dsc02803-640x480

MES DE FEBRERO DE 2014

AÑO IXX – NUMERO II

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 O R  D  E  N  A  N  Z  A  S

Ordenanza N° 4931 del 3 de febrero de 2014 y promulgada el 4 de febrero de 2014.

       Visto las gestiones que el Departamento Ejecutivo Municipal ha iniciado ante Fideicomiso Fondo Fuerza Solidaria para la obtención de un préstamo y;

    Considerando que el programa Fuerza Solidaria tiene como objetivo fomentar la creación y consolidación de micro emprendimientos y otros proyectos de la economía social en la Provincia de Buenos Aires, promoviendo el asociativismo y contribuyendo al fortalecimiento de las organizaciones sociales, redes y agencias; desde el incentivo al desarrollo productivo local y de las economías regionales;

    El destino del crédito será destinado a otorgar microcréditos para financiar Capital de Trabajo, Inversiones, Infraestructura y Ampliación y / o Refacción de viviendas.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                           ORDENANZA

Artículo 1°: Facultase al Departamento Ejecutivo a contraer con el Fideicomiso, Fondo Fiduciario Fuerza Solidaria representado por Bapro Mandatos y Negocios S.A., un empréstito por la suma de pesos setecientos cincuenta mil

($ 750.000=).

Artículo 2°: El préstamo que se autoriza a contraer se encuentra sujeta a las siguientes condiciones financieras:

Plazo: Treinta y seis (treinta y seis) meses.

Cuotas: Treinta y seis (36) cuotas de capital e intereses, amortizables con periodicidad mensual para capital, y mensual para intereses.

Tipo de Operación: Préstamos amortizables a interese vencido.

Amortización de capital: Cuotas de amortización de capital constantes

(Sistema Alemán).

Tasa de Interés Aplicable: La tasa de interés a aplicarse al crédito será variable, definida por el Comité de administración, y como máximo igual a la Tasa Encuesta del BCRA para depósitos a plazo fijo en pesos a 30 días, corregida por el coeficiente de efectivo mínimo, o la equivalente que en el futuro la reemplace, regulada por el BCRA. Los vencimientos de las cuotas son los primeros días de cada mes. Para mantener la bonificación de la tas, se deberán pagar las cuotas antes de los 30 días corridos desde su vencimiento.

Arancel de Otorgamiento: 2 % del total del crédito por única vez en forma adelantada al momento de efectivizarse la operación.

Artículo 3°: El importe del empréstito será destinado a otorgar microcréditos para financiar parte de la obra que se detalla en proyecto anexo comprometiéndose el Municipio a aportar los recursos necesarios para cancelar el costo total de la obra.

Artículo 4°: La obligación de pago a asumir por la Municipalidad será garantizado mediante la afectación de los recursos que le correspondan al Municipio por el Régimen de coparticipación de impuestos nacionales y provinciales (Ley N° 10.559 y modificatorias), cediendo los mismos como medio de pago de las obligaciones emergentes del presente préstamo.

Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y en los futuros, los rubros y partidas necesarias para dar ingreso a los recursos referidos y egresos de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.

Artículo 6°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y demás documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente operatoria.

Artículo 7°: Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que proceda a emitir el informe técnico y de evaluación según lo dispuesto en las leyes N° 12.462 y N° 13.295.

Artículo 8°: Posteriormente, gírese la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de que proceda a tomar la intervención de su competencia.

Artículo 9°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes en sesión extraordinaria del día 3 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 4 de febrero de 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.

Ordenanza N° 4932 del 3 de febrero de 2014 y promulgada el 4 de febrero de 2014.

    Visto los planes de préstamo destinados a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, por el Banco de nuestra Provincia y;

    Considerando que las condiciones son muy accesibles para el Municipio.

   Que el destino de los mencionados es para Obras Públicas, ejecución de trabajos de infraestructuras urbanas, edificios públicos y obras de interés general y social.

       Que el Municipio está proyectando inversiones en obras de pavimentación, infraestructura

Plazo: Hasta sesenta (60) cuotas mensuales y consecutivas de capital e interés.

Amortización de capital: Cuotas de amortización de capital constantes (Sistema Alemán).

Tasa de interés Aplicable: El préstamos devengará una tasa variable en función de la tasa promedio mensual que publica el BCRA como BADLAR, tasa de interés por depósito a plazo fijo de más de un millón de pesos – total en pesos (tasa testigo) o la que en el futuro la reemplace, correspondiente al período comprendido entre el día 19 o anterior hábil del mes precedente y el de día 20 o anterior hábil del segundo mes anterior, ambos al mes de vencimiento del servicio, más un Spread de 3 (tres) puntos porcentuales anuales.

Período de intereses: Mensual.

Intereses: Sobre saldo de deuda. La cuota de interés se abonará conjuntamente con la cuota de amortización.-

Vencimiento de los servicios: Las cuotas vencerán el último día hábil del mes, venciendo la primera en esa misma fecha del mes siguiente al de la efectivización  del préstamo.

Comisión: Será del uno por ciento (1 %) sobre el total del préstamo a descontar por única vez en forma adelantada al momento de efectivizarse la operación.

Artículo 3°: El importe del empréstito será destinado a financiar las obras contenidas en el Plan de obras públicas de este municipio, que se detallan a continuación: Obras de Pavimentación Urbano y cordón urbano y cordón cuneta (Sector oeste / 9 cuadras), Gas natural (calle Roca, sector II, y Barrio anexo calle Roca). Ampliación de cloacas (sector 22 y calle P. de Melo entre J.V. González y Lavalle, número impar, Hernández entre P. de Melo y Mitre ambas aceras. Dorrego entre P. de Melo y Mitre ambas aceras.)

Artículo 4°: La obligación de pago a asumir por la Municipalidad será garantizada mediante la afectación de los recursos que le correspondan al Municipio, por el Régimen de coparticipación de impuestos nacionales y provinciales (Ley N° 10.599 y modificatorias) cediendo los mismos como medio de pago de la obligaciones emergentes del presente préstamo.

Posteriormente a que se efectivicen las retenciones previstas en la ley, se autoriza al Banco de la Provincia de Buenos Aires a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del presente préstamo.

Artículo 5°: El departamento ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y en los futuros, los rubros y partidas necesarias para dar ingreso a los recursos referidos y egresos de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.

Artículo 6°: Autorizase al departamento ejecutivo a suscribir los convenios y demás documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente operatoria.

Artículo 7°: Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que se proceda a emitir el informe técnico y de evaluación según lo dispuesto en las leyes N° 12.462 y N° 13.295.

