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HCD: Incorporarán la bandera de los Pueblos Originarios como símbolo en las escuelas.

HCD: Incorporarán la bandera de los Pueblos Originarios como símbolo en las escuelas.

HCD: Incorporarán la bandera de los Pueblos Originarios como símbolo en las escuelas.

21/09/2011

Categoría: Interés general, xHoy1

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Anoche en la sesión ordinaria del HCD, el concejal José María Serpi, presentó un proyecto para que todas las instituciones educativas incorporen dentro de sus Banderas de Ceremonias a la bandera de los Pueblos Originarios denominada “WIPHALA” como parte de los símbolos de nuestra Nación. Además la ordenanza que trascribimos abajo, propone colocar todos los 12 de octubre las banderas a media asta en recordación de los indígenas fallecidos en la conquista de América.

Archivo:SIGNIFICADO DE WIPHALA

El proyecto de ordenanza fue aprobado y girado a la comisión de educación para su reglamentación.

Visto la necesidad de reforzar los símbolos, la historia y rescatar los valores de los pueblos originarios para que estas generaciones y venideras descubran que existía otra cultura, reconociendo la preexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios argentinos.

Considerando

Que es necesario representar con símbolos contundentes lo que queda plasmado en una legislación, para que trascienda a lo largo del tiempo y sean un continuo disparador de reconocimiento real de la historia que nos atañe como Nación.

Que somos una de las únicas comunidades en la cual se encuentra emplazado un cementerio indígena, lugar sagrado de los ancestros de nuestra ciudad.

Que debemos reconocer que somos parte de un país con diversidad de pueblos, cultura, etnias pero que por sobre todo habitamos la misma tierra.

Que todavía la Municipalidad de Baradero no adhirió a la Ley Nº 23.302, la cual garantiza el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconociendo la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan.

Que la existencia de banderas indígenas junto con nuestro emblema patrio, no niega ni ofende a la bandera argentina, tal como no niega ni ofende las banderas que representan a cada región o provincia; lo que hacen es acompañarla y mostrar la diversidad de Argentina.

Por todo lo expuesto anteriormente en uso de sus atribuciones el Honorable Concejo Deliberante de Baradero emite el siguiente proyecto de ordenanza:

PROYECTO DE ORDENANZA

“RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS“

ARTICULO 1º. La Municipalidad de Baradero adhiere a la Ley Provincial Nº 11.331 en la cual la Provincia de Buenos Aires adhiere al contenido y alcance de la Ley Nacional Nº 23.302 – Ley sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes.

ARTICULO 2º. Declárese en todo el Partido de Baradero a partir de la promulgación de la presente Ordenanza los días 9,10 y 11 de Octubre de cada año como “Los Últimos Días de Libertad Indígena” y el 12 de Octubre como “Día de la Resistencia y Dignidad de los Pueblos Originarios”.

ARTICULO 3º. La Municipalidad de Baradero dispone a partir de la promulgación de la presente Ordenanza que todas las instituciones educativas incorporen dentro de sus Banderas de Ceremonias a la bandera de los Pueblos Originarios denominada “WIPHALA” como parte de los símbolos de nuestra Nación.

ARTICULO 4º. La Municipalidad de Baradero dispone a partir de la promulgación de la presente Ordenanza que todos los 12 de Octubre el pabellón nacional flamee a media asta en todos los edificios públicos y actos conmemorativos, en memoria y reivindicación de los pueblos originarios.

ARTICULO 5°. A través de la Dirección de Cultura, se formara una Comisión “ah honorem”, compuesta de distintas etnias, para la conmemoración de las fechas señaladas en dicha Ordenanza.

ARTICULO 6°. A través de la Dirección de Educación se envíe una copia de la presente ordenanza a cada establecimiento educativo, he impulse políticas educativas por las cuales se debata y profundice el tema entre alumnos del distrito.

ARTICULO 7º. Deróguense las normas existentes, Ordenanza nº 3611.

ARTICULO 8º. Envíese copia a los Honorables Concejo Deliberantes de la Provincia. de Buenos Aires, solicitando adhesión a la misma.

ARTICULO 9°. De forma.

Fernando Bogado

Claudio Maroli

José María Serpi

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