En el día de hoy, miércoles 05 de febrero, ingresó al HCD una nota firmada por Emilio Luciano Rosso, apoderado de la empresa Argen Oil S.A., en la cual acompaña dictámenes provinciales sobre la validez del certificado de zonificación extendido en año 2010 y la inaplicabilidad y falta de vigencia de la Ordenanza Nº 4506/2011.- Resueltos en el Expediente 2145-39503/13.-
Entre los informes remitidos existe un dictamen expedido por la Directora Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial Arquitecta Claudia Viviana Rodríguez y por el Director de Ordenamiento Local Arquitecto José Luis Stancatti, donde en su parte pertinente dice: “Del análisis efectuado con respecto a las Ordenanzas Nº 4112/09 y 4506/11, nombradas en el informe del OPDS de fs. 48/49, surge que: la primera de ellas (copia simple obrante a fs. 7/12) establece equivalencias de acuerdo a lo normado por el Art. 40º del Decreto 1741/96; la última (Copia simple obrante a fs. 17/18), dispone en su Art. 2º un mecanismo de intervención del HCD ante toda solicitud de radicación de establecimientos pertenecientes a la tercera categoría en la “antigua zona industrial del Partido” y en su Art. 3º prohíbe la radicación de industrias que procesen petróleo y derivados sobre la calle Bernabé de San Martín desde la calle Antártida hasta la bajada de la empresa Atanor.
Cabe informar que ninguna de las Ordenanzas mencionadas registra gestión para su convalidación por parte del PE Provincial, operación que, por tratarse de reglamentaciones que afectan la posibilidad de radicación de usos del suelo, deben gestionarse indefectiblemente en el marco del Art. 83º del DL 8912/77, razón por la cual, esta Dirección Provincial estima que no se encuentran vigentes, debiéndose remitir en consecuencia a lo establecido por la Ordenanza Nº 524/80 en materia de ordenamiento urbano para determinar los usos admitidos, indicadores de ocupación y dimensiones mínimas de subdivisión en la zona en cuestión.
Esto significa que nunca se remitió la ordenanza por parte del Ejecutivo Local al Gobierno de la Provincia de Bs. As. y de ahí a los distintos organismos a cargo de los temas inherentes a la radicación de industrias en suelo bonaerense. Es decir que de acuerdo al informe de la Directora Pcial. de Ordenamiento Urbano y Territorial de la Provincia, la ordenanza de prohibición no es válida.
Si a la situación planteada le sumamos las notas firmadas por el Director de Medio Ambiente, Miguel Germann y el ex Secretario de Obras, Arq. Oscar Righini, autorizando los estudios de perfectibilidad en esa zona, los dichos del Ingeniero Cappa de Argen Oil S.A. cada día que transcurre son mas veraces.
Cappa en la reunión informativa que mantuvo con los concejales expresó que ellos cuentan con todos los elementos para demostrar la inaplicabilidad y falta de vigencia de la Ordenanza Nº 4506/2011. Además del apoyo de la Secretaria de Energía de la Nación.
Palabras más, palabras menos, como dijo Cappa: «Argen Oil S.A tiene todo para poder instalarse, lo que no queremos es estar enfrentados con el municipio, por eso asistimos a estas reuniones para que conozcan el nuevo proyecto.»
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