En la sesión de anoche, las ediles Liaudat y Míra, de Juntos por el Cambio, presentaron un proyecto que tiene como objetivo procurar la realización de salidas controladas de la población para realzar caminatas.

Por la misma razón, fue presentado un proyecto del mismo tenor, por parte de los concejales Morales y Greco del Frente Renovador

A continuación los sendos proyectos presentados:

Juntos Por el Cambio

 

Proyecto: Caminatas Saludables

Visto,  que la población se encuentra en situación de encierro, provocada por la cuarentena Obligatoria, dictada por el Covid 19

Y Considerando,

Que la gran mayoría de la población está respetando la cuarentena

Que teniendo en cuenta la opinión de diversos científicos de todo el mundo, en este tiempo de aislamiento social preventivo y obligatorio, está bien salir a caminar y respirar aire fresco y cambiar el ambiente, siempre teniendo en cuenta las medidas de precaución necesarias para no contagiarse.

Que con el objetivo de brindar tiempo y espacio de esparcimientos para la salud psíquica y mental de la sociedad, es que comienzan a implementarse las caminatas saludables.

Que se pone en ejecución la primera parte del proyecto, que solo permite caminar, pero que, de cumplirse las condiciones propuestas en cuento a recaudos de higiene, distanciamiento social y todos los aspectos que siempre marca Salud Pública, próximamente se autorizarán los protocolos para otras actividades deportivas.

Que las mismas serán monitoreadas a través de personal debidamente identificado

Que estarán destinadas a aquellas personas dentro de las normativas del gobierno provincial y nacional. Estas normativas contemplan los siguientes puntos a tener en cuenta:

  • La única actividad física permitida escaminar
  • Plazas o lugares destinados por el ejecutivo municipal, a no más de 500 metros de su domicilio.
  • Días y horarios: Martes, Jueves y Sábados de 10.30 a 12.00 hs. para adultos mayores y grupos de riesgo, y de 12.00hs. a 15.00hs para todos los rangos etarios.
  • Edades: de 0 a 12 años deben estar acompañados de un mayor de edad o tutor que demuestre parentesco.
  • Permitido caminar con mascotas con correa.
  • Uso de tapaboca y/o barbijo obligatorio de 5 años en adelante.
  • Se sugiere permanecer como máximo una hora.

 

 

Actividades que no están permitidas

  • NO acampar, no permanecer en bancos.
  • NO patines, bicicleta, correr, hacer reuniones sociales.
  • NO utilizar los juegos ni aparatos para hacer gimnasia.
  • NO está permitido llegar en movilidad propia
  • NO utilización de los espacios verdes

Se deben respetar las siguientes normas

  • Seguir el protocolo de salud pública
  • Mantener 2 metros de distancia a los lados
  • Mantener más de 10 metros hacia adelante y hacia atrás
  • La pausa de descanso no debe superar los 5 minutos
  • Deben llevar su botella individual y alcohol en gel
  • Se apela la responsabilidad ciudadana

Por todo lo expuesto y en ejercicio de sus facultades este Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Resolución

 

Art. 1.- Declarar como actividad necesaria para la salud individual de las personas las “caminatas saludables”y adoptar como protocolo para las mismas las recomendaciones incluidas en la presente.

Art. 2.- Comuníquese al Departamento Ejecutivopara que a través de las áreas responsables implementelas medidas necesarias para la organización y control de los lugares,  los días y horarios estipulados en el presente proyecto.

Art. 3.- Elevar a través de los mecanismos correspondientes la solicitud al Gobierno de la Provincia.

Art. 4.- De forma.

 

