Inicio

Interés general

Ley PYME. Como acceder a sus beneficios

Ley PYME. Como acceder a sus beneficios

Ley PYME. Como acceder a sus beneficios

31/07/2017

Categoría: Interés general, xHoy1

Compartir:

En Agosto del 2016 entró en vigencia la Ley N° 27.264, conocida como la Ley PYME, que crea beneficios impositivos y financieros para las pequeñas y medianas empresas. Estos beneficios fiscales, han sido establecidos para aliviar la situación impositiva del sector que mayormente genera empleo en el Pais: Las PYMES.

Es por ello, que acceder en forma automática a los beneficios los contribuyentes deben inscribirse como PYMES ingresando al servicio web denominado “PYME Solicitud de categorización y/o Beneficios”, y encuadrar la situación de su empresa o explotación de acuerdo al siguiente esquema de ingresos anuales:

Categoría Agropecuario Industria y Minería Comercio Servicios Construcción
Micro $ 2.000.000 $ 7.500.000 $ 9.000.000 $ 2.500.000 $ 3.500.000
Pequeña $ 13.000.000 $ 45.500.000 $ 55.000.000 $ 15.000.000 $ 22.500.000
Mediana Tramo 1 $ 100.000.000 $ 360.000.000 $ 450.000.000 $ 125.000.000 $ 180.000.000
Mediana Tramo 2 $ 160.000.000 $ 540.000.000 $ 650.000.000 $ 180.000.000 $ 270.000.000

La categorización adopta un criterio cuantitativo basado en los ingresos anuales, de acuerdo al sector al que pertenecen. Los mismos se calculan de acuerdo al promedio de los últimos tres ejercicios comerciales o años fiscales, excluyendo del cálculo el IVA, el impuesto interno que pudiera corresponder y deduciendo hasta el 50% del monto de las exportaciones. 

PRINCIPALES BENEFICIOS FISCALES 

  1. PAGO DEL IVA A LOS 90 DIAS. Podrán ingresar el saldo resultante de la DJ de IVA, en la fecha de vencimiento correspondiente al segundo mes inmediato siguiente al de su vencimiento original, en las condiciones que estableció la AFIP en las RG 3945 .
  2. IMPUESTO SOBRE LOS DEBITOS Y CREDITOS  Podrá ser computado en un 100% como pago a cuenta del impuesto a las ganancias por las empresas que sean consideradas “micro” y “pequeñas” y en un 50% por las industrias manufactureras consideradas “medianas-tramo 1”. El cómputo del pago a cuenta podrá efectuarse en la declaración jurada anual del impuesto a las ganancias o sus anticipos.

Será condición para el cómputo como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, que la cuenta bancaria en la cual se efectúa la percepción del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias se encuentre a nombre del beneficiario categorizado.

  1. PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS POR INVERSIONES PRODUCTIVAS. Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que realicen inversiones productivas, tendrán derecho a computar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, el 10% sobre el valor de las inversiones productivas realizadas durante el año fiscal o ejercicio anual, con un tope del 2% sobre el promedio de los ingresos netos obtenidos en concepto de ventas, prestaciones o locaciones de obra o de servicios, según se trate, correspondientes al año fiscal o ejercicio anual en el que se realizaron las inversiones y el anterior. En el caso de las industrias manufactureras Micro, Pequeñas y Medianas -tramo 1-, el límite porcentual establecido en el párrafo anterior se incrementará a un 3%.

Las inversiones en bienes de capital deben tener por objeto, según corresponda, la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital, nuevos o usados, excluyendo a los automóviles

  1. BONO DE CREDITO FISCAL POR INVERSIONES EN BIENES DE CAPITAL Y OBRAS DE INFRAESTRUCTURA. Es un régimen  de fomento a la inversión para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas coordinado por el Ministerio de Producción, que permite que los créditos fiscales del IVA que hubiesen sido originados en inversiones productivas sean utilizados para cancelar otros impuestos, inclusive los aduaneros. El objetivo es aliviar el costo financiero de las PYMES que se genera al acumular saldos a favor de IVA que se mantienen en el tiempo.

