de noviembre de 2014 y promulgada el 27 de noviembre de 2014.
Visto las desigualdades económicas y sociales, producto de la erosión de los salarios y/u otros ingresos, provocadas por los altos índices inflacionarios sumados a la desvaluación de nuestra moneda nacional y;
Considerando que, es el Estado Municipal quien debe buscar formas de atenuar dichas diferencias, dando mayor cantidad de posibilidades a los más necesitados.
Que existe legislación vigente según las ordenanzas 4110/2009, 4195/2009 y 4533/2011.
Que las mismas y productos de las macroeconomías han quedado subestimadas en su valor de referencia excluyendo cada vez más a quienes incluía.
Que es oportuna su actualización para ofrecer una herramienta de ayuda, ya no tan solos a los que van quedando fuera de la misma sino también a las numerosas familias que se suman a esta necesidad.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Crease la Tarifa Social la cual se ajustará a las siguientes condiciones:
1.- Contribuyentes:
Todos los contribuyentes del Partido de Baradero.
2.- Tasas involucradas:
a) Barrido, limpieza y conservación de la vía pública.
b) Servicios sanitarios, agua corriente y cloacas.
c) Red vial, área suburbana para única propiedad y cuya extensión no supere 10.000 m2.-
3.- Base de cálculo para la Tarifa Social:
a) Salario del Empleado Municipal Categoría 5 de 35 horas semanales.
4.- Contribución Porcentual:
a) 1 (uno) % de la base de cálculo mencionada, siempre que no supere el monto total fijado por el municipio para las tasas del mes correspondiente.
5.- Podrá solicitar el régimen de Tarifa Social de las tasas mencionadas en 2.- a) – b) y c) todo contribuyente que reúna los siguientes requisitos:
a) Que los ingresos líquidos totales del grupo familiar conviviente en el inmueble por el que se solicita el beneficio de Tarifa Social, no superen el Salario del Empleado Municipal Categoría 5 de 35 horas.
b) Que sea propietario de un único inmueble y que se destine el mismo a su vivienda permanente.
c) Que sin poseer título de propiedad del bien destinado a su vivienda, presente boleto de compra venta emitido por autoridad competente y sellado de ley y tenga un mínimo de cinco (5) años de antigüedad como habitante del inmueble.
d) Que posea título precario del bien destinado a su vivienda y demuestre encontrarse en vías de trámite de posesión veinteñal o escrituración de ley.
e) Que sin poseer beneficios de pensión o jubilación, sea propietario o único heredero de un único inmueble destinado a su vivienda permanente y se califique previo estudio socio económico, como indigente según los alcances de la ordenanza general N° 288.-
f) Que los ingresos líquidos totales del grupo familiar conviviente en el inmueble por el que se solicita el beneficio de Tarifa Social, no superen el resultado de multiplicar por 2 (dos) al establecido en el inciso 5 a y que acredite certificado de discapacidad entre los miembros de dicho grupo familiar. El solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 2 ítem 5 inciso b), c), d) y e) de la presente ordenanza.
6.- Exenciones parciales.
a) Los propietarios de un único inmueble con destino a su vivienda permanente que no posean sucesión de herederos o estén en trámite de la misma, tendrán acceso a una reducción de las tasas mencionadas proporcional al número de herederos titulares. Los restantes obligados mayores de 18 años abonarán la diferencia total del impuesto correspondiente.
b) Los usufructuarios de herencia directa (padres-hijos) de un único inmueble con destino a su vivienda permanente y siempre que cada titular del bien no posea más de una propiedad y con destino exclusivo a su vivienda, tendrán acceso a una reducción de las tasas mencionadas, proporcional al número de titulares. Dichos titulares abonarán el resto total del impuesto correspondiente.
7.- Exenciones Totales-:
Exímase del 100 % del pago de las mencionadas en 2.- a) b) y c) a todo contribuyente que reúna los siguientes requisitos.
a) Que los ingresos del grupo familiar conviviente en el inmueble por el que se solicita el beneficio de Tarifa Social, no superen el 80 % del Salario del Empleado Municipal Categoría 5 de 35 horas.
b) Que sea propietario de un único inmueble y que se destine el mismo a su vivienda permanente.
c) Que sin poseer título de propiedad del bien destinado a su vivienda, presente boleta de compra venta emitido por autoridad competente y sellado de ley y tenga un mínimo de cinco (5) años de antigüedad como habitante del inmueble.
d) Que posea título precario del bien destinado a su vivienda y demuestre encontrarse en vías de trámite de posesión veinteñal o escrituración de ley.
e) Que sin poseer beneficios de pensión o jubilación, sea propietario o único heredero de un único inmueble destinado a su vivienda permanente y se califique previo estudio socio económico, como indigente según los alcances de la ordenanza general N° 288.-
Artículo 2°: Los recursos generados por la recaudación del cobro de la tarifa social serán afectados a obras de ampliación de la red de agua potable, ampliación de red de gas, iluminación en los barrios más necesitados, cordón cuneta y demás obras que beneficien a los más desprotegidos.
Artículo 3°: Exceptuase del sistema de TARIFA SOCIAL a los contribuyentes cuyo único inmueble cuente con local de negocio habilitado para tal fin.
Artículo 4°: La Dirección Municipal de Rentas exigirá a los contribuyentes incluidos en la presente norma, los comprobantes que permitan justificar su inclusión en el sistema de contribución porcentual o en el de exenciones.
Artículo 5°: El beneficiario que falseare, ocultare o simulare datos o información, perderá el beneficio acordado, quedando el D.E. facultado a dar de baja el beneficio de Tarifa Social.
Artículo 6°: Extiéndase los beneficios de la presente ordenanza a aquellos contribuyentes que reúnan y acrediten todos los requisitos y condiciones fijadas por esta norma.
Artículo 7°: Plazo de presentación: Para solicitar la inclusión en Tarifa Social o Exención Ttoal, se deberá presentar el pedido dentro del año calendario correspondiente al período solicitado.
Artículo 8°: Deróguese las Ordenanza 4110/2009, 4195/2009, 4533/2011 y 4587/11.-
Artículo 9°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 18 de noviembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 27 de noviembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5096 del 22 de diciembre de 2014 y promulgada el 28 de diciembre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente 2410-744-2013, Alcance 3, mediante el cual el Departamento Ejecutivo solicita la convalidación del convenio suscripto con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Convalídese el Convenio suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por el Intendente Don Aldo Mario Carossi y la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la ley 13010, representado por Ing. Héctor Escalada, Jefe del departamento zona, el sr. Genrete Ejecutivo, Ing. Jorge Ripani y la Sra. Administradora Genral Ing. Patricia Tombesi, obratne 3 y 3 vta., del expediente 2410-744-2013, Alcance 3.-
Artículo 2°:Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria a los 22 días del mes de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 28 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Héctor Scoppa, Secretario de Servicios Públicos.
Ordenanza N° 5097 del 22 de diciembre de 2014 y promulgada el 23 de diciembre de 2014.
Vistas las actuaciones que corren por Expediente. C – 4009-20-11100/14, mediante la cual el Centro de Comercio e Industria Baradero, solicita eximición del llamado “Derecho de Construcción” y “Derecho de Oficinas” y;
Atento a la aprobación de plano de obra nueva a regularizar con destino al Salón de Fiesta, sito en calle San Martin N° 1232/40/46 de nuestra localidad.
Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase del pago de los Derechos de Construcción y Derechos de Regulación –Demolición y Reposición de fojas, al Centro de Comercio e Industria de Baradero, sito en San Martín N° 1232/40/46, designada catastralmente como Circ. I, Secc. A, Mza. 46, Parc. 22ª, Unidad Funcional, correspondiente a la documentación obrante en Expte. “C” 4009-20-11100.-
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria a los 22 días del mes de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 23 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5098 del 22 de diciembre de 2014 y promulgada el 23 de diciembre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente N° 4009-20-10524/14 Letra S, Secretaría de Obras Públicas y Privadas.
Considerando que por Decreto registrado bajo el N° 283/14 el Departamento Ejecutivo Municipal llamó a Licitación Pública N° 01/14 para la obra de construcción de CEPT 2° Etapa en la localidad de Ireneo Portela, conforme a las condiciones que obran en el presente expediente;
Que habiéndose efectuado la licitación pública N° 1/14, de acuerdo a la normativa legal vigente, el Departamento Ejecutivo por Decreto N| 381/14, lo declara fracasada, atento que la propuesta ofrecida supera ampliamente el presupuesto oficial;
Que por Decreto registrado bajo el N° 533/14 el Departamento Ejecutivo Municipal efectúa el segundo llamado a licitación Publica N° 1/14, para la obra de construcción de CEPT – 2da. Etapa en la localidad de Ireneo Portela.
Que la licitación pública ut-supra referenciada se registra una sola oferta y esta es de evidente conveniencia, no invalidando, ni afectando en modo alguno la legitimidad del procedimiento (Art. 155 L.O.M.);
Que resulta el único proponente la Firma del Sr. Genoud Julio Ricardo;
Atento a los informes expedidos por las distintas dependencias Municipales.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal de la ciudad de Baradero a adjudicar la Licitación Pública N° 01/2014- Segundo llamado, para la Obra de Construcción de CEPT – 2° Etapa, de la localidad de Ireneo Portela, Partido de Baradero, por la suma total de pesos un millón ciento noventa y seis mil quinientos ochenta y ocho ( $ 1.196.588=) a la Firma del Sr. Julio Ricardo Genoud, con domicilio legal en calle Conesa N° 340 de la localidad de Ireneo Portela, Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 22 de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 23 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Arq. Ezequiel Lapadula, Secretario de Obras Públicas y Privadas y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5099 del 22 de diciembre de 2014 y promulgada el 23 de diciembre de 2014.-
Visto la plena vigencia de la ordenanza N° 2957/04 que crea la Comisión Municipal de Becas y;
Considerando que es menester actualizar los requisitos establecidos en la ordenanza mencionada;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Modifíquese el artículo 4° de la ordenanza N° 2957/04, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4°: El programa constará básicamente de 85 Becas mensuales las que podrán ampliarse según los recursos que proporcione el FOMUEPER las cuales serán otorgadas durante el período que comprende entre los meses de marzo a diciembre de cada año con posibilidad de renovación.
La distribución de las Becas se realizará de la siguiente manera:
a) Para estudiantes que cursen en los grandes centros Universitarios o Terciarios (Ej: Buenos Aires, La Plata, Rosario), el beneficio será de 25 becas.
b) Para estudiantes que cursen en zonas de influencias (como Luján, Campana, Zárate), el beneficio será de 25 becas.
c) Para estudiantes que cursen en establecimientos de los distritos de Baradero y San Pedro, el beneficio será de 25 becas.-
d) Para estudiantes que cursen carreras universitarias y / o terciarias en establecimientos virtuales o mayores de treinta (30) años, el beneficio será de 10 becas.-
La comisión municipal de becas podrá modificar la cantidad de becas y otorgar medias becas de acuerdo a la evolución de la recaudación obtenida por el FOMUEPER. Para tal efecto el Departamento Ejecutivo comunicará en forma bimensual a dicha comisión los montos de recaudación para esta partida.
Artículo 2°: Modifíquese el artículo 4 del anexo de la ordenanza 2957/04, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4: Los aspirantes a integrar el listado para usufructuar las becas deberán cumplir las siguientes condiciones generales:
a) Ser menores de 30 años, (excepto inciso d del art. 4 de la ordenanza), residentes en el Distrito de Baradero.
b) Los ingresos mensuales del grupo familiar no deben exceder dos salarios mínimo vital y móvil vigentes.
c) Ser alumno regular de una carrera terciaria o universitaria.
d) Quedan excluidos los que no pudieran concluir una carrera en los niveles citados, como así también los que quieran presentarse para realizar un pos grado o una nueva carrera universitaria o terciaria.
e) Ser alumno de una carrera terciaria o universitaria reconocida por el Ministerio de Cultura y educación Nacional y Provincial.
f) No poseer otra beca o módulo de beca u otro beneficio como planes de trabajo otorgado por una repartición estatal, como así también por una institución, asociación o empresa privada.
g) El grupo familiar al cual pertenece el solicitante no podrá poseer más de una propiedad.
h) Tasas de alumbrado, barrido y limpieza correspondientes al año en curso de la propiedad que puedan pertenecer al grupo familiar o al beneficiario, debe estar pagos.
Artículo 3°: Modifíquese el artículo 7 del anexo de la ordenanza 2975/04, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 7°:” Los postulantes en ambos casos presentarán la certificación de materias a cursar en forma cuatrimestral o anual, durante el período de beca, como así también curricular de la carrera en la que conste el detalle de las materias por año. Nadie podrá percibir efectivamente la beca por el término que supere el tiempo de duración de la carrera más un año, salvo situaciones excepcionales evaluadas por la comisión municipal de bases.”
Artículo 4°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de varadero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 22 de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD
BARADERO 23 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
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Ordenanza N° 5100 del 22 de diciembre de 2014 y promulgada el 30 de diciembre de 2014.
Visto que el artículo 24 del Decreto Provincial N° 2.980/00, expresa que las creaciones, ampliaciones o modificaciones de crédito en el presupuesto de gasto sancionado deberán ser promovidas por el Departamento Ejecutivo y contar con la aprobación del Concejo deliberante. Las excepciones a esta disposición son las que menciona el artículo 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y;
Considerando que resulta necesario realizar compensaciones en las partidas de gastos de capital que no cuentan con saldo suficiente, teniendo en cuenta las economías realizadas en otras;
Que en la mayoría de los casos fueron realizadas las previsiones presupuestarias correspondientes, pero el aumento de los costos motivo que resultaran insuficientes;
Que resulta necesario dar curso a las modificaciones solicitadas a los efectos de no provocar mayores demoras en la ejecución de las tareas programadas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Modifíquese el Presupuesto 2014 quedando redactado los gastos de la siguiente forma:
Incremento
Subjurisdicción: Conducción Superior 1110101000
Categoría programática: 17.01.00- Delegación Municipal Alsina.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.8.0 – Herramientas y repuestos mayores.
Importe: $ 18.705= (pesos dieciocho mil setecientos cinco).
Objeto del gasto: 4.3.9.0- Equipo varios.
Importe: $ 11.735= (once mil setecientos treinta y cinco).

