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Detenidos podrán votar en las primarias

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Detenidos podrán votar en las primarias

05/08/2011

Categoría: Politica, xHoy1

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Así lo resolvió la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que hoy comunicó su fallo. Con esto, «las personas con 18 años de edad que se encuentran detenidas sin condena firme en las cárceles de la Provincia de Buenos Aires y estén incluidas en el padrón electoral» podrán elegir cargo de gobernador provincial

En una resolución conocida hoy, la Suprema Corte de Justicia dispuso que las personas privadas de libertad con prisión preventiva alojadas en Buenos Aires puedan votar por los candidatos a Gobernador y Vicegobernador de la Provincia de Buenos Aires en las elecciones primarias abiertas, obligatorias y simultáneas del próximo 14 de agosto.

La Corte resolvió «la suspensión de lo establecido por la primera parte del apartado “c” del inciso 2 del artículo 3 de la ley 5109», «lo que implica que en el caso las autoridades electorales deberán, en la esfera de sus respectivas atribuciones, arbitrar todas las medidas necesarias para que las personas privadas de libertad en unidades de detención ubicadas en la Provincia de Buenos Aires incluidas en el Registro de Electores Privados de Libertad elaborado por la Cámara Nacional Electoral puedan, en las elecciones primarias abiertas, obligatorias y simultáneas que han de llevarse a cabo el próximo 14 de agosto para la selección de candidatos a cargos públicos electivos, votar por los candidatos a Gobernador y Vicegobernador de la Provincia de Buenos Aires»

Con ello hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Asociación “AJUS” en favor de todos los detenidos sin condena en la Provincia de Buenos Aires y de dos defensores oficiales del Departamento Judicial de La Plata, aunque en este último caso solo en cuanto a los defendidos que representan.

Entre los fundamentos expuestos por el Tribunal se mencionaron distintos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, destacándose que sobre esta cuestión se ha fijado un estándar que pregona que la limitación del sufragio a las personas detenidas debe circunscribirse a aquéllas que han sido condenadas, mientras dure su detención, pues lo contrario implicaría una violación a los principios de inocencia e igualdad, que son dos de los pilares fundamentales sobre los que se asienta el Estado de Derecho.

Latecla.info

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