REPRO.  Se trata de un subsidio al pago de una porción salarial no remunerativa a trabajadores del ámbito privado de sectores o zonas geográficas en crisis acreditadas ante el Ministerio de Trabajo de la Nación.

El importe del subsidio REPRO se elevará en un 50 % en los casos que se trate de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas mediante un trámite simplificado.

GANANCIA MINIMA PRESUNTA.  No les será aplicable el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta a partir del día 1° de enero de 2017.

Asimismo,  la inscripción en el Registro PYME produce beneficios adicionales tales como la extensión del plazo para ingreso de divisas en operaciones de exportación y el acceso a créditos con tasas bonificadas.

A efectos de obtener mayor información, podrá consultarse la página institucional de la AFIP (www.afip.gob.ar) o concurrir a recibir asesoramiento en alguna de las dependencias de la Dirección Regional Mercedes

Comentarios de Facebook

Últimas noticias

Titular de la UOM cuestionó a la CGT: “¿Qué más tiene que pasar para que tomemos la iniciativa?”

Titular de la UOM cuestionó a la CGT: “¿Qué más tiene que pasar para que tomemos la iniciativa?”

El secretario general de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), Abel Furlán, volvió a exigir públicamente que la CGT defina un...

Clariant cierra su planta en Zárate y cesa su producción en Argentina

Clariant cierra su planta en Zárate y cesa su producción en Argentina

La empresa suiza Clariant ha decidido cerrar de manera definitiva su planta ubicada en el Parque Industrial de Zárate, lo...

Cuenta DNI lanza una promoción sorpresa este sábado 21 de junio

Cuenta DNI lanza una promoción sorpresa este sábado 21 de junio

La billetera digital de Banco Provincia ofrecerá este sábado 21 de junio un beneficio sorpresa en carnicerías, granjas y pescaderías....

Detectan partículas de harina en el aire y estudian su posible vínculo con la celiaquía

Detectan partículas de harina en el aire y estudian su posible vínculo con la celiaquía

Un grupo de investigadores liderado por Mauricio De Marzi, científico del CONICET y docente en la Universidad Nacional de Luján,...

20 DE JUNIO: BELGRANO, CON “B” DE BANDERA

20 DE JUNIO: BELGRANO, CON “B” DE BANDERA

Manuel José Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano murió el 20 de junio de 1820, a los 50 años de...

Publicidades

Labul Forrajería ABC Clean Granix

Noticias relacionadas

Interés general

Cuenta DNI lanza una promoción sorpresa este sábado 21 de junio

Cuenta DNI lanza una promoción sorpresa este sábado 21 de junio

La billetera digital de Banco Provincia ofrecerá este sábado 21 de junio un beneficio sorpresa en carnicerías, granjas y pescaderías....

Leer nota

Interés general

Doble vara de la Justicia. Bregman denuncia que los cómplices del genocidio, hoy lideran la cruzada ’anticorrupción’

Doble vara de la Justicia. Bregman denuncia que los cómplices del genocidio, hoy lideran la cruzada ’anticorrupción’

La abogada defensora de Derechos Humanos y ex Diputada Nacional por el PTS en el Frente de Izquierda cuestionó el...

Leer nota

Interés general

Así funciona el nuevo sistema para acceder a los medicamentos gratuitos

Así funciona el nuevo sistema para acceder a los medicamentos gratuitos

El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) modificó este mes el procedimiento para que sus afiliados puedan acceder a la...

Leer nota

Economía

Por la caida del consumo

Por la caida del consumo

Alertan que los kioscos “Están camino a desaparecer” El vicepresidente de la Unión de Kiosqueros de la República Argentina (UKRA),...

Leer nota