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Boletín Oficial mes de febrero 2012

Boletín Oficial mes de febrero 2012

Boletín Oficial mes de febrero 2012

10/04/2012

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AÑO XVII –  NUMERO II                                                  

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                             

O R D E N A N Z A S

Ordenanza Nº 4606 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 23 de febrero de 2012.

    Visto la incorporación del Programa de instalación de monitoreo integral por Camaras  para cpntrol de seguridad urbana, segun convenio firmado entre el Ministerio de Justicia y seguridad de la Provincia de Buenos Aires, convalidado por ordenanza 4437/11.

    Considerando que a Municipalidad de Baradero elabora um contrato de locación de obra com al Universidad Tcnológica Nacional regional Delta, aprobado por ordenanza 4438/11.

   Que em su primera etapa consta de infraestructura de red central, centro demonitoreo y 9 (nueve) domos instalados em distintos puntos de nuestra ciudad.

    Que el sistema instalado permite la ampliacion de camaras domos hasta um total de 40 (cuarenta) lo que redundará em beneficio de la comunidad toda, ya que se podrá monitorer las 24 hs diferentes sectores de la ciudad gnerando acciones de prevención em materia de seguridad urbana.

    Que el equipamiento necesario implica nuevos domos com su consiguiente sistema de utilizacion de los mismos, así como la instalación y el mantenimiento de dichos dispositivos.

    Que com el objetivo de combatir la inseguridad y ayudar a la prevención del delito, ya son varios los municipios bonaerenses quienes avanzan com la instalación de cámaras em puntos estratégicos, algo que viene repitiéndose a lo largo de la provincia, ante el reclamo de vecinos para que exista más seguridad o control sobre lo que sucede em la vía pública. Em la actualidad más de la mitad de los distritos ya cuentan com cámaras, mientras que el resto evalúa implementar esta herramienta.

    Que este sistema no sólo permite prevenir delitos, sino tambien sirve muchas veces como instrumento para resolver casos. Así pasó, por ejemplo, com las imágenes que quedaron registradas días atrás cuando em La Plata um hombre mató a um policía.

   Que en el norte de la provincia tambien el sistema se sigue extendiendo. Em Pergamino, el Municipio tiene previsto agregar otras 30 cámaras em um corto plazo, para complementar el programa de seguridad implementado.

Em Ramallo, se elevó um pedido al Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia com las propuestas analizadas. Tanto em esta localidad como em Villa Ramallo se instalarán diez cámaras, aunque luego la idea es extenderla a 40.

    Que la implementación de todo sistema requiere además la incorporación de nuevo personal, capacitado para realizar las tareas de control necesarias para el efectivo cumplimiento del monitoreo.

   Que dicho programa requiere disposición de guardia urbana com um vehículo constante para llegar a tiempo a los acontecimientos detectados.

    Que implementar el sistema de observación de um Municipio es uma tarea intensa y exigente donde se deben cuidar aspectos técnicos, presupuestarios y legales a la vez de trabajar em equipos multidisciplinarios com profesionales de otras áreas para concretar el objetivo deseado.

   Que la Policía Comunal será parte del programa de monitoreo, para lo cual deberá contar com infraestructura em excelentes condiciones, así como más combustible, y mantenimiento de vehículos, específicamente los que serán asignados para el control y la repuesta policial relacionada con el sistema de seguridad urbana integral por cámaras.

     Que es voluntad del Departamento Ejecutivo incorporar cámaras de monitoreo em los patrulleros como así también raestro satelital a dichos vehículos que redundará em um mayor control de los vehículos policiales destinados a la seguridad urbana.

    Que la realidad del programa requiere uma importante inversión de parte del Municipio, para lo que es indispensable contar com el aporte de los contribuyentes ya que serán los primeros beneficiarios del sistema.

   Por ello, en uso de sus atribuciones del Honorable Concejo Delibernate aprueba l siguiente

                                  ORDENANZA PREPARATORIA

Artículo 1º: Créase em el partido de Baradero el Fondo de Seguridad ( FO.SE.), el cual será destinado a financiar gastos tanto de infraestructura, así como operativos, del Sistema de Seguridad del Municipio, particularmente la ampliación del sistema de Monitoreo por cámaras a través de la adquisición, instalación y mantenimiento de equipamientos y sistemas informáticos, así como incoporación de personal necesario y pago del personal em general. Tambien el FO.SE. se utilizará para gastos operativos de la Policía Comunal relacionados com el sistema de video – vigilancia, ya sea en mantenimiento de vehículos, infraestructura, informática y combustible.

Artículo 2º: Incorpórese a la tasa de alumbrado, barrido, limpieza y conservación de la vía pública y servicios sanitarios um diez (10) por ciento mensual de lo abonado por el contribuyente sin tener en  cuenta para el cálculo el FEMUEPER y e FODE, destinado al fondo de seguridad.

Artículo 3º: Incorpórese a la Tasa por Conservación de la red víal, um 0nce ( 11 ) por ciento mensual, destinado al Fondo de Seguridad ( FO.SE.).

Artículo 4º: Incorpórese a la Tasa de Seguridad e Higiene um 10 (diez) por ciento mensual para ser destinado al fondo de Fondo de Seguridad (FO.SE.). Exceptúese de los alcances del artículo 4 a las agencias de seguridad, entidades bancarias y entidades financieras.

Artículo 5º:  Incorpórese por Derecho de Oficina 1 % del sueldo municipal, categoría 1,  actualizable según el valor del mismo, destinado al fondo de Seguridad (FO:SE.

Artículo 6º: Mas allá de los tributos que se contemplan em la presente normativa, se incremetará em um monto que se corresponderá com um 20 (veinte) por ciento del valor de um sueldo municipal de categoría 1, a todos aquellos comercios dedicados a actividades, bancarias y / o financieras, empresas de seguridad privada comprendidas em la normativa de la ley 12297 y su reglamentación, que tengan actividad comercial y abonen tasa de seguridad e higiene al municipio.

Incorpórese a aquellas empresas de seguridad, que brindan servicios em el partido a las cuales el municipio no devenga tasa de seguridad e higiene, uma tasa equivlaente al 60 % del valor de um sueldo municipal, categoría 1.

Artículo 7º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departmento Ejecutvo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero a los 17 días del mês de febrero de 2012.

FDO: Sr. Victor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J.Lamas, secretario de H.C.D.

Baradero, 23 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y pubíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4607 deñ 17 de febrero de 2012 y promulgada el 22 de febrero de 2012.

      Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-012293/09 Alc. 4, letra “I” y;

     Considerando que por decreto registrado bajo el Nº 01/12, el Departamento Ejecutivo Municipal llamó a licitacion privada para la provision de materiales para la obra alambrado olimpico em el Parque del Este.

    Que habiéndose efectuado Licitación Privada Nº 01/12, de acuerdo a la normativa legal vigente.

    Que en la licitación privada ut –supra referenciado, se registra que ambos oferentes no cotizan la totalidad de los ítems requeridos, por lo puede considerarse que hay um solo oferente según los rubros y esta es de evidente conveniencia, no invalidando ni afectando em modo alguno la legitimidad del procedimiento.

