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Vecinos autoconvocados envían pedido de informes al HCD

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03/06/2011

Categoría: Interés general, xHoy1

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Vecinos autoconvocados  enviaron al HCD, el siguiente pedido de informes con motivo de la exposición llevada a cabo anoche por la empresa ARGEN OIL S.A.

Sr. Presidente el HCD de Baradero:

Dr. Claudio Maroli.

(Nota: se entrega copia del presente pedido de informes a cada uno de los presidentes de los bloques que integran el HCD de Baradero, a los mismo fines y efectos.)

        Los abajo firmantes,  individualizados con los nombres y apellidos y DNI que allí se especifican, habitantes de la Ciudad de Baradero Pcía de Buenos Aires, nos presentamos ante el HCD con el presente pedido de informes, preocupados por los destinos de la comunidad, y en el entendimiento de que existen razones suficientes para entender que se podría poner en peligro la integridad de nuestro medio ambiente.

Que de conformidad con el derecho establecido por la Ley de Libre Acceso a la información Pública Ambiental Nº 25.831, arts.1, 2 inc. A, 3; art. 16 de la Ley N° 25.675., en cuanto a la necesidad de mantener informada a la población en materia ambiental, derecho protegido por el art. 41 de la Constitución Nacional, art.28 de la Constitución de la Pcía. De Buenos Aires y en particular Ley 11.723, venimos a solicitar que el organismo a vuestro cargo nos informe acerca de la preguntas que infra se formularán con relación a la posible instalación de una planta de destilería en nuestra ciudad.

II.-Si bien la ley no requiere fundamentación alguna del presente pedido de informes pasamos a exponer algunos de ellos con el objeto de clarificar nuestro requerimiento:

1.- La información ambiental constituye uno de los pilares fundamentales para llevar a cabo una adecuada gestión ambiental y resulta indispensable para evaluar el resultado de las políticas implementadas, apreciando las previstas para el mediano y largo plazo.-

La información ambiental es un requisito esencial para que la comunidad conozca, comprenda y participe en las decisiones que puedan afectar su propia calidad de vida y de las generaciones futuras, motivo por el cual resulta indispensable garantizar el acceso a la información como forma básica de participación ciudadana.-

La comunidad debe poder tener acceso a la información que compromete el ambiente, su calidad de vida y su salud, y debe garantizarse la posibilidad de que participe y controle las decisiones que se tomen al respecto con el objeto de, preventivamente evitar la producción de daños que dada las características de los bienes involucrados son de difícil a imposible recuperación.-

2.- Habiendo tomado conocimiento de la presentación por parte de la Empresa ARGEN OIL S.A de una Solicitud de Radicación Industrial, factibilidad de radicación y categorización para la posible instalación de una planta de destilación de petróleo en los Expedientes nros. 4009-20-01354 «D»; 4009-20-01419″A»; 4009-20-01598, nos presentamos a ejercer el derecho a la información antes indicado.-

Es claro que un proyecto de tal envergadura puede traer aparejado consecuencias de efecto relevante en el ambiente, la salud y la calidad de vida de la comunidad, razón por la cual requiere un pormenorizado análisis y conocimiento de parte de la ciudadanía en general, quienes serán en definitiva los afectados por la actividad a desarrollarse.-

Las industrias destinadas a la destilación del petróleo como esencia productiva, son básicamente contaminantes y el receptor natural de la contaminación gaseosa es sin duda el aire que a la vez es el recurso natural más importante para la vida y la salud de las personas y al mismo tiempo el transportador de dichos elementos a zonas aledañas afectando a la población allí radicada.

Es por ello que la situación merece especial atención a los efectos de dar respuestas a las inquietudes legítimas de la comunidad en procura de analizar el grado de cumplimiento de la legislación por parte de la empresa, así como el cumplimiento de los objetivos constitucionales que debe cumplir el poder administrador con el fin de trazar un desarrollo económico e industrial sostenible.-

En tanto toda actividad humana significa riesgos a medida que son detectados y evaluados, la potencialidad de éstos efectos riesgosos decrece y tiende a llegar a cero.-

La falta de comunicación e información fidedigna a la sociedad genera una serie de interrogantes que no permiten la participación ciudadana que requiere la norma en todo proceso de decisión de política ambiental y puesta en marcha de proyectos que afecten al ambiente, máxime tratándose de actividades riesgosas como es el caso.

Se reitera en este sentido la importancia de la puesta a disposición de la totalidad de la información ambiental, por lo que una eventual negativa al derecho de proveer el acceso a la información sobre la materia objeto del presente, obstruiría la posibilidad de que la comunidad ejerza un control efectivo sobre los recursos y velar por la prevención de eventuales daños al ambiente.-

El presente pedido de informes consta de cuatro cuerpos, a saber: El primero de ellos en calidad de un pedido de informes al ejecutivo comunal, en la persona de su Intendente Dr. Aldo Carossi; el segundo un pedido de informes al Presidente del Honorable Consejo Deliberante, en la persona del Dr. Claudio Maroli, el tercero a la OPDS, en su calidad de autoridad de contralor ambiental de la provincia de Bs. As., y por último un pedido de informes a la Secretaria de Energía de la Nación, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversiones Públicas y Servicios de la Nación.