Artículo 8°: Posteriormente, gírese la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de que proceda a tomar la intervención de competencia.

Artículo 9°: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, en sesión extraordinaria del día 3 de febrero de 2014.

Fdo. Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 4 de febrero de 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.

Ordenanza N° 4933 del 21 de febrero de 2014 y promulgada el 25 de febrero de 2014.

     Vistas las actuaciones que corren por expediente H- 4009—20-04276/11, mediante las cuales el Sr. Horisberger Sergio Mario, solicita eximición de la tasa de Inspección de Seguridad e Higiene de su comercio de Tintorería, sito en Martín de Gainza N° 1858 y;

     Considerando que el recurrente a fs. 24 y 25 presenta certificado de discapacidad válido hasta el 26/06/2016, padece una discapacidad motora, amputación bajo rodilla.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades.

   Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                     ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase por el ejercicio 2014 al Sr. Sergio Mario Horisberger de la tasa por inspección de seguridad e higiene y Servicios sanitarios, Art. 4, Item C., del comercio sito en calle Martín de Gainza 1858 de nuestra ciudad.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión extraordinaria del día 21 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 25 de febrero de 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.

Ordenanza N° 4934 del 21 de febrero de 2014 y promulgada el 26 de febrero de 2014.

       Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares a través de las becas para niños que asisten a Casa del Niño Sonrisas, mediante la firma del respectivo convenio.

     Atento s lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social, en actuaciones que corren agregadas por expediente D-4009-20-1126/00.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

     Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                              Ordenanza  

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Consejo Provincial de Familia y desarrollo Humano para acceder   a becas que acuerda ese ConsejoProvincial de Familia y Desarrollo Humano, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en Casa del Niño “ Sonrisas”.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesionesdel Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Pcia. de Bs. As, en sesión extraordinaria del día 21 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE. HCD y Sr. Juan José Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 26 DE FEBRERO DE 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza N° 4935 del 21 de febrero de 2014 y promulgada el 26 de febrero de 2014.

      Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial del Menor- Dirección de hogares a través de las becas para niños que asisten al Jardín Maternal “Rayito de Sol”   mediante la firma del respectivo convenio.

    Atento a lo solicitado por la Secretaría de Acción Social y Salud en actuaciones que corren agregadas por expediente D- 4009-20-1126/00,

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                             ORDENANZA 

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Consejo Pcial. del Menor – Dirección de Hogares, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en el Jardín Maternal “Rayito de Sol”.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión extraordinaria del día 21 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 26 de febrero de 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza N° 4936 del 21 de febrero de 2014 y promulgada el 26 de febrero de 2014.

      Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial de  Desarrollo Humano – Dirección de Hogares a través de más becas para niños que asisten al CAI “La Ilusión”, mediante la firma del respectivo convenio.

       Atento a lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social que corren agregadas por expediente D- 4009-20-1126/00.

      Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

     Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Pcia. Bs. As., sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                        ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir un Convenio con el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en el CAI “La Ilusión” correspondiente al ejercicio 2014.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, en sesión extraordinaria del día 21 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 26 de febrero de 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza N° 4937 del 21 de febrero de 2014 y promulgado el 26 de febrero de 2014.

      Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el consejo Provincial de Desarrollo Humano – Dirección de Hogares a través de las becas para niños que asisten al CAI “Somos Chiquitos” mediante la firma del respectivo convenio.

    Atento a lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social que corren agregadas por expediente D- 4009-20-1126/00.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

     Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                ORDENANZA

Artículo 1°:  Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en el CAI “Somos Chiquitos”, correspondiente al ejercicio 2014.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero en sesión ordinaria del día 21 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 26 de febrero de 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza N° 4938 del 21 de febrero de 2014 y promulgada el 26 de febrero de 2014.

      Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial de Desarrollo Humano – Dirección de Hogares a través de las becas para niños que asisten al CAI “Esperanza” mediante la firma del respectivo convenio.

    Atento a lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social, que corren agregadas por expediente D- 4009-20-1126/00.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                        ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en el CAI “Esperanza” correspondiente al ejercicio 2014.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de varadero en sesión extraordinaria del día 21 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 26 de febrero de 2014.

PROMULGADA, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza N° 4939 del 24 de febrero de 2014 y promulgada el 26 de febrero de 2014.

    Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial de Desarrollo Humano – Dirección de Hogares a través de las becas para niños que asisten al Hogar del Niño “Juan XXIII” mediante la firma del respectivo convenio.

      Atento a lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social que corren agregadas por expediente D- 4009-20-1126/00.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                         ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir un convenio con el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en el Hogar del Niño “Juan XXIII” correspondiente al ejercicio 2014.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero en sesión extraordinaria del día 21 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 26 de febrero de 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza N° 4940 del 21 de febrero de 2014 y promulgada el 27 de febrero de 2014.

    Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-09078/13, Letra I; mediante el cual se tramita la obra de 100 cuadras de Cordón Cuneta (1° etapa).

     Considerando que por decreto N° 578/13, el Departamento Ejecutivo Municipal llamó a licitación pública N° 3/13, para la construcción de 5.461 mts lineales de Cordón Cuneta en la ciudad de Baradero.

     Que habiéndose efectuado la licitación pública N° 3/13 de acuerdo a la normativa legal vigente.

     Que en la licitación ut – supra referenciada se registra una sola oferta y esta supera ampliamente el presupuesto oficial, por lo cual se declara fracasada por decreto 694/13, procediéndose al segundo llamado.

     Que resulta el único proponente la Empresa Metabasa S.A. y esta supera ampliamente el presupuesto oficial, por lo cual se declara fracasada por Decreto 64/14 el segundo llamado por no resultar conveniente a los intereses de la comuna.

    Que la Empresa PREZ S.A. presenta propuesta y presupuesto para la ejecución de cordón cuneta ut-supra referenciada (Art. 156 Inc. 5 de la L.O.M.).

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                    ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal de la ciudad de Baradero, a efectuar la Contratación en forma directa con la Empresa PREZ S.A. por la suma total de pesos un millón cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos cincuenta y cuatro ($ 1.497.854=) con el objeto de realizar mano de obra y hormigón para la construcción de 5.100 MLT de cordón cuneta en la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2°: La presente autorización de obra es ad referéndum que el Departamento Ejecutivo Municipal remita en el plazo de treinta (30) días el convenio suscripto con la empresa, donde se especifique los recursos del Estado Municipal que se aportarán para compensar el valor original.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 21 de febrero de 2014.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires en sesión extraordinaria del día 21 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 27 de febrero de 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Arq. Ezequiel Lapadula, Secretario de Obras Públicas y Privadas y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.

