AÑO XVI – NUMERO X
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
O R D E N A N Z A S
Ordenanza Nº 4553 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto la creación por parte de nuestro Municipio de la Reserva Natural Urbana “Parque del Este”, ubicada entre Av. Costanera Guillermo Brown y las calles Passo, Antártida Argentina y Martín Fierro y;
Considerando la conveniencia en nominar los distintos espacios que componen la misma.
Que es necesario reconocer para este fin, el nombre de una destacada personalidad cuya trayectoria se relacione con el objetivo del lugar.
Que es justo que esa nominación recaiga en el Ing. Emilio Frey, hijo de esta ciudad nacido en 1872, destacado agrimensor y tipógrafo educado en Suiza.
Que el ing. Frey entre sus destacados trabajos en el sur argentino, integró junto a Francisco P. Moreno las comisiones de exploración del Museo de la Plata y la de Límites Argentina- Chile.
Que entre los años 1910/15 formó parte de la comisión de estudios hidrológicos del Ministerio de Obras Publicas.
Que a partir de 1920 ocupó distintos cargos como el Inspector de la Dirección de tierras y colonias, director provincial del Parque Nacional del Sud y fue el primer Intendente del Parque Nacional Nahuel Huapi.
Que la ciudad de Bariloche – Provincia de Río Negro- fue reconocido con su nombre un lago, una calle y un refugio de montaña.
Que en nuestra ciudad su nombre no ha sido impuesto en ningún sitio.
Que tales méritos merecen el reconocimiento de esta comuna.
Por todo ello, y en uso de sus atribuciones, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: Impóngase el nombre de “INGENIERO EMILIO FREY” al refugio construido sobre el pié de la Barranca del predio donde se desarrolla la Reserva Natural Educativa “Parque del Este”.
Artículo 2º: Dicha denominación se impondrá en el marco de los festejos programados en la inauguración prevista para el día 9 de octubre de 2011.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Leonardo Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza Nº 4554 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto la creación por parte de nuestro Municipio de la Reserva Natural Urbana “Parque del Este” y,
Considerando que es necesario nominar al vivero que forma parte de dicha Reserva.
Que es conveniente reconocer para este fin, con el nombre de quien ha sido uno de los precursores de la Reserva Natural Urbana, Ingeniero Luciano Marcelo Raimundo Stabile.
Que el Ingeniero Stabile egresó como Ingeniero agrónomo en la Universidad de Buenos Aires en el año 1954.
Que participó siendo estudiante en importantes relevamientos forestales en Santa Cruz, Chaco y Santiago del Estero.
Que fue Inspector de Sanidad Vegetal en el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia.
Que fue Director del Vivero Forestal Ángel Gallardo de nuestra ciudad, durante el período 1967 – 1969.
Que su mayor y más querida vocación fue la docencia.
Que a pesar de estar jubilado como docente, como profesional aún está en actividad y seguramente lo estará mientras Dios se lo permita.
Que tales méritos merecen el reconocimiento de esta comuna.
Por todo ello, y en uso de sus atribuciones, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: Impóngase el nombre de “Ingeniero Luciano Marcelo Raimundo Stabile” al vivero que forma parte de la Reserva Natural Urbana “Parque del Este”.
Artículo 2º: Dicha denominación se impondrá en el marco de los festejos programados en la inauguración prevista para el día 9 de octubre de 2011.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2011.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza Nº 4555 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-04259/11, letra I, mediante el cual el Intendente Municipal solicita autorización para suscribir convenio con la Dirección de Vialidad de la Pcia. de Bs. As. y;
Considerando que el objeto del convenio es materializar la obra “Centro Receptivo de Información Turística”.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio de Tenencia Precaria con la Dirección de Vialidad de la Pcia. de Bs. As. con el fin de materializar la obra “Centro Receptivo de Información Turística”, obrante de fs. 2 y 2 vta. del expediente 4009-20-04259/11, letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 4 días del mes de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE: H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza Nº 4556 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-02929/11, Letra I, mediante el cual el Intendente Municipal solicita la convalidación del Contrato de locacion de obra con la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Delta, suscripto en el desarrollo de la ampliación del Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras en el territorio Bonaerense y;
Considerando que el HCD por ordenanzas registradas bajo el Nº 4437/11, 4438/11, 4460/11 y 4543/11 ha autorizado y / o convalidado los convenios marco del Programa UT- supra referenciado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalidase el contrato de locacion de obra, suscripto entre la Municipalidad de Baradero, representado por el Intendente Don Aldo M. Carossi y la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Delta, representado por su Rector, Ing. Miguel A. Sosa, DNI 11.7836.613, con el fin de implementar la ampliación del Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras, obrante de fs 62 a fs 67 del expediente Nº 4009-20-02929/11.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 4 días del mes de octubre de 2011.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza Nº 4557 del 01 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto lo solicitado por la Dirección de Compras, mediante expediente “D” 4009-20-03989/11 y;
Atento a los informes de las distintas áreas, obrante en el expediente de referencia y;
Considerando con lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento de Contabilidad, en concordancia con el Art. 54, Decreto 2980/00, relacionado a reconocimiento de deuda de ejercicios anteriores.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Reconózcase la deuda que mantiene el Municipio de la ciudad de Baradero, con el Proveedor de la firma NA-GO SH y autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el pago por la suma de $ 800=, Factura Nº 0001-00000014, no abonada en su oportunidad y de acuerdo a la documentación obrante en el expediente “D” 4009-20-03989/11.-
Artículo 2º: La imputación que le hubiere correspondido al gasto en el año de origen 2010, se detalla a continuación:
Jurisdicción: Secretaría de Gobierno 1110102000
Categoría programática: 20.01.00 – Desarrollo de actividades culturales.
Fuente de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 3.9.9.0 – Contrato de espectáculos.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 01 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4558 del 01 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto lo solicitado por la Dirección de Compras, mediante expediente “D” 4009-20-03610/11 y;
Atento a los informes de las distintas áreas, obrante en el expediente de referencia y,
Considerando con lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento de Contabilidad en concordancia con el Art. 54 Decreto 2980/00, relacionado al reconocimiento de deuda de ejercicios anteriores.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Reconózcase la deuda que mantiene el Municipio de la ciudad de Baradero, con el proveedor Sr. Fussinato Mario P. y autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el pago por la suma de $ 1.147= (pesos mil ciento cuarenta y siete), Factura Nº 0001-000000883, no abonada en su oportunidad y de acuerdo a la documentación obrante en el expediente “D” 4009-20-03610/11.
Artículo 2º: La imputación que le hubiere correspondido al gasto en el año de origen 2010 se detalla la continuación:
Jurisdicción: Secretaría de Gobierno 1110102000
Categoría programática: 01.00.00 – Administración y gestión políticas de gobiernos.
Fuente de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 4.3.7.0 – Equipos de oficina y muebles.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 1 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO. 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4559 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Vistas las actuaciones que corren por expediente “T” 4009-20-03929/11, mediante la cual el Director Administrativo del Hospital Municipal solicita autorización para entregar información sobre la identidad del Sr. Carlos Bordoli Soler y;
Atento a los informes de las distintas áreas municipales, donde consta que se entrega fotocopia de las historias clínicas Nº 6529 y Nº 6262, donde figuran la atención de la cesárea realizada a la Sra. Solís Elsa María y el recién nacido.
Que el derecho de toda persona a conocer su identidad, sostenerla y defenderla, ya sea promoviendo acciones de reclamación indebida de su identidad.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Exímase en concepto de expedición de fotocopias de expedientes y / o Historias clínicas Nº 6262 y 6529, entregadas al Sr. Carlos Bordoli Soler, por atención recibida en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro”.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2011.
Fdo: Dr. Claudio P. Maroli. Pte. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas. Secretario de H.C.D.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino. Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4560 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-04228/11, letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Contrato suscripto con el SPAR, destinado a ejecutar el proyecto Obra Planta de tratamiento de líquidos lixiviados en la ciudad de Baradero y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades de la provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio de Cooperación y Asistencia técnica para la ejecución de proyectos en el marco del Programa “Plan Cuidar”, Programa Integral de Agua Potable, infraestructura sanitaria y promoción comunitaria, suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por el Intendente Municipal Dr. Aldo M. Carossi y el Servicio Provincial de Agua Potable y saneamiento rural (SPAR), representada por su presidente Dr. Juan : Viñales, destinado a ejecutar el Proyecto Obra Planta de tratamiento de líquidos lixiviados en la ciudad de Baradero, obrante a fs. 2 y 2 vta. del expediente Nº 4009-20-04228/ letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria , a los 4 días del mes de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J: Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADRO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Héctor O. Perassolo, secretario de Servicio Públicos.
