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BOLETIN OFICIAL

Año IXX —Mes de octubre de 2014.-

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZAS
Ordenanza N° 5052 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 8 de octubre de 2014.-
Vista la iniciativa de crear una Bandera que represente a la ciudad de Baradero y;
Considerando que la creación de una Bandera que nos represente, obedece a la necesidad de los pueblos a tener un símbolo que sintetice su historia, su geografía, su trabajo, su cultura y su idiosincracia.
Que la Bandera de la ciudad de Baradero constituirá un símbolo distintivo que agrupe la trayectoria histórica y lo afectivo socio cultural de nuestra comunidad.
Que este proyecto persigue la realización de un concurso que permita elegir una Bandera que sea símbolo de identidad, suponiendo para ello, la generación de un ámbito necesario de consenso, pluralidad y participación, para arribar a ese símbolo que nos identifique como comunidad.
Que las banderas, como símbolos, por semejanza y /o correspondencia, facilitan a los seres humanos, concebirse como seres sociales y colectivos, por cuanto representan y conjuran la identidad, unidad, solidaridad, sentido de pertenencia y el corazón de los pueblos.
Que los elementos que intervienen en la composición de los símbolos como colores, sonidos, formas o fonemas, conforme se trate de banderas, escudos, himnos o canciones oficiales, son asociados e incorporados por el hombre, mediante un proceso cognoscitivo, a su mundo particular, afectivo y socio cultural.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferida por la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Créase la Bandera Oficial del Partido de Baradero.
Artículo 2°: Llámese a Concurso de Diseños para la creación de la Bandera Oficial de Baradero. Constitúyase al efecto un jurado con número impar de miembros, conforme lo prescripto en el artículo 10 de la presente ordenanza.
Artículo 3°: La Bandera Oficial deberá ser entronizada el día 20 de junio de 2015, en el marco del Día de la Bandera Nacional Argentina. Presidirá junto a la Nacional y Provincial, los distintos actos protocolares que se realicen en el ámbito de la ciudad.
Artículo 4°: Podrán participar los alumnos de las Escuelas Públicas y Privadas del distrito de Baradero, en el nivel secundario.
Artículo 5°: Los participantes deberán presentar 2 (dos) trabajos, presentados en dos (2) sobres opacos, evitando la transparencia de los datos y por consiguiente todo tipo de suspicacias.
b) El sobre 1 (uno) será de la medida correspondiente para albergar las hojas de la propuesta de la bandera, sin doblar.
c) Se deberán presentar 2 (dos) hojas tamaños A4 dentro del sobre.
C. 1) La hoja contendrá la propuesta de la Bandera con sus colores que podrán ser en cualquiera de las técnicas descriptas. Además se especificará en esa hoja la significación vexilológica correspondiente y el porqué de los atributos constitutivos.
C. 2) En la otra hoja se hará sin color, la descripción grafica de la Bandera propuesta señalando sus proporciones, su forma exterior, distribución de la superficie, etc, anotando en todos los casos las medidas correspondientes así como también de las figuras que se incorporen a su campo.
C. 3) Este sobre 1 (uno) se presentará cerrado y lacrado al dorso, y en el frente el autor o autores consignará un seudónimo, seguido de “Concurso Bandera Oficial de Baradero”, escrito en imprenta.
D) El sobre 2 (dos) de menor tamaño, llevará consignado en el frente el seudónimo y Concurso Bandera Oficial de la Municipalidad de Baradero, escrito en imprenta y con el dorso lacrado. Dentro del sobre 2(dos), se consignarán seudónimos con que se presentó el trabajo, nombre y apellido del autor, número de documento de identidad, en este mismo sobre, el nombre del Padre, Madre o Tutor con los correspondientes datos personales, y en el frente del mismo deberá colocarse el seudónimo. Los datos del mayor responsable son de suma importancia, para la entrega del premio.
E) Los sobres 1 (uno) y 2 (dos) se entregarán personalmente en la Mesa de Entradas de la Municipalidades de Baradero, donde se le entregará la presente constancia respectiva en la cual constará el nombre del seudónimo del autor y fecha de entrega del trabajo.
Artículo 6°: En cuanto a los requisitos técnicos, la Federación Internacional de Asociación de vexilologías (FIAV), ha establecido con la experiencia y criterio que la caracteriza, los puntos técnicos vexilológicos que deberán tenerse en cuenta en toda oportunidad en que deba crearse una Bandera determinada.
Artículo 7°: Dada la importancia del acontecimiento por el cual se convocará a los participantes, la no observancia de cualquiera de las reglas que se consignan a continuación, facultará al jurado a rechazar dicho trabajo.
Artículo 8°: Se deberá crear una Bandera inédita. Tener cuidado y responsabilidad de no repetir una bandera ya creada. Acordar consignas básicas, tanto en la forma técnica de presentación de la propuesta, la explicación de su simbología, como ciertas pautas a tener en cuenta para su elaboración, por ejemplo:
a) Clara diferenciación con la Bandera Nacional y Provincial.
b) Síntesis formal de trazos, imágenes y colores.
c) Se puede señalar una gama de colores sobre la base de la raigambre histórica de la ciudad.
d) Se pueden sugerir trazos figuras (franjas verticales, horizontales, cruzadas, circulares, triángulos, rectángulos), como modelos a combinar el momento de elaborar el nuevo símbolo.
e) Se puede indicar que sobre la base de fondo de las franjas se fortalezca el diseño con imágenes.
f) Además se deberá acompañar el trabajo con el fundamento que explique el porqué de cada elemento y color, escrito en hoja blanca.
Se dará preferencia al diseño de la Bandera Oficial de Baradero que aplique los cinco principios básicos siguientes:
Simplicidad: Debe ser tan simple, que un niño la pueda dibujar de memoria. Deben ser visibles y reconocibles a la distancia y solo diseños sencillos logran este cometido. La Bandera deberá ser idéntica de ambos lados.
Simbolismo. Los símbolos, colores y diseños deben relacionarse entre sí y ser expresivos de lo que quieren representar o transmitir. Rojo representado por sangre y/o sacrificio. Blanco por pureza. Azul por agua o cielo.
Colores. Limitar el número de colores a unos pocos, que sean básicos y contrasten entre sí. Es recomendable separar dos colores oscuros mediante la interposición de un color claro (o viceversa) para crear un efectivo contraste que permitirá identificar también a la bandera cuando lo representa solamente en la gama del gris, es decir en blanco y negro.
Letras y sellos. En lo posible no reproducir escrituras, timbres, escudos o sellos de organizaciones. Escribir el nombre de una localidad o región, deja sin efecto su principal propósito. Letras o palabras son casi imposibles de leer en la distancia, y difícil aun de reproducir en menor tamaño. Asimismo las letras y /o palabras asi como también números no son reversibles y por consiguiente hay que usar doble o triple tela engrosando el paño de la bandera.
Artículo 9°: No se debe confundir un cartel o afiche con una bandera. Aquellos se usan como pancarta en un desfile o manifestación o bien para estar desplegados detrás de una mesa o plataforma en una conferencia. Además no flamean, están siempre rígidos, y diseñados para ser vistos por un solo lado y generalmente de cerca. El rectángulo se ha impuesto como forma más usada en banderas. Tratar que las proporciones del alto y ancho sean entre 1 por 1,5 y 1 por 2. La durabilidad de una bandera se ve facilitada por la forma rectangular.
A) Al cierre de la fecha de recepción de los trabajos se procederá a la apertura de los sobres. El jurado, desde ese momento, contará con 30 (treinta) días para elegir la obra.
B) Los sobres número 2 (dos) estarán en poder de la Escribanía correspondiente que se designe a tales efectos, donde quedarán asentados en acta protocolar.
C) Una vez seleccionado el trabajo ganador sobre número 1 (uno), se procederá a la apertura del sobre número 2, a los fines de conocer a que autor corresponde, mediante la intervención del escribano/a designado/a.
D) Del 14 de mayo al 14 de junio se determinará cuál es la propuesta ganadora, procediéndose a la publicación en los medios de comunicación masiva de la ciudad, desde el 15 al 19 de junio.
E) Las bases y condiciones de este concurso se encontrarán disponibles en el Centro de Cultura de la ciudad de Baradero, en días y horarios de atención al público.
Artículo 10°: El jurado estará integrado por los siguientes miembros: Por el Departamento Ejecutivo Municipal a través de dos (2) representantes designados al efecto; por el Honorable Concejo Deliberante, a través de dos (2) representantes designados al efecto, y por tres (3) vecinos de nuestra ciudad, (uno representativo de la historia de la ciudad de Baradero).
A) El jurado deberá expedirse en la fecha a determinar.
B) La participación en este Concurso, implica la aceptación de todos los puntos y cualquiera de ellos que no sea respetado, originará la anulación del trabajo respectivo.
C) El jurado tendrá la autoridad suficiente para declarar a este concurso “Desierto”- en caso necesario- dada la importancia y magnitud del fin que se pretende.
D) El veredicto final del Jurado es INPELABLE, constatando los fundamentos del mismo por escrito en un Acta por triplicado.
E) Cualquier situación no prevista en las bases, será resuelta únicamente por el jurado.
Artículo 11°: La Municipalidad de Baradero, reconocerá y premiará a los autores del diseño de la Bandera Oficial ganadora.
Artículo 12°: El premio se deberá entregar en el Acto Oficial por el Día de la Bandera Nacional, el 20 de junio, en la cual se entronizará la Bandera Oficial de la ciudad de Baradero y se dará a conocer el ganador del Concurso.
Artículo 13°: El ganador del concurso renunciará en el momento de recibir el premio, a todo derecho sobre la obra.
Artículo 14°: La sola participación de los interesados en el concurso Bandera Oficial de varadero indicará la aceptación total de cada una de las disposiciones que se fijan en las presentes bases, formulando expresamente la renuncia a sus derechos de autor, constituyéndose en únicos responsables ante terceros por toda demanda que pudieran realizar con relación a la creación de la obra.
Artículo 15°: Si los presentados no reunieran las condiciones dentro de los parámetros formales y técnicos, el jurado podrá declararlos fuera de concurso. También podrá declarar el concurso desierto y llamar posteriormente a un nuevo concurso.
Artículo 16°: El autor de la obra es el responsable directo de su trabajo.
Artículo 17°: El jurado se reserva el derecho a rechazar trabajos presentados cuando los mismos no se ajusten a las bases y condiciones de participación.
Artículo 18°: De igual forma, dicho jurado tiene el derecho exclusivo para la interpretación de las disposiciones de este concurso y su decisión será inapelable.
Artículo 19°: La comisión organizadora se reserva el derecho de publicar en cualquier medio de comunicación masiva, la Bandera seleccionada, así como presentarla en todos los casos que así crea conveniente.
Artículo 20°: Los trabajos presentados para este concurso serán digitalizados y archivados y lo originales se devolverán a sus autores, a excepción de aquel que el jurado considere ganador. Se conservará en el Centro Cultural de la Municipalidad de Baradero, quien será el depositario final oficial de dicho concurso. Los que no sean ganadores, no podrán ser utilizados.
Artículo 21°: La Municipalidad de la ciudad de Baradero, hará confeccionar la Bandera seleccionada para ser entregadas a las escuelas, instituciones civiles, religiosas, etc.
Artículo 22°: El concurso se efectuará dentro de los siguientes parámetros:
EVENTO FECHA TOPE
1.- Convocatoria 27 de febrero de 2015.
2.- Inscripción en el concurso. 01 de marzo al 28 de marzo de 2015.
3.- Formulario de consultas. A partir del 01 de marzo de 2015.-
4.- Presentación de proyectos. Hasta el 11 de mayo de 2015.
5.- Fallo de jurado. Del 14 de mayo al 14 de junio de 2015.
6.- Publicación de resultados. Del 15 al 19 de junio de 2015.
7.- Entrega de premios. 20 de junio Día de la Bandera.
Artículo 23°: Facultase al Departamento Ejecutivo para que designe al área que crea conveniente como Autoridad de aplicación de la presente ordenanza.
