AÑO XVII – NUMERO X

            HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                              O R D E N A N Z A S

Ordenanza Nº 4714 del 2 de octubre de 2012 y promulgada el 4 de octubre de 2012.

      Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-04891/12, Letra S y;

    Considerando que este Honorable Concejo Deliberante a formalizar contrato de locacion con opción a compra bajo la modalidad de contratos de leasing con Provincia Leasing S.A. a los efectos de renovar el parque automotor y de maquinarias municipal.

   Que habiéndose optado por cambios en la maquinaria a adquirir según facturas Pro – forma que obran en el expediente.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                        ORDENANZA

Artículo 1º: Modifíquese el inciso a del articulo 2 de la ordenanza registrada bajo el Nº 4603/12, el que quedará redactado de la siguiente forma:

a)      UN (1) chasis marca Ford cargo 1517/48, el cual será utilizado para montarle equipo compactador de residuos, nuevo sin uso, 0 KM, ultima serie de fabricación.

b)      Un (1) chasis marca Ford cargo 1722/37, destinado  a tanque regador, nuevo sin uso, 0 KM, ultima serie de fabricación.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 2 de octubre de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 4 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

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Ordenanza Nº 4715 del 2 de octubre de 2012 y promulgada el 4 de octubre de 2012.

    Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-02101/96, letra G, y;

    Considerando que por ordenanza Nº 1853/96 el Honorable Concejo Deliberante ha cedido el uso precario del predio designado catastralmente como Circ. II, sección B, Quinta 53, mza. 53 E, Parcela 3n, a la Iglesia Movimiento Cristiano, inscripta bajo el Nº 892, por término de cinco años.

   Que se remueva la cesión por el término de 3 (tres) años.

    Que dicho plazo se encuentra caduco.

    Que ha cambiado de nombre, denominándose actualmente Asociación Hermandad Cristiana Vida Abundante “Jesucristo sin Fronteras”, Registro de Culto Nº 1993;

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

  Por ello, en uso de sus atribuciones el Honorable Concejo deliberante sanciona la siguiente:

                                             ORDENANZA

Artículo 1º: Otorgase el derecho de uso y ocupación por el término de cinco (5) años del terreno propiedad de Municipalidad de Baradero a la Asociación Hermandad Cristiana Vida Abundante, congregación “Jesucristo sin Fronteras”, Registro de Culto Nº 1993, designado catastralmente como: Circ. II, Secc. B, Qta. 53, Mza. 53E, Parcela 3n, sito en calle Castro Barros Nº 1599 de la ciudad de Baradero.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 2 de octubre de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 4 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

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Ordenanza Nº 4716 del 2 de octubre de 2012 y promulgada el 4 de octubre de 2012.

       Vistas las actuaciones que corren bajo expediente D 4009-20-06481/12, en el cual el Intendente Municipal solicita la baja definitiva de bienes muebles y,

     Que se ha cumplido con el procedimiento administrativo correspondiente del Departamento de Patrimonio Municipal.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por lo dispuesto en la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                               ORDENANZA

Artículo 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la desafectación definitiva del Patrimonio Municipal de los siguientes Bienes Muebles Inventariados y que a continuación se detalla:

Servicio mantenimiento:

  • Una (1) camilla Nº  Identif. 2121 A 0042.
  • Cuatro (4) brazos completos para iluminación en cirugía Nº Identif 2121 A 0034/0037.

Servicio Lavadero:

  • Una (1) maquina de coser a pedal Godeco Nº Identif. 2121 B 0011.

Despensa:

  • Una (1) heladera Redhogar Nº identif 2121 C 0008.
  • Una (1) Heladera Eslabón de lujo Nº Identif 2121 C 0001.
  • Un (1) tanque para aceite, capacidad 200 lts Nº Identif, 2121 C 0005.

Servicio Laboratorio:

  • Un (1) calefactor Orbis Calorama 3500 K Nº 2121 G 0020.

Internación General:

  • Una (1) incubadora Airco Nº Identif 2121 O 0003.
  • Una (1) Incubadora Delver Nº Identif 2121 O 0004.
  • Trece (13) camas de una plaza Nº Identif 2121 O 0190/0202.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 2 de octubre de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 4 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4717 del 2 de octubre de 2012 y promulgada el 4 de octubre de 2012.

          Vistas las actuaciones que corren bajo expediente D 4009-20-06480/12, en el cual Sr. Intendente Municipal solicita la baja definitiva de un bien mueble responsable y;

     Que se ha cumplido con el procedimiento administrativo correspondiente del Departamento de patrimonio Municipal.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por lo dispuesto en la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                    ORDENANZA

Artículo 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la desafectación definitiva del Patrimonio Municipal, al bien inventariado como: Bien Nº 180 – Vehiculo marca: Renault, Modelo R12 – Año 1990. Chasis Nº RPA 168747, Motor Nº RPA 320663. Dominio WTB 064, por encontrarse en estado irreparable, según consta expediente UT – supra referenciado.

Artículo 2º: Efectúese la baja pertinente ante el registro Nacional Automotor y ante ARBA.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 2 de octubre de 2012.

BARADERO, 4 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4718 del 2 de octubre de 2012 y promulgada el 4 de octubre de 2012.

         Visto las actuaciones que corren por expediente Nº 4009-20-06503/12, letra S, mediante el cual el Sr. Dardo Sabattino manifiesta hacer entrega en calidad de Donación dos guitarras criollas y una funda de guitarra y ;

      Considerando que para poder incorporarlos al Patrimonio Municipal es menester realizar el pertinente acto administrativo de aceptación.

    Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 57 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                           ORDENANZA

Artículo 1º: Aceptase la donación efectuada por el Sr. Sabattino Dardo, titular del DNI: 22.214.295, a favor de Municipalidad de Baradero, con destino a la Dirección de Cultura y para ser utilizado en los talleres de Arte, los bienes muebles que se detallan a continuación:

  • dos (2) guitarras criollas, Marcas Rómulo García y Casa Prado.
  • Una (1) funda común para guitarra.

Articulo 2º: Afectase al Patrimonio Municipal.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 2 de octubre de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan José Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 4 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

Fdo. Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4719 del 2 de octubre de 2012 y promulgada el 4 de octubre de 2012.

    Visto las actuaciones que corren por expediente bajo Nº 4009-20-06482/12, Letra S, mediante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal, solicita se acepte la donación de diversos bienes muebles efectuada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y;

    Considerando que para poder incorporar al Patrimonio Municipal es menester realizar el pertinente acto administrativo de aceptación.

    Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 57 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

     Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley:

                                                        ORDENANZA

 Artículo 1º: Aceptase la Donación efectuada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires a favor de la Municipalidad de Baradero, los Bienes Muebles que se detallan a continuación:

  • Seis (6) camillas para adultos.
  • Seis (6) carros para transporte tubo de oxigeno.
  • Doce (12) matafuegos 2,5 Kg. Marca YUKON IRMA Nº 3523, Serie Nº 1383487- 1383492- 1383380- 1383631- 1383211- 1383327- 1383348- 1383397- 1383373- 1383538- 1383518.-
  • Seis (6) heladeras para vacunas, marca Antártida, modelo de una temperatura, 262 lts, luz interior, regulado de temperatura y estantes con termómetro y patas niveladora, Serie Nº TD394 – TD 395- TD396- TD397- TD398- TD399.
  • Seis (6) heladeras portátiles para vacunas en terreno, marca Helatodo de 28 lts cuerpo y tapa plástica.
  • Dos (2) pie de suero con porta cuero, marca PREXA, base rodante de 5 ramas plásticas, con ruedas, cuerpo de acero esmaltado – percha para colgar hasta 4 sachet de suero.
  • Seis (6) fotosfero, marca PREXA, de pie rodante, altura regulable.
  • Cuatro (4) tensiómetro aneroide, marca JIANDA BELMED c/ soporte para pared de plástico reforzado.
  • Seis (6) manómetros de oxigeno, marca ARGEBFLOW, con manómetro para control de carga en el tubo.
  • Cuatro (4) estufas esterilizadores FAETA S.A., Serie Nº 656584- 656585- 656586- 656587.-

Artículo 2º: Afectase al Patrimonio Municipal.

Artículo 3º:Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires en sesión ordinaria del día 2 de octubre de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 4 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4720 del 2 de octubre de 2012 y promulgada el 4 de octubre de 2012.

