La semana pasada ingresó al Concejo Deliberante un proyecto para modificar la ordenanza y ampliar la competencia del Juez de Faltas Municipal para que pueda dictar sentencia en temas vinculados a Defensa del Consumidor.
De esta manera la instancia judicial se resuelve en el ámbito local.
Luego de ser estudiadas estas modificaciones por el cuerpo de concejales, se estaría aprobando en sesión ordinaria.
Uno de los primeros temas a tratar por el Juez seria la medida cautelar sobre los aumentos de la empresa del servicio de televisión por cable (Cablevisión).
Dialogamos con el Dr. Francisco Diez quien explica cuales serán los alcances de esta reforma.
“Simplemente es una ampliación de la competencia en la jurisdicción del Juzgado Municipal de Faltas de Baradero que se extiende también a las cuestiones relacionadas con defensa al consumidor, es decir Baradero, hasta ahora, tiene una primer etapa que está a cargo de la OMID (oficinas municipales de defensa al consumidor), donde el usuario que tenía alguna queja o algún reclamo contra cualquier empresa prestadora de servicios, acudía al lugar y esta oficina se encargaba de poner en contacto las partes y tratar de arribar a una solución conciliadora en el tema, una vez que esa etapa se agotaba, ya sea por vía de la conciliación o por vía del fracaso, en Baradero culminaba la etapa administrativa y debía girarse las actuaciones, cuando correspondía, al ministerio en La Plata donde allí se continuaba lo que se llama etapa resolutiva. Esa etapa resolutiva ahora se va hacer en Baradero o sea terminada la etapa anterior- la conciliatoria- y habiéndose llegado a un acuerdo, si ese acuerdo finalmente no se cumple puede ser iniciada lo que se llama una etapa de imputación frente a la Justicia municipal de Faltas y aquí se emitirá una resolución previo traslado por supuesto a las partes involucradas donde ejercerán su derecho a defensa, plantearán sus pruebas y se dictará una resolución que puede ser condenatoria y absolutoria.”
“Haciendo una presentación que involucre a cualquier empresa prestadora de servicio, sí el Juzgado de Faltas es competente para emitir resolución de tipo administrativa.
En caso de que algunas de las partes este disconforme le queda después la etapa judicial para apelarla. Obviamente tiene que estar la ordenanza que así lo disponga”.











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