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El listado 2015 tenía que estar completo hace 7 meses. Pero como ocurre desde los últimos años, no llega en tiempo y en forma. Además los concejales dieron tratamiento legislativo a varios pedidos de vecinos por el uso del espacio público.

Ayer, pasadas las 10:30 horas, se llevó a cabo una sesión extraordinaria del Honorable Concejo Deliberante con motivo de darle curso a varias solicitudes de vecinos que pidieron el uso del espacio público, sobre todo por la época turística que se avecina. Un tema central fue el tratamiento del listado de Mayores Contribuyentes al cual le falta información para terminar de aprobarlo.

Desde el Ejecutivo saliente, como si no supieran, remitieron un listado con los nombres de Mayores Contribuyentes pero sin detallar si mantienen deudas con la Municipalidad. También se debe analizar si son proveedores municipales u ocupan algún cargo que los vincule con la comuna.

Ante la falta de información, los concejales remitieron nuevamente el listado para que el nuevo Ejecutivo complete los datos solicitados.

“La sesión fue porque ingresaron varios pedidos de vecinos y tenemos que darle tratamiento legislativo que es la forma de darle una respuesta a los baraderenses ante las presentaciones que formulan en el Concejo Deliberante y también enviamos al Ejecutivo el listado de Mayores Contribuyentes para que se agreguen más datos, principalmente si mantienen deuda con la Municipalidad porque en ese caso quedan excluidos”, manifestó Martín Cárdenas, el concejal de la Coalición Cívica que fue elegido como el nuevo presidente Legislativo.

Esta sesión extraordinaria si bien fue la primera de la nueva conformación legislativa fue la segunda en lo que va de diciembre porque la primera se convocó para aprobar la renuncia de Aldo Carossi como intendente de Baradero. La misma se desarrolló el miércoles 9 de diciembre a la noche.

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El listado, siempre tarde

Según lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 94, el listado de mayores contribuyentes se confecciona del 1° al 15 de mayo de cada año. Estamos a mediados de diciembre, a siete meses de un listado que ya tendría que estar definido.

Los mayores contribuyentes son los ciudadanos que están al día con las tasas y se pueden anotar por propia voluntad. El listado se confecciona con el doble de la cantidad de concejales, la mitad son titulares y la otra suplentes. Si el listado no se completa, es facultad del intendente agregar más personas para cumplir con el requerimiento. Una vez establecido el listado, los concejales eligen titulares y suplentes.

En el mencionado artículo 94 de la LOM se detalla quienes no pueden inscribirse. A saber:

  1. a) Los que no tengan su domicilio real y permanente en el Municipio.
  2. b) El intendente y los concejales.
  3. c) Los incapaces, los quebrados y concursados civiles.
  4. d) Los que estén comprendidos en las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los artículos 6 y 7.
  5. e) Las personas jurídicas.

Incompatibilidades

El inciso d) refiere al contenido de los artículos 6 y 7. Que establecen:

Artículo 6: No se admitirán como miembros de la Municipalidad:

1) Los que no tengan capacidad para ser electores.

2) Los que directa o indirectamente estén interesados en algún contrato en que la Municipalidad sea parte, quedando comprendidos los miembros de las sociedades civiles y comerciales, directores, administradores, gerentes, factores o habilitados. No se encuentran comprendidos en esta disposición, los que revisten en la simple calidad de asociados de Sociedades Cooperativas y Mutualistas.

3) Los fiadores o garantes de personas que tengan contraídas obligaciones con la Municipalidad.

4) Los inhabilitados para el desempeño de cargos públicos.

5) Las personas declaradas responsables por el Tribunal de Cuentas mientras no den cumplimiento a sus resoluciones.

Artículo 7°: Las funciones de intendente y concejal son incompatibles:

1) Con las de Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Miembros de los Poderes Legislativo o Judicial, Nacionales o Provinciales.

2) Con las de empleado a sueldo de la Municipalidad o de la Policía.

Por qué las exigencias

El fundamento de las incompatibilidades o prohibiciones es porque los mayores contribuyentes aprueban o rechazan por ejemplo un aumento de tasas o la contratación de deuda por parte de la Municipalidad para acceder a un crédito.

Publicado por La Autentica Opinión de Baradero (edición 19/12/15

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1 COMENTARIO

  1. seria bueno que los concejales también muestren que están al día con los impuestos

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