Subjurisdicción: Secretaría de Gobierno 1110102000
Categoría programática: 21.01.00 –Gestión de actividades deportivas y recreativas.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.6.0 – Equipo de computación.
Importe: $ 7.018= (pesos siete mil dieciocho)

Subjurisdicción: Secretaría de Hacienda 1110103000
Categoría programática: 01.01.00 – Coordinación Adm, Financiera y Contable.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.7.0: Equipo de oficina y muebles.
Importe: $ 22.251,91= (pesos veintidós mil doscientos cincuenta y uno con 91 Ctvos.)

Subjurisdicción: Secretaría de Salud 1110104000
Categoría programática: 41.00.00 – Hospital Lino Piñeiro.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.9.0- Equipos varios.
Importe: $ 825= (pesos ochocientos veinticinco).
Subjurisdicción: Secretaría de Obras Públicas y Privadas 1110107000.
Categoría programática: 71.01.00- Obra restauración Edificio Municipal.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.6.0.- Equipo de computación.
Importe: $ 3.397= (pesos tres mil trescientos noventa y siete).

Subjurisdicción: Secretaría General 1110110000
Categoría programática: 23.00.00 – Control de tránsito e inspección general.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.3.0- Equipo sanitario y de laboratorio.
Importe: $ 3.420= (pesos tres mil cuatrocientos veinte).

Reducción:
Subjurisdicción: Conducción Superior 1110101000
Categoría programática: 17.01.00 – Delegación Municipal Alsina.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.6.0 _Equipo para computación.
Importe: $ 2.638= (pesos dos mil seiscientos treinta y ocho).
Subjurisdicción: Secretaría de Gobierno 1110102000
Categoría programática: 21.01.00 – Gestión de actividades deportivas y recreativas.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.7.0- Equipo de oficina y muebles.
Importe: $ 2.800= (pesos dos mil ochocientos)
Objeto del gasto: 4.3.9.0 – Equipos varios.
Importe: $ 800= (pesos ochocientos).

Subjurisdicción: Secretaría de Hacienda 1110103000
Categoría programática: 01.01.00 – Coordinación Adm, financiera y contable.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.4.0- Equipo de comunicación y señalamiento.
Importe: $ 4.906,20= (pesos cuatro mil novecientos seis con veinte centavos)
Objeto del gasto: 4.3.6.0 – Equipo para computación.
Importe: $ 1.726= (pesos un mil setecientos veintiséis)
Objeto del gasto: 4.8.1.0- Programas de computación.
Importe: $ 14.692,55= (pesos catorce mil seiscientos noventa y dos con cincuenta y cinco centavos)

Categoría programática: 01.02.00 – Recaudación y Adm. De los Recursos Municipales.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.9.0 – Equipos varios.
Importe: $ 927,16= (pesos novecientos veintisiete con dieciséis centavos).

Subjurisdicción: Secretaría de Salud- 1110104000.
Categoría programática: 41.00.00 – Hospital Lino Piñeiro.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.4.0- Equipo de computación.
Importe: $ 825= (pesos ochocientos veinticinco)

Subjurisdicción: Secretaría de Obras Públicas y Privadas 1110107000.
Categoría programática: 71.01.00- Obra restauración Edificio Municipal.
Fuente de financiamiento: 110- Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.2.1.0- Construcción de bienes de dominio privado.
Importe: $ 34.617= (pesos treinta y cuatro mil seiscientos diecisiete).