Ordenanza Nº 4561 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-04226/11, letra I, mediante el cual del Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Contrato suscripto con el SPAR, destinado a ejecutar el proyecto Obra de desagües cloacales en la localidad de Ireneo Portela, Partido de Baradero y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica para la Ejecución de Proyectos en el marco del Programa “Plan Cuidar”, Programa Integral de agua Potable, infraestructura sanitaria y promoción comunitaria, suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por el Intendente Don Aldo Mario Carossi y el servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (SPAR), representada por su Presidente Dr. Juan M. Viñales, destinado a ejecutar el Proyecto Obra de Desagües cloacales en la localidad de Ireneo Portela, Partido de Baradero, obrante a fs. 2 y 2 vta., del expediente Nº 4009-20-04226/11, letra I.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 4 días del mes de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Héctor O. Perassolo, Secretario de Servicios Públicos.
Ordenanza Nº 4562 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-04227/11, Letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Contrato suscripto con el SPAR, destinado a ejecutar el proyecto obra de Ampliación Planta Depuradora de Desagües cloacales en la ciudad de Baradero y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídese el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica para la ejecución de Proyectos en el marco del Programa “Plan Cuidar”, Programa integral de agua potable, infraestructura sanitaria y promoción comunitaria, suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por el Intendente Dr. Aldo M. Carossi y el servicio Provincial de Agua Potable y saneamiento rural (SPAR), representada por su Presidente Dr. Juan M. Viñales, destinado a ejecutar el Proyecto Obra de ampliación Planta depuradora de desagües cloacales en la ciudad de Baradero, obrante a fs. 2 y 2 vta., del expediente Nº 4009-20-04227/11, letra 1.
Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 4 días del mes de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Héctor O. Perassolo, Secretario de Servicios Públicos.
Ordenanza Nº 4563 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-03402, letra C, mediante el cual la Sra. Carbonell Blanca, solicita la tenencia de un predio municipal,
Considerando el resultado del estudio socio económico y los informes de las distintas dependencias.
Que todas las personas tienen derecho a obtener una vivienda digna, contemplado por el Art 14 de la constitución nacional.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar el uso precario del predio ubicado sobre calle Acevedo Nº 1286 de la ciudad de Baradero, Partido de Baradero, denominado catastralmente como circunscripción II, Secc. B, Qta. 39, Fracc I, (parte de la parcela 3ª), según croquis obrante a fs 2 del expediente 4009-20-03402/11 “C”, a favor de la Sra. Carbonell Blanca, DNI: 13.644.659, por el término de cinco (5) años.
Artículo 2º: El uso del inmueble otorgado será destinado como vivienda familiar única y de ocupación permanente.
Artículo 3º: Queda establecido que sobre el bien otorgado la construcción debe ser efectuada totalmente en material.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Partido de Baradero, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P: Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Arq. Oscar O. Righini, Secretario de Obras Públicas y Privadas y Sr. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza Nº 4564 del 4 de octubre de 2011 y promulgada el 5 de octubre de 2011.
Vistas las actuaciones que corren por expediento “R”-4009-20-03651/11, donde se solicita que se designe con los nombres de árboles a pasajes del barrio Raúl Borrás de la ciudad de Baradero y;
Considerando que los pasajes del barrio carecen de nombre, provocando a los vecinos diferentes inconvenientes de identificación.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por todo, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Denominase al pasaje comprendido entre las calles actuales Emilio Genoud y Gazcón, paralelo a la calle José M. Paz con el nombre “Ombú” y paralelo a la calle Sánchez Loria con el nombre “Ceibo” de la ciudad de Baradero, según croquis obrante a fs 12 del expediente Nº 4009-20-03651/11, letra R.
Artículo 2º: Denominase al pasaje comprendido en la Mza. 58 f, paralelo a calle Emilio Genoud con el nombre “Ciprés” y al pasaje paralelo a la calle Gallo con el nombre “Cedro”, según croquis obrante a fs 12 del expediente Nº 4009-20-03651/11, letra R.
Artículo 3º: Denominase al pasaje comprendido en la Mza. 53 k, paralelo a calle Gallo con el nombre “Álamo” y al pasaje paralelo a la calle Medrano con el nombre “Tala”, según croquis obrante a fs 12 del expediente Nº 4009-20-03651/11, letra R.
Artículo 4º: Denominase al pasaje comprendido en la Mza. 53 g, paralelo a calle Medrano con el nombre de “Quebracho” y al pasaje paralelo a la calle Gazcón con el nombre “Eucalipto”, según croquis obrante a fs 12 del expediente Nº 4009-20-03651/11, letra R.
Artículo 5º: Denominase al pasaje comprendido en la Mza. 58 e, paralelo a Emilio Genoud con el nombre de “Nogal” y al pasaje paralelo a la calle Gallo, con el nombre “Catalpa” de la ciudad de Baradero, según croquis obrante a fs. 12 del expediente Nº 4009-20-03651/11, letra R.
Artículo 6º: Denominase al pasaje comprendido en la Mza. 58 e, paralelo a calle Sánchez Loria con el nombre “Aracauria” y al pasaje paralelo a la calle Castro Barros con el nombre “Curupí”, según croquis obrante a fs 12 del expediente Nº 4009-20-03651/11, letra R.
Artículo 7º: Que por la Dirección General de Inspeccion y seguridad se realice los carteles correspondientes para la señalización de los pasajes, en un termino de treinta (30) días de aprobada la presente ordenanza.
Artículo 8º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 5 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza Nº 4565 de 4 de octubre de 2011 y promulgada el 6 de octubre de 2011.
Visto el proyecto de pavimentación de la calle Roca, que comprende al cordón cuneta del cantero central y de la mano ascendente hacia la ruta Nº 41 y carpeta asfáltica de ambas manos de la avenida, mas obras complementarias de desagües, obras estas que cuentan con la anuencia de los vecinos beneficiarios de las mismas, las que fueron acordadas para la prosecución del proyecto de doble mano que involucra a dicha arteria.
Que ante la solicitud impuesta ante la unidad de coordinación con organismos multilaterales de crédito y a los fines de gestionar los fondos necesarios para concretar estas obras resulta necesario contar con la presente ordenanza.
Que han sido actualizados los montos de presupuestos a la fecha de presentación del pedido formal de estas obras.
Que a los fines de la gestión de los fondos necesarios para la realización de los proyectos se deberá formalizar el convenio correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado sobre tablas el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA PREPARATORIA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a concertar con la Provincia de Buenos Aires a través de la unidad de coordinación con organismos multilaterales de crédito, un préstamo por la suma total de pesos dos millones noventa y siete mil setecientos veinte
($ 2.097.720=), equivalentes al noventa por ciento (90 %) del monto total presupuestado para la ejecución del proyecto “Pavimentación Calle Roca – II” Etapa Nº 00919. monto que se ajustará en el momento de la firma del contrato de adjudicación del proyecto.
Artículo 2º: El préstamo que se autoriza a contraer por el artículo anterior, en el marco del Programa Provincial de desarrollo creado por Decreto Nº 685/08, su reglamentación por Resolución Nº 621/08 y por Decreto Nº 1977/09 estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:
Amortización: En ciento catorce (114) cuotas mensuales.
Interés: La tasa de interés será de nueve con setenta y cinco (9,75 %) anual fija.
Periodo de gracia del capital: Seis (6) meses, equivalentes al periodo de ejecución del proyecto. Los días serán contados a partir del primer desembolso.
La cuota de interés será pagadera conjuntamente con las cuotas de amortización.
Durante el periodo de gracia el Municipio pagará intereses cada treinta días (30) contados a partir del primer desembolso, sobre el capital efectivamente desembolsado.
La primera cuota de amortización del préstamo vencerá el día en el que vence el período de gracia. El sistema de liquidación será Frances adelantado.
Artículo 3º: Los fondos del préstamo serán afectados integra y exclusivamente a la ejecución del proyecto incluido en el Programa Provincial de Desarrollo “Pavimentación Calle Roca- II Etapa” Nº 00919.
Artículo 4º: Los recursos provenientes del préstamo serán depositados en una cuenta corriente bancaria denominada “Programa Provincial de Desarrollo Municipio de Baradero – Proyecto Nº 00919, que se habilitará en el banco de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 5º: Aféctense los fondos de coparticipación provincial que correspondan a este municipio como medio de pago y garantía del cumplimiento del Convenio de Préstamo autorizándose a la Provincia a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con el motivo del convenio de préstamo.
Artículo 6º: Crease la partida e incorporase al presupuesto los recursos necesarios para atender el pago de:
a) La contrapartida de fondos que deberá aportar la Municipalidad durante el periodo de ejecución del proyecto y
b) El servicio de amortización e intereses del empréstito del proyecto detallado en el artículo 3º. El Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta su total cancelación.
Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la repartición correspondiente procederá a realizar la ejecución de Proyecto identificado en el artículo 3º de la presente ordenanza conforme a las normas, reglas, trámites, operatorias y procedimientos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios establecidos en el Convenio de Préstamo.
Artículo 8º: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión ordinaria del día 4 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 6 de noviembre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4566 del 18 de octubre de 2011 y promulgada el 19 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-04325/11, letra I, mediante el cual el Intendente Municipal solicita la aprobación del convenio de pago y;
Considerando que el Sr. Martino Marcelo, es titular de la cuenta 1700014183-0 y la deuda en concepto de capital e intereses asciende a la suma de pesos ciento noventa mil novecientos veinticinco con 03/100.