Primer cuerpo del pedido de informes: al Ejecutivo Comunal, al cual se le requerirá que informe:

1).- Acerca del porque de las demoras en la puesta a disposición de toda la información, expedientes, y demás elementos que hacen a la solicitud de radicación industrial en cuestión,(teniendo presente que la solicitud de radicación por parte de la empresa data del mes de julio de 2010),  asimismo informe al cuerpo deliberativo, en el marco del expediente que se formara en función de este pedido de informes, la totalidad de las peticiones, informes técnicos, emitidos por la empresa en cuestión y las resoluciones del poder administrador en las mismas, así como todo nuevo expediente que se hubiese generado en torno a la posible instalación industrial de ARGEN OIL S.A y toda actuación conexa.-

Todo ello en el marco de lo prescripto en la Ley integral de medioambiente, 11.723, 12.475 y legislación ccte.;

2).- Se informe si la empresa ARGEN OIL S.A ha presentado el correspondiente Informe de Evaluación de Riesgos, Manual de Gestión de Residuos, Materias Primas e Insumos, en su caso se expida copia de los mismos.-

3).- Si se ha realizado el correspondiente cálculo del Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) en su caso, que categoría alcanzó el análisis efectuado.-

4).-  Se informe si la empresa ARGEN OIL S.A ha realizado el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente, en su caso se expida copia completa del mismo, en caso de no haberlo presentado, si ha presentado informe y/o estudio ambiental completo, y estado en el que se encuentra el trámite.-

5).- Informe, (en caso de haberse determinado que es de Tercera Categoría), si la empresa ARGEN OIL S.A elaborará y/o manipulará sustancias peligrosas y/o genera residuos especiales de acuerdo a la Ley N° 11.720, o que pudieran constituir un riesgo para la población circundante u ocasionar daños graves a los bienes y al ambiente. De ser positiva la respuesta, solicito se informe si ARGEN OIL S.A se encuentra inscripta en el registro de generadores de residuos peligrosos conforme legislación vigente.-

6).- Informe si la empresa ha determinado la forma de manipulación y disposición final de los residuos generados en el proceso productivo objeto de su desarrollo industrial, en su caso detalle el mismo, en especial si se cumplimenta la ley 11.720 y los controles especiales que la ley de residuos industriales y también los peligrosos que la ley 24.051 establece.-

7).- Se informe qué tipo de tecnología aplica ARGEN –OIL SA al proceso productivo y si tiende a minimizar los residuos de dichos sistemas.-

8).- Qué tipo de sistemas utiliza la empresa para la eliminación de gases residuales y

potencialmente peligrosos que comprenden la actividad productiva.-

9).-Se expedirá a su vez sobre la aplicación del decreto 2009/60 sobre la protección de las fuentes de provisión y cuerpos receptores de agua y de la atmósfera ley 5.965 y de los efluentes gaseosos, su control y aplicación en el caso del decreto 3395/96.-

10).- En cuanto a la emisión de gases contaminantes por combustión se informe si la empresa ha realizado estudio alguno de la emisiones provenientes del proceso productivo y si los mismos están previstos dentro de los parámetros establecidos en la legislación provincial vigente, y la forma de medición de los mismos.-

11).- Se indique la cantidad de personas que trabajaran en dicho emprendimiento, si respecto de las mismas se han tomado las normas de seguridad e higiene y ambientales a su respecto, informando específicamente los operarios que trabajaran en el proceso productivo y la capacitación de los mismos.-

12).- Informe si la empresa hubo presentado Plan Estratégico frente a contingencias accidentales en cada uno de las etapas del proceso productivo, desde el inicio hasta la disposición final de los residuos. En su caso si el mismo consta con los elementos suficientes para el restablecimiento o mitigación de los impactos sobre el ambiente.-

13).-En caso de no poder contar con copia de los expedientes mencionados, se indique el estado de avance del proyecto y las características del mismo, situación actual en que se encuentra, características del proyecto, presentaciones efectuadas, actuaciones labradas, etc.-

14).- Todo otro dato de interés que haga a la efectiva participación ciudadana.-

Segundo cuerpo del pedido de informes:  al Pte. Del Honorable Consejo Deliberante, al cual se le requerirá que informe:

1).- Porque razón, si todavía no constaba en el expediente el estudio de impacto ambiental, (es de destacar que no puede ser suplido el mismo con el endeble informe presentado por la empresa en su pedido de radicación de julio de 2010), fue llamada con fecha xxx una audiencia pública, careciendo de los requisitos previos para ello y exponiendo la cuestión a diferentes nulidades y otro tipo de perjuicios jurídicos.