Artículo 24°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Poder Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 7 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic PTE. HCD ySr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 8 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Enrique H. Dezio, Secretario General.
Ordenanza N° 5053 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 8 de octubre de 2014.
Visto la grave problemática que en materia de tránsito se observa en nuestra ciudad, hace necesario la realización permanente de acciones formadoras y educadoras al respecto y;
Considerando que se observa de manera permanente , al transitar por las calles de nuestra ciudad, el incumplimiento a normas básicas de seguridad vial, como el uso del casco, excesos de velocidad, circular o contramano, circular en ciclomotores con un mayor número de ocupantes que los permitidos, no respetar los semáforos, generar ruidos por sobre los niveles permitidos, no respetar los semáforos, generar ruidos por sobre los niveles permitidos, etc.
Que estas faltas a las normas generan a diario accidentes de tránsito que podrían evitarse o bien atenuarse en su gravedad.
Que dichas faltas son causadas por adolescentes, jóvenes o adultos que conocen las normas, pero no las respetan o acatan, poniendo en riesgo su integridad física y la de los demás.
Que estas situaciones son además observadas o compartidas involuntariamente por niños en situación de peatones o acompañantes circunstanciales en un vehículo.
Que por ende, este tipo de transgresión a las normas se constituye en un MAL ejemplo para el niño, que podría tomar equivocadamente lo realizado por el adulto como correcto.
Que debemos generar acciones simples y concretas que nos posibiliten por un lado, en los niños, brindar el conocimiento de las normas correctas de seguridad vial y por el otro, en los jóvenes y adultos, re – informar y re- educar sobre los conocimientos que ya poseen (sobre normas de tránsito) pero que no cumplen.
Que son la educación inicial y primaria los ámbitos donde se produce el mayor acompañamiento y asistencia de los padres a reuniones y jornadas citadas por las autoridades de los establecimientos educativos.
Que dichos ámbitos son propicios para poder realizar un TRABAJO EN CONJUNTO entre los niños que deben aprender sobre seguridad vial y los padres (adultos) que deben reforzar y comprometerse a respetar lo conocido.
Que si bien desde los jardines y escuelas primarias (a través de los contenidos curriculares existentes) y desde el estado se trabaja en Educación Vial, lo que pretende éste programa es incluir a los ADULTOS (padres y madres) colocándolos en un MISMO LUGAR Y SITUACION DE APRENDIZAJE JUNTO A LOS NIÑOS, para que ambos tengan un marco teórico y práctico unificado de las normas que deben cumplir en la calle, ya sea, como peatones o conductores de un vehículo.
Que a partir de esta acción y con el conocimiento adquirido sobre normas de tránsito, los niños convertirán en contralores de las conductas de sus adultos responsables con respecto a las normas de tránsito a respetar.
Que la ejecución de este programa no representa gasto para el estado municipal, ya que, se llevará a cabo con los recursos humanos existentes en el municipio, jardines de infantes y escuelas primarias.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Créase el programa “Aprendamos Seguridad Vial JUNTOS”, dependiente de la Dirección General de Inspección de la Municipalidad de Baradero.
Artículo 2°: Aféctese a uno o más Agentes pertenecientes a esta área para que realicen charlas, jornadas, eventos, (teóricos y prácticos) sobre normas de seguridad vial a alumnos y padres DE MANERA CONJUNTA en los Jardines de Infantes y Escuelas primarias de la ciudad de Baradero, Alsina, Portela y Santa Coloma.
Artículo 3°: Coordínese desde el Área de Inspección General conjuntamente con el Inspector Jefe Distrital de Educación, Inspectores Areales de los niveles de educación inicial y educación primaria, directivos y docentes los días, horarios, establecimientos y la forma de la convocatoria a realizar, a fin de ejecutar el presente programa.
Artículo 4°: Hágase participar como disertantes de las jornadas, a los Directivos y Docentes de los establecimientos educativos en las cuales se desarrolle el proyecto (conjuntamente con el personal municipal afectado por el mismo), ya que estos, saben cómo abordar desde lo pedagógico la temática del contenido a transmitir.
Artículo 5°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 7 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 8 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Enrique H. Dezio, Secretario General.
Ordenanza N° 5054 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 8 de octubre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-10-0792/14, letra B, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Comodato con la Asociación Puerto Skate Baradero y;
Considerando que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades de las Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Convalídese el contrato de comodato, suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por el Intendente Municipal Aldo Mario Carossi y Asociación Puerto Skate, representado por su Presidente Javier Bozicovic, DNI 36.310.839, obrante a fs 50/50 vta del expediente 4009-10-0792/14, Letra B.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 7 días del mes de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD
BARADERO 8 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo Peris, Secretario de Gobierno.
Ordenanza N° 5055 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 9 de octubre de 2014.
Visto que le Departamento Ejecutivo Municipal solicita la convalidación del convenio donde se efectúa la cesión del Espacio Público y;
Considerando que en dicho espacio público se realizará el evento denominado “Fiesta de la Primavera 2014”.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Convalídese el Convenio de Cesión de Espacio Público, suscripto entre el Municipio de Baradero, representado por el Intendente Municipal Don Aldo M. Carossi y el Sr. Danilo Ezequiel Gallana, titular del DNI 32.269.468.-
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
FDO. Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 9 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Enrique H. Dezio, Secretario General.
Ordenanza N° 5056 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 9 de octubre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-10-10275/14, letra G y;
Considerando que le contribuyente ha recurrido las tasas de servicios sanitarios que recaen sobre la parcela de su propiedad, a raíz de la cual se ha realizado inspección ocular de la que surge que la parcela en cuestión posee una sola conexión de agua, según consta en expediente mediante informe expedido por la Dirección de Obras Sanitarias obrante a fs 13 del expediente ut supra referenciado.
Que el contribuyente no posee deuda anterior a la modificación de la tasa y que ha cumplido muy satisfactoriamente con todas las obligaciones tributarias municipales.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase al contribuyente titular de las cuentas: 23698-5, 23697-7, 23695-0, 23694-2, 23693-4, y 23696-9, de la tasa de servicios sanitarios, por el período 2014.-
Artículo 2°: Instálese medidores de agua en cada una de las cuentas, tal como se provee en la ordenanza impositiva 2014.-
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 7 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 9 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO. Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5057 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 9 de octubre de 2014.
Vistas las actuaciones que corren por expediente A 4009-20-07726/03, mediante el cual el Instituto San José solicita la eximición de la tasa de seguridad e higiene.
Atento que la institución está inscripta como entidad de bien público, con personería jurídica al 1° de junio de 1931/45/931; sin fines de lucro.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que otorga la Ley orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase por los ejercicios 2009- 2013 y 2014 al Instituto Hermanas Pobres Bonaerenses de “San José” ubicado en calle Anchorena 707, de la tasa por inspección de seguridad e higiene.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión ordinaria del día 7 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 9 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5058 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 9 de octubre de 2014.
Visto la solicitud interpuesta por el Instituto de Hermanas Pobres Bonaerenses de San José, en actuaciones que corren por expediente “I” 4009-20-012591/09 y expediente 4009-20-03978/92 y;
Considerando la función educativa que cumple la Institución,
Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase por el año 2014 al Instituto Hermanas Pobres Bonaerenses de San José, del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble sito en Circ II- Sec. B- Qta. 46- Mza. 46c- Parc 1ª, de esta ciudad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960, carece de todo régimen de eximición.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese al Departamento Elecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, en sesión ordinaria del 7 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 9 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5059 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 9 de octubre de 2014.
Visto la solicitud interpuesta por el Sr. Matti Marcelo Oscar, en actuaciones que corren por expediente “M” 4009-20-05767/12 y;
Considerando el resultado del estudio socio económico y;
Que el peticionante es una persona con capacidades diferentes, tal como lo acredita con el certificado de discapacidad expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, obrante a fs. 9;
Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase por el ejercicio 2014, al Sr. Matti Marcelo Oscar, titular del DNI 14.848.928, de la tasa por inspección de seguridad e higiene, comercio sito en calle Gazcón N° 322 de Baradero, Cuenta N° 3398.-
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 7 de octubre de 2014.-
FDO: Dra. Fernanda C. Antonjevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 9 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda L. López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5060 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 9 de octubre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente “T” 4009-20-10908/14, mediante el cual el Sr. Touzet Diego Gabriel, solicita eximición del llamado “Derecho de Construcción” con el fin de regularizar la obra a Hostería y;
Considerando que apoyar y fomentar este tipo de emprendimientos turístico hacen el desarrollo y crecimiento de una ciudad.
Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase del cincuenta por ciento ( 50 %) del pago de los Derechos de Construcción, al Sr. Touzet Diego, DNI 23.015.249, propietario del inmueble con destino a la construcción de una Hostería, sito en calle Salta 687 de la ciudad de Baradero, designada catastralmente como Circ. II- Sec B- Qta. 69- Mza. 69d- Parcela 10, correspondiente a la documentación obrante en expediente “T” 4009-20-10908/14.-
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 7 días del mes de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 9 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Arq. Ezequiel Lapadula, Secretario de Obras Públicas y Privadas y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5061 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 9 de octubre de 2014.
Visto la solicitud interpuesta por la Sra. Mará Vanina Negré en actuaciones que corren por expediente “N” 4009-20-013897/09,
Atento al resultado del estudio socio económico y;
Considerando que aún persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza 4490/11.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase por el año 2014 a los Sres. Sánchez Mauro M., y Negré María Vanina, de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en Circ. II- Sec. A- Qta. 5- Mza. 5ª- Parcela 20.- Cuenta 21956 de nuestra ciudad.
