MES DE JULIO DE 2013 – AÑO XVIII – NUMERO VII
O R D E N A N Z A S
Ordenanza N° 4834 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Visto la ordenanza fiscal e impositiva año 2013 y;
Considerando los requerimientos de la Administración Municipal.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Eliminase los Fondos FOMUEPER ( 12,47 %) y FODE (4 %) a los Derechos de cementerio contemplados en el artículo 28 de la ordenanza Impositiva 2013 y artículo 152 de la ordenanza Fiscal del año 2013, a partir del ejercicio 2014.
Artículo 2°: Exímase del pago de derecho de oficina, estipulado en el artículo N° 12, inciso 26 de la ordenanza impositiva 2013, a partir de la promulgación de la presente, a aquellos contribuyentes mayores de 70 años, que por su edad tienen que renovar el carnet de conducir una vez por año. Continuando con os requisitos previos ya contemplados en la legislación nacional y / o provincial.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD
BARADERO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4835 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Visto los planes de préstamo destinados a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, por el Banco de nuestra Provincia y;
Considerando que las condiciones son muy accesibles para el Municipio;
Que el destino de los mencionados es para Obras Públicas, ejecución de trabajos de infraestructuras urbanas, edificios públicos y obras de interés general y social.
Que el Municipio está proyectando inversiones en obras de pavimentación, infraestructuras urbanas, apoyando a las actividades desarrolladas en los últimos sectores productivos y fortaleciendo las áreas de turismo, logrando mejor bienestar para nuestros ciudadanos teniendo en cuenta la proximidad de los festejos del Cuatricentenario de nuestra ciudad.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Facultase al Departamento Ejecutivo a contraer con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, un empréstito hasta la suma de pesos tres millones seiscientos mil ($ 3.600.000=).-
Artículo 2°: El préstamo que se autoriza a contraer se encuentra sujeto a las siguientes condiciones financieras:
Plazo: Hasta sesenta (60) cuotas mensuales y consecutivas de capital e interés.
Amortización de Capital: Cuotas de amortización de capital constantes (sistema alemán).
Tasa de interés aplicable: El préstamo devengará una tasa variable en función de la tasa promedio mensual que publica el BCRA como BADLAR “Tasa de interés por depósito a plazo fijo de más de un millón de pesos – total en pesos (tasa testigo) o la que en el futuro la reemplace, correspondiente al período comprendido entre el día 19 o anterior hábil del mes precedente y el del día 20 o anterior hábil del segundo mes anterior, ambos al mes de vencimiento del servicio, más un Spreads de 3 (tres) puntos porcentuales anuales.
Período de intereses: Mensual.
Intereses: Sobre saldo de deuda. La cuota de interés se abonará conjuntamente con la cuota de amortización.
Vencimiento de los servicios: Las cuotas vencerán el último día hábil del mes, venciendo la primera en esa misma fecha del mes siguiente al de la efectivización del préstamo.
Comisión: Será del uno por ciento (1 %) sobre el total del préstamo o descontar por única vez en forma adelantada al momento de efectivizarse la operación.
Artículo 4°: La obligación de pago a asumir por la Municipalidad será garantizada mediante la afectación de los recursos que le correspondan al Municipio por el Régimen de Coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales (ley N° 10.599 y modificatorias), cediendo los mismos como medio de pago de las obligaciones emergentes del presente préstamo.
Posteriormente a que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza al Banco de la Provincia de Buenos Aires a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, interese o cualquier otro gasto que se origine con motivo del presente préstamo.
Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y en los futuros, los rubros y partidas necesarias para dar ingreso a los recursos referidos y egresos de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.
Artículo 6°: Autorizase al departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y demás documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente operatoria.
Artículo 7°: Gírese la presente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que proceda a emitir el informe técnico y de evaluación según lo dispuesto en las leyes N° 12.462 y N° 13.295.
Artículo 8°: Posteriormente, gírese la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de que proceda a tomar la intervención de su competencia.
Artículo 9: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD
BARADERO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4836 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Vistas las actuaciones que corren bajo expediente 4009-20-07960/13, letra “E” en el cual Ediciones Val, hace entrega a la Municipalidad de Baradero en calidad de donación varios elementos.
Que se ha cumplido con el procedimiento administrativo correspondiente del Departamento de Patrimonio Municipal.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por lo dispuesto en el artículo 57 de la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Aceptase la donación efectuada por Ediciones Val a favor de Municipalidad de Baradero, los elementos destinados al Departamento Ejecutivo de la ciudad de Baradero que a continuación se detalla:
Material Cultural:
– Enciclopedia Inicial “Yo Aprendo”- Edición 2008/2009 – Control N° CDD030.
– Libro “La Magia de las Estrellas” –Edición 2010- Control N° CDD372.47.
– Libro “Aprendiendo con Jesús” – Edición 2010- Control N° CDD 268.434-
– Libro “Mi Primer Calendario Escolar”- Edición 2012-Control N° CDD 371.23-
– Libro “Geografía Atlas de Argentina”- Edición 2009- Control N° CDD 918.82.
– Libro “La Magia de la Tecnología” – Edición 2012- Control N° CDD 371.33-
– Libro “A descubrir la Magia de los números”- Edición 2009- Control N° CDD 371.33-
– Libro “Histórico y Biográfico Argentina y América”- Edición 2009- Control N° 982.03-
– Libro “Nuestras culturas indígenas”- Edición 2010- Control N° CDD 306.08-
– Libro “Cuentos y Leyendas”-Edición 2010- Control N° CDD 863.9282.
– Una Computadora COMPAQ 18 All In One PC Modelo 2013.
Artículo 2°: Afectase lo descripto en el artículo 1° al Patrimonio Municipal.
Artículo 3°: Derogase la ordenanza registrada bajo el N° 4806/13.
Artículo 4°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. De Pauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4837 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Visto las actuaciones que corren por expediente bajo N° 4009-20-07975/13, letra D, mediante el cual del Departamento Ejecutivo Municipal solicita se acepte donación de diversos bienes muebles efectuada por la Dirección de Políticas y seguridad vial (Ministerio de Jefatura de gabinete del Ministerio de la Provincia de Buenos Aires) y;
Considerando que para poder incorporar al Patrimonio Municipal es menester realizar el pertinente acto administrativo de aceptación.
Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 57 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Aceptase la Donación efectuada por la Dirección de Política y Seguridad Vial (Ministerio de Jefatura de gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires ) a favor de la Municipalidad de Baradero, con destino a la Dirección General de Inspección y seguridad, los bienes muebles que se detallan a continuación:
– CPU, Marca Compas, Gabinete color negro. Serie N° 4CE1320D8Q, Producto N° LS0211TAC8.
– Monitor LCD- Marca Samsung. Modelo B19B150N. Modelo N° L810B150NSCZB, Tipo Modelo LS10B150, Serie N° 8039HPHC814556Y.
– Impresora Láser – Marca HP. Modelo CE462A. Serie N° BRBHC1V68P, Fecha Fab. 27/01/11.
– Lector Marca Honeywell- Modelo MS9540-Serie N° 2R12050G07 (Teclado y Mouse).
Artículo 2°: Afectase al Patrimonio Municipal.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4838 del 2 de junio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Vistas las actuaciones que corren bajo expediente D -4009-20-07847/13, en el cual el Sr. Intendente Municipal solicita la baja definitiva de un bien mueble registrable y;
Que se ha cumplido con el procedimiento administrativo correspondiente del Departamento de Patrimonio Municipal.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por lo dispuesto en la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la desafectación definitiva del Patrimonio Municipal, la bien inventariado como: Bien N° 177 – Vehículo marca: Ford, Modelo Galaxy Ghía – Año 1994, Tipo Sedan 4 puertas- Dominio TOP 070, por encontrarse en estado irreparable, según consta en expediente ut-supra referenciado.
Artículo 2°: Efectúese la baja pertinente ante el Registro Nacional del Automotor y ante ARBA.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 2 de junio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda. L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4839 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Vistas las actuaciones que corren bajo expediente D- 4009-20-07909/13, en el cual el sr. Intendente Municipal solicita la baja definitiva de un bien mueble registrable y;
Que se ha cumplido con el procedimiento administrativo correspondiente del Departamento de Patrimonio Municipal.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por lo dispuesto en la ley orgánica de las municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la desafectación definitiva del Patrimonio Municipal, al bien inventariado como: Bien N° 863 – vehículo marca: Ford, Modelo Falcon Ghia – Año 1983 , tipo Sedan 4 puertas- Dominio SXV 473, por encontrarse en estado irreparable, según consta en expediente ut- supra referenciado.
Artículo 2°: Efectúese la baja pertinente ante el Registro Nacional del Automotor y ante ARBA.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD, y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADEO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4840 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Visto al solicitud de eximición de impuestos obrante en actuaciones que corren por expediente R- 4009-20-00972/10, formulada por la Señora Milena Mabel Rothen Viuda de Argiró.