     Visto que por expediente Nº 4009-20-05914/12, Letra C, el Consejo Escolar de Baradero solicita la cesión de un terreno para la construcción de una Escuela Secundaria y;

    Considerando que el terreno ubicado catastralmente en Circ. II- Sección B, Qta. 66, Fr. I, parte de la parcela 9ª, limitado entre la calles Sánchez de Bustamante, Jujuy, Libertad y Malvinas Argentinas, es propiedad de Municipalidad de Baradero.

    Que la construcción de una Escuela Secundaria será vital importancia para todos los adolescentes del barrio de la Estación.

    Que realizar la cesión de un predio para un centro de educación, no es solo ceder sino invertir en futuro.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley:

                                                      ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a Donar con cargo el inmueble municipal denominado catastralmente como Circ. II, SEC. B, Qta. 66, Fracc. I, parte de la parcela 9ª, ubicado sobre calle Sánchez de Bustamante entre calle Jujuy, Malvinas Argentinas y Libertad, a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Pcia. Bs. As.

Artículo 2º: La cesión de derechos referida en el articulo 1º se efectuará bajo la condición de que la cesionaria construya una escuela secundaria, en un plazo máximo de dos (2) años contados a partir de la promulgación de la presente ordenanza y con la expresa aclaración de que una vez vencido el plazo otorgado, sin que se cumpliere el cargo, el Municipio podrá recuperar automáticamente la posesión del inmueble sin necesidad de previa interpelación.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 2 de octubre de 212.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 4 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDI: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal, Arq. Ezequiel Lapadula, Secretario de Obras Públicas y Privadas y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4721 del 16 de octubre de 2012 y promulgada el 18 de octubre de 2012.

         Visto lo solicitado por la Secretaría de Desarrollo Social mediante expediente “S” 4009-20-02593/12, la contratación de servicio de transporte destinado destinado a trasladar niños al Hogar de German Frers.

      Atento a los informes de las distintas áreas, obrante en el expediente de referencia y;

     Considerando con lo dispuesto por los artículos 140  y 141 del Reglamento de contabilidad en concordancia con el articulo 54 Decreto 2980/00, relacionado al reconocimiento de deuda de ejercicios anteriores.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las municipalidades de la provincia de Buenos Aires.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo deliberante sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                     ORDENANZA

Artículo 1º: Reconózcase la deuda que mantiene el Municipio de la ciudad de Baradero, con el Proveedor Transporte Walter de García Norma Graciela, y autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el pago por la suma de $ 37.400= (pesos treinta y siete mil cuatrocientos), Factura Nº 0001-000000078, no abonadas en su oportunidad y de acuerdo a la documentación obrante en el expediente “S”  4009-20-02593/12.

Artículo 2º: La imputación que le hubiere correspondido al gasto en el año de origen 2011, s detalla a continuación:

Sub jurisdicción: Secretaría de Desarrollo Social 1110105000

Categoría programática: 51.03.00- Fondo Fortalecimiento. Programa Sociales.

Fuente de financiamiento: 132 – Origen Provincial.

Objeto del gasto: 5.1.4.0.4.3.4.4. Ayuda Social.

Importe: $ 37.400= (pesos treinta y siete mil cuatrocientos)

Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo  Deliberante del Partido de Baradero en sesión ordinaria del día 16 de octubre de 2012.

FDO: Sr. Víctor D, Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 18 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4722 del 16 de octubre de 2012 y promulgada el 18 de octubre de 2012.

           Visto la solicitud de eximición de impuestos obrante en actuaciones que corren por expediente “R” Nº 4009-20-0972/10, formulada por la Señora Milena Mabel Rothen Vda. De Argiro.

       Atento al resultado del estudio socio económica y;

   Considerando aun persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza Nº 3753/08.

     Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                    ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase por el año 2012 a la señora Milena Mabel Rothen Vda. De Argiro, del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en Circ. I- Sec. B- Mza. 132 – Parcela 10e- de esta ciudad. Cuenta Nº 3565.

     La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen de eximición.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero en sesión ordinaria del día 16 de octubre de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli. PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas. Secretario de H.C.D.

BARADERO, 18 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4723 del 16 de octubre de 2012 y promulgada el 18 d octubre de 2012.

    Visto la solicitud interpuesta por el Sr. Hugo Esteban Roselló en actuaciones que corren por expediente “R” Nº 4009-20-0137/08.

     Atento al resultado del estudio socio económico del presente expediente y certificados de discapacidad obrante a fojas 7 al 10. Ley 10.592 (discapacidad).

    Considerando que aun persisten los motivos que dieron origen a la ordenanza 1808.

    Que la presente medida se dicta en uso de sus atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

   Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                                ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase por el ejercicio 2012 al Sr. Hugo Esteban Roselló del pago de las tasas municipales que gravan el inmueble de su propiedad sito en Circ. II – sec. A- Qta. 16 – Mza. 16b- Parcela 6 de esta ciudad.

    La eximición que se acuerda no comprende la tasa por alumbrado público, la que de acuerdo a la ordenanza 960 carece de todo régimen.

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Baradero en sesión ordinaria a los 16 días del mes de octubre de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 18 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Cdor. Marcos Rabellino, Secretario de Hacienda.

Ordenanza Nº 4724 del 16 de octubre de 2012 y promulgada el 19 de octubre de 2012.

         Visto la inquietud de la Municipalidad de Baradero de proteger adecuadamente las especies arbóreas nativas y declarar Monumento Natural Municipal al Algarrobo Blanco (Prosopis alba), Chañar (geoffroea decorticans) quebrachillo (Acanthosyris spinescens), Sobra de otro y el quebracho blanco (Aspidosperma quebracho –blanco).

    Que la zona nordeste de Buenos Aires es las mas rica en diversidad de especies vegetales y animales; dándose cita allí los remanentes mas importantes de los bosques conocidos como talares de barranca que a modo de corredor boscoso crecían en la barrancas vecinas al delta del Paraná y el río de La Plata. Baradero tiene el privilegio de contar con una de las muestras más importantes, en parte resguardada por las Reservas; Urbana Parque del Este de gestión municipal y privadas “La Barranca y Barranca Norte”. En este sector se han detectado especies vegetales arbóreas que hoy cuentan en el partido con las concentraciones mas importantes en el orden provincial, siendo fuera de este muy rara o inexistente. Entre estas especies que crecían asociadas en los talares se cuentan el chañar (Geoffroea decorticans), el quebrachillo (acanthosyris spinescens), el quebracho blanco (aspidosperma quebracho blanco) y fundamentalmente el algarrobo blanco (Prosopis alba).

     Que la primera especie se caracteriza por su corteza verde que se descascaran  en placas pardas y está muy extendida en el centro del país siendo clásica en La Pampa y San Luis pero dispersándose por todo el ámbito chaqueño y del monte hasta alcanzar la provincia de Río Negro y el sur y sudoeste bonaerense. En la Mesopotamia se propagaba por la mitad sur de Corrientes y la mayor parte de Entre Ríos, reingresando al nordeste bonaerense solo en la angosta franja de los talares. Sabemos de su presencia en San Pedro, Zarate, Campana y San Isidro, donde hay ejemplares muy años en la histórica Quinta Pueyrredón. Pero es en Baradero donde crecen los clásicos bosquecillos en manchones provocados por sus raíces gumíferas. Su floración amarilla y su fruto predilecto por muchos animales y en el Chaco Seco para confeccionar el arrope de chañar lo vuelven uno de los árboles más clásicos de la Argentina. Su uso para leña lo ha puesto localmente en una situación comprometida por lo que es recomendable su protección.

    Que el quebrachillo forma manchones compactos en lugares muy puntuales de los talares de barraca de Baradero desconociéndose su presencia en el resto de la provincia a excepción hecha de la Isla Martín García. Sin ser abundante la especie crece en el ámbito chaqueño y en el espinal mesopotámico de donde habría llegado al bonaerense. Si bien desconocemos usos locales de su madera no los descartamos y por la escasez de sus poblaciones la especie amerita contar con protección absoluta, ayudando el hecho que la actualmente conocida en Baradero está casi en su totalidad en una reserva privada.

   Que el quebracho blanco, es a pesar de su nombre, un primo chaqueño del gigantesco palo rosa de Misiones y tiene una amplia dispersión en Argentina abarcando toda el área chaqueña, especialmente el Chaco Seco y el Chaco Árido, donde es el único árbol dominante. Así llega hasta la zona cuyana, el norte de Córdoba y Santa Fe, teniendo poblaciones en el sur de Corrientes y gran parte de Entre Ríos de donde sospechamos provinieron las semillas que dieron origen a una muy pequeña población silvestre. La misma ha sido detectada en fecha reciente en un campo del partido por el naturalista Alejandro Galup y carece actualmente de protección. Dado que es un árbol muy usado para postes, leña y hasta vigas, de no mediar alguna acción su futuro en la provincia es muy comprendido.