Ordenanza N° 4941 del 21 de febrero de 2014 y promulgada el 27 de febrero de 2014.

     Vistas las actuaciones que corren por expediente A- 4009-20-03210/11 mediante el cual la Asoc. Argentina de los Adventistas del Séptimo día solicitó la condonación de deuda de tasas municipales y;

    Considerando que la deuda corresponde a derechos de construcción históricos;

   Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley orgánica de las municipalidades de la provincia de Buenos Aires.

     Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                          ORDENANZA

Artículo 1°: Condonase la deuda que registra la Asociación Argentina de los Adventistas del Séptimo día – Cuenta Municipal N° 1700011707-0 Fecha de vencimiento 26/02/2009 y sus correspondientes intereses, que mantiene con la Municipalidad de Baradero en concepto de Derecho de Construcción.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, en sesión extraordinaria del 21 de febrero de 2014.

FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 27 de febrero de 2014.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.

 

 

                    D E P A R T A M E N T O   E J E C U T I V O

 

                                          D E C R E T O S

 

Decreto N° 55 del 3 de febrero de 2014.

Adjudicando el Concurso de Precios N° 5/2014 a la Empresa Baldaro Liliana para transporte de niños a Jardines Maternales y comedores, desde febrero a diciembre del presente año por un valor total de pesos ochenta y cinco mil ochocientos ($ 85.800=).

Decreto N° 56 del 4 de febrero de 2014.

Adjudicando Concurso de precios N° 6/2014, para la contratación- alquiler de cámaras y servicio de filmación y edición durante la realización del 40° Festival de Música Popular Argentina – Baradero 2014. A la firma Deligio Pablo Gustavo, con domicilio en Gral. Savio 639, ciudad de Rosario, por la suma total de pesos cuarenta y tres mil seiscientos sesenta ($ 43.660=).

Decreto N° 57 del 4 de febrero de 2014.

Afectando a los créditos presupuestarios del Ejercicio 2014, los Registros de compromisos y expedientes, cuyas obligaciones fueron comprometidas y no devengadas en el ejercicio 2013.

Decreto N° 58 del 04 de febrero de 2014.

Cambiando al responsable del manejo de fondos de la Caja Chica, correspondiente  a la Secretaría de Gobierno.

Decreto N° 59 del 4 de febrero de 2014.

Aceptando la renuncia del Sr. Oscar Perassolo, al cargo de Secretario de Servicios Públicos.

Decreto N° 60 del 4 de febrero de 2014.

Contratando personal en período y tareas que se citan:

Del 1°/02/2014 al 28/02/2014:

Rodríguez Claudia Mabel. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes Municipal “PTE. Irigoyen”.

Decreto N° 61 del 4 de febrero de 2014.

Autorizando la devolución de los valores de las entradas adquiridas, cuando por razones climáticas resulte imposible la realización del evento.

Decreto N° 62 del 4 de febrero de 2014.

Llamando a Licitación Privada N° 2/14, para la Obra “Construcción de un Jardín de Infantes en comedor “La Ilusión” del Barrio Las Campanillas”, con un presupuesto oficial de pesos cuatrocientos cuarenta mil setecientos veintitrés ($ 440.723=).

Decreto N° 63 del 4 de febrero de 2014.

Adjudicando el Concurso de Precios N° 7/2014, para la contratación del servicio de pantallas, durante la realización del 40° Festival de Música Popular Argentina “Baradero 2014”, a la firma Deligio Pablo Gustavo.

Decreto N° 64 del 4 de febrero de 2014.

Declarando fracasada la Licitación Pública N° 3/13 – Segundo llamado, para la construcción de 5.461 mts lineales de CORDON CUNETA en la ciudad de Baradero, por no resultar conveniente a los intereses de la comuna la oferta económica de la única propuesta presentada.

Decreto N° 65 del 5 de febrero de 2014.

Adjudicando Concurso de precios N° 4/2014 para la provisión de materiales a utilizarse en la dependencia Obras Sanitarias, a la Empresa Global Hydro sito en Concordia N° 1444 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la suma total de pesos ciento dieciséis mil setenta y nueve con cincuenta centavos ( $ 116.079,50=).

Decreto N° 66 del 5 de febrero de 2014.

Otorgando la suma de pesos cien ( $ 100=) por única vez, en certificados de compra al personal municipal  comprendido en anexo I y al personal con régimen mayor a 30 horas semanales, excluidos cargos electivos, miembros del Departamento Ejecutivo, Departamento Deliberativo y Profesionales Médicos.

Decreto N° 67 del 6 de febrero de 2014.

Eximiendo por el año 2014 al Sr. Larrosa Julio Raúl, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

Decreto N° 68 del 6 de febrero de 2014.

Eximiendo por el año 2014 al Sr. Lazarevich Miguel Blas, del pago de las tasas de limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

Decreto N° 69 del 6 de febrero de 2014.

Eximiendo por el año 2014 a la Sra. Tapia Lucía Ester, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

Decreto N° 70 del 6 de febrero de 2014.

Eximiendo por el año 2014 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad de la Iglesia Nueva Apostólica (Sud América) de nuestra ciudad.

Decreto N° 71 del 6 de febrero de 2014.

Eximiendo por el año 2014 del pago de las tasas por limpieza y conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad del Centro Tradicionalista El Resero.

Decreto N° 72  ANULADO.-

Decreto N° 73 del 7 de febrero de 2014.

Designando a partir del 10 de febrero de 2014 en las funciones de Secretario de Servicios Públicos al Sr. Scoppa Héctor Luis.

Decreto N° 74 del 7 de febrero de 2014.

Poniendo en funciones de Tesorera Municipal, en carácter interina, del 10 al 23 de febrero de 2014 inclusive, a la Agente Sra. Quiroga Laura Rita.

Decreto N° 75 del 7 de febrero de 2014.

Poniendo en funciones de Jefe de Compras, carácter de interino, del 11  de febrero de 2014 al 3 de marzo de 2014 inclusive a la Agente Srta. Martínez Paola Luján.

——————————————————————————————————–

Decreto N° 76 del 10 de febrero de 2014.

Reprogramando para los días 22,27, 28 de febrero y 01 de marzo de 2014 las noches postergadas de la 40° Edición del Festival de Música Popular Argentina “Baradero 2014”

 

Decreto N° 77 del 10 de febrero de 2014.

Otorgando subsidio no reintegrable. $ 1.500= (pesos un mil quinientos) al SOEMB, Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Baradero, para solventar gastos de traslados de sus afiliados a distintos hospitales o clínicas para realizar estudios médicos.

Decreto N° 78 del 10 de febrero de 2014.