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 7 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 9 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5062 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 9 de octubre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente “D” 4009-20-11442/14, por el cual la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Baradero, solicita la eximición del pago de la tasa establecida para artesanos y micro emprendedores para los días 11, 12 y 13 de octubre en el Paseo del Puerto con motivo de llevarse a cabo la 12° Fiesta Provincial del Mate y;
Considerando la importancia de desarrollar el movimiento artesanal en nuestra ciudad y siendo esto además para los micro emprendedores una oportunidad para promocionar sus productos.
Que la mayoría de los artesanos que participan están relacionados con el rubro que identifica la fiesta y los mismos son invitados especialmente.
El Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase del pago de la tasa y /o canon establecido para artesanos y micro emprendedores locales, correspondiente a los días 11, 12 y 13 de octubre de 2014, a llevarse a cabo la 12° Fiesta Provincial del Mate.
Artículo 2°: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, en sesión ordinaria a los 7 días del mes de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 9 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5063 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 10 de octubre de 2014.
Visto el expediente 4009-20-11179/14, letra “E” en la cual se presenta la Sra. Esponda Beatriz solicitando la apertura de calle para lograr la accesibilidad de una zona en crecimiento poblado de varadero y;
Considerando que de acuerdo a la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la facultad de ordenar la apertura de calle para ser afectada al uso público es de competencia del Honorable Concejo Deliberante, lo que resulta del análisis del art. 27 de la referida ley, cuyo inc. 2 establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante: “El trazado apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes…”.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley:
ORDENANZA
Artículo 1°: Procédase a la apertura y afectación al uso y dominio público de la calle correspondiente a la ciudad de Baradero, determinada entre el inmueble Circ. II- Sec. A- Mza. 1ar- Quinta 1; dos cuadras de la calle Junín (1/2 calle) desde Jesús Callejas hacia Barranca; una cuadra de la calle sin denominación paralela a Jesús Callejas y una cuadra de calle sin denominación ( ½ calle) también paralela a Jesús Callejas, conforme Plano de mesura y División obrante a fs. 8 del expediente 4009-20-11179/14, “E”.-
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 7 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 10 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Héctor Scoppa, Secretario de Servicios Públicos.
Ordenanza N° 5064 del 7 de octubre de 2014 y promulgada el 20 de octubre de 2014.
Visto la necesidad de adquisición de equipamiento para el Hospital Municipal y Atención Primaria de la salud, y de renovar el parque automotor y de maquinarias municipal que permitan brindar mejores servicios a la comunidad y,
Considerando que para ello se deberán adquirir, consultorio clínico móvil, equipamientos para laboratorio y emergencias, como asi también para cirugía en Hospital Municipal, dos camiones volcadores, dos camionetas simple cabina, un generador eléctrico.
Que los mismos permitirán trabajar en mejores condiciones de seguridad e higiene a los trabajadores municipales.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades,
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar contrato de locación con opción de compra hasta la suma de pesos cuatro millones ($ 4.000.000=) bajo la modalidad de contratos de Leasing con Provincia de Leasing S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el art. 156 Inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2°: Los bienes objetos de esta contratación estarán destinados al equipamiento municipal de maquinarias, vehículos y bienes muebles en general para ser empleados en obras y servicios públicos.
Los vehículos a comprar son:
a) Un furgón tráiler rodante con triple consultorio: Marca Vigna nuevo de 8,40 metros de largo con equipamiento completo.
b) Una lámpara Sicalítica de Led de un satélite modelo de colgar, marca RIMSA, Modelo Pentaled Nueva.
c) Un analizados hematológico 8 a 18 parámetros, totalmente automático, nuevo.
d) Una torre de laparoscopía completa nueva, compuesta de cámara y fuente de luz, insuflador electrónico, cable de fibra óptica, monitor HD e instrumental, Amercian Lenox.
e) Un respirador Neumovent Grapnet nuevo.
f) Un coagulómetro M2 TECO nuevo con tecnología láser.
g) Un electrocardiograma nuevo ECG 1220.
h) Dos (2) desfibrilador automático nuevo con detección de necesidad de shock, marcaa Defibtech DDU-100 A.
i) Un (1) camión volcador marco IVECO Attack 170e22, cabina simple, Euro III, nuevo 0Km año, con carrocería tipo caja metálica y equipo hidráulico vuelco trasero de 8 metros cúbicos, nuevo sin uso.
j) Un camión volcador marca Iveco modelo 170e22, cabina simple, Euro III, nuevo 0Km año. Tercer eje completo (llantas y cubiertas) con carrocería tipo caja metalica y equipo hidráulico vuelco trasero de 15 metros cúbicos, nueva sinuso.
k) Dos camionetas Toyota Hilux DX Cabina simple 1 x 2 2.5 TDI nueva 0 Km.
l) Un generador eléctrico nuevo marca Cummins Power Generation Modelo C220 D5 de 220 Kva de potencia Stand by a 50 Hz.
m) Una incubadora para terapia intensiva y / o intermedia, marca Rosch, modelo ITR-T.
Artículo 3°: Estas contrataciones se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que la Provincia Leasing S.A. tiene implementadas para este tipo de operatoria.
Artículo 4°: Deróguese la ordenanza 5022/14.-
Artículo 5°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 7 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic, PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 10 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5065 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 23 de octubre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-11692/14, letra I, mediante el cual el Intendente Municipal solicita autorización para suscribir convenio con el Organismo de Control del agua de Buenos Aires (OCABA) y;
Considerando que se especifican las obligaciones de ese organismo Provincial, en la construcción, organización y puesta en funcionamiento, en forma conjunta, de un laboratorio Regional de análisis de muestras de los servicios públicos de agua potable y de efluentes cloacal e industriales.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio con el Organismo de control del Agua de Buenos Aires (OCABA) con domicilio legal en calle 5 N° 366, 9° Piso de la ciudad de La Plata, Pcia. Bs.As; representado por el Intendente Municipal Don Aldo M. Carossi y por su Director Presidente, Prof. Javier E. Coronel, respectivamente, en el que se especifican las obligaciones de ese organismo provincial y de la Comuna en la construcción, organización y puesta en funcionamiento en forma conjunta de un laboratorio regional de análisis de muestras de los servicios públicos de agua potables y efluentes cloacales e industriales, obrante de fs 27 a fs 30 del expediente 4009-20.11692/14.-
Artículo 2°: La Municipalidad de Baradero se reserva el derecho de solicitar el reintegro del inmueble a ceder al OCABA, en caso de que este último no cumpla con las condiciones fijadas en el convenio y /o con el destino previsto para el inmueble.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria, a los 21 días del mes de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 23 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Sr. Enrique H. Dezio, Secretario General y Prof. Leonardo Peris, Secretario Gobierno.
Ordenanza N° 5066 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 23 de octubre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-20-11799/14, letra I, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la Convalidación del Convenio con la Subsecretaría Social de Tierras Urbanismo y Vivienda del ministerio de Infraestructura; Red Cloacal y;
Considerando que el servicio de cloacas constituye una herramienta indispensable para la calidad de vida de la población,
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Convalídese el Convenio de “Programa de Financiamiento para infraestructura de Redes Públicas domiciliarias e intradomiciliarias de Servicios Básicos, obras complementarias y/o equipamiento comunitario”, suscripto entre el Municipio de Baradero representado por el Intendente Aldo Carossi y la Subsecretaría Social de Tierras, urbanismo, y viviendas del Ministerio de Infraestructuras, representado por el Dr. Fabián C. Stachiotti, con domicilio en Diagonal 73 N° 1568, esquina 56 de la ciudad de La Plata, obrante de fs. 7 a fs. 9, del expediente 4009-20-11799/14, letra I.-
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de varadero, Provincia de Bs. As., en sesión ordinaria a los 21 días del mes de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 23 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal. Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda y Sr. Héctor Scoppa, Secretario de Servicios Públicos.
Ordenanza N° 5067 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 23 de octubre de 2014.
Visto que mediante ordenanza 5042/14 se autorizó a suscribir contrato de arrendamiento destinado al alquiler de una nueva fiscalía, según obra en expediente “I” 4009-20-03001/11 a fs 70/72/72 vta y 73 y;
Considerando que el objeto de este alquiler es conveniente desde el punto de vista funcional unificando la Fiscalía existente cuyo contrato vence el 1° de junio de 2015, ya que ambas fiscalías funcionarán en el mismo edificio ubicado en calle Julián O’ Roarque 2388.-
Que la fiscalía actualmente está funcionando en calle Rodríguez 426 hasta que el nuevo contrato de locación entre en vigencia y cuya fecha será a partir del 1° de noviembre del corriente.
Que por otra parte, el Registro Civil debido a los hechos acaecidos el 21 de marzo del año de 2010 y que fueron el público conocimiento tuvo que ser trasladado a la calle Cabrera 1441 y donde aún funciona.
Que si bien se trata de un organismo provincial, no podemos ignorar que dicho lugar no cuenta con las condiciones básicas tanto para la atención al ciudadano como para sus empleados, y que es necesario que el municipio actúe inmediatamente en protección de los vecinos.
Que el inmueble de calle Rodríguez 426 reúne las condiciones para poder funcionar como Registro Civil, situación que ha sido consensuada con la Dirección Provincia pertinente.
Que el locador del inmueble mencionado en el considerando anterior ha expresado su consentimiento con el cambio de la finalidad contractual.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Revalídese la Resolución dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, registrada bajo el N° 331/14.-
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria a los 21 días del mes de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 23 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO; Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5068 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 23 de octubre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente “C” 4009-20-11118/14, en la cual el Centro Tradicionalista “El Maneador” Santa Coloma, solicita eximición de la tasa por derechos de espectáculos públicos por la realización de un evento de jineteada en su campo y;
Considerando que el citado evento ha producido una indiscutible promoción de nuestro partido en el ámbito zonal.
Que es importante promover y regular las actividades culturales en el Partido de Baradero.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase al Centro Tradicionalista “El Maneador” de Santa Coloma, del pago de los derechos por espectáculos públicos correspondiente al Festival criollo que se realizara el día 10 de agosto de 2014 en su campo de doma ubicado en la localidad de Santa Coloma.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 21 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 23 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5069 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 23 de octubre de 2014.