Atento al resultado del estudio socio económico y,
Considerando que aún persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza N° 3753/08.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímese por el año 2013, a la señora Milena Mabel Rothen Vda. De Argiró, del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en Circ. I- Sec. B- Mza. 132- Parcela 10e- de esta ciudad. Cuenta N° 3565.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión ordinaria del día 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretaria de HCD.
BARADERO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4841 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Vistas las actuaciones que corren por expediente A-4009-20-00628/05, mediante el cual la Agrupación Recreativa de jubilado y Pensionados solicita eximición de la tasa de seguridad e higiene.
Atento a que la institución está inscripta como entidad de bien público bajo el número 56 y con personería jurídica N° 6024.
Considerando que es una institución sin fines de lucro y después de años de lucha han logrado cristalizar el sueño de la casa propia, ayudados por la comunidad y el gobierno municipal.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímese por el ejercicio 2013, a la Agrupación Recreativa de Jubilados y Pensionados sito en calle Lino Piñeiro N° 660, de la ciudad de Baradero, por la tasa por inspección e higiene.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4842 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Visto la solicitud interpuesta por el Señor Ponce de León Ángel, en actuaciones que corren por expediente P- 4009-20-07858/13, solicitando eximición de impuestos.
Atento al resultado del estudio socio económico y,
Considerando que según declaración jurada obrante a fs 3 no posee ingresos económicos, recibe ayuda de su madre que es jubilada.
Que vive solo, padece problemas de salud (respiratorios), no tiene cobertura social.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado por el honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase al Señor Ponce de León Ángel, por el año 2013, del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en: Circ. II- Secc. B- Qta. 64- Mza. 64D- Parcela 8- Cuenta 7761 de nuestra ciudad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4843 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 3 de julio de 2013.
Vistas las actuaciones que corren bajo el expediente J-4009-20-07933/13, en el cual la Señora Noemí Spinetta hacen entrega al Jardín de Infantes Municipal “Presidente Irigoyen”, en calidad de Donación varios elementos.
Que se ha cumplido con el procedimiento administrativo correspondiente del departamento de Patrimonio Municipal.
Que la presente medida se dicta en uso de las medidas conferidas por lo dispuesto en el artículo 57 de la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Aceptase la donación efectuada por la Señora Noemí Spinetta, a favor de la Municipalidad de Baradero, destinado al Jardín de infantes Municipal “Presidente Irigoyen”.
– CPU – gabinete color gris claron – Marca LG.
– Monitor 15”. Marca HP, Color negro. Modelo S5502 N° HSPLD-1AO5- Serie N° CNC6290RDS.
Artículo 2°: Afectase lo descripto en el artículo precedente al Patrimonio Municipal.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 3 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4844 del 2 de julio de 2013 y promulgada el 4 de julio de 2013.
Visto la presentación efectuada a fojas 1/17, por la Empresa Club de Yates S.A. y teniendo en cuenta la tasación de la parcela sobre la que se desea desarrollar el emprendimiento propuesto (fs.33/36), que asciende a $ 823.000=
(+/- 10 %) juntamente con la presentación de Club de Yates S.A. obrante a fs. 38, manifestando expresamente su intención de adquirir la parcela antes citada y,
Considerando que la propuesta inicial consiste en la permuta de la parcela por trabajos a realizar en áreas públicas, ha sido superada por una concreta de compra obrante a fs. 38.
Que la venta permitiría al municipio contar con un importante recurso para destinar a obras que beneficien directamente al sector costero.
Que no obstante ello, resulta conveniente la adopción de recaudos especiales en protección del medio ambiente y el recurso turístico.
Que en el artículo 159 de la L.O.M., impone para la enajenación de bienes municipales la venta mediante remate o licitación pública.
Que a fin de practicar el fraccionamiento de la parcela resulta necesario dictar una excepción a lo normado en el artículo 10 de la ordenanza 524 del 23/07/80.-
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la venta mediante el proceso de Licitación Pública, de una fracción de terreno de 31.850 m2, a parcelar de una fracción mayor identificada catastralmente como: Circ. III- Secc. D- chacra 67- Parcela 1ª, ubicada sobre calle Alte. Brown entre Teófilo Rosell y Antártida Argentina del Partido de Baradero. Provincia de Buenos Aires. La fracción a vender posee 70 mts. De ancho en dirección este /oeste a contar desde la ribera del Río Baradero y 455 mts. de largo en línea paralela al mismo curso de agua y a contar desde la línea municipal norte, correspondiente a la calle Antártida Argentina.
Artículo 2°: La venta se ofrecerá bajo condición resolutoria, exigiéndose a quien resulte adquirente el cumplimiento de las obligaciones adicionales que a continuación se enuncian:
a) Destinar el inmueble a la construcción de un Puerto deportivo” con un capacidad mínima para albergar a 400 embarcaciones. El plazo para financiar las obras no deberá ser superior a 5 años contados desde el momento de ser aprobada la licitación de venta.
b) Mantener dicho uso y destino como Puerto deportivo como mínimo por un plazo de 25 años, contados desde la entrega de la posesión del predio.
c) Efectuar a su exclusivo costo, la subdivisión, unificación y escrituración de la parcela objeto de la compraventa. Esta obligación comprende la totalidad de los gastos que irroguen ambos trámites, incluyendo derechos, tasa y / o impuestos que correspondiera sufragar al municipio.
d) Cumplir estrictamente con la totalidad de las normas ambientales en vigencia, observando especialmente lo siguiente: d1) las áreas verdes deberán abarcar como mínimo a un 20 % de la superficie del complejo; d2) se deberá tomar agua del Río Baradero para abastecer el sistema de riego y la reserva contra incendios; d3) se deberá instalar una planta de tratamiento de efluentes con sensores de DBO; d4) el complejo deberá estar dotado con la última tecnología aplicada a movimiento de lanchas; d5) antes del comienzo de las obras deberá entregarse al municipio un estudio de impacto ambiental sobre el lugar y sus adyacencias; d6) antes del comienzo de las obras deberá entregarse al municipio la prefactibilidad otorgada por la Dirección de Hidráulica Provincial necesaria para la modificación de la costa.
e) Asumir a su exclusivo costo, los trabajos necesarios para el corrimiento de la traza de la calle Almirante Brown así como también los desagües pluviales para el óptimo funcionamiento de la misma en la intersección con calle Antártida Argentina. Esta obligación alcanza a todos los gastos en mano de obra y materiales.
f) Asumir a su exclusivo costo, los trabajos necesarios para correr hasta su nuevo límite al alambrado olímpico perimetral existente en la parcela a subdividir. Esta obligación alcanza a todos los gastos en mano de obra y materiales.
g) El comprador deberá adjuntar antes del inicio de las obras el cronograma y plan de inversión en los 5 años propuestos, plazos de cada una de las etapas e inversión estimada durante las mismas tanto de las obras de desplazamiento de calle, alambrado Parque del Este y desagües pluviales así como de las obras internas del emprendimiento propiamente dicho.
h) El comprador deberá cumplir con la presentación municipal correspondiente de planos de obras y su aprobación previo visado por el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires.
i) El comprador deberá cumplir con todos los trámites administrativos y de control correspondientes para la habilitación de parte o de la totalidad del emprendimiento previamente al inicio de sus actividades.
j) El comprador deberá ceder a la Municipalidad de Baradero 4 camas para lanchas y 4 amarras a perpetuidad y sin costo alguno de mantenimiento.
k) El comprador deberá brindar detalles y precisiones del proyecto, en conferencia de prensa a desarrollarse en el Salón del HCD, dentro de los 15 días de adjudicada a la licitación. Dicha conferencia de prensa será de libre acceso al público en general.
Artículo 3°: Fijase la base de licitación en pesos ochocientos veintitrés mil.
( $ 823.000=).
Artículo 4°: Fijase la forma de pago al contado y en el acto de la firma de boleto de compraventa.
Artículo 5°: Fijase un plazo de 120 días para la presentación de planos y documentación de obra ante esta Municipalidad, contados desde la fecha de adjudicación.
Artículo 6°: Aféctense la totalidad de los recursos que se obtengan por la venta, a la ejecución de las siguientes obras y servicios en el sector costero: a) El
50 % de los recursos serán destinados al mejoramiento del camino entre el puerto local y la finalización del Tiro Federal Argentino, b) el 50 % de los recursos serán destinados a la construcción de un puerto para la balsa municipal.
Artículo 7°: Exceptúese a quien resultare adjudicatario, del cumplimiento de las normas legislativas en el artículo 10 de la ordenanza 524/80, facultándoselo expresamente para que materialice el aparcelamiento de las condiciones que establece esta ordenanza.
