
VISTO la necesidad de crear un fondo transitorio para destinarlo a la atención de las personas con necesidades básicas insatisfechas,,
Y CONSIDERANDO
Que los funcionarios políticos perciben salarios superiores a los de los agentes de planta permanente de la Municipalidad de Baradero;
Que es necesario el aporte solidario de los que más ganan en la actividad pública equiparando la carga social con aquellos trabajadores del sector privado que ven disminuídos sus ingresos como consecuencia de las pérdidas económicas derivadas de la pandemia del Coronavirus ;
Que los fondos a reunirse deben estar afectados exclusivamente a la atención de las necesidades de los que más sufren en esta delicada situación socio-económica;
Que se debe tratar de evitar los trámites burocráticos que dificulten o demoren la utilización de esos recursos;
Que también hay que garantizar el uso transparente de esos fondos;
Que es necesario e imprescindible que los funcionarios políticos den ejemplos comparables con la solidaridad del resto de la sociedad civil;
Que respetando la proporcionalidad – aportarán más lo que más ganan- y en tanto no significaría una gran esfuerzo personal de cada uno de los funcionarios políticos;
Que a los fines de respetar la referida proporcionalidad se estable como base una remuneración mínima $50000 netos y de allí en más una escala porcentual ascendente de acuerdo al ingreso neto mensual;
Por todo lo expuesto, en uso de sus facultades el HCD sanciona con
Fuerza de ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO: Se estable una reducción de los salario neto de los funcionarios políticos de la Municipalidad de Baradero, electos o no, incluyendo expresamente a los Sres. Concejales y Secretario Legislativo del HCD, con destino a la creación de un Fondo Solidario destinado a atender las necesidades básicas insatisfechas de la población carenciada de nuestro partido.-
ARTICULO SEGUNDO: La reducción se hará de la siguiente manera, considerando el salario neto de cada funcionario:
Ingreso Neto Mensual Reducción
$ %
50.000 1.000 2 %
75.000 2.500 3,3 %
100.000 8.750 8,8%
150.000 26.250 17,5%
200.000 48.750 24,4%
300.000 98.750 32,9%
ARTICULO TERCERO: Se constituirá una Comisión de Administración del Fondo Solidario compuesta por un miembro del D.E. y los Presidentes de los Bloques Políticos del HCD, a los fines de garantizar el cumplimiento de los fines de esta Ordenanza y la transparencia en su uso.-
ARTICULO CUARTO: No se podrá en ninguna ocasión publicitar por medio alguno la entrega de la ayuda solventada con dinero proveniente de este Fondo en resguardo de la dignidad de quienes la perciban, sin significar que se exime de la obligación de efectuar la debida rendición de cuentas establecida por la normativa vigente.-
ARTICULO QUINTO: Esta Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.-
ARTICULO SEXTO: De forma.-
Comentarios de Facebook