Visto la solicitud interpuesto por el Sr. Juan J. Hegi, en actuaciones que corren por expediente H 4009-20-10171/14.
Atento al resultado del estudio socio económico y;
Considerando que la presente media se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase al Sr. Juan J. Hegi, titular del DNI 4.740.453 por el año 2014 del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad, con la siguiente nomenclatura catstral: Circ. I- sec. B- Mza. 114, Parcela 1k- de esta ciudad. Cuenta N° 20138.-
La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 21 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 23 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5070 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 23 de octubre de 2014.
Visto la campaña de prevención del Cáncer de Mama que realiza ABALCEC Baradero, durante el mes de octubre de 2014.
Considerando que el mes de concientización sobre el Cáncer de Mama es una campaña anual de salud internacional organizada por las más importantes instituciones de caridad para el cáncer de mama con el objetivo de aumentar la concientización sobre la enfermedad, recaudar fondos para la investigación de su causa, su prevención y su cura. La campaña también ofrece información y ayuda para aquellos afectados por el cáncer de mama. El objetivo de la campaña desde sus inicios ha sido el de promover la mamografía como el arma más efectiva en la lucha contra el cáncer de mama.
Como parte de la misma, en nuestra ciudad, ABALCEC – Baradero prevé la entrega del Lazo Rosa a fin de concienciar sobre el cáncer de mama, folletos informativos y realización de mamografías gratis para quienes no tengan cobertura social. Asimismo este año, en la medida de lo posible se intentará iluminar de rosa el edificio municipal, en adhesión a la campaña de iluminación global, durante el último fin de semana de octubre, a cuyos fines las integrantes de ABALCEC Baradero han solicitado la adhesión y colaboración de este Honorable Concejo Delibernate, como asimismo del Departamento Ejecutivo de nuestra ciudad.
Es de destacar que a nivel mundial, el primer lazo rosado fue introducido en EE.UU., por la Fundacion Susan G. Komen del Cáncer de Mama, ellos regalaron viseras rosadas a los sobrevivientes del Cáncer de Mama, ellos regalaron viseras rosadas a los sobrevivientes del Cáncer de Mama que estaban corriendo en el Maratón por la Cura desde finales del año 1990. Un par de meses después, en el año 1991cada participante de la Carrera de la Ciudad de Nueva York recibió un lazo rosado. Alexandra Penney, quien era en 1992 la editora de Self, una revista de salud para mujeres, estuvo trabajando en la segunda edición anual de la concienciación sobre el Cáncer de Mama (NBCAM). La que fuera la vicepresidenta general de Estée Lauder, Evelyn Lauder, recibió la invitación para ser la editora invitada de la edición NBCAM de 1992. Penny y Lauder empezaron con la idea de hacer lazos y obtener el apoyo del gigante de cosméticos, apra distribuirlos a través de las tiendas en la ciudad de Nueva York. Evelyn Lauder se comprometió a distribuir los lazos por todo EEUU, sin embargo, hasta el momento no se había tomado una decisión entorno al color del mismo. El nuevo color de la cinta, sería el rosa y se convertiría en un símbolo internacional de la concienciación del cáncer de mama.
La iluminación global: La compañías Estee Lauder hacen los arreglos necesarios para que varios monumentos famosos alrededor del mundo sean iluminados con una luz color rosa para atraer la atención (tal como el lazo rosado) hacia la importancia y el diagnóstico a tiempo del cáncer de mama y la investigación para encontrar maneras de curarlo y prevenirlo.
A su vez, en nuestro país son muchísimos los edificios o monumentos famosos, que se iluminan de ese color, incorporándose a la campaña global. Así se ha visto rosada, la Bombonera, El Obelisco o el Hipódromo de Palermo, además de los edificios gubernamentales, municipalidades o monumentos oficiales en distintas ciudades del país.
Además, durante este mes, distintas marcas comerciales nacionales e internacionales adhieren a la prevención, incentivando a la realización de los controles anuales, ya que tal como ha informado LALCEC, este tipo de cáncer se puede detectar precozmente y se reduciría a un 30 por ciento la mortalidad por la enfermedad con la realización de mamografías, ya que si el tumor es hallado en su primera etapa puede curarse, por lo que es de vital importancia la realización de estudios para detectarlo.
Antonio Larusso, director médico de LACEC y profesor titular consulto de la Universidad de Buenos Aires (UBA), sostuvo que “el cáncer in situ de la mama, denominación que se aplica al tumor que generalmente no se detecta en el examen médico, sino que se visualiza por mamografía, se cura en casi el 100 por ciento de los casos y en aquel tamaño es menor de un centímetro, el porcentaje es de aproximadamente 90 %. De ahí la importancia de la prevención y la detección temprana de la enfermedad.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Baradero en uso de las facultades otorgadas por la ley orgánica de las municipalidades sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Declárase de interés legislativo y municipal, la campaña de prevención contra el cáncer de mama que lleva adelante “ABALCEC BARADERO” , durante el mes de octubre de cada año en nuestra ciudad.
Artículo 2°: Adherir a la dicha campaña contra el cáncer de mama.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, regístrese y archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, en sesión ordinaria del día 21 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, secretario de HCD.
BARADERO, 23 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO; Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Enrique H. Dezio. Secretario General.
Ordenanza N° 5071 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 24 de octubre de 2014.
Visto que por expediente 4009-10-0673/14, letra M, la Sra. Johanna Marconi, solicita estacionamiento de motos y;
Considerando que es de suma necesidad seguir trabajando en pos del ordenamiento vehicular.
Que la medida tomada ha sido beneficiosa para el estacionamiento, dando fluidez en el movimiento de los vehículos.
Que de acuerdo a lo prescripto por el art 27 inc 18 de la Carta Orgánica Municipal es resorte Municipal el dictado de reglamentos, ordenanzas y códigos vinculados al funcionamiento del tránsito de personas como de vehículos y al estacionamiento en la vía pública.
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Establecese a partir de la promulgación de la presente el estacionamiento de motocicletas, ciclomotores, cuatriciclos y triciclos en la esquina de calle Bulnes y Anchorena, por calle Anchorena sentido ascendente, numeración impar, de esta ciudad.
Artículo 2°: Fijase como lugar exclusivo de los vehículos mencionados en el artículo precedente en espacio ubicado en el extremo de la cuadra a una distancia no menor de cinco (5) metros de la línea de edificación de la esquina e identificado mediante el pintado del cordón de la vereda de color rojo en una extensión de cinco (5) metros respectivamente.
Artículo 3°: Impleméntese a través del área correspondiente, un sistema de amarre en toda la extensión del lugar destinado al efecto.
Artículo 4°: Por la oficina municipal correspondiente se efectuará la señalización pertinente.
Artículo 5°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 21 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 24 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Sr. Enrique H. Dezio, Secretario General.
Ordenanza N° 5072 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 24 de octubre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente C 4009-20-11353/14, en la cual el Centro Tradicionalista “El Penacho” de Ireneo Portela solicita la eximición de la tasa por derechos de espectáculos públicos por la realización de un evento de jineteada en su campo, el día 31 de agosto de 2014 y;
Considerando que el citado evento ha producido una indiscutible promoción de nuestro partido en el ámbito zonal.
Que es importante promover y regular las actividades culturales en el Partido de Baradero.
Que el artículo 40 de la ley orgánica de las Municipalidades faculta al Honorable Concejo Deliberante a establecer exenciones de tributos municipales con fines de promoción y apoyo a las actividades económicas y zonales.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase al Centro Tradicionalista “El Penacho” de I. Portela, del pago de los derechos por espectáculos públicos correspondiente al evento que se realizara el día 31 de agosto de 2014 en su campo de doma ubicado en Germán Frers de la localidad de Ireneo Portela.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 31 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 24 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5073 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 28 de octubre de 2014.
Visto la ordenanza 3883/2008 “Entidades de Bien Público, Educativas, Culturales, Sindicales, Sociales y Deportivas de varadero y los Cultos Religiosos reconocidos”, y
Considerando que la misma no considera la Tasa de derechos de usos de playa, riberas y puertos, artículo N° 18 de la ordenanza impositiva 2014 y la tasa por inspección de seguridad e higiene, artículo N° 7 de la misma Impositiva.
Que es necesario el aporte del Estado Municipal en pos de colaborar con aquellas entidades de bien público que trabajan en fortalecimiento de la sociedad en su conjunto, formando en valores sociales a jóvenes y adultos de nuestra ciudad.
Que la Ley orgánica de las Municipalidades faculta al Honorable Concejo Deliberante en su artículo N° 40 a establecer un régimen de exenciones parciales o totales de tributos municipales, las que serán de carácter general y tendrán vigencia por el ejercicio correspondiente al de la fecha en que se dicte la medida, siempre que no resulten incompatible con los beneficios de esas instituciones y su sostenimiento económico.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferida por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Modifíquese el artículo 1 de la ordenanza registrada bajo el N° 3883/08, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Exímase de las Tasas de Alumbrado, barrido, limpieza y conservación de la vía pública, servicios sanitarios, red vial, tasa por inspección de seguridad e higiene y derechos de usos de playas, riberas y puertos, a las Entidades de bien público registradas para su misión específica. Entidades o comisiones de fomento, asistencia social, deportivas, científicas, artísticas y culturales, de educación e instrucción, reconocidas por la Municipalidad, autoridad competente y / o con personería jurídica conforme a la legislación vigente, que no persigan fines de lucro y los ingresos estén destinados exclusivamente a sus fines.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 21 de octubre de 2014.
BARADERo, 28 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
Ordenanza N° 5074 del 21 de octubre de 2014 y promulgada el 28 de octubre de 2014.
Visto las actuaciones que corren por expediente 4009-10-830/14, Letra A, donde se solicita la adhesión a la Ley 14226, de participación de los trabajadores de la salud y seguridad en el Empleo Público de la Provincia de Buenos Aires y;
Considerando a ley precipitada de máxima importancia, dado que su finalidad es trabajar en conjunto con metodologías participativas, para mejorar las condiciones laborales de todos los trabajadores que prestan sus tareas dentro del ámbito de su municipio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: La Municipalidad de Baradero se adhiere a todos los términos a la Ley Provincial N° 14.226 de Participación de los trabajadores en la Salud y Seguridad en el Empleo Público de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de varadero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 21 de octubre de 2014.
FDO: Dra. Fernanda C. Antonijevic. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.
BARADERO, 28 de octubre de 2014.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.
FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Sr. Enrique H. Dezio, Secretario General y Cra. Leda López, Secretaria de Hacienda.
D E P A R T A M E N T O E J E C U T I V O