Que el deudor es titular dominial del inmueble cuyos datos catastrales son circunscripción 10, parcela 1004, campo denominada “La Orqueta”, camino Alsina y en tal carácter ofrece cancelar la misma mediante el pago en especie, el que consiste en abonar en metro cúbico de tosca, permitiendo a la Municipalidad, que realice la extracción en 1 predio de su propiedad, aun valor de seis pesos, lo que equivale a 31.821 metros cúbicos de tosca.
Que el pago en especie es una forma de cancelar deudas, pero si el pago de la deuda no ha sido pactada en especie, es preciso que el beneficiario lo acepte, puesto que la ley no obliga a recibir el pago de otra manera y hay dacion en pago cuando el deudor, con el consentimiento del acreedor, se libera pagando una cosa distinta de la debida. Asimismo un puede el deudor obligar al acreedor a recibir prestación distinta de la que forma el objeto de su obligación, ni cualitativa ni cuantitativamente hablando, pero nada obsta para que el deudor proponga una variación del objeto debido, proposición que, aceptada por el acreedor y para efectos del pago, significaría la extinción del vinculo. Técnicamente la obligación se extinguiría por novación y surgiría otra que terminaría por la entrega del nuevo objeto previamente aceptado por el acreedor, sin embargo por la usual simultaneidad en la mayoría de los casos no tiene interés la distinción, por ello la dación en pago refiérase a la solución de una obligación generalmente de dinero mediante la entrega de una cosa distinta de la debida, previa aquiescencia del acreedor.
Que por otra parte el Honorable Tribunal de Cuentas (Vocalia AB8, Delegación XVI) Expediente 5300-3551/10, admitió el pago en especie como medio de extinción de tosca puesta en obra asciende a la suma de pesos veinte,
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Apruébase el convenio de pago suscripto entre la Municipalidad de Baradero, representado por el Intendente Don Aldo Mario Carossi y el Sr. Martino Marcelo DNI: 13.213.146, con domicilio en calle Esmeralda Nº 1124, 5º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, obrante de fs 2 a fs 4 y 4vta. del expediente Nº 4009-20-04325/11 “I”.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires en sesión ordinaria, a los 18 días de mes de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P.Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
Baradero, 19 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Sr. Héctor O. Perassolo, Secretario de Servicios Públicos y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4567 del 18 de octubre de 2011 y promulgada el 19 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-07146/03, Letra R y;
Considerando que la ordenanza Nº 3057/04, adolece de las previsiones de la ley orgánica de las municipalidades (Decreto Ley 6969/58) y Ley 9533.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Derogase la Ordenanza registrada bajo el Nº 3057/04.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 18 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 19 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
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Ordenanza Nº 4568 del 18 de octubre de 2011 y promulgada el 19 de octubre de 2011.
Visto lo solicitado por la Dirección de Compras, mediante expediente “D” 4009-20-03609/11, el reconocimiento de deuda a la firma Alos S.A. y;
Atento a los informes de las distintas áreas, obrante en el expediente de referencia y;
Considerando con lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del reglamento de Contabilidad, en concordancia con el artículo 54, Decreto 2980/00, relacionado al reconocimiento de deuda de ejercicios anteriores.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Reconózcase la deuda que mantiene el Municipio de la ciudad de Baradero, con el Proveedor ALOS S.A., y autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el pago por la suma de $ 209,28= (pesos doscientos nueve con 28/00), Factura Nº 0001-00010111, no abonada en su oportunidad y de acuerdo a la documentación obrante en el expediente “D” 4009-20-03609/11.-
Artículo 2º: La imputación que le hubiere correspondido al gasto en el año de origen 2009, se detalla a continuación:
Jurisdicción: Secretaría de Servicios Públicos 1110106000.
Cat. Prog.: 62.00.00 – Mantenimiento y Conservación Red Vial.
Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.
Objeto del gasto: 2.5.6.0 – Combustibles y lubricantes.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 19 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4569 18 de octubre de 2011 y promulgada el 19 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-02091/00 “M” y;
Considerando que el HCD por ordenanza registrada bajo el Nº 3636/07 autorizó al D.E. a suscribir contrato de concesión con la Cooperativa de Obras y servicio Públicos.
Que en su cláusula cuarta establece que las tarifas de consumo deben ser aprobadas por el H.C.D.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Apruébase el nuevo cuadro tarifario por el Suministro de Agua en la localidad de Santa Coloma, presentado por el Consejo de Administración de la Cooperativa de obras y servicios públicos de Santa Coloma, conforme la siguiente tabla:
Hasta 10.000 litros mensuales $ 25,00=
Hasta 11.000 litros mensuales $ 30,25=
Hasta 12.000 litros mensuales $ 36,60=
Hasta 13.000 litros mensuales $ 44,30=
Hasta 14.000 litros mensuales $ 53,60=
Hasta 15.000 litros mensuales $ 64.90=.
El excedente $ 11,60= cada 1.000 litros.
Los valores antes mencionados incluyen IVA del 21 %.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 18 días del mes de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 19 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4570 del 18 de octubre de 2011 y promulgada el 19 de octubre de 2011.
Visto la solicitud interpuesta por la Señora Linera Lorena Vanesa, en actuaciones que corren por expediente L-4009-20-00566/10,
Atento al resultado del estudio socio económico y;
Considerando que la solicitante es una persona que es empleada municipal, siendo los ingresos del grupo familiar de $ 1.577= (pesos un mil quinientos setenta y siete).
Que posee certificado de discapacidad (Subluxación congénito bilateral de cadera y escoliosis).
Que habita con su hijo menor de edad, una vivienda de su propiedad (adjudicatarios del Plan Federal), la misma posee dos habitaciones, cocina, comedor y baño.
Que ello, hace imposible poder hacer frente a sus obligaciones fiscales.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Exímase por el año 2010 a la Sra. Linera Lorena Vanesa del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en Circ. III – Sec. D- Chac. 67- Mza. 67 AK – parcela 7 de esta ciudad. Cuenta Nº 22810.-
La eximición que se acuerda no comprende las tasas por alumbrado público la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 18 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 19 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4571 del 18 de octubre de 2011 y promulgada el 19 de octubre de 2011.
Visto la solicitud interpuesta por el Sr. Baquela Juan Carlos, en actuaciones que corren por expediente B Nº 4009-20-012585/09, respecto a la solicitud de eximición de impuestos.
Atento al resultado del estudio socio económico y;
Considerando que aun persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza Nº 4464/11.
Que el grupo familiar está constituido por tres miembros, siendo el hijo discapacitado (esquizofrenia paranoidea) ocasionando gastos que superan sus ingresos económicos.
Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Exímase por el año 2011 al Sr. Baquela Juan Carlos y otra del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en Circ.II – Sec. A- Qta. 17- Mza. 17d – Parcela 23 de la ciudad de Baradero. Cuenta Nº 4555.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Artículo 2º: Regístrese, publíquese, archívese. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero en sesión ordinaria del día 18 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 19 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4572 del 18 de octubre de 2011 y promulgada el 19 de octubre de 2011.
Visto las actuaciones que corren por expediente “C” 4009-20-04112/11, en la cual el Centro Tradicionalista “El Penacho” de I. Portela, solicita la eximición de la tasa por derechos de espectáculos públicos por la realización de un evento de jineteada y destreza criolla en su campo, el día 11 de septiembre de 2011 y,
Considerando que el citado evento ha producido una indiscutible promoción de nuestro partido en el ámbito zonal.
Que es importante promover y regular las actividades culturales en el Partido de Baradero.
Que el artículo 40 de la ley orgánica de las Municipalidades faculta al Honorable Concejo Deliberante a establecer exenciones de tributos municipales con fines de promoción y apoyo a las actividades económicas y zonales.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Exímase al centro Tradicionalista “El Penacho” de Ireneo Portela, del pago de los derechos por espectáculos públicos correspondiente al Festival de Jineteada y destreza Criolla, que se realizara el día 11 de septiembre de 2011, en su campo de doma ubicado en Germán Frers de la localidad de Ireneo Portela.
Articulo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 18 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio Maroli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 19 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4573 del 18 de octubre de 2011 y promulgada el 20 de octubre de 2011.
Vistas las ordenanzas 4224, 4225 y 4426 y
Considerando que en los considerandos de las mismas se menciona que no hubo oposición a la misma según informa la Dirección de Obras.
Que según surge del estudio del expediente el registro de oposición fue llamado en pesos mediante el Decreto 67/2007 del Intendente Municipal el cual en su artículo 4 dice”… el costo estimado a cargo del frentista por metro lineal de frente afectado será de pesos quinientos ocho con cuarenta y tres centavos…”.
Que el Intendente Municipal mediante el decreto 366/2011 y su modificatorio 733/2011 impone un cargo administrativo del 3 % sin que el mismo tenga el respaldo en ninguna ordenanza.