   Que resultan únicos proponentes las Empresas Scoppa S.A. e Hierros Baradero S.A. de acuerdo a los ítems que cada uno cotiza.

   Que la presente medida, de dicta em uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona com fuerza de ley la siguiente:

                                    ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal de la ciudad de Baradero, a adjudicar la Licitacion Privada Nº 01/12 a la Empresa Scoppa S.A. representado por su apoderado Hector Scoppa , por la provision de Hormigón elaborado H18, por la suma de pesos treinta y tres mil ochocientos (  $ 33.80=) y a la Empresa Hierros Baradero S.A. representado por su Director Ruben Sellars, por la provisión de postes Hº Aº H 17 y rollos de alambre olímpico, por la suma de pesos ciento veinticuatro mil quinientos noventa ( $ 124.590=) para la obra “alambrado Olímpico en Parque del Este”.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Pcia. de Bs. As. en sesión extraordinaria, a los 17 días del mes de febrero de 2012.

FDO: Sr. Daniel Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

Baradero, 22 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Arq. Ezequiel Lapadula, Sec. Obras Pcas. y Privadas y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

 

Ordenanza Nº 4608 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 22 de febrero de 2012.

             Visto las actuaciones que corren por expediente bajo Nº 4009-20-05115/12, letra “I”, mediante el cual el Intendente Municipal solicita aceptación de donación de pesos seis mil

 ( $ 6.000=) por parte de la Empresa Productos de Maíz; y

     Considerando que dicha donación es a los efectos de solventar parte de los gastos originados en el traslado del Coro Municipal a la ciudad de Mina Clavero (Córdoba).

     Que para poder incorporar al Patrimonio Municipal es menester realizar el pertinente acto administrativo de aceptación.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                             ORDENANZA

Artículo 1º: Aceptase la donación de pesos seis mil ( $ 6.000=) efectuada por la Empresa Productos de Maíz S.A. a favor de la Municipalidad de Baradero, destinado a solventar parte de los gastos ocasionados en el traslado del Coro Municipal a la ciudad de Mina Clavero

 ( Córdoba).

Artículo 2º:  Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

FDO: Sr. Daniel Depauli. PTE H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 22 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4609 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 22 de febrero de 2012.

        Visto las actuaciones que corren por expediente N 4009-20-05038/12, letra “I”, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Contrato suscripto con el laboratorio Biagro S.A. destinado a convenio de pago de capital e intereses.

     Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                        ORDENANZA

Artículo 1º: Convalídese el Convenio suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por el Intendente Municipal Don Aldo M. Carossi, DNI: 12.455.244 y el laboratorio Biagro S.A., representado por la Sra. Leicach Roxana J, DNI: 22.544.247, obrante a fs 2 del expediente Nº 4009-20-05038/12 Letra “L”.

Articulo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho . archívese.

FDO: Sr. Depauli Víctor D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 22 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO_: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino. Secretario de Hacienda.

 

Ordenanza Nº 4610 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 22 de febrero de 2012.

      Visto lo solicitado por la Dirección de Compras, mediante expediente “D” 4009-20-04490/11, el reconocimiento de deuda al Proveedor Fabián Martín, y

    Atento a los informes de las distintas áreas, obrante en el expediente de referencia y,

    Considerando con lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del reglamento de contabilidad de deuda de ejercicios anteriores.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                          ORDENANZA

Artículo 1º: Reconózcase la deuda que mantiene el Municipio de la ciudad de Baradero, con el Proveedor Fabián Martín y autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el pago por la suma de $ 1.102= (pesos un mil ciento dos) factura Nº 0001-0002424, no abonadas en su oportunidad y de acuerdo a la documentación obrante en el expediente “D” 4009-20-04490/11.

Artículo 2º: La imputación que le hubiere correspondido al gasto en el año de origen 2011, se detalla a continuación:

Jurisdicción: Secretaría de Obras Publicas y Privadas 1110107000

Categoría programática: 71.54.00.-

Fuente de financiamiento: 133 – Tesoro Municipal.

Objeto del gasto: 2.1.5.0- Maderas corcho y sus manufact.

Articulo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 22 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4611 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 22 de febrero de 2012.

     Visto las actuaciones que corren bajo expediente Nº 2360-0267122/2010 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se gestiona la donación de los inmuebles ubicados catastralmente como Circ. III, Sec. C, Chacra 66, Parcela 5b y Circ. III, Sec. E, Chacra 112, parcela 1, del Partido de Baradero.

   Que por escritura numero cuatro mil ciento catorce el Jefe del Departamento de Relevamiento y Gestión Territorial hizo entrega de la posesión de los inmuebles a la Municipalidad de Baradero.

    Que los inmuebles solicitados por el Municipio serán utilizados para la instalación de un Parque Industrial.

    Que por Decreto Nº 1818/2011 el Gobernador de la Provincia de Bs. As, dona a la Municipalidad de Baradero los inmuebles requeridos.

    Que a los efectos de inscribir el dominio a favor del Municipio resulta necesario dar cumplimiento al articulo 57º de la Ley orgánica de las Municipalidades.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                              ORDENANZA

Artículo 1º: Aceptase la donación efectuada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Gobernador Sr. Daniel Scioli, a favor de la Municipalidad de Baradero, de los inmuebles designados catastralmente como: Circ. III, Secc. C, Chacra 66, parcela 5b y Circ. III, Sec. E, Chacra 112, Parcela 1, del Partido de Baradero, con cargo de destinar los inmuebles a la instalación de un Parque Industrial.

Artículo 2º: Aféctese lo descripto en el Art. 1º al Patrimonio Municipal.

Articulo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo deliberante de la ciudad de Baradero, en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, secretario de H.C.D.

BARADERO, 22 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Sr. Leonardo Peris, Secretario de Gobierno y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4612 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 22 de febrero de 2012.

   Visto las actuaciones que corren por expediente “A” 4009-20-04554/11, en la cual la Asociacion Cooperadora de la Escuela Nº 6 Paraje “La Tortuga” solicita eximición de tasa correspondiente a espectáculos públicos y;

    Considerando que la peticionante es la asociación Cooperadora de la Escuela Rural Nº 6 que de los fondos recaudados en el evento, se utilizarán para la compra de material didáctico.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

   Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                          ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase a la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 6 del Paraje “La Tortuga” del pago de los derechos por espectáculos públicos correspondiente al evento de jineteada, que se realizara el día 13 de noviembre de 2011 en su campo de doma.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, en sesión extraordinaria de fecha 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 22 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4613 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 22 de febrero de 2012.

      Visto las actuaciones que corren por expdiente “C” 4009-20-04201/11, em la cual los Clubes Sportivo y Atletico Baradero, solicita la eximicion de la tasa por derechos de espectaculos publicos por la realizacion del tradicional baile de la primavera 2011 y,

     Considerando que las instituciones cuentan com um plantel de deportistas, em diferentes disciplinas, compitiendo activamente y com importantes logros a nivel provincial.

    Que el articulo 40 de la ley organcia de las Municipaliddes faculta al Honorable Concejo Deliberante a establecer exenciones de tributos municipales.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley organica de las municipalidades.

   Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                       ORDENANZA 

Artículo 1º: Exímase a los “Clubes Sportivo y Atlético Baradero” del pago de los derechos por espectáculos públicos correspondiente a la realización del tradicional baile de la Primavera 2011 que se realizara el día 15 de octubre de 2011 en las instalaciones del Club Atlético Baradero.

Articulo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J.Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 22 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4614 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 22 de febrero de 2012.

     Vistas las actuaciones que corren por expediente “H” 4009-20-04276/11, mediante las cuales el Sr. Horisberger Sergio M, solicita eximición de la tasa por inspección de seguridad e higiene de un Comercio de tintorería, sito en Colombres 456 y;

        Considerando que el recurrente a fs, 14 presenta certificado de discapacidad, padece una discapacidad motora, amputación bajo rodilla.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

     Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                               ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase al Sr. Sergio M. Horisberger, por el ejercicio 2011 de la tasa por inspección de seguridad e higiene y servicios sanitarios, articulo 4º ítem C, del comercio sito en calle colombres 456 de nuestra ciudad.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 22 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4615 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 23 de febrero de 2012.

         Visto las actuaciones que corren por expediente bajo el Nº 4009-20-05116/12, letra “I”, mediante el cual el Intendente Municipal solicita aceptación de donación de pesos quinientos  ($ 500=) por parte de la Filial Miguel A. Mori – Racing Club y;

     Considerando que dicha donación es para el Hospital Municipal para la compra de remedios y / u otro elemento que resulte necesario.

     Que para poder incorporar al Patrimonio Municipal es menester realizar el pertinente acto administrativo de aceptación.

     Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

     Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                  ORDENANZA

Artículo 1º: Aceptase la donación de pesos quinientos ($ 500=) efectuada por la Filial Miguel a. Mori – Racing Club, a favor de la Municipalidad de Baradero, destinado al Hospital Municipal para la compra de remedios y / u otro elemento necesario.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 23 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

 

Ordenanza Nº 4616 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 23 de febrero de 2012.

     Visto las actuaciones que corren por expediente bajo Nº 4009-20-04836/11, Letra “A”, mediante el cual la Asociación Amigos de la Biblioteca Fray Luis de Bolaños realiza la donación de una impresora a la Biblioteca Municipal y;

   Considerando que se ha cumplido con el procedimiento administrativo correspondiente del Departamento de Patrimonio Municipal.

     Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por lo dispuesto en el articulo 57 de la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                    ORDENANZA

Artículo 1º:  Aceptase la donación efectuada por la Asociación “Amigos de la Biblioteca Fray Luis de Bolaños” a favor de Municipalidad de Baradero, que consiste en:

* Una impresora multifunción (con scanner)

* Marca: Epson Stylus – TX 125 – modelo C412A

* Serie Nº MDJZ 312404

* Color Negra

* Estado: Nueva.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 23 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4617 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 23 de febrero de 2012.

       Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial del Menor – Dirección de hogares a través de las becas para niños que asisten a Casa del Niño “Sonrisa” mediante la firma del respectivo convenio.

    Atento a lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social, en actuaciones que corren agregadas por expediente “D” Nº 4009-20-1126/00.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente

                                                   ORDENANZA

Articulo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Consejo Provincial de Familia y desarrollo Humano, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en casa del niño “Sonrisas”.

Articulo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 23 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza Nº 4618 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 23 de febrero de 2012.

      Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares a través de las becas para niños que asisten al Jardín Maternal “Rayito de Sol” mediante la firma del respectivo convenio.

     Atento a lo solicitado por la Secretaría de Acción Social y Salud e actuaciones que corren agregadas por expediente “D” Nº 4009-20-1126/00.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                       ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo, a suscribir un convenio con el Consejo  Provincial del Menor – Dirección de Hogares, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en el Jardín Maternal “Rayito de Sol”.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 23 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza Nº 4619 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 23 de febrero de 2012.

       Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial de desarrollo humano – Dirección de Hogares a través de las becas para niños que asisten al CAI “La Ilusión” mediante la firma del respectivo convenio.

      Atento a lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social que corren agregadas por expediente “D” 4009-20-1126/00.

      Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

     Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente

                                               ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en el CAI “La ilusión” correspondiente al ejercicio 2012.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Baradero, en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 23 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone. Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza Nº 4620 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 23 de febrero de 2012.

      Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial de Desarrollo Social – Dirección de Hogares a través de las becas para niños que asisten al CAI “Esperanza” mediante la firma del respectivo convenio.

     Atento a lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social que corren agregadas por expediente “D” Nº 4009-20-1126/00.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                 ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en el CAI “Esperanza” correspondiente al ejercicio 2012.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 23 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza Nº 4621 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 23 de febrero de 2012.

       Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial de Desarrollo Humano – Dirección de Hogares a través de las becas para niños que asisten al CAI “Somos Chiquititos” mediante la firma del respectivo convenio.

      Atento a lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social que corren agregadas por expediente “D” Nº 4009-20-1126/00.

     Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente

                                           ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares, para acceder a  becas que acuerda ese consejo con destino a los niños asistidos en el CAI “Somos Chiquitos”, correspondiente al ejercicio 2012.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero en sesión ordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 23 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza Nº 4622 del 17 de febrero de 2012 y promulgada el 23 de febrero de 2012.

       Visto la posibilidad de obtener el beneficio que viene otorgando el Consejo Provincial de Desarrollo Humano – Dirección de Hogares a través de las becas para niños que asisten al Hogar del Niño “Juan XXIII” mediante la firma del respectivo convenio.

    Atento a lo solicitado por la Dirección de Desarrollo Social que corren agregadas por expediente “D” 4009-20-1126/00.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente

                                              ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Consejo Provincial del Menor – Dirección de Hogares, para acceder a becas que acuerda ese Consejo con destino a los niños asistidos en el Hogar del Niño “Juan XXIII”, correspondiente al ejercicio 2012.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 23 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Lic. Norma Carbone, Secretaria de Desarrollo Social.

Ordenanza Nº 4623 del 17 de febrero de 2012  y promulgada el 28 de febrero de 2012.

                  Visto la necesidad del Municipio de Baradero de encauzar la construcción de obras de infraestructura, así como proyectos especiales que beneficien el Desarrollo local en lo cultural, en el turismo, en lo urbano, en lo productivo y en lo social, y toda otra cuestión que implique el mejoramiento de nuestra ciudad y;

          Considerando que nuestra ciudad fundada en el año 1615, cumplirá en el año 2015 cuatrocientos años, siendo una de las ciudades mas viejas de la provincia de Buenos Aires, por lo que nos corresponde y nos cabe dar una importancia a este aniversario con todo lo que ello implica, generando mas allá del recordatorio, acciones tendientes al crecimiento real de la ciudad.