D E C R E T O S

Decreto N° 539 del 01 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 2.000=. Asociación Civil River Plate- Filial varadero, para solventar gastos de contratación de grupo de animación musical para Cena de reinauguración de dicha filial.
Decreto N° 540 del 01 de octubre de 2014.
Abonando durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2014 al personal municipal, permanente y contratado, una suma no remunerativa equivalente al 8 % ( ocho por ciento) del salario básico conformado al mes de abril de 2014.
Decreto N° 541 del 01 de octubre de 2014.
Eximiendo por el año 2014 al Sr. Moscoso Colque Sergio, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 542 del 02 de octubre de 2014.
Llamando a licitación privada N° 11/2014, por el término de 10 días efectuando publicación en diarios y / o periódicos locales y zonales por 3 días, para ceder en permiso de uso precario, a título oneroso, y con destino a la siembra de los cultivos que infra se especificarán, a las superficies de tierra adyacentes a las rutas provinciales y caminos municipales que se Detallan en decreto N° 527/14.-
Decreto N° 543 del 2 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 3.500= Escuela Secundaria Básica N° 7, para solventar gastos por viaje de alumnos de 1er. Año a la Feria- Tecnópolis.
Decreto N° 544 del 3 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. Escuela de Educación Secundaria N° 6, para solventar gastos de organización de Cena Anual de la institución.
Decreto N° 545 del 3 de octubre de 2014.
Eximiendo por el año 2014 a la Sra. Solera Carina Edith, del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 546 del 3 de octubre de 2014.
Contratando bajo el régimen de locación de servicios, por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2014 inclusive, al Dr. Demergasso, Hugo Eduardo, para cumplir funciones en la Junta Evaluadora para la emisión del certificado Único de Discapacidad.-
Decreto N° 547 del 7 de octubre de 2014.
Ampliando el Cálculo de Recursos.
Decreto N° 548 del 7 de octubre de 2014.
Ampliando el Cálculo de Recursos.
Decreto N° 549 del 7 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 3.000=. Escuela de Educación Secundaria N° 9. Para solventar gastos por viaje de alumnos a Tecnópolis.
Decreto N° 550 del 8 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 7.000=. Escuela Secundaria N° 1- Alsina. Para solventar gastos de viaje a Tecnópolis.
Decreto N° 551 del 8 de octubre de 2014.
Contratando durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2014 inclusive, mediante locación de servicios a la Srta. Matto Daniela E., para funciones de Coordinadora en la localidad de Alsina, en el marco del programa de responsabilidad social compartida Envión.-
Decreto N° 552 del 8 de octubre de 2014.
Modificando Presupuesto 2014.
Decreto N° 553 del 9 de octubre de 2014.
Modificando Presupuesto 2014.
Decreto N° 554 del 9 de octubre de 2014.
Modificando Presupuesto 2014.
Decreto N° 555 del 10 de octubre de 2014.
Poniendo en funciones de Jefe de compras, carácter de interino del 14 al 20 de octubre de 2014 inclusive, a la Agente Martínez Paola Luján.
Decreto N° 556 del 10 de octubre de 2014.
Contratando bajo el régimen de locación de servicios, hasta el 31 de diciembre de 2014 inclusive al Lic. en trabajo Social Sr. Roldán Facundo E., para funciones en el Servicio local de Protección de los derechos del niño y adolescente.
Decreto N° 557 del 10 de octubre de 2014.
Contratando desde el 1° de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2014 inclusive mediante locación de servicios a la Lic. en Trabajo Social, Sra. Ruiz Díaz Aldana, para cumplir funciones en el Servicio Local de Protección de los Derechos del Niño y Adolescentes.
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Decreto N° 558 del 10 de octubre de 2014.
Contratando desde el 1° de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2014 inclusive, mediante locación de servicios a la Psicologa Srta. Wüthrich Pamela S., para funciones en el Servicio Local de Protección de los Derechos del Niño y Adolescentes.
Decreto N° 559 del 10 de octubre de 2014.
Determinando la cesantía de la relación de empleo que mantiene con el Municipio de Baradero al Sr. Romero José Luis. Art. 64, Inc. 2°- Primera parte de la Ley 11.757.
Decreto N° 560 del 10 de octubre de 2014.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:
Del 1/10/2014 al 31/10/2014:
Acuña Luciano A. 16 hs semanales. Taller de Bajo. $ 1.280= mensuales.
Aguilar María Florencia. 16 hs semanales. Taller de Literatura. $ 1.280= mensuales.
Albelda Mónica B. 16 hs semanales. Taller de Telar. $ 1.280= mensuales.
Alegre Rebeca J. 20 hs semanales. Taller de Apoyo Escolar en I. Portela. $ 1.600= mensuales.
Alejandrini Matías J. Taller de Murgas en Centro Cultural y Escuelas Secundarias.
Alí Pablo E. 20 hs semanales. Taller de Música. $ 1.600= mensuales.
Álvarez Micaela V. 20 hs semanales. Taller de computación. $ 1.600= mensuales.
Arévalo Gladis M. 26 hs semanales. Taller de alfarería. $ 2.080= mensuales.
Arrieta Camila. 20 hs semanales. Taller Integral. $ 1.600= mensuales.
Barrascoso Rosana. 12 hs semanales. Taller de gimnasia en I. Portela. $ 960= mensuales.
Basualdo Javier I. Conducción en programa radial y grabación de publicidades. $ 3.000= mensuales.
Benítez Nancy H. 20 hs semanales. Taller de fieltro. $ 1.600= mensuales.
Bernaldo de Quirroz Ramiro. 35 hs semanales. Coordinación y mantenimiento. $ 3.789,87= mensuales.
Cabrera Fiorella. 18 hs semanales. Taller de informática. $ 1.440= mensuales.
Cáceres Juan O. 16 hs semanales. Taller de fútbol. $ 1.280= mensuales.
Cáceres Mónica A. 16 hs semanales. Taller de manualidades. $ 1.280= mensuales.
Capriglioni Rita E. 16 hs semanales. Taller de manualidades. $ 1.280= mensuales.
Collazo Emilce. 20 hs semanales. Taller de turismo. $ 1.600= mensuales.
Deleglise Liliana I. 20 hs semanales. Taller de manualidades en cIC. Hogar del Niño y Hogar de Ancianos.
$ 1.600= mensuales.
Díaz Víctor D. 20 hs semanales. Taller de Iniciación Musical y Canto. $ 1.600= mensuales.
Draghi María Alejandra. 16 hs semanales. Taller de cerámica en frio. $ 1.280= mensuales.
Fernández Erika V. 20 hs semanales. Taller de murga. $ 1.600= mensuales.
Figueredo Valeria J. 16 hs semanales. Taller de macramé. $ 1.280= mensuales.
Libonatti Delfina P. 18 hs semanales. Taller de diseño de indumentaria. $ 1.440= mensuales.
López Chirino Florencia. Taller de manualidades- Integral. 20 hs semanales. $ 1.600= mensuales.
Marzoa Ivana G. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar. $ 1.600= mensuales.
Masud Juan M. 20 hs semanales. Taller de teatro y Cocina. $ 1.600= mensuales.
Miranda Javier Ernesto. 44 hs semanales. Logística y taller de tango. $ 4.902,08= mensuales.
Misenti Nahuel J. 30 hs semanales. Taller de folklore. 30 hs semanales. $ 2.400= mensuales.
Orduña María A. 20 hs semanales. Taller de inglés en Alsina. $ 1.600= mensuales.
Páez Fabiana L. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en Alsina. $ 1.600= mensuales.
Reinafe Sheila N. 20 hs semanales. Taller de cocina. 20 hs semanales. $ 1.600= mensuales.
Rithner Damián. 30 hs semanales. Logística en Cultura. $ 4.358,35= mensuales.
Rivadeneira Leticia M. 20 hs semanales. Taller de tejido en Alsina. $ 1.600= mensuales.
Rivas Enrique A. 16 hs semanales. Taller de teatro. $ 1.280= mensuales.
Rodríguez Sandra M. 16 hs semanales. Taller de folklore en Sta. Coloma. $ 1.280= mensuales.
Romero Simón A. 20 hs semanales. Taller de Taekwondo. $ 1.600= mensuales.
Salaberry Juan I. 20 hs semanales. Taller de percusión. $ 1.600= mensuales.
Santos Natalia E. 20 hs semanales. Taller de dibujo. $ 1.600= mensuales.
Solari Celeste. 20 hs semanales. Taller de lenguaje de señas. $ 1.600= mensuales.
Usandizaga Pablo M. 16 hs semanales. Logística en eventos. $ 1.600= mensuales.
Vergani María V. 20 hs semanales. Taller de origami. $ 1.600= mensuales.
Vici Yanina S. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en CIC. $ 1.600= mensuales.
Videla Miriam N. 20 hs semanales. Taller de Saxo. $ 1.600= mensuales.
Wuthrich Amalia I. Taller de salsa y gimnasia en CIC. 24 hs semanales. $ 1.920= mensuales.
Decreto N° 561 del 10 de octubre de 2014.
Asignando funciones de Oficial Notificador “Ad-hoc” a los siguientes Agentes Municipales:
Mercado Susana.
Llamas Alejandro.
Goddard Clelia.
Ghio Rita Luciana.
Virgile Silvia.
Decreto N° 562 del 10 de octubre de 2014.
Estableciendo para contribuyentes encuadrados en Art. 4 Item C, Inc. 1° que se encuentren al día y / o cancelen toda deuda anterior de la tasas por servicios sanitarios, y / o ingresen en planes de pago vigentes, el beneficio de cancelar sus deudas devengadas hasta el 30 de diciembre de 2014, conforme a las tarifas que corresponden a servicios sin medición.
Decreto N° 563 del 14 de octubre de 2014.
Dando de baja a bienes inventariados en distintas dependencias municipales, por encontrarse en estado de desuso, deterioro, rotura definitiva, u otros motivos.
Decreto N° 564 del 14 de octubre de 2014.
Incrementando la retribución de las Guardias Médicas Activas de 24 (veinticuatro) horas en las suma de $ 3.000= y el de las Guardias Pediátricas Activas de 24 horas en la suma de $ 3.500=.
Decreto N° 565 del 14 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 3.700=. Escuela Primaria N° 1. Para solventar gastos por viaje de alumnos a Feria de ciencias y tecnología – Tecnópolis.
Decreto N° 566 del 15 de octubre de 2014.
Modificando Artículo 1° del Decreto N° 468/14, para dotar de fondos a la U.C.E.P., e incrementar los montos de la caja chica que percibe la Policía Comunal.
Decreto N° 567 del 15 de octubre de 2014.
Premiando a Establecimientos Educacionales, de acuerdo al Concurso de Carrozas, Murgas/Batucadas de la Fiesta de la Primavera 2014:
Carrozas:
1° Puesto Instituto “Santiago Ferrari”…$ 4.000=
2° Puesto Escuela Normal Superior N° 4 “Marcos Sastre”…$ 4.000=.
3° Puesto Escuela de Educación Secundaria Técnica N° 1”Batalla de la Vuelta de Obligado”…
$ 4.000=.
4° Puesto Instituto “San José” …$ 4.000=.
Murguitas:
Asociación de Padres y Amigos del Jardín de Infantes Municipal “Presidente Irigoyen”…$ 3.000=
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Decreto N° 568 del 15 de octubre de 2014.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:
Del 1°/10/2014 al 31/10/2014
Aguerre del Bene Ana M. Tareas de Médica en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 4.914,82= mensuales.
Alanis Adriana B. 140 hs mensuales. Taller de Danzas Folclóricas. $ 2.991,63= mensuales.
Bardessono Marisa K. Terapista Ocupacional en Hospital Municipal $883,95= mensuales, Clases Taller de la Memoria $ 969,75= mensuales y Terapia Ocupacional en Hogar de Ancianos $ 1.586,15= mensuales.
Bechtholt Dora E. 35 hs semanales. Sec. Turismo. $ 3.400= mensuales.
Caballero Regina. Para realización de certificados médicos para Registro de conducir y visitas domiciliarias a domicilios de agentes con licencias médicas.
$ 7.162,26= mensuales.
Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
Casas Cecilia. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Concilio Juan S. 35 hs semanales. Taller de Coro Juvenil. $ 3.400= mensuales.
Erpen Lucila. 24 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 10.179,90= mensuales.
Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento legal en Dcción Producción. $ 8.657,98= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Farías Horacio I. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
Fussinato Jorge M. tareas de coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos educativos y administrativos con la UBA. $ 7.798,91= mensuales y reconocimientos de viáticos.
Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.698,34= mensuales.
Gallardo Carolina. Fonoaudióloga en Hospital Municipal. $ 2.706,72= mensuales.
Giménez Lidia N. 44 hs semanales. Tareas en Dcción atención primaria de la salud. $ 4.902,08= mensuales.
Giordano Camilo H. Médico en localidad de Alsina. $ 16.421,34= y por guardias activas de 24 hs $ 2.100= cada una.
Girotti María Estela. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Tareas en Dcción de Obras. $ 6.264,23= mensuales.
Hebeisen Alberto O. 35 hs semanales. Profesor de gimnasia. $ 4.358,35= mensuales.
Idiart María F. 6 hs semanales. Kinesióloga fisiatra. $ 2.849,17= mensuales.
Labriola Mariana L. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 10.179,90= mensuales.
León Esteban. 35 hs semanales. Profesor de E. Física. $ 4.358,35= mensuales.
Mussi Marina. 6 hs semanales. Kinesióloga Fisiatra. $ 2.849,17= mensuales.
Negré Néstor R. 48 hs semanales. Tareas en Concejo deliberante. $ 6.218,84= mensuales.
Olmos María E. 35 hs semanales. Tareas en Dcción atención primaria de la Salud. $ 4.358,35= mensuales. .
Ottina Marcos N. 35 hs semanales. Profesor Educación Física. $ 2.662,20= mensuales y reconocimiento de viáticos.
Pellegrino Sergio. Tareas en Hospital Municipal. $ 6.953,75= mensuales.
Pulido Araceli R. 35 hs semanales. Profesora de gimnasia. $ 4.358,35= mensuales.
Ravettino María I. 18 hs semanales. Psicóloga en Hogar de Ancianos y Hospital Municipal. $ 4.415,83= mensuales.
Sartor Carlos E. tareas en Secretaría de obras. Inspección obras públicas con uso de vehículo propio. $ 6.756,51= mensuales.
Scollo José L. 35 hs semanales. Taller de Teatro. $ 4.358,35= mensuales.
Schachttel Juan P. Médico traumatólogo en Hospital Municipal. $ 4.914,81=, y por guardias activas de 24 hs la suma de $ 3.000=.
Zarich María Melina. 10 hs semanales. Odontóloga. $ 3.096,92= mensuales.
Decreto N° 569 del 16 de octubre de 2014.
Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble, a favor del Sr. Otarola José Luis y otra.
Decreto N° 570 del 16 de octubre de 2014.
Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble, a favor del Sr. Hunziker Rafael Oscar y otra.
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Decreto N° 571 del 16 de octubre de 2014.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:

ACOSTA, Horacio Alcides, DNI. Nº 10.646.761, para realizar tareas de Obrero en la localidad de ALSINA, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

ALÍ BROUCHOUD, Ismael Esteban, DNI. Nº 8.382.455, para realizar tareas de Abogado en el Centro de Protección a las Víctimas, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.640,55=, más reconocimiento de viáticos.