Que cualquier imposición de un tributo es facultad del Concejo Deliberante.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la ley orgánica de las municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley:
ORDENANZA
Artículo 1º: Modifíquese el artículo Nº 3 de las ordenanzas 4224, 4225, y 4226 que quedará redactado de la siguiente manera: “El costo estimado del frentista por metro lineal de frente afectado será en pesos, precio que se ajustará en mas o en menos al valor resultante de la obra.
Artículo 2º: Modifíquese el artículo Nº 5 de las ordenanzas 4224, 4225 y 4226 que quedará redactado de la siguiente manera: “Los pagos podrán efectuarse al Contado o financiado hasta en 60 (sesenta) cuotas mensuales, iguales y consecutivas con la aplicación de la tasa BADLAR con un tope del 8 % sobre saldos, con sistema de amortización Frances, y sin el cobro de cargo administrativo alguno”.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión ordinaria del día 18 de octubre de 2011.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 20 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
Ordenanza Nº 4574 del 18 de octubre de 2011 y promulgada el 25 de octubre de 2011.
Visto la solicitud efectuada por la Empresa Baradero Tours SRL y;
Considerando que la ordenanza vigente no contempla el uso de vehículos de transporte de pasajeros, tipo charter en el Partido de Baradero,
Que resulta menester regular dicha habilitación y darle el mismo tratamiento de concesión anual y tasa que a los transportes de Urbano,
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
En uso de sus atribuciones el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
ORDENANZA PREPARATORIA
Artículo 1º: Modifíquese el artículo 12º, Inc. 24 de la ordenanza registrada bajo el Nº 1655/94, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Por concesión a empresas o propietarios de vehículos de transporte de pasajeros urbanos y tipo charter, por cada coche y por año. Con vencimiento 30 de marzo de cada año.-
a) Colectivos ………..$ 812,50=
b) Taxis o Remises….$ 162,50=
Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
FDO: Dr. Claudio P. Maroli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.
BARADERO, 25 de octubre de 2011.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
D E C R E T O S
Decreto Nº 791 del 03 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 a la Sra. Solignac Nidia Nélida Amanda, de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960, carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 792 del 03 de octubre de 2011.
Autorizase a la Contaduría y Tesorería Municipal, a entregar al Secretario de Gobierno, Sr. Peris Leonardo L, la suma de pesos dos mil quinientos ($ 2.500=) para efectuar la compra de indumentaria para equipar al personal de la Reserva Natural “Parque del Este” en la Tienda Buzali de la ciudad de La Plata.
Decreto Nº 793 del 3 de octubre de 2011.
Contratando personal, en tareas y periodos que se citan:
Del 1º/10/2011 al 31/10/2011.
Bizzotto María Julieta. Maestra Inicial en los Jardines de Infantes Municipales. 20 h semanales.
Boonman Lorena M. Preceptora en los Jardines de Infantes Municipales. 20 hs semanales.
Cassino Fernando A. Profesor de Música en los Jardines de Infantes Municipales. 3 hs semanales.
Onnainty María Gimena. Directora de 3ra. en Jardín de Infantes Municipal Nº 5 “Marta Salotti”. 20 hs semanales.
Rodríguez Claudia. Maestra inicial en Jardín de Infantes Municipal “PTE. Irigoyen”. 20 hs semanales.
Spinetta María N, Preceptora en Jardín de Infantes Municipal “Jardilandia”. 20 hs semanales.
Decreto Nº 794 del 3 de octubre de 2011.
Aprobando el adicional correspondiente a la obra “Reparación del Edificio Municipal – 3º Etapa Fase 2”, por un monto de pesos veintiún mil ($ 21.000=) que representa una incidencia del 20 % del presupuesto contractual.
Decreto Nº 795 del 3 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 796 del 3 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 797 del 3 de octubre de 2011.
Designando a partir del 1º de septiembre de 2011 y hasta el día 31 de diciembre de 2011, inclusive, a los profesionales que a continuación se indican, para cumplir funciones establecidas en el marco del Acta de Adhesión “Envión Educativo” dentro del programa de responsabilidad social compartida Envión.
Gallesio María Laura. Psicóloga. 20 hs semanales. $ 2.500= mensuales.
Da Rocha Lucrecia. Lic. Trabajo Social. 20 h semanales. $ 2.500= mensuales.
Decreto Nº 798 del 3 de octubre de 2011.
Eximiendo por los años 2010 y 2011 del pago de las tasas municipales que gravan los inmuebles propiedad del Club Sportivo Baradero.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 799 del 3 de octubre de 2011.
Declarando de interés social la regularización dominial del inmueble denominado Circ. II, Secc. A, Qta. 7, Mza. 7n, Parcela 31 de la ciudad de Baradero, a favor de la Sra. Gómez Mirta del Valle.
Decreto Nº 800 del 3 de octubre de 2011.
Cubriendo interinamente durante los días 3/10/2011 hasta el 18/10/2011, inclusive las funciones de Contadora Municipal, con la Agente Sra. Preis Elba Silvia.
La designación que se efectúa, es con retención de su cargo de Subcontadora.
Decreto Nº 801 del 4 de octubre de 2011.
Vetando en todos sus términos la Ordenanza sancionada en sesión ordinaria del 20 de septiembre de 2011, cuyo texto se encuentra agregado a fs. 5/6 del expediente Nº 4009-20-0386/11 “B”.
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Decreto Nº 802 del 4 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 803 del 4 de octubre de 2011.
Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos cinco mil ( $ 5.000=) a la Asociación de Básquet Zarate- Campana, para solventar gastos ocasionados con motivo de los dos (2) partidos realizados en nuestra ciudad con motivo del Torneo Provincial U13.
Decreto Nº 804 del 4 de octubre de 2011.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 1.360= Jardín de Infantes Nº 906 de nuestra ciudad, para la compra de una consola para el citado establecimiento.
Decreto Nº 805 del 05 de octubre de 2011.
Autorizando a la Contaduría y Tesorería Municipal a entregar al Secretario de Gobierno Sr. Leonardo Peris, la suma de pesos tres mil quinientos ($ 3.500=), para efectuar la compra de repuestos necesarios para la reparación de la Camioneta Chevrolet S-10 Dominio DQG-254.
Decreto Nº 806 del 05 de octubre de 2011.
Pagando a la Cooperativa de trabajo “Lealtad Ltda.”, la suma de pesos ciento treinta y cinco mil ($ 135.000=) para abonar exclusivamente a Hierros Baradero la suma de pesos cinco mil ($ 5.000=) y a Metabasa la suma de pesos ciento treinta mil ($ 130.000=), contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos de corresponder a la orden de la citada cooperativa de trabajo, debiendo emitirse un pago por cada proveedor.
Decreto Nº 807 del 5 de octubre de 2011.
Abonando a la Cooperativa de trabajo “La Victoria Ltda.” La suma de pesos seis mil ochocientos setenta y nueve ( $ 6.879=) para abonar exclusivamente a Oscar Añaños la suma de pesos tres mil setecientos doce ( $ 3.712=), a ABC Artículos de limpieza la suma de pesos seiscientos ( $ 600=), a Maestre Siffredi la suma de pesos un mil ochocientos ochenta y dos ( $ 1.882=), y a Vivero L y L la suma de pesos seiscientos ochenta y cinco ( $ 685=) contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos de corresponder a la orden de la citada cooperativa de trabajo, debiendo emitirse un pago por cada proveedor.
Decreto Nº 808 del 5 de octubre de 2011.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “La Victoria Ltda.”, la suma de pesos ciento trece mil ochocientos cuatro ( $ 113.804=), para abonar exclusivamente a Hierros Baradero la suma de pesos siete mil quinientos cuatro ( $ 7.504=), a Vivero L y L la suma de pesos tres mil ( $ 3.000=), a MP Letreros la suma de pesos cuatro mil ( $ 4.000=); a Empresa B y B la suma de pesos ochenta y nueve mil trescientos ( $ 89.300=) y a Empresa IMPREC la suma de pesos diez mil ( $ 10.000=), contra entrega por parte de los beneficiarios del pago de las pertinentes facturas, recibos y remitos de corresponder a la orden de la citada cooperativa de trabajo, debiendo emitirse un pago por cada proveedor.
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Decreto Nº 809 del 5 de octubre de 2011.
Acordando con el artista Raúl Alberto Antonio Gieco, como nueva fecha de actuación el día 10/10/11, como así también el pago de un adicional de pesos doce mil cien ($ 12.100=) en concepto de viáticos y hospedaje de la comitiva del artista.
Decreto Nº 810 del 5 de octubre de 2011.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 1.200= a la Asociación Civil Asamblea “La Estación Baradero”, para cubrir los gastos ocasionados por el alquiler de baños químicos que fueron utilizados en los festejos por el “Día del Niño” y “Día de la Primavera” organizados por dicha asociación.
Decreto Nº 811 del 5 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2010ª la Sra. Caviedes Blanca R, de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad. La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.
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Decreto Nº 812 del 5 de octubre de 2011.
Adjudicando el Concurso de precios Nº 35/2011, para la compra de una Unidad radiológica fija para la Sala de Primeros Auxilios “Pedro A. Carossi” de la localidad de Alsina, a la firma Gran Buenos Aires Rayos X S.A. con domicilio legal en Puerto Rico 1597 de la ciudad de Martínez, por la suma de pesos ciento diecinueve mil quince ($ 119.015=).