     Que se intenta promover el Desarrollo Económico, el embellecimiento de los espacios públicos y la inclusión social, a través de la generación de obras de infraestructura, turísticas, productivas y de todo tipo, en tanto desarrollo de emprendimientos enmarcadas en los principios y valores de la economía social y solidaria, desde perspectivas variadas que impliquen la prestación de servicios de producción, construcción, conservación y mantenimiento de la red vial, servicios de agua, cloacas, equipamiento social y de servicios recreativos, deportivos, culturales, educativos, sanitarios y socio comunitarios, entre otros.

    Que la necesidad de la conformación de un área especifica de gestión y ejecución, en el marco de la Municipalidad de Baradero, que posibilite el abordaje calificado, focalizado y robustecido de las temáticas propuestas, meritando las complejidades y características especialísima que contienen cada una de ellas.

    Que dicha área especifica se enmarca en la necesidad de promover mecanismos que aseguren el impulso de proyectos de inversión y desarrollo para nuestra ciudad, definiendo un conjunto de acciones técnico – político administrativas para la realización de estudios, la formulación de propuestas y la adopción de medidas especificas en relación con la organización territorial, que se adecuen a las políticas y objetivos de desarrollo general, establecidos por los distintos niveles jurisdiccionales y consideren la puesta en valor del área territorial mencionada, el sistema general de transporte, las vías de comunicación y la aplicación de la tecnología de avanzada en materia de sustentabilidad ambiental, política y social, la promoción de la recuperación, mejoramiento y preservación del patrimonio local constituido por el área de la ribera de Baradero, para desarrollarla y ponerlas en valor, vinculando las metas y objetivos locales con las normativas provinciales y nacionales.

    Que el funcionamiento de este organismo a crear, permitirá optimizar los recursos humanos y materiales con los que cuenta actualmente la administración, con el objetivo inmediato de viabilizar el fortalecimiento de las mencionadas áreas, así como una mejor y mayor gestión y ejecución en términos técnicos, orientada y articulada de manera consecuente con el actual planeamiento del Estado Municipal.

    Que la existencia de dicha área de gobierno, garantiza un crecimiento cuantitativo en la obtención y posterior ejecución de los programas nacionales y provinciales, en consonancia con las reales posibilidades del Municipio, así como con los perfiles de gestión demandados, favoreciendo asimismo, la obtención de financiamientos externos de todo tipo, incluso de índole internacional. Todo ello en el marco de una especifica búsqueda de oportunidades por fuera del marco operacional normal y habitual del Municipio, en total consonancia con su esquema estratégico.

    Por ello, en uso de sus atribuciones el Honorable Concejo Deliberante de Baradero, sanciona la presente:

                                           ORDENANZA

Artículo 1º: Crease, bajo dependencia directa del Intendente Municipal, la Unidad del Cuatricentenario de ejecución de Proyectos (UCEP), la cual dependerá orgánica y directamente del Intendente Municipal.

Artículo 2º: La mima tendrá a su cargo las funciones descriptas en la presente ordenanza, y asimismo todas aquellas que le fueren encomendadas por el Intendente, con vigencia hasta su finalización.

Artículo 3º: La UCEP, se constituye como una unidad de ejecución y gestión de proyectos destinados a promover el Desarrollo Económico – Productivo, el mejoramiento del espacio publico y la inclusión social, todo ello mediante la generación de obras de infraestructura y de todo tipo, que impliquen la prestación de servicios de producción, construcción, conservación y mantenimiento de la red vial, servicios de agua, cloacas, equipamiento social y de servicios recreativos, deportivos, culturales, educativos, sanitarios y socio comunitarios, entre otros.

Artículo 4º: La UCEP, estará integrada por un Gerente General de la Unidad con similares atribuciones que un Secretario del Departamento Ejecutivo, y al que como funcionario publico se le aplicará el régimen establecido por la LOM. Será responsable de la administración de la unidad, siendo nombrado por el Intendente y dependiendo directamente de él.

Artículo 5º:  Incorpórese la UCEP en el presupuesto general de gastos utilizando la partida presupuestaria correspondiente al año 2012, en lo referente al correspondiente asignado a los gastos administrativos de la Secretaría General.

Artículo 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión extraordinaria del día 17 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 28 de febrero de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Leonardo L. Peris, secretario de Gobierno.

Decreto Nº 02/2012  de H.C.D

       Visto el trágico suceso ocurrido en la Estación Ferroviaria de Once el día 22 de febrero de 2012, donde lamentablemente ha provocado la pérdida de numerosas vidas humanas y gran cantidad de heridos y;

     Considerando que la Presidenta de la Nación declaró Duelo Nacional mediante el decreto Nº 245/2012.

     Que el gobierno local acompaña con su solidaridad y pesar el dolor de los familiares de las víctimas.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

   Por ello, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero decreta:

                                           DECRETO Nº 02/2012.

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, adhiere en todos sus términos al Decreto Nº 245/2012 – Duelo Nacional.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en  la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del 23 de febrero de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

 

 

                            D E P A R T A M E N T O   E J E C U T I V O

 

                                           D E C R E T O S

Decreto Nº 81 del 01 de febrero de 2012.

Llamando a Concurso de Precios Nº 05/2012, para la adquisición de un Vehiculo Tipo Utilitario para uso de la Secretaría de Servicios Públicos.

Decreto Nº 82 del 01 de febrero de 2012.

Aceptando con fecha 31 de enero de 2012, la renuncia elevada por el Agente Sr. Gómez Savoy Augusto A, al cargo de Administrativo – Categoría 2 de 48 hs semanales en la Dirección General de Inspección y Seguridad.

Decreto Nº 83 del 02 de febrero de 2012.

Transfiriendo de la cuenta RAFAM 111220100 Recursos Afectados, cuneta Banco Provincia – Recursos Ordinarios, la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000=).

Procédase al recupero de los fondos transferidos dentro de los plazos que la ley establece.

Decreto Nº 84 del 2 de febrero de 2012.

Contratando personal para tareas y periodo que se cita:

Bizzotto María Julieta. 20 hs semanales. Maestra Inicial en los Jardines de Infantes Municipales.

Boonman Lorena M. 20 hs semanales. Preceptora en los Jardines de Infantes Municipales.

Cassino Fernando A. 3hs semanales. Profesor de Música en los Jardines de Infantes Municipales.

Decreto Nº 85 del 2 de febrero de 2012.

Determinando durante los días de realización de la 38º Edición del Festival de Música Popular Argentina – Baradero 2012, obligaciones a seguir por los feriantes respecto a ubicación de puestos, y publico en general en cuanto a estacionamiento vehicular:

1)     Se prohíbe el estacionamiento en todo el perímetro de Plaza Mitre a partir de as 16 hs los días jueves, viernes, sábado y domingo.

2)     Los puestos de venta de alimentos podrán ubicarse únicamente y sin excepción, sobre calle Rodríguez entre San Martín y Anchorena, quedando prohibido instalarse sobre la Plaza Mitre.

3)     El espacio gratuito fijado por ordenanza Nº 4605, para que personas de Baradero puedan gratuitamente instalar stands, se determina en 3 mts. de frente.

Decreto Nº 86 del 07 de febrero de 2012.