Subjurisdicción: Secretaría General 1110110000
Categoría programática: 23.00.00 – Control de tránsito e Inspección General.
Fuente de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.7.0 – Equipo de oficina y muebles.
Importe: $ 3.420= (pesos tres mil cuatrocientos veinte).
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 22 de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 30 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5101 del día 22 de diciembre de 2014 y promulgada el 30 de diciembre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente bajo N° 4009-20-11694/14, Letra G, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal, solicita se acepte la donación del cincuenta por ciento de un electrocardiógrafo, efectuada por la firma Estancias de Alsina S.A. y;
Considerando que para poder incorporar al Patrimonio Municipal es menester realizar el pertinente acto administrativo de aceptación.
Que en cumplimiento de lo establecido en el art. 57 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Aceptase la Donación del cincuenta por ciento ( 50 %) del valor del bien que se detalla a continuación: Electrocardiógrafo, Marca Contec, Modelo ECG 300 g, serie N° 0123, Tamaño: 315 mm x 215 mm x 77 mm (H), efectuada por la firma Estancias de Alsina S.A. a favor de la Municipalidad de Baradero.
Artículo 2°: Afectase al Patrimonio Municipal.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 22 de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 30 de diciembre de 2014.
FDO: Dr. Aldo Mario Carossi, Intendente Muncipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5102 del 22 de diciembre de 2014 y promulgada el 30 de diciembre de 2014.
Visto el decreto del Departamento Ejecutivo registrado bajo el N° 622/14 que se dicta ad – referéndum de este Honorable Cuerpo y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado sobre tablas, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Refréndese el Decreto dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, registrado bajo el N° 622/14, Ref: Eximición de los Derechos a artesanos y Patio Gastronómico – Movete Baradero.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria a los 22 días del mes diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 30 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5103 del 22 de diciembre de 2014 y promulgada el 30 de diciembre de 2014.
Visto el conflicto bélico desarrollado en el año 1982 entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por la disputa del dominio territorial sobre las Islas Malvinas, del cual participaron varios ciudadanos baraderenses, soldados argentinos por ese entonces y la posibilidad de que a través de ellos y de manera directa puedan transmitir a nuestros niños y jóvenes, hechos y sucesos que allí se vivenciaron, como una alternativa más de acercamiento y conocimiento de nuestra historia reciente, en pos de sumar acciones que posibiliten comprender lo que significó, significa y significará para nuestro país el conflicto del Atlántico Sur, fortaleciendo así nuestro reclamo pacífico y permanente de soberanía sobre las Islas Malvinas y;
Considerando que más allá de lo que indican los libros o enseñan los docentes, sería muy valioso escuchar de los protagonistas, los hechos, vivencias, datos y circunstancias que rodearon al combate de Malvinas.
Que a partir del relato de ex combatientes, en donde estos puedan relatar sus experiencias, los alumnos tendrían una visión práctica y real de lo sucedido en este histórico momento de nuestra patria y que forma parte de nuestra historia reciente.
Que así como nuestro país sigue reclamando de manera pacífica la soberanía Argentina sobre las Islas Malvinas, cada uno de los ciudadanos desde el lugar que le toque ocupar, debe también colaborar, generando acciones que fortalezcan y mantengan vivo, activo y firme este reclamo.
Que esta iniciativa sería un eslabón más en la búsqueda del fortalecimiento del sentir nacional de nuestros niños y jóvenes, en el camino permanente de forjar y formar argentinos defensores de su país.
Que los ex combatientes oriundos y / o radicados en nuestra ciudad, realizan una activa tarea en pos de visualizar y revalorizar tan importante hecho, que involucra entre otras cosas, la creación de un museo que contaría con elementos utilizados en Malvinas, la construcción de una plazoleta en su conmemoración, la participación en actos, etc.-
Que las jornadas – charlas educativas sobre Malvinas servirían además para difundir este excelente trabajo que vienen desarrollando con tanto ímpetu los ex combatientes de nuestra ciudad y serían además momentos de un justo reconocimiento hacia la inmensa tarea realizada por ellos en defensa de nuestro país.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Cresase el PROGRAMA “MALVINAS EN PRIMERA PERSONA”, con el objeto de que los Ex Combatientes de nuestra ciudad, puedan transmitir mediante Jornadas – Charlas educativas a los alumnos de los establecimientos educativos de Baradero, las vivencias, datos, circunstancias y hechos que se desarrollaron en la Guerra de Malvinas, generando una alternativa de acercamiento, valoración y reconocimiento de este evento tan caro e importante para los Argentinos y que forma parte de nuestra historia reciente.
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo designará el órgano de aplicación que crea conveniente para llevar adelante la implementación del presente programa, quien podrá contar con la colaboración de las autoridades educativas distritales (Inspector Jefe Distrital, Inspectores de Educación del nivel primario y secundario del distrito).
Artículo 3°: Serán funciones del órgano del aplicación y sus colaboradores:
A.- Convocar a Ex Combatientes de Malvinas oriundos y / o residentes en nuestra ciudad para conformar el grupo de trabajo que brindará las Jornadas Charlas educativas inherentes al presente programa.
B.- Difundir y promover en los establecimientos educativos primarios y secundarios del distrito, el conocimiento y la participación de los mismos en el presente programa, facilitando los alcances y medios de comunicación necesarios, con los ex Combatientes, para que estos puedan acceder y concertar posibles fechas de realización de las jornadas educativas en cada una de las escuelas interesadas.
C.- Promover que el programa “Malvinas en 1° Persona” se desarrolle a lo largo de todo el año (Entre los meses de marzo y Noviembre) evitando de esta manera, que se acumulen demasiadas jornadas únicamente durante el mes de Abril, en pos de optimizar los recursos humanos disponibles.
D.- Permitir la participación de las jornadas por escuelas, de manera individual o agrupando dos o más escuelas, por turno y nivel, según se crea conveniente.
E.- Estimular la participación de las jornadas del mayor número de escuelas a lo largo del año, difundiendo y poniendo de manera continua a disposición de las mismas el presente programa. Haciendo un mayor esfuerzo de promoción en aquellas escuelas que no hayan participado del mismo.
Artículo 4°: De las charlas:
A.- Se contemplará la realización de las jornadas – charlas educativas del programa “Malvinas en 1° Persona!, según la demanda e interés de cada establecimiento educativo del distrito, el cual deberá solicitar al órgano de aplicación (mediante el medio de comunicación establecido) una posible fecha de realización para la misma.
B.- Las jornadas se realizarán dentro del horario y turno escolar y tendrán una duración aproximada de 2 (dos) horas reloj por cada una de ellas.
C.- Serán brindadas por ex combatientes oriundos y / o residentes en Baradero, quienes podrán contar, de ser necesario, con la colaboración de ex combatientes oriundos y / o residentes en Baradero, quienes podrán contar, de ser necesario, con la colaboración de ex combatientes de otros distritos.
D.- En las mimas se transmitirán datos, hechos y sucesos vivenciados por ellos en el Combate del Atlántico Sur.
E.-Las jornadas podrán realizarse individualmente por escuela o agrupando dos o más escuelas según turno y nivel, cuando el órgano de aplicación crea conveniente y para optimizar la eficiencia de los recursos humanos disponibles.
Artículo 5°: El Programa “Malvinas en 1° persona” estará destinado a los alumnos del segundo ciclo del nivel primario y a los alumnos del nivel secundario de los establecimientos educativos de Baradero, Alsina, Portela y Santa Coloma, tanto de índole público como privado.
Artículo 6°: El grupo de ex combatientes convocados por el órgano de aplicación, brindarán las jornadas – charlas educativas en las escuelas de manera voluntaria y ad – honorem.
Artículo 7°: Inclúyase al Programa “Malvinas en 1°Persona”, en el programa de festejos por los 400 años de nuestro pueblo.
Artículo 8°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 22 de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 30 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Enrique H. Dezio. Secretario General.
Ordenanza N° 5104 del 22 de diciembre de 2014 y promulgada el 30 de diciembre de 2014.
Visto las actuaciones que por expediente N° 4009-20-09408/13, letra F y;
Considerando que la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, cartón y químicos, cumple con los requisitos, acreditan su personería jurídica gremial y demás documentación requerida, que la propuesta a desarrollar otorga utilidad a un inmueble en estado de abandono y mejorará notoriamente la franja costera, siendo conveniente otorgar el predio solicitado con la mayor premura para evitar asentamientos ilegales en el mismo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1°: Otorgase a titulo precario por el término de veinticinco (25) años, a la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos, Personería gremial N° 120, sito en calle Osvaldo Cruz N° 2075 (1293) Buenos Aires, el predio ubicado en continuación de la calle Almirante Brown S / N de la ciudad de Baradero, cuyas dimensiones son las siguientes: 200 mts sobre calle a ceder paralela a los límites del predio de la Empresa ATANOR S.A. contados a partir de las instalaciones del desagüe industrial sobre el Río Baradero hacia el este, 44 mts sobre el lateral Norte, 40 mts sobre el lateral Este y la resultante de costa sobre Río Baradero, según plano a fs. 7, expediente 4009-20-09408/13, “F”. las dimensiones laterales serán variables hasta después de ceder la calle reglamentaria sobre los límites de la Empresa ATANOR S.A.
Artículo 2°: La cesión de derechos referida en el artículo 1° estará condicionada a la entrega y realización del plan de obras a desarrollar por dicha institución, según consta en expediente 4009-20-09408/13 “F” de fs 6, en un plazo máximo de dos (2) años contados a partir de la promulgación de la presente ordenanza y con la expresa aclaración de que una vez vencido el plazo otorgado, sin que se cumpliere el cargo , el Municipio podrá recuperar automáticamente la posesión del inmueble sin necesidad de previa interpelación, con todo lo plantado, clavado o adherido al suelo y sin derecho a ninguna indemnización por las mejoras introducidas.
Artículo 3°: El derecho otorgado tendrá exclusivos fines turísticos, sociales y recreativos.
Artículo 4°: El rellenado del terreno, como así cualquier otro tipo de mejoras, correrá por cuenta exclusiva de la Federación.-
Artículo 5°: La Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Baradero procederá a fiscalizar la obra a ejecutar y delimitar la zona afectada de acuerdo a las normas vigentes.
Artículo 6°: El Departamento Ejecutivo, deberá suscribir convenio con la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, cartón y químicos, el que contemplará el plan de obras y los plazos propuestos por el sindicato, obrante de fs 1 a fs 6 del expediente “F” 4009-20-09408/13.-
Artículo 7°: Deróguese la ordenanza registrada bajo el N° 4958/14.-
Artículo 8°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 22 de diciembre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 30 de diciembre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Enrique H. Dezio, Secretario General.
D E P A R T A M E N T O E J E C U T I V O