Decreto Nº 813 del 5 de octubre de 2011.
Acordando con el artista Sergio Antonio Galleguillo, como nueva fecha de actuación el día 9/11/2011, como así también el pago de un adicional de pesos seis mil quinientos ($ 6.500=) en concepto de viáticos y hospedaje de la comitiva del artista.
Decreto Nº 814 del 5 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 a la Sra. Savoy Vicenta Nieves, de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan inmueble de su propiedad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 815 del 5 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 a la Sra. Ley Francisca del Carmen, de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan inmueble de su propiedad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.
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Decreto Nº 816 del 5 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 a la Sra. Fucaraccio Lilia María F. de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios, que gravan el inmueble de su propiedad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 817 del 5 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 a la Sra. Pedraza Marcela P. de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad. La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público.
Decreto Nº 818 del 5 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad del Obispado Diócesis Zarate – Campana.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 819 del 6 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble propiedad del Obispado Diócesis Zarate – Campana. La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 820 del 6 de octubre de 2011.
Procediendo por Contaduría y Tesorería a la devolución de pesos trescientos nueve con 41/100 ($ 309,41=) al Sr. Castellano Juan A., según lo establecido por el Art. 9 de la ordenanza fiscal vigente.
Decreto Nº 821 del 6 de octubre de 2011.
Declarando de interés social, regularización dominial del inmueble designado catastralmente como Circ. II, Secc. A, Quinta 25, Mza. 25ª, Parcela 19 de esta ciudad de Baradero, a favor del Sr. Malacalza Néstor Emilio y otra.
Decreto Nº 822 del 6 de octubre de 2011.
Abonando el día 20 de octubre de 2011 y el día 18 de noviembre de 2011 a todo el personal municipal, un importe no remunerativo equivalente al diez por ciento (10 %) de los salarios básicos vigentes al 1º de junio de 2011, en cumplimiento al acuerdo espontáneo suscripto ante el Ministerio de Trabajo de la Pcia. Bs. As – Delegación Baradero el día 15 de abril de 2011.
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Decreto Nº 823 del 7 de octubre de 2011.
Adjudicando el Concurso de Precios Nº 36/2011, para la provisión de combustible (Gas oil a granel 13.500 lts.) para el mes de octubre de 2011, con destino al Corralón Municipal, ala Empresa EDOSADA S.A. con domicilio legal en calle Martín de Gainza 2499 de la ciudad de Baradero, por la suma total de pesos sesenta y cuatro mil setecientos ochenta y seis con 50/100 ($ 64.786,50=).
Decreto Nº 824 del 7 de octubre de 2011.
Cubriendo las funciones de Jefe de Compras en carácter de interino, durante los días 11 al 16 de octubre de 2011 inclusive, por la agente Martínez Paola Lujan. La designación que se efectúa es con retención de su cargo administrativa – Categoría 3º de 35 hs semanales.
Decreto Nº 825 del 7 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 826 del 7 de octubre de 2011.
Modificando Presupuesto 2011.
Decreto Nº 827 del 7 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 828 del 7 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 829 del 7 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 830 del 7 de octubre de 2011.
Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos un mil ($ 1.000=) al Club Deportivo Alsina, para la compra de vestimenta que utilizara la representante de la citada institución en la Fiesta de la Primavera 2011.
Decreto Nº 831 del 7 de Octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 832 del 11 de octubre de 2011.
Transfiriendo en concepto de Subsidio no reintegrable la suma de pesos treinta y un mil doscientos sesenta y ocho con 08/100 ($ 31.268,08=) a la Dirección General de Cultura y Educación – Consejo Escolar de Baradero, en cumplimiento de lo determinado por la Ordenanza 3296/2006. Art. 8º, Ítem a – Punto 1.-
Decreto Nº 833 del 11 de octubre de 2011.
Eximiendo por los años 2010 y 2011 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan inmuebles propiedad de la Asociación de Bomberos Voluntarios Baradero.
La eximición que se acuerda no comprende la Tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 834 del 11 de octubre de 2011.
Eximiendo por los años 2009- 2010 y 2011 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan inmueble propiedad de la Asociación de Bomberos Voluntarios Baradero (Destacamento Alsina).
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 835 del 11 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 al Sr. Moscoso Colque Sergio, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 836 del 12 de octubre de 2011.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 2.000= a la Sra. Herrera Patricia Fabiana, para solventar gastos de traslado de su hijo Damian Iván Brancatisano, para continuar realizándose sesiones de quimioterapia en el Instituto de Ontología “Ángel H. Roffo”.
Decreto Nº 837 del 12 de octubre de 2011.
Desafectando la suma de pesos treinta y un mil setecientos cuatro con 77/100 ($ 31.704,77=) del importe que oportunamente fuera afectado mediante Decreto Nº 686/2011 a la realización de la Fiesta del DIA del Maestro.
Decreto Nº 838 del 13 de octubre de 2011.
Autorizando a la Contaduría y Tesorería Municipal, a confeccionar orden de pago a nombre de la Sra. Directora de Compras, Pulido Andrea Paula, por la suma de pesos tres mil setecientos cincuenta ($ 3.750=) para efectuar la compra de la luneta trasera del vehiculo Ford Mondeo Pat. CBP -969
Decreto Nº 839 del 13 de octubre de 2011.
Liberando al servicio público la red colectora cloacal construida en calle Carrasco e/ Junín y ruta 41 – Acera números impares (con una extensión de 95 mts) de la ciudad de Baradero.
Se otorga un plazo de seis (6) meses al propietario frentista afectado por la obra, para que solicite la correspondiente conexión domiciliaria.
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Decreto Nº 840 del 13 de octubre de 2011.
Liberando al servicio publico la red colectora cloacal construido en las calles de la ciudad de Baradero que a continuación se detallan:
Maipú e/ Lavalle y Uriarte – acera números impares (con una extensión de 108 mts.)
Lavalle e/ Maipú y Chacabuco, acera números pares (con una extensión de 56 mts.)
Se otorga un plazo de 6 (seis) meses al propietario frentista afectado por la obra, para que solicite la correspondiente conexión domiciliaria.
Decreto Nº 841 del 13 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 842 del 13 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 843 del 13 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 844 del 13 de octubre de 2011.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 1.200=. G.A.D. (Grupo Amigo del Discapacitado) para solventar gastos que le demande la realización de las XVII Olimpiadas G.A.D.
Decreto Nº 845 del 18 de octubre de 2011.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 3.000= Escuela Secundaria Básica Nº 2, para solventar gastos de traslado de alumnos de 2º y 3º año – Turno Mañana, a la Planta Industrial de la Empresa “La Serenísima”.
Decreto Nº 846 del 19 de octubre de 2011.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 4.300=. Centro Educativo Complementario Nº 801, para solventar gastos de traslados a la ciudad e Luján y a la localidad de Ireneo Portela.
Decreto Nº 847 del 19 de octubre de 2011.
Modificando Presupuesto 2011.
Decreto Nº 848 del 19 de octubre de 2011.
Modificando presupuesto 2011.
Decreto Nº 849 del 19 de octubre de 2011.
Reconociendo la constitución de la Comisión del C.P.C. Nº 1 – centro de Participación Comunitaria “Julio A. Bitar, registrada como entidad de bien publico bajo el Nº 198.
Decreto Nº 850 del 19 de octubre de 2011.
Modificando Presupuesto 2011.
Decreto Nº 851 del 19 de octubre de 2011.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 3.000=. Escuela Primaria Nº 11 “Hipólito Irigoyen” de la localidad de Alsina, para solventar gastos de traslado de alumnos al Zoológico de la ciudad de Buenos Aires.
Decreto Nº 852 del 19 de octubre de 2011.
Contratando desde el 18 de octubre de 2011 al 21 de octubre de 2011 inclusive, a la docente Troncoso Pamela, para prestar sus servicios de Maestra Inicial en el Jardín de Infantes municipal Nº 5 “Martha Salotti”, por licencia de su titular por familiar enfermo.
Decreto Nº 853 del 19 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 a la Sra. Guillermina Luisa, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios, que gravan el inmueble de su propiedad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza Nº 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 854 del 19 de octubre de 2011.
Liberando al servicio publico la red colectora cloacal construida en las calles de la ciudad de Baradero que a continuación se indica:
Mitre e/ Lugones y G. Frers – acera números impares.
Mitre e/ G. Frers y Kennedy – acera números impares.
Mitre e/ Kennedy y Hernandarias – ambas aceras.
G.Frers e/ Del corro y P. de Melo – Acera números pares.
Se otorga un plazo de seis (6) meses al propietario frentista afectado por la obra, para que solicite la correspondiente conexión domiciliaria.
Decreto Nº 855 del 19 de octubre de 2011.
Contratando personal en periodos y tareas que se citan:
Del 1º/10/2011 al 31/10/2011.
Acosta Horacio Alcides. 44 hs semanales. Tareas en la localidad de Alsina. $ 2.831,57= mensuales.