   Que el algarrobo blanco es considerado por muchos un árbol clave en los ecosistemas chaqueños, mesopotámicos y del monte en donde crece formando bosques puros o mixtos hoy arrasados por la explotación selectiva de su madera para la confección de muebles. Antaño los algarrobos acompañaban a los talares hasta la latitud aproximada del Parque Pereyra Iraola, pero además de no ser tan numeroso como los talas, fueron los primeros en ser cortados por los múltiples usos de su madera. Si bien corresponden a San Isidro los ejemplares sobrevivientes mas australes de esta especie, son los de Baradero los mas conservados y probablemente los mas numerosos siendo un lugar ideal para estudiar su ecología regional, su reproducción actual y su peculiar disposición en el borde mismo de las salientes o puntas de las barrancas donde se alzan sus copas aparasoladas. No debemos olvidar que en gran parte del país se lo apoda “el árbol”, lo que refleja su importancia cultural al punto tal de llegar a prescindir del nombre. Se valoraba su sombra, su madera para la estructura fundamental de los ranchos y el mobiliario rural, con su fruta se prepara el patay (un dulce criollo) y fermentado la aloja, un aguardiente todavía popular. Su mención en la poesía y el cancionero es permanente y en el área que nos ocupa fue motivo de inspiración para Rafael Obligado, poeta residente en el vecino Partido de San Pedro. El algarrobo histórico de la Quinta de Pueyrredón en San Isidro, bajo el cual conversaron el Libertador José de San Martín y Juan Martín de Pueyrredón, por entonces Director Suprema de las Provincias Unidas del Río de La Plata. La escritora Victoria Ocampo le dedicó una obra teatralizada llamada “Habla el algarrobo”. Es curioso que con todo esto este árbol no haya contado con una norma jurídica que lo ampare, probablemente por considerar el municipio que ya lo estaba por hallarse incluido en el predio del museo y olvidándose de muchos otros que vegetan sin amparo alguno en las quintas de la zona. También por ser el espinillo el árbol municipal de acuerdo a la leyenda que explica la construcción de la capilla de San Isidro por Domingo de Acassuso, se explica en parte que a nadie se le haya ocurrido declararlo Monumento Natural Municipal y;

    Considerando que es apremiante la situación en el orden provincial de ciertas especies arbóreas nativas como el algarrobo blanco (Prosopis alba), el chañar (Geoffroea decorticans), el quebrachillo (Acanthosyris spinescens) y el quebracho blanco (Aspidosperma quebracho blanco).

    Que no existen normas específicas que aseguren su correcto amparo.

     Que es recomendable su protección a los fines educativos, ecoturísticos y conservacionistas.

   Que no alcanza la protección brindada por las actuales áreas protegidas.

   Que es importante la valoración de la flora nativa como refugio y lugar de alimentación de la fauna silvestre.

   Que es importante promover su cultivo y difusión.

   Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades.

    Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                      ORDENANZA

Artículo 1º: Declarase Monumento Natural Municipal a todos los ejemplares de Algarrobo Blanco del Partido de Baradero.

Artículo 2º:   Declarase Árbol Protegido Municipal a todos los ejemplares del Chañar, -Quebrachillo, Sombra de Toro, y Quebracho Blanco del Partido de Baradero.

Artículo 3º: Prohíbase la tala, extracción o daño de cualquier tipo de las especies incluidas en los artículos 1º y 2º, realizándose un inventario, y ampliando la protección a los Talas, Espinillos, Cina Cina, Ceibos, Molles, Ombúes, entre otros y las especies del sotobosque arbustivas silvestres que se recomiende su preservación.

Artículo4º: La Dirección de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Baradero efectuará un catastro y censo de los ejemplares de estas especies en el ámbito municipal.

Articulo 5º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios con ONG u organismos científicos, a fin de contratar personal calificado  para el efectivo cumplimiento del artículo precedente.

Artículo 6º: Difúndase esta normativa por los medios masivos de comunicación con material especifico: folletos, afiches, videos, etc.) y a los propietarios de los rodales de mayor importancia ofreciendo en este caso asesoramiento obligatorio cuando por razones de fuerza mayor deban verse obligados a talar o extraer ejemplares de estas especies.

Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda recolectará anualmente semillas y / o plantines de las mencionadas especies con el fin de abastecer al Vivero Municipal de especies nativas y futuros viveros escolares.

Artículo 8º: Enviar copia de la siguiente norma a otros municipios que cuentan con poblaciones de estas especies y a la Dirección de Recursos Naturales de la Provincia de Buenos Aires, para su conocimiento.

Artículo 9º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero

FDO: Sr. Víctor D. Depauli. PTE. H.C.D y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D.

BARADERO, 19 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo L. Peris, Secretario de Gobierno.

Ordenanza Nº 4725 del 16 de octubre de 2012 y promulgada el 19 de noviembre de 2012.

       Visto que es de publico conocimiento la falta de internalización de las normas de transito de la mayoría de la población y que por lo tanto resulta necesario la formulación e implementación de políticas públicas concernientes a “Seguridad Vial” que condense la voluntad del conjunto de los ciudadanos y sus instituciones para así procurar una convivencia ordenada en la ciudad y;

    Considerando que la participación resulta fundamental en la elaboración de las políticas públicas, debido a que estas son más legitimas y eficientes, si en su diseño y ejecución cuentan con participación activa de la gente.

    Que resulta de vital importancia la coordinación de esfuerzos y acciones con diferentes actores de la sociedad y buscar las sinergias necesarias para reservar y valorar los espacios comunes en la red vial.

     Que resulta preciso y oportuno abrir espacios participativos, permitiendo que la ciudadanía participe en el diseño y resolución de sus problemas ya que esta es una de las mejores formas de ejercer la democracia.

   Que toda acción que se lleve adelante en pos de la Seguridad Vial, se constituya en una política de estado deberá sumar a todos los ciudadanos y sus instituciones para que trascienda una gestión de gobierno y se instale como meta de toda la comunidad.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                             ORDENANZA

Artículo 1º: Crease en el Municipio de Baradero el consejo Municipal de Seguridad Vial, cuya misión será colaborar con el organismo correspondiente del Departamento Ejecutivo en materia de diseño de políticas publicas relacionadas con la Seguridad Vial.

Artículo 2º: La misma estará conformada por:

a)      Un representante del Poder Ejecutivo del área competente.

b)      Un representante de cada bloque del HCD.

c)      Un representante de las comisiones vecinales.

d)     Un representante del Circulo Médico de Baradero.

e)      Un representante de la Asociación de Abogados de Baradero.

f)       Un representante del Colegio de Psicólogos de Baradero.

g)      Un representante de Institutos educativos locales.

h)      Un representante de la comunidad que pertenezca una entidad intermedia y / o con amplia trayectoria relacionada con la problemática del tránsito y de la Seguridad Vial.

Artículo 3º: La convocatoria para la conformación del Consejo quedará a cargo del responsable del Poder Ejecutivo. Pudiendo ampliarse la convocatoria a todas aquellas organizaciones y particulares interesados en la temática de transito y de seguridad vial previo pedido de concurrencia al Poder Ejecutivo y hasta alcanzar el numero máximo de 12 (doce) integrantes.

Artículo 4º: El consejo tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

a)      Aconsejar medidas de interés general, según los fines de la legislación vigente en materia de transito y seguridad vial.

b)      Asesorar en temas interdisciplinarios referente a seguridad, educación, control y legislación vial, propendiendo a la armonización de todas las medidas relacionadas con estos temas, tendientes a lograr una mayor seguridad del tránsito y las consecuente reducción de siniestros, victimas y daños.

c)      Fiscalizar permanentemente la implementación de políticas públicas para determinar la efectividad de las normas técnicas y legales para el desarrollo de un transito seguro.

d)     Desarrollar estadísticas accidentológica, promoviendo la implementación de las medidas que resulten de sus conclusiones. Los siniestros de transito serán estudiados y analizados a los fines estadísticos y para establecer su causalidad y obtener conclusiones que permitan aconsejar medidas para su prevención.

Artículo 5º: Una vez constituido el Consejo, este deberá dictar el respectivo reglamento para su funcionamiento, debiendo reunirse por lo menos una vez al mes.