D E C R E T O S
Decreto N° 624 del 5 de diciembre de 2014.
Cubriendo el cargo de Director de Informática, en carácter de interino, del 25 de noviembre de 2014 al 8 de diciembre de 2014 inclusive, por el Agente Maroli Darío Javier.-
Decreto N° 625 del 5 de diciembre de 2014.
Llamando a Concurso de Precios N° 34/14 para la provisión de combustible con destino a móviles de la Policía Comunal, con un presupuesto oficial de pesos sesenta y siete mil quinientos ( $ 67.500=).-
Decreto N° 626 del 5 de diciembre de 2014.
Llamando a Concurso de Precios N° 35/2014 para la provisión de combustible con destino a móviles de la Policía Comunal con un presupuesto oficial de pesos ciento cincuenta y seis mil doscientos ( $ 156.000=).-
Decreto N° 627 del 5 de diciembre de 2014.
Adjudicando el Concurso de Precios N° 32/2014 para la provisión de combustible con destino a unidades de Servicios Públicos a la Empresa EDOSADA S.A.
Decreto N° 628 del 5 de diciembre de 2014.
Adjudicando el Concurso de Precios N° 33/2014 para la provisión de combustible con destino a unidades de Servicios Públicos a la Empresa EDOSADA S.A.
Decreto N° 629 del 5 de diciembre de 2014.
Prorrogando en todos sus términos la vigencia del Decreto N° 402/2014, a partir del 1° de diciembre de 2014 y por el término de treinta (30) días corridos.
Decreto N° 630 del 5 de diciembre de 2014.
Prorrogando hasta el día 30 de diciembre de 2014 los beneficios contenidos en la Ordenanza 4873 – Régimen de Presentación Espontánea para contribuyentes de la ciudad de Baradero que pretendan regularizar sus obligaciones tributarias con el Municipio.
Decreto N° 631 del 5 de diciembre de 2014.
Cubriendo el cargo de Directora de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, carácter de interino, del 1° al 7 de diciembre de 2014 inclusive, por la Agente Sra. López Débora Vanina.
Decreto N° 632 del 5 de diciembre de 2014.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:
Del 01/12/2014 al 31/12/2014:
Grassini Andrea. 2 horas semanales. Maestra de Música en Jardín de infantes Municipal N° 5 “Martha Salotti”.
Rodríguez Claudia Mabel. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes Municipal “PTE. Irigoyen”.
Sevegnani Pierina. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Suppicich Sandra V. 20 hs semanales. Preceptora en el Jardín de Infantes Municipal “PTE. Irigoyen”.
Troncoso Pamela. 20 hs semanales. Maestra Inicial en el Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Decreto N° 633 del 5 de diciembre de 2014.
Aceptando la renuncia presentada por la Sra. Pérez Cintia Yanina, al lote identificado dentro del Programa Plan Familia Propietaria.
Decreto N° 634 del 9 de diciembre de 2014.
Transfiriendo a la Cuenta 50405/2 de Recursos Ordinarios Ejercicio 2014, saldos que registran las cuentas del Banco de la Nación Argentina N° 247-246 y 290/62.-
Decreto N° 635 del 9 de diciembre de 2014.
Llamando a Licitación Privada N° 13/2014, para la Obra Senda Peatonal sobre Rutal Pcial N° 41 entre las calles 4 de febrero y Alte. Brown de la ciudad de Baradero, con un presupuesto oficial de pesos doscientos sesenta y tres mil trescientos ocho ( $ 263.308=)
Decreto N° 636 del 9 de diciembre de 2014.
Llamando a Licitación Privada N° 14/2014, para la Obra Construcción Cordón Plazoleta Acceso Baradero, con un presupuesto oficial de pesos trescientos cuarenta y dos mil ciento seis con veinte centavos
( $ 342.106,20=).-
Decreto N° 637 del 9 de diciembre de 2014.
Llamando a Licitación Privada N° 15/2014 para la Obra Construcción de Playón Deportivo de Usos Escolares Prioritario en la ciudad de Baradero, con un presupuesto oficial de pesos seiscientos noventa y nueve mil ciento noventa y cinco con treinta y dos centavos ( $ 699.195,32=).-
Decreto N° 638 del 9 de diciembre de 2014.
Declarando de interés social, regularización dominial del inmueble a favor del Sr. Pérez Alberto Daniel y Otra.
Decreto N° 639 del 9 de diciembre de 2014.
Eximiendo por el año 2014 del pago del Derecho de Uso de Playas, Riberas y Puertos, al Tiro Federal Argentino de Baradero de nuestra ciudad.
Decreto N° 640 del 9 de diciembre de 2014.
Eximiendo por al año 2014 del pago del Derecho de Uso de Playas, Riberas y Puertos, al Club de Regatas Baradero de nuestra ciudad.
Decreto N° 641 del 9 de diciembre de 2014.
Eximiendo por el año 2014 del pago del Derecho de Uso de Playas, riberas y Puertos, al Club de Pesca y Naútica Baradero de nuestra ciudad.
Decreto N° 642 del 9 de diciembre de 2014.
Transfiriendo a la Cuenta de Recursos Ordinarios – Ejercicio 2014, los saldos que registran la cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Decreto N° 643 del 9 de diciembre de 2014.
Ampliando el Cálculo de Recursos.-
Decreto N° 644 del 9 de diciembre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 26.000=. Asociación de Bomberos Voluntarios de Baradero, para solventar gastos que demande almuerzo Destacamento Reforzado de la localidad de Alsina.
Decreto N° 645 del 9 de diciembre de 2014.
Poniendo en funciones de Contadora Municipal, carácter de interino, del 9 al 15 de diciembre de 2014 inclusive a la Agente Vergara Carla Lorena.
Decreto N° 646 del 10 de diciembre de 2014.
Eximiendo por el año 2014 al Sr. Alonso Eliseo Abel, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan inmueble de su propiedad.
Decreto N° 647 del 10 de diciembre de 2014.
Eximiendo por el año 2014 a la Sra. Rothen Vda. De Argiró Milena Mabel, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios, que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 648 del 11 de diciembre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 2.000=. Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Baradero. (S.O.E.M.B.) para solventar gastos de traslados de afiliados a Hospitales y nosocomios especializados para estudios médicos.
Decreto N° 649 del 11 de diciembre de 2014.
Modificando el Presupuesto 2014.
Decreto N° 650 del 11 de diciembre de 2014.
Ampliando el Cálculo de Recursos.
Decreto N° 651 del 11 de diciembre de 2014.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:
Del 1°/12/2014 al 31/12/2014
Aguerre del Bene Ana M. Tareas de Médica en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 4.914,82= mensuales.
Alanis Adriana B. 140 hs mensuales. Taller de Danzas Folclóricas. $ 2.991,63= mensuales.
Bardessono Marisa K. Terapista Ocupacional en Hospital Municipal $883,95= mensuales, Clases Taller de la Memoria $ 969,75= mensuales y Terapia Ocupacional en Hogar de Ancianos $ 1.586,15= mensuales.
Bechtholt Dora E. 35 hs semanales. Sec. Turismo. $ 3.400= mensuales.
Caballero Regina. Para realización de certificados médicos para Registro de conducir y visitas domiciliarias a domicilios de agentes con licencias médicas.
$ 7.162,26= mensuales.
Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
Casas Cecilia. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Concilio Juan S. 35 hs semanales. Taller de Coro Juvenil. $ 3.400= mensuales.
Erpen Lucila. 24 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 10.179,90= mensuales.
Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento legal en Dcción Producción. $ 8.657,98= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Farías Horacio I. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
Fussinato Jorge M. tareas de coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos educativos y administrativos con la UBA. $ 7.798,91= mensuales y reconocimientos de viáticos.
Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.698,34= mensuales.
Gallardo Carolina. Fonoaudióloga en Hospital Municipal. $ 2.706,72= mensuales.
Giménez Lidia N. 44 hs semanales. Tareas en Dcción atención primaria de la salud. $ 4.902,08= mensuales.
Giordano Camilo H. Médico en localidad de Alsina. $ 16.421,34= y por guardias activas de 24 hs $ 2.100= cada una.
Girotti María Estela. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Tareas en Dcción de Obras. $ 6.264,23= mensuales.
Hebeisen Alberto O. 35 hs semanales. Profesor de gimnasia. $ 4.358,35= mensuales.
Idiart María F. 6 hs semanales. Kinesióloga fisiatra. $ 2.849,17= mensuales.
Labriola Mariana L. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 10.179,90= mensuales.
León Esteban. 35 hs semanales. Profesor de E. Física. $ 4.358,35= mensuales.
Mussi Marina. 6 hs semanales. Kinesióloga Fisiatra. $ 2.849,17= mensuales.
Negré Néstor R. 48 hs semanales. Tareas en Concejo deliberante. $ 6.218,84= mensuales.
Olmos María E. 35 hs semanales. Tareas en Dcción atención primaria de la Salud. $ 4.358,35= mensuales. .
Ottina Marcos N. 35 hs semanales. Profesor Educación Física. $ 2.662,20= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Pellegrino Sergio. Tareas en Hospital Municipal. $ 6.953,75= mensuales.
Pulido Araceli R. 35 hs semanales. Profesora de gimnasia. $ 4.358,35= mensuales.
Ravettino María I. 18 hs semanales. Psicóloga en Hogar de Ancianos y Hospital Municipal. $ 4.415,83= mensuales.
Sartor Carlos E. tareas en Secretaría de obras. Inspección obras públicas con uso de vehículo propio. $ 6.756,51= mensuales.
Scollo José L. 35 hs semanales. Taller de Teatro. $ 4.358,35= mensuales.
Schachttel Juan P. Médico traumatólogo en Hospital Municipal. $ 4.914,81=, y por guardias activas de 24 hs la suma de $ 3.000=.
Zarich María Melina. 10 hs semanales. Odontóloga. $ 3.096,92= mensuales.
Decreto N° 652 del 12 de diciembre de 2014.
Adjudicando la Licitación Privada N° 11/2014, para ceder en permiso de uso precario, a título oneroso y con destino a la siembra de los cultivos en superficies de tierra adyacentes a las rutas provinciales y caminos municipales que se detallan:
Al Sr. Delia Carlos Alberto con domicilio legal en la localidad de Santa Coloma y al Sr. Narmona José Luis con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decreto N° 653 del 12 de diciembre de 2014.
Aceptando la Licencia sin goce de haberes, solicitada por el Dr. Lischetti Heber Rubén – Director de Asesoría Letrada.
Decreto N° 654 del 12 de diciembre de 2014.
Adjudicando el Concurso de Precios N° 34/14, para la Provisión de combustible con destino a la Policía Comunal a la Empresa EDOSADA S.A.
Decreto N° 655 del 12 de diciembre de 2014.
Adjudicando el Concurso de Precios N° 35/14 para la Provisión de combustible con destino a móviles de la Policía Comunal a la Empresa EDOSADA S.A.
Decreto N° 656 del 12 de diciembre de 2014.
Llamando a Licitación Pública N° 3/2014 para la Obra Construcción Jardín Maternal Municipal sobre calle 4 de febrero entre Maipú y Chacabuco de nuestra ciudad con un presupuesto oficial de pesos cinco millones ochenta y cuatro mil setecientos sesenta y seis con noventa centavos ( $ 5.084.766,90=).-
Decreto N° 657 del 15 de diciembre de 2014.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Los Pingüinos Ltda.”, la suma de pesos doce mil ( $ 12.000=) apra abonar a Hierros Baradero S.A. dicho importe, contra entrega por parte del beneficiario del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos según corresponda.
Decreto N° 658 del 16 de diciembre de 2014.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:
Del 1°/12/2014 al 31/12/2014