Aguerre del Bene Ana M. Tareas médicas en la Dcción de Atención Primaria de la salud.
$ 3.450= mensuales.
Alanis Adriana E. 140 hs mensuales. Secretaría de Cultura, Educación y Turismo. $ 2.100= mensuales.
Bardesono Marisa K. Terapista ocupacional en sala Villa Cristina. $ 630= mensuales, Clases en Taller de la Memoria $ 500= mensuales y Terapista Ocupacional en el Hogar de Ancianos $ 900= mensuales.
Barrenechea Nieves A. 35 hs semanales en localidad de Alsina. $ 2.480,42= mensuales.
Bechtholt Dora E. 20 hs semanales en Secretaría de turismo. $ 840= mensuales.
Brandli Carlos Federico. 36 hs semanales. Médico Oncólogo. $ 1.500= mensuales.
Caballero Regina. Para realización de certificado medico de registro de conducir y visitas domiciliarias de agentes con licencia médica. $ 4.022,09= mensuales.
Cardoso Lidia S, 48 h semanales. Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Casas Cecilia. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales mas reconocimiento de viáticos.
Colliard Giselle. 30 hs semanales. Tareas administrativas en Jardines de infantes Municipales. $ 2.480,42= mensuales.
Concilio Juan S. 48 hs semanales. Secretaría de Cultura. $ 504= mensuales.
Daverio José A. 44 hs semanales. Dcción de Vialidad. $ 3.549,97= mensuales y reconocimientos de viáticos.
Erpen Lucila. 24 hs semanales. Hospital Municipal. Obstetra. $ 3.250= mensuales.
Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento legal en Dcción de Producción.
$ 4.444,66= y reconocimiento de viáticos.
Espinosa Manuel C. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Farias Horacio I. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Francchini Marcelo D. Médico de guardia. Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Fussinato Jorge M. Coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos educativos y administrativos con la UBA. $ 4.702,60= mensuales.
Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Hospital Municipal. $ 4.000= mensuales.
Gallardo Carolina. Fonoaudióloga. Hospital Municipal. $ 1.900= mensuales.
Gaspari Susana A. 48 hs semanales. Hogar de Ancianos “San José”. $ 2.982,87= mensuales.
Gimenez Jonathan. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
Gimenez Lidia Noemí. 44 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.831,58= mensuales.
Giordano Camilo H. Médico en la localidad de Alsina. $ 11.241,25= mensuales y $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Girotti María Estela. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Gómez Gabriela Laura. 30 hs semanales. Biblioteca Municipal. $ 2.480,42= mensuales.
Gómez Jesús. 44 hs semanales. Dcción de obras Públicas y privadas. $ 3.332,44= mensuales.
González Modesto. 35 hs semanales. Dcción de Turismo. $ 3.681,94= mensuales.
Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Dcción de Obras Públicas y Privadas. $ 3.681,94= mensuales.
Hebeisen Alberto O. 35 hs semanales. Profesor de gimnasia. $ 1.719,25= mensuales.
Idiart María Fabiana. Kinesióloga – fisiátrica. Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.
Labriola Mariana L. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.500= mensuales.
Larrosa Silvia A. 35 hs semanales. Dcción de Prevención de la Salud. $ 2.480,42= mensuales.
Ledesma Alicia M. 35 hs semanales. Secretaría de Desarrollo Social. $ 2.480,42= mensuales.
León Esteban. 35 hs semanales. Profesor de educación física. $ 1.719,25= mensuales.
Maestre Miguel A. 44 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 2.831,58= mensuales.
Mandrile Silvia C. Patóloga en Hospital Municipal. $ 4.500= mensuales.
Martínez Carlos A. 30 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 2.534,62= mensuales.
Medina Juan Domingo. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.884,17= mensuales.
Mena Cristina E. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos Municipal.
$ 2.831,58= mensuales.
Mestre José L. 35 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 2.480,42= mensuales.
Mussi Marina. Kinesióloga fisiátrica. 6 hs días lunes, miércoles y sábados. $ 1.000= mensuales.
Negré Néstor R. 48 hs semanales. Honorable Concejo deliberante. $ 3.681,15= mensuales.
Olmos María E. 35 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.480,42= mensuales.
Ottina Marcos N. 35 hs semanales. Profesor de Educación Física. $ 1.719,25= mensuales.
Pardo Sebastian R. 48 hs semanales. Recolección de Residuos. $ 2.982,87= mensuales.
Pellegrino Sergio. Hospital Municipal. $ 3.570,75= mensuales.
Pereyra Mario R. 48 hs semanales. Dcción Inspección y seguridad. $ 2.982,87= mensuales.
Pulido Araceli R. 35 hs semanales. Profesora Educación Física. $ 1.719,25= mensuales.
Ravettino María Inés. Psicóloga en Hospital Municipal y Hogar de Ancianos. $ 2.700= mensuales y por tareas como integrante de la Junta Evaluadora del Certificado Único de discapacidad $ 1.500= mensuales.
Restivo Claudio G. 30 hs semanales. Dcción Gestión Ambiental. $ 2.463,99= mensuales.
Rivas Enrique A, 56 hs mensuales. Dcción de cultura. $ 588= mensuales.
Rodríguez Luis Cirilo. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
Robles Julio A, 44 hs semanales. Dcción de Servicios. $ 3.015,67= mensuales.
Sánchez Ricardo G. Dcción de Turismo. $ 2.480,42= mensuales.
Sartor Carlos E. Tareas en Secretaría de Obras – inspección obras publicas, con uso de vehiculo propio. $ 4.029,16= mensuales.
Scollo José L. 112 hs mensuales. Dcción de Cultura. $ 1.100= mensuales.
Schachttel Juan P. Médico traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.500= mensuales.
Simour Mario C. 28 hs semanales. Sereno Cementerio Indígena. $ 1.931,63= mensuales.
Van Loo Cristian Cesar F. obrero tareas generales. 48 hs semanales. $ 1.931,63= mensuales.
Yamuni José M. 44 hs semanales. Dcción de Servicios. $ 2.000= mensuales.
Zarich María Melina. 10 hs semanales. Odontóloga – Dcción de Atención Primaria de la Salud. $ 2.000= mensuales.
Decreto Nº 856 del 19 de octubre de 2011.
Contratando personal en periodos y tareas que se citan:
Del 1º/10/2011 al 31/10/2011:
Accorsso Ezequiel M. Médico en Hospital Municipal y Salas periféricas. $ 4.000= mensuales.
Acuña Jorgelina Yessica P. 44 hs semanales. Servicio y Maestranza en Hogar de Ancianos Municipal. $ 2.831,58= mensuales.
Aguilar Rosa L. Médica de guardias y servicio 107. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Almada Natalia S. 35 hs semanales. Asistente social en Hospital Municipal. $ 1.150= mensuales.
Baldi Ortiz Alejandra. 30 hs semanales. Psicóloga en Departamento Discapacidad y Tercera edad y Dpto. Conflictos Familiares. $ 2.480,42= mensuales.
Baliela Grassino Carlos. Médico de guardias activas y servicio 107. $ 1.150= por guardia de 24 hs.
Barattini Daniela C. 35 hs semanales. Hogar del Niño Municipal. Docente. $ 2.534,62= mensuales.
Barattini Juan E. 6 hs semanales. Profesora de Educación física en Santa Coloma. $ 650= mensuales.
Barras Jennifer C. 30 Hs. semanales. Administrativa en Tesorería. $ 2.480,42= mensuales.
Belén Leandro J. 44 hs semanales. Coordinación de Centros Comunitarios (CPC).
$ 3.306,25= mensuales.
Belli Biollay Carolina A. Operadora del Centro de monitoreo Urbano por cámara dependiente de Secretaría de Gobierno. 48 hs semanales. $ 2.982,87= mensuales.
Bogado Gustavo A. Inspector de Comercio. 35 hs semanales. $ 2.480,42= mensuales.
Bogliolo Heraldo. Veterinario dependiente de la Secretaría de gobierno. 35 hs semanales.
$ 3.000= mensuales.
Caviglia Virginia N. Asistente social en Secretaría Desarrollo Social. $ 2.666,30= mensuales.
Cedarry Marcelo E. 30 hs semanales. Dcción Espacios Públicos. $ 2.954,28= mensuales.
Colombo Leonardo A. 44 hs semanales. Dcción Inspección. $ 2.831,58= mensuales.
Contreras Marcelo R. Traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Coronel Melina S. Médica de guardia en Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Cuis Casino Roberto. Profesor de Educación Física en la localidad de Alsina. $ 1.058= mensuales.
De los Santos María L. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Delpieri Elián. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
De Vivo Eleonara B. Médica en salas periféricas. $ 5.900= mensuales.
Dipasquale Carla. 48 hs semanales. Operadora en Centro de Monitoreo Urbano por Cámara
Dependiente de la Secretaría de Gobierno. $ 2.982,87= mensuales.
Dipasquale Nino C. Profesor de educación física en la localidad de Alsina. $ 1.719,25= mensuales.
Esquivel Néstor A. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno. $ 2.982,87= mensuales.