Artículo 8°: Exceptúese a quien resultare adjudicatario, del pago de la totalidad de las tasas derechos y / o contribuciones vigentes y / o a crearse que afectaren al inmueble y / o emprendimiento comercial, por el plazo en que dure la construcción de la obra y en las condiciones establecidas en la ordenanza 2491. (No a los pagos de ABL / seguridad e higiene).
Artículo 9°: Cualquier presentación y todas las obras sin excepción serán supervisadas por el Área Municipal de competencia con informes y aprobación ad referéndum de este Honorable Concejo Deliberante.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión ordinaria del dia 2 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 4 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4845 del 10 de julio de 2013 y promulgada el 10 de julio de 2013.
Visto la necesidad de renovar el parque automotor y de maquinarias municipal, que permitan brindar mejores servicios a la comunidad y;
Considerando que para ello se deberán adquirir una motoniveladora, una retroexcavadora cargadora, una Batea para transporte de material, un acoplado de lanza rígida, un camión para cesta aérea, una Hidro Grúa para mejoramiento de alumbrado público, un tractor para red vial, un accesorio pala para tractor, un Tractor para corte césped y una fresadora para reparación de asfalto.
Que los mismos permitirán trabajar en mejores condiciones de seguridad e higiene a los trabajadores municipales.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a formalizar contratos de locación con opción de compra, hasta la suma de pesos dos millones setecientos mil ( $ 2.700.000= + IVA) bajo la modalidad de contratos de leasing con PROVINCIA LEASING SA., sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el artículo 156, inc. 2 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°: Los bienes objeto de tales contrataciones estarán destinados al equipamiento municipal de maquinarias, vehículos y bienes muebles en general para ser empleados en obras y servicios públicos y en salud y acción social indistintamente.
Los vehículos a comprar son:
a) Una (1) motoniveladora CATERPILLER modelo 120K, accionada por motor Diesel marca Caterpiller, modelo C7 ACERT, turboalimentado de 6 cilindros.
b) Una (1) retroexcavadora cargadora marca CATERPILLER, modelo 416E accionada por motor diesel marca Caterpiller, modelo 3054C DIT de 4 cilindros.
c) Un (1) semirremolque VOLCADOR nuevo 0 KM marca SALTO, batea de vuelco bidireccional.
d) Una (1) Cesta aérea marca HIDRO –GRUBERT modelo BL 13C, nueva HP doble tracción rodados 12,4 X 24/ 18,4 X 30, con tres puntos y equipo hidráulico doble salida.
e) Un (1) tractor marca MASSEY FERGUSON, modelo MF 4275/4, de 83 HP doble tracción rodados 12,4 X 24 / 18,4 X 30, con tres puntos y equipo hidráulico doble salida.
f) Una (1) pala marca KAFU modelo K-1600 de ¾ metros cúbicos de carga altura máxima 4 metros.
g) Un (1) acoplado de lanza rígida, nuevo, marca Marcelini, modelo ALR8N/2913.
h) Un (1) tractor de jardín D170 – 26 HP nuevo, marca John Deere, Naftero.
i) Una fresadora, marca BOBCAT- Bajo flujo con tambor de 14 “, nueva sin uso.
j) Una (1) unidad marca IVECO modelo Daily 55c 16 chasis con cabina simple, Euro III, nueva KM, año 2013, motor Common –rail, turbo Diesel-
Artículo 3°: Estas contrataciones se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que Provincia Leasing S.A., tiene implementadas para este tipo de operatoria.
Artículo 4°: Deróguese la Ordenanza registrada bajo el N° 4811/13.
Artículo 5°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD
BARADERO 10 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 4846 del 16 de julio de 2013 y promulgada el 17 de julio de 2013.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-012596/09, letra F, mediante el cual la Sra. Franchi Ana María, solicita la tenencia de un predio municipal,
Considerando el resultado del estudio socioeconómico y los informes de las distintas dependencias.
Que todas las personas tienen derecho a obtener una vivienda digna, contemplado por el artículo 14 de la Constitución Nacional.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar el uso precario del predio ubicado sobre calle Julián O’ Roarke N° 2937 de la ciudad de Baradero, Partido de Baradero, denominado catastralmente como Circ. II- Secc. B- Qta. 67- (parte de la parcela 3) según croquis obrante a fs.2 del expediente 4009-20-12596/09, a favor de la Sra. Ana M. Franchi. DNI: 11.680.509, por el término de cinco (5) años.
Artículo 2°: El uso del inmueble otorgado será destinado como vivienda familiar única y de ocupación permanente.
Artículo 3°: Queda establecido que sobre el bien otorgado la construcción debe ser efectuada totalmente en material.
Artículo 4°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 16 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 17 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza N° 4847 del 16 de julio de 2013 y promulgada el 17 de julio de 2013.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-08222/13, letra S y;
Considerando que por oportunamente registrada bajo el N° 1799/95, se aprobó el listado de adjudicatarios del Plan Viviendas Barrio Luz y Fuerza de la ciudad de Baradero.
Que en dicho listado se encuentra el Sr. Barbi Pablo Néstor, junto a su grupo familiar.
Atento al Decreto 105, Artículo 7, es la peticionante quien tiene el derecho de continuar en la ocupación de la vivienda.
Que la presente medida, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Adjudicar la vivienda N° 23 del Plan de Vivienda Barrio Luz y Fuerza de la ciudad de Baradero, designado catastralmente como: Circ. II, Secc. A, Qta. 3, Mza. 3r, Parc. 8, a favor de la Sra. Gabriela Inés Silva, titular del DNI: 22.214.265.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. Fecho, archívese.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 16 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 17 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza N° 4848 del 16 de julio de 2013 y promulgada el 17 de julio de 2013.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-08270/13, letra S,
Considerando que oportunamente por ordenanza N° 1799/95 se aprobó el listado de adjudicatarios del Plan de viviendas Barrio Luz y Fuerza de la ciudad de Baradero.
Que en dicho listado se encuentra el Sr. Troncoso Gabriel Luis, junto a su grupo familiar.
Atento al Decreto 105, Artículo 7, es la peticionante quien tiene el derecho de continuar en la ocupación de la vivienda.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Adjudicar la vivienda N° 20 del Plan de viviendas Barrio Luz y Fuerza de la ciudad de Baradero, designado catastralmente como: Circ. II, Secc. A, Qta. 3, Mza. 3r, Parc. 11, a favor de la Sra. Irma Alicia Silva, titular del DNI: 20.315.201.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 16 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 17 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza N° 4849 del 16 de julio de 2013 y promulgada el 17 de julio de 2013.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-05580/12, letra H y;
Considerando que oportunamente por ordenanza N° 1799/95 se aprobó el listado de adjudicatarios del barrio de viviendas “Luz y Fuerza” de la ciudad de Baradero.
Que en dicho listado se encuentra el Sr. Rubén Darío Rivarola, junto a su grupo familiar.
Que según surge de la documental acompañada, los causantes suscribieron convenio de participación y adjudicación de bienes por disolución de sociedad conyugal.
Atento al decreto 105, artículo 7, es la peticionante quien tiene el derecho de continuar en la ocupación de la vivienda.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Rubén Darío Rivarola, titular del DNI 12.455.036, a la adjudicación de la vivienda N° 13 otorgada oportunamente en el Barrio Luz y Fuerza, sito en la ciudad de Baradero.
Artículo 2°: Adjudicar la vivienda N° 13 del Plan Luz y Fuerza de la ciudad de Baradero, designado catastralmente como Circ. II, Secc. A, Qta. 3, Mza. 3r, Parc. 1, a favor de la Sra. Silvia Inés Hunziker, titular del DNI: 13.393.826.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 16 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD
BARADERO, 17 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza N° 4850 del 16 de julio de 2013 y promulgada el 22 de julio de 2013.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-06747/12, letra S, mediante el cual la Sra. Rosana Sarthou solicita cesión de un predio propiedad del Municipio de Baradero.
Considerando que las medidas del predio no cumplen con lo estipulado en la ordenanza N° 524/80;
Y teniendo en cuenta el carácter social y los antecedentes de mensura efectuadas en la misma manzana, como el informe expedido por la Dirección de Planificación y Obras Públicas, obrante en el expediente precitado.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Efectuase una excepción a la ordenanza N° 524/80 en su artículo 13, respecto a las medidas mínimas de subdivisión en zona urbana, a la Sra. Rosana Sarthou DNI: 18.759.508, cuya propiedad es denominada catastralmente como Circ: II, secc. B, Qta. 39, Mza. 39ª, sin designación parcelaria, sito en calle Cabrera N° 634 de la ciudad de Baradero.
Artículo 2°: Queda establecido que los gastos que genere el Plano de Mensura y división correspondiente estará a cargo exclusivo de la Sra. Rosana Sarthou.
