
El Juzgado en lo Civil y Comercial 11 determinó que durante tres meses, las prestadoras del servicio deberán abstenerse de incrementar las tarifas.
La presentación, realizada por la Centra de los Trabajadores de la Argentina de la Provincia (CTA de los Trabjadores) y la Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (Deuco), fue avalada por la Justicia platense.
De esa manera, el Juzgado en los Civil y Comercial Nº11 suspendió el aumento de las tarifas de la luz eléctrica en Buenos Aires por el plazo de tres meses y ordenó a las prestadoras «abstenerse de efectuar cortes» por falta de pago o aplicar multas. Asimismo, la resolución, firmada por María Cecilia Valeros de Corica, ordena que “las empresas eléctricas deberán abstenerse de efectuar cortes en el suministro de energía por falta de pago y de aplicar multas y/o por el no pago la factura”.
Además, señala que la distribuidora deberá «devolver los importes mal devengados en forma de créditos a futuras facturas a efecto de una compensación económica”.
Latecla.info
Comentarios de Facebook