Farias Mariana S. 35 hs semanales. Administrativa en Hospital Municipal. $ 2.480,42= mensuales.
Franco Rubén Moisés. Ejecución de proyectos, control e inspección de obras Públicas.
$ 3.544,30= mensuales.
Galarza Elizabeth R. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Galuppo Gabriel R. Médico de guardia en Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Galuppo Marcela R. Médica de guardias y servicio 107. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Gamba María Daniela. 44 hs semanales. Dcción de Inspección. $ 3.306,25= mensuales.
García Carlos E. 30 hs semanales. Dcción Recursos Pciales. $ 3.498,62= mensuales.
García Jonatan S. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
Ghio Rita L. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.306,25= mensuales.
Goddard Clelia M. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.306,25= mensuales.
Gómez Carlos Nereo. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
Gómez M. Virginia. Obstetra. Hospital Municipal. 48 h semanales. $ 6.500= mensuales.
González José B. 44 hs semanales. Dcción Inspección. $ 2.831,58= mensuales.
González Marta. Portera en Jardín de Infantes Municipal “Paula A. de Sarmiento”, Alsina. 35 hs semanales. $ 2.480,42= mensuales.
Gugger Danisa C. Operadora del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno. 48 hs semanales. $ 2.982,87= mensuales.
Herrera Marcelo O. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.967,50= mensuales.
Ibarra Néstor M. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.150= por guardia activa.
Isa Diego Daniel. 48 hs semanales. Hogar de Ancianos “San José”. $ 2.982,87= mensuales.
Jeandet Daiana S. 3 hs semanales. Dcción de Salud. $ 1.000= mensuales.
Larrey Martín M. 48 hs semanales. Dcción de Atención Primaria de Salud. $ 2.982,87= mensuales.
Liaudat Silvia G. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Lobos Luis L. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
López Paulo. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
Luna Cristina. 48 hs semanales. Enfermera. Sala de I. Portela. $ 2.982,87= mensuales.
Lunghi Verónica S. Médica de guardia y servicio 107. $ 1.150= por guardia activa.
Lupini María Clara. 35 hs semanales. Hogar del Niño XXIII. Docente. $ 2.534,62= mensuales.
Maestre Leonilda B. 48 hs semanales. Servicio y Maestranza en Hospital Municipal.
$ 2.982,87= mensuales.
Maffei Gilda. Ginecóloga en Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs, y en salas periféricas, 6 hs semanales. $ 1.800= mensuales.
Malacalza Evangelina. Bioquímica en Hospital Municipal y guardias pasivas. $ 6.000= mensuales.
Maldonado Noelia I. Hogar del niño. Docente. 35 hs semanales. $ 2.930,05= mensuales.
Manicler Mario H. 30 h semanales. Administrativo en Tesorería. $ 2.480,42= mensuales.
Marmori Lucas. Entrenador de Musculación. Gimnasio CPC “Julio A. Bitar” $ 3.500= mensuales.
Martínez Irma N. 48 h semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Marzoa Américo G. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
Merino Rogelio R. 30 h semanales. Dcción Obras Públicas. $ 4.631,98= mensuales.
Moltrasio María C. 48 hs semanales. Dcción Prevención de Salud. $ 2.982,87= mensuales.
Nassif Luis M. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Ormachea Gutiérrez Alberto. 6 hs semanales en Dcción. Atención Primaria de la Salud.
$ 1.850= mensuales.
Ortiz Carlos D. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.831,58= mensuales.
Parzón José 48hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
Pederiva Hernán L. 30 h semanales. Asesoría letrada. $ 2.480,42= mensuales.
Pelayo Isabelino. Escuela de Boxeo. Dcción Deportes Municipal. $ 650= mensuales.
Pelayo Mauro Leonardo. 35 hs semanales dependiente de la Secretaría de gobierno.
$ 2.480,42= mensuales.
Pellegrini Oscar A. 35 hs semanales. Dcción. Prevención de la Salud. $ 2.480,42= mensuales con reconocimiento de viáticos.
Pintado Horacio D. Urólogo en Hospital Municipal. 36 h semanales. $ 1.500= y por guardia activa de 24 hs $ 1.500= cada guardia.
Rabonisi Malena A. Instrumentista en Hospital Municipal. 44 hs semanales. $ 2.831,58= mensuales.
Rapalin Santiago M. 24 hs semanales. Profesor Educación física. $ 2.645= mensuales.
Ríos Yanina N. 48 h semanales. Hospital Municipal. Servicio y maestranza. $ 2.982,87= mensuales.
Rodríguez Adriana E. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.500= mensuales.
Romero José Luis. 48 hs semanales. Dcción de Servicios. $ 2.982,87= mensuales.
Romero Juan Roberto. Escuela de boxeo. Dcción de Deportes. $ 650= mensuales.
Romero Marisa L. 48 hs semanales. Dcción Prevención de Salud. $ 2.982,87= mensuales.
Romero Miguelina. 35 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos.
$ 2.480,42= mensuales.
Rowlands Cecilia G. Medica de Guardias en Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Roson Cecilia. Trabajadora social en comedores, micro emprendimientos y tareas generales en Secretaria de Desarrollo Social. 30 h semanales. $ 2.480,42= mensuales. y por tareas como integrante de la junta evaluadora del certificado único de discapacidad. $ 1.500= mensuales.
Ruiz Walter. 48 h semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
Sarsotti Carlos M. Medico de guardias y servicio 107 en Hospital Municipal. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Silva Ricardo D. 44 hs semanales. Secretaría de Cultura. $ 2.831,58= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Silva Natalia A. 44 hs semanales. Dcción Inspección. $ 3.306,25= mensuales.
Silva Ruth S. 44 hs semanales. Hogar del Niño Municipal. $ 2.831,58= mensuales.
Simour Silvina. Profesor de Educación Física en localidad de Alsina. $ 1.058= mensuales.
Tobares Luis F. 30 h semanales. Servicio local Psicólogo. Secretaría Desarrollo Social.
$ 3.220= mensuales.
Urquiza Carla M. Asistente social. Secretaría Desarrollo Social. 30 h semanales. $ 2.666,30= mensuales.
Valdez María C. 35 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.480,42= mensuales.
Vega Pamela D. 48 hs semanales. Hogar de Ancianos Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Vega Silvia E. 35 hs semanales. Servicio y maestranza. Secretaría de Desarrollo Social.
$ 2.480,42= mensuales.
Velazquez Darío F. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.982,87= mensuales.
Vergara maría I. 30 h semanales. Administrativa en Tesorería. $ 3.798,84= mensuales.
Viera Mariana B. Responsable del Plan Nacer en el CIC y Hospital Municipal. 40 h semanales. $ 3.306,25= mensuales, y tareas como integrante de la Junta evaluadora del Certificado Único de discapacidad $ 750= mensuales.
Zarate Silvina I. 48 h semanales. Hospital Municipal. $ 2.982,87= mensuales.
Zignago Enrique R. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.150= por guardia activa de 24 hs.
Piazza Ricardo O. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 2.831,58= mensuales.
Decreto Nº 857 del 19 de octubre de 2011.
Contratando personal en periodos y tareas que se citan:
Del 1º/10/2011 al 31/10/2011.
Albelda Mónica B. 12 hs semanales. Taller de telar. $ 504= mensuales.
Altolaguirre Mario S. 20 h semanales. Taller de clown en escuelas. $ 840= mensuales.
Álvarez Micaela V. 12 hs semanales. Taller de computación. $ 504= mensuales.
Amartino Diego N. 12 hs semanales. Taller de bijouterie. $ 504= mensuales.
Arevalo Gladis M. 26 hs semanales. Taller de Alfarería. $ 1.090= mensuales.
Belli Marta. 20 h semanales. Taller de Patio de tango. $ 840= mensuales.
Bernaldo de Quirroz Ramiro. 35 hs semanales. Coordinación y mantenimiento. $ 2.480,42= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Bon Sebastian L. Logística en eventos. 12 hs semanales. $ 504= mensuales.
Borrascosa Roxana. Taller de gimnasia en I. Portela. 12 hs semanales. $ 504= mensuales.
Cáceres Mónica Andrea. 16 hs semanales. Taller de manualidades. $ 674= mensuales.
Capriglioni Rita E. 10 hs semanales. Taller de manualidades. $ 420= mensuales.
Diamonte Leonardo A. 12 hs semanales. Taller de ajedrez. $ 504= mensuales.
Draghi María a. taller de cerámica en Alsina. 12 hs semanales. $ 504= mensuales.
Echeverria Gustavo A. 16 hs semanales. Taller de diseño. En CIC. $ 674= mensuales.
Fonte Luis M. 16 hs semanales. Taller de computación en Alsina. $ 674= mensuales.
Ibarra Germán. Taller de computación en I. Portela. 16 hs semanales. $ 674= mensuales.
Ledesma Carlos. 12 hs semanales. Taller de mimbreria. $ 504= mensuales.
Marconi Nélida C. 30 hs semanales. Taller de cocina. $ 1.260= mensuales.