Modificando a partir del día 10 de febrero de 2014 a el responsable del manejo de fondos de la Caja chica, correspondiente a la Secretaría de Servicios Públicos.

Decreto N° 79 del 12 de febrero de 2014.

Integrando la Comisión Municipal de Viviendas.

Decreto N° 80 del 12 de febrero de 2014.

Llamando a Concurso de Precios N° 8/14 para la provisión de indumentaria para el Personal Obrero Municipal, con un presupuesto oficial de pesos ciento cuarenta y cuatro mil doscientos cuarenta y dos. ($ 144.242=).

Decreto N° 81 del 12 de febrero de 2014.

Asignando por el mes de febrero de 2014 al Contador del Hospital Municipal Cdor. Rabellino Marcos, una Bonificación por dedicación exclusiva equivalente al 24 % de sus remuneraciones.

Decreto N° 82 del 12 de febrero de 2014

Contratando personal en períodos y tareas que se citan:

Del 01/02/2014 al 28/02/2014:

Aguerre del Bene Ana M. Tareas de Médica en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 4.273,76= mensuales.

Alanis Adriana B. 140 hs mensuales. Taller de Danzas Folclóricas. $ 2.601,42= mensuales.

Bardessono Marisa K. Terapista Ocupacional en Hospital Municipal $768,65= mensuales, Clases Taller de la Memoria $ 639,18= mensuales y Terapia Ocupacional en Hogar de Ancianos $ 1.114,90= mensuales.

Bechtholt Dora E. 20 hs semanales. Sec. Turismo. $ 1.600= mensuales.

Brandli Carlos F. 36 hs semanales. Médico Oncólogo en Hospital Municipal.

$ 1.858,16= mensuales.

Caballero Regina. Para realización de certificados médicos para Registro de conducir y visitas domiciliarias a domicilios de agentes con licencias médicas.

$ 6.228,05= mensuales.

Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Casas Cecilia. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Concilio Juan S. 80 hs mensuales. Taller de Coro Juvenil. $ 1.600= mensuales.

Erpen Lucila. 24 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 8.852,09= mensuales.

Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento legal en Dcción Producción. $ 7.528,68= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Farías Horacio I. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Fussinato Jorge M. tareas de coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos educativos y administrativos con la UBA. $ 6.781,66= mensuales y reconocimientos de viáticos.

Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 4.955,08= mensuales.

Gallardo Carolina. Fonoaudióloga en Hospital Municipal. $ 2.353,67= mensuales.

Giménez Lidia N. 44 hs semanales. Tareas en Dcción atención primaria de la salud. $ 4.262,68= mensuales.

Giordano Camilo H. Médico en localidad de Alsina. $ 14.279,43= y por guardias activas de 24 hs $ 2.100= cada una.

Girotti María Estela. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Tareas en Dcción de Obras. $ 5.447,16= mensuales.

Hebeisen Alberto O. 35 hs semanales. Profesor de gimnasia. $ 3.789,87= mensuales.

Idiart María F. 6 hs semanales. Kinesióloga fisiatra. $ 2.477,54= mensuales.

Labriola Mariana L. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 8.852,09= mensuales.

León Esteban. 35 hs semanales. Profesor de E. Física. $ 3.789,87= mensuales.

Mussi Marina. 6 hs semanales. Kinesióloga Fisiatra. $ 2.477,54= mensuales.

Negré Néstor R. 48 hs semanales. Tareas en Concejo deliberante. $ 5.407,69= mensuales.

Olmos María E. 35 hs semanales. Tareas en Dcción atención primaria de la Salud. $ 3.789,87= mensuales. .

Ottina Marcos N. 35 hs semanales. Profesor Educación Física. $ 2.314,96= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Pellegrino Sergio. Tareas en Hospital Municipal. $ 6.046,74= mensuales.

Pulido Araceli R. 35 hs semanales. Profesora de gimnasia. $ 3.789,87= mensuales.

Ravettino María I. 18 hs semanales. Psicóloga en Hogar de Ancianos y Hospital Municipal. $ 3.839,85= mensuales.

Sartor Carlos E. tareas en Secretaría de obras. Inspección obras públicas con uso de vehículo propio. $ 5.875,23= mensuales.

Scollo José L. 35 hs semanales. Taller de Teatro. $ 3.789,87= mensuales.

Schachttel Juan P. Médico traumatólogo en Hospital Municipal. $ 4.273,75=.

Zarich María M. Odontóloga. 10 hs semanales. $ 2.692,97= mensuales.

———————————————————————————————————-

Decreto N° 83 del 12 de febrero de 2014.

Contratando a personal en período y tareas que se citan:

Del 1/02/2014 al 28/02/2014:

Álvarez Micaela V. 20 hs semanales. Taller de computación en el CIC.

 $ 1.600= mensuales.

Améndola Ezequiel. 20 hs semanales. Taller de Huerta en “Envión”. $ 1.600= mensuales.

Arévalo Gladis M. 26 hs semanales. Taller de alfarería. $ 2.080= mensuales.

Arrieta Camila. 20 hs semanales. Taller integral. $ 1.600= mensuales.

Barrascoso Rosana. 12 hs semanales. Taller de gimnasia en I. Portela. $ 960= mensuales.

Basualdo Javier I. Conducción en programa de radio. $ 3.000= mensuales.

Bernaldo de Quirróz Ramiro. 35 hs semanales. Coordinación y mantenimiento.

$ 3.789,87= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Cabrera Fiorella. 18 hs semanales. Taller de informática en CIC. $ 1.440= mensuales.

Cáceres Mónica A. 16 hs semanales. Taller de manualidades. $ 1.280= mensuales.

Díaz Víctor D. 20 hs semanales. Taller de iniciación musical y canto. $ 1.600= mensuales.

Libonatti Delfina P. 18 hs semanales. Taller de diseño de indumentaria. $ 1.440= mensuales.

Marzoa Ivana G. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en Hogar del Niño Municipal y Centro Kirchner. $ 1.600= mensuales.

Miranda Ernesto J. 44 hs semanales. Logística y taller de tango. $ 4.262,68= mensuales.

Misenti Nahuel J. 30 hs semanales. Taller de folklore. $ 2.400= mensuales.

Orduña María A. 20 hs semanales. Taller de inglés en Alsina. $ 1.600= mensuales. .

Reinafe Sheila N. 20 hs semanales. Taller de cocina. $ 1.600= mensuales.

Rithner Damián. 30 hs semanales. Logística en Sec. Cultura. $ 3.000,78= mensuales.

Rivas Enrique A. 16 hs semanales. Taller de teatro. $ 1.280= mensuales.