Artículo 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar el uso precario del predio referenciado en el artículo 1°, sito en calle Cabrera N° 634, cuyas medidas son: 11 mts de frente al No, sobre calle Cabrera por 34 mts de largo, conforme al croquis obrante a fs. 6 del expediente 4009-20-06747/12 letra “S”, a favor de la Sra. Rosana Sarthou, titular del DNI: 18.759.508, por el término de cinco (5) años.
Artículo 4°: El uso del inmueble otorgado será destinado como vivienda familiar única y de ocupación permanente.
Artículo 5°: Queda establecido que sobre el bien otorgado la construcción debe ser efectuada totalmente en material.
Artículo 6°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión ordinaria del día 16 de julio de 2013.
FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 22 de julio de 2013.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Arq. Ezequiel Lapadula, Secretario de Obras Públicas y Privadas.
D E P A R T A M E N T O E J E C U T I V O
D E C R E T O S
Decreto N° 350 del 1 de julio de 2013.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:
Del 01/07/2013 al 31/07/2013:
Rodríguez Claudia M. 20 hs semanales. Maestra Inicial en el Jardín de Infantes Municipal “Pte. Irigoyen”.
Suppicich Sandra. 20 hs semanales. Preceptora en jardín Infantes Municipal “Pte. Irigoyen”.
Decreto N° 351 del 1 de julio de 2013.
Declarando incorporado al Patrimonio Municipal, una fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. II- Secc. B- Qta. 38- Fracc. IV- Parcelas 3 y 4 de la ciudad de Baradero.
Decreto N° 352 del 2 de julio de 2013.
Aprobando para el Personal de Planta Permanente con estabilidad de régimen horario igual o superior a 30 hs semanales, Personal mencionado en el Art. 2° de la ley 11.757 y Personal Médico, las planillas que como anexo I, II y III forman parte integrante del presente decreto, asignando a cada una de ellas un salario que se determinará por los meses de julio, agosto y septiembre de 2013, multiplicando la cantidad de módulos fijados en cada oportunidad por el valor del mismo. Se establece el valor de cada módulo en la suma de pesos diez ($ 10=).
Decreto N° 353 del 2 de julio de 2013.
Abónese durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2013 al personal municipal permanente y contratado, un monto de carácter no remunerativo equivalente a un seis por ciento (6 %) del salario básico correspondiente al mes de julio de 2013.
Decreto N° 354 del 3 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 a la Sra. Martínez Clara Juana, de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto N° 355 del 3 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad de la Asociación Argentina de los Adventistas del séptimo día. La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto N° 356 del 4 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad del Club Tiro Federal Argentino. La eximición no comprende la tasa por alumbrado público.
Decreto N° 357 del 4 de julio de 2013.
Eximiendo por el ejercicio 2013 de las tasas por barrido, limpieza, conservación de la vía pública, del inmueble propiedad de Religión Cristiana Argentina. La eximición no comprende la tasa por alumbrado público.
Decreto N° 358 del 5 de julio de 2013.
Modificando presupuesto.
Decreto N° 359 del 5 de julio de 2013.
Modificando Presupuesto.
Decreto N° 360 del 5 de julio de 2013.
Anulando en todos sus términos el decreto N° 313 del 18/06/2013.
Decreto N° 361 del 5 de julio de 2013.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Lealtad Ltda.”, la suma de pesos cincuenta y cinco mil setenta y dos con 38/100 ($ 55.072,38=) para abonar a Empresa Scoppa, contra entrega por parte del beneficiario del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos de corresponder a la orden de la citada Cooperativa.
Decreto N° 362 del 5 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan los inmuebles propiedad de la institución Fundición Fútbol Club. La eximición no comprende la tasa por alumbrado público.
Decreto N° 363 del 8 de julio de 2013.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 1.500= ( pesos un mil quinientos) a la Señora Centurión Ramona Elsa, para abonar la cuota correspondiente al mes de julio de 2013 a la Comunidad Cristiana de Rehabilitación de Droga dependientes “Fundación Viaje de Vuelta”, por su hijo Marcelo Centurión internado en dicha institución.
Decreto N° 364 del 8 de julio de 2013.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 1.000= (pesos un mil) a la E.P. N° 26 “Armada Argentina”, para solventar gastos de organización de raviolada del día 12 de julio de 2013.
Decreto N° 365 del 8 de julio de 2013.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “La Victoria Ltda.”, la suma de pesos dieciséis mil ( $ 16.000=) para abonar a RBM Materiales la suma de pesos tres mil novecientos dieciocho ( $ 3.918=), a Hierros Baradero la suma de pesos tres mil cuatrocientos catorce ( $ 3.414=), a Forrajería Riesco la suma de pesos un mil novecientos veintiuno ( $ 1.921=) y a Impex SRL la suma de pesos seis mil setecientos cuarenta y siete ( $ 6.747=), contra entrega por parte de los beneficiarios de facturas, remitos y recibos de corresponder a la orden de la citada cooperativa.
Decreto N° 366 del 8 de julio de 2013.
Abonado a la Cooperativa de Trabajo “La Victoria Ltda.”, la suma de pesos cincuenta y siete mil setecientos noventa ( $ 57.790=), para abonar a Impex SRL la mencionada suma, contra entrega por parte del beneficiario de recibo, factura y remitos de corresponder a la orden de la citada cooperativa.
Decreto N° 367 del 8 de julio de 2013.
Abonado a la Cooperativa de Trabajo “La Victoria Ltda.”, la suma de pesos veintidós mil quinientos veintiocho ( $ 22.528=) para abonar a la Cooperativa de Trabajo Puntada de dignidad Ltda la suma de pesos diez mil trescientos cuatro ( $ 10.304=), a Cooperativa de Trabajo Pupore Ltda la suma de pesos nueve mil seiscientos ( $ 9.600=) y a Hierros Baradero la suma de pesos dos mil seiscientos veinticuatro ( $ 2.624=), contra entrega por parte de los beneficiarios de facturas, recibos y remitos de corresponder, a nombre de la mencionada Cooperativa.
Decreto N° 368 del 8 de julio de 2013.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Los Pingüinos Ltda. “, la suma de pesos dieciséis mil ( $ 16.000=), para abonar a RBM Materiales la suma de pesos dos mil setecientos cinco ( $ 2.705=), a Pinturería Bolaños la suma de pesos cinco mil seiscientos doce ( $ 5.612=), a Forrajería Riesco la suma de pesos dos mil ochocientos ochenta y tres ( $ 2.883=)y a Indugas SH la suma de pesos cuatro mil ochocientos ( $ 4.800=), contra entrega por parte de los beneficiarios de recibos, facturas y remitos según corresponda, a nombre de la citada cooperativa.
Decreto N° 369 del 8 de julio de 2013.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “ Los Pingüinos Ltda.”, la suma de pesos veintidós mil quinientos veintiocho ( $ 22.528=), para abonar a Cooperativa de Trabajo Puntada de Dignidad Ltda la suma de pesos diez mil trescientos cuatro ( $ 10.304=), a la Cooperativa de trabajo Puporé Ltda la suma de pesos nueve mil seiscientos ( $ 9.600=) y a Hierros Baradero la suma de pesos dos mil seiscientos veinticuatro ( $ 2.624=), contra entrega por parte de los beneficiarios de recibos, facturas y remitos según corresponda a la orden de la citada Cooperativa.
Decreto N° 370 del 8 de julio de 2013.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Lealtad Ltda.”, la suma de pesos veintidós mil quinientos veintiocho ( $ 22.528=) para abonar a Cooperativa de Trabajo Puntada de Dignidad Ltda la suma de pesos diez mil trescientos cuatro ( $ 10.304=), a Cooperativa de Trabajo Puporé Ltda la suma de pesos nueve mil seiscientos ( $ 9.600=) y a Hierros Baradero la suma de pesos dos mil seiscientos veinticuatro ( $ 2.624=), contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos de corresponder a la orden de la citada Cooperativa.
Decreto N° 371 del 8 de julio de 2013.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Lealtad Ltda.” la suma de pesos dieciséis mil ( $ 16.000=) para abonar a RBM Materiales la suma de pesos tres mil dos ( $ 3.002=) y a Hierros Baradero la suma de pesos doce mil novecientos noventa y ocho ( $ 12.998=, contra entrega por parte de los beneficiarios de recibos, facturas y remitos de corresponder a la orden de la Cooperativa mencionada.
Decreto N° 372 del 8 de julio de 2013.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Unidos y Organizados Ltda.”, la suma de pesos once mil doscientos sesenta y cuatro ( $ 11.264=) para abonar a Cooperativa de trabajo Puntada de Dignidad Ltda la suma de pesos cinco mil ciento cincuenta y dos ( $ 5.152=), a Cooperativa de Trabajo Puporé Ltda la suma de pesos cuatro mil ochocientos ($ 4.800=) y a Hierros Baradero la suma de pesos un mil trescientos doce ( $ 1.312=), contra entrega por parte de los beneficiarios de recibos, facturas y remitos de corresponder, a la orden de la citada Cooperativa.