ACOSTA, Horacio Alcides, DNI. Nº 10.646.761, para realizar tareas de Obrero en la localidad de ALSINA, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

Acuña Jorgelina Yessica P. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos Municipal. $ 4.902,08= mensuales.

ALÍ BROUCHOUD, Ismael Esteban, DNI. Nº 8.382.455, para realizar tareas de Abogado en el Centro de Protección a las Víctimas, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.640,55=, más reconocimiento de viáticos.

ALTAMIRANO, Adriana Mercedes, DNI. Nº 25.275.080, para realizar tareas de Servicio y Maestranza en el Hogar del Niño “Juan XXIII”, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

ALTAMIRANO Claudio Adolfo. 48 hs semanales. Obrero Chofer. $ 6.215,84= mensuales.
AMENDOLA EZEQUIEL. 35 hs semanales. Obrero. $ 4.358,35= mensuales
ARNOLFO, Humberto, DNI. Nº 28.346.030, para realizar tareas en la Dirección de Obras Públicas y Privadas, con una jornada laboral de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 7.689,95=.

ARRIETA, Graciela María – DNI. Nº 21.499.150, para tareas dependientes del Juzgado de Falta Municipal (notificadora), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

AVALOS, Fidel Andrés, DNI. Nº 27.346.829, para realizar tareas de Obrero dependiente de la Delegación de Ireneo Portela, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

BALIELA GRASSINO, Carlos, DNI. Nº 22.054.889, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardias Activas y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

BARATTINI, Juan Eduardo, DNI. Nº 25.579.396, para tareas de Profesor de Educación Física dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.

BARRÁS, Jennifer Carolina, DNI. Nº 35.999.817, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Presupuesto, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimiento de viáticos.

BARTONEK, Jorge Miguel, DNI. Nº 39.147.408, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

BASUALDO, Berenice Florencia, DNI. Nº 34.044.385, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.
BASUALDO Javier Ismael. Tareas en Sec. Cultura, Educacion y Turismo. Conducción Mañanas de Radio. $ 3.000= mensuales.

BELÉN, Leandro Julián, DNI. Nº 31.536.104, para realizar tareas de Coordinación en el Cementerio Local, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=, más reconocimiento de viáticos.

BELLO, Ornella Solange, DNI. Nº 36.094.460, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

BERAYRA, José Felipe, DNI. Nº 4.748.294, para realizar Tareas Generales de Obrero dependiente de la Dirección Gral. de Espacios Públicos, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.073,38=.
BERNALDO DE QUIRROZ Ramiro. 35 hs semanales. Coordinación y Mantenimiento. Dcción de Turismo. $ 4.358,35= más reconocimiento de viáticos.-
BOGADO, Gustavo Andrés, DNI. Nº 24.403.652, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. de Inspección y Seguridad (Inspector de Comercio), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimiento de viáticos.

BOGLIOLO, Heraldo, DNI. Nº 25.018.775, para tareas de Veterinario dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.791,26=.

BORDÓN, Verónica Beatriz, DNI. 22.951.582, para realizar tareas dependientes de la Secretaría de Hacienda (Dirección de Informática), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 7.404,36=, más reconocimiento de viáticos.

BRACAMONTE, Sebastián Emiliano, DNI. Nº 35.639.636, para realizar tareas de (Enfermero) en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

BRAILLARD SCHEITLIN, Ingrid, DNI. Nº 30.903.069, para tareas de Profesora de Educación Física en el Jardín de Infantes Municipal Nº 2 “Gabriela Mistral” – DIPREGEP 2230 de la Loc. de STA. COLOMA, con una jornada de labor de 1 H. semanal y en el Jardín de Infantes Municipal Nº 5 “Martha Salotti” – DIPREGEP 3570, con una jornada de labor de 2 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 1.200,00.

BRETHAUER, Rodrigo, DNI. Nº 32.335.834, para realizar tareas en la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (corte de calle, educación vial, señalización horizontal, vertical e informativa), con jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

BRIONI, Mario Ezequiel, DNI. Nº 22.261.449, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Cultura, Educación y Turismo (logística, chofer, seguimiento y mantenimiento de la página municipal, realizaciones fotográficas y fílmicas de áreas municipales), con una remuneración mensual de $ 6.215,84=, más reconocimiento de viáticos.
BUCHHAMMER Sergio Ricardo. Médico de Guardia U.T.I. $ 3.000= por guardia activa de 24 hs.
BUÉ, Lourdes Nahimé, DNI. Nº 38.370.147, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Técnica Laboratorio), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

BULGARELLA, Rodrigo Jesús, DNI. Nº 33.691.758, para realizar tareas administrativas en la Dirección Gral. de Rentas, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

CÁCERES, Pablo Gabriel, DNI. Nº 38.584.320, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

CANTERO, Ariel, DNI. Nº 26.768.747, para realizar tareas de obrero en la Localidad de Santa Coloma, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

CARMONA, Nabila Daiana, DNI. Nº 35.115.084, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

CASAL, Eduardo Alfredo, DNI. Nº 14.156.739, para tareas de Profesor de Educación Física (Escuela de Arqueros), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.

Casco Noelia C. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.

CHAPUIS, Milton Yamil, DNI. Nº 35.404.920, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

CIAPONI, Vanesa Liliana, DNI. Nº 28.134.319, para realizar tareas en el Hogar del Niño “Juan XXIII” (Docente), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

CICERO ESTEFANIA. Médica de guardias y 107, en Hospital Municipal. $ 2.500= por guardia activa de 24 hs.
CONTRERAS Liliana Haydee. Médica de Guardias y Servicio 107. $ 3.000= por guardia activa de 24 hs.
CONTRERAS, Marcelo Rubén, DNI. Nº 18.001.383, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Traumatólogo) y una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

Correa Valeria Gisela. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.