Artículo 6º: El Concejo deberá elevar en forma anual al Poder Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante un documento que informe las conclusiones obtenidas, las problemáticas debatidas, los objetivos logrados, los resultados y / o toda la información estadística relevante inherente a las funciones antes mencionadas; con el fin de aportar los datos necesarios para el reconocimiento y resolución de las distintas problemáticas en materia vial de la ciudad de Baradero.

Artículo 7º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. H.C.D. y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de H.C.D. BARADERO, 19 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO. Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo Peris, Secretario de Gobierno.

Ordenanza N° 4726 del 26 de octubre de 2012 y promulgada el 30 de octubre de 2012.

        Visto las presentes actuaciones que corren por expediente P- 4009-10-0479/2012, mediante el cual la Empresa Productos de Maíz S.A. solicita excepción a la ordenanza 3127/05 y;

      Considerando que en la nota presentada la empresa manifiesta una serie de consideraciones las cuales son atendibles y fueron tratados en la comisión de obras públicas y seguridad con representantes de la Empresa Productos de Maíz S.A.

     Que la presente medida se hace por un tiempo indeterminado hasta tanto la empresa no cumpla con lo detallado en el despacho obrante a fojas 2  vuelta.

     Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

     Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo _Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:

                                               ORDENANZA

Artículo 1°: Efectuase una excepción a la ordenanza registrada bajo el N° 3127/05, en su artículo 5, Inc. 2, por el término de un (un) año a partir de la promulgación de la presente.

Artículo 2°: Se establece la siguiente circulación para los vehículos de tránsito pesado, por calle Thames entre calle Passo y Almirante Brown de la ciudad de Baradero, en forma ascendente y descendente.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión extraordinaria del día 26 de octubre de 2012.

FDO: Sr. Víctor D. Depauli, PTE. HCD y Sr- Juan J. Lamas, Secretario de HCD

BARADERO, 30 de octubre de 2012.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Aldo M. Carossi, Intendente Municipal y Prof. Leonardo Peris, Secretario de Gobierno.

 

  

 

                   

                            D E P A R T A M E N T O  E J E C U T I V O

 

                                     D  E  C  R  E  T  O  S

 

Decreto Nº 556 del 01 de octubre de 2012.

Dejando sin efecto el decreto Nº 388/2009.

Decreto Nº 557 del 01 de octubre de 2012.

Llamando a Concurso de Precios Nº 19/2012, para la provisión de combustible (15.000 lts gas oil a granel) con destino a la dependencia Servicios Urbanos.

Decreto Nº 558 del 01 de octubre de 2012.

Otorgando subsidio no reintegrable a la escuela Normal Superior Marcos Sastre, por la suma de pesos dos mil quinientos ($ 2.500=), para solventar gastos de sonido e iluminacion en acto oficial y cena 50º Aniversario de la escuela.

Decreto Nº 559 del 01 de octubre de 2012.

Otorgando cinco (5) Becas Mayores de 30 años de pesos doscientos ($ 200=) mensuales a las siguientes postulantes:

Suárez Liliana Evangelina.

López Selva Rosa.

Rebelo Natalia Inés.

Fernández Rosa Natalia.

González Ivana G.

Suplente: Padrós Sandra.

Decreto Nº 560 del 01 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 561 del 01 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

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Decreto Nº 562 del 01 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

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Decreto Nº 563 del 2 de octubre de 2012.

Otorgando veinticinco (25) Becas Nacionales de pesos cuatrocientos ($ 400=) a los siguientes postulantes:

Alais Rebeca.

Álvarez Sofía.

Birador Micaela.

Campodónico Matías.

Castellano Patricia N.

Cerrón Alejo Stephani W.

Conti Bruno I.

Díaz Estrella.

Favre Galeano Jennifer.

Giglio Angelina.

González Magdalena M.

Hernández Rocío.

Kuhle Jacqueline.

Oricain Martín.

Panzero Augusto J.

Patrenostre Sofía G.

Sánchez Nicolás A.

Siammarella María Florencia.

Solís Débora A.

López Mirna G.

Cerrón Alejo K.

Rugieri Sofía.

Giuliodori María Johanna.

Nasif Lucía.

Sánchez Luis.

Otorgando veintidós (22) Becas Regionales de pesos trescientos ($ 300=) a los siguientes postulantes:

Acosta Mauro S-

Barrás Romina P.

Barreto Jennifer J.

Cáceres Paula C.

Cano Andrea L.

Colliard Axel.

Coppa Cintia.

Difalco Florencia.

Farias Maira A.

Goossen Pamela Y.

Martínez Martín D.

Neff Irene C.

Negré Daiana A.

Palacios Javier C.

Riolfo Evelyn.

Schmidt Jessica M.

Traverso Melina A.

Úbeda María de los Ángeles.

Valdéz Clara C.

Etchevest Diego.

Tarragó Juan M.

Carbone Maximiliano.

Otorgando cuarenta y dos (42) Becas locales de pesos doscientos cincuenta ($ 250=) a los siguientes postulantes:

Abalos Cyntia A.

Arista Estefanía.

Baigorria María A.

Botheatoz Gabriela.

Cáceres Camila.

Casas Tamara A.

Caulin Arianne E.

Conde Erika A.

Coria Virginia B.

Desimone Mariana.

Domesi Giuliana.

Duarte María L.

González Bracco Camila.

Haeberli Marcos C.

Lacerna Yamila L.

Manrrique Natalia.

Marín Romina.

Medina Lourdes L.

Morel Natasha.

Mussi María P.

Ortíz Natalia E.

Ortunio Díaz Johanna.

Ortunio Díaz Maica.

Ottone Carla.

Páez Fabiana.

Pereira Facundo M.

Pérez Micaela.

Serpi María Fernanda.

Silva Anahí S.

Soto Milagros S.

Tejera Erika D.

Trabiche Micaele P.

Ursi Florencia G.

Van Bredam Facundo.

Vernaz Yamila D.

Wirtz Patricia.

Mussi María José.

Abalos Paola.

Buscaglia Savoy Antonela.

Cervera Maira.

Quinteros Gavioli Yanina.

Córdoba Valeria M.

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Decreto Nº 564 del 2 de octubre de 2012.

Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble a favor del Sr. Ledesma Cesar Javier.

Decreto Nº 565 del 2 de octubre de 2012.

Reconociendo la constitución de la Comisión “Cine Gladiatore” registrada como entidad de bien público bajo el Nº 192.

Decreto Nº 566 del 2 de octubre de 2012.

Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos trescientos ($ 300=) a la Sra. Acuña Etelvina Viviana, para realizarse estudios médicos, ya que la misma padece de problemas neurológicos.

Decreto Nº 567 del 2 de octubre de 2012.

Vetando en todos sus términos la ordenanza  sancionada en sesión ordinaria del 18 de septiembre de 2012, cuyo texto se encuentra  agregado a fojas 8 del expediente 4009-10-0479/2012 “P”.

 Decreto Nº 568 del 03 de octubre de 2012.

Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos cuatro mil cuatrocientos cincuenta

 ($ 4.450=) a la Escuelas de educación Media Nº 3 “Juana Berisso”, para solventar gastos de transporte y hospedaje de alumnos de 6º año, 4ta división de Ciencias Naturales quienes participarán en la “Feria Provincial de Ciencias y Tecnología” en la ciudad de Miramar.

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Decreto Nº 569 del 03 de octubre de 2012.

Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos cuatro mil ($ 4.000=) a la Escuela Primaria Nº 11 “Hipólito Irigoyen” de la localidad de Alsina Partido de Baradero, para solventar gastos de traslado de alumnos de 4to. Año A y B, al zoológico de la ciudad de Buenos Aires.

Decreto Nº 570 del 03 de octubre de 2012.

Llamando a Registro de Oposición por el término de diez (10) días hábiles a los vecinos afectados a la Obra de Iluminación de calle CARRASCO entre Mariano Moreno y ruta 41.

El Registro de Oposición estará habilitado desde el día 15 de octubre de 2012 y hasta el día 26 de octubre de 2012 inclusive, en la Dirección de Obras Municipal en horario de atención al público de 07.00 a 12.00 horas.

Los propietarios y / o poseedores a título de dueño que se opongan a la misma deberán dejar constancia expresa, presentándose con la documentación (escritura) correspondiente que avale su condición de propietario.