Salaberry Juan I. 20 hs semanales. Taller de percusión. $ 1.600= mensuales.

Santos Natalia E. 20 hs semanales. Taller de dibujo. $ 1.600= mensuales.

Usandizaga Pablo M. 16 hs semanales. Logística en eventos. $ 1.280=

Wuthrich Amalia I. 24 hs semanales. Taller de Salsa y Gimnasia en CIC. $ 1.920= mensuales.

Decreto N° 84 del 13 de febrero de 2014.

Rectificando el artículo 1° del decreto N° 576 de fecha 09 de octubre de 2012, por los motivos expuestos en los considerandos el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Ad-Referendún de su aprobación por Vialidad Nacional conforme a lo establecido a fs. 1702, Art. 2°, apruébese la modificación de ítems del cómputo y presupuesto original de la obra pavimentación de Ruta Provincial N° 38 tramo Ruta Pcial. 41 a Ireneo Portela, obrante a fs. 1736 del expediente 4009-20-012024 “I”, Cuerpo 6, incorporando el movimiento de suelo para reconstrucción y reconformación de banquinas por un monto de $ 7.161.000= y desafectando el ítem 5, reconstrucción y reconformación de banquina por $ 1.519.200=.

Decreto N° 85 del 14 de febrero de 2014.

Apruébese la ampliación de plazos en 487 días, para la ejecución de la obra de “Construcción 56 viviendas en el Barrio Bernabé IV, de la ciudad de Baradero, extendiéndose la fecha de finalización de la obra hasta el 27 de noviembre de 2014.

Decreto N° 86 del 14 de febrero de 2014.

Otorgando subsidio no reintegrable. $ 1.000= (pesos un mil), a la Sra. Indaburo Sandra Luján, para solventar gastos para compra de alimentos secos para dieta hipercalórica de su hija Talía quien se encuentra bajo tratamiento médico.

 Decreto N° 87 del 14 de febrero de 2014.

Contratando personal en períodos y tareas que se citan:

Del 01/02/2014 al  28/02/2014:

Acosta Horacio A. 44 hs semanales. Obrero tarea generales en la localidad de Alsina.

 $ 4.262,68= mensuales.

Acuña Jorgelina Y.P. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos. $ 4.262,68= mensuales.

Alarcón María de los Angeles. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Alí Brouchoud Ismael E. 30 hs semanales. Abogado en Centro de Protección a las Víctimas.

$ 5.774,39= mensuales.

Altamirano Adriana M. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño. $ 4.262,68= mensuales.

Álvarez Gisela N. Médica de guardia en localidad de Alsina. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Arnolfo Humberto. 30 hs semanales. Tareas en Dcción Obras Públicas. $ 6.686,91= mensuales.

Arrieta Graciela M. 30 hs semanales. Tareas en Juzgado de Faltas Municipal ( Notificadora)

$ 3.789,87= mensuales.

Avalos Fidel A. 48 hs semanales. Obrero en localidad de I. Portela. $ 4.466,39= mensuales.

Baliela Grassino Carlos. Médico de guardia y servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Barrás Jennifer C. 30 hs semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 3.789,87= mensuales.

Barck Abel A. Médico de guardia y Servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Bartonek Jorge M. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Basualdo Berenice F. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Belén Leandro J. 44 hs semanales. Coordinación en centro  comunitario (CPC). $ 4.901,83= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Bello Ornella S. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Berayra José F. 44 hs semanales.  Obrero tareas generales. $ 5.281,20= mensuales.

Bogado Gustavo A. 35 hs semanales. Inspector de comercio. $ 3.789,87= mensuales.

Bogliolo Heraldo. 35 hs semanales. Veterinario dependiente de Secretaría de Gobierno.

$  4.166,31= mensuales.

 Bordón Verónica B. 48 hs semanales. Tareas en Dcción Informática. $ 6.438,57= mensuales.

Brethauer Rodrigo. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección. $ 4.262,68= mensuales.

Brioni Mario E. tareas en Secretaría de Cultura. $ 5.405,08= mensuales.

Bué Lourdes N. 35 hs semanales. Técnica de laboratorio. Hospital Municipal. $ 3.789,87= mensuales.

Bulgarella Rodrigo J. 30 hs semanales. Tareas en Rentas Municipal. $ 3.789,87= mensuales.

Cáceres Pablo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Cantero Ariel. 44 hs semanales. Obrero en Santa Coloma. $ 4.901,83= mensuales.

Cariola Carolina G. Tareas en guardias médicas y Servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Carmona Nabila D. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Chapuis Milton Y. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Ciaponi Vanesa l. 25 hs semanales. Docente en Hogar del Niño. $ 2.595,52= mensuales.

Contreras Marcelo R. Traumatólogo en Hospital Municipal. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Cuello Julián. 48 hs semanales. Operador de Radio Municipal “Evita”. $ 4.466,39= mensuales.

Cuis Casino Roberto J. Tareas de Prof. Educación Física en localidad de Alsina. $ 1.423,99= mensuales.

Davasse María E. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

De Marchi Damián E. Médico de guardia y servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Deleglise María I. 35 hs semanales. Técnica de laboratorio en Hospital Municipal. $ 5.405,08= mensuales y $ 200= por guardia pasiva.

Deluca Pablo H. Médico de guardia y servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Descalzo Yasmín A. 30 hs semanales. Administrativa en Secretaría de Gobierno. $ 4.040,22= mensuales.

De Vicenzo María Fernanda. 30 hs semanales. Psicóloga en Hogar del Niño Municipal.

$ 3.922= mensuales.

Dipasquale Carla. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo urbano por cámara.

$ 4.466,39= mensuales.

Dipasquale Nino C. Profesor Educación Física en localidad de Alsina. $ 2.314,96= mensuales.

Domingo Walter J. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Dubarry Daubián Andrés. 48 hs semanales. Operador del centro de Monitoreo urbano por cámaras. $ 4.466,39= mensuales.

Echaide María. Médica de guardia y servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Espinosa María S. Médica de guardias y servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Espinosa Manuel C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Esquivel Néstor A. 48 hs semanales. Operador del centro de monitoreo urbano por cámaras.

$ 4.466,39= mensuales.

Farías Mariana S. 35 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.789,87= mensuales.

Fernández Alicia R. 30 hs semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 3.789,87= mensuales.

Ferreira Luis E. 35 hs semanales. Inspector y Auditor de comercio. $ 3.789,87= mensuales.

Ferreyra Cintia V. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Figueroa Eugenio A. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Flores Alejandra N. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Francchini Marcelo D. Médico en consultorio externo en hospital Municipal y Salas periféricas.