ALTAMIRANO, Adriana Mercedes, DNI. Nº 25.275.080, para realizar tareas de Servicio y Maestranza en el Hogar del Niño “Juan XXIII”, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

ALTAMIRANO Claudio Adolfo. 48 hs semanales. Obrero Chofer. $ 6.215,84= mensuales.
AMENDOLA EZEQUIEL. 35 hs semanales. Obrero. $ 4.358,35= mensuales.

ARNOLFO, Humberto, DNI. Nº 28.346.030, para realizar tareas en la Dirección de Obras Públicas y Privadas, con una jornada laboral de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 7.689,95=.

ARRIETA, Graciela María – DNI. Nº 21.499.150, para tareas dependientes del Juzgado de Falta Municipal (notificadora), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

AVALOS, Fidel Andrés, DNI. Nº 27.346.829, para realizar tareas de Obrero dependiente de la Delegación de Ireneo Portela, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

BALIELA GRASSINO, Carlos, DNI. Nº 22.054.889, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardias Activas y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

BARATTINI, Juan Eduardo, DNI. Nº 25.579.396, para tareas de Profesor de Educación Física dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.

BARRÁS, Jennifer Carolina, DNI. Nº 35.999.817, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Presupuesto, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimiento de viáticos.

BARTONEK, Jorge Miguel, DNI. Nº 39.147.408, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

BASUALDO, Berenice Florencia, DNI. Nº 34.044.385, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

BELÉN, Leandro Julián, DNI. Nº 31.536.104, para realizar tareas de Coordinación en el Cementerio Local, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=, más reconocimiento de viáticos.

BELLO, Ornella Solange, DNI. Nº 36.094.460, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

BERAYRA, José Felipe, DNI. Nº 4.748.294, para realizar Tareas Generales de Obrero dependiente de la Dirección Gral. de Espacios Públicos, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.073,38=.

BOGADO, Gustavo Andrés, DNI. Nº 24.403.652, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. de Inspección y Seguridad (Inspector de Comercio), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimiento de viáticos.

BOGLIOLO, Heraldo, DNI. Nº 25.018.775, para tareas de Veterinario dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.791,26=.

BORDÓN, Verónica Beatriz, DNI. 22.951.582, para realizar tareas dependientes de la Secretaría de Hacienda (Dirección de Informática), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 7.404,36=, más reconocimiento de viáticos.

BRACAMONTE, Sebastián Emiliano, DNI. Nº 35.639.636, para realizar tareas de (Enfermero) en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

BRAILLARD SCHEITLIN, Ingrid, DNI. Nº 30.903.069, para tareas de Profesora de Educación Física en el Jardín de Infantes Municipal Nº 2 “Gabriela Mistral” – DIPREGEP 2230 de la Loc. de STA. COLOMA, con una jornada de labor de 1 H. semanal y en el Jardín de Infantes Municipal Nº 5 “Martha Salotti” – DIPREGEP 3570, con una jornada de labor de 2 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 1.200,00.

BRETHAUER, Rodrigo, DNI. Nº 32.335.834, para realizar tareas en la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (corte de calle, educación vial, señalización horizontal, vertical e informativa), con jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

BRIONI, Mario Ezequiel, DNI. Nº 22.261.449, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Cultura, Educación y Turismo (logística, chofer, seguimiento y mantenimiento de la página municipal, realizaciones fotográficas y fílmicas de áreas municipales), con una remuneración mensual de $ 6.215,84=, más reconocimiento de viáticos.

BUÉ, Lourdes Nahimé, DNI. Nº 38.370.147, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Técnica Laboratorio), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

BULGARELLA, Rodrigo Jesús, DNI. Nº 33.691.758, para realizar tareas administrativas en la Dirección Gral. de Rentas, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

CÁCERES, Pablo Gabriel, DNI. Nº 38.584.320, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

CANTERO, Ariel, DNI. Nº 26.768.747, para realizar tareas de obrero en la Localidad de Santa Coloma, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

CARMONA, Nabila Daiana, DNI. Nº 35.115.084, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

CASAL, Eduardo Alfredo, DNI. Nº 14.156.739, para tareas de Profesor de Educación Física (Escuela de Arqueros), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.

CHAPUIS, Milton Yamil, DNI. Nº 35.404.920, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

CIAPONI, Vanesa Liliana, DNI. Nº 28.134.319, para realizar tareas en el Hogar del Niño “Juan XXIII” (Docente), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

CICERO ESTEFANIA. Médica de guardias y 107, en Hospital Municipal. $ 2.500= por guardia activa de 24 hs.

CONTRERAS, Marcelo Rubén, DNI. Nº 18.001.383, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Traumatólogo) y una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

CUIS CASINO, Roberto José Manuel, DNI. Nº 29.032.151, para tareas de Prof. de Educación Física (Loc. Alsina) dependiente de la Dirección de Deportes y Actividades Recreativas, con una remuneración mensual de $ 1.637,59=.

DAVASSE, María Eugenia, DNI. Nº 28.346.149, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

DE MARCHI, Damián Esteban, DNI. Nº 31.250.199, para tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardias y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por Guardia Activa de 24 Hs.

DELEGLISE, María Ivana, DNI. N° 33.851.516, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Técnica Laboratorio), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.215,84= , y $ 200,00 por guardia pasiva.

DELUCA, Pablo Horacio, DNI. Nº 28.308.870, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardia y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

DESCALZO, Yasmín Adelina, DNI. Nº 33.851.553, para realizar tareas administrativas dependientes de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.646,25=.

DE VINCENZO, María Fernanda, DNI. Nº 30.433.550, para realizar tareas en el Servicio Local de Protección de los Derechos del Niño y Adolescentes (Psicóloga), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.510,30=.

DIPASQUALE, Carla, DNI. Nº 34.044.211, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

DIPASQUALE, Nino Carlos, DNI. Nº 31.850.921, para tareas de Profesor de Educación Física (Loc. de Alsina) dependiente de la Dirección de Deportes y Actividades Recreativas, con una remuneración mensual de $ 2.662,04=.

DUBARRY DAUBIÁN, Andrés, DNI. Nº 35.999.809, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

EJARQUE Silvio Roberto. 36 hs semanales. Médico Oncólogo. Hospital Municipal. $ 4.000= mensuales.

ESPINOSA, María Soledad, DNI. Nº 32.166.050, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardias y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

ESPINOSA, Manuel Conrado, DNI. Nº 10.673.782, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (Cortes de calle, manejo, corte de pasto y barrido), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

ESQUIVEL, Néstor Alejandro, DNI. Nº 17.989.950, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

FARÍAS, Mariana Soledad, DNI. Nº 34.044.396, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Administrativa del Hospital Municipal (Administrativa – Mesa de Entradas y Estadísticas), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

FERNÁNDEZ, Alicia Romina, DNI. Nº 27.588.727, para realizar tareas administrativas en la Secretaría de Servicios Públicos, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=

FERREYRA, Cintia Valeria, DNI. Nº 30.897.079, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Instrumentista), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35= ; y por guardias del servicio una remuneración de $ 1700,00.

FLORES, Alejandra Noemí, DNI. N° 25.901.755, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Servicio y Maestranza), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

FRANCCHINI, Marcelo Darío, DNI. Nº 16.949.680, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (consultorio externo 3 veces por semana – Atención de Salas de lunes a viernes y los fines de semana disponibilidad en reemplazo del Dr. Mecco, Jorge), con una remuneración mensual de $ 4.830=, y atención de lunes a viernes de 15,00 hs a 17hs en el Hospital Municipal y visitas domiciliaria del personal municipal con licencia médica $ 6.900=.

GAETÁN, Andrea Susana, DNI. N° 25.016.013, para realizar tareas dependientes de la Secretaría de Hacienda, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

GAETANO, María Soledad, DNI. N° 25.290.062, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica Infectóloga), con una jornada de labor de 6 Hs. semanales y una remuneración de $ 6.325=.
GAMBA, María Daniela, DNI. Nº 29.652.823, para tareas en la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (corte de calle, educación vial, señalización horizontal, vertical e informativa), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=.

GARCÍA, Carlos Gabriel, DNI. Nº 14.848.954, para realizar tareas dependiente de la Secretaria de Obras Públicas y Privadas (Inspector de Obras), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración de $ 6.358,29=.

GARCIA Roberto Alejandro. Tareas de ecografías e informes de tomografías. $ 10.000= mensuales.
GARCÍA, Viviana Marcela, DNI. Nº 17.742.517, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Prevención de la Salud (Obstetra), con una jornada de labor de 6 Hs. semanales en Salas Periféricas y 2 Hs. en el C.A.P.S de Alsina, con una remuneración mensual de $ 5.000=, más reconocimiento de viáticos.

GARRO, Norma Telma, DNI. Nº 11.996.303, para realizar tareas administrativas en la Secretaría Privada, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.678=.

GAZABA, Gastón, DNI. Nº 31.349.869, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médico de Guardias General y Servicio 107), con una remuneración mensual de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

GÉREZ, Adolfo Eduardo, DNI. Nº 10.559.002, para realizar Tareas Grales. de Obrero dependiente de la Dirección Gral. de Espacios Públicos, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

GHIO, Martina Florencia, DNI. Nº 32.269.521, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

GHIO, Rita Luciana, DNI. Nº 27.070.769, para tareas en la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (corte de calle, educación vial, señalización horizontal, vertical e informativa), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=, más reconocimiento de viáticos.

GIUFFRET, Julio Manuel, DNI. Nº 22.661.952, para realizar tareas dependientes de la Secretaría de Hacienda, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.612,50=, más reconocimiento de viáticos.

GODDARD, Clelia Mabel, DNI. Nº 14.550.263, para tareas en la Dirección de Recursos Provinciales, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=.

GOMEZ Cecilia M. 48 hs semanales. Servicio y Maestranza en Hospital Municipal. $ 5.136,35= mensuales.
GÓMEZ, Gabriela Laura, DNI. Nº 26.840.888, para realizar tareas en la Dirección Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

GÓMEZ, M. Virginia, DNI. Nº 30.360.582, para realizar tareas en la Dirección Gral. Médica del Hospital Municipal, (Obstétrica), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 10.179,90=.

GONZÁLEZ, Gloria Noemí, DNI. Nº 30.789.978, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

GONZÁLEZ, Marcela Karina, DNI. Nº 21.849.134, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias Pediátricas), con una remuneración de $ 3.100,00 por guardia activa de 24 Hs.

GONZÁLEZ, Marta, DNI. Nº 17.480.622, para tareas de Servicio y Maestranza en el Jardín de Infantes Municipal “Paula A. de Sarmiento” de la Loc. de ALSINA, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

GUGGER, Danisa Cintia, DNI. Nº 29.652.790, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

HERNÁNDEZ, Lucas Zenón, DNI. Nº 28.134.330, para realizar Tareas Generales de Obrero dependiente de la Dirección Gral. de Gestión Ambiental, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

HERNÁNDEZ, Marta Vanesa, DNI. Nº 29.032.133, para tareas en el Vivero Municipal dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=, más reconocimiento de viáticos.

