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La Secretaría de Comercio Interior dispuso que las empresas de televisión por cable deberán justificar el precio del servicio a través de una fórmula, que necesitará el visto bueno de ese organismo para ser aplicada. Así lo estableció a través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, en la cual afirmó que “la discrecionalidad en la fijación del precio opera como un mecanismo de exclusión de los usuarios”. Según esa medida, las compañías deberán justificar el precio del servicio de TV paga tomando en cuenta una decena de parámetros, y presentar los resultados para su posterior aval en la Dirección de Lealtad Comercial, entre el 8 y el 22 de marzo. Para calcular el valor del abono, las empresas deberán detallar varios ítems, entre ellos capital empleado, monto de inversión necesaria para mantener el servicio y gasto de mantenimiento de red. Comercio Interior aclaró que esta decisión “no vulnera los derechos de propiedad” sino que se “limita a defender los derechos de los usuarios”. Y advirtió que “diversas publicaciones efectuadas en medios periodísticos, permiten comprobar una distorsión en los precios del mercado televisivo que debe ser corregido”.

Por ese motivo, indicó que “tomará los recaudos que sea menester en el marco de su competencia y procederá a ejecutar el mecanismo que se aprueba, a los efectos de establecer en relación a la comercialización de televisión paga, un precio igualitario al que deberán ajustarse todas las operaciones relacionadas a dicho consumo”.

“El interés nacional que implica la tutela de la información como servicio de relevancia social, debe conducir a la adopción de políticas de Estado a efectos de lograr la satisfacción del mismo”, añadió la Secretaría que conduce Guillermo Moreno.

La semana pasada, la Cámara Nacional de Apelaciones Civil y Comercial aceptó un recurso de amparo presentado por Cablevisión (entre otras empresas de TV paga) para mantener en vigencia las actualizaciones tarifarias que venían aplicando las firmas desde fines de 2009.

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia había dictado el 21 de enero último, una resolución por la cual ordenó a Cablevisión, Direct TV, Telecentro, Supercanal y a todos los cableoperadores “que se abstengan” de ajustar los precios “durante los próximos 60 días”.

A la vez, la resolución oficial determinaba que, si habían aumentado, las empresas debían retrotraer el precio a noviembre de 2009, aunque después se les permitió que reintegren este mes las diferencias ya facturadas.

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