Prorrogando hasta el día 16 de marzo de 2012 inclusive, el vencimiento de las tasas, planes de pago y presentación espontánea, cuyos vencimientos se producirán entre el 13 de febrero de 2012 y hasta el 12 de marzo de 2012 inclusive. La prorroga del vencimiento comprende sólo a contribuyentes pertenecientes a la circunscripción que corresponde a la Delegación Municipal de Alsina.

Decreto Nº 87 del 07 de febrero de 2012.

Llamando a Concurso de precios Nº 6/2012 para la compra de insumos para el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro”, con un presupuesto oficial de pesos ciento catorce mil trescientos doce con 43/100 ($ 114.312,43=).

Decreto Nº 88 del 08 de febrero de 2012.

Adjudicando el Concurso de Precios Nº 4 /2012 para la provisión de combustible (gas oil a granel 15.000 lts.) para el mes de febrero de 2012, con destino al Corralón Municipal, a la Empresa Edosada S.A., con domicilio legal en calle Martín de Gainza 2499 de la ciudad de Baradero.

 Decreto Nº 89 del 8 de febrero de 2012.

Modificando Presupuesto 2012.

Decreto Nº 90 del 8 de febrero de 2012.

Modificando Presupuesto 2012.

Decreto Nº 91 del 8 de febrero de 2012.

Facilitando al Personal Municipal la concurrencia a la 38ª Edición del Festival de Música Popular Argentina Baradero 2012, financiando a los mismos el costo de las entradas en hasta 8 (ocho) cuotas iguales, mensuales y consecutivas.

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Decreto Nº 92 del 8 de febrero de 2012.

Designando para el ejercicio 2012, a los responsables de los sistemas que a continuación se detallan:

Bienes Físicos: Jefa de Patrimonio.

C.A.S.: Director de Informática.

Crédito Publico: Cdora Municipal.

Contabilidad: Cdora. Municipal.

Contrataciones: Jefa de Compras.

Presupuesto: Secretario de Hacienda/ Directora de Departamento Presupuesto.

Tesorería: Tesorera Municipal.

Decreto Nº 93 del 8 de febrero de 2012.

Cubriendo el cargo de Asesor Letrado, en carácter de interino, durante los días 6 al 19 de febrero de 2012 inclusive, por la Agente Dra. Iglesias Julia I.

La designación que se efectúa es con retención de su actual cargo.

Decreto Nº 94 del 8 de febrero de 2012.

Declarando fracasado el Concurso de Precios Nº 2/2012, para la contratación del Sistema de Led y Pantallas Gigantes, durante la realización del 38º Festival de Música Popular Argentina Baradero 2012.

Decreto Nº 95 del 8 de febrero de 2012.

Declarando fracaso el Concurso de precios Nº 3/2012, para la contratación de la Filmación del 38º Festival de Música Popular Argentina Baradero 2012.

Decreto Nº 96 del 9 de febrero de 2012.

Eximiendo por el año 2010 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble adquirido por la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 11 “Hipólito Irigoyen” de la localidad de Alsina.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 97 del 9 de febrero de 2012.

Eximiendo por el año 2011 a la Sra. Flores María A. de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.

La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.

Decreto Nº 98 del 10 de febrero de 2012.

Cubriendo el cargo de Director de Informática, en carácter de interino, durante los días 13 al 26 de febrero de 2012, inclusive, por el agente Sr. Maroli Darío Javier.

La designación que se efectúa es con retención de su actual cargo.

Decreto Nº 99 del 14 de febrero de 2012.

Fijando en pesos doscientos cincuenta pesos ($ 250=) en monto de las PENSIONES MUNICIPALES.

Otorgando las mismas por el período enero a diciembre de 2012 a las siguientes personas:

Caballero Mónica A.

Costilla  Marcela S.

Delgado Rosa R.

Díaz Marcela S.

González Carolina A.

Gutiérrez Claudia I.

Levetti Leonardo E.

Pérez Graciela C.

Tato Edgardo A.

Villanueva Marta L.

Decreto Nº 100 del 14 de febrero de 2012.

Contratando bajo el régimen de locacion de servicios, a partir del 1º de febrero de 2012 y hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive, al Lic. en trabajo Social, Roldan Facundo E, para cumplir funciones en el servicio local de Protección de los Derechos del Niño y Adolescente y en el departamento de violencia Familiar.

Decreto Nº 101 del 17 de febrero de 2012.

Transfiriendo de la cuenta RAFAM 111220100 Recursos Afectados, Cuenta Banco Provincia a la cuenta Recursos ordinarios la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000=).

Decreto Nº 102 del 17 de febrero de 2012.

Cubriendo el cargo de Director de Bromatología e Higiene, en carácter de interino, durante los días 22 de febrero de 2012 al 20 de marzo de 2012 inclusive, por la Agente Rego Claudia C.

La designación que se efectúa es con retención de su cargo.

Decreto Nº 103 del 22 de febrero de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

—————————————————————————————————————–Decreto Nº 104 del 22 de febrero de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 105 del 22 de febrero de 2012.

Ampliando el Cálculo de Recursos.

Decreto Nº 106 del 22 de febrero de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 107 del 22 de febrero de 2012.

Adjudicando la Licitación Privada Nº 1/2012 para la provisión de materiales para la obra alambrado olímpico en “Parque del Este”, a las empresas:

Hierros Baradero S.A. para la provisión de postes Hº Aº H 17 y rollos de alambre olímpico, por la suma de pesos ciento veinticuatro mil quinientos noventa ($ 124.590=).

Scoppa S.A. para la provisión de hormigón elaborado H 18, por la suma de pesos treinta y tres mil ochocientos ($ 33.800=).

Decreto Nº 108 del 22 de febrero de 2012.

Dando de baja, por fallecimiento, el contrato de designación del Sr. Herrera Marcelo O, que desempeñaba taras en Dcción Gral. Inspección y seguridad.

Decreto Nº 109 del 22 de febrero de 2012.

Adjudicando el Concurso de Precios Nº 6/2012 para la compra de Insumos para el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro” a las siguientes firmas:

Droguería Sorrentino S.A. con domicilio legal en Dorrego Nº 573 de Mar del Plata, por la suma de pesos veinte mil setecientos veintiuno ($ 20.721=).

Piloña S.A. domicilio legal en calle Mitre Nº 120 de Tandil – Pcia. Bs. As. por la suma de pesos ochenta y tres mil setecientos ochenta y siete con 70/100. ($ 83.787,70=).

Continental Farma S.A. domicilio legal en calle Quintino Bocayuva Nº 109 de Bs. As. por la suma de pesos veintiséis mil noventa y uno con 85/100. ($ 26.091,85=).

Decreto Nº 110 del 22 de febrero de 2012.

Contratando personal en períodos y tareas que se citan:

Del 1º/02/2012 al 29/02/2012

Acosta Horacio A. 44 hs semanales. Tareas en localidad de Alsina. $ 3.077,80= mensuales.

Aguerre del Bene Ana María. Médica en Dcción. Gral. de Prevención de la Salud. $ 3.450= mensuales.

Alanis Adriana E. 140 hs mensuales. Tareas en Secretaría de Educación. $ 2.100= mensuales.