Decreto N° 373 del 8 de julio de 2013.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo Unidos y Organizados Ltda., la suma de pesos ocho mil ( $ 8.000=), para abonar a RBM Materiales la suma de pesos un mil trescientos treinta y uno ( $ 1.331=), y a Hierros Baradero la suma de pesos seis mil seiscientos sesenta y nueve ( $ 6.669=) contra entrega por parte de los beneficiarios de recibos, facturas y remitos según corresponda, a la orden de la citada Cooperativa.
Decreto N° 374 del 10 de julio de 2013.
Rectificando el artículo 1° del Decreto N° 307/2013 los datos filiatorios que a continuación se indican:
Favre Galiano Jennifer. DNI: 36.310.630, Representante legal: Galiano Gladys Raquel. DNI: 16.949.503.
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Decreto N° 375 del 10 de julio de 2013.
Contratando a personal en período y tareas que se citan:
Del 1/07/2013 al 31/07/2013.:
Aguilar María F. 20 hs semanales. Taller de literatura. $ 1.600= mensuales.
Albelda Mónica B. 12 hs semanales. Tallar de telar. $ 960= mensuales.
Álvarez Micaela V. 20 hs semanales. Taller de computación en el CIC. $ 1.600= mensuales.
Arévalo Gladis M. 26 hs semanales. Taller de alfarería. $ 2.080= mensuales.
Arrieta Camila. 20 hs semanales. Taller integral. $ 1.600= mensuales.
Arrieta Graciela M. 20 hs semanales. Taller de manualidades. $ 1.600= mensuales.
Barja Natasha. 12 hs semanales. Taller de teatro. $ 960= mensuales.
Barrascoso Rosana. 12 hs semanales. Taller de gimnasia en I. Portela. $ 960= mensuales.
Basualdo Javier I. Conducción en programa de radio. $ 3.000= mensuales.
Bernaldo de Quirróz Ramiro. 35 hs semanales. Coordinación y mantenimiento.
$ 2.830,92= mensuales.
Cabrera Fiorella. 18 hs semanales. Taller de informática en CIC. $ 1.440= mensuales.
Cáceres Mónica A. 16 hs semanales. Taller de manualidades. $ 1.280= mensuales.
Capriglioni Rita E. 20 hs semanales. Taller de manualidades . $ 1.600= mensuales.
Colicchia Romina A. 12 hs semanales. Taller literario en Biblioteca Municipal.
$ 960= mensuales.
Díaz Víctor D. 20 hs semanales. Taller de iniciación musical y canto. $ 1.600= mensuales.
Draghi María A. 20 hs semanales. Taller de Cerámica en Frío en localidad de Alsina. $ 1.600= mensuales.
García Camila. 16 hs semanales. Taller de Apoyo Escolar en localidad de Ireneo Portela. $ 1.280= mensuales.
Libonatti Delfina P. 18 hs semanales. Taller de diseño de indumentaria. $ 1.440= mensuales.
Luna Cristian E. 20 hs semanales. Taller de tango. $ 1.600= mensuales.
Marzoa Ivana G. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en Hogar del Niño Municipal y Centro Kirchner. $ 1.600= mensuales.
Masud Juan M. 18 hs semanales. Taller de cocina. $ 1.440= mensuales.
Miranda Ernesto J. 30 hs semanales. Logística y taller de tango. $ 2.830,92= mensuales.
Misenti Nahuel J. 30 hs semanales. Taller de folklore. $ 2.400= mensuales.
Orduña María A. 20 hs semanales. Taller de inglés en Alsina. $ 1.600= mensuales.
Páez Fabiana L. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en Alsina. $ 1.600= mensuales.
Ramos Rodolfo. 20 hs semanales. Taller de dibujo en Sta. Coloma. $ 1.600= mensuales.
Rithner Damián. 28 hs semanales. Logística en Sec. Cultura. $ 2.830,92= mensuales.
Rivas Enrique A. 16 hs semanales. Taller de teatro. $ 1.280= mensuales.
Romero Simón A. 20 hs semanales. Taller de taekwondo en Centro Kirchner.
$ 1.600= mensuales.
Salaberry Juan I. 20 hs semanales. Taller de percusión. $ 1.600= mensuales.
Santos Natalia E. 20 hs semanales. Taller de dibujo. $ 1.600= mensuales.
Segura Paula L. 18 hs semanales. Taller de apoyo escolar en Sta. Coloma.
$ 1.440= mensuales.
Usandizaga Pablo M. 16 hs semanales. Logística en eventos. $ 1.280= mensuales.
Wuthrich Amalia I. 24 hs semanales. Taller de Salsa y Gimnasia en CIC.
$ 1.920= mensuales.
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Decreto N° 376 del 10 de julio de 2013.
Contratando personal, en período y tareas que se citan:
Del 01/07/2013 al 31/07/2013:
Aguerre del Bene Ana M. Médica en Dcción. Atención Primaria de la Salud.
$ 3.803,63= mensuales.
Alanis Adriana E. 140 hs mensuales. Taller de folklore –ballet. $ 2.100= mensuales.
Bardessono Marisa K. terapista ocupacional en Hospital Municipal $ 693= mensuales; por clases en Taller de Memoria $ 551,25= mensuales y por terapia ocupacional en hogar de Ancianos. $ 992,25= mensuales.
Bechtholt Dora E. 20 hs semanales. Oficina de Turismo. $ 1.600= mensuales.
Brandli Carlos F. 36 hs semanales. Médico oncólogo en Hospital Municipal.
$ 1.653,75= mensuales.
Caballero Regina. Realización de certificados médicos para registros de conducir y visitas domiciliarias de agentes con licencia médica. $ 5.542,94= mensuales.
Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Casas Cecilia. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.575,58= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Concilio Juan S. 80 hs mensuales. Coro juvenil $ 1.600= mensuales.
Erpen Lucila. 24 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 3.738,90= mensuales.
Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento legal en Dcción. Producción. $ 6.300= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Farías Horacio I. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Fussinato Jorge M. coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos educativos y administrativos con al UBA. $ 5.635,15= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Médica en Hospital Municipal.
$ 4.410= mensuales.
Gallardo Carolina. Fonoaudióloga en Hospital Municipal. $ 2.094,75= mensuales.
Gimenez Lidia N. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 3.393,27= mensuales.
Giordano Camilo H. Médico en Alsina. $ 12.218,74= mensuales y $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Girotti María E. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Tareas en Dcción de Obras Públicas y Privadas. $ 4.447,45= mensuales.
Hebeisen Alberto O. 35 hs semanales. Profesor de gimnasia. $ 2.060,30= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Idiart María F. kinesióloga – fisiatra en Hospital Municipal. $ 2.205= mensuales.
Labriola Mariana L. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 7.477,83= mensuales.
León Esteban. 35 hs semanales. Profesor de educación física. $ 2.060,30= mensuales.
Mussi Marina. Kinesióloga fisiatra en Hospital Municipal. $ 2.205= mensuales.
Negré Néstor R. 48 hs semanales. Tareas en HCD. $ 4.412,33= mensuales.
Olmos María E. 35 hs semanales. Tareas en Dcción de Salud. $ 2.972,47= mensuales.
Ottina Marcos N. 35 hs semanales. Profesor de educacion física. $ 2.060,30= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Pellegrino Sergio. Tareas en Dcción de Salud. $ 4.075,31= mensuales.
Pulido Aracelli R. 35 hs semanales. Profesora de gimnasia. $ 2.060,30= mensuales.
Ravettino María I. 18 hs semanales. Psicóloga en Hospital y Hogar de Ancianos Municipales. $ 2.976,75= mensuales.
Sartor Carlos E. tareas en secretaría de Obras – Inspección de Obras Públicas, con uso de vehículo propio. $ 4.828,43= mensuales.
Scollo José L. 35 hs semanales. Taller de teatro. $ 2.972,47= mensuales.
Schachttel Juan Pedro. Médico traumatólogo en Hospital Municipal.
$ 1.653,75= mensuales y guardias pasivas fines de semana.
Zarich María M. 10 hs semanales. Odontóloga. $ 2.205= mensuales.
Decreto N° 377 del 10 de julio de 2013.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 1.000= (pesos un mil) a Asociación Baraderense de Lucha contra el Cáncer – ABALCEC, para la compra de leche y chocolate con motivo de la realización del chocolate benéfico.
Decreto N° 378 del 10 de julio de 2013.