$ 4.200= y por atención de 15 a 17 hs y visitas domiciliarias del personal municipal con licencia médica $ 6.000= mensuales.

Gaetan  Andrea S. 30 hs semanales. Tareas en Secretaría de Hacienda. $ 3.789,87= mensuales.

Gaetano María Soledad. 6 hs semanales. Médica Infectóloga en Hospital Municipal. $ 5.500= mensuales.

Gaitan Luis M. 48 hs semanales. Enfermero en localidad de Alsina. $ 4.466,39= mensuales.

Gamba María D. 44 hs semanales. Tareas generales en Dcción Inspección gral. $ 4.901,83= mensuales.

García Carlos G. 35 hs semanales. Inspector de Obras. $ 5.528,95= mensuales.

Gazzano Guillermo A. Médico de guardias y servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Gerez Adolfo E. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Ghio Martina F. Enfermera. 48 hs semanales. $ 4.466,39= mensuales.

Ghío Rita L. 44 hs semanales. Obrero en Inspección Gral. $ 4.466,39= mensuales.

Giuffret  Julio M. 35 hs semanales. Tareas en Secretaría de Hacienda. $ 5.750= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Goddard Clelia M.  44 hs semanales. Tareas en Dcción Recursos Pciales. $ 4.901,83= mensuales.

Gómez Gabriela L. 30 hs semanales. Tareas en Prevención de la Salud. $ 3.789,87= mensuales.

Gómez M. Virginia. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 8.852,09= mensuales.

González Gloria N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

González Karina M. Médica de guardias pediátricas en Hospital Municipal. $ 2.800= por guardia activa de 24 hs.

González Marta. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Jardín Infantes Municipal “Paula A. de Sarmiento” – Alsina. $ 3.789,87= mensuales.

Graziano Damián A. Médico de Guardias U.T.I. Hospital Municipal. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Gugger Danisa C. 48 hs semanales. Operador del centro de Monitoreo Urbano por cámara.

$ 4.466,39= mensuales.

Hernández Lucas Z. 48 hs semanales. Obrero. $ 4.466,39= mensuales.

Hernández Marta V. 48 hs semanales. Tareas en Vivero Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Isa Diego D. 48 hs semanales. Tareas en hogar de Ancianos. $ 4.466,39= mensuales.

Ivancich Rodolfo L. Médica de guardias, consultorio y traslados de pediatría. $ 5.400= mensuales.

Jeandet Daiana S. 12 hs semanales. Prevención de la Salud. $ 3.400= mensuales.

Lanfiutti María A. Médica de guardia y servicio 107. $ 2.100= mensuales.

Ledesma Cintia V. 35 hs semanales. Coordinación en UCEP. $ 3.789,87= mensuales.

Luna Cristina. 48 hs semanales. Enfermera en I. Portela. $ 4.466,39= mensuales.

Maestre Jorge A. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Maestre Juan C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Maffei Gilda. Ginecóloga en Hospital Municipal. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs y por atención en Leloir, Astigueta y CIC. 48 hs semanales.  $ 8.852,09= mensuales.

Magallanes Patricia A. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Jardín de Infantes Municipal “Jardilandia” – Portela. $ 3.789,87= mensuales.

Malacalza Evangelina. Bioquímica en hospital Municipal. $ 7.882,61= mensuales y $ 200= por guardia pasiva.

Malacalza Verónica I. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en Jardín Infantes de Santa Coloma. $ 2.477,54= mensuales.

Manicler Jorgelina B. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en Desarrollo Social. $ 1.858,16= mensuales.

Manicler Mario H. 44 hs semanales. Tareas en Inspección y Seguridad. $ 4.262,68= mensuales.

Marconi Guillermo E. 48 hs semanales. Obrero. $ 5.405,08= mensuales.

Marconi Sergio G. 48 hs semanales. Operador en centro de monitoreo urbano por cámara.

$ 4.466,39= mensuales.

Márquez Paula A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Martínez Lorena S. 44 hs semanales. Tareas en Hogar de Ancianos. $ 4.262,68= mensuales.

Martínez Angela P. 44 hs semanales. Tareas en Hogar de Ancianos. $ 4.466,39= mensuales.

Melchiori Nerina A. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección Gral. $ 4.262,68= mensuales.

Mendy Fernando A. 35 hs semanales. Logística y mantenimiento en Turismo. $ 3.399,45= y reconocimiento de viáticos.

Mendy Fernando A. 35 hs semanales. Logística y mantenimiento en Turismo. $ 3.399,45= y reconocimiento de viáticos.

Merino Rogelio R. 30 hs semanales. Tareas en Dcción Obras. $ 6.686,91= mensuales.

Mirando Darío H. 30 hs semanales. Tareas en Servicio Protección al Menor y Dpto. de Violencia y guardias pasivas. $ 6.500= mensuales.

Moltrasio María C. 35 hs semanales. Dcción de Salud. $ 3.789,87= mensuales.

Montiel María E. Médica de guardia y servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Monzón María C. 6 hs semanales. Obstetra en Dcción de Salud. $ 2.291,73= mensuales.

Nan Osvaldo E. 30 hs semanales. Tareas en Asesoría Letrada. $ 5.194= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Nasif Néstor A. 48 hs semanales. Obrero. $ 5.405,08= mensuales.

Nieves Silvia A. 48 hs semanales. Enfermera en Hogar de Ancianos. $ 4.466,39= mensuales.

Novella Cyntia P. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño Municipal. $ 4.262,68= mensuales.

Ormachea Gutiérrez Alberto. Médico en Dcción de Salud. $ 1.850= mensuales y por atención en Servicio de pediatría en Hospital Municipal $ 5.400= mensuales.   

Ortunio Díaz Juan M. 44 hs semanales. Alumbrado Público. $ 4.262,68= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Ovispo Daniela A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Páez Abigail G. 30 hs semanales. Tareas en Asesoría Letrada. $ 3.789,87= mensuales.

Pelascini Ricardo M. 35 hs semanales. Coordinación en UCEP. $ 3.789,87= mensuales.

Pelayo Isabelino. Escuela de Boxeo. $ 805,21= mensuales.

Pelayo Marcelo J. 35 hs semanales. Obrero. $ 3.789,87= mensuales.

Pelayo Mauro L. 44 hs semanales. Obrero. $ 4.262,68= mensuales.

Pellegrini Oscar A. 35 hs semanales. Dcción de Salud. $ 3.789,87= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Perea Adrian J. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.466,39= mensuales.

Pérez Micaela. 25 hs semanales. Docente en Hogar del Niño. $ 2.595,52= mensuales.

Piazza Ricardo O. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.262,68= mensuales.