CUIS CASINO, Roberto José Manuel, DNI. Nº 29.032.151, para tareas de Prof. de Educación Física (Loc. Alsina) dependiente de la Dirección de Deportes y Actividades Recreativas, con una remuneración mensual de $ 1.637,59=.

DAVASSE, María Eugenia, DNI. Nº 28.346.149, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

DE MARCHI, Damián Esteban, DNI. Nº 31.250.199, para tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardias y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por Guardia Activa de 24 Hs.

DELEGLISE, María Ivana, DNI. N° 33.851.516, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Técnica Laboratorio), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.215,84= , y $ 200,00 por guardia pasiva.

DELUCA, Pablo Horacio, DNI. Nº 28.308.870, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardia y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

DESCALZO, Yasmín Adelina, DNI. Nº 33.851.553, para realizar tareas administrativas dependientes de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.646,25=.

DE VINCENZO, María Fernanda, DNI. Nº 30.433.550, para realizar tareas en el Servicio Local de Protección de los Derechos del Niño y Adolescentes (Psicóloga), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.510,30=.

DIPASQUALE, Carla, DNI. Nº 34.044.211, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

DIPASQUALE, Nino Carlos, DNI. Nº 31.850.921, para tareas de Profesor de Educación Física (Loc. de Alsina) dependiente de la Dirección de Deportes y Actividades Recreativas, con una remuneración mensual de $ 2.662,04=.

Domingo Walter Javier. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.
DUBARRY DAUBIÁN, Andrés, DNI. Nº 35.999.809, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

EJARQUE Silvio Roberto. 36 hs semanales. Médico Oncólogo. Hospital Municipal. $ 4.000= mensuales.

ESPINOSA, María Soledad, DNI. Nº 32.166.050, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardias y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

ESPINOSA, Manuel Conrado, DNI. Nº 10.673.782, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (Cortes de calle, manejo, corte de pasto y barrido), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

ESQUIVEL, Néstor Alejandro, DNI. Nº 17.989.950, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

FARÍAS, Mariana Soledad, DNI. Nº 34.044.396, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Administrativa del Hospital Municipal (Administrativa – Mesa de Entradas y Estadísticas), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

FERNÁNDEZ, Alicia Romina, DNI. Nº 27.588.727, para realizar tareas administrativas en la Secretaría de Servicios Públicos, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=

FERREYRA, Cintia Valeria, DNI. Nº 30.897.079, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Instrumentista), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35= ; y por guardias del servicio una remuneración de $ 1700,00.

Figueroa Eugenio Alberto. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.

FLORES, Alejandra Noemí, DNI. N° 25.901.755, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Servicio y Maestranza), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

FRANCCHINI, Marcelo Darío, DNI. Nº 16.949.680, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (consultorio externo 3 veces por semana – Atención de Salas de lunes a viernes y los fines de semana disponibilidad en reemplazo del Dr. Mecco, Jorge), con una remuneración mensual de $ 4.830=, y atención de lunes a viernes de 15,00 hs a 17hs en el Hospital Municipal y visitas domiciliaria del personal municipal con licencia médica $ 6.900=, más $ 3.000= por guardia activa de 24 hs.

GAETÁN, Andrea Susana, DNI. N° 25.016.013, para realizar tareas dependientes de la Secretaría de Hacienda, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

GAETANO, María Soledad, DNI. N° 25.290.062, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica Infectóloga), con una jornada de labor de 6 Hs. semanales y una remuneración de $ 6.325=.
GAMBA, María Daniela, DNI. Nº 29.652.823, para tareas en la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (corte de calle, educación vial, señalización horizontal, vertical e informativa), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=.

GARCÍA, Carlos Gabriel, DNI. Nº 14.848.954, para realizar tareas dependiente de la Secretaria de Obras Públicas y Privadas (Inspector de Obras), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración de $ 6.358,29=.

GARCIA Roberto Alejandro. Tareas de ecografías e informes de tomografías. $ 10.000= mensuales.
GARCÍA, Viviana Marcela, DNI. Nº 17.742.517, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Prevención de la Salud (Obstetra), con una jornada de labor de 6 Hs. semanales en Salas Periféricas y 2 Hs. en el C.A.P.S de Alsina, con una remuneración mensual de $ 5.000=, más reconocimiento de viáticos.

GARRO, Norma Telma, DNI. Nº 11.996.303, para realizar tareas administrativas en la Secretaría Privada, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.678=.

GAZABA, Gastón, DNI. Nº 31.349.869, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardias General y Servicio 107), con una remuneración mensual de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

GÉREZ, Adolfo Eduardo, DNI. Nº 10.559.002, para realizar Tareas Grales. de Obrero dependiente de la Dirección Gral. de Espacios Públicos, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

GHIO, Martina Florencia, DNI. Nº 32.269.521, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

GHIO, Rita Luciana, DNI. Nº 27.070.769, para tareas en la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (corte de calle, educación vial, señalización horizontal, vertical e informativa), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=, más reconocimiento de viáticos.

GIUFFRET, Julio Manuel, DNI. Nº 22.661.952, para realizar tareas dependientes de la Secretaría de Hacienda, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.612,50=, más reconocimiento de viáticos.

GODDARD, Clelia Mabel, DNI. Nº 14.550.263, para tareas en la Dirección de Recursos Provinciales, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=.

GOMEZ Cecilia M. 48 hs semanales. Servicio y Maestranza en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
GÓMEZ, Gabriela Laura, DNI. Nº 26.840.888, para realizar tareas en la Dirección Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

GÓMEZ, M. Virginia, DNI. Nº 30.360.582, para realizar tareas en la Dirección Gral. Médica del Hospital Municipal, (Obstétrica), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 10.179,90=.

GONZÁLEZ, Gloria Noemí, DNI. Nº 30.789.978, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

GONZÁLEZ, Marcela Karina, DNI. Nº 21.849.134, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias Pediátricas), con una remuneración de $ 3.100,00 por guardia activa de 24 Hs.

GONZÁLEZ, Marta, DNI. Nº 17.480.622, para tareas de Servicio y Maestranza en el Jardín de Infantes Municipal “Paula A. de Sarmiento” de la Loc. de ALSINA, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

GUGGER, Danisa Cintia, DNI. Nº 29.652.790, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

HERNÁNDEZ, Lucas Zenón, DNI. Nº 28.134.330, para realizar Tareas Generales de Obrero dependiente de la Dirección Gral. de Gestión Ambiental, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

HERNÁNDEZ, Marta Vanesa, DNI. Nº 29.032.133, para tareas en el Vivero Municipal dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=, más reconocimiento de viáticos.

INCHAUSTI, Horacio Alberto, DNI. Nº 14.944.870, para realizar tareas de obrero en la Localidad de Santa Coloma, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

ISA, Diego Daniel, DNI. Nº 24.070.387, para realizar tareas en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=, más reconocimiento de viáticos.

IVANCICH, Rodolfo Leonardo Guillermo, DNI. Nº 26.398.639, para tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias, Consultorio y traslados de Pediatría), con una remuneración mensual de $ 5.400,00 y por guardias activas de 24 Hs. $ 3.100,00.

JEANDET, Daiana Soledad, DNI. Nº 31.536.051, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 12 Hs. semanales y una remuneración de $ 3.400=.
Lacerna Yamila L. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
LEDESMA, Cintia Vanina, DNI. Nº 26.130.118, para realizar tareas de Coordinación en la UCEP, con una jornada de labor de 35 Hs. Semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

LEON Adalberto Rubén. Servicios en Departamento de Seguridad Vial. $ 13.000= mensuales más reconocimiento de viáticos.
LOPEZ DE MARCHI María Valeria. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 10.179,90= mensuales.
LUNA, Cristina, DNI. Nº 11.211.887, para realizar tareas en la Dcción. Gral. de Prevención de la Salud (Enfermera) – Sala I. Portela, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración de $ 5.136,35=.
MAESTRE Jorge Alberto. 48 hs semanales. Obrero tareas grales. $ 5.136,35= mensuales.
MAESTRE, Juan Carlos, DNI. Nº 26.590.749, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

MAFFEI, Gilda, DNI. Nº 26.603.021, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Ginecóloga), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs. y para tareas de (Obstetra) con una jornada de labor de 48hs semanales y una remuneración mensual de $ 10.179,90=.

MAGALLANES, Patricia Ángela, DNI. Nº 25.590.898, para realizar tareas de Servicio y Maestranza en el Jardín de Infantes Municipal “Jardilandia” de la Loc. de I. PORTELA, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

MALACALZA, Evangelina, DNI. Nº 30.043.898, para tareas de Bioquímica en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro” (de Lunes a Viernes de 07:00 a 10:00 Hs. y de 17:00 a 20:00 Hs.); con una remuneración mensual de $ 9.065= y por Guardia Pasivas $ 200,00.

MALACALZA, Verónica Isabel, DNI. Nº 27.589.587, para tareas de Servicio y Maestranza en el Jardín de Infantes de Santa Coloma, con una jornada de labor de 20 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 2.849,17=.

MANICLER, Jorgelina Belén, DNI. Nº 36.310.529, para realizar tareas servicio y maestranza dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social, con una jornada de labor de 20 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 2.136,88=.

