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La empresa Argen Oil S.A. ha insistido esta semana con sendas cartas al municipio, manifestando que es inaplicable la Ordenanza que prohíbe su instalación y por la cual se ha clausurado el predio.

El Dr. Heber Lischetti, Asesor Letrado de la Municipalidad de Baradero, expresó que son resortes que tiene la Empresa para peticionar lo que ellos consideran que es su derecho, pero que el municipio en su conjunto, el poder ejecutivo y legislativo, tienen muy clara su postura y no la va a modificar

 “ARGEN OIL tiene derecho a impugnar la medida de la clausura,  por lo tanto presento un recurso de reposición,  de reconsideración. Nosotros creemos que esta partiendo de una premisa falsa porque lo que está diciendo la empresa  es que se está prohibiendo en una zona Industrial y que es una ordenanza que prohíbe esa actividad en una determinada zona de Baradero- prohibida esa actividad está modificando el uso del suelo-  y cuando se dicta una ordenanza para la utilización del suelo con consideraciones de medio ambiente y demás,  debe pasar a organismos provinciales. En cambio nosotros creemos que en realidad está ordenanza  no modifica el uso del suelo,  sino que lo que está haciendo es prohibiendo- en ese lugar del partido de Baradero- una actividad determinada que es el tema de la destilería, pero por otro lado no prohíbe la instalación de Industrias de categoría tres,  es decir no está modificando el uso del suelo, esa es la principal discusión que esgrime ARGEN OIL y que nosotros entendemos que es un criterio equivocado que ha tenido el decreto que sancionó en su oportunidad  el Intendente y que después ratificó mediante ordenanza el Concejo Deliberante, creo que ahí ronda la discusión central en la confusión  de cómo se encaran las cosas y cuál es el verdadero criterio del Municipio.

ARGEN OIL en unos de los recursos que plantea  cuando habla de que es para nosotros equivocada la postura,  dice que se incumplió con un decreto de nivel provincial que implica la elevación a los organismos provinciales pero en realidad ese mismo decreto faculta a los municipios a tomar determinadas medidas de carácter local en resguardo y protección del medio ambiente. Entonces volvemos a decir lo que estamos pensando la ordenanza que prohíbe la destilería no está modificando el uso del suelo sino que está determinado la prohibición a que en ese lugar específicamente del partido de Baradero- por diversas circunstancias, hay barrios y demás-,  no se instale una destilería,  si otra empresa de categoría tres, pero no esa actividad no, ARGEN OIL no ha solicitado otro lugar de instalación en el partido de Baradero sino que está insistiendo con su postura de que tiene derecho a instalarse en ese lugar. Que tenga la categorización no hablita a que pueda ejercer la actividad.   

Han presentados los recursos pertinentes  y esos recursos se van a resolver dentro de los plazos administrativos, ha presentado también ante el juzgado de faltas, creo que ha presentado una nota al Honorable Concejo Deliberante,  son resortes que tiene la empresa ARGEN OIL para peticionar lo que cree que le asiste el derecho, nosotros creemos que no le asiste y vamos a resolver cada uno de los puntos resguardando la decisión primordial que ha tomado este Municipio tanto el Departamento Ejecutivo como el Concejo Deliberante en su momento y seguir fiel a ese criterio porque es una decisión que la lleva tres años o dos años y algo y se ha mantenido en el tiempo».                               

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1 COMENTARIO

  1. GRACIAS A EL MUNICIPIO SIGAN CON SU POSTURA. ESA EMPRESA NOOOOOOOOOOOO!

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