Dialogamos con el concejal Martín Genoud sobre el transito, los controles y el sentido de circulación de las calles.
Dejó en claro que el ordenamiento de la ciudad, el sentido de circulación, los nombres de las calles, etc, lo decide el HCD.
“El sentido de circulación según la ordenanza vigente con respecto a las calles asfaltadas es que se debe respetar la circulación del comienzo al final del recorrido, lo que no quiere decir que existan excepciones.
No hay ningún pedido concreto para cambiar el sentido de ninguna calle.
Con respecto a 4 de Febrero, algunos vecinos pidieron que sea doble mano, pero se va a esperar a ver si se asfalta Pueyrredon.
Se han realizado dos resoluciones del HCD, pidiéndole que se señalicen las calles, que se coloquen semáforos.
Hoy hay calles que siguen teniendo los carteles de doble mano, como Mitre por ejemplo”.
Genoud fue contundente al definir cómo ve el transito en Baradero hoy, “creo que no hay más accidentes porque esta la mano de Dios en todas las esquinas, realmente da miedo”.
También opinó sobre el cambio que se produjo con la ida de Scarfoni
“El transito cambio con la ida de Scarfoni, pero cambio para peor, Scarfoni se fue y quedo un vacio, hoy no hay inspectores, no hay controles, no hay campañas de concientización”.
Con respecto al accionar de Scarfoni, el concejal dijo: “si le podemos achacar algún error a Scarfoni, es en cuanto a la forma de hacer los controles y a los excesos que se producían, quizá falto ahí la mano del intendente para que se empiecen con campañas de concientización que se lleven adelante otras cuestiones, no solo los controles. Ningún control es malo, todos debemos cumplir la ley, si no nos gusta tenemos los resortes legales para cambiarla, pero mientras exista la debemos cumplir, con Scarfoni no estaban mal los controles, se había excedido en algunas formas”.
Parte resolutiva de la Ordenanza 4062:
Art. 1°: Establecer que todas las calles de la ciudad de Baradero, hasta la última esquina en que se encuentren asfaltadas, mantendrán el mismo sentido de circulación vehicular que tienen en el resto de su recorrido.
Art. 2: El Departamento Ejecutivo, implementara un plan de educación vial y efectuara la correspondiente señalización.
Resolución:
Visto el estado actual del tránsito en nuestra ciudad
Y Considerando.
Que algunas calles carecen totalmente de señalizaciones en cuanto al sentido de circulación y al no existir controles sobre el transito, se prestan para que los vehículos circulen a gran velocidad en ambos sentidos, con los riesgos que esto provoca tanto para automovilistas como para los peatones.
Que existen reglamentaciones vigentes, como la Ordenanza N°4062, que indican los sentidos de circulación de las calles asfaltadas en nuestra ciudad.
Que a pesar de la reglamentación vigente, siguen existiendo carteles informativos que contradicen esta reglamentación.
Que por no existir señalización ni control, circulan por las calles asfaltadas vehículos de carga, los que no solo son un riesgo para la seguridad sino que por no estar los asfaltos preparados se va a provocar la rotura de los mismos.
Que este Honorable Concejo aprobó la Resolución 49/09 para que se coloquen lomadas reductoras de velocidad y semáforos en la Ruta 41 en su intersección con la calle 4 de Febrero, Carrasco y Av. Roca.
Que es función indeclinable del Municipio velar por la seguridad de los ciudadanos.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, este Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Resolución.
Artículo 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios para, a través de lomadas reductoras de velocidad y/o semáforos, lograr la reducción de velocidad de circulación en las calles 4 de Febrero y aledañas.
Artículo 2°: Requiérase al Departamento Ejecutivo que a través del área que corresponda coloque en forma urgente la correcta señalización, tanto de su sentido de circulación, como del tipo de vehículos autorizados a circular por las mismas, en todas las calles asfaltadas del partido de Baradero.
Artículo 3°: Arbitrar los mecanismos necesarios para dar cumplimiento a la Resolución 49/09 aprobada en diciembre del año 2009.
Artículo 4°: De forma.-
Juan Martín Genoud
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