Bardesono Marisa K. Terapista Ocupacional en Hospital Municipal y Sala Villa Cristina

$ 630=, Clases en Taller de la Memoria $ 500= mensuales y por Terapia Ocupacional $ 900= mensuales.

Barrenenchea Nieves A. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Alsina, $ 2.696,11= mensuales.

Bechtholt Dora E. 20 hs semanales en Secretaría de Educación y Turismo. $ 2.140= mensuales.

Brandli Carlos F. 36 hs semanales. Médico oncólogo. Hospital Municipal. $ 1.500= mensuales.

Caballero Regina. Para realización de certificados médicos de Registros de conducir y visitas domiciliarias de agentes con licencias médicas. $ 5.027,61= mensuales.

Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Casas Cecilia. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Colliard Giselle. 30 hs semanales. Tareas administrativas en Jardines de Infantes Municipales.

$ 2.696,11= mensuales.

Concilio Juan S.  48 hs mensuales. Secretaría de Cultura, educación y turismo. $ 504= mensuales.

Daverio José a. 44 hs semanales. Dcción de Vialidad. $ 4.437,47=mensuales y reconocimiento de viáticos.

Erpen Lucila. 24 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 3.391,30= mensuales.

Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento legal en Dcción. de la Producción.

$ 4.831,15= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Espinosa Manuel c. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Farias Horacio I. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Francchini Marcelo D. Médico de guardia en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Fussinato Jorge M. Tareas de coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos educativos y administrativos con la UBA. $ 4.000= mensuales.

Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Hospital Municipal. $ 4.000= mensuales.

Gallardo Carolina. Fonoaudióloga en Hospital Municipal. $ 1.900= mensuales.

Gaspari Susana A. 48 hs semanales en Hogar de Ancianos. $ 3.242,25= mensuales.

Gimenez Jonathan. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gimenez Lidia N. 44 hs semanales. Dcción Gral. Prevención de la Salud. $ 3.077,80= mensuales.

Giordano Camilo H. Médico en localidad de Alsina. $ 12.218,74= mensuales y por guardias activas de 24 hs por la suma de $ 1.300=.

Girotti María e. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.892,25= mensuales.

Gómez Gabriela L. 30 hs semanales. Biblioteca Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Gómez Jesús. 44 hs semanales. Dcción. Obras Públicas y Privadas. $ 3.622,22= mensuales.

González Modesto. 35 hs semanales. Secretaria de Turismo. $ 3.996,11= mensuales.

Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Dcción Obras Públicas y Privadas. $ 4.033,97= mensuales.

Hebeisen Alberto O. Profesor de gimnasia. 35 hs semanales. $ 1.868,75= mensuales.

Idiart María F. Kinesióloga fisiátrica en Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.

Labriola Mariana L. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.782,61= mensuales.

Ledesma Alicia M. 35 hs semanales. Secretaría Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

León Esteban. 35 hs semanales. Profesor Educación Física. $ 1.868,75= mensuales.

Maestre Miguel a. 44 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 3.077,80= mensuales.

Mandrile Silvia C. Patóloga en Hospital Municipal. $ 4.500= mensuales.

Martínez Carlos A. 30 hs semanales. Dcción. Inspección y seguridad. $ 2.755,02= mensuales.

Medina Juan D. 44 hs semanales. Tareas en localidad de Ireneo Portela. $ 3.134,97= mensuales.

Mena Cristina E. 44 hs semanales. Servicio y Maestranza en Hogar de Ancianos Municipal.

$ 3.077,80= mensuales.

Mestre José L. 35 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 2.696,11= mensuales.

Mussi Marina. Kinesióloga Fisiatra. Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.

Negre Néstor R. 48 hs semanales. Tareas en Honorable Concejo Deliberante. $ 4.002,11= mensuales.

Olmos María E. 35 hs semanales. Dcción Atención de Prevención de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Ottina Marcos N. 35 hs semanales. Profesor Educación Física. $ 1.868,75= mensuales. y reconocimiento de viáticos.

Pardo Sebastian R. 48 hs semanales. Recolección de Residuos. $ 3.242,25= mensuales.

Pellegrino Sergio. Hospital Municipal. $ 3.881,25= mensuales.

Pereyra Mario R. 48 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 3.242,25= mensuales.

Pulido Araceli. 35 hs semanales. Profesora Educación Física. $ 1.868,75= mensuales.

Ravettino María I. 18 hs semanales. Psicóloga en Hospital Municipal y Hogar de Ancianos

$ 2.700= mensuales y por tareas como integrante de la Junta Evaluadora del certificado único de discapacidad $ 750= mensuales.

Rodríguez Luis C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Robles Julio A. 44 hs semanales. Dcción. Gral. de Servicios. $ 3.277,90= mensuales.

Sánchez Ricardo G. Tareas en Dcción de Turismo. $ 3.346,11= mensuales.

Sartor Carlos E. Secretaría de Obras – Inspección de Obras Públicas, con uso de vehiculo propio. $ 4.379,52= mensuales.

Scollo José L. 112 hs mensuales. Dcción cultura. $ 1.100= mensuales.

Schachttel Juan P. médico traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.500= por guardias pasivas.

Simour Mario C. 28 hs semanales Sereno en cementerio Indígena. $ 2.099,60= mensuales.

Van Loo Cristian C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Zarich María M. 10 hs semanales. Odontóloga en Hospital Municipal. $ 2.000= mensuales.

Decreto Nº 111 del 22 de febrero de 2012.

Contratando personal en periodos y tareas que se citan:

Del 1/02/2012 al 12/02/2012.

Coria Garrado María. Corte de calles en Anchorena y San Martín, para realización de peatonal los fines de semana, con una remuneración de $ 1.110=.

Cricri Luis A. Tareas relacionadas con la organización de la 38º Edición del Festival de Música Popular Argentina Baradero 2012, con una remuneración de $ 5.500=.

Ferrari Hortensia C. tareas de corte de calles Anchorena y San Martín para realización de peatonal los fines de semana, con una remuneración de $ 1.110=.

González José A. tareas de corte de calles Anchorena y San Martín, para realización de peatonal los fines de semana con una remuneración de $ 925=.

Pac Analía V. tareas de corte de calles Anchorena y San martín, para realización de peatonal los fines de semana, con una remuneración de $ 925=.

Pérez Cintia. Tareas de corte de calles Anchorena y San Martín, para realización de peatonal los fines de semana, con una remuneración de $ 740=.

Simour Miguel A. tareas relacionadas con la organización de la 38º Edición del festival de Música Popular Argentina Baradero 2012, con una remuneración de $ 4.200=.

Del 1º02/2012 al 29/02/2012

Accorso Ezequiel M. Atención en Consultorio y salas periféricas en Hospital Municipal y salas periféricas. $ 4.000=mensuales.

Acula Jorgelina Y. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos Municipal.

$ 3.077,80= mensuales.

Aguilar Rosa L. Médica de guardia y servicio 107. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Almada Natalia S. 35 hs semanales. Asistente social en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Álvarez Gisela N. Médica de guardia en localidad de Alsina. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Amoroso Natalia B. Médico de guardia y servicio 107, Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Baldi Ortiz Alejandra. Psicóloga – Dpto. Discapacidad y tercera Edad y Dpto. Conflictos Familiares. 30 hs semanales. $ 2.696,11= mensuales.