Maria  Laura Liaudat

Verónica Mira

Frente Renovador

Visto :
Que la población se encuentra en gran parte en estricto cumplimiento del
aislamiento social o cuarentena Obligatoria, dictada por el Covid-19
Considerando,
Que la Organización Mundial de la Salud con el fin de mejorar las funciones
cardiorrespiratorias y musculares, la salud ósea y de reducir el riesgo de ENT
(enfermedades no trasmisibles) depresión, y deterioro cognitivo en adultos mayores, etc
recomienda la realización de actividad física que consista en actividades recreativas o de
ocio, como desplazamientos o caminatas
En consecuencia, la misión del presente Proyecto es mantener la salubridad pública de los
ciudadanos y ciudadanas del Partido de Baradero, para eso es necesario tomar las
medidas sugeridas por el Gobierno Nacional y Provincial para evitar la propagación del
COVID19 y poder flexibilizar la actividad de esparcimiento a través de la caminata, en
nuestra Ciudad. –
SOLITAMOS:
Sean habilitadas las salidas para caminatas saludables en todo el Partido de Baradero
proponiendo el siguiente protocolo:
CONSIDERACIONES GENERALES
Se deberá cumplir con todas las medidas de Seguridad e Higiene que establece el
Ministerio de Salud de la Nación a través de sus protocolos de Bioseguridad.
De ninguna manera tiene por finalidad que las personas realicen entrenamiento
competitivo o de alto rendimiento.
CONSIDERACIONES PARTICULARES
• No podrán alejarse más de QUINIENTOS (500) metros de radio de
su residencia.
• El mismo tendrá una duración máxima de SESENTA (60) minutos no
permitiéndose repetirlo en más de una oportunidad por día.
• La oportunidad de la realización de la actividad será regulada por el número de
Documento Nacional de Identidad de la persona de la siguiente manera:
a. En fechas pares podrán realizar las actividades las personas que su DNI tenga
terminación en Número Par.
b. En fechas impares podrán realizar las actividades las personas que su DNI tenga
terminación en Número Impar.
• La autorización consistirá SOLO en caminatas, sugiriendo no detenerse durante su
ejecución. Las mismas deberán ser realizadas de manera individual o con el núcleo
vincular conviviente. No se autoriza la actividad de manera colectiva con otras
personas ajenas al mismo.
• Los menores de 15 años deberán ir acompañados por un adulto conviviente, y de
entre 16 y 60 años podrán hacerlo de 19 a 22, mientras que los mayores de 60,
personas con discapacidad, factores de riesgo y embarazadas lo harán de 11 a 15.
• En caso de ser requerido por autoridad Policial o Municipal, las personas deberán
acreditar su identidad, por lo que será obligatorio portar el Documento Nacional
de Identidad.
• No se podrá utilizar el transporte público (remis) o vehículo particular para
desplazarse al lugar donde se realice la actividad.
• No se permite la realización de actividades de esparcimiento en plazas y parques.
• La actividad será realizada respetando las disposiciones y normativas nacionales y
provinciales referido al:
a. Uso de “barbijo no quirúrgico o tapa boca” será obligatorio a partir de los 4 años.
b. El distanciamiento social de DOS (2) metros, a excepción del núcleo de
convivientes. –
• No se permite el uso de implementos deportivos o la ejecución de
actividades de esa índole (Ej. pelotas de futbol, básquet, vóley, etc).
• Se evitará en toda circunstancia la aproximación con otros grupos de
personas que estén realzando la actividad. Para ello se deberá tener la debida precaución
de adoptar las distancias y márgenes previos.
• No se pueden compartir los recipientes de hidratación.
Por lo tanto, deberán procurar su propia hidratación como así también otros efectos
personales de higiene.
SOLICITAMOS también que las áreas de Salud, Transito y Deportes del Municipio,
recomienden, difundan y exijan por las vías de comunicación de uso habituales:
a. Que toda persona que presente fiebre o síntomas respiratorios, no realicen esta
actividad.
b. Disponer de alcohol 70° o en gel y pañuelos descartables para la higiene
frecuente. Se deberá considerar que el descarte de estos efectos, no podrán ser
desechados en la vía pública siendo una responsabilidad directa del adulto responsable su
disposición final en su propio domicilio.
• Al finalizar la actividad y previo al ingreso al domicilio, llevar a cabo
la correcta higiene y desinfección del calzado, manos y de la indumentaria deportiva.
• Las personas con discapacidad deberán mantener el cumplimiento de sus
protocolos particulares.
• La fiscalización y control estará a cargo del personal municipal de las direcciones
de Deportes y Tránsito.

Por todo lo expuesto y en ejercicio de sus facultades este Honorable Concejo Deliberante
sanciona la siguiente Resolución
Art. 1.- Declarar necesaria para la salud las “caminatas saludables” y adoptar como
protocolo las recomendaciones incluidas en la presente.
Art. 2.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo para que a través de las áreas
responsables implemente las medidas necesarias para la organización y control de los
lugares, los días y horarios estipulados en el presente proyecto.
Art. 3.- Elevar a través de los mecanismos correspondientes la solicitud al Gobierno de la
Provincia.
Art. 4.- De forma.
Juan D. Morales Mariela Greco
Concejal Concejal

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