Llamando a Licitación Privada N° 3/ 2013, para la ejecución de la obra cambio de solado en Plaza Mitre, con un presupuesto oficial de doscientos sesenta y siete mil ochocientos cuarenta pesos ( $ 267.840=).
Decreto N° 379 del 11 de julio de 2013.
Otorgando subsidio no reintegrable a ATE (Asociación Trabajadores del Estado) para solventar gastos por compra de equipos deportivos para representantes de dicha asociación.
Decreto N° 380 del 11 de julio de 2013.
Renovando la Junta Municipal de Defensa Civil.
Decreto N° 381 del 11 de julio de 2013.
Aprobando el Reglamento del Programa de Becas para Deportistas de Baradero.
Adjudicando 10 becas mensuales para deportistas Nivel 1, de pesos quinientos ($ 500=) a:
Salerno Martín.
Novella Adolfo.
Solís Juan.
Ibarra Santiago.
Pérez Ramiro.
Hernández Gabino.
Willi Valentina.
Ríos Agostina.
Jeanneret Virginia.
Carreras Gonzalo.
Y 59 becas mensuales de pesos trescientos ( $ 300=) a:
Guasconi Florencia.
Placenti Santino.
Marconi Ezequiel.
Placenti Agustín.
Horisberguer David.
Horisberguer Claudio.
León Fernando.
Muñoz Sebastián.
DeBlasio Parzón Ariel.
Stelli Nicolás S-
Guasconi Joaquín.
Luna Mauro.
Rothen Alejandro.
Kühle Matías.
Bechtholt Mailén.
Scoppa Danilo.
Franco Germán.
Barrios Javier J.
Castro Pablo F.
Braco Oreste.
Castro Juan.
Mori Valentín.
Hernández Lola.
Hernández Lara.
Vacirca J. Bautista.
Vacirca Juan M.
Mazzarella Pablo.
Torres Valentina.
Vega Brisa.
Deleglise Agostina.
Misenti Martina.
Jeandet Isis.
Reyna Cecira.
Ottina Antonella.
Stelli Milena.
Misenti Sabina.
Britos Eduardo.
González Jorge.
Luna Héctor.
Duarte Francisco.
Córdoba Camilo.
Arévalo Jonathan.
Valenti Patricio.
Lacerna Alejandra.
González Sofía.
Savaresi Agostina.
Cámara Lucía.
Barbería Lara.
Blasi Ailen.
Horisberger Estéban.
Fortese Gino.
González Jenifer.
Laplazeta Luana.
Bralo Alejo.
Benévole Valentín.
Niderhaus Renzo.
Messina María M.
Godoy Hernán.
Decreto N° 382 del 11 de julio de 2013.
Otorgando subsidios no reintegrables de pesos siete mil ( $ 7.000=) a cada una de las entidades educativas que a continuación se indican, para participar con carrozas y batucadas en la “Fiesta de la Primavera 2013”:
Escuela de Educación Secundaria Técnica N° 1 “Batalla de la Vuelta de Obligado”.
Instituto “San José”.
Instituto “Santiago Ferrari”.
Escuela de Educación Media N° 3 “Juan Berisso”.
Escuela Normal Superior N° 4 “Marcos Sastre”.
Decreto N° 383 del 11 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 a la Sra. Pedraza Marcela P., del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gran el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 384 del 12 de julio de 2013.
Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos cinco mil ( $ 5.000=) a cada una de las instituciones que a continuación se citan, para la compra de material deportivo:
Club Deportivo Alsina.
Club Bernardino Rivadavia.
Club Atlético Baradero.
Club de Regatas Baradero.
Tiro Federal Baradero.
Costa Azul.
Fundición Fútbol Club.
Club Sportivo Baradero.
Decreto N° 385 del 12 de julio de 2013.
Designando al Dr. Accorsso Ezequiel Martín, que reviste en carácter de contratado en la Administración Municipal, a partir del 1° de julio de 2013, en la clase Profesional Categoría A- 36 hs semanales.
Decreto N° 386 del 12 de julio de 2013.
Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos quinientos ( $ 500=) a la Sra. Lisola María del Carmen, para abonar estudio médico.
Decreto N° 387 del 12 de julio de 2013.
Extendiendo el pago del anticipo jubilatorio por el término de dos (2) meses (Julio/Agosto de 2013) a los ex Agentes Municipales que a continuación se citan:
Carrizo Mario J.
Krausse Adalberto.
Márquez Domingo.
Pusich Graciela C.
Quiles Nora E.
Quiroga Marta G.
Rivero María A.
Reyna José M.
Jaques Elsa E.
Decreto N° 388 del 12 de julio de 2013.
Contratando personal en período y tareas que se citan:
Del 1°/07/2013 al 11/07/2013:
Giuliodori Marco Rodolfo. 48 hs semanales. Control de obras dependiente de la secretaría de Obras Públicas y Privadas. $ 4.134,38= mensuales.
Del 01/07/2013 al 11/07/2013:
Acosta Horacio A. 44 hs semanales. Obrero tarea generales en la localidad de Alsina.
$ 3.393,27= mensuales.
Acuña Jorgelina Y.P. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos. $ 3.393,27= mensuales.
Alarcón María de los Angeles. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Alí Brouchoud Ismael E. 30 hs semanales. Abogado en Centro de Protección a las Víctimas.
$ 4.738,65= mensuales.
Alvarez Gisela N. Médica de guardia en localidad de Alsina. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Arnolfo Humberto. 30 hs semanales. Tareas en Dcción Obras Públicas. $ 5.550,83= mensuales.
Baliela Grassino Carlos. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Barrás Jennifer C. 30 hs semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 2.972,47= mensuales.
Bartonek Jorge M. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.574,58= mensuales.
Basualdo Berenice F. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Belén Leandro J. 44 hs semanales. Coordinación en centro comunitario (CPC). $ 3.962,11= mensuales.
Bello Ornella S. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Berayra José F. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 4.299,75= mensuales.
Bogado Gustavo A. 35 hs semanales. Inspector de comercio. $ 2.972,47= mensuales.
Bogliolo Heraldo. 35 hs semanales. Veterinario dependiente de Secretaría de Gobierno. $ 3.307,50= mensuales.
Braillard Scheitlin Ingrid. 1 h semanal. Profesora Educación Física localidad de Santa Coloma.
$ 400= mensuales.
Brethauer Rodrigo. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección. $ 3.393,27= mensuales.
Brioni Mario E. tareas en secretaría de Cultura. $ 4.410= mensuales.
Bulgarella Rodrigo J. 30 hs semanales. Tareas en Rentas Municipal. $ 2.972,47= mensuales.
Cáceres Pablo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.574,58= mensuales.
Cantero Ariel. 44 hs semanales. Obrero en Santa Coloma. $ 3.393,27= mensuales.
Casado Augusto. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Chapuis Milton Y. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.574,58= mensuales.
Ciaponi Vanesa l. 25 hs semanales. Docente en Hogar del Niño. $ 2.310= mensuales.
Cieri Silvia P. 35 hs semanales. Portera en Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”. $ 2.972,47= mensuales.
Contreras Marcelo R. Traumatólogo en Hospital Municipal. $ ¡.700= por guardia activa de 24 hs.
Cuis Casino Roberto J. Tareas de Prof. Educación Física en localidad de Alsina. $ 1.267,35= mensuales.
Davasse María E. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
De Marchi Damián E. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Deleglise María I. 35 hs semanales. Técnica de laboratorio en Hospital Municipal. $ 4.410= mensuales.
Deluca Pablo H. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Descalzo Yasmín A. 30 hs semanales. Administrativa en Secretaría de Gobierno. $ 3.195,27= mensuales.
Dipasquale Carla. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo urbano por cámara.
$ 3.574,58= mensuales.
Dipasquale Nino C. Profesor Educación Física en localidad de Alsina. $ 2.060,30= mensuales.
Domingo Walter J. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.574,58= mensuales.
Echaide María. Médica de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Espinosa María S. Médica de guardias y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Espinosa Manuel C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.574,58= mensuales.
Esquivel Néstor A. 48 hs semanales. Operador del centro de monitoreo urbano por cámaras.
$ 3.574,58= mensuales.
Farías Mariana S. 35 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 2.972,47= mensuales.
Fernández Alicia R. 30 hs semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 2.972,47= mensuales.
Ferreyra Cintia V. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Figueroa Eugenio A. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.574,58= mensuales.
Flores Alejandra N. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Francchini Marcelo D. Médico en consultorio externo en hospital Municipal y Salas periféricas.
$ 4.200= y por atencón de 15 a 17 hs y visitas domiciliarias del personal municipal con licencia médica $ 6.000= mensuales.
Gaetano María Soledad. 6 hs semanales. Médica Infectóloga en Hospital Municipal. $ 5.500= mensuales.
Gamba María D. 44 hs semanales. Tareas generales en Dcción Inspección gral. $ 3.962,11= mensuales.
