
Una pareja argentina recibió una dura intimación del Poder Judicial después de que se negaran a vacunar a su bebé recién nacido.
El caso pone en cuestión el debate en torno a la eficacia y los riesgos que conlleva la aplicación de vacunas, que fue muy discutida por figuras públicas en las últimas semanas.
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Con un fallo de la Cámara Civil, la Justicia intimó a los padres para que «en el plazo de tres días acrediten el cumplimiento de la aplicación de las vacunas a su hijo, bajo apercibimiento de disponer su vacunación compulsiva en caso de omisión».
El proceso fue iniciado por el sanatorio donde nació el bebé, cuyo nombre fue resguardado, cuando la madre y el padre se negaron a darle sus vacunas correspondientes.»El día 28 de diciembre de 2018 a las 13 horas se comunicó telefónicamente personal del sanatorio A. con la Defensoría Pública de Menores e Incapaces«, dice el fallo.
Según la Secretaría de Gobierno de Salud, este es el calendario oficial que debe cumplirse.
La defensa de la familia ante su negación de darle la vacuna neonatal contra la hepatitis B y BCG(tuberculosis) a su hijo es que nunca se hicieron estudios médicos para confirmar la compatibilidad de la vacuna y por eso creen que si se aplica pueda llegar a tener «un alto riesgo para su salud que alcanza el peligro de muerte súbita«.
Por eso, al momento de la sentencia los padres apelaron la nulidad porque «alegaron que se violó el debido proceso legal dado que no se les dio oportunidad de acreditar con fundamentación médica su negativa».
tn.com.ar
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