
El concejal Martín Cárdenas, de Juntos por el Cambio, presentó en la sesión de hoy, el siguiente proyecto:
VISTO
Las situaciones de maltratos o la posibilidad de riesgos para el ciudadano que se registran en relación a animales domésticos, caninos y felinos, con dueños o de la calle y la necesidad de que exista una oficina municipal en que dichas situaciones puedan ser denunciadas para actuar en consecuencia o asesorar a los ciudadanos sobre los procedimientos legales al momento de denunciar un hecho de éstas características.
CONSIDERANDO
-Que el estado ejerce su rol primario en la coordinación de políticas de salud y esto se relaciona directamente con la población animal por convivencia e interacción.
-Que la tenencia de animales de compañía se debe desarrollar en una convivencia armónica entre los mismos y las personas, evitando riesgos para la salud, medio ambiente y seguridad de las personas y bienes y garantizando la protección debida y bienestar de los animales.
-Que los animales son parte del ecosistema humano y como tales deben ser tratados en condiciones dignas.
-Que se observan a diario y son reflejados en diferentes medios los maltratos que algunos animales sufren de parte de quienes deben cuidarlos.
-Que también, se observan en la vía pública, animales vagabundos que son maltratados o debido a diferentes circunstancias generan situaciones de peligro y riesgo para los transeúntes.
-Que el estado municipal debe ser receptor de los reclamos y denuncias de los vecinos ante las situaciones de maltrato o peligro para el ciudadano, que se produzcan con animales domésticos con o sin dueño.
-Que la creación de una oficina para realizar denuncias y/o asesoramiento por maltrato animal, sirva como iniciativa para ir en la búsqueda de mayores objetivos respecto al ordenamiento y la regulación de la tenencia responsable de animales.
POR LO EXPUESTO Y EN USO DE SUS FACULTADES EL H.C.D DE BARADERO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ART. 1
Créase en el Municipio de Baradero la oficina para denuncias y/o asesoramiento sobre maltrato animal, la cual funcionará dentro del ámbito de la Dirección de Bromatología e Higiene Municipal.
ART. 2
La oficina cumplirá con las siguientes funciones, bregando por el cumplimiento de la Ley 14.346 de Protección Animal:
A) Generar una línea telefónica para que los vecinos efectúen denuncias y/o sean asesorados sobre maltratos de animales(caninos y felinos) con o sin dueño, como así también, en caso de que éstos generen una situación de riesgo o peligro a personas en la vía pública.
B) Actuar en el caso de una denuncia de maltrato animal a través de las áreas municipales inherentes o bien asesorar al ciudadano que tenga la intención de denunciar por motus propio sobre los pasos adecuados a seguir para un efectivo y legal procedimiento. Pudiendo contar con la colaboración de Policía Comunal, Fiscalía local, Veterinarias, Asociaciones protectoras locales u otras instituciones que crea necesarias.
C) Generar, a través de las áreas Municipales inherentes, campañas educativas en establecimientos de nivel inicial, primario y secundario sobre los cuidados responsables de mascotas a los efectos de minimizar cuestiones relacionadas al maltrato animal.
D) Generar campañas de cuidados y servicios a la comunidad (operaciones de castración, campañas de vacunación, etc) relacionadas al cumplimiento de manejo responsable de animales domésticos (caninos y felinos) a los efectos de posibilitar al animal una calidad de vida adecuada.
ART. 3
El D.E tendrá la facultad de incorporar los procedimientos que crea necesarios, a los efectos de dar cumplimiento al objetivo que persigue la presente ordenanza Municipal.
ART. 4
De forma.
CONCEJAL MARTÍN CÁRDENAS
BLOQUE JUNTOS POR EL CAMBIO
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