INCHAUSTI, Horacio Alberto, DNI. Nº 14.944.870, para realizar tareas de obrero en la Localidad de Santa Coloma, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

ISA, Diego Daniel, DNI. Nº 24.070.387, para realizar tareas en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=, más reconocimiento de viáticos.

IVANCICH, Rodolfo Leonardo Guillermo, DNI. Nº 26.398.639, para tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias, Consultorio y traslados de Pediatría), con una remuneración mensual de $ 5.400,00 y por guardias activas de 24 Hs. $ 3.100,00.

JEANDET, Daiana Soledad, DNI. Nº 31.536.051, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 12 Hs. semanales y una remuneración de $ 3.400=.
LEDESMA, Cintia Vanina, DNI. Nº 26.130.118, para realizar tareas de Coordinación en la UCEP, con una jornada de labor de 35 Hs. Semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

LEON Adalberto Rubén. Servicios en Departamento de Seguridad Vial. $ 13.000= mensuales.
LUNA, Cristina, DNI. Nº 11.211.887, para realizar tareas en la Dcción. Gral. de Prevención de la Salud (Enfermera) – Sala I. Portela, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración de $ 5.136,35=.

MAESTRE, Juan Carlos, DNI. Nº 26.590.749, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

MAFFEI, Gilda, DNI. Nº 26.603.021, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Ginecóloga), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs. y para tareas de (Obstetra) con una jornada de labor de 48hs semanales y una remuneración mensual de $ 10.179,90=.

MAGALLANES, Patricia Ángela, DNI. Nº 25.590.898, para realizar tareas de Servicio y Maestranza en el Jardín de Infantes Municipal “Jardilandia” de la Loc. de I. PORTELA, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

MALACALZA, Evangelina, DNI. Nº 30.043.898, para tareas de Bioquímica en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro” (de Lunes a Viernes de 07:00 a 10:00 Hs. y de 17:00 a 20:00 Hs.); con una remuneración mensual de $ 9.065= y por Guardia Pasivas $ 200,00.

MALACALZA, Verónica Isabel, DNI. Nº 27.589.587, para tareas de Servicio y Maestranza en el Jardín de Infantes de Santa Coloma, con una jornada de labor de 20 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 2.849,17=.

MANICLER, Jorgelina Belén, DNI. Nº 36.310.529, para realizar tareas servicio y maestranza dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social, con una jornada de labor de 20 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 2.136,88=.

MANICLER, Mario Hernán, DNI. Nº 32.269.484, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. de Inspección y Seguridad, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

MARCONI, Guillermo Eduardo, DNI. Nº 20.315.022, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Chofer), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.215,84=.

MARCONI, Sergio Gabriel, DNI. Nº 33.723.095, para realizar tareas de Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

MÁRQUEZ, Paula Andrea, DNI. Nº 24.459.602, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

MARTIG, Daniela, DNI. Nº 32.146.709, para tareas de Profesor de Educación Física (Escuela de Hándbol), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.

MARTÍNEZ, Lorena Soledad, DNI. Nº 34.044.227, para realizar tareas en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

MÉNDEZ ARANCIBIA, Adrián Matías, DNI. Nº 28.132.794, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias General y Servicio 107), con una remuneración mensual de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

MENDY, Fernando Ariel, DNI. Nº 29.652.969, para realizar tareas dependientes de la Secretaria de Cultura, Educación y Turismo (Logística y Mantenimiento en la Dcción. de Turismo), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimientos de viáticos.

MERINO, Rogelio Raúl, DNI. Nº 8.267.910, para realizar tareas en la Dirección de Obras Públicas y Privadas, con una jornada laboral de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 7.689,95=.

MIGONI, Guido Andrés, DNI. Nº 30.485.248, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias General y Servicio 107), con una remuneración mensual de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

MIRANDA, Darío Hugo, DNI. Nº 27.826.053, para tareas en el Servicio de Protección del Niño con una jornada de labor de 30 Hs. semanales; y en el Departamento Violencia Familiar 10 Hs. semanales, más guardias pasivas, con una remuneración mensual de $ 7.475=.

MONTENEGRO, Germán Alberto, DNI. Nº 13.382.739, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias General y Servicio UTI ), con una remuneración mensual de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

MONTIEL, María Elina, DNI. Nº 31.307.789, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Médica de Guardias y Servicio 107), con una remuneración de $ 2.500,00 por guardia activa de 24 Hs.

MONZÓN, María Clara, DNI. Nº 18.433.925, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Prevención de la Salud (Obstetra), con una jornada de labor de 6 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 2.635,48=, más reconocimiento de viáticos.

MUÑOZ, María Valeria, DNI. Nº 21.493.999, para tareas de Bioquímica en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro” (de Lunes a Viernes de 07:00 a 10:00 Hs. y de 17:00 a 20:00 Hs.); con una remuneración mensual de $ 9.065= y por Guardias Pasivas $ 200,00.

MUZZIO José G. 44 hs semanales. Tareas en Dcción Obras Públicas y Privadas. $ 11.680=.-

NAN, Osvaldo Enrique, DNI. Nº 16.980.918, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Asesoría Letrada, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.973,10=, más reconocimientos de viáticos.

NIEVES, Silvia Andrea, DNI. Nº 33.551.866, para realizar tareas de Enfermera en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

NOVELLA, Cyntia Pamela, DNI. Nº 26.130.042, para realizar tareas en el Hogar del Niño “Juan XXIII” (Servicio y Maestranza), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=

O´´DONNELL JONATAN. Médico de guardias y 107. Hospital Municipal. $ 2.500= por guardia activa de 24 hs.

ONOPRIJEZUK CRISTINA B. Enfermera en Hospital Municipal. 48 hs semanales. $ 5.136,50= mensuales.
ORMACHEA GUTIÉRREZ, Alberto, DNI. Nº 18.817.759, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Prevención de la Salud (Médico), con una jornada de labor de 6 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 1.850,00 y para atención en el Servicio de Pediatría en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro” $ 6.210=, más $ 3.100,00 por guardia activa de 24hs.

ORTUNIO DÍAZ, Maica, DNI. Nº 36.310.997, para realizar tareas en el Hogar del Niño “Juan XXIII” (Docente), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

OVISPO, Daniela Analía, DNI. Nº 30.433.746, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

PÁEZ, Abigail Gisel, DNI. Nº 35.773.149, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Asesoría Letrada, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

PELASCINI, Ricardo Matías, DNI. Nº 29.487.882, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Turismo, con una jornada de labor de 35 Hs. Semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=
PELAYO Isabelino. Escuela de boxeo. $ 1.600=.-

PELOROSSO, Dino, DNI. Nº 26.590.732, para tareas de Profesor de Educación Física (Escuela de Tenis), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.

PELLEGRINI, Oscar Alfredo, DNI. Nº 13.132.425, para realizar tareas dependientes de la Dcción Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimiento de viáticos en el caso de ser comisionado por la Municipalidad.

PEREA, Adrián Jesús Marcelo, DNI. Nº 36.310.928, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

PHILIP, Nicolás Douglas, DNI. Nº 36.190.729, para realizar tareas de Operador de la Radio Municipal “EVITA”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

PIAZZA, Ricardo Omar, DNI. Nº 14.491.069, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

PINTADO, Horacio Daniel, DNI. Nº 14.432.986, para realizar tareas dependientes de la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Urólogo), con una jornada de labor de 36 Hs. semanales y una remuneración de $ 4.955,08 y por guardias activas de 24 Hs. $ 2.500,00.

PIÑÓN, Analía Soledad, DNI. Nº 33.427.595, para realizar tareas administrativas en la Oficina de Compras, con una jornada laboral de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=, más reconocimiento de viáticos.

PUSICH, María Sol, DNI. Nº 36.644.831, para tareas administrativas dependientes de la Contaduría Municipal, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

RAMINELLI, Emilio Jesús, DNI. Nº 33.723.100, para realizar tareas en el Departamento de Alumbrado Público, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

RAMOS, Juan María, DNI. Nº 34.044.368, para tareas de Secretario Administrativo de Gestión y Promoción de Festejos de la “Comisión del Cuatricentenario 2014-2015”, con una remuneración mensual de $ 9.775=, más reconocimientos de viáticos.

RAMOS, María Luisina, DNI. N° 35.612.657, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

REY, Hugo Oscar, DNI. Nº 8.550.407, para realizar tareas de difusión y comunicación en espacio radial de lunes a viernes y participación contenido página Web, con una remuneración mensual de $ 4.000=.

RÍOS, Yanina Noelia, DNI. Nº 32.146.836, para realizar tareas de Servicio y Maestranza dependiente de la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

RODRÍGUEZ, Adriana Emilia, DNI. Nº 30.549.768, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. Médica del Hospital Municipal (Obstétrica) con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 10.179,90=.

ROMERO, Cintia Sabrina, DNI. Nº 29.652.775, para realizar tareas administrativas en la Dcción. Gral. de Rentas, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=

ROMERO, Juan Roberto, DNI. Nº 13.393.954, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Deportes (Escuela de Boxeo), con una remuneración de $ 925,22=.

ROMERO, Marisa Luján, DNI. Nº 23.884.908, para realizar tareas en la Dcción. Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,50=.

ROSÓN, Juan Ignacio, DNI. Nº 24.741.103, para tareas curso expedición de Libretas Sanitarias dependiente de la Secretaría de Gobierno, con una remuneración de $ 1.994,42=.

ROWLANDS, Cecilia Gisele, DNI. Nº 32.769.175, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Servicio Hemoterapia), con una remuneración de $ 4.701,13=, más $ 1.000,00 por guardias pasivas del servicio.

RUÍZ, Emmanuel, DNI. Nº 30.433.675, para realizar tareas dependientes de la Dirección de Deportes y Actividades Recreativas (Profesor de Educación Física), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 2.662,19=.

SAAVEDRA, Marina Aldana, DNI. Nº 24.741.093, para realizar tareas en la Dcción. Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

SELLA, Mónica Beatriz, DNI. Nº 16.602.968, para realizar tareas de (Enfermera) en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

SERPI, Jorge Luís, DNI. Nº 27.589.658, para tareas de Profesor de Educación Física (Escuela de Canotaje), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 2.300,00.

SEVEGNANI PIERINA. 20 hs semanales. Maestra Inicial. Jardín Municipal “Martha Salotti”. $ 4.358,35= mensuales.

SILVA, Leonardo Gabriel, DNI. Nº 25.290.217, para realizar Tareas Generales de Obrero dependiente de la Dirección Gral. de Espacios Públicos, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

SILVA, Natalia Andrea, DNI. Nº 29.137.481, para tareas en la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (corte de calle, educación vial, señalización horizontal, vertical e informativa), con jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.637,10=.

SILVA, Ricardo Daniel, DNI. Nº 29.652.989, para realizar tareas dependientes de la Dirección Gral. de Inspección y Seguridad (Cortes de calle, manejo, corte de pasto y barrido), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

SILVA, Ruth Soledad, DNI. Nº 30.043.770, para realizar tareas de Servicio y Maestranza en el Hogar del Niño “Juan XXIII”, con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.902,08=.

SIMOUR MARIO CESAR. 44 hs semanales. Mantenimiento y cuidador del Cementerio Indígeno. $ 4.000= mensuales.

