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La Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia de la Cámara de Diputados, que preside el diputado Santiago Nardelli, introdujo modificaciones y produjo despacho de mayoría del proyecto de ley que establece límites a las reelecciones de funcionarios políticos.

Con los votos de los representantes de Cambiemos, el Frente Renovador y el GEN la comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia despachó por mayoría el proyecto que ley que limita las reelección y que la Cámara baja está dispuesta a aprobar en la próxima sesión.

Del debate legislativo surgieron dos modificaciones que fueron aceptadas por aquellos bloques que acompañan la iniciativa. Éstas tienen que ver con las incompatibilidades que se establecen y las condiciones sobre las dietas de los concejales. El peronismo, sí bien comporte los objetivos del proyecto, en sus diversas variantes parece inclinarse por la opción constitucional.

La iniciativa en cuestión, que obtuvo el visto bueno en las comisiones de Asuntos Municipales y de Reforma Política y de Estado, y es el resultado de la unificación de varios proyectos presentados por los diputados del Frente Renovador Rubén Eslaiman, Ramiro Gutiérrez y Lisandro Bonelli, y el radical Alejandro Armendáriz.

El proyecto propone modificar el artículo 3 del Decreto Ley N° 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades”, que fijará que “el Intendente y los Concejales serán elegidos directamente por el pueblo, durarán en sus funciones el término de cuatro años y podrán ser reelectos por un nuevo período. Si han sido reelectos no podrán ser elegidos en el mismo cargo, sino con intervalo de un período”.

El tope incluye también a los consejeros escolares, es por eso que se propone modificar el artículo 148° de la Ley N° 13.688 y sus modificatorias “Ley de Educación”, el que estipulará que “los Consejeros Escolares duran cuatro años en sus funciones, renovándose por mitades cada dos años y podrán ser reelectos por un nuevo período”.

Pero como el límite a las reelecciones también incluye a los legisladores, se plantea incorporar a la Ley N° 5109 el artículo 13° bis que dice que “los diputados y senadores podrán ser reelectos por un nuevo período. Si han sido reelectos no podrán ser elegidos en el mismo cargo, sino con intervalo de un período”.

Cabe destacar que de sancionarse, la ley tomará el periodo vigente de los intendentes, concejales, consejeros escolares y legisladores como el primero, por lo que sólo podrían renovar su mandato en una elección más.

“Al establecer límites a las reelecciones indefinidas para todos los cargos electivos de la provincia de Buenos Aires, estamos interpretando la voluntad y el espíritu de un sinnúmero de diputados y senadores que han presentado proyectos de esta naturaleza en diferentes períodos legislativos, por lo que compartimos lo expresado en los fundamentos de los distintos proyectos analizados, que hacen hincapié básicamente en mejorar la calidad de la representación política y de las instituciones republicanas”, se destaca en los fundamentos.

Infocielo

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