García Carlos G. 35 hs semanales. Inspector de Obras. $ 4.520,25= mensuales.
Gerez Adolfo E. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.574,58= mensuales.
Ghío Rita L. 44 hs semanales. Obrero en Inspección Gral. $ 3.962,11= mensuales.
Goddard Clelia M. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Recursos Pciales. $ 3.962,11= mensuales.
Gómez Gabriela L. 30 hs semanales. Tareas en Prevención de la Salud. $ 2.972,47= mensuales.
Gómez M. Virginia. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 7.477,83= mensuales.
González Gloria N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
González Karina M. Médica de guardias pediátricas en Hospital Municipal. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Gugger Danisa C. 48 hs semanales. Operador del centro de Monitoreo Urbano por cámara.
$ 3.574,58= mensuales.
Hernández Lucas Z. 48 hs semanales. Obrero. 3.574,58= mensuales.
Hernández Marta V. 25 hs semanales. Tareas en Vivero Municipal. $ 2.205= mensuales.
Isa Diego D. 48 hs semanales. Tareas en hogar de Ancianos. $ 3.574,58= mensuales.
Ivancich Rodolfo L. Médica de guardias, consultorio y traslados de pediatría. $ 5.400= mensuales.
Jeandet Daiana S. 5 hs semanales. Prevención de la Salud. $ 1.673,75= mensuales.
Lanfiutti María A. Médica de guardia y servicio 107. $ 1.700= mensuales.
Ledesma Cintia V. 35 hs semanales. Coordinación en UCEP. $ 2.972,47= mensuales.
Luna Cristina. 48 hs semanales. Enfermera en I. Portela. $ 3.574,58= mensuales.
Maestre Jorge A. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.574,58= mensuales.
Maestre Juan C. 48 hs semanales. Obrero tareras generales. $ 3.574,58= mensuales.
Maffei Gilda. Ginecóloga en Hospital Municipal. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs y por atención en Leloir, Astigueta y CIC $ 3.450= mensuales.
Malacalza Evangelina. Bioquímica en hospital Municipal. $ 6.615= mensuales.
Malacalza Verónica I. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en Jardin Infantes de Santa Coloma. $ 2.205= mensuales.
Manicler Jorgelina B. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en Desarrollo Social. $ 1.653,75= mensuales.
Manicler Mario H. 44 hs semanales. Tareas en Inspección y Seguridad. $ 3.393,27= mensuales.
Mantaras Rodrigo. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Marconi Guillermo E. 48 hs semanales. Obrero. $ 4.410= mensuales.
Márquez Paula A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Martínez Ángela P. 44 hs semanales. Tareas en Hogar de Ancianos. $ 3.393,27= mensuales.
Martínez Lorena S. 44 hs semanales. Tareas en Hogar de Ancianos. $ 3.393,27= mensuales.
Melchiori Nerina A. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección Gral. $ 3.393,27= mensuales.
Mendy Fernando A. 35 hs semanales. Logística y mantenimiento en Turismo. $ 2.625= y reconocimiento de viáticos.
Merino Rogelio R. 30 hs semanales. Tareas en Dcción Obras. $ 5.550,83= mensuales.
Miranda Ángel I. 48 hs semanales. Operador en Centro de Monitoreo Urbano por Cámaras.
$ 3.574,58= mensuales.
Moltrasio María C. 35 hs semanales. Dcción de Salud. $ 2.972,47= mensuales.
Montiel María E. Médica de guardia y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Monzón María C. 6 hs semanales. Obstetra en Dcción de Salud. $ 2.039,63= mensuales.
Nan Osvaldo E. 30 hs semanales. Tareas en Asesoría Letrada. $ 4.900= mensuales.
Nasif Néstor A. 48 hs semanales. Obrero. $ 4.410= mensuales.
Nieves Silvia A. 48 hs semanales. Enfermera en Hogar de Ancianos. $ 3.574,58= mensuales.
Ormachea Gutierrez Alberto. Médico en Dcción de Salud. $ 1.850= mensuales y por atención en Servicio de pediatría en Hospital Municipal $ 5.400= mensuales.
Ortíz Armando R. 48 hs semanales. Dcción Informática. $ 5.329,80= mensuales.
Ortunio Díaz Juan M. 44 hs semanales. Alumbrado Público. $ 3.393,52= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Ovispo Daniela A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Páez Abigail G. 30 hs semanales. Tareas en Asesoría Letrada. $ 2.972,47= mensuales.
Pelascini Ricardo M. 35 hs semanales. Coordinación en UCEP. $ 2.972,47= mensuales.
Pelayo Isabelino. Escuela de Boxeo. $ 716,63= mensuales.
Pelayo Marcelo J. 35 hs semanales. Obrero. $ 2.972,47= mensuales.
Pelayo Mauro L. 44 hs semanales. Obrero. $ 3.393,52= mensuales.
Pellegrini Oscar A. 35 hs semanales. Dcción de Salud. $ 2.972,47= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Perea Adrian J. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.574,58= mensuales.
Pérez Micaela. 25 hs semanales. Docente en Hogar del Niño. $ 2-310= mensuales.
Piazza Ricardo O. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.393,52= mensuales.
Pintado Horacio D. 36 hs semanales. Urólogo en Hospital Municipal. $ 4.410= mensuales y $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Piñón Analía S. 30 hs semanales. Oficina de compras. $ 2.972,47= mensuales.
Pusich María Sol. 30 hs semanales. Tareas en Contaduría Municipal. $ 2.972,47= mensuales.
Quintana Fabián E. 48 hs semanales. Obrero. $ 3.574,58= mensuales.
Raminelli Emilio J. 30 hs semanales. Tareas en Contaduría Municipal. $ 2.972,47= mensuales.
Ramos Juan M. 35 hs semanales. Tareas en Dcción de Turismo. $ 4.189,50= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Ramos María L. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Rebecchi Norberto. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección. $ 3.393,52= mensuales.
Rey Hugo O. Comunicación en espacio radial. $ 2.039,63= mensuales.
Ríos Yanina N. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Rodríguez Adriana E. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 7.477,83= mensuales.
Romero Cintia S. 30 hs semanales. Tareas en Rentas. $ 2.972,47= mensuales.
Romero Juan R. Escuela de Boxeo. $ 716,63= mensuales.
Romero Marisa L. 48 hs semanales. Dcción de Salud. $ 3.574,58= mensuales.
Rosón Juan I. curso expedición libretas sanitarias. $ 1.543,50= mensuales.
Rowlands Cecilia G. Servicio de Hemoterapia. $ 3.638,25= mensuales y $ 1.000= por guardia pasiva del servicio.
Ruiz Emanuel. 35 hs semanales. Prof. E. Física. $ 2.060,30= mensuales.
Saavedra Marina A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Salazar Sergio A. 48 hs semanales. Enfermero en Hospital Municipal. $ 3.574, 58= mensuales.
Sarsotti Carlos M. Médico de guardias y servicio 107. $ 1.700= por guardia activa de 24 hs.
Silva Leonardo G. 48 hs semanales. Obrero. $ 3.574,58= mensuales.
Silva Natalia A. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Inspección. $ 3.962,11= mensuales.
Silva Ricardo A. 44 hs semanales. Obrero. $ 3.393,27= mensuales.
Silva Ruth S. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño. $ 3.393,27= mensuales.
Simour Ricardo O. Alumbrado Público. $ 4.630,50= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Simour Silvina. Profesor Educación Física en localidad de Alsina. $ 1.267,88= mensuales.
Spinetta María N. 20 hs semanales. Preceptora en Jardín Infantes Municipal Martha Salotti.
$ 2.972,47= mensuales.
Suarez Liliana E. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en hogar de Niño. $ 2.205= mensuales.
Tobares Luis F. 30 hs semanales. Psicólogo en Servicio Local. $ 4.851= mensuales.
Troncoso Pamela. 20 hs semanales. Maestra inicial en Jardín de Infantes Municipal “Martha Salotti”. $ 2.972,47= mensuales.
Valdéz María C. 35 hs semanales. Dcción de Salud. $ 2.972,47= mensuales.
Valle Viviana G. 30 hs semanales. Tareas en Dcción Trabajo Cooperativo. $ 3.675= mensuales.
Vega Silvia E. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Desarrollo Social. $ 2.972,47= mensuales.
Vergara María I. 30 hs semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 4.552,41= mensuales.
Verón Sandra N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
Villalba Ledesma Eloy M. 48 hs semanales. Obrero. $ 3.574,580 mensuales.
Villanueva María J. 30 hs semanales. Diligencias en Asesoría Letrada. $ 2.972,47= mensuales.
Vogel Jaquelina A. 35 hs semanales. Técnica de laboratorio. $ 2.972,47= mensuales.