MANICLER, Mario Hernán, DNI. Nº 32.269.484, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. de Inspección y Seguridad, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

MARCONI, Guillermo Eduardo, DNI. Nº 20.315.022, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Chofer), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.215,84=.

MARCONI, Sergio Gabriel, DNI. Nº 33.723.095, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

MÁRQUEZ, Paula Andrea, DNI. Nº 24.459.602, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

MARTIG, Daniela, DNI. Nº 32.146.709, para tareas de Profesor de Educación Física (Escuela de Hándbol), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.

Melchiori Nerina A. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y Seguridad. $ 4.902,08= mensuales.

MARTÍNEZ, Lorena Soledad, DNI. Nº 34.044.227, para realizar tareas en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

MÉNDEZ ARANCIBIA, Adrián Matías, DNI. Nº 28.132.794, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias General y Servicio 107), con una remuneración mensual de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

Méndez Patricia Liliana. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 10.179,90= mensuales.

MENDY, Fernando Ariel, DNI. Nº 29.652.969, para realizar tareas dependientes de la Secretaria de Cultura, Educación y Turismo (Logística y Mantenimiento en la Dcción. de Turismo), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimientos de viáticos.

MERINO, Rogelio Raúl, DNI. Nº 8.267.910, para realizar tareas en la Dirección de Obras Públicas y Privadas, con una jornada laboral de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 7.689,95=.

MIGONI, Guido Andrés, DNI. Nº 30.485.248, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias General y Servicio 107), con una remuneración mensual de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

MIRANDA, Darío Hugo, DNI. Nº 27.826.053, para tareas en el Servicio de Protección del Niño con una jornada de labor de 30 Hs. semanales; y en el Departamento Violencia Familiar 10 Hs. semanales, más guardias pasivas, con una remuneración mensual de $ 7.475=.

MONTENEGRO, Germán Alberto, DNI. Nº 13.382.739, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias General y Servicio UTI ), con una remuneración mensual de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

MONTIEL, María Elina, DNI. Nº 31.307.789, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

MONZÓN, María Clara, DNI. Nº 18.433.925, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Prevención de la Salud (Obstetra), con una jornada de labor de 6 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 2.635,48=, más reconocimiento de viáticos.
MONZON Sandra Araceli. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
MUÑOZ, María Valeria, DNI. Nº 21.493.999, para tareas de Bioquímica en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro” (de Lunes a Viernes de 07:00 a 10:00 Hs. y de 17:00 a 20:00 Hs.); con una remuneración mensual de $ 9.065= y por Guardias Pasivas $ 200,00.

MUZZIO José G. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Obras Públicas y Privadas. $ 11.680=.-

NAN, Osvaldo Enrique, DNI. Nº 16.980.918, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Asesoría Letrada, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.973,10=, más reconocimientos de viáticos.

Nasif Néstor Antonio. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.

NIEVES, Silvia Andrea, DNI. Nº 33.551.866, para realizar tareas de Enfermera en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

NOVELLA, Cyntia Pamela, DNI. Nº 26.130.042, para realizar tareas en el Hogar del Niño “Juan XXIII” (Servicio y Maestranza), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=

O´´DONNELL JONATAN. Médico de guardias y 107. Hospital Municipal. $ 2.500= por guardia activa de 24 hs.

ONOPRIJEZUK CRISTINA B. Enfermera en Hospital Municipal. 48 hs semanales. $ 5.136,50= mensuales.
ORMACHEA GUTIÉRREZ, Alberto, DNI. Nº 18.817.759, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Prevención de la Salud (Médico), con una jornada de labor de 6 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 1.850,00 y para atención en el Servicio de Pediatría en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro” $ 6.210=, más $ 3.100,00 por guardia activa de 24hs.

ORTUNIO DÍAZ, Maica, DNI. Nº 36.310.997, para realizar tareas en el Hogar del Niño “Juan XXIII” (Docente), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

OVISPO, Daniela Analía, DNI. Nº 30.433.746, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

PÁEZ, Abigail Gisel, DNI. Nº 35.773.149, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Asesoría Letrada, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

PELASCINI, Ricardo Matías, DNI. Nº 29.487.882, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Turismo, con una jornada de labor de 35 Hs. Semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=
PELAYO Isabelino. Escuela de boxeo. $ 1.600=.-

Pelayo Marcelo Javier. 35 hs semanales. Obrero. $ 4.358,35= mensuales.
PELAYO MAURO. 44 hs semanales. Tareas en Secretaría de Gobierno. $ 4.902,08= mensuales.
PELOROSSO, Dino, DNI. Nº 26.590.732, para tareas de Profesor de Educación Física (Escuela de Tenis), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.

PELLEGRINI, Oscar Alfredo, DNI. Nº 13.132.425, para realizar tareas dependientes de la Dcción Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimiento de viáticos en el caso de ser comisionado por la Municipalidad.

PEREA, Adrián Jesús Marcelo, DNI. Nº 36.310.928, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

PHILIP, Nicolás Douglas, DNI. Nº 36.190.729, para realizar tareas de Operador de la Radio Municipal “EVITA”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

PIAZZA, Ricardo Omar, DNI. Nº 14.491.069, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

PINTADO, Horacio Daniel, DNI. Nº 14.432.986, para realizar tareas dependientes de la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Urólogo), con una jornada de labor de 36 Hs. semanales y una remuneración de $ 5.698,34= y por guardias activas de 24 Hs. $ 3.000=.

PIÑÓN, Analía Soledad, DNI. Nº 33.427.595, para realizar tareas administrativas en la Oficina de Compras, con una jornada laboral de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimiento de viáticos.

PUSICH, María Sol, DNI. Nº 36.644.831, para tareas administrativas dependientes de la Contaduría Municipal, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

Quintana Fabián E. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.

RAMINELLI, Emilio Jesús, DNI. Nº 33.723.100, para realizar tareas en el Departamento de Alumbrado Público, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

RAMOS, Juan María, DNI. Nº 34.044.368, para tareas de Secretario Administrativo de Gestión y Promoción de Festejos de la “Comisión del Cuatricentenario 2014-2015”, con una remuneración mensual de $ 9.775=, más reconocimientos de viáticos.

RAMOS, María Luisina, DNI. N° 35.612.657, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

Rebecchi Norberto. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y Seguridad. $ 4902,08= mensuales.

REY, Hugo Oscar, DNI. Nº 8.550.407, para realizar tareas de difusión y comunicación en espacio radial de lunes a viernes y participación contenido página Web, con una remuneración mensual de $ 4.000=.

RÍOS, Yanina Noelia, DNI. Nº 32.146.836, para realizar tareas de Servicio y Maestranza dependiente de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

RODRÍGUEZ, Adriana Emilia, DNI. Nº 30.549.768, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. Médica del Hospital Municipal (Obstétrica) con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 10.179,90=.

ROMERO, Cintia Sabrina, DNI. Nº 29.652.775, para realizar tareas administrativas en la Dcción. Gral. de Rentas, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=

ROMERO, Juan Roberto, DNI. Nº 13.393.954, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Deportes (Escuela de Boxeo), con una remuneración de $ 925,22=.

ROMERO, Marisa Luján, DNI. Nº 23.884.908, para realizar tareas en la Dcción. Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

ROSÓN, Juan Ignacio, DNI. Nº 24.741.103, para tareas curso expedición de Libretas Sanitarias dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una remuneración de $ 1.994,42=.

ROWLANDS, Cecilia Gisele, DNI. Nº 32.769.175, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Servicio Hemoterapia), con una remuneración de $ 4.701,13=, más $ 1.000,00 por guardias pasivas del servicio.

RUÍZ, Emmanuel, DNI. Nº 30.433.675, para realizar tareas dependientes de la Dirección de Deportes y Actividades Recreativas (Profesor de Educación Física), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 2.662,19=.

SAAVEDRA, Marina Aldana, DNI. Nº 24.741.093, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.
SANCHEZ FACUNDO. Psiquiatra en Hospital Municipal. $ 8.700= mensuales.
SASSONE Leonardo Emmanuel. Abogado en Asesoría Letrada. 30 hs semanales. $ 6.500= mensuales.
SELLA, Mónica Beatriz, DNI. Nº 16.602.968, para realizar tareas de (Enfermera) en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

SERPI, Jorge Luís, DNI. Nº 27.589.658, para tareas de Profesor de Educación Física (Escuela de Canotaje), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.
SILVA, Leonardo Gabriel, DNI. Nº 25.290.217, para realizar Tareas Generales de Obrero dependiente de la Dirección Gral. de Espacios Públicos, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

SILVA, Natalia Andrea, DNI. Nº 29.137.481, para tareas en la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (corte de calle, educación vial, señalización horizontal, vertical e informativa), con jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=.

SILVA, Ricardo Daniel, DNI. Nº 29.652.989, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (Cortes de calle, manejo, corte de pasto y barrido), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

SILVA, Ruth Soledad, DNI. Nº 30.043.770, para realizar tareas de Servicio y Maestranza en el Hogar del Niño “Juan XXIII”, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

SIMOUR MARIO CESAR. 44 hs semanales. Mantenimiento y cuidador del Cementerio Indígeno. $ 4.000= mensuales.