La obra sobre calle Carrasco comprende la colocación de columnas de 35 (treinta y cinco) columnas de hierro de 6 mts de altura con equipo de sodio de 400 watts en ambas manos de la arteria a una distancia de 27 mts entre cada una.

El costo estimado a cargo de los propietarios de la obra detallada es de pesos cuarenta y cinco ($ 45=) el metro lineal de frente.

Los pagos se harán efectivos de acuerdo a la siguiente modalidad:

a)      Al contado.

b)      En cuotas: hasta 12 cuotas mensuales según tasa Badlar + dos.

 Decreto Nº 571 del 03 de octubre de 2012.

Llamando a Registro de oposición por el término de diez (10) días hábiles a los vecinos afectados a la Obra de Iluminación de Ruta 41 desde Carrasco a Rotonda Baradero.

El registro de oposición estará habilitado desde el 15 de octubre de 2012 y hasta el día 26 de octubre de 2012 inclusive, en la Dirección de Obras Municipal en horario de atención al público.

Los propietarios y / o poseedores a titulo de dueño que se opongan a la misma deberán dejar constancia expresa, presentándose con la documentación (escritura) correspondiente que avale su condición de propietario.

La  obra sobre Ruta 41 comprende la colocación de 40 columnas de hierro de 8 mts de altura con equipos de sodio de 400 watts sobre una mano de la misma y a una distancia de 30 mts entre cada una de ellas.

La obra detallada tendrá un costo estimado a cargo de los propietarios de pesos ciento cincuenta con 50 / 100 ($ 150,50=) el metro lineal de frente.

Los pagos se harán efectivos de acuerdo a la siguiente modalidad:

a)      Al contado.

b)      En cuotas: Hasta 36 (treinta y seis) cuotas mensuales según tasa Badlar +Dos.

Decreto Nº 572 del 3 de octubre de 2012.

Anulando en todos sus términos el Decreto Nº 567 de fecha 2 de octubre de 2012.

Decreto Nº 573 del 03 de octubre de 2012.

Dando de baja a partir del 1º de octubre de 2012, al Agente Municipal Sr. Berayra José Felipe, para acogerse a los beneficios jubilatorios, de acuerdo a lo dispuesto en la ley Nº 9.650/80 y sus modificatorias Nº 11.685 y el artículo 11 inciso i) (Jubilación por edad avanzada)  de la Ley 11.757 – Estatuto para el personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, revistando a la fecha de cese como Personal Permanente, clase Obrero, categoría 7 de 44 hs semanales.

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Decreto Nº 574 del 3 de octubre de 2012.

Vetando en todos sus términos la ordenanza sancionada en sesión ordinaria del 18 de septiembre de 2012, cuyo texto se encuentra agregado a fojas 8 del expediente 4009-10-0479/2012 “P”.

Decreto Nº 575 Anulado

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Decreto Nº 576 del 09 de octubre de 2012.

Aprobando la modificación de ítems del cómputo y presupuesto original de la obra pavimentación de Ruta Provincial Nº 38 – Tramo Ruta Provincial Nº 41 a Ireneo Portela, obrante a fojas 1630 del expediente 400-20-012024 “I” cuerpo 6, incorporando el movimiento de suelo para reconstrucción y reconformación de banquinas por un monto de $ 7.637.480,83= y desafectando el ítem 4 reconstrucción y reconformación de banquina por

 $ 1.329.300=.

Decreto  Nº 577 del 9 de octubre de 2012.

Cubriendo el cargo de Jefe de Compras, en el carácter  de interino, durante los días 6 de octubre de 2012 al 3 de noviembre de 2012 inclusive, por la Agente Srta. Martínez Paola Luján.

La designación que se efectúa es con retención de su actual cargo.

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Decreto Nº 578 del 9 de octubre de 2012.

Teniendo por no válido el texto obrante en el folio Nº 802 de Decretos correspondiente al Proyecto de Decreto Registrado Bajo Nº 575/2012.

Decreto Nº 579 del 9 de octubre de 2012.

Aprobando por un monto de pesos trescientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos doce ($ 344.412=) la Redeterminación de Precios, solicitada por la Empresa Codepyc S.A. / Termocomb SRL., correspondiente a la obra “Obra provisión de gas licuado a la localidad de Alsina – partido de Baradero, instalación planta de almacenaje y vaporización de propano y construcción red de distribución de gas en la localidad de Alsina.

Decreto Nº 580 del 09 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 581 del 09 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 582 del 09 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

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Decreto Nº 583 del 09 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

Decreto Nº 584 del 10 de octubre de 2012.

Integrando la Junta de Disciplina, ascenso y calificaciones con los siguientes funcionarios:

Presidente: Intendente Municipal: Dr. Carossi Aldo Mario.

Miembros titulares                                               Miembros Suplentes

Sr. Peris Leonardo L.                                           Cdor. Rabellino Marcos.

Sra. Sartor Olinda B.                                           Dr. Genero Raúl J.

Sr. Perassolo Héctor O.                                      Sra. Carbone Norma M.

Sr. Tabanelli Sergio                                            Sr. Morales Héctor Ricardo.

Sr. Monfasani Martín F. (ATE)                          Sra. Roldan Alejandra.

Sr. Montero José M. (ATE)                                Sra. Gómez Claudia M.

Sr. Luna Ramón (Sind. Municipal)                    Sr. Duarte Alejandro C.

Sr. Medina Marcelo (Sind. Municipal)               Sr. Manicler Ricardo E.

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Decreto Nº 585 del 11 de octubre de 2012.

Declarando de interés social, regularización dominial de inmueble, a favor de la Sra. Giménez Sonia Marina y otro.

Decreto Nº 586 del 11 de octubre de 2012.

Contratando personal, en periodo y tareas que se citan:

Del 01/10/2012 al 31/10/2012.

Aguerre Del Bene Ana María. Tareas médicas en la Dcción Atención Primaria de la Salud.

 $ 3.450= mensuales.

Alanis Adriana Edith. 140 hs mensuales. Taller de Ballet Folklórico. $ 2.100= mensuales.

Bardesono Marisa K. Terapista Ocupacional en Hospital Municipal y Salas de primeros auxilios. $ 630= mensuales. Clases en Taller de la Memoria $ 500= mensuales y Terapista Ocupacional en Hogar de Ancianos. $ 900= mensuales.

Bechtholt Dora E, 20 hs semanales. En Secretaría de turismo. $ 840= mensuales.

Brandli Carlos Federico. 36 hs semanales. Médico Oncólogo. $ 1.500= mensuales.

Caballero Regina M. Realización de certificado médico de Registro de Conducir y visitas domiciliarias de agentes con licencia médica. $ 5.027,61= mensuales.

Cardoso Lidia S. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Casas Cecilia. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Colliard Giselle. 30 hs semanales. Administrativas en Jardines de Infantes Municipales.

$ 2.696,11= mensuales.

Concilio Juan Sebastian. 48 hs semanales. Taller de Coro. $ 504= mensuales.

Erpen Lucila. 24 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 3.391,30= mensuales.

Escudero Juan C. 48 hs semanales. Asesoramiento Legal en la Dcción.  de Producción.

$ 4.831,15= mensuales.

Farias Horacio I. 48 hs semanales. Administrativo en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Fussinato Jorge M. Coordinador de actividades educativas en todos los niveles y vínculos y administrativos con la UBA. $ 5.111,25= mensuales.

Galant Prunell Facundo. 36 hs semanales. Hospital Municipal. $ 4.000= mensuales.

Gallardo Carolina. Fonoaudióloga en Hospital Municipal. $ 1.900= mensuales.

Gimenez Jonathan. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gimenez Lidia N. 44 hs semanales. Dcción. Atención Primaria de la Salud- $ 3.077,80= mensuales.

Giordano Camilo H. Médico en la localidad de Alsina. $ 12.218,74= mensuales y $ 1.400= por guardia activa de 24 hs.

Girotti María Estela. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

González Modesto. 35 hs semanales. Dcción de Turismo. $ 2.696,11= mensuales.

Gugger Eduardo C. 44 hs semanales. Dcción Obras Públicas y Privadas. $ 4.033,97= mensuales.

Hebeisen Alberto O. 35 hs semanales. Profesor de Gimnasia. $ 1.868,75= mensuales.

Idiart María F. Kinesióloga – Fisiatra en Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.

Labriola Mariana Lorena. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.782,61= mensuales.

Ledesma Alicia M. 35 hs semanales. Tareas en Secretaria de Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

León Esteban. 35 hs semanales. Profesor Educación física. $ 1.806,75= mensuales.

