La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó hoy los valores del régimen simplificado para pequeños contribuyentes para el 2024. Allí estableció cuánto se pagará en cada categoría el año próximo.
Al respecto, el contador Marcos Felice indicó a Infobae que “la AFIP publicó los valores de los parámetros y montos a ingresar vigentes a partir del 1 de enero de 2024″. Además, precisó que hubo una actualización anual del “110,90% en los montos a pagar, alquileres devengados y precio máximo unitario de venta”. En cambio, luego de la actualización de julio, se incrementaron el “49,02% los parámetros de facturación”. El organismo no difundió ninguna precisión sobre esta cuestión.
“Es una actualización insuficiente teniendo en cuenta el nivel inflacionario actual y sobre todo el que se prevé para los primeros meses de 2024. Esto va a hacer que muchos queden excluidos o tengan que recategorizarse y pagar más, no por vender más sino por la suba de los precios”, indicó Felice. “Hoy debería contemplarse una actualización mínimamente trimestral”, agregó el experto.
Por otra parte, sugirió “reformular los procedimientos de exclusión y pase al régimen general para que no sea una carga tan pesada”.
Además, Felice recordó que, por decisión del gobierno anterior, “están suspendidas hasta el 31/12 las exclusiones de oficio por controles sistémicos y eso aún no se prorrogó”.
“La actualización es completamente insuficiente teniendo en cuenta que Inflación acumulada anual a noviembre 2023 según INDEC fue del 148,2% y la Inflación interanual a noviembre 2023 del 160,9%. Urge modificación del régimen y de la modalidad de actualización de parámetros y escalas. En los primeros meses de 2024 se va a ver una catarata de excluidos y de recategorizados a las categorías más altas del régimen. Va a crecer el “enanismo fiscal” ya que muchos van a ocultar ventas e ingresos para no salir del Monotributo y dar el salto al régimen general. Debe corregirse esta situación ya mismo“, precisó en su Blog del contador.
En tanto, Sebastián Domínguez consideró que “como toma el ajuste de la movilidad jubilatoria, la realidad es que se ajustó tomando el parámetro de enero del año pasado, cuando en realidad debería multiplicarse por el IPC de los últimos 12 meses. Es decir que ya perdió bastante. Además, el próximo ajuste automático por ley es en enero 2025 y de acá a julio la inflación que va a haber va a ser monstruosa”.
“Pensando en la actualización, debería haber una cláusula gatillo, que sea una actualización trimestral, que indique que si la inflación supera el 15% en el mes, se hace mensual. Como se usaba en los convenios colectivos y en los acuerdos salariales”.
“Deberían suspenderse al menos hasta que se estabilice la economía y se reformule el régimen simplificado”, indicó.
La recategorización, según la AFIP, es una evaluación de parámetros que deben realizar los monotributistas para saber si se encuadran en la misma categoría en la que están o deben modificarla. Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.
No deberán efectuar ninguna acción quienes mantengan la misma categoría, ni quienes tengan menos de 6 meses de actividad, expresó el organismo en su página web. Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses. Si hubo cambios en los ingresos, alquileres, superficie del local o energía consumida, hay que ingresar con clave fiscal para recategorizarse; si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se permanece en la misma categoría.
La recategorización se realiza del 1 al 20 de enero y julio; los pasos para recategorizarse están detallados en la guía “Recategorización de Monotributo” de la AFIP.
Para determinar la categoría en la que corresponde ubicarse dentro del monotributo, hay que tomar en cuenta en relación a los últimos 12 meses los ingresos brutos acumulados; la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad. Luego, se deben comparar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.
Así quedó cada categoría:
Categoría A
La categoría A del monotributo es la más básica y está dirigida a los pequeños contribuyentes que realizan actividades de servicios o venta de bienes. El tope de facturación anual para esta categoría es de $2.108.279. El pago mensual del componente impositivo es de $1.049, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $12.128,39.
Categoría B
La categoría B del monotributo es similar a la categoría A, pero con un tope de facturación anual mayor, de $3.133.928. El pago mensual del componente impositivo es de $2.019, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $13.561,75.
Categoría C
La categoría C del monotributo tiene un tope de facturación anual de $4.387.500. El pago mensual del componente impositivo es de $3.091, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $15.095,15.
Categoría D
La categoría D tiene un tope de facturación anual de $5.449.072. El pago mensual del componente impositivo es de $4.163, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $16.626,57.
Categoría E
La categoría E tiene un tope de facturación anual de $6.416.502. El pago mensual del componente impositivo es de $5.235, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. Sin embargo, el aporte a la obra social es mayor que el pago mensual, por lo que el total a pagar por mes es de $8.511.
Categoría F
La categoría F tiene un tope de facturación anual de $8.020.627. El pago mensual del componente impositivo es de $6.327, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $19.450,17.
Categoría G
La categoría G tiene un tope de facturación anual de $9.624.753. El pago mensual del componente impositivo es de $7.419, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $21.052,57.
Categoría H
La categoría H tiene un tope de facturación anual de $11.916.360. El pago mensual del componente impositivo es de $8.511, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $22.563,89.
Categoría I
La categoría I es similar a la categoría H, pero está dirigida a los contribuyentes que realizan actividades de venta de bienes. El tope de facturación anual es el mismo, de $11.916.360. El pago mensual del componente impositivo es también de $8.511, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $22.563,89.
Categoría J
La categoría J tiene un tope de facturación anual de $16.957.898. El pago mensual del componente impositivo es de $12.643, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $25.196,17.
Categoría K
La categoría K es similar a la categoría J, pero está dirigida a los contribuyentes que realizan actividades de venta de bienes. El tope de facturación anual es el mismo, de $16.957.898. El pago mensual del componente impositivo es también de $12.643, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $25.196,17.
Monotributo 2023: paso a paso cómo realizar la recategorización
- Entrar a la página de AFIP | Monotributo.
- Ingresar con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.
- Elegir la opción “Recategorización”.
- El sistema mostrará la categoría vigente y los topes máximos.
- Luego, seleccionar la opción “Continuar recategorización”.
- Dar a conocer el monto facturado en los últimos 12 meses.
- Informar los datos correspondientes a la actividad personal, según solicite el sistema.
- El esquema mostrará la categoría correspondiente.
- Chequear la información brindada.
- Si la información es correcta, hacer clic en “Confirmar categoría”.
- El sistema informará si el cambio se desarrolló de forma correcta y se podrá imprimir la credencial.
Infobae
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