SIMOUR, Ricardo Osvaldo, LE. Nº 4.745.104, para tareas dependientes de la Sec. de Gobierno (Alumbrado Público), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una renumeración mensual de $ 6.505,35=, más reconocimiento de viáticos.

SIMOUR, Silvina, DNI. Nº 21.862.897, para realizar tareas de Prof. de Educación Física (Loc. Alsina), dependiente de la Dirección de Deportes, con una remuneración mensual de $ 3.400= .

SOTTO, Nora Beatriz, DNI. Nº 20.670.873, para realizar tareas de (Enfermera) en el Hogar de Ancianos “San José”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

SPINETTA, María Noemí, DNI. Nº 33.643.512, para realizar tareas de Preceptora en el Jardín de Infantes Municipal “Martha Salotti”, con una jornada de labor de 20 Hs. Semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

STAATS NESTOR H. 48 hs semanales. Chofer Servicio 107 y servicio de mantenimiento. $ 5.136,35= mensuales.

SUÁREZ, Liliana Evangelina, DNI. Nº 28.134.528, para realizar tareas de Servicio y Maestranza en el Hogar del Niño “Juan XXIII”, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

TOBARES, Luís Fernando, DNI. Nº 26.840.949, para realizar tareas dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social (Servicio Local – Psicólogo), con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.490,64, más reconocimiento de viáticos.
TORRES Ailen. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 5-136,35= mensuales.

TRONCOSO, Pamela, DNI. Nº 32.269.419, para realizar tareas de Maestra Inicial en el Jardín de Infantes Municipal “Martha Salotti”, con una jornada de labor de 20 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

VALDÉZ, María Cristina, DNI. Nº 24.741.166, para realizar tareas dependientes de la Dcción. Gral. de Prevención de la Salud, con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

VALENTIN María Julieta. 48 hs semanales. Enfermera. $ 5.136,35= mensuales.-

VALLE, Viviana Gabriela, DNI. Nº 22.545.205, para realizar tareas administrativas en la Dcción Gral. de Derechos Humanos y Trabajo Cooperativo, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.266,11=.

VERGARA, María Isabel, DNI. Nº 13.644.633, para realizar tareas administrativas en Tesorería Municipal, con una jornada de labor de 30 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 6.399,84=.

VERÓN, Sandra Noemí, DNI. Nº 17.742.520, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Enfermera), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

VIERA FONSECA, Damián Nicolás, DNI. Nº 35.702.473, para realizar tareas de Operador de la Radio Municipal “EVITA”, con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

VILLALBA LEDESMA, Eloy Miguel, DNI. Nº 33.736.764-, para realizar tareas dependientes de la Sec. de Servicios Públicos (Obrero Tareas Grales.), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136.35=.

VILLANUEVA, María José, DNI. Nº 23.015.106, para realizar tareas dependientes de la Dcción. de Asesoría Letrada (Diligencias), con una jornada de labor de 44 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ $ 4.902,80=.

VOGEL, Jaquelina Ayalén, DNI. Nº 32.146.934, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (técnica laboratorio), con una jornada de labor de 35 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 4.358,35=.

WILHJELM, Verónica, DNI. Nº 29.370.348, para realizar tareas en la Dcción Gral. Médica del Hospital Municipal (Servicio y Maestranza), con una jornada de labor de 48 Hs. semanales y una remuneración mensual de $ 5.136,35=.

WIRTH CAROLINA ELIZABETH. Médica de guardia y Servicio 107. $ 3.000= por guardia activa de 24 hs.

Del 06/10/2014 al 31/10/2014
Bartonek Jorge Miguel. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.
Chapuis Milton Yamil. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.
Domingo Walter Javier. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.
Figueroa Eugenio Alberto. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.
Maestre Jorge Alberto. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.
Quintana Fabián Emmanuel. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.
Del 11/10/2014 al 31/10/2014:
Rebecchi Norberto. 44 hs semanales. Tareas en Seguridad e Inspección. $ 4.902,08= mensuales.
Del 14/10/2014 al 31/10/2014.
Acuña Jorgelina Yessica. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de Ancianos. $ 4.902,08= mensuales.
Melchiori Nerina Andrea. 44 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 4.902,08= mensuales.
Moltrasio María Cristina. 35 hs semanales. Dcción de Salud. $ 4.358,35= mensuales.
Nasif Néstor Antonio. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 5.136,35= mensuales.
Del 15/10/2014 al 31/10/2014:
Pelayo Marcelo Javier. 35 hs semanales. Obrero. $ 4.358,35= mensuales.
Decreto N° 572 del 17 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 1.850=. Sra. Marzoa Johana E., para solventar costos que le demanda tomografía de abdomen y pelvis.
Decreto N° 573 del 17 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 2.000=. Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Baradero, para solventar gastos de traslados de sus afiliados a distintos hospitales o clínicas especializados para sus respectivos estudios.
Decreto N° 574 del 17 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 3.635,12=. Escuela Educación Media N° 202, a efectos de solventar gastos por compra de materiales para construcción de una Sala de Preceptores en Establecimiento de Unidad Penal N° 11.-
Decreto N° 575 del 20 de octubre de 2014.
Llamando a Concurso de Precios N° 29/2014, para la provisión de combustible con destino a unidades de Servicios Públicos – Corralón Municipal, con presupuesto oficial de $ 156.000=.
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Decreto N° 576 del 20 de octubre de 2014.
Llamando a Concurso de Precios N° 30/2014, para la provisión de combustible con destino a unidades de servicios públicos – corralón municipal, con un presupuesto oficial de $ 140.000= .-
Decreto N° 577 del 20 de octubre de 2014.
Llamando a Licitación Pública N° 2/14 para la Obra “Construcción Sala de Usos Múltiples (SUM) en la Escuela Secundaria de la localidad de Alsina, con un presupuesto oficial de $ 909.810=.-
Decreto N° 578 del 20 de octubre de 2014.
Llamando a Licitación Pública N° 12/14, para la Obra Construcción de una “Sala de Tecnología en la Escuela N° 11, localidad de Alsina, con un presupuesto oficial de $ 458.422=.-
Decreto N° 579 del 20 de octubre de 2014.
Designando interinamente a partir del 1° de octubre de 2014, en las funciones de Directora de Control, a la Dra. Etcheverry Cecilia Beatríz.
Decreto N° 580 del 21 de octubre de 2014.
Ampliando Cálculo de Recursos.
Decreto N° 581 del 21 de octubre de 2014.
Llamando a Concurso de Precios N° 31/14, para la provisión de combustible con destino a móviles de la Policía Comunal, con un presupuesto oficial de $ 127.800=.-
Decreto N° 582 del 22 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 100.000=. Escuela Educación Secundaria Técnica N° 1 “Batalla de la Vuelta de Obligado” para solventar gastos de refacción del Gimnasio “Ing. Eduardo Machi Pepe” de la citada institución.-
Decreto N° 583 del 22 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 2.000= mensuales (Octubre, noviembre y diciembre de 2014) a la Asociación Civil “Refugio de Ely”, para efectuar compras de materiales para continuar arreglo de caniles y alimento para perros.
Decreto N° 584 del 22 de octubre de 2014.
Modificando el artículo 1° del Decreto N° 566/14, por dotarse de fondos a la Sala de Primeros Auxilios “Pedro A. Carossi” de la localidad de Alsina.
Decreto N° 585 del 23 de octubre de 2014.
Eximiendo por el ejercicio 2014 del pago de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios, inmueble propiedad de la Religión Cristiana Argentina.
Decreto N° 586 del 23 de octubre de 2014.
Derogando los Decretos N° 236/ 12 y N° 725/13.-
Decreto N° 587 del 23 de octubre de 2014.
Declarando incorporado al Patrimonio Municipal la fracción de terreno denominada catastralmente como: Circ. II- Sec B- Qta. 53- Mza. 53ª- Parcela 2c de esta ciudad. Excedente del lote 4- Plano C-9-79-52.-
Decreto N° 588 del 24 de octubre de 2014.
Determinando la cesantía de la relación de empleo que mantiene con el Municipio de Baradero, el Sr. Yamuni José María. Ley 11.757. Art. 64° Inc 2° primera parte de la citada ley.
Decreto N° 589 del 24 de octubre de 2014.
Poniendo en funciones de Asesor Letrado, carácter de interino, del 30 de octubre de 2014 al 4 de noviembre de 2014 inclusive a la Agente Iglesias Julio I.
Decreto N° 590 del 28 de octubre de 2014.
Prorrogando hasta el 30 de noviembre de 2014 los beneficios de la Ordenanza 4873 – Régimen de Presentación Espontánea, para contribuyentes de Baradero que pretendan regularizar sus obligaciones tributarias con el Municipio.
Decreto N° 591 del 29 de octubre de 2014.
Otorgando subsidio no reintegrable. $ 2.000=. E.E.P. N° 19 “Dña. Paula Albarracín”, para la compra de electrodoméstico, con destino a premio de una rifa a beneficio de dicha institución.
Decreto N° 592 del 30 de octubre de 2014.
Eximiendo por el año 2014 al Sr. Branto Roberto Ismael, de las tasas por limpieza, conservación de la vía pública y servicios sanitarios que gravan el inmueble de su propiedad.
Decreto N° 593 del 31 de octubre de 2014.
Ampliando Cálculo de Recursos.
Decreto N° 594 del 31 de octubre de 2014.
Contratando personal en períodos y tareas que se citan:
Del 01/11/2014 al 30/11/2014:
Grassini Andrea. 2 hs semanales. Maestra de Música en Jardín de Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Rodríguez Claudia M. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes Municipal “Pte. Irigoyen”.
Sevegnani Pierina. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Spinetta María N. 20 hs semanales. Preceptora en Jardín de Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Suppicich Sandra V. 20 hs semanales. Preceptora en Jardín Infantes Municipal “ Pte. Irigoyen”.
Troncoso Pamela. 20 hs semanales. Maestra Inicial en Jardín Infantes Municipal “Martha Salotti”.
Decreto N° 595 del 31 de octubre de 2014.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “los Pingüinos Ltda” la suma de $ 32.640= para abonar exclusivamente a Sanella Aluminio S.R.L. dicho importe, contra entrega por parte del beneficiario del pago de las facturas, recibos y remitos correspondientes.
Decreto N° 596 del 31 de octubre de 2014.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Unidos y Organizados Ltda.” la suma de $ 32.600=, para aboanr exclusivamente a Hierros Baradero S.A. dicho importe, contra entrega por parte del beneficiario del pago, de las facturas, remitos y recibos de corresponder.
Decreto N° 597 del 31 de octubre de 2014.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “La Victoria Ltda.” la suma de $ 32.600=, para abonar a Hierros Baradero la suma de $ 21.170=, a Pinturería Bolaños la suma de $ 10.480= y a Pulsart la suma de $ 950=, contra entrega por parte de los beneficiarios de remitos, facturas y recibos de corresponder.
Decreto N° 598 del 31 de octubre de 2014.
Abonando a la Cooperativa de Trabajo “Lealtad Ltda.” la suma de $ 32.600= para abonar a Hierros Baradero dicho importe, contra entrega por parte del beneficiario del pago de las facturas, recibos y remitos , según corresponda.

 

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1 COMENTARIO

  1. sr intendente le haga una pregunta como puede ser que una mucama y una enfermera cobren el mismo sueldo,sin desmerecer el trabajo del personal de maestranza,no le parece que las enfermeras tendrían que ganar mucho más?

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