Pintado Horacio D. 36 hs semanales. Urólogo en Hospital Municipal. $ 4.955,08= mensuales y $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Piñón Analía S. 30 hs semanales. Oficina de compras. $ 3.789,87= mensuales.

Pusich María Sol. 30 hs semanales. Tareas en Contaduría Municipal. $ 3.789,87= mensuales.

Quintana Fabián E. 48 hs semanales. Obrero. $ 4.466,39= mensuales.

Raminelli Emilio J. 30 hs semanales. Tareas en Contaduría Municipal. $ 3.789,87= mensuales.

Ramos Juan M. 35 hs semanales. Tareas en Dcción de Turismo. $ 5.157,32= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Ramos María L. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Rebecchi Norberto. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección. $ 4.262,68= mensuales.

Rey Hugo O. Comunicación en espacio radial. $ 2.291,73=  mensuales.

Ríos Yanina N. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Rodríguez Adriana E. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 8.852,09= mensuales.

Romero Cintia S. 30 hs semanales. Tareas en Rentas. $ 3.789,87= mensuales.

Romero Juan R. Escuela de Boxeo. $ 804,54= mensuales.

Romero Marisa L. 48 hs semanales. Dcción de Salud. $ 4.466,39= mensuales.

Rosón Juan I. Curso expedición libretas sanitarias. $ 1.734,28= mensuales.

Rowlands Cecilia G. Servicio de Hemoterapia. $ 4.087,94= mensuales y $ 1.000= por guardia pasiva del servicio.

Ruiz Emanuel. 35 hs semanales. Prof. E. Física. $ 2.314,95= mensuales.

Saavedra Marina A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Salazar Sergio A. 48 hs semanales. Enfermero en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Sarsotti Carlos M. Médico de guardia y servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

 Silva Leonardo G. 48 hs semanales. Obrero. $ 4.466,39= mensuales.

Silva Natalia A. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección. $ 4.901,83= mensuales.

Silva Ricardo D. 44 hs semanales. Obrero. $ 4.262,68= mensuales.

Silva Ruth S. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño. $ 4.262,68= mensuales.

Simonetta Francisco L. Médica de guardias y Servicio 107. $ 2.100= por guardia activa de 24 hs.

Simour Miguel A. Tareas relacionadas a organización de 40° Edición de Festival Baradero 2014. $ 5.750= mensuales.

Simour Ricardo O. Alumbrado Público. $ 5.656,83= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Simour Silvina. Profesor Educación Física en localidad de Alsina. $ 1.424,59= mensuales.

Suarez Liliana E. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en hogar de Niño. $ 2.477,54= mensuales.

Tobares Luis F. 30 hs semanales. Psicólogo en Servicio Local. $ 5.900,58= mensuales.

Valdéz  María  C. 35 hs semanales. Dcción de Salud. $ 3.789,87= mensuales.

Valle Viviana G. 30 hs semanales. Tareas en Dcción Trabajo Cooperativo. $ 4.579,23= mensuales.

Vega Silvia E. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Desarrollo Social. $ 3.789,87= mensuales.

Vergara María I. 30 hs semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 5.565,08= mensuales.

Verón Sandra N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

Villalba Ledesma Eloy M. 48 hs semanales. Obrero. $ 4.466,39= mensuales.

Villanueva María J. 44  hs semanales. Diligencias en Asesoría Letrada. $ 4.262,68= mensuales.

Vogel  Jaquelina A. 35 hs semanales. Técnica de laboratorio. $ 3.789,87= mensuales.

Wilhjelm Verónica. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 4.466,39= mensuales.

 Del 03/02/2014 al 23/02/2014:

Allal Mirta Leticia. 44 hs semanales. Enfermera en localidad de Santa Coloma. $ 4.262,68= mensuales.

Decreto N° 88 del 17 de febrero de 2014.

Declarando incorporado al Patrimonio Municipal una fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. II – Secc. A- Quinta 9 – Mza. 9ª- Parcela 6c.-

Decreto N° 89 del 18 de febrero de 2014.

Otorgando subsidio no reintegrable. $ 29.805,92= ( pesos veintinueve mil ochocientos cinco con 92/100) al Consejo Escolar de Baradero, en cumplimiento de lo determinado por la ordenanza N° 3296/2006 – Art. 8°, Item a- Punto 1.-

Decreto N° 90 del 19 de febrero de 2014.

Creando el Centro de Desarrollo Universitario Regional del Encuentro Norte con sede en las instalaciones del CITEP, Aráoz 998, de nuestra ciudad.

Decreto N° 91 del 20 de febrero de 2014.

Declarando desierto el Concurso de Precios N° 8/2014 para la Provisión de Indumentaria para el Personal Obrero Municipal. En consecuencia por medio del presente se llama a Concurso de Precios N° 8/2014 – Segundo llamado, bajo las mismas condiciones que el primer llamado.-

Decreto N° 92 del 20 de febrero de 2014.

Declarando incorporado al Patrimonio Municipal, una fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. II- Secc. A- Quinta 16- Mza. 16d- Parcela 1 de la ciudad de Baradero.

Decreto N° 93 del 20 de febrero de 2014.

Asignando a partir del mes de febrero de 2014, una Bonificación por función, equivalente al 30 % del Sueldo Básico, con más la antigüedad que revisten a los siguientes funcionarios:

Sr. Peris Leonardo Luis. Secretario de Gobierno.

Sr. Scoppa Héctor Luis. Secretario de Servicios Públicos.

Decreto N° 94 del 21 de febrero de 2014.

Fijando en la suma de pesos cincuenta y cinco ( $ 55=) el cánon por alquiler de puestos que se emplazarán en Plaza Mitre en el marco de Actividades Paralelas al 40° Festival de Música Popular Argentina Baradero 2014., que deberán abonar los artesanos que participan de la feria.

Decreto N° 95 del 21 de febrero de 2014.

Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Lealtad Ltda” la suma de pesos ciento veintiocho mil ochocientos veintitrés con 81/100 ( $ 128.823,81=) para abonar a Indhor S.A. la suma de $ 108.522,81=; a Hierros Baradero la suma de $ 14.501= y Metalúrgica Friesen la suma de $ 5.800=, contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos según correspondan.

Decreto N° 96 del 21 de febrero de 2014.

Abonando a la Cooperativa de trabajo “Lealtad Ltda.” la suma de pesos tres mil quinientos dos ( $ 3.502=) para abonar a Hierros Baradero dicha suma, contra entrega de facturas, recibos y remitos según correspondan por parte del proveedor.

———————————————————————————————————-

Decreto N° 97 del 21 de febrero de 2014.

