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Residuos Peligrosos: Una ordenanza dormida que puede evitar la contaminación con agroquímicos

Residuos Peligrosos: Una ordenanza dormida que puede evitar la contaminación con agroquímicos

Residuos Peligrosos: Una ordenanza dormida que puede evitar la contaminación con agroquímicos

11/04/2013

Categoría: Interés general, Politica, xHoy1

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En consonancia con la preocupación suscitada en el Jardín 904 respecto de los residuos a los cuales pueden acceder fácilmente los niños y niñas (entre ellos envases de glifosato) el bloque de concejales del Frente Amplio Progresista solicita que el Ejecutivo active el programa Agrolimpio Baradero, una ordenanza promulgada hace 2 años pero que como muchas otras no se ponen en vigencia y quedan dormidas por falta de interés y de voluntad.

El programa Agrolimpio se canalizó por medio de la firma de un convenio entre la Municipalidad y la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes en el año 2011, a instancia de una preocupación surgida en la Sociedad Rural Baradero, y se estimó que los bidones sean depositados en un sector de la Cooperativa Agrícola de Ramallo, ubicada en el acceso a nuestra ciudad. En dicha presentación también estuvieron presentes autoridades del OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible).

El trabajo legislativo es de suma importancia para la comunidad, sobre todo cuando se logran iniciativas que cuentan con el apoyo de todos los bloques y en este caso de otras entidades locales y provinciales. Pero todo ese trabajo se ve de cierta manera debilitado ante un Ejecutivo que no concreta lo acordado y firmado.

En tal sentido, los concejales Mariano Pousa y Rodolfo Lacabanne presentaron el siguiente proyecto de resolución:

Visto

El incumplimiento de  la ordenanza Nº 4475 que regula el destino final de los envases vacíos de productos Fitosanitarios, la cual fue aprobada y promulgada a principios del año 2011. 

Considerando

Que en función del tratamiento de envases de Agroquímicos y con relación a esta delicada problemática, hay en vigencia legislación al respecto y normativas nacionales, provinciales y locales  que pretenden  direccionar el destino final de los envases vacíos de agroquímicos y evitar que se transformen en una fuente de contaminación o de riego toxicológico para los usuarios o personas que entran en contacto de manera fortuita.

Que la Ley Nacional N° 24.051 establece en su ARTICULO 2°, lo siguiente: “Será considerado peligroso, a los efectos de esta ley, todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”.

Que en la actualidad, en el ámbito nacional y regional, se desarrollan programas encuadrados en la Norma IRAM 12.069, que se refiere a Plaguicidas. Procedimiento para el lavado de envases rígidos de plaguicidas miscibles o dispersables en agua y que promueven el triple lavado de envases y la adecuación de instalaciones que operen como centros de acopio.

Que según esta norma, se recomienda que las instalaciones para la recolección, estarán ubicadas en distintos puntos de las zonas agrícolas para concentrar allí, los envases vacíos que hayan sido previamente sometidos al triple lavado y los centros de acopio conforman espacios donde los materiales son acondicionados para su destino final y disponen de equipos especiales como trituradoras o compactadoras de materiales.

Que una de las opciones más recomendadas para la disposición final de los envases, es llevarlos a una planta de acopio donde serán seleccionados y procesados de acuerdo al material y posteriormente reciclados.

Que en consonancia con la Ley provincial de Agroquímicos N° 10.699, la Ley Nacional de Medio Ambiente N° 25.675 y la norma IRAM 12.069,  el 19/04/2011, este Honorable Concejo Deliberante aprobó la ordenanza Nº 4475 promulgada por el Departamento Ejecutivo el 28/04/2011 que regula el tratamiento de envases vacíos de productos fitosanitarios.

Que la ordenanza Nº 4475 regula la actividad y aprueba la puesta en marcha del programa AGROLIMPIO BARADERO, de recepción, acopio y  despacho de envases vacíos de productos Fitosanitarios, para su posterior reciclado y utilización de la materia prima  para fines específicos.

Que la mencionada ordenanza aprueba también el convenio entre la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (CASAFE) y el Municipio de nuestra ciudad conjuntamente con entidades intermedias para la puesta en marcha del programa.

Que  la falta de cumplimiento de la normativa vigente  sobre el destino final de los distintos envases de Agroquímicos, quedó materializada en la problemática que acarrea el Jardín Nº 904 de nuestra ciudad, en donde se observa la proliferación de envases vacíos Fitosanitarios a una distancia tal que los niños pueden manipular los mismos como juguetes.

Que el peligro de contaminación se puede potenciar según el lugar donde se albergue eventualmente este tipo de envases, dado que estimaciones realizadas dan cuenta que el contenido residual puede alojar volúmenes de hasta 1,5% del total del producto contenido originalmente.

Que en virtud de la ordenanza existente y demás normativas en la materia, este H.C.D. en uso de sus facultades aprueba la siguiente

Resolución

Artículo N° 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo la urgente puesta en marcha del programa AGROLIMPIO que refiere la Ordenanza Nº 4475.

Artículo N° 2: Solicitar al Departamento Ejecutivo se cumpla con lo establecido en la Ley Nacional de Medio Ambiente Nº 25.675, haciendo hincapié en los siguientes principios:

Principio precautorio: Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente Principio de prevención: Las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir.

Artículo N° 3: Comuníquese a D.E. para sus efectos.

Artículo N° 4: De forma

 

Rodolfol Lacabanne

Mariano Pousa

Concejales – FAP

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