Maestre Miguel A. 44 hs semanales, Dcción Inspección y seguridad. $ 3.077,80= mensuales.

Martínez Carlos A. 30 hs semanales. Inspección y seguridad. $ 2.755,02= mensuales.

Mussi Marina. Kinesióloga Fisiatra en Hospital Municipal. $ 1.000= mensuales.

Negre Néstor Ricardo. 48 hs semanales. HCD. $ 4.002,11= mensuales.

Olmos María Eugenia. 35 hs semanales. Administrativa en Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Ottina Marcos Nicolás. 35 hs semanales. Profesor de Gimnasia. $ 1.868,75= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Pellegrino Sergio. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.881,25= mensuales.

Pereyra Mario R. 48 hs semanales. Inspección y seguridad. $ 3.242,25= mensuales.

Pulido Araceli R. 35 hs semanales. Profesora de gimnasia. $ 1.868,75= mensuales.

Ravettino María Inés. 18 hs semanales. Psicóloga en Hogar de Ancianos Municipal. 

$ 2.700= mensuales. y por tareas como integrante de la Junta Evaluadora del certificado Único de Discapacidad $ 750= mensuales.

Rodríguez Luis C. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Sartor Carlos E. Tareas en Secretaría de Obras – Inspección de Obras Públicas, con uso de vehiculo propio. $ 4.379,52= mensuales.

Scollo José L. 112 hs mensuales. Taller de Teatro. $ 1.100= mensuales.

Schachttel Juan Pedro. Médico traumatólogo en Hospital Municipal.  $ 1.500= mensuales.

Zarich María Melina. 10 hs semanales. Odontóloga en Dcción Atención Primaria de la Salud.

$ 2.000= mensuales.

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Decreto Nº 587 del 11 de octubre de 2012.

Contratando personal, en períodos y tareas que se citan:

Aguilar María Florencia. 20 hs semanales. Taller de literatura en Biblioteca Municipal y Centro Cultural “Néstor Kirchner”. $ 840= mensuales.

Albelda Mónica B. 20 hs semanales. Taller de telar. $ 840= mensuales.

Álvarez Micaela V. 20 hs semanales. Taller de computación en el CIC. $ 840= mensuales.

Arevalo Gladis M. 26 hs semanales. Taller de Alfarería. $ 1.090= mensuales.

Arrieta Camila. 20 hs semanales. Taller Integral. $ 840= mensuales.

Barja Natasha. 20 hs semanales. Coordinadora de Taller de Teatro. $ 840= mensuales.

Belli Marta. 20 hs semanales. Taller de Patio de Tango. $ 840= mensuales.

Bernaldo de Quirroz Ramiro. 35 hs semanales. Coordinación y Mantenimiento. Secretaría de Turismo. $ 2.696,11= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Borrascosa Roxana. 12 hs semanales. Taller de gimnasia. $ 504= mensuales.

Cáceres Mónica Andrea. Taller de manualidades. 16 hs semanales. $ 674= mensuales.

Capriglioni Rita E. Taller de manualidades. 20 hs semanales. $ 840= mensuales.

Colicchia Romina A. 12 hs semanales. Taller Literario. $ 504= mensuales.

Díaz Víctor D. 20 hs semanales. Taller de iniciación musical y canto. $ 840= mensuales.

Draghi María Alejandra. 20 hs semanales. Taller de cerámica en frío. $ 840= mensuales.

Fonte Luis M. 12 hs semanales. Taller de Computación. $ 504= mensuales.

Mari Verónica Liliana. 12 hs semanales. Taller de corte y confección. $ 504= mensuales.

Martínez Lucas Ezequiel. 16 hs semanales. Taller de murga en la localidad de Alsina.

$ 674= mensuales.

Marzoa Ivana Gisella. 30 h semanales. Taller de apoyo escolar. $ 1.260= mensuales.

Masud Juan Manuel. 18 hs semanales. Taller de cocina en el CIC. $ 756= mensuales.

Miranda Ernesto J. 30 hs semanales. Logística y taller de tango. $ 2.696,11= mensuales.

Misenti Nahuel Jeremías. 30 hs semanales. Taller de folklore. $ 1.260= mensuales.

Mori Vanesa C. 35 hs semanales. Administrativa en Secretaría de Turismo. $ 2.696,11= mensuales.

Orduña María Amalia. 20 hs semanales. Taller de Inglés en la localidad de Alsina. $ 840= mensuales.

Ottone Patricia Lucía. 20 hs semanales. Taller de apoyo escolar. $ 840= mensuales.

Páez Fabiana L.  20 hs semanales. Taller de apoyo escolar en la localidad de Alsina. $ 840= mensuales.

Rithner Damian. 28 hs semanales. Logística en Secretaría de Cultura. $ 2.696,11= mensuales.

Rivas Enrique A. 16 hs semanales. Taller de Teatro. $ 672= mensuales.

Romero José Luis. 12 hs semanales. Taller de Saxo. $ 504= mensuales.

Romero Simon Alberto. 12 hs semanales. Taller de Karate. $ 504= mensuales.

Salaberry Juan Ignacio. 16 hs semanales. Taller Integral. $ 674= mensuales.

Santos Natalia Edith. 20 hs semanales. Taller Integral. $ 840= mensuales.

Taieti Claudia Mabel. 12 hs semanales. Taller de Peluquería en CIC. $ 504= mensuales.

Usandizaga Pablo Mariano. 12 hs semanales. Logística en eventos. $ 504= mensuales.

Wuthrich Amalia Irene. 12 hs semanales. Taller de Salsa y Gimnasia en el CIC. $ 1.008= mensuales.

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Decreto Nº 588 del 12 de octubre de 2012.

Adjudicando el Concurso de Precios Nº 18/2012 para la provisión de combustible ( 13.000 lts) nafta súper con destino a la Policía Comunal, a la Empresa Edosada S.A., con domicilio legal en calle Martín de Gainza Nº 2499 de la ciudad de Baradero, por la suma de pesos ochenta y siete mil setenta y cuatro ( $ 87.074=).

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Decreto Nº 589 del 12 de octubre de 2012.

Adjudicando el Concurso de Precios Nº 19/2012, para la provisión  de combustible (15.000 lts de gas oil a granel) con destino a la dependencia servicios urbanos, a la Empresa Edosada S.A. con domicilio legal en calle Martín de Gainza Nº 2499 de la ciudad de Baradero,  por la suma total de pesos noventa y dos mil ochocientos treinta y cinco ($ 92.835=).

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Decreto Nº 590 del 12 de octubre de 2012.

Contratando personal en periodos y tareas que se citan.

Del 1º/10/2012 al 31/10/2012.

Acosta Horacio A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales en localidad de Alsina.

$ 3.077,80= mensuales.

Accorsso Ezequiel Martín. Médico en Hospital Municipal y salas periféricas. $ 4.000= mensuales.

Acuña Jorgelina Yessica P.- 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar de ancianos Municipal. $ 3.077,80= mensuales.

Ali Brochoud Ismael E. 30 hs semanales. Abogado en _Centro de Protección a las Victimas.

$ 4.300= mensuales.

Álvarez Gisela Noemi. Médica de guardia en la localidad de Alsina. $ 1.400= por guardia activa de 24 hs.

Baldi Ortiz Alejandra. 12 hs semanales. Psicóloga en Dpto. Discapacidad y Tercera Edad y Dpto. Conflictos Familiares. $ 1.500= mensuales.

Baliela Grassino Carlos. Médico de guardias activas y Servicio 107 en Hospital Municipal

 $ 1.400= por guardia activa de 24 hs.

Barrás Jennifer Carolina. 30 hs semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Belén Leandro J. 44  hs semanales. Coordinación de Centros Comunitarios (CPC). $ 3.593,75= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Berayra José Felipe. 44 hs semanales. Obrero en Dirección General de Espacios Públicos.

 $ 3.900= mensuales.

Bogado Gustavo Andrés. 35 hs semanales. Inspector de Comercio. $ 2.696,11= mensuales.

Bogliolo Heraldo. 35 hs semanales. Veterinario dependiente de la Secretaría de Gobierno.

$ 3.000= mensuales.

Braillard Scheitlin Ingrid. 1 h semanal. Profesora de Educación Física en Jardín de Infantes Municipal de la localidad de Santa Coloma. $ 291,26= mensuales.

Caviglia Virginia Natalia. 35 hs semanales. Asistente Social. Secretaría de Desarrollo Social.

$ 2.898,20= mensuales.