Simour Miguel Angel. Tareas relacionadas con organización del Festival de Música Popular Argentina. $ 6.000= mensuales.

SIMOUR, Ricardo Osvaldo, LE. Nº 4.745.104, para tareas dependientes de la Sec. de Gobierno (Alumbrado Público), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una renumeración mensual de $ 6.505,35=, más reconocimiento de viáticos.

SIMOUR, Silvina, DNI. Nº 21.862.897, para realizar tareas de Prof. de Educación Física (Loc. Alsina), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 3.400= .

SOTTO, Nora Beatriz, DNI. Nº 20.670.873, para realizar tareas de (Enfermera) en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.
STAATS NESTOR HORACIO. 48 hs semanales. Chofer 107 y Servicio de Mantenimiento. $ 5.136,35= mensuales.

SUÁREZ, Liliana Evangelina, DNI. Nº 28.134.528, para realizar tareas de Servicio y Maestranza en el Hogar del Niño “Juan XXIII”, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

TOBARES, Luís Fernando, DNI. Nº 26.840.949, para realizar tareas dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social (Servicio Local – Psicólogo), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.490,64, más reconocimiento de viáticos.
TORRES Ailen. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 5-136,35= mensuales.
VALDÉZ, María Cristina, DNI. Nº 24.741.166, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

VALENTIN María Julieta. 48 hs semanales. Enfermera. $ 5.136,35= mensuales.-

VALLE, Viviana Gabriela, DNI. Nº 22.545.205, para realizar tareas administrativas en la Dcción Gral. de Derechos Humanos y Trabajo Cooperativo, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.266,11=.
VEGA SILVIA ESTER. 35 hs semanales. Servicio y Maestranza en Sec. Desarrollo Social. $ 4.358,35= mensuales.
VERGARA, María Isabel, DNI. Nº 13.644.633, para realizar tareas administrativas en Tesorería Municipal, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.399,84=.

VERÓN, Sandra Noemí, DNI. Nº 17.742.520, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

VIERA FONSECA, Damián Nicolás, DNI. Nº 35.702.473, para realizar tareas de Operador de la Radio Municipal “EVITA”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

VILLALBA LEDESMA, Eloy Miguel, DNI. Nº 33.736.764-, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136.35=.

VILLANUEVA, María José, DNI. Nº 23.015.106, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Asesoría Letrada (Diligencias), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ $ 4.902,80=.

VOGEL, Jaquelina Ayalén, DNI. Nº 32.146.934, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (técnica laboratorio), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

WILHJELM, Verónica, DNI. Nº 29.370.348, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Servicio y Maestranza), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

WIRTH CAROLINA ELIZABETH. Médica de guardia y Servicio 107. $ 3.000= por guardia activa de 24 hs.
Decreto N° 659 del 17 de diciembre de 2014.
Compensando Créditos y Débitos.
Decreto N° 660 del 17 de diciembre de 2014.
Facultando a la Oficina de Compras a dar por concluidas adquisiciones, referenciadas en el presente Decreto.-
Decreto N° 661 del 17 de diciembre de 2014.
Aceptando con fecha 1° de enero de 2015 la Renuncia elevada por la Agente Sra. Valeri María Elda, al cargo de Técnico en Hospital Municipal.
Decreto N° 662 del 17 de diciembre de 2014.-
Ampliando el Cálculo de Recursos.
Decreto N° 663 del 17 de diciembre de 2014.
Ampliando el Cálculo de Recursos.-
Decreto N° 664 del 17 de diciembre de 2014.
Poniendo en funciones de Directora de Recursos Provinciales en carácter de interino. Del 9 al 22 de diciembre de 2014 inclusive, a la Agente Coria María Rosa.
Decreto N° 665 del 17 de diciembre de 2014.
Aceptando la renuncia presentada por la Sra. Rojas Celia Mabel al lote de terreno del Programa Plan Familia Propietaria.
Decreto N° 666 del 17 de diciembre de 2014.
Adjudicando la Licitación Privada N° 12/14, para ejecutar la Obra Construcción de “Sala de Tecnología en la Escuela N° 11 en la localidad de Alsina- Partido de Baradero, a la firma Misenti Juan Sebastián, por la suma total de pesos cuatrocientos noventa y siete mil setecientos. ($ 497.700=).-
Decreto N° 667 del 18 de diciembre de 2014.
Declarando Asueto Administrativo los días Miércoles 24 y miércoles 31 de diciembre de 2014 a todo el Personal dependiente de la Municipalidad de Baradero, con excepción de las guardias rotativas en los lugares necesarios para la característica del servicio que presta.
Decreto N° 668 del 19 de diciembre de 2014.
Ampliando el Cálculo de Recursos.
Decreto N° 669 del 19 de diciembre de 2014.
Ampliando el Cálculo de Recursos.
Decreto N° 670 del 22 de diciembre de 2014.
Ampliando el Cálculo de Recursos.
Decreto N° 671 del 23 de diciembre de 2014.
Adjudicando Licitación Pública N° 1/14 – Segundo llamado para la Obra Construccion de C.E.P.T. 2da. Etapa en la localidad de Ireneo Portela a la firma Genoud Julio Ricardo, de la localidad de Ireneo Portela- Partido de Baradero por la suma total de pesos un millón ciento noventa y seis mil quinientos ochenta y ocho ( $ 1.196.588=).
Decreto N° 672 .- ANULADO
Decreto N° 673 del 23 de diciembre de 2014.
Ampliando el Cálculo de Recursos.
Decreto N° 674 del 23 de diciembre de 2014.-
Anulando el decreto N° 672 de fecha 23 de diciembre de 2014.
Decreto N° 675 del 29 de diciembre de 2014.
Contratando bajo el régimen de Locación de Servicios, a partir del 1° de enero de 2015 y hasta el 31 de marzo de 2015 inclusive al Licenciado en Trabajo Social Sr. Roldán Facundo Edgardo para cumplir funciones en el Servicio local de Protección de los Derechos del Niño y Adolescentes, en el Departamento Conflictos Familiares y Guardias Pasivas semanales. $ 7.654= mensuales.
—————————————————————————————————————
Decreto N° 676 del 29 de diciembre de 2014.
Contratando desde el 1° de enero y hasta el 31 de marzo de 2015 inclusive, mediante locación de servicios a la Licenciada en Trabajo Social Sra. Ruiz Díaz Aldana, para cumplir funciones en el Servicio Local de Protección de los Derechos del Niño y Adolescentes y guardias pasivas semanales. $ 6.653= mensuales.
Decreto N° 677 del 29 de diciembre de 2014.
Contratando desde el 1° de enero de 2015 y hasta el 31 de marzo de 2015 inclusive mediante locación de servicios a la Psicóloga Srta. Wüthrich Pamela Soledad, para cumplir funciones en el servicio local de Protección de los Derechos del Niño y Adolescente, en el Departamento Discapacidad y Tercera Edad y guardias pasivas semanales. $ 8.396,61= mensuales.
Decreto N° 678 del 29 de diciembre de 2014.
Prorrogando para el Ejercicio 2015, hasta que se cuenten con las normas correspondientes al ejercicio citado los siguientes instrumentos legales:
Ordenanza Fiscal – Ordenanza N° 4965/2014
Ordenanza Impositiva – ordenanza N° 5001/2014 y sus modificatorias.
Decreto N° 679 del 29 de diciembre de 2014.
Poniendo en funciones de Contadora Municipal, carácter de interino, del 5 de enero de 2015 al 8 de febrero de 2015 inclusive a la Sra. Vergara Carla Lorena.
Decreto N° 680 del 29 de diciembre de 2014.
Poniendo en funciones de Director de Deportes y actividades Recreativas, en el carácter interino, del 5 de enero de 2015 al 8 de febrero de 2015 inclusive, al agente Prof. Mindurry Osvaldo José H.-
Decreto N° 681 del 29 de diciembre de 2014.
Eximiendo por el año 2014 a la Sra. Coria Graciela Elvira, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 682 del 30 de diciembre de 2014.
Contratando personal, por el periodo y tareas que se citan:
Del 01/01/2015 al 31/01/2015-.
Grassini Andrea. 2 hs semanales. Maestra de Música.
Rodríguez Claudia Mabel. 20 hs semanales. Maestra Inicial en el Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Sevegnani Pierina. 20 hs semanales. Maestra Inicial en el Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Spinetta maría Noemí. 20 hs semanales. Preceptora en el Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Troncoso Pamela. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Decreto N° 683 del 30 de diciembre de 2014.
Conformando el Foro Municipal de Seguridad por el período de dos (2) años con los siguientes miembros:
Presidente: Damián Federico César Mori.-
Vicepresidente: María Laura Casino.-
Secretario: Jorge Raúl Podestá.-
Decreto N° 684 del 30 de diciembre de 2014.
Prorrogando hasta el día 31 de enero de 2015 los beneficios contenidos en la Ordenanza 4873 – Régimen de Presentación Espontánea para contribuyentes de la ciudad de Baradero que pretendan regularizar sus obligaciones tributarias con el Municipio.
Decreto N° 685 del 30 de diciembre de 2014.
Disminuyendo el Cálculo de Recursos 2014.-
Decreto N° 686 del 30 de diciembre de 2014.

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