2).- Informe asimismo si se tiene en cuenta su futura realización, se indique fecha y forma de constituir la misma de conformidad a lo establecido en la Ley 25.675, art.19.-

3).- Todo otro dato de interés que haga a la efectiva participación ciudadana.-

 

Tercer cuerpo del pedido de informes: a la OPDS, organismo al cual se le requerirá que informe:

1).- Se informe si la empresa ARGEN OIL S.A ha presentado el correspondiente Informe de Evaluación de Riesgos, Manual de Gestión de Residuos, Materias Primas e Insumos, en su caso se expida copia de los mismos.-

2).- Si se ha realizado el correspondiente cálculo del Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) en su caso, que categoría alcanzó el análisis efectuado.-

3).-  Se informe si la empresa ARGEN OIL S.A ha realizado el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente, en su caso se expida copia completa del mismo, en caso de no haberlo presentado, si ha presentado informe y/o estudio ambiental completo, y estado en el que se encuentra el trámite.-

4).- Informe, (en caso de haberse determinado que es de Tercera Categoría), si la empresa ARGEN OIL S.A elaborará y/o manipulará sustancias peligrosas y/o genera residuos especiales de acuerdo a la Ley N° 11.720, o que pudieran constituir un riesgo para la población circundante u ocasionar daños graves a los bienes y al ambiente. De ser positiva la respuesta, solicito se informe si ARGEN OIL S.A se encuentra inscripta en el registro de generadores de residuos peligrosos conforme legislación vigente.-

5).- Informe si la empresa ha determinado la forma de manipulación y disposición final de los residuos generados en el proceso productivo objeto de su desarrollo industrial, en su caso detalle el mismo, en especial si se cumplimenta la ley 11.720 y los controles especiales que la ley de residuos industriales y también los peligrosos que la ley 24.051 establece.-

6).- Se informe qué tipo de tecnología aplica ARGEN –OIL SA al proceso productivo y si tiende a minimizar los residuos de dichos sistemas.-

7).- Qué tipo de sistemas utiliza la empresa para la eliminación de gases residuales y

potencialmente peligrosos que comprenden la actividad productiva.-

8).-Se expedirá a su vez sobre la aplicación del decreto 2009/60 sobre la protección de las fuentes de provisión y cuerpos receptores de agua y de la atmósfera ley 5.965 y de los efluentes gaseosos, su control y aplicación en el caso del decreto 3395/96.-

9).- En cuanto a la emisión de gases contaminantes por combustión se informe si la empresa ha realizado estudio alguno de la emisiones provenientes del proceso productivo y si los mismos están previstos dentro de los parámetros establecidos en la legislación provincial vigente, y la forma de medición de los mismos.-

10).- Se indique la cantidad de personas que trabajaran en dicho emprendimiento, si respecto de las mismas se han tomado las normas de seguridad e higiene y ambientales a su respecto, informando específicamente los operarios que trabajaran en el proceso productivo y la capacitación de los mismos.-

11).- Informe si la empresa hubo presentado Plan Estratégico frente a contingencias accidentales en cada uno de las etapas del proceso productivo, desde el inicio hasta la disposición final de los residuos. En su caso si el mismo consta con los elementos suficientes para el restablecimiento o mitigación de los impactos sobre el ambiente.-

12).-En caso de no poder contar con copia de los expedientes mencionados, se indique el estado de avance del proyecto y las características del mismo, situación actual en que se encuentra, características del proyecto, presentaciones efectuadas, actuaciones labradas, etc.-

13).- Todo otro dato de interés que haga a la efectiva participación ciudadana.-

 

Cuarto cuerpo del pedido de informes: a la Secretaria de Energía de la Nación, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, inversiones públicas y Servicios de la Nación: se le requerirá que informe:

1).- Si la empresa Argen Oil S.A. se encuentra incluida en el programa Programa Refino Plus – Resolución. 1312/08. Asimismo informara a este cuerpo deliberativo, en qué consiste dicho programa, cuales son los requisitos que debe cumplir la empresa que accede al programa para ser incluido en el. Describirá estos requisitos, así como lo plazos de presentaciones y/o cumplimiento de objetivos.

2).- Se le pediría que detalle cual es el tipo de acuerdo que tiene con el municipio, si lo tiene y cuál es el acuerdo que tiene con la empresa si lo tiene. Asimismo en el marco de que tipo de programa nacional se encuentra esto, y cuáles son los requisitos de acceso a dicho programa. Particularmente se le pediría precisiones respecto de Refinoplus. También deberá describir el tipo de emprendimiento, flujos de productos que genera, niveles de inversión declarados, y otras cuestiones técnicas de esto (o sea cuestiones técnico-económicas del programa y de la inserción de Argenoil SA en el)

3).- Todo otro dato de interés que haga a la efectiva participación ciudadana.-

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