Baliela Grassino Carlos. Médico de guardias activas y servicio 107 en Hospital Municipal.

$ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Barattini Daniela C. 35 hs semanales en Hogar del Niño “Juan XXIII”. Docente. $ 2.754,98= mensuales.

Barras Jennifer C. 30 hs semanales. Administrativa en Tesorería Municipal. $ 3.996,11= mensuales.

Belén Leandro J. 44 hs semanales. Coordinación de Centros Comunitarios ( CPC).

$ 4.893,75= mensuales, y reconocimiento de viáticos.

Belli Biollay Carolina A. 48 h semanales. Operador en Centro Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Bogado Gustavo A.  35 hs semanales. Inspector de Comercio. $ 3.183,61= mensuales.

Bogliolo Heraldo. 35 hs semanales. Veterinario dependiente de la Secretaría de Gobierno.

$ 3.000= mensuales.

Caviglia Virginia N. Asistente Social dependiente de la secretaría de Desarrollo Social.

$ 2.898,20= mensuales.

Cedarry Marcelo E. 30 h semanales. Dcción Espacios Públicos. $ 3.211,17= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Colombo Leonardo a. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Contreras Marcelo R. Traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Coronel Melina S. Médica de guardia en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Cuis Casino Roberto J. Tareas de Profesor de educación Física en la localidad de Alsina.

$ 1.150= mensuales.

De Los Santos María L. 48 hs semanales en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Delpieri Elián. Obrero Tareas generales. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

De Vivo Eleonora B. Médica en Salas Periféricas de Alsina, Portela y Coloma. $ 6.900= mensuales.

Dipasquale Carla. Operador del centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno. 48 h semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Dipasquale Nino C. Profesor Educación Física en localidad de Alsina. $ 1.868,75= mensuales.

Farias Mariana S. Administrativa en Hospital Municipal. 35 hs semanales. $ 3.346,11= mensuales.

Franco Rubén M. 35 hs semanales. Ejecución de proyectos, control e inspección de Obras Públicas. $ 3.544,30= mensuales.

Galarza Elizabeth R. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Galuppo Gabriel Ricardo. Médico de guardia de 24 hs. $ 1.300= por guardia.

Galuppo Marcela R.  Médica de guardia y servicio 107 en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Gamba María D. 44 hs semanales. Inspección y seguridad. $ 4.333,75= mensuales.

García Carlos E. 30 hs semanales. Dcción de Recursos Provinciales. $ 5.102,85= mensuales.

García Jonatan S. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gerez Adolfo E. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Ghio Rita L. 44 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 4.333,75= mensuales.

Goddard Clelia M. 44 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 3.593,75= mensuales.

Gómez Carlos N. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gómez Héctor A. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.000= mensuales.

Gómez M. Virginia. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.500= mensuales.

González Jose B. 44 hs semanales. Dcción inspección y seguridad. $ 4.377,80= mensuales.

Gugger Danisa C. Operadora del C entro de Monitoreo Urbano por cámara dependiente de la Secretaría de Gobierno. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Hernández Lucas Z. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Ibarra Néstor M. Médico de guardia y servicio 107 en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Isa Diego D. 48 hs semanales. Hogar de Ancianos “San José”. $ 3.242,25= mensuales.

Jeandet Daiana S. 3 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 1.000= mensuales.

Lobos Luis L. 48 hs semanales. Localidad de Alsina. $ 3.242,25= mensuales.

López Paulo. Obrero tareas generales. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Luna Cristina. Enfermera en Sala de Ireneo Portela. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Lupini María C. 35 hs semanales. Docente en Hogar del Niño Municipal. $ 2.755,02= mensuales.

Maestre Leonilda B. 48 h semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Maffei Gilda. Ginecóloga en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs y 6 hs semanales en salas periféricas $ 1.800= mensuales.

Malacalza Evangelina. Bioquímica en Hospital Municipal y guardias pasivas. $ 6.000= mensuales.

Maldonado Noelia I. 35 hs semanales. Docente en Hogar de Niño Municipal. $ 2.930,05= mensuales.

Manicler Mario H. 30 hs semanales. Administrativo en Tesorería Municipal. $ 3.996,11= mensuales.

Marmori Lucas. Entrenador de musculación en –Gimnasio Julio A. Bitar. $ 3.500= mensuales.

Martínez Irma N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Martínez Lorena S. 44 hs semanales. Hogar de Ancianos San José. $ 3.077,80= mensuales.

Márquez Paula A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Marzoa Américo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Merino Rogelio R. 30 hs semanales. Dcción. Obras Públicas y Privadas. $ 5.034,76= mensuales.

Moltrasio María Cristina. 48 hs semanales. Dcción de Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Nassif Luis M. Médico de guardia y servicio 107 en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Ormachea Gutiérrez Alberto. Médico. 6 hs semanales en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 1.850= mensuales.

Ortiz Carlos D. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.727,80= mensuales.

Ovispo Daniela A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Palacios Bonifacio. Obrero tareas generales. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Parzon José R. 48 h semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Pederiva Hernán L. 30 h semanales. Administrativa en Asesoría Letrada. $ 2.696,11= mensuales.

Pelayo Isabelino. Escuela de boxeo. $ 650= mensuales.

Pelayo Mauro L. 35 hs semanales. Tareas dependientes de la Secretaría de Gobierno.

 $ 3.130,42= mensuales.

Pellegrini Oscar A. 35 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.696,11= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Pérez Ricardo Rubén. Operador del centro de Monitoreo urbano por cámara dependiente de Secretaría de gobierno. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Piazza Ricardo O. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Pintado Horacio D. Urólogo en Hospital Municipal. 36 hs semanales. $ 1.500= mensuales y $ 1.300= por guardias activas de 24 hs.

Piñón Analía S. 30 hs semanales. Tareas administrativas en Oficina de compras. $ 2.696,11= mensuales.

Pusich María S. 30 hs semanales. Dcción Recursos Pciales. $ 2.696,11= mensuales.

Rabonisi Malena A. 44 hs semanales. Instrumentista en Hospital Municipal. $ 3.077,80= mensuales.

Rapalin Santiago M. 24 hs semanales. Profesor Educación Física. $ 2.645= mensuales.

Ríos Yanina N. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Rodríguez Adriana E. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.782,61= mensuales.

Romero Juan R. Escuela de boxeo. $ 650= mensuales.

Romero Marisa L. 48 hs semanales. Dcción. Atención Primaria de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Romero Miguelina. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de ancianos.

$ 2.696,11= mensuales.

Roson Cecilia. 30 hs semanales. Trabajadora social dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales, y por tareas como integrante de la Junta Evaluadora del certificado Único de discapacidad $ 750= mensuales.

Roson Juan I. Tareas curso expedición de libretas sanitarias dependiente de la Secretaría de Gobierno. $ 1.400= mensuales.