Colombo Leonardo A. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Contreras Marcelo R. Traumatólogo en Hospital Municipal. $ 1.400= por guardia activa de 24 hs.

Cuis Casino Roberto José M. Profesor Educación Física de la localidad de Alsina.  $ 1.150= mensuales.

Davasse María E. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

De Los Santos María Lilian. 48 hs semanales. Tareas en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Delpieri Elián. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Deluca Pablo Horacio. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.400= por guardia activa de 24 hs.

De Vivo Eleonora B. Médica en Salas Periféricas de la localidad de Alsina, Salas Leloir, CIC, Ireneo Portela y Santa Coloma. $ 6.900= mensuales.

Dipasquale Carla. 48 hs semanales. Operador del centro de Monitoreo Urbano por Cámaras dependiente de la Secretaria de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Dipasquale Nino Carlos. Profesor de Educación Física en la localidad de Alsina. $ 1.868,75= mensuales.

Espinosa Manuel Conrado. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Esquivel Néstor A.  48 h semanales. Operador Centro de Monitoreo Urbano por Cámaras, dependiente de la Secretaría de de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Farias Mariana Soledad. 35 hs semanales. Administrativas en Hospital Municipal.

  $ 2.696,11= mensuales.

Figueroa Eugenio A. Obrero tareas generales.  48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Galarza Elizabeth R. 48 hs semanales. Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales. y reconocimiento de viáticos.

Galuppo Gabriel R. Médico de guardia. $ 1.400= por guardia activa.

Gamba María Daniela. 44 hs semanales. Dcción Inspección y Seguridad. $ 3.593,75= mensuales.

García Carlos G. 35 hs semanales. Inspector de Obras. $ 4.100= mensuales.

García Jonatan S. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Gerez Adolfo E. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Ghio Rita L. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.593,75= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Giuliodori Marco Rodolfo. 48 hs semanales. Tareas de Control de obras dependiente de la secretaría de Obras Públicas y Privadas. $ 3.750= mensuales.

Goddard Clelia M. 4 hs semanales. Dcción Recursos Provinciales. $ 3.593,75= mensuales.

Gómez Gabriela Laura. 30 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Gómez M. Virginia. 48 hs semanales. Obstetra en Hospital Municipal. $ 6.500= mensuales.

González Gloria N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

González José bautista. 44 hs semanales. Inspección y Seguridad. $ 3.077,80= mensuales.

Gugger Danisa Cintia. 48 hs semanales. Tareas de operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámara dependiente de Secretaría de gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Hernández Lucas Z. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Indaburo Daniel H. 44 hs semanales. Obrero en la localidad de Alsina. $ 2.000= mensuales

Isa Diego D. 48 hs semanales. Taras en Hogar de Ancianos Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Jeandet Daiana S. 5 hs semanales. Dcción. Atención Primaria de la Salud. $ 1.500= mensuales.

Lanfiutti María Agustina. Médica de guardia activa de 24 hs en Guardia y Servicio 107, Hospital Municipal. $ 1.400= por guardia activa.

López Leda Lilian. Asesora Financiera a cargo de la Secretaría de Hacienda. $ 14.015,69= mensuales.

Luna Cristina. Enfermera en Sala primeros auxilios de I. Portela. $ 3.242,25= mensuales.

Lupini María Clara. 35 hs semanales. Hogar del Niño Municipal. $ 2.755,02= mensuales.

Maestre Juan Carlos. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Maestre Leonilda B. 48 hs semanales. En Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Maffei Gilda. Ginecóloga en Hospital Municipal y salas periféricas. $ 1.800= mensuales.

Malacalza Evangelina. Bioquímica en el Hospital Municipal. $ 6.000= mensuales.

Malacalza Verónica I. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en Jardín Infantes de Santa Coloma. $ 2.000= mensuales.

Manicler Jorgelina B. 20 hs semanales. Servicio y maestranza en secretaria de Desarrollo Social. $ 1.500= mensuales.

Manicler Mario H. 30 hs semanales. Inspección y Seguridad. $ 2.696,11= mensuales.

Mantaras Rodrigo. Médico de guardia y servicio 107. $ 1.400= por guardia activa de 24 hs.

Mármori Lucas. Entrenador de musculación en Gimnasio Julio A. Bitar. $ 3.500= mensuales.

Martínez Irma N. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Martínez Lorena S. 44 hs semanales. Hogar de Ancianos Municipal. $ 3.077,80= mensuales.

Márquez Paula A. Enfermera en Hospital Municipal. 48 hs semanales. $ 3.242,25= mensuales.

Merino Rogelio. 30 hs semanales. Dcción de Obras Públicas y Privadas. $ 5.034,76=

Miranda Ángel I. 48 hs semanales. Operador del Centro de monitoreo Urbano por Cámara, dependiente de la Secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Moltrasio María C. 48 hs semanales. Dcción atención Primaria de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Nan Osvaldo Enrique. Gerente General de la U.C.E.P. $ 10.781,30= mensuales.

Ormachea Gutiérrez Alberto. Médica de Atención Primaria de la Salud. $ 1.850= mensuales.

Ortiz Carlos D. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Ortunio Díaz Juan M. 44 hs semanales. Alumbrado Público. $ 3.077,80= mensuales.

Ovispo Daniela A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Páez Abigail G. 30 hs semanales. Asesoría Letrada. $ 2.696,11= mensuales.

Palacios Bonifacio. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Palacios María José. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Pardo Sebastian Ramón. 48 hs semanales. Recolección de Residuos. $ 3.242,25= mensuales.

Parzon José R. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Pelayo Isabelino. Escuela de boxeo. $ 650= mensuales.

Pelayo Mauro L. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Pellegrini Oscar A. 35 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Pérez Micaela. 25 hs semanales. Hogar del Niño Municipal. $ 2.100= mensuales.

Pérez Ricardo R. 48 hs semanales. Operador del Centro de Monitoreo Urbano por Cámaras dependiente de la Secretaría de Gobierno. $ 3.242,25= mensuales.

Piazza Ricardo O. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Pintado Horacio D. Urólogo en Hospital Municipal. 36 hs semanales. $ 1.400= mensuales.

Piñón Analía Soledad. 30 hs semanales. Oficina de Compras. $ 2.696,11= mensuales.

Pusich María Sol. 30 hs semanales. Administrativa en Contaduría Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Rabonisi Malena A. 44 hs semanales. Instrumentista en Hospital Municipal. $ 3.077,80= mensuales.

Ramos María L. 25 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 2.100= mensuales.

Ríos Yanina N. 48 hs semanales. Servicio y Maestranza. $ 3.242,25= mensuales.

Rodríguez Adriana E. Obstetra en Hospital Municipal. 48 hs semanales. $ 6.782,61= mensuales.

Romero Cintia S. 30 hs semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Romero Juan R. Escuela de Boxeo. $ 650= mensuales.

Romero Marisa L. 48 hs semanales. Dcción Atención Primaria de la Salud. $ 3.242,25= mensuales.

Romero Miguelina. 35 hs semanales. Servicio y Maestranza en Hogar de Ancianos.

$ 2.696,11= mensuales.

Rosón Juan I. Tareas Curso expedición de libretas sanitarias dependiente de la Secretaría de Gobierno. $ 1.400= mensuales.

Rowlands Cecilia G. Servicio de hemoterapia en Hospital Municipal. $ 3.300= mensuales y

 $ 1.000= por guardia pasivas del servicio.

Ruiz Walter. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Saavedra Marina A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Salazar Sergio A. 48 hs semanales. Enfermera en Hospital Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Sarsotti Carlos M. Médico de guardias y servicio 107 en Hospital Municipal. $ 1.400= mensuales.

Silva Leonardo G. 48 hs semanales. Obrero Tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Silva Natalia A. 44 hs semanales. Dcción. Inspección y Seguridad. $ 3.593,75= mensuales.

Silva Ricardo Daniel. 44 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.077,80= mensuales.

Silva Ruth Soledad. 44 hs semanales. Servicio y maestranza en Hogar del Niño Municipal.

 $ 3.077,80= mensuales.

Simour Ricardo O. 44 hs semanales. Alumbrado Público. $ 4.200= mensuales.

Simour Silvina. Profesor de Educación Física en la localidad de Alsina. $ 1.150= mensuales.

Tobares Luis Fernando. Psicólogo – Servicio Local. 30 h semanales. $ 4.400= mensuales y reconocimiento de viáticos.