Abonando a la Cooperativa de trabajo “Los Pingüinos Ltda.” la suma de ciento cuarenta y dos mil veintiséis con 48/100 ( $ 142.026,48=) para abonar a OK Industrial SRL, la suma de $ 106.823,48=),  a Hierros Baradero la suma de $ 26.069= y a Metalúrgica Friesen la suma de $ 9.134=, contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos o remitos según corresponda.

Decreto N° 98 del 21 de febrero de 2014.

Abonando a la Cooperativa de trabajo “Los Pingüinos Ltda.” la suma de pesos tres mil cuatrocientos cuarenta y cuatro ( $ 3.444=) para abonar dicha suma a Hierros Baradero, contra entrega de factura, remito y recibo según corresponda por parte de los beneficiarios.

Decreto N° 99 del 21 de febrero de 2014.

Abonando a la Cooperativa de trabajo “La Victoria Ltda.” la suma de pesos cincuenta mil trescientos quince ( $ 50.315=) para abonar a Hierros Baradero dicha suma, contra entrega de recibos, factura y remito según corresponda, por parte del beneficiario.

Decreto N° 100 del 21 de febrero de 2014.

Abonando a la Cooperativa de Trabajo “La Victoria Ltda” la suma de pesos seis mil seiscientos cincuenta y nueve con 62/100 ( $ 6.659,62=), para abonar a Hierros Baradero dicha suma, contra entrega por parte del beneficiario, de recibo, factura o remito según corresponda.

Decreto N° 101 del 21 de febrero de 2014.

Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Unidos y Organizados Ltda.” la suma de pesos un mil ciento ochenta y dos ( $ 1.182=) para abonar dicha suma a Hierros Baradero, contra entrega de recibo, factura o remito según corresponda.

Decreto N° 102 del 21 de febrero de 2014.

Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Unidos y Organizados Ltda.” la suma de pesos ciento cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y nueve con 49/100 ( $ 159.839=) para abonar a Indhor S.A la suma de $ 154.674,49= y a Hierros Baradero la suma de $ 5.165=, contra entrega por parte de los beneficiarios, de factura, remito o recibo, según correspondan.

Decreto N° 103 del 24 de febrero de 2014.

Estableciendo el pase a disponibilidad relativa de la Agente Sra. Ledesma Alicia M.- (Ley 11.757- Art. 9 – Inc. a.-

Decreto N° 104 del 24 de febrero de 2014.

Poniendo en funciones de Director de Deportes, Recreación y Tiempo libre, en carácter de interino, al Prof. Mindurry.

Decreto N° 105 del 24 de febrero de 2014.

Precisando que el Canon establecido en el artículo primero del Decreto N° 94/2014, corresponde a la suma diaria a abonar por los artesanos que participen de la Feria de Artesanos con motivo de la realización del 40° Festival de Música Popular Argentina Baradero 2014.

Decreto N° 106 del 24 de febrero de 2014.

Otorgando subsidio no reintegrable. $ 20.577= (pesos veinte mil quinientos setenta y siete mil ) al Deportista Sr. Gonzalo Carreras, para solventar gastos que le demande la compra de un Bote K1, de última generación.

Decreto N° 107 del 24 de febrero de 2014.

Facultando a la Oficina de Compras a dar por concluidas las adquisiciones para la provisión de combustibles destinadas a Dependencias Municipales.

Decreto N° 108 del 24 de febrero de 2014.

Aceptando la renuncia elevada por la Agente Sra. Chiqué Leonilda N., para acogerse al beneficios de la jubilación.

Decreto N° 109 del 25 de febrero de 2014.

Otorgando subsidio no reintegrable. $ 32.686= (pesos treinta y dos mil seiscientos ochenta y seis) a la Escuela de Educación Secundaria Técnica N° 1 “Batalla de la Vuelta de Obligada”, para la compra de insumos para llevar adelante un proyecto de construcción de semáforos viales con tecnología LED.

Decreto N° 110 del 26 de febrero de 2014.

Aceptando la renuncia elevada por la Agente Sra. Libelli Ana Lía, para acogerse a los beneficios de la jubilación por incapacidad.

Decreto N° 111 del 26 de febrero de 2014.

Prorrogando hasta el día 30 de abril de 2014 los beneficios contenidos en la ordenanza 4873 (Régimen de Presentación Espontánea para contribuyentes de varadero que pretendan regularizar sus obligaciones tributarias con el Municipio.

Decreto N° 112 del 27 de febrero de 2014.

Transfiriendo de la Cuenta Recursos Ordinarios a la Cuenta de Terceros la suma de pesos cuatro mil ( $ 4.000=) para efectuar pagos a las Cooperativas de Trabajo “La Victoria Ltda” y “Lealtad Ltda”, $ 2.000= cada una.

Decreto N° 113 del 27 de febrero de 2014.

Eximiendo por el año 2014 del pago de las tasas municipales que gravan los inmuebles propiedad de la Sociedad Italiana de socorros Mutuos “XX Settembre”, de la ciudad de Baradero.

Decreto N° 114 del 28 de febrero de 2014.

Poniendo en funciones de Directora de Despacho, Mesa de Entradas y archivo, en carácter de interino, del 5 al 11 de marzo de 2014 inclusive, a la Agente Sra. López Débora Vanina.

Comentarios de Facebook

3 COMENTARIOS

  1. Decreto N° 81 del 12 de febrero de 2014.
    Asignando por el mes de febrero de 2014 al Contador del Hospital Municipal Cdor. Rabellino Marcos, una Bonificación por dedicación exclusiva equivalente al 24 % de sus remuneraciones.
    Decreto N° 82 del 12 de febrero de 2014

    Decreto N° 93 del 20 de febrero de 2014.
    Asignando a partir del mes de febrero de 2014, una Bonificación por función, equivalente al 30 % del Sueldo Básico, con más la antigüedad que revisten a los siguientes funcionarios:
    Sr. Peris Leonardo Luis. Secretario de Gobierno.
    Sr. Scoppa Héctor Luis. Secretario de Servicios Públicos.

  2. CAROSSI AUMENTA EL SUELDO POR DECRETO DE RABELLINO 24% PERIS 30% ESCOPA 30% Y A LOS EMPLEADOS NO LOS ATIENDEN,Y TENEMOS QUE ARRASTRARNOS PARA QUE PAGEN LAS HORAS EXTRAS HABER, SI EL NUEVO CONCEJO TOMA CARTAS EN EL ASUNTO Y SE PONE DE PARTE DE LOS TRABAJADORES DE UNA VEZ POR TODAS.

Los comentarios están cerrados.