Rowlands Cecilia G. Servicio de Hemoterapia en Hospital Municipal. $ 3.300= mensuales y

 $ 1.000= por guardias pasivas del servicio.

Ruiz Walter. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Salazar Sergio A. 48 hs semanales. Enfermero en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Sarsotti Carlos M. Médico de guardia y servicio 107. Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Silva Leonardo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Silva Natalia A, 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección y seguridad. $ 4.243,75= mensuales.

Silva Ricardo D. 44 hs semanales. Tareas dependientes de secretaría de cultura, educación y turismo. $ 3.207,80= mensuales.

Silva Ruth S. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño. $ 3.077,80= mensuales.

Simour Silvina. Profesor de Educación Física. $ 1.150= mensuales.

Tobares Luis F. Psicólogo en servicio Local. 30 hs semanales. $ 4.400= mensuales.

Urquiza Carla M. 30 h semanales. Asistente social en Secretaría Desarrollo Social.

$ 2.898,20= mensuales.

Valdez María C. 35 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Vega Pamela D. 48 hs semanales en Hogar de Ancianos Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Vega Silvia E. 35 h semanales. Servicio y maestranza. $ 2.696,11= mensuales.

Velazquez Darío F. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Vergara María I. 30 h semanales. Administrativa en Tesorería Municipal. $ 6.129,17= mensuales.

Viera Mariana B. 40 hs. responsable del Plan Nacer en el CIC y Hospital Municipal. $ 3.593,75= mensuales y por tareas como integrante de la Junta evaluadora del certificado único de discapacidad $ 375= mensuales.

Villalba Ledesma Eloy M. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Zignago Enrique R. Médico de guardia y servicio 107 en Hospital Municipal. $ 1.300= por guardia activa de 24 hs.

Decreto Nº 112 del 22 de febrero de 2012.

Contratando personal en tareas y periodos que se citan:

Del 1/02/2012 al 12/02/2012.

Arrieta Camila. Tareas de promoción, difusión y coordinación de actividades culturales paralelas al 38º Festival Baradero 2012, con una remuneración de $ 1.300=

Barja Natasha. Promoción, difusión y coordinación de actividades culturales paralelas al 38º Festival Baradero 2012, con una remuneración de $ 1.300=.

Fernández Natalia R. Promoción, difusión y coordinación de actividades culturales paralelas al 38º Festival Baradero 2012, con una remuneración de $ 1.300=

Del 1º/02/2012 al 29/02/2012.

Álvarez Micaela V. Taller de computación en CIC. 12 hs semanales. $ 1.804= mensuales.

Arevalo Gladis M. 26 hs semanales. Taller de alfarería. $ 1.090= mensuales.

Belli Marta. 20 hs semanales. Taller Patio de tango. $ 840= mensuales.

Bernaldo de Quirroz Ramiro. Coordinación y Mantenimiento. 35 hs semanales. Secretaría de Cultura, educación y turismo. $ 3.520,42= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Bon Sebastián L. 12 hs semanales. Logística en eventos. $ 504= mensuales.

Cáceres Mónica A. 16 hs semanales. Taller de manualidades. $ 674= mensuales.

Martínez Lucas E. Taller de Murga. Localidad de Alsina. $ 674= mensuales.

Marzoa Ivana G. Taller de apoyo escolar. 30 hs semanales. $ 2.560= mensuales.

Masud Juan M. 18 hs semanales. Taller de cocina en el CIC. $ 756= mensuales.

Miranda Ernesto J. 30 hs semanales. Logística y Taller de Tango. $ 3.520,42= mensuales.

Misenti Nahuel J. 30 hs semanales. Taller de folklore. $ 1.910= mensuales.

Mori Vanesa C. 35 hs semanales. Administrativa en Secretaría de Turismo. $ 3.780,42= mensuales.

Ortunio Díaz Juan M. Logística en Secretaría de Turismo. $ 3.780,42= mensuales.

Rithner Damian. Logística en Secretaría de Turismo. $ 3.780,42= mensuales.

Salaberry Juan I. 16 hs semanales. Taller integral. $ 1.974= mensuales.

Troussel Javier R. 28 hs semanales. Logística en Secretaría de Turismo. $ 2.400= mensuales.

Usandizaga Pablo M. Logística en Eventos. 12 hs semanales. $ 1.154= mensuales.

Wuthrich Amalia I. Taller de salsa y gimnasia en el CIC. 12 hs semanales. $ 1.008= mensuales.

Decreto Nº 113 del 22 de febrero de 2012.

Designando a las siguientes personas que revisten en carácter de contratados en la Administración Municipal a partir del 1º de febrero de 2012.

Larrosa Silvia A. Servicio Maestranza. Categoría 2. 35 hs semanales.

Restivo Claudio G. Técnico. Categoría 2º de 35 hs semanales.

Romero José L. Obrero Categoría 2º de 48 hs semanales.

Yamuni José M. Obrero. Categoría 2º de 48 hs semanales.

Decreto Nº 114 del 22 de febrero de 2012.

Anulando parcialmente el Decreto Nº 110/2012 y decretando la baja de la Sra. Gaspari Susana A. por renuncia de la nombrada.

Decreto Nº 115 del 28 de febrero de 2012.

Contratando personal en tareas y periodos que se citan:

 Del 28/02/2012 al 31/03/2012

Onnainty María G. Directora de 3ª en Jardín de Infantes Municipal “Martha Salotti”. 20 hs semanales.

Rodríguez Claudia M. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín de Infantes Municipal “PTE. Irigoyen”

 Spinetta María N. 20 h semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes “Paula Albarracín”.

Suppicich Sandra V. Preceptora en Jardín de Infantes Municipal “Martha Salotti”. 20 hs semanales.

Troncoso Pamela. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín de Infantes Municipal “Martha Salotti”.

Decreto Nº 116 del 28 de febrero de 2012.

Contratando personal en periodos y tareas que se citan:

Del 1º/02/2012 al 12/02/2012.

Apertile Juan J. Tareas de corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 370=.

Ávila María G. Tareas de corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 555=.

Britos Claudia R. Tareas de corte de calles en Anchorena Y San Martín. $ 740=

Domingo Stella M. Corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 925=.

Larrosa Diego G. corte de calles Anchorena y San Martín. $ 740=-

Machado Liliana G. Corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 925=.

Maestre Cintia R. Corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 740=.

Martínez José E. Corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 1.100=.

Méndez Landivar Idolina. Taras de corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 1.100=.

Perea Jesús A. Corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 1.100=.

Rodríguez Silvia I. Corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 740=.

Serrudo Miranda Juan J. Corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 555=.

Velazquez María I. Corte de calles en Anchorena y San Martín. $ 925=.

—————————————————————————————————————–

Decreto Nº 117 del 29 de febrero de 2012.

 Declarando incorporado al Patrimonio Municipal, una fracción de terreno denominada catastralmente: Circ. I – Sección B- Mza 135 – excedente parcela 2ª, de nuestra ciudad.

Decreto Nº 118 del 29 de febrero de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 119 del 29 de febrero de 2012.

Ratificando hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive, a los funcionarios que conforman el Gabinete Municipal.

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