Urquiza Carla M. 30 hs semanales. Asistente Social. Secretaría Desarrollo Social. $ 2.898,20= mensuales.

Valdez María Cristina. 35 hs semanales. Atención Primaria de la Salud. $ 2.696,11= mensuales.

Vega Pamela D 48 hs semanales. Hogar de Ancianos Municipal. $ 3.242,25= mensuales.

Vega Silvia E. 35 hs semanales. Servicio y Maestranza en Sec. Desarrollo Social. $ 2.696,11= mensuales.

Velázquez Darío F. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Vergara María Isabel. 30 hs semanales. Tareas en Tesorería Municipal. $ 4.129,17= mensuales.

Viera Mariana B. 40 hs semanales. Responsable del Plan Nacer en el CIC y en Hospital Municipal. $ 3.593,75= mensuales y por tareas como integrante de la Junta evaluadora del Certificado Único de Discapacidad. $ 1.250= mensuales.

Villalba Ledesma Eloy Miguel. 48 hs semanales. Obrero tareas generales. $ 3.242,25= mensuales.

Vogel Jaquelina A. 35 hs semanales. Técnica Laboratorio en Hospital Municipal. $ 2.696,11= mensuales.

Zignago Enrique R. Médico de guardia y 107 en Hospital Municipal. $ 1.400= por guardia activa.

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Decreto Nº 591 del 12 de octubre de 2012.

Aprobando por un monto de pesos doscientos sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y siete con 51/100 ($ 266.487,51=) la redeterminación de precios solicitada por la Empresa Pretz S.A., en el marco de la obra “Entubamiento Calle Pringles”, cuya contratación tramitó por licitación pública N° 2/09 y se adjudicó por Decreto N° 240/09.

Decreto Nº 592 del 15 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

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Decreto Nº 593 del 15 de octubre de 2012.

Designando en las funciones de Sub Contador, en calidad de interino a partir del día 15 de octubre de 2012 y hasta el 24 de octubre de 2012 inclusive, a la Srta. Vergara Carla Lorena.

La designación que se efectúa es con retención de su actual cargo.

Decreto Nº 594 del 15 de octubre de 2012.

Ampliando el Cálculo de Recursos.

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Decreto Nº 595 del 15 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

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Decreto Nº 596 del 16 de octubre de 2012.

Llamando a Concurso de Precios N° 20/2012, para la provisión de indumentaria para el personal obrero de Parque del Este, Inspección General, Mantenimiento y Alumbrado, Delegación Santa Coloma, Dirección de Turismo, Corralón, Delegación Alsina y Cementerio, con un presupuesto oficial de pesos setenta y un mil cuatrocientos noventa y nueve mil

($ 71.499=).

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Decreto Nº 597 del 16 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

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Decreto Nº 598 del 16 de octubre de 2012.

Vetando en todos sus términos la Ordenanza sancionada en Sesión ordinaria del día 02 de octubre de 2012, cuyo texto se encuentra agregado a fojas 60/67 del expediente 4009-10-0208/2010 “B”.

Decreto Nº 599 del 19 de octubre de 2012.

Estableciendo el pase a disponibilidad relativa del Agente Dr. Fiori Rubén Darío, DNI: 13.212.914, en los términos del artículo 9 Inc. A, Ley 11.757 y por un plazo de treinta (30) días y con la posibilidad de ampliación conforme lo prevé dicha normativa.

Decreto Nº 600 del 19 de octubre de 2012.

Llamando a Concurso de Precios N° 21/12 para la adquisición de 40 contenedores de 1.100 litros para la disposición transitoria de residuos sólidos urbanos.

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Decreto Nº 601 del 19 de octubre de 2012.

Llamando a Concurso del Precios N° 22/12, para la Adquisición de Módulo sanitario para la Reserva Natural Parque del Este.

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Decreto Nº 602 del 22 de octubre de 2012.

Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos dos mil quinientos ($ 2.500=) a la Sra. Zabala Lorena V., para solventar gastos por la compra de tornillos canulados de 4,5 mm para su hija, quien padece luxación congénita de cadera y debe ser intervenida quirúrgicamente.

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Decreto Nº 603 del 23 de octubre de 2012.

Otorgando subsidio no reintegrable por la suma de pesos un mil ($ 1.000=) a la Comisión de Cine “Gladiatore” para solventar gastos que demande la realización del segundo cortometraje de género dramático filmado en nuestra ciudad.

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Decreto Nº 604 del 23 de octubre de 2012.

Modificando el presupuesto 2012.

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Decreto Nº 605 del 24 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

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Decreto Nº 606 del 25 de octubre de 2012.

Eximiendo a la Empresa Estancias de Alsina S.A. rubro “Agropecuaria, procesamiento y empaque de frutas frescas, cámara frigorífica anexo empaque de hortalizas y aromáticas ubicado en Alsina –Partido de Baradero, de la Tasa por inspección de seguridad e higiene e inspección de medidores, motores, etc., por el Ejercicio 2012.

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Decreto N° 607 del 26 de octubre de 2012.

Aceptando a partir del 30 de septiembre de 2012, la renuncia presentada por la profesional Piñero Leda B., Trabajadora Social, designada por Decretos N° 253 y 386/2012.

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Decreto Nº 608 del 26 de octubre de 2012.

Ampliando el Cálculo de Recursos.

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Decreto Nº 609 del 26 de octubre de 2012.

Ampliando el Cálculo de Recursos.

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Decreto Nº 610  del 26 de octubre de 2012.

Modificando el Presupuesto 2012.

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Decreto Nº 611 del 26 de octubre de 2012.

Modificando Presupuesto 2012.

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Decreto Nº 612 del 26 de octubre de 2012.

Prorrogando hasta el día 28 de diciembre de 2012, los beneficios contenidos en la ordenanza N° 4440 – Régimen de presentación espontánea para contribuyentes de la ciudad de Baradero que pretendan regularizar sus obligaciones tributarias con el Municipio.

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Decreto Nº 613 del 26 de octubre de 2012.

Derogando a partir del 30 de septiembre de 2012 el Decreto Nº 219/2006, por el cual se asignaron al Sr. Juez de Faltas Municipal Dr. Francisco J. Diez, entre otras retribuciones, su bonificación por función.

Decreto Nº 614 del 26 de octubre de 2012.

Fijando a partir del 1º de octubre de 2012 la retribución de la Guardias Médicas Activas de veinticuatro (24) horas en la suma de pesos un mil setecientos ($ 1.700=).

Decreto Nº 615 del 29 de octubre de 2012.

Reincorporando al listado de adjudicatarios de becas (Decreto Nº 563/12), al postulante que a continuación se detalla:

Becas Nacionales de pesos cuatrocientos  ($ 400=) mensuales. (Veintiséis) 26 postulantes.

Muzzio Víctor Manuel.

La presente Beca será abonada por los meses de agosto y septiembre de 2012.

Decreto Nº 616 del 30 de octubre de 2012.

Aceptando con fecha 30 de octubre de 2012, la Renuncia elevada por la Agente Sra. Matan María Yanina, al cargo de Técnica – Categoría 2 de 48 hs semanales en el Hospital Municipal “Dr. Lino Piñeiro”.

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Decreto Nº 617 del 30 de octubre de 2012.

Llamando a Concurso de Precios Nº 23-2012, para la provisión de combustible (16.000 lts.) Nafta súper con destino a la Policía Comunal.

Se fija el día 12 de noviembre de 2012, a la hora 11.00, la fecha de apertura del Concurso de Precios Nº 23/2012, en la Oficina de Compras Municipal.

Decreto N° 618 del 30 de octubre de 2012.

Extendiendo el pago anticipado jubilatorio por el término de 1 (un) mes – Noviembre 2012, a los ex Agentes municipales que se detallan:

Bianchi María Cristina.

Liberatti Mario Hugo.

Melchiori Roberto José.

Decreto N° 619 del 31 de octubre de 2012.

Ampliando Cálculo de Recursos.

Decreto N° 620 del 31 de octubre de 2012.

Procediendo a acreditar en la cuenta N° 1844 correspondiente a la Tasa por Inspección de Seguridad e higiene, la suma de pesos cinco mil quinientos sesenta y uno con 75/00

 ($ 5.561,75=), desde la cuota adeudada más antigua a la más reciente. En caso quede saldo a favor del contribuyente, este se computará como pago a cuenta de futuros devengamientos.

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2 COMENTARIOS

  1. 120000 sin contar la radio. ¿y si le pagan a los proveedores? ¿y si arreglan las calles? ¿y si hay agua?

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