Mari Verónica L. 12 hs semanales. Taller de corte y confección en I. Portela. $ 504= mensuales.
Martín Federico. 16 hs semanales. Taller integral de arte en Alsina. $ 674= mensuales.
Martínez Lucas E. Taller de murga en localidad de Alsina. 16 hs semanales. $ 674= mensuales.
Marzoa Ivana Gisella. 30 hs semanales. Taller de apoyo escolar. $ 1.260= mensuales.
Masud Juan M. 18 hs semanales. Taller de cocina en el CIC. $ 756= mensuales.
Miranda Ernesto J. 120 hs mensuales. Taller de tango. $ 1.260= mensuales.
Misenti Nahuel J. 30 h semanales. Taller de folklore. $ 1.260= mensuales.
Mori Vanesa C. 35 hs semanales. Administrativa en Secretaría de Cultura, Educación y turismo. $ 2.480,42= mensuales.
Oholeghuy Couto Margarita S. 12 hs semanales. Taller de macramé. $ 504= mensuales.
Orduña María Amalia. 12 hs semanales. Taller de ingles en localidad de Alsina. $ 504= mensuales.
Orqueida Erica M. 20 h semanales. Taller de dibujo experimental de arte. $ 840= mensuales.
Ortunio Díaz Juan Manuel. Logística. 35 hs semanales. Secretaria de Cultura. $ 2.480,42= mensuales.
Pascuali Sergio L. 12 hs semanales. Taller de apoyo escolar en localidad de I. Portela.
$ 504= mensuales.
Pérez Claudia A. 24 hs semanales. Taller de gimnasia para niños. $ 1.000= mensuales.
Pesat Mariana B. 12 hs semanales. Taller de señas. Secretaría de Cultura. $ 504= mensuales.
Pusich María Sol. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en localidad de Alsina. $ 840= mensuales.
Rithner Damian. 28 hs semanales. Logística en Sec. de Cultura. $ 2.480,42= mensuales.
Romero José Luis. Taller de saxo. Sec. Cultura. 10 hs semanales. $ 420= mensuales.
Sáez Susana R. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en localidad de Sta. Coloma.
$ 840= mensuales.
Salaberry Juan I. 16 hs semanales. Taller integral. Sec. Cultura. $ 674= mensuales.
Santos Natalia E. 24 hs semanales. Taller integral. Sec. Cultura. $ 1.000= mensuales.
Taieti Claudia M. Taller de peluquería en CIC. 12 hs semanales. $ 504= mensuales.
Troussel Javier R. 28 hs semanales. Logística. Sec. Cultura. $ 1.100= mensuales.
Usandizaga Pablo M. 12 hs semanales. Logística en eventos. Sec. Cultura. $ 504= mensuales.
Wuthrich Amalia I. 12 hs semanales. Taller de salsa y gimnasia en CIC. $ 504= mensuales.
Decreto Nº 858 del 19 de octubre de 2011.
Aceptando renuncia elevada con fecha 1º de noviembre de 2011, por el Sr. Melchiori Roberto José, al cargo de Jerarquizado – categoría 11 de 35 hs semanales, para acogerse a los beneficios de la jubilación.
Decreto Nº 859 del 20 de octubre de 2011.
Rectificando artículo 1º del Decreto Nº 826 de fecha 7/10/2011.
Decreto Nº 860 del 20 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 al Sr. Prado Aurelio D, de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Decreto Nº 861 del 20 de octubre de 2011.
Eximiendo en forma proporcional por el año 2011, de acuerdo a lo establecido por el artículo 1º, punto 8, al Sr. Méndez Jorge R, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto Nº 862 del 20 de octubre de 2011.
Eximiendo por el año 2011 a la Sra. Bozzo Ema D, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía publica y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto Nº 863 del 20 de octubre de 2011.
Cubriendo durante los días 19/10/2011 hasta el 28/10/2011 inclusive, las funciones de Contadora Municipal, en el carácter interino, con la Agente Sra. Preis Elba Silvia.
La designación que se efectúa es con retención de su cargo de sub contadora.
Decreto Nº 864 del 20 de octubre de 2011.
Aceptando con fecha 11 de noviembre de 2011, la renuncia elevada por la Agente Sra. Dominici Hilda L, al cargo de servicio y maestranza, categoría 3 de 44 hs semanales en el Hogar de Ancianos Municipal.
Decreto Nº 865 del 21 de octubre de 2011.
Llamando a Concurso de Precios Nº 39/11, para la contratación de camiones con chofer y combustible para el servicio de recolección domiciliaria, conforme a lo establecido en el expediente Nº 4009-20-04336/2011 “S”.
Se fija el día 2 de noviembre de 2011, a la hora 11, la fecha de apertura de las propuestas para dicho concurso de precios, en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Baradero, con un presupuesto oficial de ciento veinte mil pesos ( $ 120.000=).
Decreto Nº 866 del 21 de octubre de 2011.
Modificando el Presupuesto 2011.
Decreto Nº 867 del 24 de octubre de 2011.
Extendiendo el pago del anticipo jubilatorio por el término de dos (2) meses (Octubre/Noviembre) a los ex Agentes Municipales que a continuación se detallas:
Barman Osvaldo R.
Bianchi María Cristina.
Galant Roberto M.
Grieco Omar.
Hoffman Hilda.
Liberatti Mario H.
Quiles Nora E.
Rivero María A.
Rosemberg Carlos.
Decreto Nº 868 del 25 de octubre de 2011.
Llamando a Concurso de Precios Nº 37/2011, para la provisión de combustible (gas oil 14.000 lts y euro diésel 2.200 lts.) para el mes de noviembre de 2011 con destino al Corralón Municipal, conforme a las condiciones generales que obran a fs. 9/10 del expediente 4009-20-04463/11 “D”.
Se fija el día 2 de noviembre de 2011, a la hora 10, la fecha de apertura del concurso de precios mencionado en la oficina de compras Municipal, con un presupuesto oficial de pesos setenta y cuatro mil doscientos setenta y dos ($ 74.272=).
Decreto Nº 869 del 25 de octubre de 2011.
Contratando desde el 25 de octubre de 2011 al 28 de octubre de 2011 inclusive, a la Docente Troncos Pamela, para prestar sus servicios de Maestra Inicial en el Jardín de Infantes Municipal “Paula A. de Sarmiento”, por licencia de su titular por familiar enfermo.
Decreto Nº 870 del 25 de octubre de 2011.
Procediendo a la acreditación en la Cuenta Nº 4413 de la tasa por inspección de seguridad e higiene, correspondiente a la firma Del Ricar S.A., de la suma de $ 1.323,99=, surgidos del ajuste por la reducción de empleados.
Decreto Nº 871 del 26 de octubre de 2011.
Transfiriendo de la Cuenta Nº 165032 a la Cuenta Nº 164496 del Titular Pompei Héctor E. correspondiente a Patente de Rodados Menores, la suma de $ 97,50=, y a la Cuenta Nº 158339 de la misma tasa la suma de $ 41,97=, abonados por error en la cuenta mencionada en primer término.
Decreto Nº 872 del 27 de octubre de 2011.
Procediendo a regularizar como personal contratado de esta comuna a la Docente Bertschi Miriam N. desde el 06/03/2002 hasta el 28/02/2003, del 01/03/2003 al 28/02/2004 y del 01/03/2004 al 23/07/2004, como Profesora de Música en el cargo MK con situación de revista provisoria, en 2 hs cátedras semanales.
Decreto Nº 873 del 28 de octubre de 2011.
Contratando desde el 28 de octubre de 2011 al 26 de noviembre de 2011 inclusive, a la Docente Suppicich Sandra V, para prestar sus servicios de Preceptora en el Jardín de Infantes Municipal “Presidente Irigoyen” por licencia de su titular por enfermedad.
Decreto Nº 874 del 31 de octubre de 2011.
Contratando desde el 1º de noviembre de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, inclusive, mediante la locación de obra, a la Psicóloga De Vicenzo María Fernanda, para cumplir funciones en el Servicio local de Protección del Niño y Adolescente, asignados por Decreto Nº 76/06.
Decreto Nº 875 del 31 de octubre de 2011.
Contratando a las siguientes personas para tareas y períodos que se citan:
Bizzotto María Julieta. 20 h semanales. Tareas de Maestra Inicial en los Jardines de Infantes Municipales.
Boonman Lorena M. 20 hs semanales. Preceptora en los Jardines de Infantes Municipales.
Cassino Fernando A. 3 hs semanales. Profesor de Música en Jardines de Infantes Municipales.
Onnainty María G. 20 h semanales. Directora de 3ra. en el Jardín de Infantes Municipal Nº 5.
Rodríguez Claudia. 20 hs semanales. Maestra inicial en Jardín de Infantes Municipal “Presidente Irigoyen”.
Spinetta María N. 20 hs semanales. Preceptora en el Jardín de Infantes “Jardilandia”.
Decreto Nº 876 del 31 de octubre de 2011.
Ratificando hasta el 30 de noviembre de 2011, inclusive, las designaciones de los funcionarios municipales que conforman el Gabinete Municipal.











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