El Secretario de Derechos Humanos de la Municipalidad, Fabián Ferreyra nos informó que el Juez González Charvay, rechazó el amparo presentado por esa Secretaria en representación de todos los abonados al cable.
Con fecha 11 de julio de 2011 el Juzgado Federal de Campana a cargo del Dr. ADRIAN GONZALEZ CHARVAY. Juez subrogante, notifica a esta Dirección en la persona del Abogado autorizado, que rechaza la acción de amparo colectiva intentada contra CABLEVISION S.A. y que entabla quien suscribe por considerar que carece de legitimación activa para obrar defender y/o peticionar y/o representar intereses de los usuarios y/o clientes contra la empresa Cablevisión.- De la lectura que hace el Juez del Organigrama Municipal entiende que el ámbito de aplicación de las facultades que poseo es el municipio de Baradero y que sólo se me confiere competencia para actuar en el ámbito municipal.- Que no soy la persona habilitada por la ley para asumir calidad de actor en representación de los usuarios y/o clientes y/o consumidores de cablevisión.- El Juez afirma que no hay un bien colectivo afectado ya que los derechos que se afectan son individuales y enteramente divisibles (lo que se materializa a traves de la facturación a cada cliente).- Esto significa que la justicia hace prevalecer una cuestión procesal por encima de los derechos de los usuarios que se intentaban proteger con esta acción, para evitar que la empresa siga refacturando y cobrando a los usuarios y consumidores una suma superior a la de $ 109 dictada por la Secretaría de Comercio Interior de la Nación en las resoluciones Nº 50/2010 y 36/2011.-
Estamos acostumbrados a este tipo de jueces que priorizan desestimar una acción por estas cuestiones, sin detenerse a analizar que lo que debe prevalecer son los derechos de usuarios y consumidores que ven afectado su derecho de propiedad y que la Función de ésta Dirección es dar respuesta a las necesidades de la población; y coordinar su actividad con organismos del Estado para proteger derechos humanos.- Así las cosas, cada usuario deberá reclamar por la via del amparo en forma individual o grupal, con los costos que ello demande.- Atentamente.-
FABIAN FERREYRA
DIRECTOR DE DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO COOPERATIVO
MUNICIPALIDAD DE BARADERO











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