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Cuáles fueron los números elegidos para designar a quiénes integrarán tribunales públicos

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Cuáles fueron los números elegidos para designar a quiénes integrarán tribunales públicos

21/05/2014

Categoría: Interés general, xHoy1

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En la Lotería de la provincia de Buenos Aires se llevó a cabo el sorteo para elegir a los 12 mil ciudadanos bonaerenses que serán jurados en causas orales y públicas con penas de más de 15 años
Con la presencia del gobernador Daniel Scioli, se realizó este mediodía el primer sorteo para la elección de las personas que serán convocadas para integrar los primeros jurados populares de la provincia de Buenos Aires.
Los números elegidos fueron el 983 y el 461, por lo que los ciudadanos que tengan su DNI terminado en esas tres últimas cifras conformarán los jurados para juicios penales que contemplen penas mayores a los 15 años.
De todos modos, ahora el ministerio de Justicia provincial deberá depurar la lista con las personas que estén impedidas de conformar los jurados por cuestiones de edad o cargos públicos, como así también por enfermedad, entre otros.
El primer número sorteado fue el 983, pero como sólo hay 10.890 personas con esa terminación de documento (no alcanza a cubrir la cantidad de 12 mil jurados necesarios), se procedió a un nuevo sorteo y salió el 461.
Entre los requisitos para ser jurado figuran: ser argentino o haberse naturalizado hace más de cinco años, y ser apto física y psíquicamente. No podrán ser convocados los funcionarios públicos, ministros de culto religioso así como autoridades de partidos políticos, integrantes de las fuerzas de seguridad o del Servicio Penitenciario, exonerados de la administración pública, abogados, escribanos y procuradores, condenados o procesados por delitos dolosos.
Antes del sorteo, Scioli remarcó que el sistema de juicio por jurados «está en la base de la concepción democrática de la justicia». Apuntó que los elegidos «tendrán la responsabilidad cívica de representar al pueblo de la provincia de Buenos Aires». Y advirtió que «no será fácil (realizar la tarea), ya que estarán decidiendo sobre lo más sagrado, que es la vida y la libertad de las personas».
Los ciudadanos que cuyos DNI finalicen en las cifras mencionadas serán notificados de inmediato por una carta, que deberán responder con una declaración jurada contestando si son miembros de fuerzas de seguridad, si tienen cargo político superior a director, si están condenados o procesados u otro de los impedimentos que marca la ley. Sus nombres integrarán un padrón final que, una vez depurado de acuerdo a las prohibiciones y los requisitos exigidos por la ley, será enviado a la Suprema Corte.
Luego, el máximo tribunal realizará en cada juicio que se celebre un nuevo sorteo, por departamento judicial, del cual quedarán 12 jurados titulares y 6 suplentes.
Los ciudadanos seleccionados serán jueces en las jurisdicciones en las que viven, lo cual podrá implicar recorrer largas distancias para asistir a las audiencias. En esos casos, el Estado le asignará una dieta diaria suficiente para cubrir los costos de transporte y comida, a través de una partida especial de la Suprema Corte.
Si un miembro del jurado posee un problema que le impide atender a la convocatoria, deberá presentar su caso al juez, que lo evaluará con «criterio restrictivo» y, si concede la excusación,
será reemplazado por alguno de los jurados suplentes sorteados.
Los jurados podrán excusarse en caso de tener relación con la persona enjuiciada, y, para garantizar imparcialidad, la defensa o la fiscalía podrán recusar a integrantes que puedan tener cualquier vínculo con el acusado.
El pago de una compensación económica se hará efectiva si la persona trabaja de forma independiente, y podrá ser retribuida con la suma de dos jus (unidad arancelaria de la Justicia) diarios, con lo cual cobrará por día de función $580.
Al ser citado al juicio, junto a otros once ciudadanos con quienes compartirá la deliberación, el juez le dará un instructivo y le indicará las reglas del proceso, cómo se evalúan las pruebas y el ámbito de su decisión, que deberá estudiar para llevar adelante la tarea de determinar si el imputado del proceso es culpable o inocente.
Los miembros del jurado deberán reunirse solos y dar un veredicto, por 10 votos contra 12, si el enjuiciado es inocente o culpable; luego el tribunal dictará la sentencia.
Si la decisión del cuerpo de ciudadanos es una absolución, ésta será inapelable. Cualquier otra sentencia podrá ser recurrida.
Infobae.com

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