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«Yo creo que el Art. 22 de la Ordenanza de comercio es discriminatorio, arbitrario, perjudicial a los intereses de Baradero»

«Yo creo que el Art. 22 de la Ordenanza de comercio es discriminatorio, arbitrario, perjudicial a los intereses de Baradero»

«Yo creo que el Art. 22 de la Ordenanza de comercio es discriminatorio, arbitrario, perjudicial a los intereses de Baradero»

19/11/2015

Categoría: Interés general, xHoy1

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Dr. Benito Aldazabal

Dr. Benito Aldazabal

Esta semana, la Cámara Contencioso Administrativo de San Nicolás confirmó la declaración de inconstitucionalidad de la Ordenanza vigente en Baradero, que exige la obligación de residencia por dos años en la ciudad para que la Municipalidad habilite un local comercial. La medida que había si interpuesta por la Sra. Jueza Contencioso Administrativo María Isabel Fulgheri.

Esta ordenanza de comercios, fue aprobada por el Concejo Deliberante y avalada por el ejecutivo, con el objetivo de proteger al comerciante local. En su momento algunas voces se levantaron en contra por considerarla discriminatoria, teniendo en cuenta que si se efectúan los controles correspondientes se amplían las fuentes de trabajo y la competencia.

Otra cuestión es la deslealtad comercial, por ejemplo aquellos que utilizan las redes sociales para promocionar y las ventas las hacen en su domicilio particular evadiendo todo tipo de costos que si debe afrontar el comerciante.

Muchos comerciantes sostienen con razón, que ellos son los únicos que son controlados y por lo tanto los únicos perjudicados.

Pero sin dudas la solución no está en cerrarle «las puertas» de la ciudad a quienes desean invertir.

Baradero centro

BTI dialogó con el Dr. Benito Aldazabal, quien llevó adelante la causa judicial que terminó con el fallo de inconstitucional a la aplicación del artículo 22 de la ordenanza de comercios.

“Ese artículo prohíbe o limita la posibilidad de habilitar comercios a personas que no tengan dos años de residencia en Baradero. Una persona de San Pedro hizo su presentación para habilitar un comercio- hizo todas las presentaciones- lo abrió provisoriamente como se suele hacer y vinieron y se lo clausuraron, aplicando la ordenanza mencionada. Esta persona recurrió ante la justicia a pedir que se declarara inaplicable esa norma por ser contraria a las normas constitucionales y la jueza interviniente que es la Dra. Fulgheri declaró inaplicable ese artículo 22 por inconstitucional.

Pero que ocurre entonces después como no había sido todavía culminado el proceso de habilitación decidieron modificar el motivo de no habilitación alegando que lo que había en definitiva era un problema de planos, porque era un local que era subdividido en tres plantas y había una superposición de locales -cosa que no es así- porque antes la misma comuna había aprobado el plano, entonces la señora volvió a cerrar y planteó la cuestión nuevamente ante la jueza en lo contencioso administrativo juntamente con la apelación que hizo la Municipalidad de Baradero contra la medida anterior, lo que fue a Cámara y Cámara resolvió hace dos días que el artículo 22 es inaplicable, en cuanto a lo demás- sí realmente los planos están bien o mal- eso lo va a tener que definir la jueza los próximos días.

Con relación a los dos años de residencia la ordenanza no da motivos y por eso es que se la declara inaplicable por inmotivada, pero pretende dar motivos el abogado del Municipio, el Dr. Osvaldo Nan nos dice que hay operadores confiables y operadores no confiables, que se quiere decir con esto que una persona que ha vivido dos años en Baradero es una persona confiable, en cambio una persona que viene de afuera no lo es, además en esa apelación que fue desestimada se dice que los comercios no son lugares donde se compra y se vende solamente, sino que ahí también se desarrolla una suerte de vida social en la comunidad- cosa que a mí me causo mucha sorpresa-, pero de cualquier manera pasaría a ser como que si tu vas a comprar un par de medias al comercio X, después de pedirte el número y el color, te quieran preguntar qué opinas de pronto sobre el gobierno municipal, eso sería algo así como la novela del Gran Hermano, donde se quiere tener a toda la comunidad bajo control y para eso vamos a controlar los comercios de Baradero, no sea cosa que haya alguien que piense distinto a Gran Hermano.

Esta chica tiene una regalería, donde vende muchísimo y muy bien, porque tiene primeras marcas y como van muchos vecinos de Baradero a comprarle los fines de semana, algunos le dijeron porque no te abrís una sucursal en Baradero y por eso se decidió a abrir un sucursal exactamente igual a la que tiene acá con el mismo nombre, ese es el origen de todo esto.

Yo pienso que esto no favorece al comercio de Baradero. A mí me parece que es todo lo contrario, evitar que vengas marcas importantes a instalarse y que no se les permita porque no son de Baradero o que esas marcas importantes tengan que recurrir a un testaferro que tenga dos años de residencia en Baradero es algo inmoral decididamente, yo se que se han abiertos comercios de personas extrañas a Baradero, que no tenían residencia, pero a nombre de personas generalmente insolventes y eso es de dudosa inmoralidad así lo entiendo yo. Y ¿Qué se pretende proteger? yo no entiendo cual es la protección que se le quiere dar a la población de Baradero impidiendo que vengan marcas de importancias, de primera línea, de primer nivel y se instalen en la ciudad ¿Cual es el perjuicio que le puede ocasionar al baraderense?.

Yo creo que esto es discriminatorio, arbitrario, perjudicial a los intereses de Baradero, todo eso junto. Ahora ¿Por qué está motivado esto? y porque hay alguien que tiene algún tipo de monopolio comercial y que tiene llegada al poder de turno para poder sacar esta medida, otra explicación, no se a mí no me da la imaginación para encontrar otra explicación, yo no creo que ninguna persona de Baradero, gente extremadamente culta, avale esta medida, todo lo contrario, que vengan los mejores e instalen los mejores comercios, para se genere mejor competencia.

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