La causa penal por el homicidio del Policía Juan Gabriel Reyna , hecho ocurrido hace un tiempo en la localidad de San Pedro cuando tres delincuentes escapaban de un robo en una joyería y le dispararon a los uniformados, hiriendo gravemente a este policía que luego falleció. Por decisión de la defensa fue a juicio por jurado. Lamentablemente por problemas de la Jueza se debió postergar la audiencia para los próximos días.
Hernán Granda, el Fiscal a cargo de la UFI Nº 8 Baradero, que participará del debate, habló con BTI sobre la experiencia del juicio por jurado que fue aprobado hace un tiempo y en algunos aspectos se asemeja a los que vemos en las películas americanas.
El fiscal nos ilustra sobre un tema importante que muchos ignoran de su existencia, y que en cualquier momento pueden ser llamados para decidir su una persona es culpable o inocente, con todo lo que esto significa.
¿Fiscal se volvió a postergar este juicio que demandó mucha preparación?
“La preparación de este juicio empezó le diría que hace por lo menos tres o cuatro meses atrás, haciendo alrededor de diez audiencias entre las partes, para preparar justamente el juicio y determinar que prueba hacer y precisar de hecho, porque el juicio por jurado tiene algunas particularidades que exigen ese tipo de audiencias previas de depuración de lo que va a ser motivo de debate y eso insumió alrededor de diez audiencias en las cual tuvimos que ir a San Nicolás, ahí volvemos a las complejidades para las personas que trabajamos desde Baradero, porque desgraciadamente todo se centraliza en San Nicolás y esos son días y días de trabajo allá, que partiendo de la base que uno tiene una hora de ida y una hora de vuelta, más dos horas de audiencias, perdió todo el día de trabajo acá. Después de eso sí se habilita una vez que eso está terminado, la primera audiencia que es la de selección de los jurados. Ahí habíamos llegado, habíamos seleccionado ya el jurado con el día del debate para comenzar y por un problema familiar de la jueza, el primer lugar se abortó la audiencia en esa instancia y se reprogramó nueve días después que era para empezar el miércoles 26, ya directamente a producir la prueba, con el jurado seleccionado que también es una tarea sumamente trabajosa».
¿Cómo se elige al posible jurado?
«Una vez al año se sortea a través de lotería nacional- aunque parezca loco-los números de terminación de documento de la gente que va hacer jurado, de esos números se elige uno completo supongamos que sea el 000 y todas las personas que terminen en 000 de este departamento judicial entran a un padrón de gente que puede ser apta para ser jurado, se sortea otro número por la mitad para integrar una determinada cantidad de números como para poder tener remplazo, de esa gente el sistema sortea automáticamente la cantidad de jurados que son necesarios y se los convoca, se convoca con exceso porque las partes tienen el derecho a recusar y apartar hasta sin causa y una vez que esa instancia queda tiene que quedar 12 jurados titulares y 6 suplentes».
¿Las partes cuando ven por primera vez al jurado?
«Las partes no sabemos quiénes son los jurados hasta el día de audiencia, a nosotros no se nos notifica, para que no se pueda influirlos justamente. Para nosotros toma entidad realmente la cuestión cuando se hace esa audiencia selección, donde uno le pregunta ¿Quién es?, le pregunta ¿Que vinculo puedes tener ideológicos con la causa?, imagínese que usted tenga una persona que le hayan matado un familiar o supóngase que exista una persona que aboga por la eliminación de la cárcel, como hay algunos grupos ultra dogmaticos en ese sentido, imagínese que como fiscal lo voy a recusar yo a esa persona, entonces ahí uno toma conocimiento de cuál es su vida, su relación con las partes y eventualmente cuál es su consideración acerca del delito y el conocimiento que tuvieron de la causa. Por eso no se pueden dar datos que ilustren a esta gente, porque pueden ser automáticamente vedados como jurado y además no nos sobran jurados, porque usted convoca a la gente y la gente no va».
¿Qué le ofrece el estado a esa gente que debe dejar sus trabajos y demás?
«El estado le ofrece un hotel a la gente que es de afuera de San Nicolás, le paga la comida y sí es del pueblo la manda automáticamente a su casa».
¿Por qué solo la defensa puede pedir que el juicio sea por jurado?
«El juicio por jurado está establecido en todos los delitos que son mayores a 15 años en cuanto a pena máxima, pero la decisión final de sí eso va a ser por jurado o no, es de la defensa, entonces la defensa puede decir- si este juicio correspondería ser por jurado- yo renuncio al jurado y quiero que sea un juicio común. Se interpreta como un derecho del imputado tener el jurado, entonces si es un derecho del imputado se le pregunta al imputado si lo quiere en esos términos o no».
¿Es una cuestión de estrategia?
«La defensa evalúa que le conviene, porque a lo mejor cree tener elementos para convencer a un jurado popular y no a un juez técnico y entonces opta por este procedimiento».
¿Hay un tribunal en la audiencia o solo un Juez como en las películas?
«La dirección la realiza un solo juez y los testigos se dirigen y se expresan ante el jurado, les cuentan las cosas al jurado, el juez lo único que hace es la dirección técnica del debate, modera las preguntas, resuelve objeciones que se plantean en la audiencia, el jurado esta mudo durante todo el debate«.
¿Cuántos testigos tienen este tipo de juicios ?
«Depende del juicio, en este caso hay alrededor de 30 y pico de testigos que son comunes entre la defensa y la fiscalía y la defensa tiene otros 15 o 20 más que son propios de la defensa específicamente. El jurado no tiene un tiempo determinado para arribar a su resolución».
¿Es decir que quienes absuelven o condenan es el jurado. No se puede apelar?
«La decisión es apelable para la defensa, para la fiscalía no, la fiscalía tiene que conformarse con el veredicto, mientras que para la defensa si lo tiene- por eso se filma todo el juicio-de plantear alguna cuestión de apelación ante casación solamente».
¿Cuál es su posición sobre esta modalidad?
«Ha sido una experiencia valedera que sirve en el sentido que se integra a la comunidad a la decisión y que de alguna manera le lleva a la gente al conocimiento de lo complejo que es resolver una cuestión penal y determinar que alguien sea inocente o culpable, de esa manera toman contacto con la complejidad de resolver este tipo de cuestiones y eso es un elemento valioso para la comunidad».
¿Cómo reacciona el vecino que es jurado porque es mucha la responsabilidad y el riesgo por la exposición?
«No somos una sociedad proclive para estas cuestiones y cuando este le dice a la gente que va a estar tres días completos de las ocho de la mañana hasta las ocho de la noche saltan un montón de objeciones y en lugar de verse como algo positivo que la gente quiera realmente, surgen un montón de obstáculos y un montón de objeciones a esta cuestión.”
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