Wilhjelm Verónica. 48 hs semanales. Servicio y maestranza en Hospital Municipal. $ 3.574,58= mensuales.
15/07/2013 al 31/07/2013:
Altamirano Adriana M. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño. $ 3.393,58= mensuales.
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Decreto N° 389 del 12 de julio de 2013.
Afectando los fondos dispuestos por la Resolución N° 5.490/ 2013.
Decreto N° 390 del 12 de julio de 103.
Dando de baja el beneficio de Pensión Municipal acordado al Sr. Villalba Juan y otorgando Pensión Municipal a la Sra. Chaparro Mónica I.
Decreto N° 391 del 12 de julio de 2013.
Contratando desde el 03/06/2013 hasta el 31/12/2013 a través de la figura locación de obra a la Srta. Escudero Liaudat Jesica , a la Srta. Trubbo Paulina y a la Srta. Lamas Daniela, para prestar tareas la primera de las mencionadas en el servicio de Orientador en la Oficina de Empleo y las dos restantes con tareas en el Servicio de Tutor en la Oficina de Empleo.
Decreto N° 392 del 12 de julio de 2013.
Contratando hasta el 31 de diciembre de 2013, mediante locación de obra, al Dr. Sabino Hernán L., para cubrir guardias activas de 24 hs en la Unidad de Terapia Intensiva, según las necesidades del Hospital Municipal.
Decreto N° 393 del 15 de julio de 2013.
Modificando Presupuesto 2013.
Decreto N° 394 del 15 de julio de 2013.
Modificando Presupuesto 2013.
Decreto N° 395 del 15 de julio de 2013.
Modificando Presupuesto 2013.
Decreto N° 396 del 15 de julio de 2013.
Modificando Presupuesto 2013.
Decreto N° 397 del 15 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad del Obispado Diócesis Zárate – Campana.
Decreto N° 398 del 15 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 del pago de las tasas municipales que gravan los inmuebles propiedad del Club Atlético Baradero.
Decreto N° 399 del 15 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que grava el inmueble propiedad del Obispado Diócesis Zárate – Campana en la localidad de Alsina.
Decreto N° 400 del 16 de julio de 2013.
Otorgando licencia sin goce de haberes, por el plazo máximo de un (1) año contado a partir del 29 de julio de 2013, al Sr. Juez Municipal de Faltas Dr. Diez Francisco José.
Decreto N° 401 del 17 de julio de 2013.
Modificando el Presupuesto 2013.
Decreto N° 402 del 17 de julio de 2013.
Llamando a Concurso de Precios N° 14/2013, para la provisión de combustible (14.000 litros Nafta Súper) con destino a móviles de la Policía Comunal.
Decreto N° 403 del 18 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 al Sr. Alvarado Alberto A., del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que grava el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 404 del 18 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad de la Iglesia Nazarena Apostólica.
Decreto N° 405 del 18 de julio de 2013.
Modificando el régimen horario del Agente Chamorro Sergio Daniel.
Decreto N° 406 del 19 de julio de 2013.
Poniendo en funciones de Directora de Despacho, Mesa de Entradas y archivo, en carácter de interino, durante los días 22 al 28 de julio de 2013 inclusive, a la Agente López Débora Vanina.
Decreto N° 407 del 19 de julio de 2013.
Poniendo en funciones de Jefe de Compras, carácter interino, los días 22 al 28 de julio inclusive, a la Agente Martínez Paola Luján.
Decreto N° 408 del 19 de julio de 2013.
Poniendo en funciones de Director de Recursos Municipales, carácter de interino, del 22 al 28 de julio de 2013 inclusive, al Agente Liaudat Silvio Raúl.
Decreto N° 409 del 19 de julio de 2013.
Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos un mil quinientos ( $ 1.500=) a la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos “XX Settembre de Baradero”, para solventar gastos concreción de obras en la institución.
Decreto N° 410 del 22 de julio de 2013.
Ampliando el Cálculo de Recursos.
Decreto N° 411 del 22 de julio de 2013.
Modificando Presupuesto 2013.
Decreto N° 412 del 22 de julio de 2013.
Ampliando Cálculo de Recursos.
Decreto N° 413 del 22 de julio de 2013.
Otorgando la Orden de Santiago del Baradero, en mérito que en cada caso se fundamenta:
Aporte a la Comunidad (Post Mortem): Sr. Manlio H. Brun.
Patrimonio Histórico: 1era. Comisión del centro Tradicionalista “El Resero”.
Trayectoria Profesional: Arturo Terenzi.
Labor Social: Mabel Marú de Sanzio.
Educación: María del Carmen Buena Maizón y Lucía Fucci.
Deportes: Sergio “tato” Ruiz.
Trayectoria Medios de comunicación: Oscar “Nani” Righini y Martha Ana Bramajo.
Personaje Destacado de la ciudad: José Luis “Chivy” Sánchez.
Difusión Música Ciudadana: Jorge Omar “Toto” Cherusse.
Decreto N° 414 del 23 de julio de 2013.
Declarando desierta la Licitación Privada N° 3/2013, para la Obra Ejecución de la Obra: Cambio de Solado en Plaza Mitre. Efectúese el Segundo llamado de la misma.
Decreto N° 415 del 23 de julio de 2013.
Ampliando Cálculo de Recursos.
Decreto N° 416 del 23 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 al Sr. Alonso Eliseo A., del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios, que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 417 del 23 de julio de 2013.
Rectificando del artículo 3° del Decreto N° 307/2013 los datos filiatorios que a continuación se indican:
Piazza Eliana DNI: 38.584.405, Representante legal: Piazza Marina Alejandra, DNI: 21.862.774.
Decreto N° 418 del 24 de julio de 2013.
Aceptando con fecha 1° de agosto de 2013, la Renuncia elevada por la Sra. Isalberti Mirta Susana, a su cargo, para acogerse a los beneficios de la jubilación.
Decreto N° 419 del 24 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013, a la Sra. Illesca Myriam V., del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble adjudicado.
Decreto N 420 del 26 de julio de 2013.
Poniendo en funciones de Tesorera Municipal, en carácter de interino, durante los días 29 de julio al 11 de agosto de 2013 inclusive, a la Agente Quiroga Laura Rita.
Decreto N° 421 del 26 de julio de 2013.
Aceptando la renuncia efectuada por la Agente Colombo Patricia Elena, para acogerse a los beneficios de la jubilación.
Decreto N° 422 del 26 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 a la Sra. Bozzo Ema D., del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 423 del 26 de julio de 2013.
Rectificando del Decreto N° 391 de fecha 12 de julio de 2013 el artículo 2°, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Contrátase desde el 1°/07/2013 hasta el 31 /12/2013, a través de locación de obra a las Srtas. Trubbo Paulina y Lamas Daniela, ambas para prestar el Servicio de Tutor en la Oficina de Empleo Municipal. 40 hs semanales. Monto total a percibir $ 15.000= ( quince mil pesos ) a cada una.
Decreto N° 424 del 26 de julio de 2013.
Incluyendo las diferencias de las cuotas 03 a 06 del 2012 y 01 a 03 del año 2013 de la tasa por conservación, reparación y mejorado de la Red Vial Municipal, en la Presentación Espontánea y Facilidades de pago establecida por Ordenanza N° 4824/13.
Decreto N° 425 del 29 de julio de 2013.
Vetando en todos sus términos la Ordenanza sancionada en sesión ordinaria del 16 de julio de 2013 (Sentido de las calles Carrasco y 4 de Febrero ).
Decreto N° 426 del 29 de julio de 2013.
Eximiendo por el año 2013 a la Sra. Solignac Nidia Nélida A., del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 427 del 29 de julio de 2013.
Ratificando hasta el 31 de agosto de 2013 inclusive, a los funcionarios que conforman el Gabinete Municipal.
Decreto N° 428 del 29 de julio de 2013.
Aprobando ampliación de plazo por 240 días a partir del pago del certificado N° 2, Construcción Puente sobre Río Areco, adjudicado a la Empresa Prez S.A.
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Decreto N° 429 del 29 de julio de 2013.
Rectificando datos filiatorios del Decreto N° 381/2013, que a continuación se indica:
Deportistas que reciben $ 300= mensual.
Messina María M. DNI: 40.548.773, Representante Legal Campana Silvina, DNI: 23.829.278 – Deporte: Canotaje.
Decreto N° 430 del 29 de julio de 2013.
Autorizando a formalizar contrato de locación de servicio a partir del 1° de agosto de 2013 y por el término de seis (6) meses, con la Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos aires, para la prestación de servicios profesionales en el Hospital Municipal.
Decreto N° 431 del 31 de julio de 2013.
Llamando a Concurso de Precios N° 15/ 2013, para la provisión de combustible, con destino a la Dependencia Servicios Públicos- Corralón Municipal.
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